13.10.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 340/5


Notificación a la atención de los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas establecidas en la Decisión (PESC) 2019/1720 del Consejo y en el Reglamento (UE) 2019/1716 del Consejo, relativos a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua

(2020/C 340/05)

La presente información se pone en conocimiento de los interesados con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).

Las bases jurídicas para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión (PESC) 2019/1720 del Consejo (2), modificada por la Decisión (PESC) 2020/1467 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) 2019/1716 del Consejo (4), relativos a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua.

El responsable de esta operación de tratamiento de datos es el servicio RELEX.1.C de la Dirección General de Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil (RELEX) de la Secretaría General del Consejo, con el que se puede contactar en la siguiente dirección:

Council of the European Union

General Secretariat

RELEX.1.C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Se puede contactar con la delegada de protección de datos de la Secretaría General del Consejo:

Delegada de protección de datos

data.protection@consilium.europa.eu

El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión (PESC) 2019/1720, modificada por la Decisión (PESC) 2020/1467, y al Reglamento (UE) 2019/1716.

Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista establecidos en la Decisión (PESC) 2019/1720 y en el Reglamento (UE) 2019/1716.

Entre los datos personales recogidos figuran los datos necesarios para la correcta identificación de la persona afectada, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.

Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y con la Comisión.

Sin perjuicio de las restricciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, se atenderá al ejercicio de los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.

Los datos personales se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sometidas a las medidas restrictivas o en que haya caducado la validez de la medida, o mientras dure el proceso judicial en caso de que haya comenzado.

Sin perjuicio de los recursos judiciales, administrativos o extrajudiciales, los interesados podrán presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

(2)  DO L 262 de 15.10.2019, p. 58.

(3)  DO L 335 de 13.10.2020, p. 18.

(4)  DO L 262 de 15.10.2019, p. 1.