Bruselas, 30.9.2020

SWD(2020) 320 final

DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN

Informe sobre el Estado de Derecho en 2020





Capítulo sobre la situación del Estado de Derecho en Polonia

que acompaña al documento

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Informe sobre el Estado de Derecho en 2020
Situación del Estado de Derecho en la Unión Europea

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Resumen

Desde 2015, las reformas judiciales en Polonia han sido una fuente importante de controversia, tanto a escala nacional como de la Unión Europea (UE), y han suscitado graves dudas, varias de las cuales persisten. Las reformas, que afectan al Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, los tribunales ordinarios, el Consejo Nacional del Poder Judicial y el Ministerio Fiscal, han aumentado la influencia de los poderes ejecutivo y legislativo sobre el sistema judicial y, por lo tanto, han debilitado la independencia judicial. Esto llevó a la Comisión a iniciar el procedimiento previsto en el artículo 7, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea (TUE) en 2017, que aún está siendo examinado por el Consejo. En 2019 y 2020, la Comisión puso en marcha dos nuevos procedimientos de infracción para salvaguardar la independencia judicial y el Tribunal de Justicia de la UE concedió medidas provisionales para suspender las competencias de la Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo en asuntos disciplinarios que implican a jueces.

Existe un marco jurídico e institucional desarrollado para prevenir la corrupción y promover la transparencia. Un programa gubernamental específico de lucha contra la corrupción está enfocado a proporcionar capacitación y orientación a los funcionarios. Sin embargo, se han identificado debilidades estructurales en ámbitos como los actuales regímenes de declaración del patrimonio y las regulaciones sobre actividades de los grupos de presión. Se están llevando a cabo planes respecto a la transparencia de la legislación sobre la transparencia de la vida pública a fin de reorganizar las principales disposiciones preventivas en un solo acto jurídico, pero existe la preocupación de que se repitan las demoras. También existe preocupación por la independencia de las principales instituciones encargadas de prevenir y luchar contra la corrupción, considerando en particular la subordinación de la Oficina Central Anticorrupción al poder ejecutivo y el hecho de que el ministro de Justicia sea al mismo tiempo el fiscal general.

El marco jurídico polaco relativo al pluralismo de los medios de comunicación se basa en un conjunto de garantías constitucionales y la legislación sectorial. Parece que existen salvaguardias pertinentes para la autoridad reguladora de los medios de comunicación, el Consejo Nacional de Radiodifusión, pero se han planteado algunas preocupaciones sobre su independencia. El papel de la autoridad reguladora también se ha visto reducido por la reforma de 2016, que asignó las competencias sobre la gestión de los medios de comunicación públicos polacos a un Consejo Nacional de Medios de Comunicación (RMN). El marco jurídico sobre la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación no es igualmente aplicable a todos los agentes de los medios de comunicación. En lo que a la protección de los periodistas se refiere, la criminalización del insulto a los funcionarios públicos sigue siendo problemática.

Otros componentes del sistema de contrapoderes institucionales también están sometidos a presión. Las reformas se adoptaron mediante procedimientos legislativos acelerados con una limitación de las consultas a las partes interesadas o de las oportunidades para que la oposición desempeñara su papel en el proceso legislativo. Polonia tiene una sociedad civil dinámica y robustas asociaciones profesionales de jueces y fiscales, que participan en el debate público. Sin embargo, las organizaciones han sido objeto de declaraciones desfavorables por parte de políticos. A pesar del difícil entorno, el Defensor del Pueblo ha seguido desempeñando un papel fundamental como salvaguardia del Estado de Derecho.



I.Sistema Judicial

El sistema judicial polaco se divide en dos ramas principales: la justicia de lo contencioso-administrativo y la justicia ordinaria. El Tribunal Supremo de los Contencioso-Administrativo y dieciséis tribunales de lo contencioso-administrativo ejercen el control sobre la administración pública, incluida la legalidad de las medidas de los órganos de gobierno local y de los órganos territoriales de la administración pública. El poder judicial ordinario, supervisado por la Tribunal Supremo 1 , consta de tres niveles: Once tribunales de apelación, cuarenta y seis tribunales regionales y más de trescientos tribunales de distrito. Los jueces son nombrados por el presidente de la República a petición del Consejo Nacional del Poder Judicial. El Tribunal Constitucional, que se ocupa en particular de la constitucionalidad de la legislación, está formado por quince magistrados elegidos por la cámara baja del Parlamento polaco (en lo sucesivo, el «Sejm») por un período de nueve años. Según la Constitución, el Consejo Nacional del Poder Judicial debe salvaguardar la independencia judicial. Una característica particular del sistema de enjuiciamiento, que no forma parte del poder judicial independiente, es que el fiscal general y el ministro de Justicia son la misma persona. La Constitución establece que los abogados y los letrados pueden autorregular su práctica.

Independencia

Se prosiguieron las reformas judiciales iniciadas en noviembre de 2015. Estas reformas se llevaron a cabo mediante más de treinta leyes relacionadas con toda la estructura del sistema judicial, incluido el Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional del Poder Judicial, el Tribunal Supremo, los tribunales ordinarios, los tribunales de lo contencioso-administrativo y el Ministerio Fiscal. Diversos aspectos de la reforma de la justicia plantean graves preocupaciones en lo que respecta al Estado de Derecho, en particular la independencia judicial. Este es el punto central del procedimiento del artículo 7, apartado 1, del TUE 2 iniciado por la Comisión Europea, que aún está siendo examinado por el Consejo. El Parlamento Europeo también ha manifestado preocupaciones sobre el Estado de Derecho en Polonia 3 . Además, algunos aspectos de estas reformas están sujetos a procedimientos por incumplimiento 4 . La salvaguardia de la independencia judicial en Polonia fue una de las recomendaciones específicas para el país abordadas en el contexto del Semestre Europeo de 2020 5 .

La percepción de independencia judicial entre el público en general y las empresas es baja y ha mostrado una tendencia descendente en los últimos años. Mientras que el 34 % del público en general percibe la independencia de los órganos jurisdiccionales y jueces como «bastante buena o muy buena» en 2019, solo el 27 % de las empresas comparte la misma percepción 6 . La razón que se indica más frecuentemente para la percepción de falta de independencia judicial está relacionada con la injerencia o la presión del Gobierno y de los políticos 7 . El debate público sobre el poder judicial está marcado por fuertes tensiones. En 2019, los medios de comunicación polacos informaron que funcionarios de alto rango 8 estaban supuestamente relacionados con una campaña de difamación contra jueces que criticaban abiertamente las reformas judiciales 9 .

Las sentencias del Tribunal de Justicia han confirmado las exigencias del Derecho de la UE en materia de independencia judicial. En 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea («el Tribunal de Justicia») dictó dos sentencias que confirmaban que la legislación impugnada por la Comisión en el marco de los procedimientos por incumplimiento infringía el Derecho de la UE en lo que respecta a las exigencias en materia de independencia judicial 10 . El Tribunal de Justicia falló contra los cambios en el régimen de jubilación de los jueces del Tribunal Supremo, que dieron lugar a la terminación prematura del mandato de alrededor de una tercera parte de los jueces de ese Tribunal 11 . Además, el Tribunal de Justicia consideró que la legislación polaca relativa al nuevo régimen de jubilación de los jueces de los tribunales ordinarios era contraria al Derecho de la UE, en particular porque no contenía garantías suficientes para la independencia judicial 12 . Antes de las sentencias, las autoridades polacas ya habían modificado el Derecho nacional. Los órganos jurisdiccionales polacos recurrieron, además, al Tribunal de Justicia en más de diez procedimientos prejudiciales en lo que respecta a la reforma judicial 13 .

Hasta ahora no se han resuelto las preocupaciones por la independencia y legitimidad del Tribunal Constitucional, planteadas por la Comisión en virtud del procedimiento contemplado en el artículo 7, apartado 1, del TUE 14 . En 2019, el Defensor del Pueblo y el Tribunal Supremo 15 siguieron expresando su preocupación por el funcionamiento y la legitimidad del Tribunal. La Comisión de Venecia 16 , organizaciones internacionales y ONG 17 han reiterado sus preocupaciones sobre el Tribunal Constitucional. El primer ministro 18 , la presidenta del Sejm 19 , el Consejo Nacional del Poder Judicial 20 y la recién creada Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo han iniciado asuntos relacionados con cuestiones sensibles desde el punto de vista político, en particular las relativas a las reformas de la justicia 21 . Algunos asuntos iniciados por el fiscal general y por la Sala Disciplinaria tienen por objeto una evaluación de la compatibilidad con la Constitución de las disposiciones del Tratado de la UE 22 .

El Consejo Nacional del Poder Judicial está compuesto principalmente por miembros designados por responsables políticos. La reforma judicial de 2018 cambió el procedimiento para el nombramiento de jueces miembros del Consejo Nacional del Poder Judicial 23 . Los jueces miembros, que constituyen la mayoría de los miembros del Consejo Nacional del Poder Judicial, son ahora nombrados directamente por el Sejm en lugar de por sus homólogos como anteriormente. La nueva composición del Consejo Nacional del Poder Judicial no tuvo en cuenta las recomendaciones del Consejo de Europa 24 y es una de las preocupaciones planteadas por la Comisión en su Propuesta motivada adoptada en virtud del procedimiento del artículo 7, apartado 1, del TUE relativa al Estado de Derecho en Polonia 25 . El 25 de marzo de 2019, a petición del Consejo Nacional del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional declaró que el nuevo procedimiento de nombramiento de los jueces miembros del Consejo Nacional del Poder Judicial se ajusta a la Constitución 26 . El 19 de noviembre de 2019, sobre la base de una cuestión prejudicial del Tribunal Supremo sobre la independencia e imparcialidad de la Sala Disciplinaria recién creada, el Tribunal de Justicia consideró que para que un consejo del poder judicial pueda contribuir a que el proceso de nombramiento de jueces por parte del presidente de la República sea más objetivo, tal órgano debe ser suficientemente independiente del poder legislativo y ejecutivo y del órgano sobre el que se pronuncia 27 . El 23 de enero de 2020, el Tribunal Supremo, en referencia a esta resolución del Tribunal de Justicia, dictaminó 28 que el nuevo Consejo Nacional del Poder Judicial no es independiente y afirmaba que los nuevos jueces del Tribunal Supremo seleccionados por aquel no tienen potestad para juzgar casos 29 . Posteriormente, el Tribunal Constitucional consideró que la resolución era incompatible con la Constitución y con el Derecho de la UE, y se pronunció a petición del primer ministro y de la presidenta del Sejm, con el apoyo del presidente de la República y del fiscal general 30 . Sin embargo, el Tribunal Supremo ha seguido aplicando su resolución 31 . El Consejo Nacional del Poder Judicial sigue proponiendo candidatos para nombramientos judiciales al presidente de la República 32 .

Las dos salas nuevas del Tribunal Supremo, creadas en virtud de la reforma de 2018, han recibido nuevas facultades en 2019. La Sala Disciplinaria y la Sala de Control Extraordinario y Asuntos Públicos están integradas únicamente por nuevos jueces nombrados a petición del recién compuesto Consejo Nacional del Poder Judicial. A raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de 19 de noviembre de 2019 33 , el Tribunal Supremo declaró, en tres sentencias, que la Sala Disciplinaria no era un tribunal independiente en el sentido del Derecho nacional y de la UE 34 . La Ley de 20 de diciembre de 2019 concedió a la nueva Sala de Control Extraordinario y Asuntos Públicos la facultad exclusiva de decidir sobre asuntos relacionados con la independencia judicial 35 . Esta parte de dicha Ley es uno de los elementos planteados en el procedimiento por incumplimiento iniciado por la Comisión el 29 de abril de 2020 36 . También se concedió a la nueva Sala Disciplinaria la competencia para levantar la inmunidad de los jueces cuando se incoan procedimientos penales contra ellos (competencia que anteriormente ejercían los tribunales disciplinarios de primera instancia). Estas nuevas competencias concedidas a las Salas han recibido críticas por parte de varias instituciones nacionales así como por la Comisión de Venecia 37 .

El Tribunal Supremo ha sido objeto de nuevas reformas, en particular en cuanto al procedimiento de nombramiento de su presidente primero. Unos meses antes de que terminara el mandato del anterior presidente primero de la Tribunal Supremo, una nueva ley, aprobada por el Sejm 38 , enmendó el procedimiento para nombrar al nuevo presidente primero 39 . La Ley, que entró en vigor en febrero de 2020, dispone que el presidente de la República puede nombrar a un presidente primero en funciones para que se encargue de organizar el procedimiento de selección de candidatos y cambie el quórum necesario para votar sobre una lista de candidatos a los puestos 40 . El 1 de mayo de 2020, el presidente de la República nombró un presidente primero en funciones, de entre los magistrados que, con arreglo a la resolución del Tribunal Supremo anteriormente mencionada 41 , no tienen ya facultad para juzgar. El procedimiento de selección fue objeto de controversia 42 , en particular porque el presidente primero en funciones se negó a excluir de ese procedimiento a los miembros de la Sala Disciplinaria a pesar de la falta de garantías de su independencia 43 . El 26 de mayo de 2020, el presidente de la República nombró a un nuevo presidente primero, que también es uno de los jueces que, con arreglo a la resolución del Tribunal Supremo anteriormente mencionada, no tienen ya facultad para juzgar.

El régimen disciplinario de los jueces ha sido modificado y se utiliza activamente. El régimen disciplinario, modificado considerablemente en 2018 44 , ha suscitado la preocupación de que carece de las salvaguardias adecuadas para proteger la independencia judicial, debido al riesgo de que los jueces puedan ser sancionados por el contenido de las resoluciones judiciales, incluidas las relativas a solicitudes de decisiones prejudiciales al Tribunal de Justicia. Por otra parte, sigue habiendo preocupación con respecto a la independencia de la Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo, que actúa como instancia final para los asuntos disciplinarios y está compuesta únicamente por jueces seleccionados por el recientemente compuesto Consejo Nacional del Poder Judicial 45 . El 10 de octubre de 2019, la Comisión decidió remitir a Polonia al Tribunal de Justicia, impugnando estas nuevas disposiciones 46 . El régimen disciplinario permite a los jueces ser sometidos a procedimientos disciplinarios en vista del contenido de sus resoluciones judiciales o dictámenes sobre el funcionamiento de los órganos constitucionales en Polonia 47 . El 8 de abril de 2020, a raíz de una solicitud de medidas provisionales, el Tribunal de Justicia ordenó a Polonia que suspendiera inmediatamente la aplicación de las disposiciones nacionales sobre las competencias de la Sala Disciplinaria en los asuntos disciplinarios que implican a jueces 48 . A raíz de esta orden, la Sala Disciplinaria remitió una cuestión de Derecho al Tribunal Constitucional, impugnando la constitucionalidad de las disposiciones del Tratado en las que se basa la orden de medidas provisionales 49 . La Ley de 20 de diciembre de 2019 amplió aún más la noción de delito disciplinario y aumentó el riesgo para la independencia judicial. Esta cuestión es un elemento del nuevo procedimiento por incumplimiento iniciado por la Comisión el 29 de abril de 2020 50 . El nuevo régimen disciplinario y la Ley de 20 de diciembre de 2019 han llevado a los órganos jurisdiccionales de otros Estados miembros, en el contexto de la cooperación judicial en el seno de la UE, a cuestionar las garantías judiciales del sistema polaco 51 .

Los jueces están sujetos a numerosos requisitos nuevos. La Ley de 20 de diciembre de 2019 obliga a todos los jueces de Polonia a divulgar información personal, como su pertenencia a asociaciones, sus funciones en organizaciones sin ánimo de lucro o su pertenencia y posición en partidos políticos antes del 29 de diciembre de 1989. Tales disposiciones plantean preocupaciones en lo que respecta al derecho al respeto de la vida privada y al derecho a la protección de los datos personales, tal como están garantizados por la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y el Reglamento General de Protección de datos 52 . Estos nuevos requisitos se corresponden con otros requisitos introducidos en 2018 relativos a la prolongación del servicio activo de los jueces de los tribunales ordinarios, que ahora decide el Consejo Nacional del Poder Judicial. Si bien este cambio se realizó en respuesta al procedimiento por incumplimiento 53 , no ha sido suficiente para abordar el problema relativo al efecto sobre la independencia judicial, debido a las preocupaciones relativas al Consejo Nacional del Poder Judicial.

La Ley de 20 de diciembre de 2019 introdujo la prohibición general de que los órganos jurisdiccionales polacos impugnen las competencias de los tribunales, los órganos constitucionales y los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. La Ley impide que los jueces polacos dictaminen sobre la legalidad de los nombramientos judiciales y sobre la competencia de un juez para desempeñar funciones judiciales. La misma prohibición se aplica a los jueces que evalúan la legalidad de la composición de un tribunal. Estos requisitos han sido impugnados en el procedimiento por incumplimiento infracción iniciado por la Comisión el 29 de abril de 2020 54 . La misma Ley introdujo nuevos límites a las dictámenes y medidas que pueden emitir los jueces, los tribunales y otros órganos independientes, a quienes ahora se les prohíbe impugnar las competencias de los órganos judiciales y constitucionales, así como de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. La Ley impone esa prohibición también en lo que respecta a las dictámenes o medidas de los órganos de autogobierno judicial que impugnan los nombramientos judiciales. Estos cambios han dado lugar a preocupaciones de las instituciones nacionales y de la Comisión de Venecia 55 . Por lo que se refiere a los presidentes de los tribunales, tras la destitución de más de setenta presidentes de los tribunales por el ministro de Justicia no se ha propuesto ningún medio para remediar su situación 56 . Se ha presentado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos un asunto relativo a dichas destituciones 57 .

El hecho de que el ministro de Justicia sea al mismo tiempo el fiscal general suscita especial preocupación por la facultad de dictar instrucciones en casos individuales y de trasladar a fiscales. Tras las reformas realizadas en 2016, se fusionó el cargo de fiscal general con el de ministro de Justicia. Por consiguiente, el ministro de Justicia ejerce directamente las facultades conferidas a la máxima instancia de la Fiscalía, incluida la autoridad para dictar instrucciones a los fiscales en casos concretos. En 2019, la facultad del fiscal general, o fiscales de más alto rango, para dictar instrucciones 58 en casos individuales (incluida la de no enjuiciar) fue utilizada en varias ocasiones, incluso en asuntos relevantes desde el punto de vista político 59 . Esta facultad ha sido objeto de críticas, incluso por parte de la Comisión de Venecia 60 . Además, el fiscal general tiene facultad para decidir la adscripción de los fiscales, sin su consentimiento y sin justificación, a otro puesto durante un máximo de seis meses. Además, puede reasignar libremente los casos entre los fiscales, lo que también ha dado lugar a la preocupación de que las consideraciones políticas puedan tener consecuencias sobre en la ejecución de los procedimientos penales 61 .

Calidad

La financiación del poder judicial ha aumentado de forma gradual desde 2016. Polonia gasta aproximadamente por habitante en órganos jurisdiccionales lo que se gasta en promedio en la UE. Paralelamente, Polonia tiene uno de los mayores gastos generales públicos para el sistema judicial (incluidas la Fiscalía y la asistencia jurídica gratuita) en términos de porcentaje del PIB 62 .

Por lo que respecta a los recursos humanos, quedan vacantes varios puestos judiciales. Cabe señalar que, antes de que se renovaran los integrantes del Consejo Nacional del Poder Judicial en 2018, el ministro de Justicia retrasó la publicación de puestos vacantes en los órganos jurisdiccionales, lo cual es una condición previa para que cualquier persona pueda solicitar ese puesto. Esto fue planteado como un problema por el Defensor del Pueblo 63 y por representantes de asociaciones judiciales 64 , quienes argumentaron que los órganos jurisdiccionales que carecen de personal suficiente siguen siendo la principal causa de su disminución de la eficiencia.

Hay margen para mejorar la digitalización del sistema judicial. En comparación con el año anterior, Polonia ha mejorado la disponibilidad para el público en general de información en línea en relación con el sistema judicial 65 . A pesar de los importantes avances realizados, sigue persistiendo la necesidad de implantar herramientas informáticas en el contexto de los procedimientos judiciales 66 . Los llamamientos para que se realicen más esfuerzos en la digitalización de los órganos jurisdiccionales procedían de asociaciones de jueces 67 , el Defensor del Pueblo 68 y el Consejo Nacional de Abogados 69 , que indican que la falta de digitalización se convirtió en un problema recurrente durante la pandemia de COVID-19.

Las reformas relativas a la asistencia jurídica gratuita, las tasas judiciales y el procedimiento civil entraron en vigor en 2019. En Polonia, se ofrece asistencia jurídica gratuita y asesoramiento gratuito en materia civil a cualquier persona que no pueda permitirse recibir asesoramiento pagado y haga una declaración a tal efecto. También hay planes para habilitar de forma gradual la mediación gratuita 70 . El Consejo Nacional de Abogados expresó su preocupación por las modificaciones del código de procedimiento civil aprobadas en 2019 que no ayudarían a aumentar el avance de los procedimientos judiciales 71 .

Eficiencia

El desempeño general de los tribunales ordinarios es cercano a la media de la UE en lo que respecta a la duración de los procedimientos. Sin embargo, en 2018 se produjo un aumento del tiempo estimado necesario para resolver asuntos civiles y mercantiles contenciosos, así como un descenso del porcentaje de resolución de esos casos. Si bien el número de asuntos ha disminuido, el número de asuntos pendientes ha aumentado 72 . Polonia sigue bajo una supervisión reforzada del Comité de Ministros del Consejo de Europa en lo que respecta a la duración de los procedimientos civiles y penales 73 .

El desempeño de los tribunales de lo contencioso-administrativo está por encima de la media de la UE. Se observa una ligera disminución en el número de asuntos contencioso-administrativos entrantes y en el tiempo estimado necesario para resolverlos. La tasa de resolución de estos casos sigue siendo superior al 100 % 74 .

II.Marco de lucha contra la corrupción

El marco jurídico e institucional para prevenir y luchas contra la corrupción ya existe en términos generales. La Oficina Central Anticorrupción es el organismo especializado en la lucha contra la corrupción. El Oficina Central Anticorrupción combina funciones de inteligencia y policía y puede iniciar procedimientos tanto contencioso-administrativos como penales. La Ley prevista sobre la «transparencia de la vida pública» tiene por objeto reorganizar disposiciones preventivas fundamentales bajo un único acto jurídico. Como parte de ello, se modificarán algunos elementos, como los actuales regímenes de declaración del patrimonio y las regulaciones sobre actividades de los grupos de presión.

En el último índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional, Polonia obtuvo una puntuación de 58/100 y ocupó el duodécimo puesto en la UE y el cuadragésimo primero en el mundo 75 . Las encuestas del Eurobarómetro muestran que el número de encuestados polacos que consideran que la corrupción es un fenómeno generalizado en su país (59 %) es inferior a la media de la UE (71 %), mientras que el 37 % considera que la corrupción les afecta personalmente en su vida diaria (la media de la UE es del 26 %) 76 . En lo que respecta a las empresas, el 49 % creen que la corrupción es generalizada (63 % de media en la UE) y el 27 % consideran que supone un problema a la hora de hacer negocios (37 % de media en la UE). Asimismo, el 43 % de los ciudadanos creen que el número de condenas por corrupción es suficiente como factor de disuasión de estas prácticas (36 % de media en la UE), mientras que el 26 % de las empresas creen que las personas y las empresas enjuiciadas por sobornos a altos funcionarios reciben penas adecuadas (31 % de media en la UE) 77 .

Una iniciativa prevista tiene por objeto seguir desarrollando el marco jurídico de lucha contra la corrupción. El Derecho penal polaco proporciona una base sólida para la investigación, el enjuiciamiento y las resoluciones de delitos de corrupción 78 . Polonia también tiene un marco jurídico para prevenir la corrupción, con varios actos jurídicos que regulan cuestiones de ética e integridad en el sector público 79 , así como obligaciones de divulgación de activos y conflictos de intereses 80 . No obstante, se han planteado varias preocupaciones, en particular en lo que respecta a los conflictos de intereses y la divulgación de activos 81 . La nueva Ley sobre la transparencia de la vida pública se encuentra actualmente en una etapa preparatoria avanzada, con el objetivo de reforzar los mecanismos existentes de lucha contra la corrupción e incorporar los principios de transparencia en un solo acto jurídico. Otro objetivo de la Ley es derogar ciertos actos existentes para normalizar el sistema y las normas actuales de declaración de activos. La propuesta también tiene por objeto modificar las normas existentes sobre actividades de los grupos de presión y la Ley sobre el acceso a la información pública, y mejorar las medidas para proteger a los denunciantes 82 .

Se propusieron cambios en el Código Penal. El 14 de julio de 2020, el Tribunal Constitucional 83 consideró inconstitucional un proyecto de Ley de junio de 2019 por el que se modificaba el Código Penal 84 . Propuso cambios en la definición de una persona que desempeña una función pública, y habría introducido una definición más amplia de una «persona que desempeña una función pública» para incluir, entre otras cosas, una unidad organizativa nacional o extranjera que disponga de fondos públicos, miembros de la junta o representantes de empresas estatales, y entidades cuyo capital social es propiedad del Gobierno central o local por encima del 50 %. Otros cambios propuestos incluirían el aumento de las sanciones por delitos de soborno activo y pasivo relacionados con activos de alto valor. No obstante, se habrían mantenido mecanismos como la cláusula de «no sanción», que estipula que una persona que diera un soborno no es sancionable si notifica voluntariamente el delito a las autoridades policiales. El Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) del Consejo de Europa ha manifestado preocupaciones acerca de los elementos del régimen de inmunidades y su efecto en el enjuiciamiento de los delitos relacionados con la corrupción 85 .

La Oficina Central Anticorrupción es el organismo especializado en la lucha contra la corrupción. La Oficina Central Anticorrupción combina funciones de inteligencia y policía y puede iniciar procedimientos tanto contencioso-administrativos como penales 86 . La detección de la corrupción forma parte de sus funciones básicas, y en casos de sospecha razonable, la Oficina Central Anticorrupción puede llevar a cabo investigaciones penales. y tiene competencia para verificar las declaraciones de activos y controlar las decisiones de contratación pública. También se encarga de supervisar el incumplimiento de las normas de incompatibilidad con respecto a las restricciones de la actividad comercial externa por parte de los funcionarios públicos e iniciar procedimientos para la devolución de beneficios obtenidos injustamente. La Oficina Central Anticorrupción también tiene una función preventiva y supervisa la coordinación del Programa gubernamental de lucha contra la corrupción para 2018-2020, cuyos objetivos generales incluyen la mejora de las reglamentaciones de lucha contra la corrupción y de la cooperación y coordinación entre las autoridades policiales. El director de la Oficina es nombrado por el primer ministro por un período de cuatro años. La Oficina Central Anticorrupción trabaja bajo la autoridad del primer ministro y de un «ministro-coordinador para servicios especiales» designado 87 . En el marco jurídico actual, este procedimiento de nombramiento y la subordinación de la Oficina al poder ejecutivo han suscitado preocupaciones en cuanto a la independencia de la Oficina Central Anticorrupción y su independencia fundamental del poder ejecutivo 88 .

Las cuestiones de ética e integridad en el sector público y los conflictos de intereses están actualmente regulados por varias leyes básicas. El principal acto jurídico que promueve la integridad es la Ley de restricciones a la realización de actividades empresariales por parte de personas que desempeñan funciones públicas, que prohíbe ciertas actividades y limita el accionariado en las empresas y la pertenencia a varias juntas. La ordenanza sobre el marco ético para la función pública establece las normas éticas para la administración pública, pero no incluye a los altos ejecutivos, cuya conducta está ampliamente regulada por la Constitución. Los Ministerios también abordan la integridad en sus filas en diferentes grados. El GRECO ha subrayado los posibles beneficios de una política más coherente y ha recomendado la elaboración de un plan general de integridad, y un código de conducta con mecanismos sólidos de supervisión y sanción, y la sensibilización sobre cuestiones de integridad 89 . Además, varios otros textos jurídicos prevén la obligación de informar sobre situaciones específicas de conflicto de intereses, pero sin una coordinación o consolidación claras en un marco único 90 . Si bien no existe una definición jurídica de los conflictos de intereses en las leyes comúnmente vinculantes, el Código de Procedimientos Administrativos abarca los conflictos de intereses de los funcionarios públicos. Para los ministros y otros altos funcionarios, estos se limitan a ciertas situaciones específicas que implican intereses de propiedad 91 . En 2019, la Oficina Central Anticorrupción examinó 2 477 asuntos de conflicto de intereses en los Ministerios de Salud y Defensa (4 581 en 2018), que implicaban a 2 187 personas (2 110 en 2018) y se remitieron 3 casos a la Fiscalía 92 .

No existe una legislación unificada ni un sistema centralizado de presentación y seguimiento de las declaraciones de activos. Los diputados del Parlamento presentan declaraciones de activos de conformidad con la Ley sobre el cumplimiento de sus funciones por los diputados del Sejm y los senadores de mayo de 1996. La Ley de restricciones a la realización de actividades empresariales por parte de personas que desempeñan funciones públicas prescribe la divulgación anual de las actividades financieras y económicas para altos funcionarios ejecutivos. Sin embargo, en la práctica, la legislación se aplica a políticos de todos los niveles, existen preocupaciones sobre los diferentes sistemas y los marcos para garantizar la publicación de declaraciones 93 . En 2019, la Oficina Central Anticorrupción realizó 90 controles de declaración de activos (69 en 2018), 364 análisis previos al control (330 en 2018) y 341 casos de control (320 en 2018) 94 . Sin embargo, las modificaciones de la Ley sobre el ejercicio del mandato de un diputado y senador, destinadas a ampliar el rango de personas obligadas y el alcance de la información incluida, están siendo actualmente impugnadas ante el Tribunal Constitucional. Aunque celebra la existencia de obligaciones, el GRECO ha declarado que es necesario reforzar los acuerdos de Polonia para las declaraciones de activos y complementarlos con un mecanismo de revisión independiente y eficaz 95 . A este respecto, se está preparando un proyecto de ley con un nuevo formulario de declaración de activos y la Oficina Central Anticorrupción está desarrollando un sistema unificado para abordar la falta de métodos electrónicos y automatizados de presentación y control de declaraciones 96 .

Existen medidas para regular las actividades de los grupos de presión y las «puertas giratorias» y ciertas disposiciones permiten la protección de los denunciantes. La Ley sobre actividades de los grupos de presión en el proceso legislativo define ampliamente las actividades de los grupos de presión, establece un registro público y determina las obligaciones y sanciones para las actividades no registradas. Sin embargo, las disposiciones de dicha Ley limitan el concepto de actividades de grupos de presión al proceso legislativo. El GRECO ha recomendado que las interacciones de los parlamentarios con los grupos de interés sean más transparentes 97 , que se introduzcan normas detalladas para las interacciones con los grupos de interés y que se divulgue suficiente información sobre el propósito de estos contactos 98 . Las «puertas giratorias» se regulan por un período de enfriamiento de un año, pero se limitan a las entidades sobre las que un funcionario emitió decisiones específicas. Aunque existen planes para ampliar el período, también se ha recomendado ampliar el ámbito de aplicación 99 . Algunos actos jurídicos incluyen disposiciones para la protección de los denunciantes, pero no existe una legislación específica al respecto y se ha subrayado la necesidad de reforzar la protección de las personas informantes 100 .

III.Pluralismo de los medios de comunicación

El marco jurídico relativo al pluralismo de los medios de comunicación se basa en un conjunto de garantías constitucionales y la legislación sectorial. La Constitución garantiza la independencia de la autoridad nacional de medios de comunicación —el Consejo Nacional de Radiodifusión (KRRiT)— y las competencias de la autoridad reguladora se especifican además en la Ley de radiodifusión de 1992 101 . En cuanto al marco para la protección de los periodistas, la libertad de expresión está protegida por la Constitución 102 . Sin embargo, al mismo tiempo, el Código Penal incluye delitos por ultrajar símbolos del Estado, altos funcionarios públicos y religiones. La Constitución también garantiza el derecho de los ciudadanos a ser informados sobre las actividades de las autoridades públicas 103 . Este derecho se especifica con más detalle en la Ley de 6 de septiembre de 2001 sobre el acceso a la información pública 104 .

El marco jurídico establece salvaguardias para la independencia de la autoridad reguladora de los medios de comunicación. La Constitución 105 otorga al Consejo Nacional de Radiodifusión (KRRiT) el papel de salvaguardar la libertad de expresión, el derecho a la información y el interés público en la radiodifusión y la televisión. Sus miembros son nombrados por el Parlamento y el presidente de la República. No pueden pertenecer a un partido político ni a un sindicato, ni realizar actividades públicas incompatibles con la dignidad de su función. La Ley de radiodifusión incluye una lista específica de las competencias del KRRiT. La Directiva de servicios de comunicación audiovisual revisada establece una serie de garantías para la independencia y la eficacia de las autoridades reguladoras nacionales de los medios de comunicación 106 . Polonia se encuentra actualmente en proceso de transposición de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual revisada, durante el cual podrían proponerse algunas nuevas armonizaciones de la legislación nacional con el marco de la UE y podrían adoptarse a principios de otoño de 2020 107 .

La autoridad reguladora de los medios de comunicación polaca podría seguir siendo objeto de influencia política. El instrumento de seguimiento del pluralismo en los medios de comunicación (Media Pluralism Monitor, MPM 2020) informó de un riesgo medio con respecto a la independencia y eficacia de la autoridad reguladora de los medios de comunicación polaca 108 , evaluando que los procedimientos de nombramiento para el Consejo Nacional de Radiodifusión (KRRiT) no han reducido de manera efectiva el riesgo de influencia política sobre los medios de comunicación. Por ejemplo, no se ordenó ninguna observación electoral para analizar la cobertura de los medios de comunicación de las campañas electorales de 2019 al Parlamento Europeo y al Parlamento nacional. Asimismo, en el caso de la campaña presidencial de 2020, según informó la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), el KRRiT no garantizaba una supervisión independiente de la campaña 109 . Además, como resultado de la reforma de 2016 110 , algunas de las competencias del KRRiT fueron retiradas y asignadas al recién establecido Consejo Nacional de Medios de Comunicación (RMN) 111 , Que ahora se encarga de nombrar y retirar las juntas de gestión y supervisión de la Televisión Polaca (TVP), la Radio Polaca y la Agencia de Prensa Polaca. En diciembre de 2016, el Tribunal Constitucional polaco consideró inconstitucional la exclusión del KRRiT del proceso de nombramiento de la dirección de los medios públicos 112 . La sentencia sigue pendiente de aplicación 113 .

El marco jurídico sobre la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación en Polonia no es igualmente aplicable a todos los agentes de los medios de comunicación. En particular, no existen disposiciones específicas por sectores sobre la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación. Debido a este hecho, el MPM 2020 evaluó que la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación en Polonia está en riesgo medio y señaló, sin embargo, que algunas normas específicas están en vigor en el sector de la radiodifusión. Estas son relativas a la divulgación de información al organismo público KRRiT.

Hay una falta de salvaguardias regulatorias que limiten el control político sobre los medios de comunicación en Polonia. Tales salvaguardias se refieren a las normas sobre conflictos de intereses entre los propietarios de los medios de comunicación y los partidos gobernantes, los grupos partidistas o los políticos 114 . La encuesta de CBOS de 2019 muestra que la percepción de sesgo político en los medios de comunicación es generalizada 115 . Sin embargo, como lo reconoce el MPM 2020, los propietarios de los medios de comunicación más grandes de Polonia no tienen una afiliación abierta con los partidos políticos, y la mayoría de los medios de comunicación, incluidos los medios digitales, promueven puntos de vista políticos distintos 116 . Parece ser que, durante la campaña presidencial de 2020, la coalición gobernante se refirió a posibles cambios legislativos relativos a la concentración de medios de comunicación de propiedad extranjera 117 . Si tales cambios se materializaran, podrían tener implicaciones para el pluralismo de los medios de comunicación y para el mercado interior de la UE.

Las disposiciones del Derecho penal pueden afectar a determinados aspectos del marco para la protección y las actividades de los periodistas. El Código Penal incluye los delitos de ultraje a símbolos del Estado, altos funcionarios públicos y religiones. El encarcelamiento (máximo de un año) es una de las posibles sanciones por difamación 118 que se produce mediante medios de comunicación masivos 119 . Como han mencionado algunos representantes de los periodistas, este régimen ha sido objeto de críticas persistentes, ya que el marco de responsabilidad civil bastaría para abordar la cuestión de la difamación 120 . En este contexto, el MPM 2020 también señala que las medidas de autorregulación que podrían contribuir al fortalecimiento de la posición de los periodistas no se han aplicado con eficacia en Polonia. Como aspecto positivo, se modificó la Ley de prensa y ya no se obliga a los periodistas a seguir la línea editorial de un título determinado. Ahora, la Ley permite a un periodista rechazar una instrucción vinculante si contradice los principios de equidad, objetividad y exactitud profesional. En cuanto a la seguridad de los periodistas, la Plataforma del Consejo de Europa para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas publicó dos alertas relativas a Polonia en 2019 y seis en 2020. Las alertas se han clasificado en la categoría de acoso a periodistas y en la categoría de actos que tienen efectos intimidatorios sobre la libertad de los medios de comunicación 121 . En cuanto a la seguridad digital de los periodistas, el MPM 2020 informa de casos ocasionales en que algunos periodistas fueron amenazados por la vigilancia de la policía y los servicios de inteligencia, así como casos de uso de telecomunicaciones o datos de internet de periodistas sin notificación previa 122 .

El marco jurídico actual reconoce el derecho de acceso a la información pública. Sin embargo, ha habido casos recurrentes de denegación de ese acceso. La Ley de 6 de septiembre de 2001 sobre el acceso a la información pública requiere que las autoridades estatales (y otras entidades) hagan disponible cualquier información sobre asuntos públicos. En virtud de dicha Ley, el derecho a la información pública incluye el derecho a obtener sin demora dicha información que contiene conocimientos actualizados de los asuntos públicos. La información clasificada se excluye de esta norma. En lo que respecta a la aplicación práctica de este derecho, el MPM 2020 informa de casos en que se ha denegado el acceso a la información a nivel local, especialmente en lo que respecta a la información sobre actividades de las administraciones locales y regionales o inversiones previstas. Otros casos de denegación incluyeron denegar a los periodistas el acceso a debates sobre reformas educativas y judiciales.

IV.Otras cuestiones institucionales en relación con el sistema de contrapoderes institucionales

Polonia es una república democrática representativa con un presidente elegido por sufragio directo, un Parlamento bicameral 123 y un Tribunal Constitucional responsable del control de la constitucionalidad de las leyes. El Sejm tiene el poder de decisión final a la hora de legislar. El presidente de la República, el Senado, un grupo de 15 diputados, el Consejo de Ministros y un grupo de al menos 100 000 ciudadanos tienen la facultad de proponer nuevas leyes. El Defensor del Pueblo independiente se encarga de salvaguardar las libertades y los derechos de las personas y los ciudadanos contemplados en la Constitución y en otras leyes normativas.

En el período 2015-2019, se utilizó ampliamente el procedimiento acelerado de aprobación de leyes, con ejemplos significativos como fueron algunas reformas estructurales importantes del poder judicial. Por lo que respecta a la legislación relativa a las reformas judiciales, el Parlamento ha dedicado una media de dieciocho días a cada ley 124 . En particular, se ha planteado preocupación por el procedimiento acelerado aplicado por el legislador en diciembre de 2019 para aprobar cambios controvertidos en las leyes sobre el poder judicial, incluida la forma en que se propusieron los cambios al proyecto de ley inicial durante el proceso legislativo. El Tribunal Supremo consideró que esto violaba las reglas de la buena legislación 125 . La Comisión de Venecia y la OSCE han subrayado en varias ocasiones la importancia de que se celebren deliberaciones exhaustivas sobre las propuestas y las modificaciones legislativas, incluidas consultas significativas con partes interesadas, expertos y la sociedad civil, así como un diálogo con la oposición política 126 . Cabe señalar que las consultas públicas son obligatorias únicamente en el caso de una propuesta legislativa presentada por el Consejo de Ministros, mientras que las reformas judiciales fueron iniciadas por miembros del Parlamento, para las que no es necesaria ninguna consulta 127 .

El 20 de marzo de 2020, el Gobierno introdujo un estado de epidemia para hacer frente a la pandemia de COVID-19 128 . Las partes interesadas han expresado su preocupación por las medidas impuestas en ese contexto, habida cuenta de sus consecuencias sobre los derechos fundamentales y las elecciones presidenciales 129 . El estado de epidemia sigue en vigor, aunque las restricciones se están levantando de forma gradual. Determinadas medidas adoptadas para hacer frente al estado de epidemia afectan negativamente a los mandatos de determinadas autoridades estatales 130 , incluida la Oficina de Comunicaciones Electrónicas para lo que la Comisión Europea inició procedimientos por incumplimiento 131 .

Los jueces del Tribunal Supremo nombrados en virtud de la reforma de 2017 tienen facultad para revisar sentencias de tribunales ordinarios en algunos casos que datan de hace veinte años. En virtud del nuevo procedimiento de recurso extraordinario, la nueva Cámara de Control Extraordinario y Asuntos Públicos está facultada para anular total o parcialmente cualquier sentencia definitiva dictada por tribunales ordinarios en los últimos veinte años, con algunas excepciones. La facultad de interponer recursos corresponde, entre otros, al fiscal general y al Defensor del Pueblo. Según la información disponible, la mayor parte de los procedimientos han sido presentados hasta ahora por el fiscal general 132 . Se ha expresado la preocupación de que este procedimiento puede utilizarse también por lo que podrían parecer motivos políticos 133 . En términos más generales, este nuevo procedimiento de recurso extraordinario, basado en criterios amplios, plantea cuestiones relativas al principio de seguridad jurídica 134 y es una de las preocupaciones planteadas por la Comisión en su Propuesta motivada aprobada en virtud del procedimiento del artículo 7, apartado 1, del TUE 135 .

Los nuevos acontecimientos afectan negativamente al espacio de la sociedad civil 136 . Polonia tiene una sociedad civil amplia y dinámica, compuesta por más de 120 000 ONG diferentes. Sin embargo, los acontecimientos han demostrado que las ONG que critican alguna política del Gobierno son el blanco de declaraciones desfavorables por parte de los representantes de las autoridades públicas 137 . Un Instituto Nacional de Libertad – Centro para el Desarrollo de la Sociedad Civil es responsable de distribuir entre las ONG los fondos gubernamentales, así como los fondos de la UE asignados al país. Los representantes de las organizaciones constituyen una minoría en el proceso de toma de decisiones en el marco de este instituto, que está presidido por un miembro del Gobierno. La OSCE constató que el Gobierno parecía tener una influencia decisiva en la gobernanza y el funcionamiento del Instituto Nacional de Libertad y formuló recomendaciones al respecto 138 . En la actualización de 2020 del informe CIVICUS se observa que el espacio cívico para el funcionamiento de las ONG ha disminuido 139 . Las partes interesadas han manifestado su preocupación por el hecho de que los miembros del Gobierno propusieran recientemente una legislación que obligaría a las ONG a revelar las subvenciones extranjeras recibidas y, en determinadas condiciones, considerarían a las ONG como «financiadas con fondos extranjeros» 140 . La decisión de algunas regiones de declararse «zonas libres de personas LGTBI» ha creado serias dudas sobre la capacidad de las autoridades locales para distribuir equitativamente los fondos de la UE entre las ONG 141 . Las acciones del Gobierno dirigidas a los grupos de personas LGTBI, como el arresto y detención de algunos de los representantes de los grupos, y las campañas de difamación realizadas contra tales grupos han suscitado preocupaciones 142 .

El Defensor del Pueblo desempeña un papel importante en la defensa del Estado de Derecho. En noviembre de 2017, el Defensor del Pueblo fue reacreditado con el estatus «A» por la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (GANHRI) 143 . La GANHRI subrayó la necesidad de proporcionar fondos suficientes para que el Defensor del Pueblo pudiera cumplir su mandato de manera eficaz. El Defensor del Pueblo ha emitido una serie de dictámenes sobre la nueva legislación, incluidas las reformas que afectan al funcionamiento del poder judicial, e intervino ante los órganos jurisdiccionales polacos y el Tribunal de Justicia de la UE. El Defensor del Pueblo interviene regularmente en apoyo de las personas en casos de posibles violaciones de los derechos fundamentales 144 . Otras actividades del Defensor del Pueblo se centran en el fomento de las normas de independencia judicial, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales. Desde 2016, el Defensor del Pueblo se desenvuelve en un entorno más difícil caracterizado por un presupuesto insuficiente (aprobado por el Sejm 145 ), críticas de la mayoría política gobernante y ataques personales en ciertos medios de comunicación 146 .



Anexo I: Lista de fuentes por orden alfabético*

* La lista de aportaciones recibidas en el marco de la consulta para el Informe sobre el Estado de Derecho en 2020 está disponible en (sitio web de la Comisión).

Amnistía Internacional: Informe de 2019 sobre Polonia, 2019. https://www.amnesty.org/es/countries/europe-and-central-asia/poland/report-poland/ .

Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa: Report on the Functioning of Democratic Institutions in Poland of 6 January 2020, 2020. http://assembly.coe.int/nw/xml/XRef/Xref-DocDetails-EN.asp?FileID=28330&lang=EN .

Centro Europeo para la Libertad de Prensa y de los Medios de Comunicación: Media Pluralism Monitor 2020, 2020 https://cmpf.eui.eu/media-pluralism-monitor/mpm-2020 .

CIVICUS: Poland Country Profile https://monitor.civicus.org/country/poland/ .

Civil Space Watch: Civic Space Watch de 2019, 2019 http://civicspacewatch.eu/civic-space-watch-report-2019-%E2%80%A2-success-stories-of-resistance-is-out/ .

Colegio de Abogados: Resolución del Consejo Nacional de Abogados de 15 de junio de 2019 (n.º 61/2019).

Colegio de Abogados: Resolución del Presidium del Consejo Nacional de Abogados de 12 de marzo de 2020 (n.º 155/20) con apéndice.

Comisión Europea: Información sobre la iniciación del procedimiento del artículo 7, apartado 1, del TUE contra Polonia, 2017 https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/IP_17_5367 .

Comisión Europea: Información sobre el procedimiento de infracción iniciado contra Polonia y remitido al Tribunal de Justicia el 10 de octubre de 2019, 2019. https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/IP_19_6033 .

Comisión Europea: Informe sobre Polonia, SWD(2020) 520 final, 2020 
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:52020SC0520&from=EN .

Comisión Europea: Información sobre el procedimiento de infracción iniciado contra Polonia el 29 de abril de 2020, 2020 https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/ip_20_772 .

Comisión Europea: Cuadro de indicadores de la justicia en la UE, 2020 https://ec.europa.eu/info/policies/justice-and-fundamental-rights/upholding-rule-law/eu-justice-scoreboard_en .

Comisión Europea: Paquete de procedimientos de infracción de julio: principales decisiones, 2020 https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/INF_20_1212 .

Consejo de Europa: Comité de Ministros, CM/Del/Dec(2018)1331/H46-19: H46-19 Bąk (solicitud n.º 7870/04), Majewski (solicitud n.º 52690/99), Rutkowski y otros (solicitud n.º 72287/10) y Jan Załuska, Marianna Rogalska y otras 398 solicitudes (solicitud n.º 53491/10) contra Polonia. https://search.coe.int/cm/Pages/result_details.aspx?ObjectID=09000016808fde36 .

Consejo de Europa: Comité de Ministros: Recommendation CM/Rec(2010)12 of the Committee of Ministers to member states on judges: independence, efficiency and responsibilities, 2010.

Consejo de Europa: Comité de Ministros: Recommendation CM/Rec(2016)4 on the protection of journalism and safety of journalists and other media actors, 2016.

Consejo de Europa: Comisión de Venecia: Poland - Opinion on the Act on the Constitutional Tribunal, CDL AD(2016)026-e, 2016.

Consejo de Europa: Comisión de Venecia: Opinion on the Act on the Public Prosecutor's office, as amended, CDL-AD(2017)028, 2017.

Consejo de Europa: Comisión de Venecia: Parameters on the Relationship between the Parliamentary Majority and the Opposition in a Democracy: a checklist, CDL-AD(2017)031, 2017

Consejo de Europa: Comisión de Venecia: Checklist de 24 de junio de 2019, CDL-AD(2019)015, 2019.

Consejo de Europa: Comisión de Venecia: Polonia - Joint Urgent Opinion of the Venice Commission and the Directorate General of Human Rights and Rule of Law (DGI) of the Council of Europe on amendments to the Law on the Common courts, the Law on the Supreme Court and some other Laws, CDL-AD(2020)017, 2020.

Consejo de Europa: Comisario para los Derechos Humanos: Declaración de 8 de agosto de 2020, 2020. https://twitter.com/CommissionerHR/status/1292007235447656448?s=20 .

Consejo de la Unión Europea: Recomendación del Consejo, de 20 de julio de 2020, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Polonia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2020 de Polonia, 2020.    
https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-8440-2020-INIT/es/pdf .

Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción: Grupo de Examen de la Aplicación (ciclo 1), 2015.

Defensor del Pueblo: Declaración presentada al Ministerio de Justicia el 9 de octubre de 2018, 2018 https://www.rpo.gov.pl/pl/content/ms-%E2%80%9Ezamrozilo%E2%80%9D-etaty-s%C4%99dziowskie-procesy-przed%C5%82uzaja-sie-kolejne-wyst%C4%85pienie-rpo-do-zbigniewa-ziobry .

Defensor del Pueblo: Comunicado sobre el caso del fiscal Krasoń y su adscripción sin su consentimiento, 2019  https://www.rpo.gov.pl/pl/content/rpo-pyta-o-uzasadnienie-naglego-przeniesienia-prokuratora-krasonia .

Defensor del Pueblo: Comunicado relativo a la no aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo relativa a la divulgación de la lista de jueces que apoyan a los candidatos a jueces al Consejo Nacional del Poder Judicial, 2019. https://www.rpo.gov.pl/pl/content/rpo-dlaczego-kancelaria-sejmu-nie-wykonuje-wyroku-nsa-ws-list-poparcia-do-krs .

Defensor del Pueblo: (Solicitud de recusación de un juez del Tribunal Constitucional, 2019.      https://www.rpo.gov.pl/pl/content/rpo-mozna-wnosic-o-wylaczenie-sedziego-z-powodu-jego-wadliwego-powolania .

Defensor del Pueblo: Comunicado relativo a la no ejecución de la sentencia del Tribunal Constitucional de 13 de diciembre de 2016, 2020. https://www.rpo.gov.pl/pl/content/rpo-krrit-nie-upomina-sie-o-wykonanie-wyroku-tk-z-2016-ws-malej-ustawy-medialnej .

Defensor del Pueblo: Información sobre las actividades del Defensor del Pueblo en 2019, 2020.      https://www.rpo.gov.pl/pl/content/informacja-roczna-rpo-2019 .

Defensor del Pueblo: Carta al Ministerio de Justicia de 9 de junio de 2020, 2020.      https://www.rpo.gov.pl/pl/content/koronawirus-rpo-elektronizacja-wymiaru-sprawiedliwosci-niezbedna .

Defensor del Pueblo: Carta abierta al presidente de la República y al presidente primero del Tribunal Supremo, 2020. https://www.rpo.gov.pl/pl/content/rpo-do-premiera-i-sn-ws-kontyunowania-dzialan-izby-dysycyplinarnej-mimo-decyzji-tsue .

Defensor del Pueblo: Dictamen de 7 de enero de 2020 sobre la Ley de 20 de diciembre de 2019 por la que se modifica la Ley sobre la organización de los tribunales ordinarios y otras leyes, 2020.

Defensor del Pueblo: Declaración de 8 de enero de 2020 sobre la situación de las ONG en Polonia, 2020 https://www.rpo.gov.pl/pl/content/rpo-o-wyzwaniach-dla-ngos .

DoRzeczy: Sejmowa awantura o Bodnara. “Antypolski rzecznik”, “to jest kryminał”, 2019      https://pinkosz.dorzeczy.pl/kraj/113540/sejmowa-awantura-o-bodnara-antypolski-rzecznik-to-jest-kryminal.html .

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Fundación Batory: Pogłębiający się kryzys w Polsce – Kiedy w Europie umiera praworządność, 2019 https://www.batory.org.pl/upload/files/Programy%20operacyjne/Forum%20Idei/Poglebiajacy%20sie%20kryzys%20w%20Polsce.pdf .

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Prawo.pl: Finansowe zachęty mają motywować do korzystania z mediacji, 2019. https://www.prawo.pl/prawnicy-sady/mediacja-ministerstwo-sprawiedliwosci-pracuje-nad-zmianami,496489.html .

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Press.pl: CBOS: dla większości badanych media nie są bezstronne, najgorzej wypada TVP, 2019. https://www.press.pl/tresc/57412,cbos_-dla-wiekszosci-badanych-media-nie-sa-bezstronne_-najgorzej-wypada-tvp .

Red Europea de Consejos del Poder Judicial: The position paper of the Board of the ENCJ on the membership of the National Council for the Judiciary of Poland, 2018 https://pgwrk-websitemedia.s3.eu-west-1.amazonaws.com/production/pwk-web-encj2017-p/News/ENCJ%20Board%20position%20paper%20on%20KRS%20Poland.pdf .

Red Europea de Consejos del Poder Judicial: The Position Paper on the Membership of the KRS of the ENCJ setting out the reasons for its proposal to the General Assembly to expel the KRS from the Association, 2020 https://www.encj.eu/node/556 .

Reporteros Sin Fronteras: Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa https://rsf.org/es/clasificacion .

Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2020, sobre las audiencias en curso en virtud del artículo 7, apartado 1, del TUE relativas a Polonia y Hungría.

Resolución del Parlamento Europeo, de 1 de marzo de 2018, sobre la decisión de la Comisión de activar el artículo 7, apartado 1, del TUE en relación con la situación en Polonia.

Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de noviembre de 2017, sobre la situación del Estado de Derecho y de la democracia en Polonia.

Reuters: «Poland to propose limits on foreign media soon, Kaczynski says», 2019. https://www.reuters.com/article/us-poland-media/poland-to-propose-limits-on-foreign-media-soon-kaczynski-says-idUSKCN24K0O1 .

Sejm: Comunicado oficial del Sejm publicado el 7 de julio de 2016, 2016.      http://www.sejm.gov.pl/Sejm8.nsf/komunikat.xsp?documentId=D49AF4B1166B6550C1257FE100489A92 .

Tribunal Constitucional: Carta abierta dirigida al juez que ejerce en el Tribunal Constitucional, 2018 https://tvn24.pl/polska/list-sedziow-trybunalu-konstytucyjnego-do-julii-przylebskiej-ra851319-2389711 .

Tribunal Constitucional: Carta abierta dirigida al juez que ejerce en el Tribunal Constitucional, 2018 https://oko.press/images/2018/12/List-Se%CC%A8dzio%CC%81w-TK_5.12.2018-r..pdf .

Tribunal Constitucional: Carta abierta firmada por cinco jueces del Tribunal Constitucional, 2018 https://archiwumosiatynskiego.pl/wpis-w-debacie/list-pieciorga-sedziow-tk-w-sprawie-istotnych-problemow-wynikajacych-z-dzialalnosci-orzecznictwa-trybunalu-konstytucyjnego-w-2017-roku/ .

Tribunal Constitucional: Carta abierta de una persona nombrada para un puesto ya ocupado del juez del Tribunal Constitucional dirigida al juez que ejerce en el Tribunal Constitucional, 2019 https://tvn24.pl/polska/sedzia-tk-jaroslaw-wyrembak-stawia-zarzuty-prezes-julii-przylebskiej-apeluje-o-dymisje-ra986349-2299314 .

Tribunal Constitucional: Carta abierta firmada por dos jueces jubilados del Tribunal Constitucional, 2019      http://monitorkonstytucyjny.eu/archiwa/11447 .

Tribunal Constitucional: Declaración abierta de un grupo de antiguos jueces del Tribunal Constitucional, 2020      https://wiadomosci.onet.pl/kraj/oswiadczenie-sedziow-trybunalu-konstytucyjnego-w-stanie-spoczynku/0w4enjq .

Tribunal Constitucional: sentencia de 13 de diciembre de 2016 en el asunto K 13/16.

Tribunal Constitucional: sentencia de 4 de marzo de 2020 en el asunto P 22/19.

Tribunal Constitucional: sentencia de 25 de marzo de 2019 en el asunto K 12/18.

Tribunal Constitucional: sentencia de 20 de abril de 2020 en el asunto U 2/20.

Tribunal Constitucional: sentencia de 21 de abril de 2020 en el asunto Kpt 1/20.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea: sentencia de 24 de junio de 2019, Comisión/Polonia, C-619/18.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea: sentencia de 5 de noviembre de 2019, Comisión/Polonia, C-192/18.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea: sentencia de 19 de noviembre de 2019, A.K., C‑585/18, C‑624/18 y C‑625/18.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea: sentencia de 26 de marzo de 2020, Miasto Łowicz y otros, C‑558/18 y C‑563/18.

Tribunal Supremo: Dictamen del Tribunal Supremo de 16 de diciembre de 2019 y de 23 de diciembre de 2019 sobre la Ley de 20 de diciembre de 2019 por la que se modifica la Ley sobre la organización de los tribunales ordinarios y otras leyes, 2019.

Tribunal Supremo: Resolución conjunta de las tres Salas del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2020, 2020. http://www.sn.pl/aktualnosci/SitePages/Wydarzenia.aspx?ItemSID=602-0dc69815-3ade-42fa-bbb8-549c3c6969c5&ListName=Wydarzenia .

Tribunal Supremo: Carta del presidente primero en funciones del Tribunal Supremo por la que presenta a cinco candidatos al presidente de la República2020.      http://www.sn.pl/aktualnosci/SiteAssets/Lists/Wydarzenia/AllItems/Pismo%20do%20Prezydenta%20RP%20-%20lista%20kandydat%C3%B3w%20na%20stanowisko%20Pierwszego%20Prezesa%20SN.pdf .

Tribunal Supremo: Declaración de cincuenta jueces del Tribunal Supremo nombrados ante el Tribunal antes de la reforma judicial, 2020 http://www.sn.pl/aktualnosci/SitePages/Wydarzenia.aspx?ItemSID=666-0dc69815-3ade-42fa-bbb8-549c3c6969c5&ListName=Wydarzenia .

Tribunal Supremo: Declaración del presidente primero de Tribunal Supremo presentada en el contexto de un caso que impugnaba la constitucionalidad de una resolución del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2020, que aplicaba la decisión prejudicial del Tribunal de Justicia de 19 de noviembre de 2019 en el asunto AK C-585/18, 2020. https://ipo.trybunal.gov.pl/ipo/dok?dok=F880008732%2FKpt_1_20_SN_2020_02_28_ADO.pdf .

Tribunal Supremo: Declaración del presidente de la Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo, a raíz de la resolución de medidas provisionales, 2020. http://www.sn.pl/aktualnosci/SitePages/Wydarzenia.aspx?ItemSID=625-0dc69815-3ade-42fa-bbb8-549c3c6969c5&ListName=Wydarzenia .

Tribunal Supremo: sentencia de 5 de diciembre de 2019 en el asunto III PO 7/18.

Tribunal Supremo: decisión de 15 de enero de 2020 en el asunto III PO 8/18.

Tribunal Supremo: decisión de 15 de enero de 2020 en el asunto III PO 9/18.

Tribunal Supremo, decisión de 25 de junio de 2020 en el asunto I KZP 1/20.

Visita virtual a Polonia en el marco de la redacción del Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.

Wirtualne Media: Lichocka: jesienią Sejm zajmie się dekoncentracją mediów. Czarnecki: trzeba będzie odkupywać je od Niemców, 2020 https://www.wirtualnemedia.pl/artykul/lichocka-jesienia-sejm-zajmie-sie-dekoncentracja-mediow-czarnecki-trzeba-bedzie-odkupywac-je-od-niemcow .

Wprost: Krytyka TVP po material o synu Bodnara. ”14-latek groził nożem rówieśnikom”, 2019 https://www.wprost.pl/kraj/10227621/krytyka-tvp-po-materiale-o-synu-bodnara-14-latek-grozil-nozem-rowiesnikom.html .



Anexo II: Visita a Polonia

Los servicios de la Comisión celebraron reuniones virtuales en junio y julio de 2020 con:

·Asociación de Periodistas (Towarzystwa Dziennikarskiego)

·Asociación de Periodistas polacos (Stowarzyszenie Dziennikarzy Polskich)

·Asociaciones de jueces Iustitia y Themis

·Asociación de emisoras de televisión locales y regionales polacas

·Asociación de fiscales Lex Super Omnia

·Fundación Batory

·Cámara de Editores de Prensa

·Foro de Desarrollo Civil

·Tribunal Constitucional

·Tribunales Libres

·Fundación Helsinki de Derechos Humanos

·Club Jagiellonian

·Asociación de periódicos locales

·Ministerio de Justicia

·Consejo Nacional del Poder Judicial

·Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión

·Consejo Nacional de Medios de Comunicación

·Oficina del Defensor del Pueblo

·Asociación de Medios de Comunicación de Polonia

·Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo

·Tribunal Supremo

* La Comisión también se reunió con las siguientes organizaciones en varias reuniones transversales:

·Amnistía Internacional

·Civil Liberties Union for Europe

·Civil Society Europe

·Conferencia de Iglesias Europeas

·EuroCommerce

·European Center for Not-for-Profit Law

·Centro Europeo para la Libertad de Prensa y los Medios de Comunicación

·Foro Cívico Europeo

·Free Press Unlimited

·Front Line Defenders

·ILGA-Europe

·Comisión Internacional de Juristas

·Federación internacional por los derechos humanos

·Instituto Internacional de la Prensa

·Plataforma de Aprendizaje Permanente

·Open Society Justice Initiative/Open Society European Policy Institute

·Reporteros Sin Fronteras

·Transparencia Internacional UE

(1)      El Tribunal Supremo también supervisa los tribunales militares.
(2)      Comisión IP/17/5367.
(3)      Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2020, sobre las audiencias en curso en virtud del artículo 7, apartado 1, del TUE relativas a Polonia y Hungría; Resolución de 1 de marzo de 2018 sobre la decisión de la Comisión de activar el artículo 7, apartado 1, del TUE en relación con la situación en Polonia; Resolución de 15 de noviembre de 2017 sobre la situación del Estado de Derecho y de la democracia en Polonia.
(4)      En dos asuntos, el Tribunal de Justicia constató una infracción (C-192/18 y C-619/18). El asunto C-719/19 está pendiente, mientras que el 29 de abril de 2020 se inició un cuarto procedimiento.
(5)      Recomendación del Consejo, de 20 de julio de 2020, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Polonia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia para 2020 de Polonia (DO C 282/21 de 20.5.2020, p. 15); véase asimismo el Informe de la Comisión Europea sobre Polonia de 2020, [SWD(2020) 520 final, pp. 6 y 36].
(6)      Gráficos 44-47, Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020. El nivel de independencia judicial percibida se clasifica de la siguiente manera: muy bajo (menos del 30 % de los encuestados perciben la independencia judicial como bastante buena o muy buena); bajo (entre el 30 y el 39 %), medio (entre el 40 y el 59 %), alto (entre el 60 y el 75 %), muy alto (por encima del 75 %).
(7)      Gráficos 45 y 47, Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020.
(8)      Entre ellos figuraban funcionarios del Ministerio de Justicia. Se informó de que estaban involucrados algunos miembros del Consejo Nacional del Poder Judicial formado recientemente. Véase Onet.pl (2019) Onet’s investigation. The farm of trolls in the Ministry of Justice, that is ‘we will not put you down for doing good’’. Declaraciones de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (2020), apartado 11; según las organizaciones no gubernamentales (ONG), las campañas de difamación contra jueces comenzaron ya en 2017 (informe de la Fundación Helsinki para los Derechos Humanos de 2017; informe de Amnistía Internacional de 2019).
(9)      Si bien dimitió un viceministro de Justicia supuestamente implicado en la campaña, otros negaron las acusaciones. Véase el informe de la asociación de jueces Iustitia de 4 de noviembre de 2019 [Iustitia Trimestre 3(37)2019)]. Declaración de la Fundación Helsinki de Derechos Humanos de 20 de agosto de 2019.
(10)      Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 24 de junio de 2019, Comisión/Polonia, C-619/18; y de 5 de noviembre de 2019, Comisión/Polonia, C-192/18.
(11)      Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 24 de junio de 2019, Comisión/Polonia, C-619/18. Las autoridades polacas ya habían adoptado una modificación legislativa para eliminar las disposiciones en cuestión.
(12)      Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 5 de noviembre de 2019, Comisión/Polonia, C-192/18. Las autoridades polacas ya habían adoptado una modificación legislativa para eliminar la diferencia en la edad de jubilación obligatoria de los jueces varones y mujeres, y modificaron el régimen de prórroga del servicio activo de los jueces de los tribunales ordinarios (véase más adelante).
(13)      Véanse la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de noviembre de 2019, A.K., C‑585/18, C‑624/18 y C‑625/18, y la sentencia de 26 de marzo de 2020, Miasto Łowicz y otros, C-558/18 y C-563/18, en las que el Tribunal declaró inadmisibles las dos peticiones.
(14)      Véanse los apartados 92 a 113 de la Propuesta motivada de Decisión del Consejo relativa a la constatación de un riesgo claro de violación grave del Estado de Derecho por parte de la República de Polonia [COM/2017/0835 final - 2017/0360 (NLE)]. También se han planteado cuestiones relativas a la composición del Tribunal ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos; asunto Xero Flor/Polonia (n.º 4907/18) comunicado el 2 de septiembre de 2019.
(15)      Información del Defensor del Pueblo sobre las actividades de su oficina en 2019; solicitud del Defensor del Pueblo, de 22 de noviembre de 2019, para recusar a un juez del Tribunal Constitucional; declaración del Tribunal Supremo, de 28 de febrero de 2020.
(16)      Dictámenes de la Comisión de Venecia CDL-AD(2020)017; CDL-AD(2017)031; CDL AD(2016)026.
(17)      En cartas abiertas, los jueces del Tribunal Constitucional expresaron su preocupación por el funcionamiento del Tribunal alegando en particular la mala gestión de los asuntos por parte de su presidente y la recomposición ilegal de las salas ya designadas (véase el índice como referencia); Informe de 2017 del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados resultante de su misión a Polonia; declaración de 2018 de la fundación Batory; informe de 2018 de la Fundación Helsinki.
(18)      El asunto se refería a la constitucionalidad de la resolución del Tribunal Supremo, de 23 de enero de 2020, sobre nombramientos judiciales, en la que el Tribunal Supremo indicaba que había aplicado la decisión prejudicial del Tribunal de Justicia de 19 de noviembre de 2019 en el asunto C-585/18. El primer ministro presentó una solicitud el 24 de febrero de 2020 y la sentencia se dictó el 20 de abril de 2020 (asunto U 2/20).
(19)      El asunto se refería a la posibilidad de que el Tribunal Supremo emitiera la resolución de 23 de enero de 2020. La presidenta del Sejm presentó previamente una solicitud el 22 de enero de 2020 y la sentencia se dictó el 21 de abril de 2020 (asunto Kpt 1/20).
(20)      El asunto sobre la constitucionalidad de la nueva composición del Consejo Nacional del Poder Judicial se incoó el 27 de noviembre de 2018 y el Tribunal Constitucional dictó sentencia el 25 de marzo de 2019 (asunto K 12/18).
(21)      El 13 de diciembre de 2019, la Sala Disciplinaria remitió al Tribunal Constitucional una pregunta sobre la posibilidad de recusar a un juez nombrado a petición del Consejo Nacional del Poder Judicial en su nueva composición, y el 4 de marzo de 2020 se dictó sentencia (asunto P 22/19).
(22)      Véanse los asuntos K 7/18 e I DO 16/19, actualmente pendientes.
(23)      De conformidad con la Constitución, el Consejo Nacional del Poder Judicial está integrado por miembros ex officio (el presidente primero del Tribunal Supremo, el ministro de Justicia, el presidente del Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo y un representante del presidente de la República) y por miembros elegidos (cuatro miembros elegidos por el Sejm entre sus diputados, dos miembros elegidos por el Senado entre sus senadores y quince jueces elegidos entre jueces). La duración del mandato de los miembros elegidos es de cuatro años.
(24)      La Recomendación de 2010 del Comité de Ministros del Consejo de Europa recomienda que, cuando se establezca un consejo para el poder judicial, «no menos de la mitad de los miembros deben ser jueces elegidos por sus homólogos de todos los niveles del poder judicial y con respeto al pluralismo dentro del poder judicial» [Recomendación CM/Rec(2010)12 del Comité de Ministros, párr. 27].
(25)      Véanse los apartados 137 a 145 de la Propuesta motivada. También han manifestado preocupaciones similares la Comisión de Venecia [dictamen (CDL-AD(2017)031] y el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) en la segunda adición de 2019 al segundo Informe sobre el cumplimiento, apartado 65. Se han presentado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos los asuntos relativos al despido prematuro de los anteriores jueces miembros del Consejo Nacional del Poder Judicial y su nueva composición: solicitudes n.º 39650/18 Żurek/Polonia (comunicado el 14 de mayo de 2020), 43572/18 Grzęda/Polonia (comunicado el 9 de julio de 2019), 43447/19, 49868/19 y 57511/19 Reczkowicz y otros dos / Polonia (comunicado el 5 de junio de 2020).
(26)      Sentencia de 25 de marzo de 2019 en el asunto K 12/18.
(27)      Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de noviembre de 2019, A.K., C‑585/18, C‑624/18 y C‑625/18, apartados 137 a 145. El Tribunal también declaró que «el órgano jurisdiccional remitente tendrá que apreciar, tomando en consideración los motivos u objetivos específicos que en su caso se aleguen ante él para tratar de justificar algunas de las medidas en cuestión, si la combinación de los aspectos que se mencionan en los apartados 143 a 151 de la presente sentencia y de cualesquiera otras circunstancias pertinentes debidamente acreditadas de que pudiera tener conocimiento puede suscitar dudas legítimas en el ánimo de los justiciables en cuanto a la impermeabilidad de la Sala Disciplinaria frente a elementos externos, en particular frente a influencias directas o indirectas de los poderes Legislativo y Ejecutivo, y en cuanto a su neutralidad con respecto a los intereses en litigio, y por lo tanto puede dar lugar a una falta de apariencia de independencia o de imparcialidad de dicha sala susceptible de menoscabar la confianza que la Administración de Justicia debe inspirar en los justiciables en una sociedad democrática» (apartado 153).
(28)      La resolución de tres Salas del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2020; esta resolución es vinculante para el Tribunal Supremo.
(29)      Ya en 2018, la Red Europea de Consejos del Poder Judicial suspendió la membresía del Consejo Nacional del Poder Judicial debido a las preocupaciones acerca de su independencia y, el 27 de mayo de 2020, el Consejo de la Red propuso expulsar al Consejo Nacional del Poder Judicial.
(30) Sentencias de 20 de abril de 2020 en el asunto U 2/20 y de 21 de abril de 2020 en el asunto KPT 1/20.
(31)      Por ejemplo, una decisión de la Sala de lo Penal de 25 de junio de 2020 en el asunto I KZP 1/20.
(32)      El 4 de mayo de 2020, el presidente de la República hizo seis nombramientos para el Tribunal Supremo (incluidos tres miembros de la Sala Disciplinaria). El 27 de mayo de 2020, el presidente de la República nombró a setenta y siete nuevos jueces en todos los niveles del poder judicial ordinario y administrativo.
(33)      Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de noviembre de 2019, A.K., C‑585/18, C‑624/18 y C‑625/18.
(34)      En particular, la sentencia del Tribunal Supremo de 5 de diciembre de 2019 en el asunto III PO 7/18, y dos sentencias de 15 de enero de 2020 en los asuntos III PO 8/18 y III PO 9/18.
(35)      Esta facultad incluye el examen de las mociones para recusar a jueces de los asuntos en caso de dudas sobre su independencia o imparcialidad. Esas decisiones están inmunizadas de hecho para que no sean cambiadas por otras Salas del Tribunal Supremo. Esto fue criticado explícitamente por la Comisión de Venecia, en su dictamen CDL-AD(2020)017), apartado 40, en el que se recuerda que tales mociones, basadas en la participación del nuevo Consejo Nacional del Poder Judicial en el procedimiento de nombramiento judicial, serán emitidas por jueces nombrados de la misma manera.
(36)      En este procedimiento por incumplimiento, la Comisión considera que esta Ley impide que los órganos jurisdiccionales polacos cumplan su obligación de aplicar el Derecho de la UE o de solicitar decisiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
(37)      Véanse Comisión de Venecia [dictamen CDL-AD(2020)17]; OSCE-OIDDH [Urgent Interim Opinion JUD-POL/365/2019(AlC)]; Informe del Defensor del Pueblo de 7 de enero de 2020; dictámenes del Tribunal Supremo de 16 y 23 de diciembre de 2019. Cabe señalar que los asuntos relativos a la independencia de las dos nuevas Salas se han presentado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Véanse las solicitudes n.º 43447/19, 49868/19 y 57511/19 Reczkowicz y otros dos / Polonia (comunicadas el 5 de junio de 2020).
(38)      Ley de 20 de diciembre de 2019 por la que se modifica la Ley de organización de los tribunales ordinarios y otras leyes. Este cambio también fue criticado por la Comisión de Venecia en su dictamen de 16 de enero de 2020 [CDL-AD(2020)017], apartados 51 a 55.
(39)      La Ley de 20 de diciembre de 2019 prevé un proceso de selección de tres niveles, que otorga al presidente de la República el derecho a invalidar un procedimiento de selección si se considera que incumple la ley (sin establecer ningún criterio al respecto). Si la Asamblea General del Tribunal Supremo no hubiera elegido candidatos una vez terminado el mandato del presidente primero en ejercicio, el presidente de la República podrá nombrar a una persona entre los jueces del Tribunal Supremo como presidente primero en funciones, que volverá a convocar a la Asamblea General para que el presidente de la República designe a un candidato para el cargo de presidente primero.
(40)      La Ley aumentó el quórum en la Asamblea General del Tribunal Supremo necesario para seleccionar una lista de cinco candidatos para el cargo de presidente primero del Tribunal Supremo: en la primera fase, ochenta y cuatro jueces del Tribunal Supremo deben participar en la Asamblea. Si no se alcanza este número, se necesita la presencia de un mínimo de setenta y cinco jueces. Si no se alcanza de nuevo este número de jueces, la próxima Asamblea, integrada por al menos treinta y dos jueces del Tribunal Supremo, podría seleccionar cinco candidatos.
(41)      Esta resolución ha sido impugnada por el Tribunal Constitucional (véase el apartado sobre el Consejo Nacional del Poder Judicial más arriba).
(42)      En una declaración de 23 de mayo de 2020, una mayoría (cincuenta) de jueces del Tribunal Supremo, nombrados ante el órgano jurisdiccional antes de la reforma judicial, señaló al procedimiento como inconstitucional.
(43)      Véase el apartado sobre el Consejo Nacional del Poder Judicial más arriba.
(44)      Ley de 8 de diciembre de 2017 sobre el Tribunal Supremo, que entró en vigor el 3 de abril de 2018. Para una visión general del nuevo régimen disciplinario, véase el comunicado de prensa de la Comisión de 10 de octubre de 2019 (IP/19/6033).
(45)      Véase el apartado sobre el Consejo Nacional del Poder Judicial más arriba.
(46)      Asunto C-791/19, pendiente. Un régimen disciplinario puede utilizarse como sistema de control político del contenido de las resoluciones judiciales violando los requisitos de independencia judicial establecidos por el Tribunal de Justicia (véase el asunto C-216/18 PPU, LM, de 25 de julio de 2018, apartado 67).
(47)      En 2019, se tomaron medidas contra jueces que, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de 19 de noviembre de 2019, cuestionaron públicamente la legitimidad del Consejo Nacional del Poder Judicial y la validez de los nombramientos judiciales realizados a petición de este. Para obtener una visión general de las investigaciones y procedimientos disciplinarios pendientes, véase, por ejemplo, el informe de la Fundación Helsinki para los Derechos Humanos The Time of Trial. How do changes in justice system affect Polish judges?, de 24 de julio de 2019; La declaración de la Fundación Batory de 2019 Pogłębiający się kryzys w Polsce. – Kiedy w Europie umiera praworządność.
(48)    Auto de la Gran Sala de 8 de abril de 2020 en el asunto C-791/19 R. Con vistas a aplicar el auto, el 5 de mayo de 2020 el presidente primero del Tribunal Supremo en funciones adoptó el Reglamento n.º 55/2020 y el presidente de la Sala Disciplinaria adoptó el Reglamento n.º 21/2020.
(49)      La pregunta se centra en la evaluación sobre si la Constitución de la República de Polonia cumple con las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en lo que respecta al alcance de la obligación de un Estado miembro de aplicar medidas provisionales concedidas por el Tribunal de Justicia en asuntos relativos al sistema y el funcionamiento de los órganos judiciales constitucionales (expediente ref. n.º P7/20).
(50)      Comunicado de prensa de la Comisión de 29 de abril de 2020 (IP/20/772).
(51)      Por ejemplo, el 17 de febrero de 2020, el Tribunal Regional Superior de Karlsruhe suspendió la ejecución de una orden de detención europea en relación con un ciudadano polaco, lo que suscita preocupación sobre la posibilidad de garantizar su derecho a un juicio justo. Véase: OLG Karlsruhe, orden de 17 de febrero de 2020 – Aktenzeichen Ausl 301 AR 156/19. El 31 de julio de 2020, el Tribunal de Ámsterdam presentó una solicitud de decisión prejudicial en el contexto de la ejecución de una orden de detención europea dictada contra un ciudadano polaco, solicitando aclaraciones sobre sus obligaciones en virtud del Derecho de la UE, a la luz de los recientes cambios en el sistema judicial polaco. Véase: Rechtbank Amsterdam, orden de 31 de julio de 2020 – ECLI:NL:RBAMS:2020:3776 y asunto C-354/20 PPU.
(52)      Comunicado de prensa de la Comisión de 29 de abril de 2020 (IP/20/772).
(53)      Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 5 de noviembre de 2019, Comisión/Polonia, C-192/18.
(54)      Véase el comunicado de prensa de la Comisión IP/20/772.
(55)      Véase Comisión de Venecia [dictamen CDL-AD(2020)017]; OSCE-OIDDH [Urgent Interim Opinion JUD-POL/365/2019(AlC)]; Informe del Defensor del Pueblo de 7 de enero de 2020; dictámenes del Tribunal Supremo de 16 y 23 de diciembre de 2019.
(56)      De agosto de 2017 a febrero de 2018, el ministro de Justicia tenía la facultad discrecional de destituir y nombrar a los presidentes de los tribunales ordinarios; Véanse los apartados 151 a 162 de la Propuesta motivada.
(57)      Solicitudes n.º 26691/18 Broda/Polonia y n.º 27367/18 Bojara/Polonia (comunicadas el 2 de septiembre de 2019).
(58)      Las instrucciones se utilizan en asuntos políticamente delicados en los que los fiscales se someten a procedimientos disciplinarios; véase la resolución de la Asociación Lex Super Omnia de 26 de abril de 2020. Por otra parte, los medios de comunicación declararon que no se informa de una serie de instrucciones individuales ni se ponen por escrito en casos sensibles (véase Gazeta Prawna 21 osobistych instrukcji Zbigniewa Ziobry dla prokuratorów. Nie oznacza to, że nieformalnych nacisków w ogóle nie ma. de 2018; Gazeta Wyborcza Minister kontroli, nacisków i ręcznego sterowania. Zbigniew Ziobro dzieli i rządzi w resorcie sprawiedliwości. de 2019).
(59)      Por ejemplo, la investigación relativa a la Comisión de Supervisión Financiera. Véase también la nota a pie de página anterior.
(60)      Comisión de Venecia [dictamen CDL-AD(2017)028]; véanse también las declaraciones de la asociación de fiscales Lex Super Omnia de 26 de abril y 3 de junio de 2020.
(61)      Comunicado del Defensor del Pueblo polaco sobre el caso del fiscal Krasoń de 2019.
(62)      Gráfico 33, Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020.
(63)      Declaración del Defensor del Pueblo polaco de 9 de octubre de 2018 presentada al Ministerio de Justicia.
(64)      Prawo.pl Wakaty uderzają w sądy…najbardziej okręgowe de 2019.
(65)      Gráfico 22, Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020.
(66)      Actualmente existen las siguientes posibilidades: recoger pruebas con el uso de dispositivos técnicos que permitan realizar esta actividad de forma remota; reproducir el vídeo y el sonido grabados en la audiencia; preparar las actas de una audiencia o una sesión judicial utilizando un dispositivo de grabación de audio o vídeo; compartir el contenido de las actas y cartas en formato electrónico a través del sistema TIC de apoyo a los procedimientos judiciales u otro sistema de teleinformación utilizado para ponerlas a disposición de las partes y participantes en los procedimientos y tener la posibilidad de obtener sonido o imagen y sonido grabados de los expedientes; admisión de pruebas electrónicas; procedimientos electrónicos de pago; y hacer entregas a través del sistema TIC.
(67)      Declaración de 9 de mayo de 2020 de la asociación de jueces Iustitia.
(68)      Carta del Defensor del Pueblo de 9 de junio de 2020 presentada al Ministerio de Justicia.
(69)      La resolución del Colegio de Abogados (2020), de 12 de marzo de 2020 (n.º 155/20) con apéndice.
(70)      Prawo.pl (2019) Finansowe zachęty mają motywować do korzystania z mediacji. Polonia también está organizando una amplia gama de actividades para fomentar el uso de la mediación (gráfico 20, Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020).
(71)      La resolución del Consejo Nacional de Abogados n.º 61/2019. En particular, el Consejo Nacional de Abogados subraya que las modificaciones introducen un formalismo de procedimiento excesivo.
(72)      Gráficos 3, 7, 11 y 14, Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020. El número de nuevos asuntos civiles y mercantiles contenciosos siguió siendo elevado en los últimos años (gráfico 3, Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020.). Pese al aumento de los asuntos pendientes en primera instancia en los órdenes civil, mercantil y contencioso-administrativo, entre otros, en comparación con 2012, la tasa de resolución no disminuyó considerablemente en 2018 (gráficos 10 y 13, Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020).
(73)      Consejo de Europa CM/Del/Dec(2018)1331/H46-19: H46-19 Bąk (solicitud n.º 7870/04), Majewski (solicitud n.º 52690/99), Rutkowski y otros (solicitud n.º 72287/10) y Jan Załuska, Marianna Rogalska y otras 398 solicitudes (solicitud n.º 53491/10) contra Polonia.
(74)      Gráficos 8, 9 y 12, Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020.
(75)      Transparencia Internacional (2020), Índice de Percepción de la Corrupción de 2019.
(76)      Eurobarómetro especial n.º 502 (2020).
(77)      Edición Flash del Eurobarómetro n.º 482 (2019).
(78)      GRECO EU Anti Corruption Report 2014; GRECO Third Evaluation Round, Evaluation report, recomendación iii.
(79)      Las leyes pertinentes son las siguientes: Ley de 21 de agosto de 1997 sobre la restricción de la actividad empresarial por parte de personas que desempeñan funciones públicas; Ley de 6 de septiembre de 2001 sobre el acceso a la información pública; Ley de 7 de julio de 2005 sobre actividades de los grupos de presión en la formulación de leyes; y Ley de 21 de agosto de 1997 sobre la restricción de la actividad empresarial por parte de personas que desempeñan funciones públicas.
(80)      Entre ellas figuran la Ley sobre la función pública de 21 de noviembre de 2008, la Ley de empleados de las oficinas gubernamentales de 16 de septiembre de 1982 y la Ley de contratación pública de 29 de enero de 2004.
(81)      GRECO Fifth Evaluation Round– Evaluation report.
(82)      GRECO The Second Addendum to the Second Compliance Report, apartado 27.
(83) El Tribunal Constitucional consideró que las modificaciones del Código Penal se aprobaban siguiendo un procedimiento que no se ajustaba a las normas internas del Sejm, responsable del poder legislativo.
(84) La Ley de 13 de junio de 2019 por la que se modifica el Código Penal y otras leyes, fue enviada por el presidente al Tribunal Constitucional el 28 de junio de 2019 en el marco del control constitucional preventivo.
(85) GRECO Fifth Evaluation Round - Evaluation report, recomendación xii, apartado 87.
(86) Establecidas por la Ley de la Oficina Central Anticorrupción de 9 de junio de 2006.
(87) La Oficina Central Anticorrupción es una oficina de la administración gubernamental cuyo director es a su vez una autoridad central de esa administración. El director es nombrado por el primer ministro por un período de cuatro años renovable una vez y supervisado por él a través del ministro designado específicamente como Coordinador de los Servicios Especiales. GRECO Fifth Evaluation Round – Evaluation report, apartado 34.
(88) GRECO Fifth Evaluation Round – Evaluation report, apartado 78.
(89) GRECO Fifth Evaluation Round – Evaluation report, recomendaciones i, ii, iii y ix.
(90) Véase la nota a pie de página n.º 77.
(91) GRECO Fifth Evaluation Round – Evaluation report, apartado 53.
(92) Informe Anual de la Oficina Central Anticorrupción de 2019.
(93)      GRECO Fifth Evaluation Round– Evaluation report, apartados 66 a 72.
(94)      Oficina Central Anticorrupción, Informe Anual 2019, pp. 23, 25 y 28.
(95) GRECO Fifth Evaluation Round– Evaluation report, recomendaciones x y xi, apartados 72 y 78.
(96) Programa gubernamental de lucha contra la corrupción para 2018-2020.
(97) GRECO Fourth Evaluation Round – Evaluation report, recomendación i. En el apartado 11 de la segunda adición al segundo Informe sobre el Cumplimiento se indica que esta recomendación aún no se ha aplicado.
(98) GRECO Fifth Evaluation Round– Evaluation report, recomendación vi, apartado 44.
(99) GRECO Fifth Evaluation Round– Evaluation report, recomendación viii, apartado 65.
(100) Grupo de Examen de la Aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (ciclo 1) (2015) y el Informe de seguimiento de la fase 3 y recomendaciones en Polonia de la OCDE.
(101) Ley de 29 de diciembre de 1992 de radiodifusión.
(102) Artículo 54 de la Constitución.
(103) Artículo 61 de la Constitución.
(104) Entre 2019 y 2020, Polonia descendió tres puestos en la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa elaborada por Reporteros sin Fronteras, de modo que ahora ocupa el sexagésimo segundo puesto mundial.
(105) Artículos 213 a 215 de la Constitución.
(106) Directiva (UE) 2018/1808, de 14 de noviembre de 2018.
(107) Información recibida en el contexto de la visita a Polonia.
(108) En cuanto a la independencia de la Oficina de Comunicaciones Electrónicas, véase la sección IV.
(109) Declaración de los resultados preliminares y conclusiones Misión Especial de Evaluación Electoral de la OIDDH.
(110) Comunicado oficial del Sejm de 7 de julio de 2016.
(111)      Ibidem. De conformidad con la Ley del Consejo Nacional de Medios de Comunicación, el Consejo está integrado por cinco miembros, tres de ellos nombrados por el Sejm y dos por el presidente por un período de seis años. El presidente de la República de Polonia nombra a los miembros del Consejo entre los candidatos propuestos por los grupos parlamentarios más importantes de la oposición.
(112) Sentencia del Tribunal Constitucional de 13 de diciembre de 2016 en el asunto K 13/16.
(113) Comunicado del Defensor del Pueblo de 3 de febrero de 2020.
(114)  Media Pluralism Monitor 2020.
(115) Press.pl, «CBOS: dla większości badanych media nie są bezstronne, najgorzej wypada TVP» (como se menciona en el MPM 2020).
(116) Información recopilada durante la visita al país; MPM 2020, página 12.
(117) Reuters.com, «Polonia propondrá pronto límites a los medios de comunicación extranjeros, afirma Kaczynski». Más recientemente, un representante del partido del Gobierno que se ocupa de las cuestiones relacionadas con los medios de comunicación confirmó que el proyecto de ley se presentará en otoño (WirtualneMedia «Lichocka: jesienią Sejm zajmie się dekoncentracją mediów. Czarnecki: trzeba będzie odkupywać je od Niemców»).
(118) El mapeo de la despenalización de la difamación por parte de la CMPF.
(119) Según las autoridades polacas. Las autoridades polacas también especificaron que no existe responsabilidad penal si las alegaciones relativas a personas que ocupaban cargos públicos son ciertas y que en una gran mayoría de los casos se han impuesto sanciones financieras y penas de prisión solo en un porcentaje insignificante de casos.
(120) Información recibida en el contexto de la visita a Polonia.
(121) Con respecto a la seguridad de los periodistas, las alertas de 2020 se refieren a lo siguiente: 1) la demanda relativa a la protección de los derechos personales interpuesta contra el editor y los periodistas en relación con el contenido de un artículo de investigación; 2) las acusaciones a un fotoperiodista con respecto a la ruptura de las medidas de distanciamiento social, mientras estaba tomando fotos de la protesta contra el líder del partido gobernante; 3) la investigación penal contra una periodista alegando que «se distribuyeron de manera no autorizada mensajes de un juicio público antes de que fueran revelados en los procedimientos judiciales»; 4) el ataque de vandalismo contra la oficina editorial de una casa editorial en Varsovia; 5) sanciones administrativas de la radio pública a un periodista que se negó a difundir información discriminatoria.
(122) De conformidad con las recomendaciones del Consejo de Europa, un marco jurídico exhaustivo que permita a los periodistas y a otros actores de los medios de comunicación contribuir al debate público de forma eficaz y sin miedo [Recomendación CM/Rec(2016)4 del Comité de Ministros del Consejo de Europa].
(123) El Parlamento está compuesto por el Sejm (cámara baja) y el Senado (cámara alta).
(124) Contados desde el momento de la presentación de un proyecto de ley en el Parlamento hasta su aprobación definitiva por el Sejm; sobre la base de los datos disponibles en el sitio web del Sejm que indican los procedimientos legislativos en materia de leyes.
(125) Tal como se establece en los dictámenes del Tribunal Supremo (por ejemplo, dictámenes de 16 y 23 de diciembre de 2019).
(126) Dictámenes de la Comisión de Venecia CDL-AD(2020)017, apartado 18; CDL-AD(2016)026-e, apartados 21 y 22; OSCE-OIDDH [dictamen provisional urgente JUD-POL/365/2019(AlC)], apartado 30.
(127) La práctica de utilizar un procedimiento acelerado para la adopción de leyes que regulen aspectos importantes del orden jurídico o político suele ser disuadida por organismos como la Comisión de Venecia [véase Checklist (CDL-AD(2019)015), apartado 75].
(128) Reglamento del Ministro de Sanidad, de 20 de marzo de 2020, relativo a la introducción, dentro de las fronteras de la República de Polonia, del estado de epidemia. El estado de epidemia no tiene una duración prefijada y puede ser prolongado por el Gobierno.
(129) De conformidad de la Constitución, los derechos fundamentales solo pueden limitarse en caso de declaración de un estado de emergencia, que no ha sido declarado. Las elecciones presidenciales no tuvieron lugar como se habían planeado inicialmente. Véanse, por ejemplo, las declaraciones del Defensor del Pueblo sobre las medidas de lucha contra la pandemia de COVID-19: https://www.rpo.gov.pl/pl/kategoria-tematyczna/koronawirus-i-epidemia-w-polsce.
(130) Una de las medidas facultó al primer ministro a poner fin de forma arbitraria y prematura al mandato de cualquier miembro del Consejo de Diálogo Social. El 26 de mayo de 2020, el presidente de la República solicitó al Tribunal Constitucional declarara la inconstitucional la legislación en cuestión (asunto K 9/20; pendiente).
(131) El 2 de julio de 2020, la Comisión envió una carta de notificación formal a Polonia, alegando que la aplicación de determinadas disposiciones legales que podrían afectar a la independencia de la Autoridad Nacional de Regulación de Polonia y la Oficina de Comunicaciones Electrónicas, ha dado lugar a la pronta destitución de su presidente.
(132) Según la información proporcionada por el Defensor del Pueblo y el Tribunal Supremo. Cabe señalar que, según los datos proporcionados por el Tribunal Supremo, en abril había pendientes cuarenta y cinco recursos extraordinarios de ese tipo.
(133) Dictamen de la Comisión de Venecia CDL-AD(2017)031. Cabe señalar que el 11 de junio de 2020, el fiscal general interpuso un recurso extraordinario en un caso relativo a un juez y exportavoz del Consejo Nacional del Poder Judicial que ha criticado públicamente la reforma de la justicia.
(134) Dictamen de la Comisión de Venecia de 11 de diciembre de 2017 [CDL-AD(2017)031], apartados 53 a 63.
(135) Propuesta motivada, apartados 128 a 131.
(136) Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (2020).
(137) Declaración del Defensor del Pueblo de 8 de enero de 2020. Véase también OSCE-OIDDH, Directrices sobre la protección de los defensores de los derechos humanos, apartados 70 a 73.
(138) OSCE-OIDDH (2017), Opinion on the Draft Act of Poland on the National Freedom Institute, apartado 12. También se ha planteado preocupación por la concesión de subvenciones para la asistencia pospenitenciaria por el Fondo de Justicia administrado por el Ministerio de Justicia, Civil Space Watch (2019).
(139) CIVICUS Monitor – Tracking Civic Space; las clasificaciones se basan en una escala de cinco categorías que se definen como: abierto, reducido, obstruido, reprimido y cerrado.
(140) Comunicado de prensa del Ministerio de Medio Ambiente y del Ministerio de Justicia de 7 de agosto de 2020.
(141) El 2 de junio de 2020, los servicios de la Comisión Europea enviaron una carta a las autoridades polacas a este respecto.
(142) Declaración del 8 de agosto de 2020 del comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa.
(143) Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI), Subcomité de Acreditación (SCA), Informe de acreditación, noviembre de 2017.
(144) En 2019, el Defensor del Pueblo recibió 59 524 casos, de los cuales 27 113 eran nuevos. Además, 4 385 personas acudieron a la oficina del Defensor del Pueblo en persona, y 32 395 recibieron consejos y explicaciones individuales sobre su situación. Véase la declaración de actividades del Defensor del Pueblo en 2019.
(145) IEGE (2020), informe sobre Polonia. Las normas internacionales exigen un nivel adecuado de financiación; véanse los Principios de París de las Naciones Unidas: «2. La institución nacional dispondrá de una infraestructura apropiada para el buen desempeño de sus funciones, y en particular de créditos suficientes. Esos créditos deberán destinarse principalmente a la dotación de personal y locales propios, a fin de lograr la autonomía respecto del Estado y no estar sujeta a controles financieros que podrían limitar su independencia».
(146)      DoRzeczy Sejmowa awantura o Bodnara. Antypolski rzecznik, to jest kryminał de 2019; Wprost Krytyka TVP po materiale o synu Bodnara. 14-latek groził nożem rówieśnikom de 2019.