29.7.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 303/1


RECOMENDACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 23 de julio de 2021

por la que se deroga la Recomendación BCE/2020/62

(BCE/2021/31)

(2021/C 303/01)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito (1), en particular el artículo 4, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 27 de marzo de 2020 el Banco Central Europeo (BCE) adoptó la Recomendación BCE/2020/19 del Banco Central Europeo (2), que recomendaba que, al menos hasta el 1 de octubre de 2020, las entidades de crédito se abstuvieran de repartir dividendos y de contraer compromisos irrevocables de repartirlos, así como de recomprar acciones para remunerar a los accionistas. El 27 de julio de 2020 el BCE prolongó su recomendación hasta el 1 de enero de 2021 mediante la adopción de la Recomendación BCE/2020/35 del Banco Central Europeo (3).

(2)

Pese a la mejora de las condiciones macroeconómicas y a la reducción de la incertidumbre económica debida a la pandemia de COVID-19, dicha incertidumbre seguía siendo elevada a finales de 2020 y seguía afectando a la capacidad de las entidades de crédito para prever sus necesidades de capital a medio plazo. Ante la persistencia de esa incertidumbre, el BCE adoptó la Recomendación BCE/2020/62 del Banco Central Europeo (4), por la que derogó la Recomendación BCE/2020/35 pero recomendó que las entidades de crédito fueran muy prudentes al decidir los importes de los dividendos o repartirlos o al recomprar acciones para remunerar a los accionistas.

(3)

Las últimas proyecciones macroeconómicas indican el comienzo de la recuperación económica y una mayor reducción de la incertidumbre económica. Por consiguiente, el BCE entiende que ya no se dan las razones que justificaron la Recomendación BCE/2020/62. La menor incertidumbre económica actual permite llevar a cabo una evaluación supervisora individual y en profundidad de la prudencia de los planes de las entidades de crédito de repartir dividendos y recomprar acciones, así como evaluar prospectivamente sus planes de capital, en el contexto del ciclo supervisor normal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:

La presente recomendación deroga la Recomendación BCE/2020/62 con efectos a partir del 30 de septiembre de 2021.

Hecho en Fráncfort del Meno el 23 de julio de 2021.

La presidenta del BCE

Christine LAGARDE


(1)  DO L 287 de 29.10.2013, p. 63.

(2)  Recomendación BCE/2020/19 del Banco Central Europeo, de 27 de marzo de 2020, sobre el reparto de dividendos durante la pandemia del COVID-19 y por la que se deroga la Recomendación BCE/2020/1 (DO C 102I de 30.3.2020, p. 1).

(3)  Recomendación BCE/2020/35 del Banco Central Europeo, de 27 de julio de 2020, sobre el reparto de dividendos durante la pandemia de COVID-19 y por la que se deroga la Recomendación BCE/2020/19 (DO C 251 de 31.7.2020, p. 1).

(4)  Recomendación BCE/2020/62 del Banco Central Europeo, de 15 de diciembre de 2020, sobre el reparto de dividendos durante la pandemia de COVID-19 y por la que se deroga la Recomendación BCE/2020/35 (OJ C 437 de 18 de diciembre de 2020, p. 1).