5.2.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 38/5


Publicación de una comunicación relativa a la aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión

(2020/C 38/04)

La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (1).

COMUNICACIÓN RELATIVA A LA APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN NORMAL

«Anjou-Coteaux de la Loire»

Número de referencia: PDO-FR-A0405-AM02

Fecha de la comunicación: 18 de noviembre de 2019

DESCRIPCIÓN Y MOTIVOS DE LA MODIFICACIÓN APROBADA

1.   Zona geográfica

La zona geográfica queda modificada como sigue: «Todas las fases de producción tendrán lugar en la zona geográfica que abarca el territorio de los siguientes municipios del departamento de Maine-et-Loire, tomando como base el código geográfico oficial de 2018: Bouchemaine, Chalonnes-sur-Loire, Champtocé-sur-Loire, Ingrandes-Le Fresne sur Loire (antiguo territorio del municipio delegado de Ingrandes), Mauges-sur-Loire (antiguo territorio de los municipios delegados de Mesnil-en-Vallée, Montjean-sur-Loire y La Pommeraye), La Possonnière, Saint-Georges-sur-Loire y Saint-Germain-des-Prés.

Los documentos cartográficos que representan la zona geográfica pueden consultarse en el sitio web del Instituto Nacional de Origen y Calidad».

Modificación en la redacción: la nueva lista de entidades administrativas tiene en cuenta las fusiones u otros cambios en la división administrativa acaecidos desde la aprobación del pliego de condiciones. En aras de una mayor seguridad jurídica, se hace referencia a la versión actual del código geográfico oficial, que publica anualmente el INSEE. El perímetro de la zona geográfica sigue siendo estrictamente idéntico.

Por último, para una mejor información pública, se recuerda que en el sitio web del INAO pueden consultarse los documentos cartográficos que representan la zona geográfica.

El documento único relativo a la zona geográfica se modifica en consecuencia en el punto 6.

2.   Zona situada en las inmediaciones

En el punto 3, sección IV, del capítulo I, la lista de municipios se sustituye por:

departamento de Loire-Atlantique: Vair-sur-Loire (antiguo territorio del municipio delegado de Anetz);

departamento de Maine-et-Loire: Chaudefons-sur-Layon, Denée, Mauges-sur-Loire (antiguos territorios de los municipios delegados de La Chapelle-Saint-Florent, Le Marillais, Saint-Florent-le-Vieil y Saint-Laurent-du-Mottay), Rochefort-sur-Loire, Savennières y Val-du-Layon (antiguo territorio del municipio delegado de Saint Aubein-de-Luigné).

Esto permite tener en cuenta las diferentes fusiones de municipios que han tenido lugar desde la última versión del pliego de condiciones. El perímetro de la zona geográfica inmediata sigue siendo estrictamente idéntico.

El documento único relativo a las condiciones complementarias se modifica en consecuencia en el punto 9.

3.   Disposiciones agroambientales

En el punto 2, sección VI, del capítulo I se añade: «Es obligatoria una cubierta vegetal controlada, espontánea o sembrada, en el espacio que separa las hileras; a falta de esta cubierta vegetal, el operador trabajará el terreno para controlar la vegetación silvestre o deberá justificar el uso de productos de control biológico aprobados por las autoridades competentes en materia vitivinícola. Cuando se utilicen herbicidas de control biológico en una parcela, no podrán utilizarse otros herbicidas».

Esta enmienda refleja la evolución actual de las prácticas de los operadores en favor de la agricultura de conservación en la totalidad de los viñedos de Anjou y la creciente atención a las preocupaciones medioambientales en las soluciones técnicas. Al promover la presencia de una cubierta vegetal, o bien la realización de una escarda mecánica o el uso de productos de control biológico, se reduce el uso de herbicidas químicos. Esta reducción de herbicidas debe permitir reforzar la protección de los suelos vitícolas y preservar sus funcionalidades naturales (fertilidad, biodiversidad, depuración biológica), lo que contribuye a la calidad y autenticidad de los vinos y refuerza el concepto de pago.

Esta modificación no afecta al documento único.

4.   Prohibición de la vendimia

En el punto 1.a.), sección VII, del capítulo I, se suprime la frase «La fecha de inicio de la vendimia se fija de acuerdo con las disposiciones del artículo D. 645-6 del Código rural y de pesca marítima».

Ya no es necesario fijar una fecha para el inicio de la vendimia, puesto que los operadores disponen ahora de una amplia gama de herramientas que les permiten apreciar con mucha exactitud la madurez de las uvas. Los operadores cuentan con una serie de dispositivos y equipos, tanto personales como colectivos, que hacen posible determinar con precisión la fecha óptima para iniciar la vendimia en cada parcela, en función de los objetivos de producción.

Esta modificación no afecta al documento único.

5.   Capacidad de vinificación

En el punto 1.c, sección IX, del capítulo I, la frase: «Cada operador dispondrá de una capacidad de vinificación de al menos 1,4 veces el rendimiento medio de la explotación en los últimos cinco años» se sustituye por la frase: «Cada operador dispondrá de una capacidad de vinificación de al menos 1,4 veces el volumen medio vinificado en los últimos cinco años».

En el pliego de condiciones, se hacía referencia no a una capacidad en volumen (expresada en hl o m3), sino a un rendimiento, es decir, un volumen de cosecha dividido por la superficie de producción (por ejemplo, hl/ha). La modificación propuesta permite subsanar esta incoherencia en términos de magnitudes, sin modificar el fondo (ya que el mínimo sigue fijándose en 1,4 veces el volumen vinificado por la explotación en campañas anteriores).

Esta modificación no afecta al documento único.

6.   Circulación de los vinos

Se suprime el punto 5.b), sección IX, del capítulo I relativo a la circulación de los vinos entre depositarios autorizados.

Esta modificación no afecta al documento único.

7.   Vínculo con la zona geográfica

El vínculo se ha revisado para actualizar el número de municipios afectados (8 en vez de 10).

El documento único relativo al vínculo se modifica en consecuencia en el punto 8.

8.   Llevanza del registro

En el punto 3, sección II, del capítulo II, el término «en potencia» se sustituye por «natural».

En consonancia con la formulación utilizada en todos los pliegos de condiciones de la zona de Anjou-Saumur, la frase «grado alcohólico volumétrico natural» sustituye a la frase «grado en potencia» o «grado». Dicho cambio mejora la legibilidad de estos pliegos de condiciones. La armonización de las disposiciones sobre la llevanza de los registros tiene por objeto facilitar la redacción del plan de inspección y el control de dichos registros.

Esta modificación no afecta al documento único.

9.   Puntos principales objeto de control

Se ha revisado el capítulo III para garantizar la coherencia en la redacción de los puntos principales objeto de control en los pliegos de condiciones de la zona de Anjou-Saumur.

Esta modificación no afecta al documento único.

DOCUMENTO ÚNICO

1.   Nombre del producto

Anjou-Coteaux de la Loire

2.   Tipo de indicación geográfica

DOP - Denominación de origen protegida

3.   Categorías de productos vitivinícolas

1.

Vino

4.   Descripción de los vinos

Se trata de vinos blancos tranquilos elaborados a partir de uvas sobremaduradas (con una concentración natural en la cepa con o sin podredumbre noble), elegantes, con una gran complejidad de aromas (flores, frutas frescas o incluso secas o confitadas) que se combinan para ofrecer al paladar suavidad y frescura.

Presentan:

 

Un grado alcohólico volumétrico natural mínimo del 14 % vol.

 

Un contenido en azúcares fermentables (glucosa y fructosa) después de la fermentación, superior o igual a 34 g/l.

El grado alcohólico adquirido mínimo es de 10 y de 11 para los vinos con un grado alcohólico volumétrico natural inferior al 18 % vol.

Los valores de acidez total y dióxido de azufre total son los establecidos en la normativa comunitaria.

Características analíticas generales

Grado alcohólico total máximo (en % vol.)

18

Grado alcohólico adquirido mínimo (en % vol.)

 

Acidez total mínima

 

Acidez volátil máxima (en miliequivalentes/l)

25

Contenido máximo de dióxido de azufre total (en mg/l)

 

5.   Prácticas vitivinícolas

a.   Prácticas enológicas esenciales

Enriquecimiento

Práctica enológica específica

El enriquecimiento está autorizado de acuerdo con las normas establecidas en el pliego de condiciones.

Utilización de trozos de madera

Práctica enológica específica

Está prohibido el uso de trozos de madera. Además de las disposiciones anteriores, los vinos deben respetar, en materia de prácticas enológicas, las obligaciones impuestas a nivel comunitario y en el Código rural y de pesca marítima.

Densidad

Práctica de cultivo

Densidad mínima de plantación: 4 000 cepas/ha.

Estos viñedos no podrán tener una distancia entre hileras superior a 2,50 m y una separación entre las cepas de una misma hilera inferior a 1 m. Las parcelas de vid con una densidad de plantación inferior a 4 000 cepas/ha, pero superior o igual a 3 300 cepas/ha tendrán derecho a la DOC para su explotación, siempre que se cumplan las disposiciones sobre espalderas y altura de follaje establecidas en el pliego de condiciones. Estas parcelas de viñas no podrán tener una distancia entre hileras superior a 3 m y la separación entre las cepas de una misma hilera no podrá ser inferior a 1 m.

Poda

Práctica de cultivo

Las vides se podan a más tardar el 30 de abril, en poda mixta, con un máximo de 12 yemas francas por cepa y un máximo de cuatro yemas francas por sarmiento.

Vendimia

Práctica de cultivo

Las uvas se vendimian manualmente mediante cosechas sucesivas.

Regadío

Práctica de cultivo

Se prohíbe el regadío.

b.   Rendimientos máximos

40 hectolitros por hectárea

6.   Zona geográfica delimitada

Todas las fases de producción tienen lugar en la zona geográfica que abarca el territorio de los siguientes municipios del departamento de Maine-et-Loire, tomando como base el código geográfico oficial de 2018: Bouchemaine, Chalonnes-sur-Loire, Champtocé-sur-Loire, Ingrandes-Le Fresne sur Loire (antiguo territorio del municipio delegado de Ingrandes), Mauges-sur-Loire (antiguo territorio de los municipios delegados de Mesnil-en-Vallée, Montjean-sur-Loire y La Pommeraye), La Possonnière, Saint-Georges-sur-Loire y Saint-Germain-des-Prés.

Los documentos cartográficos que representan la zona geográfica pueden consultarse en el sitio web del Instituto Nacional de Origen y Calidad.

7.   Principales uvas de vinificación

Chenin B

8.   Descripción de los vínculos

1.   Datos de la zona geográfica

a)   Descripción de los factores naturales que contribuyen a los vínculos

La zona geográfica corresponde a los sectores de laderas esquistosas situadas a orillas del Loira. Se trata de la parte más occidental del viñedo de la denominación de origen controlada «Anjou». En 2018, cubría el territorio de ocho municipios situados al oeste del departamento de Maine-et-Loire. Comienza en las afueras de Angers, en el municipio de Boucheaine, en la confluencia del Loira y del Maine, y luego se extiende a ambos lados del río, hasta Ingrandes-sur-Loire y Le Mesnil-en-Vallée, en dirección de Nantes.

El mesoclima está muy influenciado por el Loira. Los viñedos se sitúan en las laderas más próximas al río y no se extienden más allá de 3 km. Superada esta distancia, tanto al norte como al sur, el paisaje está constituido principalmente por praderas y bosques. La denominación «Coteaux de la Loire» ilustra bien la diversidad topográfica y las pendientes por las que se extienden los viñedos. Mientras que las pendientes son muy pronunciadas en el municipio de Bouchemaine, las de los municipios de Ingrandes-sur-Loire y Saint-Georges-sur-Loire son mucho más suaves.

Los suelos de las parcelas delimitadas de forma precisa para la vendimia proceden de las distintas formaciones primarias del macizo armoricano. Se trata de suelos poco evolucionados esquistosos o esquisto-arenosos. Localmente también se detectan algunos suelos desarrollados procedentes de rocas eruptivas y algunos suelos ocres calcáreos del Devónico. Estos suelos son muy superficiales y la roca madre se encuentra normalmente a una profundidad inferior a 0,4 m. Están libres de señales hidromórficas y sus reservas hídricas son muy moderadas.

El clima es de tipo oceánico. El macizo de Mauges, situado al oeste de los viñedos, matiza este carácter oceánico con un efecto foehn. La media anual de precipitaciones es de 650 mm y se caracteriza por vientos húmedos de una amplitud superior a 800 mm en las colinas de Mauges. El Loira también ejerce una función de control de la temperatura durante todo el año.

En combinación con la topografía, la exposición de las colinas es esencial. En la ribera derecha, los viñedos expuestos al sur están protegidos de los vientos fríos del norte y, por tanto, se benefician de condiciones muy favorables. En la ribera izquierda, el efecto de drenaje que el río ejerce sobre el aire frío desempeña un papel preponderante en el calentamiento de las pendientes orientadas al norte. Algunas zonas en anfiteatro, protegidas del viento, se benefician de un mayor aporte térmico. Por último, el Loira juega un papel clave al favorecer, en el momento de la vendimia, la aparición de brumas matinales indispensables para el desarrollo de la «podredumbre noble».

b)   Descripción de los factores humanos que contribuyen al vínculo

Aunque la historia de los viñedos de Anjou se remonta al siglo IX, la referencia exacta a los de «Coteaux de la Loire» aparece por primera vez en 1749 en el «Tratado sobre la naturaleza y el cultivo de la vid», de Bidet y Duhnel de Monceau, que indican que en estos viñedos: «El pago, muy difícil de trabajar, está perfectamente cultivado y totalmente plantado de vides...».

Una memoria del Consejo de Estado sobre las medidas administrativas adoptadas en 1804 muestra que esta región solo producía vinos blancos: «Si las laderas del Loira solo son favorables para el cultivo de vinos blancos, y si dichos vinos constituyen una importante actividad comercial...». La memoria también hace referencia a Bélgica, que en aquel momento consumía mucho vino de «Coteaux de la Loire».

Más recientemente, en 1842, Auguste Petit-Lafitte afirmaba: «El gran pineau o Chenin es la variedad de cepa básica». Los viñedos de Anjou son la cuna de la variedad de cepa Chenin B, que es una variedad rústica cuyo potencial varía considerablemente en función del tipo de suelo o, más en general, de la situación en la que se planta. Los viticultores comprendieron rápidamente el valor de vendimiar esta variedad en una fase tardía de maduración y mediante técnicas particulares. El conde Odart, en 1845, en su «Tratado de variedades de la vid», afirma: «También hay que añadir la condición de no vendimiar hasta que exista sobremaduración, como la que se alcanza hacia Todos los Santos, cuando la película, reblandecida por las lluvias, cae en esfacelo».

Por lo tanto, la sobremaduración es parte integrante de la vendimia. En 1816, Jullien, en la «Topografía de todos los viñedos conocidos» indica: «En el caso de los buenos vinos, se vendimia en varias fases; las dos primeras vendimias, que solo están compuestas por los vinos más maduros, se destinan al extranjero; los que se elaboran con la tercera vendimia se utilizan para el consumo interno...».

Sin embargo, el cultivo de la vid en estos viñedos ha conocido la misma evolución que en el resto de Anjou. De hecho, con la llegada de los negociantes neerlandeses en el siglo XVI, se desarrolla un mercado de «vinos para el mar» (destinados a países extranjeros) a partir de viñas podadas muy cortas (1 o 2 yemas). También se desarrolló el mercado interior, orientado principalmente al abastecimiento de París, con vinos de menor reputación elaborados a partir de vides en las que se dejaban largos sarmientos (6 o 7 yemas) en el momento de la poda.

Al finalizar la II Guerra Mundial, la producción se orientó principalmente a la búsqueda de vinos «semisecos» similares a los denominados «vinos para París» en el pasado. La preocupación por obtener vinos de fuerte identidad con una alta concentración de azúcar surge de nuevo a partir de la década de 1980.

Los vinos con denominación de origen controlada «Anjou-Coteaux de la Loire» se consideran grandes vinos «dulces» (denominados localmente «vinos de licor») de Anjou.

2.   Información sobre la calidad y las características del producto

La característica principal de estos vinos es la elegancia. Tienen una gran complejidad aromática, que en la mayoría de los casos combina aromas florales con los de fruta fresca, e incluso seca o confitada; estos vinos evocan la «dulzura de Anjou». En boca, combinan suavidad y frescura. Dóciles como el Loira en verano, o invasivos, como el río durante las crecidas del invierno, los vinos de la denominación de origen controlada «Anjou-Coteaux de la Loire» han sabido desvelar su encanto a lo largo del tiempo.

3.   Interacciones causales

La conjunción de suelos superficiales y una topografía que permite una excelente exposición, que favorece el aporte regular de agua, consigue que la variedad Chenin B alcance su plenitud.

La situación de los viñedos, en las orillas del Loira, que regula las temperaturas durante el período vegetativo, y una gestión adecuada de los viñedos, en particular mediante una poda corta, conllevan una maduración óptima. La presencia del río también permite alcanzar la sobremaduración, bien por los vientos que canaliza, que favorecen mecánicamente una desecación de las uvas, bien por la formación de brumas matinales, indispensables para el desarrollo de la Botrytis cinerea y, por tanto, de la «podredumbre noble».

Esperar a que se produzca la sobremaduración de las uvas, tener paciencia para realizar la vendimia en un período avanzado del otoño y proceder mediante vendimias manuales sucesivas dentro de la misma parcela para seleccionar las uvas naturalmente concentradas o afectadas por «podredumbre noble» («podres»), son a la vez tanto una prueba de los conocimientos técnicos de los productores como de la capacidad muy especial de la variedad Chenin B, que ya en 1861 fue descrita así por Guillory Ainé: «La vendimia, con muy pocas excepciones, se efectúa en octubre, cuando se ha comprobado que la madurez de la uva es lo más perfecta posible y que al menos una cuarta parte de ella está podrida».

La combinación de un medio tan particular, de una variedad de uva perfectamente adaptada a él y de hombres que saben utilizar todas las cualidades de la misma permite obtener vinos especialmente originales. Numerosos escritos demuestran la notoriedad de estos vinos; por ejemplo, los de Petit-Laifftte, que afirma: «Cuando estas vides se podan a una o dos yemas, dan vinos licorosos y delicados, muy apreciados en Bélgica».

Por su parte, en 1861, Guillory Ainé, en el «Boletín de la Sociedad Agrícola e Industrial de Angers», recordaba que: «Es improbable que estas tierras puedan recibir otros cultivos sin tener que hacer grandes dispendios, debido a su bajo nivel de fertilidad; por esta misma razón no producen mucho vino; por lo tanto, si no fuera gracias a su calidad, que mantiene el precio relativamente alto, el cultivo de la vid debería haber sido abandonado en dicho lugar».

9.   Otras condiciones esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)

Zona situada en las inmediaciones

Marco jurídico:

Derecho nacional

Tipo de condición adicional:

Excepción relativa a la producción en la zona geográfica delimitada

Descripción de la condición:

La zona situada en las inmediaciones, definida por excepción para la vinificación, la producción y la crianza de los vinos, está constituida por el territorio de los siguientes municipios, sobre la base del código geográfico oficial de 2018:

departamento de Loire-Atlantique: Vair-sur-Loire (antiguo territorio del municipio delegado de Anetz);

departamento de Maine-et-Loire: Chaudefons-sur-Layon, Denée, Mauges-sur-Loire (antiguos territorios de los municipios delegados de La Chapelle-Saint-Florent, Le Marillais, Saint-Florent-le-Vieil y Saint-Laurent-du-Mottay), Rochefort-sur-Loire, Savennières y Val-du-Layon (antiguo territorio del municipio delegado de Saint Aubin-de-Luigné).

Marco jurídico:

Derecho nacional

Tipo de condición adicional:

Disposiciones complementarias relativas al etiquetado

Descripción de la condición:

Todas las indicaciones facultativas deberán figurar en las etiquetas en caracteres cuyas dimensiones, tanto en altura como en anchura, no sean más de dos veces superiores a las de los caracteres que constituyen el nombre de la denominación de origen controlada.

Especificidad de la denominación «Val de Loire»

Marco jurídico:

Derecho nacional

Tipo de condición adicional:

Disposiciones complementarias relativas al etiquetado

Descripción de la condición:

Las dimensiones de los caracteres de la denominación geográfica «Val de Loire» no deberán ser superiores, tanto en altura como en anchura, a los dos tercios de los caracteres del nombre de la denominación de origen controlada.

Etiquetado: Unidad geográfica menor

Marco jurídico:

Derecho nacional

Tipo de condición adicional:

Disposiciones complementarias relativas al etiquetado

Descripción de la condición:

El etiquetado de los vinos con denominación de origen controlada puede hacer mención a una unidad geográfica menor, siempre que se trate de un lugar registrado en el catastro y que figure en la declaración de vendimia. El nombre del lugar registrado deberá imprimirse en caracteres cuyas dimensiones no sean superiores, tanto en altura como en anchura, a la mitad de las de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen controlada.

Enlace al pliego de condiciones

https: //info.agriculture.gouv.fr/gedei/site/bo-agri/document_administratif-09e61465-fad3-4eb8-8337-2500536afdcd


(1)  DO L 9 de 11.1.2019, p. 2.