5.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 374/48


Publicación de una comunicación de aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión

(2020/C 374/10)

La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (1).

COMUNICACIÓN DE LA APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN NORMAL

«NOORD-HOLLAND»

PGI-NL-A0966-AM04

Fecha de comunicación: 18 de agosto de 2020

DESCRIPCIÓN Y MOTIVOS DE LA MODIFICACIÓN APROBADA

1.   Descripción y motivos de la modificación del pliego de condiciones y del documento único de la IGP «Noord-Holland»

Descripción y motivos

Descripción: Prever la posibilidad de utilizar un nombre adicional que haga referencia a una zona geográfica más pequeña junto con el nombre de la provincia de la IGP. La zona de producción sigue siendo la misma.

Motivos: Ofrecer a los productores la posibilidad de incluir un nombre adicional que haga referencia a una zona geográfica más pequeña junto al nombre de la provincia en la etiqueta, haciendo hincapié en el carácter regional del producto.

La modificación atañe al punto 9 (Condiciones complementarias) del documento único y a la adición de los nombres en el pliego de condiciones. Esto también supone la modificación de la numeración del pliego de condiciones.

Se incluyen los nombres siguientes:

West-Friesland

Gooi en Vechtstreek

Actualización debido a la modificación de la legislación nacional

Descripción y motivos

Descripción: En el punto 1.9 (Denominación tradicional que incluye el nombre de la provincia) se sustituye la referencia a la legislación nacional.

Motivos: Debido a la modificación de la Orden Nacional sobre el Vino y el Aceite de Oliva de los Países Bajos, que entró en vigor en septiembre de 2019, se ha introducido una pequeña corrección en el texto del punto 1.9 del pliego de condiciones (Denominación tradicional que incluye el nombre de la provincia), por la que se sustituye la referencia a dicha orden.

Redacción anterior:

«Los requisitos para el uso de esta denominación se establecen en la Orden del Ministerio de Economía, de 5 de junio de 2014, n.o WJZ/14070246, por la que se establecen las normas relativas a la comercialización del vino y del aceite de oliva (Orden sobre el Vino y el Aceite de Oliva).»

Nueva redacción:

«En la etiqueta de un vino que cumpla las normas del presente pliego de condiciones podrá figurar la información de la IGP utilizando la denominación tradicional “Landwijn Noord-Holland” o la mención “Beschermde Geografische Aanduiding Noord-Holland” (Indicación Geográfica Protegida “Noord-Holland”).»

Actualización motivada por la práctica real:

Descripción y motivos

Descripción: En el punto 1.10 (Organismo de control / procedimiento de inspección):

Se ha corregido la descripción del procedimiento llevado a cabo por el organismo de control para reflejar la práctica.

Motivos: Para adaptar los requisitos de control a la práctica, se ha modificado el texto del punto 1.10 del pliego de condiciones. El organismo de control no podrá facilitar una lista con un número limitado de laboratorios y aprobarla. Por lo tanto, esta frase se ha suprimido del pliego de condiciones.

Redacción anterior:

«Se requiere un análisis de las IGP. Las empresas encargan el análisis de muestras de cada vino a laboratorios certificados (dentro o fuera de los Países Bajos). Deberá facilitarse una lista de un número limitado de laboratorios a la Autoridad para la Seguridad de los Alimentos y los Productos de Consumo (NVWA) para su aprobación. La NVWA se encarga de supervisar esta cuestión (mediante controles administrativos) y toma contramuestras para analizarlas en su laboratorio.»

Nueva redacción:

«Se requiere un análisis de las IGP. Las empresas encargan el análisis de muestras a laboratorios certificados por la UE (dentro o fuera de los Países Bajos). La NVWA se encarga de supervisar esta cuestión (mediante controles administrativos) y toma contramuestras para analizarlas en su laboratorio.»

DOCUMENTO ÚNICO

1.   Nombre del producto

«Noord-Holland»

2.   Tipo de indicación geográfica

IGP: indicación geográfica protegida

3.   Categorías de productos vitivinícolas

1.

Vino

4.

Vino espumoso

5.

Vino espumoso de calidad

8.

Vino de aguja

9.

Vino de aguja gasificado

4.   Descripción del (de los) vino(s)

Categoría de vino 1: Vino

Características organolépticas:

Los vinos blancos tienen una acidez fresca, un carácter afrutado con cuerpo y aromas verdes.

Los vinos tintos se caracterizan por el color rojo de las uvas y tienen un carácter afrutado y con cuerpo.

Características analíticas:

Las definiciones establecidas en los reglamentos de la UE/órdenes ministeriales neerlandesas se aplican a las siguientes características:

Grado alcohólico volumétrico total máximo

Acidez volátil máxima

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso

Enriquecimiento máximo, desacidificación y, previa aprobación, acidificación

Características analíticas generales

Grado alcohólico total máximo (% vol.)

 

Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (% vol.)

6,5

Acidez total mínima

59,85 miliequivalentes por litro

Acidez volátil máxima (miliequivalentes por litro)

 

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (miligramos por litro)

 

Categoría de vino 4: Vino espumoso

Características organolépticas:

Los vinos blancos tienen una acidez fresca, un carácter afrutado con cuerpo y aromas verdes.

Los vinos tintos se caracterizan por el color rojo de las uvas y tienen un carácter afrutado y con cuerpo.

Características analíticas:

Las definiciones establecidas en los reglamentos de la UE/órdenes ministeriales neerlandesas se aplican a las siguientes características:

Grado alcohólico volumétrico total máximo

Acidez volátil máxima

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso

Enriquecimiento máximo, desacidificación y, previa aprobación, acidificación

Características analíticas generales

Grado alcohólico total máximo (% vol.)

 

Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (% vol.)

6,5

Acidez total mínima

59,85 miliequivalentes por litro

Acidez volátil máxima (miliequivalentes por litro)

 

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (miligramos por litro)

 

Categoría de vino 5: Vino espumoso de calidad

Características organolépticas:

Los vinos blancos tienen una acidez fresca, un carácter afrutado con cuerpo y aromas verdes.

Los vinos tintos se caracterizan por el color rojo de las uvas y tienen un carácter afrutado y con cuerpo.

Características analíticas:

Las definiciones establecidas en los reglamentos de la UE/órdenes ministeriales neerlandesas se aplican a las siguientes características:

Grado alcohólico volumétrico total máximo

Acidez volátil máxima

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso

Enriquecimiento máximo, desacidificación y, previa aprobación, acidificación

Características analíticas generales

Grado alcohólico total máximo (% vol.)

 

Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (% vol.)

6,5

Acidez total mínima

59,85 miliequivalentes por litro

Acidez volátil máxima (miliequivalentes por litro)

 

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (miligramos por litro)

 

Categoría de vino 8: Vino de aguja

Características organolépticas:

Los vinos blancos tienen una acidez fresca, un carácter afrutado con cuerpo y aromas verdes.

Los vinos tintos se caracterizan por el color rojo de las uvas y tienen un carácter afrutado y con cuerpo.

Características analíticas:

Las definiciones establecidas en los reglamentos de la UE/órdenes ministeriales neerlandesas se aplican a las siguientes características:

Grado alcohólico volumétrico total máximo

Acidez volátil máxima

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso

Enriquecimiento máximo, desacidificación y, previa aprobación, acidificación

Características analíticas generales

Grado alcohólico total máximo (% vol.)

 

Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (% vol.)

6,5

Acidez total mínima

59,85 miliequivalentes por litro

Acidez volátil máxima (miliequivalentes por litro)

 

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (miligramos por litro)

 

Categoría de vino 9: Vino de aguja gasificado

Características organolépticas:

Los vinos blancos tienen una acidez fresca, un carácter afrutado con cuerpo y aromas verdes.

Los vinos tintos se caracterizan por el color rojo de las uvas y tienen un carácter afrutado y con cuerpo.

Características analíticas:

Las definiciones establecidas en los reglamentos de la UE/órdenes ministeriales neerlandesas se aplican a las siguientes características:

Grado alcohólico volumétrico total máximo

Acidez volátil máxima

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso

Enriquecimiento máximo, desacidificación y, previa aprobación, acidificación

Características analíticas generales

Grado alcohólico total máximo (% vol.)

 

Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (% vol.)

6,5

Acidez total mínima

59,85 miliequivalentes por litro

Acidez volátil máxima (miliequivalentes por litro)

 

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (miligramos por litro)

 

5.   Prácticas vitivinícolas

a.   Práctica enológica específica

Práctica enológica específica

Blanco => vendimia, clasificación, prensado, maceración, fermentación, crianza/afinado, embotellado

Tinto => vendimia, clasificación, estrujado/despalillado, fermentación alcohólica, prensado, fermentación maloláctica, crianza/afinado, embotellado

b.   Rendimientos máximos

Uvas blancas

90 hectolitros por hectárea

Uvas tintas

75 hectolitros por hectárea

6.   Zona geográfica delimitada

La provincia de Holanda Septentrional, delimitada por los límites provinciales establecidos en la Constitución.

7.   Principal(es) variedad(es) de uva de vinificación

Acolon

Auxerrois B

Bacchus B

Baco noir

Baron N

Bianca B

Birstaler muscat

Bronner B

Cabaret Noir N (VB-91-26-4)

Cabernet Blanc B (VB-91-26-1)

Cabernet Cantor N

Cabernet Carbon N

Cabernet Carol N

Cabernet Cortis

Cabernet Cubin

Cabernet Dorio

Cabernet Dorsa

Cabernet Franc N

Cabernet Jura

Cabernet Mitos

Cabernet Sauvignon

Cabertin N (VB-91-26-17)

Calandro N

Carmenere

Chardonnay B

Dakapo

Domina N

Dornfelder N

Dunkelfelder N

Excelsior

Faber B

Florental N

Früburgunder N

Gamaret N

Gamay N

Gewürztraminer Rs

Golubok N

Hegel

Helios

Hibernal B

Huxelrebe B

Hölder B

Johanniter B

Juwel B

Kerner B

Kernling B

Landal N

Léon millot N

Maréchal Foch N

Melody

Merlot

Merzling B

Meunier N

Monarch

Morio muscat B

Muscaris B

Muscat Blanc

Muscat Blue

Müller thurgau B

Orion B

Ortega B

Palatina

Phoenix B

Pinot Gris G

Pinot blanc B

Pinot noir N

Pinotin N

Plantet N

Polo Muscat B

Portugiezer N

Prior N

Rayon d'or B

Reberger

Regent N

Riechensteiner B

Riesling B

Rondo N

Roter Elbling Rs

Ruländer G

Satin Noir N (VB-91-26-29)

Sauvignac B (Cal 6-04)

Sauvignon Blanc B

Sauvignon Soyhieres B (VB-32-7)

Scheurebe B

Schönburger Rs

Seyval B

Siegerrebe Rs

Silcher B

Sirius

Solaris

Souvignier Gris

St. Laurent

Staufer

Sylvaner B

Syrah

Tempranillo

Villaris B

Viognier B

Würzer B

Zweigeltrebe N

8.   Descripción del (de los) vínculo(s)

«Zona geográfica: descripción y clima»

En el sureste hay formaciones de empuje que datan de la última glaciación, compuestas principalmente por arena gruesa y fina de origen fluvial (a menudo con gravilla) (la zona de «'t Gooi»).

Alrededor de Ámsterdam hay yacimientos dispersos de turba sobre arcilla.

A lo largo de la costa hay depósitos de arena (dunas) a menudo con franjas de arena de origen marino mezcladas con arcilla o turba («suelos de geest»).

Además de las dunas de arena, la isla de Texel también contiene yacimientos de arcilla de origen marino y arena con franco arcilloso.

El clima se caracteriza por:

Precipitación media de 868 mm/año.

1 707 horas de sol (media en Schiphol y De Kooy)/año.

Una temperatura media de 10,1 °C anual y 16,6 °C en verano.

Una diferencia entre la temperatura diurna y la temperatura nocturna en septiembre de 7,4 °C.

«Vínculo causal»

El clima permite alcanzar los rendimientos y madurez indicados, produciendo un vino fresco, con cuerpo y notas verdes, así como uvas rojas en el caso del vino tinto.

9.   Condiciones complementarias esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)

Marco jurídico:

Normativa de la Unión

Tipo de condición complementaria:

Excepción relativa a la producción en la zona geográfica definida

Descripción de la condición:

Zona cercana dedicada a la producción de vino.

Por lo que se refiere a la zona de producción vitivinícola (vinificación), todas las provincias neerlandesas se definen como «de proximidad».

Cuando el vino base se haya elaborado en la zona delimitada de la IGP o en una zona de proximidad, una parte o la totalidad del vino podrá ser embotellado por un contratista como vino de aguja o espumoso.

Aunque el embotellado se produzca fuera de la zona de la IGP o de las zonas de proximidad inmediata, el vino conserva su IGP. En tal caso, el embotellador contratista también debe indicarse en la etiqueta, en la medida de lo posible mediante un código (embotellado por ............. para .............).

Marco jurídico:

Normativa de la Unión

Tipo de condición complementaria:

Disposiciones adicionales relativas al etiquetado

Descripción de la condición:

Los nombres que figuran a continuación, correspondientes a zonas de menor tamaño incluidas en la superficie de la IGP «Noord-Holland», podrán utilizarse junto con el nombre «Noord-Holland» siempre que al menos el 85 % de las uvas utilizadas procedan de dicha zona:

West-Friesland

Gooi en Vechtstreek

Enlace al pliego de condiciones

https://www.rvo.nl/sites/default/files/2017/09/BGA%20Noord%20Holland%20productdossier%20v1.1.pdf


(1)  DO L 9 de 11.1.2019, p. 2.