20.5.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 205/59 |
P9_TA(2021)0446
Divulgación de información relativa al impuesto sobre sociedades por parte de determinadas empresas y sucursales ***II
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 11 de noviembre de 2021, sobre la posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información relativa al impuesto sobre sociedades por parte de determinadas empresas y sucursales (09722/1/2021 — C9-0371/2021 — 2016/0107(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)
(2022/C 205/09)
El Parlamento Europeo,
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Vista la Posición del Consejo en primera lectura (09722/1/2021– C9-0371/2021), |
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Vista la exposición de motivos de la posición del Consejo en primera lectura, |
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Vistos los dictámenes motivados presentados por el Parlamento irlandés y por el Parlamento sueco, de conformidad con lo dispuesto en el Protocolo n.o 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, en los que se afirma que el proyecto de acto legislativo no respeta el principio de subsidiariedad, |
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Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 21 de septiembre de 2016 (1), |
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Vista su Posición en primera lectura (2) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2016)0198), |
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Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Visto el acuerdo provisional aprobado por las comisiones competentes con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno, |
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Visto el artículo 67 de su Reglamento interno, |
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Vista la Recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A9-0305/2021), |
1. |
Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura; |
2. |
Constata que el acto se adopta con arreglo a la Posición del Consejo; |
3. |
Encarga a su presidente que firme el acto, conjuntamente con el presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; |
4. |
Encarga a su secretario general que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el secretario general del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea; |
5. |
Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales. |