8.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 424/30 |
Comunicación de la Comisión por la que se modifican las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 en lo que respecta a su período de aplicación y por la que se introducen adaptaciones temporales para tener en cuenta el impacto de la pandemia de COVID-19
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2020/C 424/05)
Contexto
1. |
Las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (1) («Directrices») son aplicables hasta el 31 de diciembre de 2020. |
2. |
El 8 de septiembre de 2018, la Comisión inició una revisión de las Directrices con vistas a sustituirlas por otras nuevas para el período comprendido entre 2021 y 2027. La formulación de estas nuevas directrices dependerá en gran medida de las normas aplicables a la ayuda al desarrollo rural en virtud de la propuesta de Reglamento sobre el apoyo a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (PAC) (2). Sin embargo, el procedimiento legislativo para la adopción de dicha propuesta sigue pendiente y la adopción tanto del propio Reglamento como de las normas delegadas y de ejecución subsiguientes se demorará durante algún tiempo. A fin de permitir que la Comisión continúe con la evaluación de las ayudas estatales sobre la base de las Directrices vigentes y de facilitar que su revisión se complete tras la adopción de la reforma de la PAC, conviene prorrogar el período de aplicación de las Directrices hasta el 31 de diciembre de 2022. |
3. |
Teniendo en cuenta las consecuencias económicas y financieras de la pandemia de COVID-19 en las empresas, es necesaria una adaptación temporal de las Directrices por lo que se refiere a los criterios de admisibilidad de las empresas para causar derecho a las medidas de ayuda contempladas en las Directrices. Por consiguiente, las empresas que no estaban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero que pasen a estarlo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021, seguirás causando derecho a las ayudas contempladas en las Directrices. |
4. |
Por lo tanto, las Directrices se modifican como sigue: |
5. |
El punto 26 se sustituye por el texto siguiente:
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6. |
El punto 737 se sustituye por el texto siguiente:
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(1) DO C 204 de 1.7.2014, p. 1.
(2) Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan el Reglamento (UE) n.o 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo [COM(2018) 392 final].