8.2.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 43/14


Anuncio a la atención de la persona sujeta a las medidas restrictivas contempladas en la Decisión (PESC) 2015/740 del Consejo y en el Reglamento (UE) 2015/735 del Consejo, relativos a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán del Sur

(2021/C 43/05)

La presente información se pone en conocimiento de la persona que figura en el anexo II de la Decisión (PESC) 2015/740 del Consejo (1) y en el anexo II del Reglamento (UE) 2015/735 del Consejo (2), relativos a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Sudán del Sur.

El Consejo de la Unión Europea, tras revisar la lista de las personas designadas en los citados anexos, ha determinado que deben seguir aplicándose a esa persona las medidas restrictivas que estipulan la Decisión (PESC) 2015/740 y el Reglamento (UE) 2015/735.

Se pone en conocimiento de la persona afectada que tiene la posibilidad de cursar una solicitud a las autoridades competentes del Estado o Estados miembros correspondientes que se mencionan en los sitios web indicados en el anexo III del Reglamento (UE) 2015/735, a fin de obtener autorización para utilizar fondos inmovilizados para cubrir necesidades básicas o efectuar pagos concretos (véase el artículo 6 del Reglamento).

La persona afectada puede presentar una solicitud al Consejo, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluir a esa persona en las listas mencionadas. Dicha solicitud debe enviarse, a más tardar el 30 de noviembre de 2021, a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

RELEX.1.C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu


(1)  DO L 117 de 8.5.2015, p. 52.

(2)  DO L 117 de 8.5.2015, p. 13.