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13.10.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 340/5 |
Notificación a la atención de los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas establecidas en la Decisión (PESC) 2019/1720 del Consejo y en el Reglamento (UE) 2019/1716 del Consejo, relativos a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua
(2020/C 340/05)
La presente información se pone en conocimiento de los interesados con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).
Las bases jurídicas para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión (PESC) 2019/1720 del Consejo (2), modificada por la Decisión (PESC) 2020/1467 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) 2019/1716 del Consejo (4), relativos a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua.
El responsable de esta operación de tratamiento de datos es el servicio RELEX.1.C de la Dirección General de Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil (RELEX) de la Secretaría General del Consejo, con el que se puede contactar en la siguiente dirección:
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Council of the European Union |
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General Secretariat |
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RELEX.1.C |
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Rue de la Loi/Wetstraat 175 |
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1048 Bruxelles/Brussel |
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BELGIQUE/BELGIË |
Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu
Se puede contactar con la delegada de protección de datos de la Secretaría General del Consejo:
Delegada de protección de datos
data.protection@consilium.europa.eu
El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión (PESC) 2019/1720, modificada por la Decisión (PESC) 2020/1467, y al Reglamento (UE) 2019/1716.
Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista establecidos en la Decisión (PESC) 2019/1720 y en el Reglamento (UE) 2019/1716.
Entre los datos personales recogidos figuran los datos necesarios para la correcta identificación de la persona afectada, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.
Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y con la Comisión.
Sin perjuicio de las restricciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, se atenderá al ejercicio de los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.
Los datos personales se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sometidas a las medidas restrictivas o en que haya caducado la validez de la medida, o mientras dure el proceso judicial en caso de que haya comenzado.
Sin perjuicio de los recursos judiciales, administrativos o extrajudiciales, los interesados podrán presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 (edps@edps.europa.eu).
(1) DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.
(2) DO L 262 de 15.10.2019, p. 58.