29.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 290/73


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Estrategia de la UE de lucha contra el antisemitismo y apoyo a la vida judía (2021-2030)»

[COM(2021) 615 final]

(2022/C 290/13)

Ponente:

Ákos TOPOLÁNSZKY

Consulta

Comisión Europea, 1.12.2021

Base jurídica

Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía

Aprobado en sección

7.3.2022

Aprobado en el pleno

23.3.2022

Pleno n.o

568

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

145/0/4

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1.

El CESE destaca y defiende con firmeza los valores fundamentales que constituyen la base de la UE y de la convivencia europea. Considera que las manifestaciones de antisemitismo de cualquier tipo son incompatibles con los valores y las normas europeas, en la medida en que conducen a violaciones del derecho y a la exclusión, lo que constituye una amenaza no solo para las comunidades afectadas y para la vida judía, sino también para el patrimonio europeo y la Europa actual, y para un futuro europeo democrático que solo puede lograrse en una sociedad plural.

1.2.

Por lo tanto, el CESE apoya firmemente la puesta en marcha de la Estrategia (1) y el hecho de que haya sido precedida por un amplio proceso de consulta en 2021. Asimismo, está plenamente de acuerdo en que es necesario no solo luchar contra el antisemitismo, sino también esforzarse al mismo tiempo por adoptar políticas públicas y llevar a cabo una cooperación a escala comunitaria, para promover la aceptación mutua.

1.3.

El Comité apoya firmemente el hecho de que la Estrategia tenga como objetivo no solo la lucha contra el antisemitismo, sino también el apoyo a la vida judía. Las comunidades judías y los individuos que las integran no son solo víctimas pasivas de la situación pasada y presente, sino también agentes de las sociedades europeas. El Comité apoya plenamente la visión de la Estrategia para un futuro europeo en el que las comunidades judías crezcan y se desarrollen. El CESE está convencido de que el antisemitismo no solo es una violación del derecho que afecta a los judíos europeos, sino que pone a prueba la idea europea, la convivencia en Europa, el Estado de Derecho, los derechos fundamentales y la democracia.

1.4.

El CESE hace suya la definición operativa de antisemitismo utilizada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto («IHRA», por sus siglas en inglés) (2) e insta encarecidamente a todos los Estados miembros a adoptarla y convertirla en la base de su acción política.

1.5.

El Comité se propone incluir cada año este tema en el orden del día de uno de sus principales organismos operativos y, en su caso, evaluar también la ejecución de la Estrategia por otros medios (visitas a países, investigaciones, etc.).

1.6.

El CESE es partidario de que, entre las prioridades de la Estrategia, la educación reciba una atención especial, ya que desempeña un papel esencial en la lucha y la prevención del antisemitismo. Para impulsar la formación y la enseñanza, se deben desarrollar —en cooperación con las organizaciones profesionales y representativas de la comunidad judía— contenidos didácticos y materiales pedagógicos que aborden cuestiones pertinentes como la lucha contra la intolerancia étnica, el racismo, los delitos de odio y los prejuicios.

1.7.

Todos los instrumentos jurídicos constitucionales y europeos disponibles deben utilizarse sistemáticamente en los medios de comunicación para combatir los contenidos antisemitas, y debe mejorarse el conocimiento y la comprensión de la vida judía velando por que los reportajes al respecto sean más equilibrados y reflejen una mayor sensibilidad.

1.8.

El CESE propone a la Comisión que, a la hora de formular las políticas futuras, estudie el modo de proteger el derecho de las comunidades judías a mantener sus creencias y rituales con el fin de apoyar la vida judía en Europa.

1.9.

En opinión del CESE, la cultura judía, como patrimonio indisociable de la identidad europea, debe ser más accesible y mucho más cercana a la ciudadanía y al público en general. Ello supondría también una excelente oportunidad para fomentar el entendimiento mutuo y comunitario, que es un requisito previo para el éxito de la idea europea, pero también para el desarrollo de la identidad judía y el fortalecimiento de las comunidades que la reivindican.

1.10.

Un marco legislativo claro y sólido, que combata sistemáticamente los discursos de odio y los fenómenos conexos como la desinformación, es un elemento esencial e indispensable del ordenamiento jurídico europeo, pero no es por sí solo una respuesta suficiente. Los marcos legislativos deben complementarse con herramientas educativas y un sistema de programas que se desplieguen a gran escala a nivel comunitario y social y que sean capaces de llegar a la ciudadanía.

1.11.

El aumento del populismo a escala mundial subraya la necesidad de examinar el contexto social más amplio del antisemitismo. No es posible tratar un tipo de odio si los otros se ignoran y no se abordan eficazmente.

1.12.

Es responsabilidad de todos los Estados miembros garantizar la libertad de los ciudadanos y ciudadanas de tener creencias y ritos religiosos y de practicarlos sin miedo. La intimidación por cualquier medio o medida contra las religiones en general y la religiosidad judía en particular debe considerarse como una infracción del ordenamiento jurídico democrático.

1.13.

El CESE anima a la Comisión Europea a conferir a la lucha contra el antisemitismo y al programa estratégico de apoyo a la vida judía una fuerte dimensión de política exterior en todos los aspectos de la cooperación con terceros países y con organizaciones internacionales.

1.14.

Para aplicar la Estrategia de manera aún más eficaz, el Comité recomienda crear una unidad permanente al nivel del Consejo, así como vigilar y combatir el antisemitismo.

1.15.

Habida cuenta de que el deporte —y especialmente el fútbol por su popularidad y publicidad— está asociado a un riesgo grave de antisemitismo y, al mismo tiempo, puede constituir una herramienta esencial para combatir eficazmente este fenómeno, el CESE expresa su convicción de la necesidad de elaborar recomendaciones y directrices firmes en este ámbito.

2.   Observaciones generales

2.1.

El CESE destaca y defiende con firmeza los valores fundamentales que constituyen la base de la UE y de la convivencia europea. Estos valores incluyen el respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de derecho y el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a las minorías (3). Considera que las manifestaciones de antisemitismo de cualquier tipo son incompatibles con los valores y las normas europeas, en la medida en que conducen a violaciones del derecho y a la exclusión, lo que constituye una amenaza no solo para las comunidades afectadas y para la vida judía, sino también para el patrimonio europeo y la Europa actual, y para un futuro europeo democrático que solo puede lograrse en una sociedad plural.

2.2.

Sin embargo, es importante señalar que la Estrategia tiene como objetivo no solo la lucha contra el antisemitismo, sino también el apoyo a la vida judía. En cualquier caso, es de agradecer que destaque que las comunidades judías y las personas de esta religión no son solo víctimas pasivas de la situación pasada y presente, sino también agentes de las sociedades europeas, que contribuyen de forma significativa a la creación de una Europa diversa e inclusiva. El Comité apoya plenamente la visión de la Estrategia para un futuro europeo en el que las comunidades judías crezcan y se desarrollen.

2.3.

Por lo tanto, el CESE apoya firmemente la puesta en marcha de la Estrategia (4) y el hecho de que haya sido precedida por un amplio proceso de consulta en 2021. Asimismo, está plenamente de acuerdo en que es necesario no solo luchar contra el antisemitismo, sino también esforzarse al mismo tiempo por adoptar políticas públicas y llevar a cabo una cooperación a escala comunitaria, para promover la aceptación mutua. El Comité también considera que debe apoyar todos los esfuerzos para que los ciudadanos y ciudadanas europeos de origen judío tengan confianza, se sientan seguros, sean bienvenidos en toda Europa y tengan una perspectiva de futuro positiva en la Unión Europea.

2.4.

El CESE está convencido de que el antisemitismo no solo es una violación del derecho que afecta a los judíos europeos, sino que pone a prueba la idea europea, la convivencia en Europa, el Estado de Derecho, los derechos fundamentales y la democracia. Por tanto, este fenómeno atañe a todos los ciudadanos y ciudadanas, así como a todas las organizaciones políticas y públicas que asumen responsabilidades, y constituye la piedra de toque para medir la evolución de nuestro modo de vida europeo y el grado de protección de la ciudadanía y los valores de la Unión.

2.5.

El CESE está de acuerdo en que las instituciones de la UE y los Estados miembros deben adoptar una estrategia basada en un enfoque común, pero considera que esto no es suficiente por sí solo. Los compromisos derivados de los valores establecidos en las estrategias también deben cumplirse de forma medible y verificable, y ser reconocidos como una manifestación evidente de la convivencia europea.

2.6.

Como ya ocurre con la Declaración del Consejo de 2018 (5) sobre la lucha contra el antisemitismo y la Declaración del Consejo de 2020 sobre la integración de la lucha contra el antisemitismo en todos los ámbitos de actuación (6), las recomendaciones de la investigación independiente basada en pruebas y las encuestas comunitarias serán fundamentales para el desarrollo y la aplicación de las estrategias nacionales y sus planes de acción, así como para su seguimiento y evaluación.

2.7.

El CESE recomienda que el proyecto NOA (Networks Overcoming Antisemitism, «redes de lucha contra el antisemitismo») apoyado por la Comisión, que evalúa las medidas adoptadas por cada Estado miembro en la lucha contra el antisemitismo mediante preguntas e indicadores objetivos basados en normas internacionales y europeas (7), se implante de manera generalizada en todos los Estados miembros para ayudarles a desplegar y desarrollar sus políticas de manera eficaz.

2.8.

El CESE adopta y aplica la definición operativa de antisemitismo utilizada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA). Asimismo, aboga firmemente por que todos los Estados miembros adopten también esta definición y la utilicen como base para adoptar medidas y determinar la actuación de las instituciones estatales y locales en este ámbito.

2.9.

El CESE celebra y considera ejemplar que el desarrollo de la Estrategia se base en un amplio proceso de consulta (8). El principio de no discriminación y las disposiciones y el espíritu de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea deben respetarse plenamente.

2.10.

El CESE respalda plenamente que cada Estado miembro designe, como elemento indispensable de su estrategia, a un coordinador o enviado especial, al que deberá ayudar a trabajar de manera libre y autónoma asociando a sus actividades a todos los agentes sociales pertinentes.

2.11.

Como representante de la sociedad civil organizada en la Unión Europea, la CESE considera que es urgente actuar no solo mediante una campaña aislada contra el antisemitismo, sino a través de una labor permanente de vigilancia y concienciación al respecto en la Unión Europea. Para ello, el Comité recomienda encarecidamente crear una unidad permanente al nivel del Consejo, así como vigilar y combatir el antisemitismo (9). Esto no solo supondría un símbolo visible importante, sino que haría que los Estados miembros reforzasen la meritoria tarea de la Coordinadora de la lucha contra el antisemitismo y el apoyo a la vida judía de la Comisión Europea y del grupo de trabajo contra el antisemitismo del Parlamento Europeo.

2.12.

El Comité se propone incluir cada año este tema en el orden del día de uno de sus principales organismos operativos y, en su caso, evaluar también la ejecución de la Estrategia por otros medios (visitas a países, investigaciones, etc.).

3.   Políticas en materia de educación y juventud

3.1.

El CESE es partidario de que, entre las prioridades de la Estrategia, la educación reciba una atención especial, ya que desempeña un papel esencial en la lucha y la prevención del antisemitismo. Aunque la legislación y la aplicación del Derecho, incluido el Derecho penal, tienen, por supuesto, un papel importante en la lucha contra la transmisión intergeneracional del odio, la evolución a largo plazo en las actitudes, el discurso público y las mentalidades solo puede lograrse realmente a través de herramientas políticas educativas e instrumentos comunitarios.

3.2.

El informe (10) de 2019 de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) muestra claramente que los ataques antisemitas se dirigen con mucha frecuencia contra personas situadas en la franja etaria de 18 a 34 años, para muchas de los cuales constituyen una realidad cotidiana. Las escuelas judías necesitan protección en toda Europa. El CESE recomienda que los alumnos de secundaria, los estudiantes y los jóvenes adultos desempeñen un papel destacado en la ejecución de la Estrategia, mediante la participación de los animadores juveniles y las organizaciones estudiantiles y el establecimiento de una consulta y un diálogo permanentes con todos estos participantes, incluso a escala local. Su experiencia en el ámbito de los discursos y delitos de odio, las redes sociales y la educación es también de gran importancia, ya que pueden ser los primeros afectados y, en su caso, el principal objetivo de los ataques antisemitas.

3.3.

El CESE considera que la Estrategia también debe prever intervenciones basadas en la creación conjunta que asocien a todas las partes interesadas —entre ellas, otros colectivos minoritarios y representantes de las organizaciones interconfesionales— para impulsar una evolución profunda.

3.4.

Las universidades y las comunidades científicas constituyen en ocasiones focos intelectuales de antisemitismo. La participación de los responsables de las universidades en la lucha contra el antisemitismo debería ser una prioridad de la Estrategia, y en la publicación de la UNESCO «Abordar el antisemitismo mediante la educación» (11) se ofrecen orientaciones al respecto, que sin duda se recomendaría aplicar con carácter vinculante. Estas orientaciones incluyen, en particular, la activación de mecanismos transparentes tras las manifestaciones de antisemitismo: a saber, un procedimiento adecuado e informes de incidente acompañados del correspondiente seguimiento, sin olvidar la revocación de cualquier medida antisemita adoptada por la dirección de la universidad.

3.5.

Para que el profesorado de las escuelas y universidades tenga claro lo que significa el antisemitismo, las posibilidades de formación y enseñanza que se mencionan en la Estrategia deben ser accesibles para ellos en la práctica. Asimismo, se debe animar a las escuelas, con medios financieros y organizativos, a poner en marcha programas de sensibilización y desarrollo de los conocimientos en este ámbito, con la participación de organizaciones judías, civiles y religiosas, con el fin de combatir el negacionismo, la desinformación y la tergiversación y banalización del Holocausto, y para contrarrestar cualquier intento de ensalzar a los nazis y sus colaboradores. Se podrían ofrecer programas similares como parte de los cursos (de integración) destinados a los migrantes. El CESE considera deseable y razonable que los miembros de los órganos decisorios de la UE y de los Estados miembros puedan participar también en cursos de formación en los que puedan desarrollar sus competencias en relación con la comunidad judía y otras minorías.

3.6.

Por lo que respecta al futuro y la seguridad de la comunidad judía en Europa, el CESE recomienda que los Estados miembros encomienden a sus ministerios competentes que examinen el contenido y la orientación de los programas escolares nacionales y de los programas de los centros de enseñanza en lo que respecta al antisemitismo y al reconocimiento de los valores y la identidad judíos y que, con fines de formación y enseñanza y en colaboración con las organizaciones profesionales y las organizaciones representativas de la comunidad judía, creen contenidos didácticos y material pedagógico que aborden cuestiones pertinentes como la lucha contra la intolerancia étnica, el racismo, los delitos de odio y los prejuicios.

3.7.

El Comité recomienda que la Comisión elabore materiales informativos pedagógicos accesibles que puedan llegar a todos los colectivos pertinentes y que definan —en la lengua de escolarización y en interés de las minorías, incluidas las comunidades judías— lo que significa formar parte de una Unión Europea basada en los valores de la democracia y los derechos humanos fundamentales, donde la diversidad y la lucha contra la discriminación son valores implícitos evidentes.

3.8.

El CESE recomienda que los establecimientos de enseñanza secundaria y superior incluyan claramente en su programa de política de lucha contra la discriminación tanto su compromiso contra el antisemitismo como el reconocimiento de los valores judíos.

3.9.

El Comité recomienda que las organizaciones juveniles judías tengan un papel destacado en las futuras políticas públicas de promoción de la vida judía en todos los ámbitos identificados de la Estrategia y que se vele por que estas organizaciones cuenten con un apoyo adecuado para llevar a cabo sus actividades.

4.   Medios de comunicación

4.1.

Para luchar contra los contenidos antisemitas, los medios de comunicación, en el marco de sus actividades habituales, deben tomar medidas decisivas basadas en valores comunes y apoyar firmemente la difusión de contenidos positivos, que reconozcan la dignidad y los derechos de las minorías, incluidas las personas de origen judío, si es necesario a través de campañas en las redes sociales.

4.2.

La representación de las comunidades judías y sus miembros en los medios de comunicación tradicionales y en las redes sociales es, en la mayoría de los casos, muy limitada y se centra principalmente en el impacto de la violencia antisemita y el terrorismo, así como en la memoria colectiva del Holocausto en Europa, todos ellos, por supuesto, de suma importancia. Sin embargo, más allá de esto, también sería interesante tener un contenido más positivo, por ejemplo, presentar las artes escénicas judías contemporáneas o las fiestas judías, o promover las lenguas judías en un espíritu de reconocimiento de la importancia de la convivencia en nuestras sociedades.

4.3.

Además, más allá de la propia cultura, existen varios proyectos e iniciativas llevados a cabo en paralelo en los Estados miembros de la Unión Europea, procedentes de la sociedad civil o de la comunidad judía, que trabajan por una Europa más inclusiva y democrática teniendo en cuenta los valores y objetivos de la UE. Estas iniciativas se llevan a cabo en diversos ámbitos, como la lucha contra el racismo, los derechos humanos, la protección del medio ambiente y la diversidad cultural.

4.4.

En opinión del CESE, además de la posibilidad que ofrecen las redes sociales de familiarizarse con los valores tradicionales de la comunidad judía y sus expresiones históricas y religiosas, sería deseable que la sociedad en general pudiera hacerse una idea de los efectos positivos del activismo comunitario judío en el conjunto de la sociedad, lo que también puede desempeñar un papel importante en la lucha contra los estereotipos (12).

4.5.

Es necesario mejorar el conocimiento y la comprensión de la vida judía en los medios de comunicación mediante la formación y la información de los periodistas, de modo que los reportajes sean más equilibrados y muestren una mayor sensibilidad en esta materia.

4.6.

Todos los instrumentos jurídicos constitucionales y europeos disponibles deben ser utilizados sistemáticamente en los medios de comunicación para combatir los contenidos antisemitas. Para ello, también deben llevarse a cabo actividades exploratorias sistemáticas con la participación de los órganos estatales de supervisión de los medios de comunicación y las organizaciones «centinelas».

5.   Cultura

5.1.

En opinión del CESE, la cultura judía, como patrimonio indisociable de la identidad europea, debe ser más accesible y mucho más cercana a la ciudadanía y al público en general. Ello supondría también una excelente oportunidad para fomentar el entendimiento mutuo y comunitario, que es un requisito previo para el éxito de la idea europea, pero también para el desarrollo de la identidad judía y el fortalecimiento de las comunidades que la reivindican.

5.2.

La educación sobre la cultura judía como parte innegable, integral e indisociable de la diversidad cultural europea es cada vez más necesaria en las escuelas, ya que desde el Holocausto, pocas personas están en contacto diario con la vida judía.

5.3.

El CESE está convencido de que el patrimonio cultural debe ser reconocido, respetado y promovido como una realidad viva y en evolución, y no simplemente como el simple legado de un pasado obsoleto. A tal fin, es necesario apoyar mayor participación y compromiso a escala local, fomentando las asociaciones con las partes interesadas.

5.4.

Aunque la Estrategia menciona la Convención de Faro (13), no aborda la cuestión de su ejecución en la práctica. El marco y las directrices previstas en dicha Convención deben trasladarse a la realidad para promover la cooperación y el desarrollo en los ámbitos científico, cultural, artístico y educativo, sin olvidar el turismo.

5.5.

El Comité invita a las instituciones de la Unión, a los Estados miembros, a las organizaciones de la sociedad civil y a las organizaciones de los interlocutores sociales a que presenten y celebren adecuadamente la contribución judía a la Unión Europea como parte integrante e inalienable de nuestra cultura común, basándose por ejemplo en el Año de la vida y la cultura judías, una iniciativa que marca los 1 700 años de presencia judía en Alemania. Propone apoyar las Jornadas europeas de la cultura judía, con la participación de las instituciones pertinentes y la sociedad civil, y fomenta la cooperación con el Consejo de Europa en la implantación y ampliación de su programa de itinerarios culturales.

5.6.

Cuando no exista una iniciativa de este tipo, deberían establecerse normas y directrices nacionales para preservar, mantener y revitalizar el patrimonio cultural judío, garantizando al mismo tiempo una financiación adecuada para este fin. Debe apoyarse la presencia de la cultura judía en el diálogo intercultural y su presentación.

5.7.

El CESE considera que deben aplicarse estrategias integradas de preservación del patrimonio a largo plazo, basadas en la participación de las comunidades locales y en un enfoque multidisciplinar, y apoyadas a través de instrumentos financieros. Para ello, conviene identificar a las partes interesadas (comunidades locales, municipios, voluntarios, activistas, interlocutores sociales, organizaciones de la sociedad civil, comunidades religiosas judías, iglesias, instituciones regionales y nacionales, autoridades públicas), desarrollar métodos de información, participación y consulta, identificar oportunidades de cooperación y asociación y apoyar sistemáticamente estos procesos. Es fundamental la participación permanente de la Asociación Europea para la Preservación y Promoción de la Cultura y el Patrimonio Judíos (AEPJ), la mayor organización para la protección del patrimonio judío en Europa.

6.   Los discursos y delitos de odio y la seguridad

6.1.

Un marco legislativo claro y sólido, que combata sistemáticamente los discursos de odio y los fenómenos conexos como la desinformación, es un elemento esencial e indispensable del ordenamiento jurídico europeo, pero no es por sí solo una respuesta suficiente. Debe ir acompañado de herramientas educativas y de programas de gran envergadura capaces de llegar a los ciudadanos y que, entre otras cosas, promuevan la cultura digital y la educación en materia de información, den contenido a los valores de la ciudadanía responsable y ofrezcan formaciones contra los prejuicios y la desinformación, con el fin de construir una cultura de entendimiento mutuo.

6.2.

En opinión del CESE, es esencial comprender las raíces de todas las formas de violencia contra las personas y las comunidades judías, e identificar las causas para poder actuar de manera eficaz no únicamente a través del sistema de justicia penal, sino también mediante un sistema más eficaz de intervenciones a escala comunitaria y social: en particular, apoyando campañas de sensibilización sobre la no discriminación, ayudando a las organizaciones de la sociedad civil a ofrecer formación a los colectivos afectados para permitirles reconocer los discursos y delitos de odio y animarlos a reaccionar, y aportando un apoyo y respaldo financiero a dichas organizaciones para sus actividades de seguimiento, recogida de información y establecimiento de contactos a nivel nacional e internacional.

6.3.

El CESE considera que la responsabilidad de la ciudadanía en estos ámbitos no es uniforme: debe destacarse ante todo la responsabilidad de aquellas personas cuyas actividades tienen mayor influencia en los prejuicios sociales, y son principalmente estas personas quienes deben ser objeto de oposición cuando proceda y enjuiciadas en los casos más graves. Entre ellas están los agentes políticos, los funcionarios de las administraciones pública y local, y los representantes de las fuerzas del orden y los órganos judiciales. Las infracciones cometidas por ellos deben ser tratadas de forma prioritaria y adecuada.

6.4.

En estas instituciones, en particular en las fuerzas del orden, es necesario reforzar las formaciones internas centradas en la concienciación, y realizar investigaciones periódicas para evaluar la situación a nivel interno, de modo que puedan diseñarse políticas que pongan de manifiesto los posibles prejuicios entre la plantilla y mejoren la situación.

6.5.

El CESE recomienda que se lleve a cabo un análisis más profundo de la actual situación de seguridad y de las amenazas a la vida de los judíos en el marco de la FRA. Al mismo tiempo, los intentos de desinformación a escala de los Estados miembros que atacan a la comunidad judía y se basan en información falsa o engañosa, en particular con respecto a los actos relacionados con los ritos, deben abordarse y evitarse mediante herramientas de comunicación e instrumentos de política pública.

6.6.

Deben reforzarse los mecanismos institucionalizados de cooperación entre las fuerzas del orden y las organizaciones de la comunidad judía, debe impartirse la formación necesaria para que la policía pueda identificar con precisión estos delitos y sus motivos prejuiciosos. En consonancia con la Estrategia de la UE sobre los derechos de las víctimas (2020-2025) (14), debe apoyarse la capacidad de la comunidad judía y de las organizaciones de la sociedad civil para prestar servicios de apoyo a las víctimas. Debe planificarse una recopilación uniforme y exhaustiva de datos más comparables a escala de la UE.

6.7.

El aumento del populismo a escala mundial subraya la necesidad de examinar el contexto social más amplio del antisemitismo cuando queremos combatir este fenómeno: la xenofobia, la homofobia, la transfobia, el racismo y el antigitanismo suelen ir de la mano del antisemitismo, y no es posible curar un tipo de odio sin tener en cuenta los otros. Se trata de diferentes síntomas de un mismo fenómeno social, que no pueden interpretarse ni tratarse eficazmente por separado.

6.8.

Las comunidades judías de Europa afrontan necesidades de seguridad cada vez mayores en relación con sus escuelas, sinagogas y centros comunitarios. Los Estados deben adoptar un enfoque global e integral al respecto proporcionando medidas adecuadas o financiación para responder a esos retos y garantizar así la seguridad de las instituciones y la vida comunitaria judías.

7.   Libertad de religión y práctica religiosa

7.1.

Es responsabilidad de todos los Estados miembros garantizar la libertad de los ciudadanos y ciudadanas de tener creencias y ritos religiosos y de practicarlos sin miedo. La intimidación por cualquier medio o medida contra las religiones en general y la religiosidad judía en particular debe considerarse como una infracción del ordenamiento jurídico democrático.

7.2.

El diálogo interreligioso debe ser objeto de estrategias basadas en los valores reales que comparten las diferentes organizaciones religiosas y no ser visto y aplicado como un mero gesto de cortesía; este esfuerzo debe ser apoyado a través de instrumentos estatales específicos.

7.3.

Las comunidades judías desean que se eliminen las crecientes inseguridades jurídicas sobre el sacrificio ritual (shejitá) y la circuncisión (brit milá) y que se regule la cuestión de manera uniforme en el Derecho de la Unión. El CESE recomienda, por tanto, que estas cuestiones se debatan sistemáticamente con las comunidades judías y se resuelvan jurídicamente, reconociendo que han sido parte integrante de la práctica de la vida religiosa judía durante miles de años, también en Europa.

8.   Dimensión internacional

8.1.

El CESE anima a la Comisión Europea a conferir a la lucha contra el antisemitismo y al programa estratégico de apoyo a la vida judía una fuerte dimensión de política exterior en todos los aspectos de la cooperación con terceros países y con organizaciones internacionales.

8.2.

El CESE acoge con satisfacción la consideración de los aspectos internacionales en la Comunicación de la Comisión y considera, en particular, que los instrumentos de la política de vecindad y de la cooperación para el desarrollo de la UE, así como los de acercamiento de los países candidatos a la Unión, son mecanismos adecuados para luchar contra el antisemitismo y promover la vida judía.

9.   Sport

9.1.

Habida cuenta de que el deporte —y especialmente el fútbol por su popularidad y publicidad— está asociado a un riesgo grave de antisemitismo y, al mismo tiempo, puede constituir una herramienta esencial para combatir eficazmente este fenómeno, el CESE expresa su convicción de la necesidad de elaborar recomendaciones y directrices firmes en este ámbito. En este sentido, apoya las directrices de la Guía de buenas prácticas de la FIFA sobre diversidad y lucha contra la discriminación, documento que también podría ser una referencia importante para la Estrategia.

9.2.

Es importante que las federaciones y organizaciones deportivas definan sus objetivos por temas basándose en las recomendaciones de la FIFA (reglamentos internos, sanciones y seguimiento de su aplicación, educación, creación de redes y cooperación, comunicación e igualdad de oportunidades).

9.3.

El CESE considera que deben desarrollarse y desplegarse ampliamente formaciones pedagógicas y programas de información para los aficionados, los clubes y las asociaciones, con un claro compromiso por su parte. También podría exigirse el seguimiento de formaciones similares como parte de las sanciones contra los aficionados, además de las sanciones penales o independientemente de ellas.

9.4.

El Comité considera necesario preparar material pedagógico para la comunidad de aficionados con el fin de mejorar su comprensión del contexto histórico del antisemitismo en las gradas, al tiempo que se contribuye a crear una cultura de inclusión (15).

9.5.

Hay que animar a las federaciones nacionales y a los clubes, a través de medios deportivos, a elaborar sus propias publicaciones educativas y programas de sensibilización en colaboración con las organizaciones locales pertinentes (16).

Bruselas, 23 de marzo de 2022.

La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

Christa SCHWENG


(1)  Comunicación de la Comisión COM(2021) 615 final, Estrategia de la UE de lucha contra el antisemitismo y apoyo a la vida judía.

(2)  «El antisemitismo es una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos. Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías o a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus lugares de culto». https://www.holocaustremembrance.com/resources/working-definitions-charters/working-definition-antisemitism

(3)  Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:12012M/TXT&from=ES

(4)  Comunicación de la Comisión COM(2021) 615 final, Estrategia de la UE de lucha contra el antisemitismo y apoyo a la vida judía.

(5)  https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-15213-2018-INIT/en/pdf

(6)  https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-13637-2020-INIT/es/pdf

(7)  https://www.noa-project.eu/report-cards/ La metodología evalúa la actuación de cada Estado miembro en diez ámbitos que también se destacan en la Estrategia: educación, delitos de odio, incitación al odio, medios de comunicación, recuerdo del Holocausto, deporte, diálogo interreligioso, libertad religiosa, cultura y protección del patrimonio, y seguridad. Las normas en las que se basa están casi todas basadas en normas, orientaciones, recomendaciones o directrices internacionales aprobadas por las instituciones de la UE u otras organizaciones internacionales (por ejemplo, la OSCE o la UNESCO).

(8)  Así, de los 76 puntos presentados en la recomendación conjunta de nueve organizaciones judías europeas (B’nai B’rith International, el CEJI, el Congreso Judío Mundial, el Congreso Judío Europeo, la Unión Europea de Estudiantes Judíos, la Unión Europea de Judaísmo Progresista, el American Jewish Committee, la Asociación Europea para la Preservación y Promoción de la Cultura y el Patrimonio Judíos, B’nai B’rith Europe), 58 se incluyen en el texto final de la Estrategia.

(9)  Alocución inicial de la presidenta del CESE con ocasión del debate sobre el antisemitismo mantenido el 10 de febrero de 2022 en la reunión de la Sección SOC en el contexto del Dictamen SOC/704 sobre la Estrategia de la UE de lucha contra el antisemitismo y apoyo a la vida judía.

(10)  Young Jewish Europeans: perceptions and experiences of antisemitism («Jóvenes judíos europeos: percepciones y experiencias del antisemitismo»), https://fra.europa.eu/sites/default/files/fra_uploads/fra-2019-young-jewish-europeans_en.pdf

(11)  https://es.unesco.org/preventing-violent-extremism/education/antisemitism

(12)  Pueden consultarse ejemplos concretos de estas campañas y proyectos en: https://www.noa-project.eu/profiles/

(13)  https://www.coe.int/en/web/conventions/full-list?module=treaty-detail&treatynum=199

(14)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex:52020DC0258

(15)  Por ejemplo https://changingthechants.eu/wp-content/uploads/2021/10/Guidelines.ENGpdf.pdf

(16)  Un buen ejemplo de ello es el manual del club Chelsea FC: https://www.efdn.org/wp-content/uploads/2018/05/CFC-CST-KIO-Antisemitism-Stewards-Guide-2018.pdf, así como la iniciativa «Show Racism The Red Card» («Tarjeta roja al racismo»): https://www.theredcard.org/