|
15.12.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 506/9 |
P9_TA(2021)0123
Residuos químicos en el mar Báltico, a raíz de las peticiones n.o 1328/2019 y n.o 0406/2020, en virtud del artículo 227, apartado 2, del Reglamento interno
Resolución del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2021, sobre los residuos químicos en el mar Báltico, a raíz de las peticiones n.os 1328/2019 y 0406/2020 (2021/2567(RSP))
(2021/C 506/02)
El Parlamento Europeo,
|
— |
Vistas las peticiones n.os 1328/2014 y 0406/2014, |
|
— |
Vistos el artículo 3, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea, los artículos 4 y 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y los artículos 35 y 37 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, |
|
— |
Vistos su Resolución, de 18 de septiembre de 1997, sobre el problema ecológico del mar Báltico (1), el objetivo referido a la reducción de la contaminación y de las sustancias peligrosas recogido en la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (2), y el compromiso de los Estados miembros en relación con el control de las municiones químicas submarinas de conformidad con la Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva marco sobre la estrategia marina) (3), |
|
— |
Vistos los compromisos asumidos para «salvar el mar» y convertir a la región del mar Báltico en líder mundial en seguridad marítima en el marco de la Estrategia de la Unión Europea para la región del mar Báltico así como el compromiso de los Estados miembros de la Unión de eliminar las municiones químicas y los artefactos no explosionados vertidos en el mar en el marco del Plan de Acción de la Estrategia de Seguridad Marítima de la Unión Europea, |
|
— |
Vista la aspiración de la Comisión a una contaminación cero para un entorno sin sustancias tóxicas, tal como se establece en el capítulo 2.1.8 de su Comunicación, de 11 de diciembre de 2019, sobre el Pacto Verde Europeo (COM(2019)0640), y el compromiso asumido por la Unión en relación con la detención de la pérdida de biodiversidad y convertirse en líder mundial en la lucha contra la crisis mundial de la biodiversidad, de conformidad con su Estrategia sobre la Biodiversidad hasta 2020 y la Estrategia sobre la Biodiversidad hasta 2030, |
|
— |
Vistas las obligaciones asumidas por los Estados parte de conformidad con el artículo 2 del Convenio sobre la Protección y Utilización de los Cursos de Agua Transfronterizos y de los Lagos Internacionales de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas, de 1992, y el artículo 4 de su Protocolo sobre el agua y la salud, de 1999, |
|
— |
Visto el próximo programa Interreg de la Comisión para la región del mar Báltico 2021 -2027, |
|
— |
Visto el Convenio de Helsinki de 1992 sobre la protección del medio marino de la zona del mar Báltico, el Plan de Acción para el mar Báltico y las conclusiones de la Comisión de protección del medio marino de la zona del mar Báltico (Helcom) sobre municiones químicas vertidas en el mar, |
|
— |
Vistos los compromisos contraídos por los Estados en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, en particular la meta 3.9, consistente en reducir el número de muertes y enfermedades producidas por productos químicos peligrosas y la contaminación, la meta 6.3, consistente en mejorar la calidad del agua eliminando el vertimiento y minimizando la emisión de productos químicos peligrosos, y las metas 14.1 y 14.2, consistentes en prevenir la contaminación marina y proteger los ecosistemas marinos y costeros, |
|
— |
Vista la Resolución 1612 (2008) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre las municiones químicas enterradas en el mar Báltico, así como el informe que la acompaña, de 28 de abril de 2008, |
|
— |
Vistas las deliberaciones sobre las peticiones n.os1328/2019 y 0406/2020 durante la reunión de la Comisión de Peticiones del 3 de diciembre de 2020, |
|
— |
Visto el artículo 227, apartado 2, de su Reglamento interno, |
|
A. |
Considerando que desde el final de la Segunda Guerra Mundial han sido vertidas en el mar Báltico al menos 50 000 toneladas de armas químicas y convencionales que contienen sustancias peligrosas (como gas mostaza y gas lacrimógeno, además de agentes químicos nerviosos y sofocantes); |
|
B. |
Considerando que estas municiones se degradan lentamente y liberan sustancias tóxicas en el agua, lo que representa un peligro para la salud humana, ya que contaminan los alimentos y provocan quemaduras graves e intoxicaciones en caso de contacto directo, dañan los ecosistemas marinos y la biodiversidad y ponen en peligro actividades económicas a escala local, como la pesca, la extracción de recursos naturales y la generación de energía renovable a partir de centrales eléctricas; |
|
C. |
Considerando que, debido a su situación geográfica, el mar Báltico es un mar semicerrado con un índice de rotación del agua muy bajo y una capacidad de autolimpieza muy reducida; que está considerado como uno de los mares más contaminados del mundo y que sus niveles de oxígeno en sus aguas profundas son cada vez más bajos, lo que ya está poniendo en peligro la vida marina; |
|
D. |
Considerando las inestimables investigaciones que han sido realizadas por el Grupo de trabajo ad hoc de la Comisión de Helsinki sobre municiones químicas vertidas (CHEMU, por sus siglas en inglés), por el proyecto financiado por la Unión denominado «Modelling of Ecological Risks related to maritime watated chemical Weapons» (Modelización de los riesgos ecológicos ligados a las armas químicas vertidas en el mar) (MERCW, por sus siglas en inglés) y por los grupos de expertos ad hoc de la Comisión de Helsinki para actualizar y revisar la información existente sobre municiones químicas vertidas en el mar Báltico (MUNI) y sobre los riesgos ambientales provocados por objetos peligrosos sumergidos (SUBMERGED); |
|
E. |
Considerando que en el coloquio celebrado en Bruselas el 20 de febrero de 2019 sobre los desafíos que suponen las municiones sin detonar que se encuentran en el mar se expuso la necesidad de reforzar la cooperación; |
|
F. |
Considerando que la comunidad internacional carece de información fiable sobre el volumen, la naturaleza y la ubicación de las municiones vertidas debido a una documentación deficiente de estas actividades y una investigación insuficiente sobre el fondo marino del mar Báltico; |
|
G. |
Considerando que no se ha alcanzado un consenso sobre el estado actual de las municiones, el peligro exacto que representan y las posibles soluciones a este problema; |
|
H. |
Considerando que el programa Interreg para la región del mar Báltico proporcionó financiación a favor del proyecto de búsqueda y evaluación de municiones químicas (CHEMSEA, por sus siglas en inglés), que abarca el período 2011-2014, el proyecto de ayuda para la toma de decisiones sobre municiones marinas (DAIMON, por sus siglas en inglés), que abarca el período 2016-2019, y el proyecto DAIMON 2, con un total de 10,13 millones EUR (de los cuales 7,8 millones EUR, el 77 %, procedían del Fondo Europeo de Desarrollo Regional); que estos proyectos estudiaron los lugares de vertido y el contenido y estado de las municiones así como su reacción a las condiciones del mar Báltico y proporcionaron a las instancias públicas herramientas para la toma de decisiones y formación en materia de tecnologías utilizadas para el análisis de riesgos, los métodos de rehabilitación y la evaluación del impacto ambiental; |
|
I. |
Considerando que la cuestión de las municiones convencionales y químicas vertidas en el mar está siendo abordada por la OTAN, que dispone de herramientas, instrumentos y experiencia adecuados para resolver este problema con éxito; |
|
J. |
Considerando que el proyecto CHEMSEA, que finalizó en 2014, concluyó que, si bien los vertederos de municiones químicas no representan una amenaza inmediata, seguirán siendo un problema para el mar Báltico; |
|
K. |
Considerando que la elevada densidad del transporte y la elevada tasa de actividad económica en la región del mar Báltico no solo hacen que se trate de un problema medioambiental sino también de una cuestión con implicaciones económicas considerables, también para el sector pesquero; |
|
1. |
Subraya que los peligros para la salud y el medio ambiente que plantean las municiones eliminadas en el mar Báltico tras la Segunda Guerra Mundial no son solo un problema regional y europeo sino un grave problema a escala mundial con efectos transfronterizos imprevisibles a corto y largo plazo; |
|
2. |
Insta a la comunidad internacional a que adopte un enfoque basado en la cooperación y en una solidaridad real para intensificar su seguimiento de las municiones vertidas a fin de minimizar los posibles riesgos para el medio ambiente y las actividades marinas; insta a todas las partes que disponen de información clasificada sobre los vertidos y sus ubicaciones exactas a que la desclasifiquen y permitan a los países afectados, a la Comisión y al Parlamento Europeo acceder a ella con carácter de urgencia; |
|
3. |
Pide a la Comisión y al Comité mixto de programación del programa Interreg para la región del mar Báltico que garanticen una financiación adecuada de la investigación y de las acciones necesarias para resolver los peligros que plantean las municiones vertidas en el mar Báltico; acoge con satisfacción los esfuerzos específicos y la investigación constructiva de la Comisión de Helsinki y en el marco de los proyectos CHEMSEA, DAIMON y DAIMON 2 financiados con cargo al programa Interreg para la región del mar Báltico; |
|
4. |
Pide a todas las partes implicadas que respeten la legislación medioambiental internacional y aporten contribuciones financieras adicionales al programa Interreg para la región del mar Báltico para el período 2021-2027; acoge con satisfacción el programa transnacional Interreg para la región del mar Báltico 2021-2027, que financiará medidas para reducir la contaminación del mar Báltico; |
|
5. |
Destaca la necesidad de un seguimiento periódico del estado de corrosión de las municiones y de una evaluación actualizada del riesgo medioambiental sobre el impacto de los contaminantes liberados en la salud humana, los ecosistemas marinos y la biodiversidad de la región; |
|
6. |
Acoge con satisfacción los esfuerzos desplegados a escala nacional, entre los que figura hacer un inventario de las ubicaciones de las municiones depositadas y la vigilancia y eliminación de los materiales peligrosos; |
|
7. |
Hace hincapié, a este respecto, en la importancia de los mecanismos de cooperación de carácter interestatal e interregional, del libre acceso a la información pública y del intercambio eficaz de conocimientos científicos y de investigación; |
|
8. |
Pide a la Comisión que, a los efectos de su objetivo en relación con una contaminación cero para un entorno sin sustancias tóxicas, cree un grupo de expertos con los Estados miembros afectados y otras partes y organizaciones interesadas al que se le conceda el siguiente mandato: (i) estudiar y hacer un inventario de la ubicación exacta de las zonas contaminadas; (ii) proponer soluciones adecuadas, respetuosas con el medio ambiente y rentables para controlar y eliminar la contaminación con el objetivo último de suprimir o neutralizar totalmente los materiales peligrosos cuando la extracción resulte imposible; (iii) desarrollar instrumentos fiables de apoyo a la toma de decisiones; (iv) llevar a cabo una campaña de sensibilización para informar a los grupos afectados (pescadores, residentes locales, turistas e inversores, entre otros) sobre los riesgos potenciales para la salud y la economía; y v) elaborar directrices en materia de respuesta de emergencia en relación con las catástrofes medioambientales; |
|
9. |
Lamenta que, de los 8,8 millones de euros asignados en el marco del Instrumento Europeo de Vecindad, no se haya destinado nada en absoluto en favor de los proyectos DAIMON o DAIMON 2 en el marco del programa Interreg para la región del mar Báltico; |
|
10. |
Pide a la Comisión que anime a todas las agencias e instituciones pertinentes de la Unión, incluida la Agencia Europea de Defensa, para que utilicen todos los recursos disponibles y velen por que el problema se refleje en todas las políticas y procesos de programación de la Unión en la materia, incluida la Directiva marco sobre la estrategia marina y el Plan de Acción de la Estrategia de Seguridad Marítima; |
|
11. |
Pide a la Comisión que vele por que la cuestión de las municiones vertidas en los mares europeos se incluya en los programas horizontales para que puedan presentarse proyectos que abarquen a las regiones afectadas por el mismo problema (el mar Adriático, el mar Jónico, el mar del Norte y el mar Báltico) y facilitar el intercambio de experiencias y de mejores prácticas; |
|
12. |
Pide a la Comisión que despliegue esfuerzos concertados en relación con la lucha contra la contaminación en el mar Báltico y que fomente todo tipo de cooperación a escala regional, nacional e internacional en este contexto, también a través de su asociación con la OTAN; |
|
13. |
Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de otros Estados interesados. |
(1) DO C 304 de 6.10.1997, p. 147.