Bruselas, 13.4.2021

COM(2021) 197 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

sobre el gasto del FEAGA








Sistema de alerta temprana n.º 1-3/2021


Índice

1.Procedimiento presupuestario de 2021 del FEAGA

2.Ingresos afectados al FEAGA

3.Observaciones sobre la ejecución provisional del presupuesto de 2021 del FEAGA

3.1.    Medidas de mercado    

3.2.    Pagos directos    

4.Ejecución de los ingresos afectados al FEAGA

5.Conclusiones

Anexo:

Utilización provisional de los créditos del FEAGA hasta el 31.1.2021



1.Procedimiento presupuestario de 2021 del FEAGA

El 18 de diciembre de 2020, el Parlamento Europeo aprobó el presupuesto general de la Unión Europea de 2021. El presupuesto del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) asciende a 40 368 millones EUR en créditos de compromiso y a 40 354 millones EUR en créditos de pago. La diferencia en los importes de ambos tipos de créditos se debe a que los créditos diferenciados se utilizan para determinadas medidas ejecutadas directamente por la Comisión. Se trata principalmente de medidas de promoción de productos agrícolas, de estrategias políticas y de medidas de coordinación y auditoría.

2.Ingresos afectados al FEAGA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013, los ingresos procedentes de las correcciones financieras que se efectúan en virtud de decisiones de liquidación financiera y liquidación de conformidad, así como los que tienen su origen en las irregularidades cometidas, constituyen ingresos afectados a la financiación de los gastos del FEAGA.

Según esas disposiciones, los ingresos afectados pueden utilizarse para satisfacer las necesidades de financiación de cualquier gasto del FEAGA. En caso de que una parte de esos ingresos no se utilice en el ejercicio presupuestario, se prorroga automáticamente al ejercicio presupuestario siguiente 1 .

El presupuesto de 2021 del FEAGA consta de lo siguiente:

·las estimaciones más recientes de la Comisión sobre las necesidades financieras para las medidas de mercado y los pagos directos,

·y las estimaciones de los ingresos afectados que se recaudarán en el ejercicio presupuestario.

En su propuesta sobre los créditos presupuestarios del FEAGA para 2021, la Comisión tomó en consideración los ingresos afectados totales previstos. Sin embargo, el nivel de los créditos de compromiso necesarios superó el sublímite del FEAGA para 2021 establecido en el marco financiero plurianual 2021-2027 (MFP) 2 . Por lo tanto, la Comisión tuvo que fijar un porcentaje de ajuste en el marco de la disciplina financiera aplicable a los pagos directos para alinear los créditos del FEAGA con el sublímite del MFP 3 . La Autoridad Presupuestaria aprobó el presupuesto del FEAGA para 2021 teniendo en cuenta los ingresos afectados previstos.

En el momento de establecer el presupuesto de 2021, la estimación de los ingresos afectados disponibles realizada por la Comisión era de 619 millones EUR. Sin prórrogas previstas de 2020 a 2021, se calculó que la totalidad del importe se recaudaría durante el ejercicio presupuestario. La Comisión afectó estos ingresos estimados al régimen de pago básico (partida 08 02 05 04). La suma de los créditos aprobados y de los ingresos afectados para este régimen asciende a 14 791 millones EUR.

El anexo del presente informe muestra la ejecución provisional del presupuesto de 2021 y su comparación con el perfil de gastos previsto.

3.Observaciones sobre la ejecución provisional del presupuesto de 2021 del FEAGA

El anexo del presente informe muestra la ejecución provisional del presupuesto entre el 16 de octubre de 2020 y el 31 de enero de 2021.

Se compara el nivel de ejecución con el perfil de gastos del sistema de alerta temprana establecido de conformidad con el artículo 28 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013.

3.1.Medidas de mercado

La utilización de los créditos para intervenciones en los mercados agrícolas coincide, a grandes rasgos, con el perfil de consumo.

La ejecución de las acciones de promoción de los productos agrícolas (08 02 03 02) muestra una desviación de – 7,2 puntos porcentuales (– 6,2 millones EUR) con respecto al perfil de consumo.

En el caso de las frutas y hortalizas (08 02 03 06), los gastos declarados hasta ahora se sitúan 19,3 millones EUR (– 2,2 puntos porcentuales) por debajo del perfil de gastos. Si nos atenemos a las previsiones actuales de los Estados miembros, que son superiores a la media de los últimos tres años, se espera la plena ejecución del presupuesto de 2021.

En el caso de los programas de apoyo al sector vitivinícola, los gastos declarados hasta ahora rebasan ligeramente el perfil de gastos.

El gasto declarado para la partida presupuestaria relativa a las medidas de almacenamiento público y privado (08 02 03 10) supera el perfil en + 11,7 % puntos porcentuales (+ 1,1 millones EUR). Atañe principalmente a las ayudas al almacenamiento privado de aceite de oliva adoptadas en 2019 y 2020: para el ejercicio presupuestario de 2021, los Estados miembros declararon pagos pendientes por un total de 26,8 millones EUR. Dado que anteriormente estaba previsto efectuar la mayor parte de estos gastos en 2020, no se habían incluido en el presupuesto de 2021. Se realizó una transferencia de 21 millones EUR desde la partida presupuestaria 08 02 03 04 (programas escolares).

3.2.Pagos directos 

La utilización de los créditos para pagos directos coincide, a grandes rasgos, con el perfil de consumo.

Los gastos correspondientes al régimen de pago único por superficie (08 02 05 02) y al régimen de ayuda asociada voluntaria (08 02 05 09) se ajustan al perfil de consumo.

En el caso del régimen de pago básico (08 02 05 04), el perfil se calcula teniendo en cuenta los ingresos afectados. Sobre esta base, el gasto para este régimen hasta la fecha es inferior en 61,8 millones EUR (– 0,4 puntos porcentuales) a lo previsto (véase el recuadro «A título meramente informativo» del anexo).

En el caso de la partida presupuestaria «Pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente» (08 02 05 05), el gasto declarado hasta la fecha es inferior en 109,3 millones EUR (– 1,0 punto porcentual) al perfil de gastos.

Los pagos a los agricultores en zonas con limitaciones naturales (08 02 05 06) se sitúan 14,0 puntos porcentuales por debajo del perfil (– 0,7 millones EUR). El gasto declarado para el régimen «Pago para jóvenes agricultores» (08 02 05 07) asciende a 107,1 millones EUR por debajo del perfil (– 18,7 puntos porcentuales). No obstante, estas divergencias se consideran temporales y se espera que los importes presupuestados se ejecuten hacia finales de año.

4.Ejecución de los ingresos afectados al FEAGA

El cuadro del anexo muestra que, a finales de enero de 2021, se habían recaudado ingresos afectados por valor de 257,4 millones EUR. Esta cifra incluye:

·Ingresos de la partida presupuestaria 62 00, por un valor de 56,9 millones EUR. Se trata principalmente de los ingresos procedentes de correcciones incluidas en las decisiones de liquidación de cuentas y de conformidad, pero también de las irregularidades declaradas por los Estados miembros. Está previsto recaudar importes suplementarios antes del cierre del ejercicio financiero.

·Ingresos de la partida presupuestaria 67 00, por un valor de 145,1 millones EUR, procedentes de correcciones incluidas en decisiones de liquidación de conformidad anteriores al ejercicio financiero de 2021. También en este caso, todavía se espera recaudar importes suplementarios.

·Aunque al aprobar el presupuesto de 2021 no se estimó ningún importe de prórroga, los ingresos finalmente prorrogados de 2020 a 2021 ascendieron a 55,5 millones EUR.

5.Conclusiones

Hasta el 31 de enero de 2021, la ejecución provisional de los créditos presupuestarios del FEAGA para 2021 se ajusta, en términos relativos, al perfil de gastos calculado.

Ya está disponible un importe de 257,4 millones EUR de ingresos afectados, y se espera recaudar importes suplementarios en el transcurso del ejercicio presupuestario.

En estos momentos, la Comisión espera que los créditos aprobados junto con el importe de los ingresos afectados que estará disponible al final del ejercicio presupuestario sean suficientes para cubrir todos los gastos.

(1)

   El artículo 12, apartado 4, letra b), del Reglamento (UE, Euratom) n.º 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, dispone que los créditos correspondientes a los ingresos afectados internos únicamente pueden prorrogarse al siguiente ejercicio presupuestario. Por lo tanto, en aras de una gestión presupuestaria correcta, esos ingresos afectados se utilizan, por lo general, antes de que se apruebe cualquier otro crédito del artículo presupuestario de que se trate.

(2)

     Tras tener en cuenta las transferencias entre los pagos directos y el desarrollo rural notificadas por los Estados miembros.

(3)

   Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1801 de la Comisión (DO L 402 de 1.12.2020, p. 49).


Bruselas, 13.4.2021

COM(2021) 197 final

ANEXO

del

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo

sobre el gasto del FEAGA





Sistema de alerta temprana n.º 1-3/2021


ANEXO