5.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/25


Publicación de una comunicación relativa a la aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión

(2020/C 72/13)

La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 (1) de la Comisión

COMUNICACIÓN RELATIVA A LA APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN NORMAL

«Rosé d’Anjou»

Número de referencia PDO-FR-A1007-AM01

Fecha de la comunicación: 14 de noviembre de 2019

DESCRIPCIÓN Y MOTIVOS DE LA MODIFICACIÓN APROBADA

1.   Zona geográfica

La zona geográfica queda modificada como sigue: «Todas las fases de producción de vinos que pueden acogerse a la denominación de origen controlada (...) “Rosé d’Anjou” se desarrollarán en la zona geográfica cuyo perímetro comprende el territorio de los municipios siguientes, sobre la base del Nomenclátor geográfico oficial de 2018:

departamento des Deux-Sèvres: Argenton-l’Église, Bouillé-Loretz, Brion-près-Thouet, Louzy, Mauzé-Thouarsais, Oiron, Saint-Cyr-la-Lande, Sainte-Radegonde, Sainte-Verge, Saint-Martin-de-Mâcon, Saint-Martin-de-Sanzay, Thouars, Tourtenay y Val en Vignes (antiguos territorios de los municipios delegados de Bouillé-Saint-Paul y Cersay);

departamento de Maine-et-Loire: Allonnes, Angers, Antoigné, Artannes-sur-Thouet, Aubigné-sur-Layon, Beaulieu-sur-Layon, Bellevigne-en-Layon (antiguos territorios de los municipios delegados de Champ-sur-Layon, Faveraye-Mâchelles, Faye-d’Anjou, Rablay-sur-Layon y Thouarcé), Blaison-Saint-Sulpice (antiguos territorios de los municipios delegados de Blaison-Gohier y Saint-Sulpice), Bouchemaine, Brain-sur-Allonnes, Brézé, Brissac Loire Aubance (antiguos territorios de los municipios delegados de Alleuds, Brissac-Quincé, Charcé-Saint-Ellier-sur-Aubance, Chemellier, Coutures, Luigné, Saint-Rémy-la-Varenne, Saint-Saturnin-sur-Loire y Vauchrétien), Brossay, Cernusson, Chacé, Chalonnes-sur-Loire, Champtocé-sur-Loire, Chaudefonds-sur-Layon, Chemillé-en-Anjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Chanzeaux, La Jumellière y Valanjou), Cizay-la-Madeleine, Cléré-sur-Layon, Le Coudray-Macouard, Courchamps, Denée, Dénezé-sous-Doué, Distré, Doué-en-Anjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Brigné, Concourson-sur-Layon, Doué-la-Fontaine, Forges, Meigné, Montfort, Saint-Georges-sur-Layon y Les Verchers-sur-Layon), Épieds, Fontevraud-l’Abbaye, Les Garennes sur Loire (antiguos territorios de los municipios delegados de Juigné-sur-Loire y Saint-Jean-des-Mauvrets), Gennes-Val-de-Loire (antiguos territorios de los municipios delegados de Chênehutte-Trèves-Cunault, Gennes, Grézillé, Saint-Georges-des-Sept-Voies y Le Thoureil), Huillé, Ingrandes-Le Fresne sur Loire (antiguo territorio del municipio delegado d’Ingrandes), Jarzé Villages (antiguo territorio del municipio delegado de Lué-en-Baugeois), Louresse-Rochemenier, Lys-Haut-Layon (antiguos territorios de los municipios delegados de Cerqueux-sous-Passavant, La Fosse-de-Tigné, Nueil-sur-Layon, Tancoigné, Tigné, Trémont y Vihiers), Mauges-sur-Loire (antiguos territorios de los municipios delegados de La Chapelle-Saint-Florent, Le Mesnil-en-Vallée, Montjean-sur-Loire, La Pommeraye, Saint-Florent-le-Vieil, Saint-Laurent-de-la-Plaine y Saint-Laurent-du-Mottay), Mazé-Milon (antiguo territorio del municipio delegado de Fontaine-Milon), Montilliers, Montreuil-Bellay, Montsoreau, Mozé-sur-Louet, Mûrs-Erigné, Orée d’Anjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Bouzillé, Champtoceaux, Drain, Landemont, Liré y La Varenne), Parnay, Passavant-sur-Layon, La Possonnière, Le Puy-Notre-Dame, Rochefort-sur-Loire, Rou-Marson, Saint-Cyr-en-Bourg, Sainte-Gemmes-sur-Loire, Saint-Georges-sur-Loire, Saint-Germain-des-Prés, Saint-Just-sur-Dive, Saint-Macaire-du-Bois, Saint-Melaine-sur-Aubance, Saumur, Savennières, Soulaines-sur-Aubance, Souzay-Champigny, Terranjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Chavagnes, Martigné-Briand y Notre-Dame-d’Allençon), Tuffalun (antiguos territorios de los municipios delegados d’Ambillou-Château, Louerre y Noyant-la-Plaine), Turquant, Les Ulmes, Val-du-Layon (antiguos territorios de los municipios delegados de Saint-Aubin-de-Luigné y Saint-Lambert-du-Lattay), Varennes-sur-Loire, Varrains, Vaudelnay y Villevêque;

departamento de Vienne: Berrie, Curçay-sur-Dive, Glénouze, Pouançay, Ranton, Saint-Léger-de-Montbrillais, Saix, Ternay y Les Trois-Moutiers.

Los mapas que representan la zona geográfica pueden consultarse en el sitio web del Instituto Nacional de Origen y Calidad».

Cambio de redacción: la nueva lista de entidades administrativas tiene en cuenta las fusiones u otros cambios en la división administrativa producidos desde la aprobación del pliego de condiciones. En aras de una mayor seguridad jurídica, se hace referencia a la versión actual del Nomenclátor geográfico oficial, que publica anualmente el INSEE. El perímetro de la zona geográfica sigue siendo estrictamente idéntico.

Por último, se remite a la disposición, en el sitio web del INAO, de los mapas que representan la zona geográfica para una mejor información pública.

El documento único relativo a la zona geográfica se modifica en consecuencia en el punto 6.

2.   Superficie parcelaria delimitada

En el punto 2.o de la sección IV del capítulo I del pliego de condiciones de la DOP «Coteaux de Saumur», tras la frase «5 de septiembre de 2007», se añade la frase «y el 19 de enero de 2017».

Esta modificación tiene por objeto añadir la fecha de aprobación por la autoridad nacional competente de una modificación de la superficie parcelaria delimitada dentro de la zona geográfica de producción. La delimitación parcelaria consiste en identificar, dentro de la zona geográfica de producción, las parcelas aptas para la producción de la denominación de origen controlada en cuestión.

En el punto 2.o de la sección IV del capítulo I del pliego de condiciones, después de la frase «4 de septiembre de 1996», se añade la frase «4 y 5 de septiembre de 1996».

Esta modificación es una corrección de la fecha de la autoridad nacional durante la que se aprobó la superficie parcelaria delimitada.

Esta modificación no afecta al documento único.

3.   Zona de proximidad inmediata

En el punto 3.o de la sección IV del capítulo I, la lista de municipios se sustituye por el texto siguiente:

departamento de Indre-et-Loire: Saint-Nicolas-de-Bourgueil;

departamento de Loire-Atlantique: Ancenis, Le Loroux-Bottereau, Le Pallet, La Remaudière, Vair-sur-Loire (antiguo territorio del municipio delegado de Anetz) y Vallet;

departamento de Maine-et-Loire: Orée d’Anjou (antiguo territorio del municipio delegado de Saint-Laurent-des-Autels) y Saint-Martin-du-Fouilloux.

Esto permite tener en cuenta las diferentes concentraciones de municipios que se han producido desde la última versión del pliego de condiciones. El perímetro de la zona geográfica sigue siendo estrictamente idéntico.

El documento único relativo a las condiciones complementarias se modifica en consecuencia en el punto 9.

4.   Disposiciones agroambientales

En el punto 2.o de la sección VI del capítulo I, se añade: «Será obligatoria una cubierta vegetal controlada, espontánea o sembrada, en el espacio que separa las hileras; a falta de esta cubierta vegetal, el operador trabajará el terreno para controlar la vegetación silvestre o deberá justificar el uso de productos de control biológico aprobados por las autoridades competentes en materia vitivinícola. Cuando se utilicen herbicidas de control biológico en una parcela, estará prohibido utilizar otros herbicidas».

Esta modificación refleja la evolución actual de las prácticas de los operadores en favor de la agricultura de conservación en la totalidad de los viñedos de Angers y la creciente atención a las preocupaciones medioambientales en las soluciones técnicas. Al promover la presencia de una cubierta vegetal, o bien la realización de una escarda mecánica o el uso de productos de control biológico, se reduce el uso de herbicidas químicos. Esta reducción de herbicidas debe permitir reforzar la protección de los suelos vitícolas y preservar sus funcionalidades naturales (fertilidad, biodiversidad, depuración biológica), lo que contribuye a la calidad y autenticidad de los vinos y refuerza el concepto de producto local.

Esta modificación no afecta al documento único.

5.   Prohibición de la vendimia

En la letra a) del punto 1.o de la sección VII del capítulo I se suprime la frase «La fecha de inicio de la vendimia se fija de acuerdo con las disposiciones del artículo D. 645-6 del Código rural y de pesca marítima».

Ya no es necesario fijar una fecha para el inicio de la vendimia, puesto que los operadores disponen ahora de una amplia gama de herramientas que les permiten apreciar con mucha exactitud la madurez de las uvas. Los operadores cuentan con una serie de dispositivos y equipos, tanto personales como colectivos, que hacen posible determinar con precisión la fecha óptima para iniciar la vendimia en cada parcela, en función de los objetivos de producción.

Esta modificación no afecta al documento único.

6.   Contenido en azúcares

En la letra c) del punto 1.o de la sección IX del capítulo I, se añade «tras la fermentación» después de «Los vinos presentan».

Esta modificación tiene por objeto evitar toda confusión con el contenido en azúcar antes de la fermentación, y es importante aclarar que este contenido debe comprobarse después de la fermentación.

El documento único relativo al punto 4 se modifica en consecuencia.

7.   Técnica sustractiva de enriquecimiento

En la letra d) del punto 1.o del capítulo IX se añade el párrafo siguiente: «Para la elaboración de los vinos rosados (...) de las variedades Grolleau noir N y Grolleau gris G que son admisibles para la denominación de origen controlada “Rosé d’Anjou”, se permiten las técnicas sustractivas de enriquecimiento y el porcentaje máximo de concentración parcial en relación con los volúmenes utilizados se fija en el 10 %».

Esta modificación es consecuencia de un experimento con varias añadas, que ha demostrado que, con una materia prima adecuada con un potencial de buena calidad, con una concentración máxima del 10 % y un aumento artificial del grado alcohólico natural, limitada a un grado alcohólico volumétrico total del 15 %, la técnica de ósmosis inversa no tiene un impacto negativo en los vinos. Las técnicas sustractivas de enriquecimiento pueden permitir reequilibrar la composición de los mostos en determinados años en caso de climatología adversa.

Esta modificación no afecta al documento único.

8.   Capacidad de vinificación

En la letra e) del punto 1.o de la sección IX del capítulo I, la frase: «Cada operador dispondrá de una capacidad de vinificación de al menos 1,4 veces el rendimiento medio de la explotación en los últimos cinco años. Se sustituye por la frase: «Cada operador dispondrá de una capacidad de vinificación de al menos 1,4 veces el volumen medio vinificado en los últimos cinco años».

En el pliego de condiciones, se hacía referencia no a una capacidad en volumen (expresada en hl o m3), sino a un rendimiento, es decir, un volumen de cosecha dividido por la superficie de producción (por ejemplo, hl/ha). La modificación propuesta permite subsanar esta incoherencia en términos de magnitudes, sin modificar el fondo (ya que el mínimo sigue fijándose en 1,4 veces el volumen vinificado por la explotación en campañas anteriores).

Esta modificación no afecta al documento único.

9.   Circulación de los vinos

Se suprime la letra b) del punto 5.o de la sección IX del capítulo I, relativa a la circulación de los vinos entre depositarios autorizados.

Esta modificación no afecta al documento único.

10.   Vínculo con la zona geográfica

El vínculo se ha revisado para actualizar el número de municipios afectados (70 en lugar de 126).

El documento único relativo a las condiciones complementarias se modifica en consecuencia en el punto 8.

11.   Medida transitoria

Se han suprimido las medidas transitorias cuyo plazo ha finalizado.

En la sección XI del capítulo I se añade el texto siguiente: «Las disposiciones relativas a la obligación de tener una cubierta vegetal controlada, sea espontánea o sembrada, o, a falta de dicha cobertura vegetal, la obligación del operador de trabajar el suelo o de utilizar productos de control biológico para controlar la vegetación silvestre, no se aplicará a las parcelas de viñedo existentes en la fecha de aprobación del presente pliego de condiciones y cuya distancia entre hileras sea inferior o igual a 1,70 metros» .

La medida transitoria permite no penalizar a los viñedos cuyo manejo actual no se adapta a las disposiciones agroambientales. En los viñedos de alta densidad, caracterizados por una separación entre hileras igual o inferior a 1,70 metros, el mantenimiento de hierba permanente o el trabajo del suelo pueden causar problemas técnicos (mecanización, equipamiento, herramientas). En las viñas bajas, la hierba aumenta también el riesgo de heladas de primavera. Además, la presencia de una cubierta vegetal tiene un impacto aún mayor en el suministro de agua que la densidad de plantación. En cambio, las viñas que se planten tras la homologación del pliego de condiciones tendrán que cumplir, con pleno conocimiento de causa, las medidas agroambientales introducidas, independientemente de su densidad y de la distancia entre hileras.

Esta modificación no afecta al documento único.

12.   Llevanza del registro

En el punto 3.o de la sección II del capítulo II, el término «potencialmente» se sustituye por «natural».

En consonancia con la formulación utilizada en todos los pliegos de condiciones de la zona de Anjou-Saumur, la expresión «grado alcohólico volumétrico natural» sustituye a las expresiones «grado alcohólico en potencia» o «grado». Dichos cambios mejoran la legibilidad de estos pliegos de condiciones. La armonización de las disposiciones sobre la llevanza de los registros tiene por objeto facilitar la redacción del plan de inspección y el control de dichos registros.

Esta modificación no afecta al documento único.

13.   Puntos principales objeto de control

Se ha revisado el capítulo III para garantizar la coherencia en la redacción de los puntos principales objeto de control en los pliegos de condiciones de la zona de Anjou-Saumur.

Esta modificación no afecta al documento único.

DOCUMENTO ÚNICO

1.   Nombre del producto

Rosé d’Anjou

2.   Tipo de indicación geográfica

DOP - Denominación de origen protegida

3.   Categorías de productos vitivinícolas

1.

Vino

4.   Descripción de los vinos

Se trata de vinos rosados tranquilos con las siguientes características analíticas:

Presentan un grado alcohólico volumétrico natural mínimo del 9,50 %.

Su contenido en azúcares fermentables (glucosa y fructosa) después de la fermentación es igual o superior a 7 gramos por litro.

Tras el enriquecimiento, el grado alcohólico volumétrico total de estos vinos no debe superar el 12 %.

Los contenidos de acidez volátil, acidez total y anhídrido sulfuroso total son los establecidos en la normativa comunitaria, pero todo envío de vino sin envasar que pueda optar a la mención «primeur» o «nouveau» presenta una acidez volátil inferior o igual a 10,2 miliequivalentes por litro.

Los vinos presentan azúcares fermentables y un dulzor más o menos marcado. Su expresión aromática es intensa, revelando en cada caso las características específicas de sus propias variedades. Sin embargo, el aroma a fruta sigue siendo inevitable (melocotón, fresa, cítricos, etc.). En boca, ofrecen un sabio equilibrio entre frescura y redondez. Su persistencia aromática es intensa.

Características analíticas generales

Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.)

 

Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.)

9

Acidez total mínima

 

Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro)

 

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro)

 

5.   Prácticas vitivinícolas

a.   Prácticas enológicas esenciales

Densidad de plantación - Separación

Práctica de cultivo

Las viñas presentan una densidad mínima de plantación de 4 000 cepas por hectárea. Las hileras de las viñas no pueden estar separadas más de 2,50 metros y la separación entre cepas de una misma hilera no puede ser inferior a 1 metro. Las parcelas de vid con una densidad de plantación inferior a 4 000 cepas/ha, pero superior o igual a 3 300 cepas/ha tendrán derecho a la DOC para su explotación, siempre que se cumplan las disposiciones sobre espalderas y altura de follaje establecidas en el pliego de condiciones. Estas parcelas de viñas no podrán tener una distancia entre hileras superior a 3 metros y la separación entre las cepas de una misma hilera no podrá ser inferior a 1 metro.

Poda y formación en espaldera

Práctica de cultivo

Las vides se podan a más tardar el 30 de abril, en poda mixta, según las normas establecidas en el pliego de condiciones, en el que se especifica, para cada variedad, el número máximo de yemas por cepa y el número máximo de yemas por sarmiento.

La altura de las hojas de la espaldera será como mínimo igual a 0,6 veces la distancia entre hileras, midiéndose la altura del follaje entre el límite inferior de las hojas, al menos 0,40 m por encima del suelo, y el límite superior del corte de las puntas, establecido en 0,20 m como mínimo por encima del alambre superior de la espaldera.

Las parcelas de vid con una densidad de plantación inferior a 4 000 cepas/ha, pero superior o igual a 3 300 cepas/ha también estarán sujetas a las normas sobre formación en espaldera siguientes: la altura mínima de las estaquillas por encima del suelo será de 1,90 m; la espaldera tendrá 4 niveles de alambres; la altura mínima de las estaquillas por encima del suelo será de 1,85 m.

Regadío

Práctica de cultivo

Se prohíbe el regadío.

Práctica enológica específica

Se prohíbe la utilización de carbones enológicos, solos o mezclados en preparaciones.

Está prohibido el uso de trozos de madera.

Tras el enriquecimiento, el grado alcohólico volumétrico total de estos vinos no debe superar el 12 %.

Además de las disposiciones anteriores, los vinos deben respetar, en materia de prácticas enológicas, las obligaciones impuestas a nivel comunitario y en el Código rural y de pesca marítima.

b.   Rendimientos máximos

75 hectolitros por hectárea

6.   Zona geográfica delimitada

Todas las fases de producción de los vinos que pueden acogerse a la denominación de origen controlada «Rosé d’Anjou» se desarrollarán en la zona geográfica cuyo perímetro comprende el territorio de los municipios siguientes, sobre la base del Nomenclátor geográfico oficial de 2018:

departamento des Deux-Sèvres: Argenton-l’Église, Bouillé-Loretz, Brion-près-Thouet, Louzy, Mauzé-Thouarsais, Oiron, Saint-Cyr-la-Lande, Sainte-Radegonde, Sainte-Verge, Saint-Martin-de-Mâcon, Saint-Martin-de-Sanzay, Thouars, Tourtenay y Val en Vignes (antiguos territorios de los municipios delegados de de Bouillé-Saint-Paul y Cersay);

departamento de Maine-et-Loire: Allonnes, Angers, Antoigné, Artannes-sur-Thouet, Aubigné-sur-Layon, Beaulieu-sur-Layon, Bellevigne-en-Layon (antiguos territorios de los municipios delegados de Champ-sur-Layon, Faveraye-Mâchelles, Faye-d’Anjou, Rablay-sur-Layon y Thouarcé), Blaison-Saint-Sulpice (antiguos territorios de los municipios delegados de Blaison-Gohier y Saint-Sulpice), Bouchemaine, Brain-sur-Allonnes, Brézé, Brissac Loire Aubance (antiguos territorios de los municipios delegados des Alleuds, Brissac-Quincé, Charcé-Saint-Ellier-sur-Aubance, Chemellier, Coutures, Luigné, Saint-Rémy-la-Varenne, Saint-Saturnin-sur-Loire y Vauchrétien), Brossay, Cernusson, Chacé, Chalonnes-sur-Loire, Champtocé-sur-Loire, Chaudefonds-sur-Layon, Chemillé-en-Anjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Chanzeaux, La Jumellière y Valanjou), Cizay-la-Madeleine, Cléré-sur-Layon, Le Coudray-Macouard, Courchamps, Denée, Dénezé-sous-Doué, Distré, Doué-en-Anjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Brigné, Concourson-sur-Layon, Doué-la-Fontaine, Forges, Meigné, Montfort, Saint-Georges-sur-Layon y Les Verchers-sur-Layon), Épieds, Fontevraud-l’Abbaye, Les Garennes sur Loire (antiguos territorios de los municipios delegados de Juigné-sur-Loire y Saint-Jean-des-Mauvrets), Gennes-Val-de-Loire (antiguos territorios de los municipios delegados de Chênehutte-Trèves-Cunault, Gennes, Grézillé, Saint-Georges-des-Sept-Voies y Le Thoureil), Huillé, Ingrandes-Le Fresne sur Loire (antiguo territorio del municipio delegado de Ingrandes), Jarzé Villages (antiguo territorio del municipio delegado de Lué-en-Baugeois), Louresse-Rochemenier, Lys-Haut-Layon (antiguos territorios de los municipios delegados des Cerqueux-sous-Passavant, La Fosse-de-Tigné, Nueil-sur-Layon, Tancoigné, Tigné, Trémont y Vihiers), Mauges-sur-Loire (antiguos territorios de los municipios delegados de La Chapelle-Saint-Florent, Le Mesnil-en-Vallée, Montjean-sur-Loire, La Pommeraye, Saint-Florent-le-Vieil, Saint-Laurent-de-la-Plaine y Saint-Laurent-du-Mottay), Mazé-Milon (antiguo territorio del municipio delegado de Fontaine-Milon), Montilliers, Montreuil-Bellay, Montsoreau, Mozé-sur-Louet, Mûrs-Erigné, Orée d’Anjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Bouzillé, Champtoceaux, Drain, Landemont, Liré y La Varenne), Parnay, Passavant-sur-Layon, La Possonnière, Le Puy-Notre-Dame, Rochefort-sur-Loire, Rou-Marson, Saint-Cyr-en-Bourg, Sainte-Gemmes-sur-Loire, Saint-Georges-sur-Loire, Saint-Germain-des-Prés, Saint-Just-sur-Dive, Saint-Macaire-du-Bois, Saint-Melaine-sur-Aubance, Saumur, Savennières, Soulaines-sur-Aubance, Souzay-Champigny, Terranjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Chavagnes, Martigné-Briand y Notre-Dame-d’Allençon), Tuffalun (antiguos territorios de los municipios delegados d’Ambillou-Château, Louerre y Noyant-la-Plaine), Turquant, Les Ulmes, Val-du-Layon (antiguos territorios de los municipios delegados de Saint-Aubin-de-Luigné y Saint-Lambert-du-Lattay), Varennes-sur-Loire, Varrains, Vaudelnay y Villevêque;

departamento de Vienne: Berrie, Curçay-sur-Dive, Glénouze, Pouançay, Ranton, Saint-Léger-de-Montbrillais, Saix, Ternay y Les Trois-Moutiers.

7.   Principales uvas de vinificación

Gamay N

Cot N-Malbec

Grolleau gris G

Grolleau N

Cabernet franc N

Cabernet-Sauvignon N

Pineau d’Aunis N

8.   Descripción de los vínculos

1   Datos de la zona geográfica

a)   Descripción de los factores naturales que contribuyen al vínculo

La zona geográfica se extiende por dos grandes conjuntos geológicos en los que el viñedo ocupa principalmente las cuencas de los ríos y algunas mesetas: al oeste, el basamento precámbrico-paleozoico está unido al macizo Armoricano; al este, el sustrato mesozoico-cenozoico de la cuenca parisina recubre el antiguo basamento. Esta particularidad geológica marca la diferencia entre la parte occidental de la zona geográfica, caracterizada por la presencia de esquisto, especialmente pizarroso, y conocida localmente como «Anjou noir», y la parte oriental de la zona geográfica, donde destaca la toba calcárea (Saumur), denominada localmente «Anjou blanc».

Asociada históricamente a la antigua provincia de Anjou, la zona geográfica abarca fundamentalmente (a fecha de 2018) la mitad meridional del departamento de Maine-et-Loire (70 municipios), así como las franjas septentrionales de los departamentos de Deux-Sèvres (14 municipios) y Vienne (9 municipios).

Los suelos de las parcelas delimitadas para la cosecha de las uvas son el resultado de diferentes formaciones geológicas. A pesar de ser muy diferentes entre sí, en general se trata de suelos pobres y con reservas hídricas moderadas. Se caracterizan también por su buen comportamiento térmico.

La zona geográfica goza de un clima oceánico templado con variaciones de temperatura poco acusadas, debido, en parte, a la relativa proximidad del océano Atlántico y, en parte, a la función de regulación térmica que ejercen el Loira y sus afluentes, pero también debido a la plantación del viñedo en colina. Por no mencionar la suavidad del clima angevino, conocida como «douceur angevine», cuya realidad se comprueba especialmente a lo largo del invierno, la prolongada primavera y el otoño, mientras que en verano son frecuentes los períodos de calor intenso. Las elevaciones con orientación noroeste/sudeste ofrecen protección frente a los vientos del oeste cargados de humedad. Así pues, la zona geográfica, en la que se produce el efecto de foehn debido al mayor relieve de las regiones de Cholet y Mauge, se mantiene al abrigo de la humedad oceánica. En efecto, las precipitaciones anuales son de 585 milímetros, mientras que en la región de Cholet alcanzan casi 800 milímetros.

b)   Descripción de los factores humanos que contribuyen al vínculo

Ya desde el siglo I se tiene constancia de la existencia ininterrumpida de una región vinícola en Anjou. Es una zona propicia para el cultivo de la vid, como se aprecia en estas líneas de un poema de Apolonio (siglo VI): «No lejos de Bretaña se encuentra una ciudad situada sobre un peñasco, rica en frutos de Ceres y Baco, cuyo nombre, Andégave (Angers), es de origen griego». Si bien el viñedo angevino se desarrolla durante toda la Edad Media, bajo los auspicios de los monasterios a orillas mismas del Loira y en torno a Angers, adquiere su fama principalmente entre los siglos XII y XIII. Gracias a la influencia del reino de Enrique II y Leonor de Aquitania, el «vino de Anjou» empieza a estar presente en las mejores mesas.

A partir del siglo XVI, se observa un notable desarrollo de la producción debido a la llegada de tratantes holandeses en busca de vinos para su país y sus colonias. Tales eran las cantidades que adquirían los neerlandeses y tan floreciente era el comercio en el siglo XVIII que, para favorecer el transporte, se canaliza el río Layon, que atraviesa la zona geográfica. Sin embargo, el gran renombre de los «vinos de Anjou» suscita la codicia, y se crean entonces numerosos impuestos (droit de cloison, droit de boîte, droit d’appetissement, droit de huitième, droit de passe-debout, etc.) con consecuencias nefastas para el comercio. La devastación causada por las guerras de la Vendée termina de arruinar el viñedo. No obstante, en el siglo XIX se recupera la prosperidad. En 1881, el viñedo abarca una superficie de 45 000 hectáreas, de las que 10 000 subsisten aún en 1893, tras la plaga de la filoxera.

Anjou debe su reputación fundamentalmente a la producción de vinos blancos a partir de la variedad Chenin B. Ahora bien, tras la plaga de la filoxera, se produce un auge de las plantaciones de la variedad cabernet franc N y, un poco más tarde, de la variedad Cabernet-Sauvignon N. La primera etapa de la transformación de la región vinícola angevina tiene lugar a principios del siglo XX, cuando la vinificación se orienta fundamentalmente a la elaboración de «rouget» (denominación local para un vino ligero consumido en bares). Asociados a las variedades Grolleau N y Grolleau gris G, que dan vinos «tintillos» y con poco color, como complemento a las variedades Gamay N y Pineau d’Aunis N, contribuyen al desarrollo de una producción significativa de vinos rosados emblemáticos, conocidos y reconocidos con las denominaciones de origen controladas «Cabernet d’Anjou» y «Rosé d’Anjou». La segunda etapa de la transformación se debe a la experiencia adquirida por los productores respecto de la gestión de estas variedades. La observación y el análisis de la adecuación óptima entre la variedad y las zonas de plantación, la apreciación del potencial de la cosecha y el control de las técnicas de vinificación llevan al desarrollo de la producción de vinos tintos a partir de la década de los años sesenta del siglo pasado.

2.   Información sobre la calidad y las características del producto

Los vinos rosados contienen azúcares fermentables y presentan un dulzor más o menos significativo. Su expresión aromática es intensa, revelando en cada caso las características específicas de sus propias variedades. Sin embargo, el aroma a fruta sigue siendo inevitable (melocotón, fresa, cítricos, etc.). En boca, ofrecen un sabio equilibrio entre frescura y redondez. Su persistencia aromática es intensa.

3.   Interacciones causales

El hecho de tratarse de un viñedo septentrional enclavado en un paisaje particular con una climatología suave y una geología y una edafología originales confiere a los vinos una identidad gustativa que se expresa en su frescura.

La diversidad de situaciones vitícolas, con condiciones geoedafológicas variadas, ha brindado a los productores la posibilidad de encontrar condiciones óptimas de expresión para cada una de sus variedades. Gracias a la observación y el análisis del comportamiento de sus vides, los viticultores pueden determinar la implantación adecuada del viñedo.

9.   Condiciones complementarias esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)

Zona de proximidad inmediata

Marco jurídico:

Legislación de la UE

Tipo de condición complementaria:

Excepción relativa a la producción en la zona geográfica delimitada.

Descripción de la condición:

La zona de proximidad inmediata, definida por la excepción relativa a la vinificación y la elaboración de los vinos que pueden optar a la denominación de origen controlada «Rosé d’Anjou», está constituida por el territorio de los municipios, con arreglo al nomenclátor geográfico oficial de 2018, que se indican a continuación:

departamento de Indre-et-Loire: Saint-Nicolas-de-Bourgueil;

departamento de Loire-Atlantique: Ancenis, Le Loroux-Bottereau, Le Pallet, La Remaudière, Vair-sur-Loire (antiguo territorio del municipio delegado d’Anetz) y Vallet;

departamento de Maine-et-Loire: Orée d’Anjou (antiguo territorio del municipio delegado de Saint-Laurent-des-Autels) y Saint-Martin-du-Fouilloux.

Etiquetado

Marco jurídico:

Legislación nacional

Tipo de condición complementaria:

Disposiciones complementarias relativas al etiquetado

Descripción de la condición:

La denominación de origen controlada puede completarse con la mención «primeur» o «nouveau», de acuerdo con las disposiciones establecidas en el pliego de condiciones.

Las menciones facultativas cuyo uso, en virtud de las disposiciones de la Unión, puede ser regulado por los Estados miembros figurarán en caracteres cuyas dimensiones no excedan, ni en altura, ni en anchura, ni en grosor, el doble de las dimensiones de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen controlada.

El nombre de la denominación de origen controlada puede completarse con la denominación geográfica «Val de Loire» según las normas establecidas en el pliego de condiciones. Las dimensiones de los caracteres de la denominación geográfica «Val de Loire» no excederán, ni en altura, ni en anchura, dos tercios de las dimensiones de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen controlada.

En la presentación y descripción de los vinos se prohibirán los términos «cabernet» o la indicación de las variedades Cabernet-Sauvignon N o Cabernet Franc N.

Los vinos con la mención «primeur» o «nouveau» se presentarán obligatoriamente con la indicación de la añada.

En el etiquetado de los vinos podrá precisarse el nombre de una unidad geográfica menor, a condición de que: - se trate de un lugar registrado en el catastro; - que figure en la declaración de cosecha. El nombre del lugar registrado en el catastro se imprimirá en caracteres cuyas dimensiones no excedan, ni en altura, ni en anchura, la mitad de las dimensiones de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen controlada.

Enlace al pliego de condiciones

https://info.agriculture.gouv.fr/gedei/site/bo-agri/document_administratif-c7cad5d3-da9f-4088-aebd-c22f0626c5c3


(1)  DO L 9 de 11.1.2019, p. 2.