Sector o subsector
|
Descripción de las reservas
|
|
TODOS LOS SECTORES
|
Bienes inmuebles
Modos 1 y 2
AT, BG, CY, CZ, DK, EE, EL, FI, HU, IE, IT, LT, LV, MT, PL, RO, SI, SK: Limitaciones para la adquisición de terrenos y bienes inmuebles por inversores extranjeros.
|
|
1. SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS
|
|
|
A. Servicios profesionales
|
|
|
a) Servicios jurídicos
(CPC 861)
con exclusión de los servicios de asesoría, documentación y certificación jurídicos prestados por juristas a los que se encomiendan funciones públicas, como notarios, huissiers de justice u officiers publics et ministériels.
|
Modos 1 y 2
AT, CY, ES, EL, LT, MT y SK: La plena admisión en el Colegio de Abogados, obligatoria para la práctica del Derecho nacional, (UE y Estado miembro), está sujeta al requisito de nacionalidad.
BE y FI: La plena admisión en el Colegio de Abogados, obligatoria para los servicios de representación legal, está sujeta al requisito de nacionalidad, junto con el requisito de residencia. En BE se aplican cuotas para comparecer ante la Cour de cassation en causas no penales.
|
|
|
BG: Los abogados extranjeros solo pueden prestar servicios de representación legal de un nacional de su país de origen y sujeto a reciprocidad y cooperación con un abogado búlgaro. Requisito de residencia permanente para los servicios de mediación legal.
FR: El acceso de los abogados a la profesión de avocat auprès de la Cour de Cassation y avocat auprès du Conseil d'Etat está sometido a cuotas y al requisito de nacionalidad.
HR: Sin consolidar para la práctica del Derecho croata.
HU: La plena admisión en el Colegio de Abogados está sujeta al requisito de nacionalidad, junto con el requisito de residencia. Para los abogados extranjeros, el ámbito de las actividades legales está limitado a la prestación de asesoramiento jurídico.
LV: Requisito de nacionalidad para los abogados jurados, a los que está reservada la representación legal en procedimientos penales.
DK: La comercialización de actividades de asesoramiento jurídico está limitada a los abogados con autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional y las sociedades de servicios jurídicos registradas en Dinamarca. Se debe aprobar un examen sobre el Derecho danés para obtener la licencia de Dinamarca para el ejercicio profesional.
SE: La admisión en el Colegio de Abogados, necesaria solo para utilizar el título sueco de advokat, está sujeta a un requisito de residencia.
|
|
b) 1. Servicios de contabilidad y teneduría de libros
(CCP 86212 excepto «servicios de auditoría», CCP 86213, CCP 86219 y CCP 86220)
|
Modo 1
FR, HU, IT, MT, RO y SI: Sin consolidar.
AT: Requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes.
Modo 2
Ninguna.
|
|
b) 2. Servicios de auditoría
(CCP 86211 y 86212, salvo los servicios de contabilidad)
|
Modo 1
BE, BG, CY, DE, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, MT, NL, PT, RO, SI y UK: Sin consolidar.
AT: Requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes y para desempeñar los servicios de auditoría contemplados en las leyes específicas austríacas (por ejemplo ley sobre sociedades anónimas, reglamento de la Bolsa, ley sobre banca, etc.).
HR: Las empresas extranjeras de auditoría podrán prestar servicios de auditoría en el territorio de Croacia si han establecido una sucursal.
SE: Solo los auditores autorizados en Suecia pueden desempeñar servicios de auditoría legal en determinadas personas jurídicas, como las sociedades de responsabilidad limitada. Solo esas personas pueden ser accionistas y constituir sociedades colectivas para el ejercicio cualificado de la auditoría (con fines oficiales). Se requiere la residencia para la aprobación.
LT: El informe del auditor se debe preparar en colaboración con un auditor acreditado para ejercer en Lituania.
Modo 2
Ninguna.
|
|
c) Servicios de asesoramiento fiscal
(CPC 863)
|
Modo 1
AT: Requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes.
CY: Los agentes fiscales deben estar debidamente autorizados por el Ministro de Hacienda. La autorización está sujeta a una prueba de necesidades económicas. Los criterios son análogos a los utilizados para conceder una autorización para inversiones extranjeras (enumerados en los compromisos horizontales), y se aplican a este subsector, teniendo siempre en cuenta la situación del empleo en el subsector.
BG, MT, RO y SI: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
d) Servicios de arquitectura
y
e) Servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajista
(CCP 8671 y CCP 8674)
|
Modo 1
AT: Sin consolidar, excepto los servicios de planificación.
BE, BG, CY, EL, IT, MT, PL, PT y SI: Sin consolidar.
DE: Aplicación de las normas nacionales sobre honorarios y retribuciones para todos los servicios prestados desde el extranjero.
HR: Las personas físicas y jurídicas pueden prestar servicios de arquitectura previa aprobación del Colegio de Arquitectos de Croacia. Los dibujos y modelos o proyectos elaborados en el extranjero deben ser reconocidos (validados) por una persona física o jurídica autorizada en Croacia en lo que respecta a su compatibilidad con la legislación croata. Sin consolidar para la planificación urbana.
HU y RO: Sin consolidar por lo que se refiere a los servicios de arquitectura paisajista.
Modo 2
Ninguna.
|
|
f) Servicios de ingeniería
y
g) Servicios integrados de ingeniería
(CCP 8672 y CCP 8673)
|
Modo 1
AT y SI: Sin consolidar, excepto los servicios de planificación pura.
BG, CY, EL, IT, MT y PT: Sin consolidar.
HR: Las personas físicas y jurídicas pueden prestar servicios de ingeniería previa aprobación del Colegio de Ingenieros de Croacia. Los dibujos y modelos o proyectos elaborados en el extranjero deben ser reconocidos (validados) por una persona física o jurídica autorizada en Croacia en lo que respecta a su compatibilidad con la legislación croata.
Modo 2
Ninguna.
|
|
h) Servicios médicos (incluidos los psicológicos) y dentales
(CPC 9312 y parte del CPC 85201)
|
Modo 1
AT, BE, BG, CY, DE, DK, EE, ES, FI, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PT, RO, SK y UK: Sin consolidar.
HR: Sin consolidar, excepto para la telemedicina.
SI: Sin consolidar para los servicios de medicina social, sanidad, epidemiología y médicos/ecológicos, suministro de sangre, preparados de sangre y trasplantes y autopsias.
Modo 2
Ninguna.
|
|
i) Servicios veterinarios
(CCP 932)
|
Modo 1
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, FR, EL, HU, IE, IT, LV, LT, MT, NL, PT, RO, SI y SK: Sin consolidar.
UK: Sin consolidar, excepto en el caso de los servicios veterinarios de laboratorio y técnicos prestados a los cirujanos veterinarios, así como el asesoramiento, la orientación y la información generales (por ejemplo, la asistencia en cuestiones de nutrición y de comportamiento y el cuidado de animales de compañía).
Modo 2
Ninguna.
|
|
j) 1. Servicios proporcionados por comadronas
(parte de CCP 93191)
j) 2. Servicios proporcionados por enfermeras, fisioterapeutas y personal paramédico
(parte de CCP 93191)
|
Modo 1
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, FR, EL, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PT, RO, SI, SK y UK: Sin consolidar.
FI y PL: Sin consolidar excepto para personal de enfermería.
HR: Sin consolidar, excepto para la telemedicina.
Modo 2
Ninguna.
|
|
k) Venta al por menor de productos farmacéuticos, medicinales y ortopédicos
(CCP 63211)
y otros servicios prestados por farmacéuticos
|
Modo 1
AT, BE, BG, DE, CY, DK, ES, FI, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SE y SI. UK: Sin consolidar.
CZ, LV y LT: Sin consolidar, excepto en lo que se refiere a las ventas por correspondencia.
HU: Sin consolidar, excepto por lo que se refiere a CCP 63211.
Modo 2
Ninguna.
|
|
B. Servicios de informática y servicios conexos
(CCP 84)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
C. Servicios de investigación y desarrollo
|
|
|
a) Servicios de I+D en ciencias naturales
(CCP 851)
b) Servicios de investigación y desarrollo de las ciencias sociales y las humanidades
(CPC 852 excluidos los servicios psicológicos)
c) Servicios interdisciplinarios de I+D
(CCP 853)
|
Modos 1 y 2
UE: Para los servicios de I&D financiados con fondos públicos, solo pueden concederse derechos exclusivos o autorizaciones a personas naturales y jurídicas de la UE que tengan su sede central en la UE.
|
|
D. Servicios inmobiliarios
|
|
|
a) Relativos a bienes raíces propios o arrendados
(CCP 821)
|
Modo 1
BG, CY, CZ, EE, HU, IE, LV, LT, MT, PL, RO, SK y SI: Sin consolidar.
HR: Se exige presencia comercial.
Modo 2
Ninguna.
|
|
b) A comisión o por contrato
(CCP 822)
|
Modo 1
BG, CY, CZ, EE, HU, IE, LV, LT, MT, PL, RO, SK y SI: Sin consolidar.
HR: Se exige presencia comercial.
Modo 2
Ninguna.
|
|
E. Servicios de arrendamiento o alquiler sin operarios
|
|
|
a) Relativos a los buques
(CCP 83103)
|
Modo 1
BG, CY, DE, HU, MT y RO: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
b) Relativos a las aeronaves
(CCP 83104)
|
Modos 1 y 2
BG, CY, CZ, HU, LV, MT, PL, RO y SK: Sin consolidar.
UE: Las aeronaves utilizadas por transportistas aéreos de la UE deben estar registradas en el Estado miembro que haya otorgado la autorización al transportista o en otro lugar de la UE. Pueden otorgarse exoneraciones para contratos de arrendamiento de corto plazo o en casos excepcionales.
|
|
c) Relativos a otros equipos de transporte
(CCP 83101, CCP 83102 y CCP 83105)
|
Modo 1
BG, CY, HU, LV, MT, PL, RO y SI: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
d) Relativos a otra maquinaria y equipo
(CCP 83106, CCP 83107, CCP 83108 y CCP 83109)
|
Modo 1
BG, CY, CZ, HU, MT, PL, RO y SK: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
e) Relativos a efectos personales y enseres domésticos
(CCP 832)
|
Modos 1 y 2
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE, SK y UK: Sin consolidar.
EE: Sin consolidar, excepto en el caso de los servicios de arrendamiento con o sin opción de compra de cintas de vídeo ya grabadas para su utilización en el hogar con fines de esparcimiento.
|
|
f) Arrendamiento de equipos de telecomunicaciones
(CCP 7541)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
F. Otros servicios prestados a las empresas
|
|
|
a) Publicidad
(CCP 871)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
b) Servicios de estudios de mercado y encuestas de opinión
(CCP 864)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
c) Servicios de consultores en administración
(CCP 865)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
d) Servicios relacionados con los de los consultores en administración
(CCP 866)
|
Modos 1 y 2
HU: Sin consolidar en lo que se refiere a los servicios de arbitraje y conciliación (CCP 86602).
|
|
e) Servicios de ensayos y análisis técnicos
(CCP 8676)
|
Modo 1
IT: Sin consolidar en lo que se refiere a las profesiones de biólogo y analista químico.
HR: Sin consolidar para servicios relacionados con la expedición de certificados obligatorios y documentos oficiales similares.
BG, CY, CZ, MT, PL, RO, SK y SE: Sin consolidar.
Modo 2
BG, CY, CZ, MT, PL, RO, SK y SE: Sin consolidar.
HR: Sin consolidar para servicios relacionados con la expedición de certificados obligatorios y documentos oficiales similares.
|
|
f) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con la agricultura, la caza y la silvicultura
(parte de CCP 881)
|
Modo 1
IT: Sin consolidar en lo que se refiere a las actividades reservadas a los agrónomos y los periti agrari.
EE, MT, RO y SI: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
g) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con la pesca
(parte de CCP 882)
|
Modo 1
LV, MT, RO y SI: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
h) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con la fabricación
(parte de la CCP 884 y parte de la CCP 885)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
Servicios de colocación y suministro de personal
|
|
|
i) 1. Servicios de búsqueda de personal directivo
(CCP 87201)
|
Modo 1
AT, BG, CY, CZ, DE, EE, ES, FI, HR, IE, LV, LT, MT, PL, PT, RO, SK, SI y SE: Sin consolidar.
Modo 2
AT, BG, CY, CZ, DE, EE, ES, FI, HR, IE, LV, LT, MT, PL, PT, RO, SK y SI: Sin consolidar.
|
|
i) 2. Servicios de colocación
(CCP 87202)
|
Modo 1
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, EL, FI, FR, HR, IE, IT, LU, LV, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE, SK y UK: Sin consolidar.
Modo 2
AT, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, EL, FI, FR, HR, IE, IT, LU, LV, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SK y UK: Sin consolidar.
|
|
i) 3. Servicios de colocación de personal de apoyo para oficinas
(CCP 87203)
|
Modo 1
AT, BG, CY, CZ, DE, EE, ES, FI, FR, HR, IT, IE, LV, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SK y SI: Sin consolidar.
Modo 2
AT, BG, CY, CZ, DE, EE, ES, FI, FR, HR, IT, IE, LV, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SK y SI: Sin consolidar.
|
|
j) 1. Servicios de investigación
(CCP 87301)
|
Modos 1 y 2
BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI y UK: Sin consolidar.
|
|
j) 2. Servicios de seguridad
(CCP 87302, CCP 87303, CCP 87304 y CCP 87305)
|
Modos 1 y 2
HU: Sin consolidar por lo que se refiere a CCP 87304 y CCP 87305.
BE, BG, CY, CZ, ES, EE, FI, FR, HR, IT, LV, LT, MT, PT, PL, RO, SI y SK: Sin consolidar.
|
|
k) Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología
(CCP 8675)
|
Modo 1
BE, BG, CY, DE, DK, ES, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SI y UK: Sin consolidar para los servicios de exploración.
HR: Los servicios de consultoría geológica, geodésica y minera de base, así como los servicios conexos de consultoría relacionados con la protección del medio ambiente en el territorio de Croacia, solo pueden llevarse a cabo conjuntamente con personas jurídicas del país o por mediación de estas.
Modo 2
Ninguna.
|
|
l) 1. Mantenimiento y reparación de embarcaciones
(parte de CCP 8868)
|
Modo 1
En el caso de buques de transporte marítimo: BE, BG, CY, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI y UK: Sin consolidar.
En el caso de buques de transporte por vías navegables interiores: UE: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
l) 2. Mantenimiento y reparación de equipo ferroviario
(parte de CCP 8868)
|
Modo 1
AT, BE, BG, DE, CY, CZ, DK, ES, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI, SK y UK: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
l) 3. Mantenimiento y reparación de vehículos automotores, motocicletas, vehículos para la nieve y equipo de transporte por carretera
(CCP 6112, CCP 6122, parte de CCP 8867 y parte de CCP 8868)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
l) 4. Mantenimiento y reparación de aeronaves y sus partes
(parte de CCP 8868)
|
Modo 1
BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
l) 5. Servicios de mantenimiento y reparación de productos de metal, de maquinaria (que no sea para oficina), de equipos (que no sean para oficina ni para transporte) y enseres domésticos personales
(CCP 633, CCP 7545, CCP 8861, CCP 8862, CCP 8864, CCP 8865 y CCP 8866)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
m) Servicios de limpieza de edificios
(CCP 874)
|
Modo 1
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LU, LV, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE, SK y UK: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
n) Servicios fotográficos
(CCP 875)
|
Modo 1
BG, EE, MT y PL: Sin consolidar para el suministro de servicios aerofotográfícos.
HR y LV: Sin consolidar para los servicios de fotografía especializada (CCP 87504).
Modo 2
Ninguna.
|
|
o) Servicios de empaquetado
(CCP 876)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
p) Servicios editoriales y de imprenta
(CCP 88442)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
q) Servicios de convenciones
(parte de CCP 87909)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
r) 1. Servicios de traducción e interpretación
(CCP 87905)
|
Modo 1
PL: Sin consolidar para los servicios de intérpretes jurados.
HR: Sin consolidar para los documentos oficiales.
HU y SK: Sin consolidar para la traducción e interpretación oficiales.
Modo 2
Ninguna.
|
|
r) 2. Servicios de decoración de interiores y otros servicios especializados de diseño
(CCP 87907)
|
Modo 1
DE: Aplicación de las normas nacionales sobre honorarios y retribuciones para todos los servicios prestados desde el extranjero.
Modo 2
Ninguna.
|
|
r) 3. Servicios de agencias de cobranza
(CCP 87902)
|
Modos 1 y 2
BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar.
|
|
r) 4. Servicios de información crediticia
(CCP 87901)
|
Modos 1 y 2
BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar.
|
|
r) 5. Servicios de fotocopia y reprografía
(CPC 87904)
|
Modo 1
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE, SK y UK: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
r) 6. Servicios de asesoramiento relacionados con las telecomunicaciones
(CCP 7544)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
r) 7. Servicios de contestación de llamadas telefónicas
(CCP 87903)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
2. SERVICIOS DE COMUNICACIONES
|
|
|
A. Servicios postales y de mensajería
|
Modos 1 y 2
Ninguno.
|
|
(Servicios relativos al despacho de objetos de correspondencia de conformidad con la siguiente lista de subsectores, para destinos nacionales o extranjeros: i) Despacho de comunicaciones escritas con destinatario específico en cualquier tipo de medio físico, incluidos el servicio postal híbrido y la publicidad directa, ii) Despacho de paquetes y bultos con destinatario específico, iii) Despacho de productos periodísticos con destinatario específico, iv) Despacho de los objetos mencionados en los incisos i) a iii) como correo certificado o asegurado, v) Servicios de envío urgente de los objetos mencionados en los incisos i) a iii), vi) Despacho de objetos sin destinatario específico, vii) Intercambio de documentos.
|
|
|
Los subsectores i), iv) y v) pueden ser excluidos cuando no entran dentro del ámbito de los servicios que pueden ser reservados, que son: los objetos de correspondencia cuyo precio es inferior a dos veces y media la tarifa pública básica, siempre que tengan un peso inferior a 50 gramos, más el servicio de correo certificado utilizado en los procedimientos judiciales o administrativos.)
(parte de CCP 751, parte de CCP 71235 y parte de CCP 73210)
|
|
|
B. Servicios de telecomunicaciones
Estos servicios no engloban la actividad económica consistente en el suministro de contenidos que necesitan servicios de telecomunicaciones para su transporte.
|
|
|
a) Todos los servicios que consisten en la transmisión y recepción de señales a través de cualquier medio electromagnético, con exclusión de la radiodifusión y teledifusión
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
b) Servicios de difusión de emisiones por satélite
|
Modos 1 y 2
UE: Ninguna, excepto que los proveedores de servicios de este sector pueden estar sujetos a obligaciones para proteger objetivos de interés general relativos a la transmisión de contenidos a través de su red en línea, de conformidad con el marco regulador de la UE en materia de comunicaciones electrónicas.
BE: Sin consolidar.
|
|
3. SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE INGENIERÍA CONEXOS
(CPC 511, CPC 512, CPC 513, CPC 514, CPC 515, CPC 516, CPC 517 y CPC 518)
|
Modo 1
Ninguna.
Modo 2
Ninguna.
|
|
4. SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN
(excluida la distribución de armas, municiones, explosivos y demás material de guerra)
A. Servicios de comisionistas
a) Servicios de comisionistas de vehículos de motor, motocicletas y vehículos para la nieve y sus partes y accesorios
(parte de CCP 61111, parte de 6113 y parte de CCP 6121)
b) Otros servicios de comisionistas
(CCP 621)
|
Modos 1 y 2
UE: Sin consolidar para distribución de productos químicos y de metales (y piedras) preciosos.
AT: Sin consolidar para la distribución de artículos pirotécnicos, artículos inflamables, dispositivos de explosión y sustancias tóxicas.
AT y BG: Sin consolidar para la distribución de productos para uso médico, como productos sanitarios y quirúrgicos, sustancias médicas y objetos para uso médico.
HR: Sin consolidar para los productos derivados del tabaco.
|
|
B. Servicios comerciales al por mayor
a) Servicios comerciales al por mayor de vehículos de motor, motocicletas y vehículos para la nieve y sus partes y accesorios
(parte de CCP 61111, parte de 6113 y parte de CCP 6121)
b) Servicios comerciales al por mayor de equipos terminales de telecomunicación
(parte de CCP 7542)
c) Otros servicios comerciales al por mayor
(CPC 622, excluidos los servicios comerciales al por mayor de productos energéticos)
|
Modo 1
AT, BG, PL y RO: Sin consolidar para la distribución de tabaco y productos derivados del tabaco.
IT: Para los servicios comerciales al por mayor, monopolio estatal del tabaco.
BG, FI, PL y RO: Sin consolidar para la distribución de bebidas alcohólicas.
SE: Sin consolidar para la venta al por menor de bebidas alcohólicas.
AT, BG, CZ, FI, RO, SK y SI: Sin consolidar para la distribución de productos farmacéuticos.
BG, HU y PL: Sin consolidar para los servicios de corredores de mercancías.
FR: Para los servicios de comisionistas, sin consolidar en lo que se refiere a comerciantes e intermediarios que actúan en 17 mercados de interés nacional de alimentos frescos. Sin consolidar en lo que se refiere al comercio al por mayor de productos farmacéuticos.
MT: Sin consolidar para los servicios de comisionistas.
BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, SK y UK: Para los servicios comerciales al por menor, sin consolidar, excepto en lo que se refiere a las ventas por correspondencia.
|
|
C. Servicios al por menor
Servicios comerciales al por menor de vehículos de motor, motocicletas y vehículos para la nieve y sus partes y accesorios
(CPC 61112, parte del CPC 6113 y parte del CPC 6121)
Servicios comerciales al por menor de equipos terminales de telecomunicación
(parte de CCP 7542)
Servicios de venta al por menor de alimentos
(CCP 631)
|
|
|
Servicios comerciales al por menor de otros productos (no energéticos), excepto de productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos
(CPC 632, excluidos los CPC 63211 y 63297)
D. Servicios de franquicias comerciales
(CCP 8929)
|
|
|
5. SERVICIOS DE ENSEÑANZA (servicios de financiación privada únicamente)
|
|
|
A. Servicios de enseñanza primaria
(CCP 921)
|
Modo 1
BG, CY, FI, FR, HR, IT, MT, RO, SE y SI: Sin consolidar.
Modo 2
CY, FI, HR, MT, RO, SE y SI: Sin consolidar.
|
|
B. Servicios de enseñanza secundaria
(CCP 922)
|
Modo 1
BG, CY, FI, FR, IT, MT, RO y SE: Sin consolidar.
Modo 2
CY, FI, MT, RO y SE: Sin consolidar.
Modos 1 y 2
LV: Sin consolidar para los servicios de enseñanza secundaria técnica y profesional de tipo escolar para estudiantes con discapacidad (CCP 9224).
|
|
C. Servicios de enseñanza superior
(CCP 923)
|
Modo 1
AT, BG, CY, FI, FR, IT, MT, RO y SE: Sin consolidar.
Modo 2
AT, BG, CY, FI, MT, RO y SE: Sin consolidar.
Modos 1 y 2
CZ y SK: Sin consolidar para los servicios de enseñanza superior excepto en el caso de los servicios de enseñanza técnica y profesional postsecundaria (CCP 92310).
|
|
D. Servicios de enseñanza para adultos
(CCP 924)
|
Modos 1 y 2
AT: Sin consolidar para los servicios de enseñanza de adultos mediante emisiones radiofónicas o televisivas.
CY, FI, MT, RO y SE: Sin consolidar.
|
|
E. Otros servicios de enseñanza
(CCP 929)
|
Modos 1 y 2
AT, BE, BG, CY, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE y UK: Sin consolidar.
HR: Ninguna para la educación por correspondencia o la educación por vía telemática.
|
|
6. SERVICIOS RELACIONADOS CON EL MEDIO AMBIENTE
A. Servicios de alcantarillado
(CPC 9401)
B. Gestión de residuos sólidos peligrosos, excluido el transporte transfronterizo de residuos peligrosos
a) Servicios de eliminación de residuos
(CCP 9402)
b) Servicios de saneamiento y similares
(CCP 9403)
C. Protección del aire ambiente y del clima
(CPC 9404)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar, excepto los servicios de consultores.
Modo 2
Ninguna.
|
|
D. Recuperación y limpieza de suelos y aguas
Tratamiento, recuperación de suelos y aguas contaminadas
(parte de CCP 94060)
E. Amortiguamiento del ruido y de la vibración
(CCP 9405)
F. Protección de la biodiversidad y del paisaje
Servicios de protección de la naturaleza y el paisaje
(parte de CCP 9406)
G. Otros servicios de protección del medio ambiente y accesorios
(CCP 94090)
|
|
|
7. SERVICIOS FINANCIEROS
|
|
|
A. Seguros y servicios relacionados con los seguros
|
Modos 1 y 2
AT, BE, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, NL, PL, PT, RO, SK, SE, SI y UK: Sin consolidar para los servicios de seguros directos, excepto para los seguros de riesgos relacionados con:
i)
transporte marítimo, aviación comercial y lanzamiento y transporte espacial (incluidos satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos; y
ii)
mercancías en tránsito internacional.
AT: Se prohíben las actividades de promoción y la intermediación en nombre de una filial no establecida en la UE o de una sucursal no establecida en Austria (salvo en materia de reaseguro y retrocesión). Los seguros obligatorios de transporte aéreo, excepto en el caso de los seguros de transporte aéreo comercial internacional, solo pueden ser suscritos por filiales establecidas en la UE o sucursales establecidas en Austria. El impuesto sobre las primas es mayor cuando se trata de contratos de seguro (excepto los contratos de reaseguro y retrocesión) suscritos por filiales no establecidas en la UE o por una sucursal no establecida en Austria. Se pueden establecer excepciones al pago del impuesto más elevado.
|
|
|
DK: El seguro obligatorio de transporte aéreo solo puede ser suscrito por compañías establecidas en la UE. Ninguna persona ni sociedad (incluidas las compañías de seguros) puede cooperar en la realización de seguros directos con fines comerciales para personas residentes en Dinamarca, buques de Dinamarca o bienes situados en Dinamarca, salvo las compañías de seguros autorizadas por la legislación de Dinamarca o por las autoridades competentes de Dinamarca.
DE: Las pólizas de seguro obligatorio de transporte aéreo solo pueden ser suscritas con filiales establecidas en la UE o con sucursales establecidas en Alemania. Si una compañía de seguros extranjera ha establecido una sucursal en Alemania, podrá celebrar contratos de seguros en Alemania relacionados con el transporte internacional solo a través de la sucursal establecida en Alemania.
FR: El seguro de riesgos relacionados con el transporte terrestre solo puede efectuarse por compañías de seguros establecidas en la UE.
PL: Sin consolidar para los reaseguros y la retrocesión, a excepción de los riesgos relativos a las mercancías en el comercio internacional.
|
|
|
PT: El seguro de transporte aéreo y marítimo, incluido el seguro de mercancías, aeronaves, cascos y responsabilidad civil, solo puede ser suscrito por compañías establecidas en la UE; solo las personas y empresas establecidas en la UE pueden actuar en Portugal como intermediarios de esas operaciones de seguros.
RO: Únicamente se permite el reaseguro en el mercado internacional si el riesgo no puede reasegurarse en el mercado interior.
ES: Por lo que se refiere a los servicios actuariales, requisito de residencia y tres años de experiencia pertinente.
Modo 1
AT, BE, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, NL, PT, RO, SK, SE, SI y UK: Sin consolidar para los servicios directos de intermediación de seguros, excepto para los seguros de riesgos relacionados con:
i)
transporte marítimo, aviación comercial y lanzamiento y transporte espacial (incluidos satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos; y
ii)
mercancías en tránsito internacional.
|
|
|
BG: Sin consolidar para los seguros directos, a excepción de los servicios ofrecidos por proveedores extranjeros a extranjeros en el territorio de Bulgaria. El seguro de transporte, que abarca las mercancías, los propios vehículos y la responsabilidad por riesgos situados en Bulgaria no puede ser suscrito directamente por compañías de seguros extranjeras. Una compañía de seguros extranjera puede celebrar contratos de seguro solamente a través de una sucursal. Sin consolidar para el seguro de depósitos y sistemas similares de compensaciones, así como regímenes de seguro obligatorios.
CY, LV y MT: Sin consolidar para los servicios de seguros directos, excepto para los seguros de riesgos relacionados con:
i)
transporte marítimo, aviación comercial y lanzamiento y transporte espacial (incluidos satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos; y
ii)
mercancías en tránsito internacional.
|
|
|
LT: Sin consolidar para los servicios de seguros directos, excepto para los seguros de riesgos relacionados con:
i)
transporte marítimo, aviación comercial y lanzamiento y transporte espacial (incluidos satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos; y
ii)
mercancías en tránsito internacional, excepto las que utilicen el transporte terrestre cuando el riesgo esté situado en Lituania.
BG, LV, LT y PL: Sin consolidar para la intermediación de seguros.
FI: Solamente los aseguradores que tengan su sede central en la UE o una sucursal en Finlandia pueden ofrecer servicios de seguros directos (incluido el coaseguro). La prestación de servicios de correduría de seguros estará supeditada al establecimiento de un centro de actividad permanente en la UE.
HR: Sin consolidar para los servicios de seguros directos y los servicios de intermediación de seguros directos, excepto:
a)
seguros de vida: para la prestación de seguros de vida a los extranjeros residentes en Croacia;
b)
seguros distintos de los seguros de vida: para la prestación de seguros distintos de los de vida a los extranjeros residentes en Croacia, excepto la responsabilidad automovilística;
c)
seguros marítimos, aéreos y de transporte.
|
|
|
HU: Las compañías de seguros no establecidas en la UE únicamente podrán prestar servicios de seguro directo en el territorio de Hungría a través de una sucursal inscrita en el registro correspondiente de Hungría.
IT: Sin consolidar para la profesión actuarial. El seguro de transporte de mercancías, el seguro de vehículos como tal y el seguro de responsabilidad civil respecto de riesgos situados en Italia pueden suscribirse por compañías de seguros establecidas en la UE. Esta reserva no se aplica al transporte internacional de bienes importados por Italia.
SE: Solo se permite la prestación de servicios de seguros directos a través de un asegurador autorizado en Suecia, siempre que el proveedor de servicios extranjero y la compañía de seguros sueca pertenezcan a un mismo grupo de sociedades o hayan celebrado un acuerdo de cooperación.
|
|
|
Modo 2
AT, BE, BG, CZ, CY, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SE, SI y UK: Sin consolidar para la intermediación.
BG: En el caso de seguros directos, las personas físicas y jurídicas búlgaras, así como las personas extranjeras que desempeñan una actividad mercantil en el territorio de Bulgaria, pueden suscribir contratos de seguros con respecto a su actividad en Bulgaria, únicamente con los proveedores que estén autorizados a realizar actividades de seguros en ese país. La indemnización en virtud del seguro resultante de estos contratos será abonada en Bulgaria. Sin consolidar para el seguro de depósitos y sistemas similares de compensaciones, así como regímenes de seguro obligatorios.
HR: Sin consolidar para los servicios de seguros directos y los servicios de intermediación de seguros directos, excepto:
a)
seguros de vida: por lo que se refiere a la capacidad de los extranjeros residentes en Croacia para obtener seguros de vida;
|
|
|
b)
seguros distintos de los seguros de vida:
i)
por lo que se refiere a la capacidad de los extranjeros residentes en Croacia para obtener seguros distintos de los de vida distintos de la responsabilidad por conducción de automóviles;
ii)
– seguros de riesgos personales o inmobiliarios no disponibles en Croacia; – empresas que suscriben seguros en el extranjero en relación con obras de inversión en el extranjero, incluido el equipo para dichas obras; – para garantizar el reembolso de préstamos extranjeros (seguro colateral); – seguros de riesgos personales o inmobiliarios de empresas de propiedad al 100 % y empresas conjuntas que realizan una actividad económica en un país extranjero, si se suscriben de conformidad con las normas de dicho país o los exige su registro; – buques en construcción y revisión, si se estipula en el contrato celebrado con el cliente extranjero
(comprador);
c)
seguros marítimos, aéreos y de transporte.
IT: El seguro de transporte de mercancías, el seguro de vehículos como tal y el seguro de responsabilidad civil respecto de riesgos situados en Italia pueden suscribirse por compañías de seguros establecidas en la UE. Esta reserva no se aplica al transporte internacional de bienes importados por Italia.
|
|
B. Servicios bancarios y demás servicios financieros (excluidos los seguros)
|
Modo 1
AT, BE, BG, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, NL, PL, PT, SK, SE y UK: Sin consolidar, excepto para el suministro de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación.
BE: Se requiere el establecimiento en Bélgica para la prestación de servicios de asesoramiento en materia de inversiones.
BG: Pueden aplicarse limitaciones y condiciones relativas al uso de la red de telecomunicaciones.
CY: Sin consolidar, excepto para el intercambio comercial de valores transferibles, para el suministro de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación.
EE: Se requiere autorización de la Agencia de Supervisión financiera de Estonia e inscripción en el registro de la entidad con arreglo a la legislación estonia, como sociedad anónima, filial o sucursal.
EE: Se requiere el establecimiento de una empresa de gestión especializada para desempeñar las actividades de gestión de fondos de inversión, y solo las empresas con domicilio social en la UE pueden actuar como depositarios de los activos de los fondos de inversión.
|
|
|
HR: Sin consolidar, excepto en el caso de los préstamos, servicios de arrendamiento financiero, servicios de pago y transferencia monetaria, garantías y avales, corretaje de cambios, suministro y transferencia de información financiera, y servicios de asesoramiento y otros servicios financieros auxiliares, salvo la intermediación.
LT: Se requiere el establecimiento de una empresa de gestión especializada para desempeñar las actividades de gestión de fondos comunes de inversión o sociedades de inversión, y solo las empresas con sede estatutaria en la UE pueden actuar como depositarios de los activos de los fondos de inversión.
IE: La prestación de servicios de inversión o de asesoramiento para la inversión exige bien i) tener autorización en Irlanda, para lo que normalmente se requiere que la entidad esté constituida como sociedad anónima o que sea una sociedad colectiva o un comerciante individual, en todos los casos con oficina principal/registrada en Irlanda (la autorización puede no exigirse en ciertos casos, por ejemplo si un proveedor de servicios de un tercer país no tiene presencia comercial en Irlanda y no presta servicios a particulares), o bien ii) tener autorización en otro Estado miembro de conformidad con la Directiva relativa a los servicios de inversión de la UE.
|
|
|
IT: Sin consolidar en lo que se refiere a los promotori di servizi finanziari (promotores de servicios financieros).
LV: Sin consolidar, excepto para la participación en emisiones de toda clase de valores, para el suministro de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación.
LT: Se requiere presencia comercial para la administración de fondos de pensiones.
MT: Sin consolidar, excepto para la aceptación de depósitos, los préstamos de todo tipo, el suministro y transferencia de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación.
PL: Para el suministro y transferencia de información financiera y el procesamiento de datos financieros y de programas informáticos correspondientes: obligación de utilizar la red pública de telecomunicaciones o la red de otro operador autorizado.
RO: Sin consolidar en lo que se refiere al arrendamiento financiero, el intercambio comercial de instrumentos del mercado monetario, el cambio de divisas, los productos derivados, los instrumentos de tipo de cambio y de tipo de interés, los valores transferibles y otros instrumentos negociables y activos financieros, la participación en emisiones de toda clase de valores, la gestión de activos y los servicios de liquidación y compensación respecto de activos financieros. Solo se permiten los servicios de pago y transferencia monetaria a través de un banco residente.
|
|
|
SI:
i)
Participación en emisiones de bonos del Tesoro, administración de fondos de pensiones: Sin consolidar.
ii)
Todos los demás subsectores, excepto la participación en emisiones de bonos del Tesoro, la administración de fondos de pensiones, el suministro y la transferencia de información financiera y servicios de asesoramiento y otros servicios financieros: Sin consolidar, excepto la aceptación de créditos (préstamos de todo tipo), y la aceptación de garantías y compromisos de instituciones de crédito extranjeras por entidades jurídicas nacionales y empresas individuales. Los extranjeros solo pueden ofrecer valores extranjeros a través de bancos y sociedades de bolsa nacionales. Los miembros de la Bolsa de Eslovenia deben estar constituidos en la República de Eslovenia o ser sucursales de empresas o bancos extranjeros de inversión.
Modo 2
BG: Pueden aplicarse limitaciones y condiciones relativas al uso de la red de telecomunicaciones.
PL: Para el suministro y transferencia de información financiera y el procesamiento de datos financieros y de programas informáticos correspondientes: Obligación de utilizar la red pública de telecomunicaciones o la red de otro operador autorizado.
|
|
8. SERVICIOS SOCIALES Y DE SALUD
(servicios de financiación privada únicamente)
|
|
|
A. Servicios de hospital
(CCP 9311)
C. Servicios de instituciones residenciales de salud distintos de los servicios hospitalarios
(CCP 93193)
|
Modo 1
AT, BE, BG, DE, CY, CZ, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LV, LT, MT, LU, NL, PL, PT, RO, SI, SE, SK y UK: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
D. Servicios sociales
(CCP 933)
|
Modo 1
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, EL, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI, SK y UK: Sin consolidar.
Modo 2
BE: Sin consolidar para los servicios sociales distintos de los establecimientos de descanso y para convalecientes y las residencias para ancianos.
|
|
9. SERVICIOS DE TURISMO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS VIAJES
|
|
|
A. Hoteles, restaurantes y servicios de comidas por encargo
(CCP 641, CCP 642 y CCP 643)
excluido el suministro de comidas por encargo en el sector de los servicios de transporte aéreo
|
Modo 1
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FR, EL, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar, excepto para los servicios de comidas por encargo.
HR: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
B. Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo
(incluidos los organizadores de viajes en grupo)
(CCP 7471)
|
Modo 1
BG y HU: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
C. Servicios de guías de turismo
(CCP 7472)
|
Modo 1
BG, CY, CZ, HU, IT, LT, MT, PL, SK y SI: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
10. SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO, CULTURALES Y DEPORTIVOS
(excepto los servicios audiovisuales)
|
|
|
A. Servicios de espectáculos (incluidos los de teatro, bandas y orquestas, circos y discotecas)
(CCP 9619)
|
Modo 1
BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI y UK: Sin consolidar.
Modo 2
CY, CZ, FI, HR, MT, PL, RO, SK y SI: Sin consolidar.
BG: Sin consolidar excepto para los servicios artísticos de productores de teatro, grupos de cantantes, bandas y orquestas (CCP 96191); servicios proporcionados por autores, compositores, escultores, artistas del espectáculo y otros artistas, a título individual (CCP 96192); servicios auxiliares del teatro (CPC 96193).
EE: Sin consolidar para otros servicios de espectáculos (CCP 96199), excepto para los servicios relativos al cine y el teatro.
LT y LV: Sin consolidar, excepto para los servicios relativos al funcionamiento del cine y el teatro (parte de CCP 96199).
|
|
B. Servicios de agencias de noticias y de prensa
(CCP 962)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
C. Bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales
(CCP 963)
|
Modo 1
BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar.
Modo 2
BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar.
|
|
D. Servicios deportivos
(CCP 9641)
|
Modos 1 y 2
AT: Sin consolidar para servicios de escuelas de esquí y de guías de montaña.
BG, CZ, HR, LV, MT, PL, RO y SK: Sin consolidar.
Modo 1
CY y EE: Sin consolidar.
|
|
E. Servicios de parques de recreo y playas
(CCP 96491)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
11. SERVICIOS DE TRANSPORTE
|
|
|
A. Transporte marítimo
a) Transporte internacional de pasajeros
(CCP 7211 menos el transporte de cabotaje nacional)
b) Transporte internacional de mercancías
(CCP 7212 menos el transporte de cabotaje nacional)
|
Modos 1 y 2
BG, CY, DE, EE, ES, FR, FI, EL, IT, LT, LV, MT, PL, PT, RO, SI y SE: Se requiere autorización para los servicios de transbordo.
|
|
B. Transporte por vías navegables interiores
a) Transporte de pasajeros
(CCP 7221)
b) Transporte de carga
(CCP 7222)
|
Modos 1 y 2
UE: Medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin-Meno-Danubio), que reservan algunos derechos de tráfico para operadores radicados en los países correspondientes y que cumplan los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Reglamentos de aplicación del Convenio de Mannheim para la Navegación del Rin.
AT: Requisito de nacionalidad para constituir una compañía naviera por personas físicas. En caso de constitución como persona jurídica, requisito de nacionalidad para la mayoría de los directores gerentes, de los miembros del consejo de administración y de la junta de supervisión. Se requiere domicilio social o establecimiento permanente en Austria. Además, la mayoría de las acciones de la compañía debe estar en posesión de nacionales de un país de la UE.
BG, CY, CZ, EE, FI, HR, HU, LT, MT, RO, SE, SI y SK: Sin consolidar.
|
|
C. Transporte por ferrocarril
a) Transporte de pasajeros
(CCP 7111)
b) Transporte de carga
(CCP 7112)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
D. Transporte por carretera
a) Transporte de pasajeros
(CCP 7121 y CCP 7122)
b) Transporte de carga
(CPC 7123, excluido el transporte de correspondencia por cuenta propia)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
E. Transporte de elementos que no sean combustible por tuberías
(CCP 7139)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, IE, IT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar.
|
|
12. SERVICIOS AUXILIARES DEL TRANSPORTE
|
|
|
A. Servicios auxiliares del transporte marítimo
a) Servicios de carga y descarga
b) Servicios de almacenamiento
(parte de CCP 742)
c) Servicios de despacho de aduanas
d) Servicios de estaciones y depósitos de contenedores
e) Servicios de agencia marítima
f) Servicios de expedición de cargamentos marítimos
g) Alquiler de embarcaciones con tripulación
(CCP 7213)
h) Servicios de remolque y tracción
(CCP 7214)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar para servicios de despacho de aduana, de aparcamiento de contenedores y de depósito.
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar para los servicios de carga y descarga del transporte marítimo.
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar para los servicios de almacenamiento.
AT, BE, BG, CY, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, IE, IT, MT, NL, PL, PT, SI, SE y UK: Sin consolidar para los servicios de tracción o remolque.
AT, BG, CY, CZ, DE, EE, HU, LT, MT, PL, RO, SK, SI y SE: Sin consolidar para el alquiler de embarcaciones con tripulación.
HR: Sin consolidar, excepto para los servicios de agencias de transporte de carga CCP 748.
Modo 2
Ninguna.
|
|
i) Servicios de apoyo relacionados con el transporte marítimo
(parte de CCP 745)
j) Otros servicios de apoyo y auxiliares
(parte de CCP 749)
|
|
|
B. Servicios auxiliares del transporte por vías navegables interiores
a) Servicios de manipulación de la carga
(parte de CCP 741)
b) Servicios de almacenamiento
(parte de CCP 742)
c) Servicios de agencias de transporte de mercancías
(parte de CCP 748)
d) Alquiler de embarcaciones con tripulación
(CCP 7223)
|
Modos 1 y 2
UE: Medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin-Meno-Danubio), que reservan algunos derechos de tráfico para operadores radicados en los países correspondientes y cumplen los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Reglamentos de aplicación del Convenio de Mannheim para la Navegación del Rin.
UE: Sin consolidar para los servicios de tracción o remolque.
HR: Sin consolidar.
Modo 1
AT, BG, CY, CZ, DE, EE, FI, HU, LV, LT, MT, RO, SK, SI y SE: Sin consolidar para el arrendamiento de embarcaciones con tripulación.
|
|
e) Servicios de remolque y tracción
(CCP 7224)
f) Servicios de apoyo relacionados con el transporte por vías navegables interiores
(parte de CCP 745)
g) Otros servicios de apoyo y auxiliares
(parte de CCP 749)
|
|
|
C. Servicios auxiliares del transporte ferroviario
a) Servicios de manipulación de la carga
(parte de CCP 741)
b) Servicios de almacenamiento
(parte de CCP 742)
c) Servicios de agencias de transporte de mercancías
(parte de CCP 748)
d) Servicios de remolque y tracción
(CCP 7113)
e) Servicios auxiliares del transporte por ferrocarril
(CCP 743)
f) Otros servicios de apoyo y auxiliares
(parte de CCP 749)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar para los servicios de tracción o remolque.
HR: Sin consolidar, excepto para c) Servicios de agencias de transporte de mercancías.
Modo 2
Ninguna.
|
|
D. Servicios auxiliares del transporte por carretera
a) Servicios de manipulación de la carga
(parte de CCP 741)
b) Servicios de almacenamiento
(parte de CCP 742)
c) Servicios de agencias de transporte de mercancías
(parte de CCP 748)
d) Alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor
(CCP 7124)
e) Servicios de apoyo relacionados con el transporte por carretera
(CCP 744)
f) Otros servicios de apoyo y auxiliares
(parte de CCP 749)
|
Modo 1
AT, BG, CY, CZ, EE, HU, LV, LT, MT, PL, RO, SK, SI y SE: Sin consolidar para el alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor.
HR: Sin consolidar, excepto para c) Servicios de agencias de transporte de mercancías y f) Servicios auxiliares del transporte por carretera que estén sujetos a autorización.
Modo 2
Ninguna.
|
|
E. Servicios auxiliares de servicios de transporte aéreo
|
|
|
a) Servicios de asistencia en tierra (incluidos los servicios de comidas por encargo)
|
Modos 1 y 2
UE: Sin consolidar, excepto para los servicios de comidas por encargo.
|
|
b) Servicios de almacenamiento
(parte de CCP 742)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
c) Servicios de agencias de transporte de mercancías
(parte de CCP 748)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
d) Alquiler de aeronaves con tripulación
(CCP 734)
|
Modos 1 y 2
UE: Las aeronaves utilizadas por transportistas aéreos de la UE deben estar registradas en los Estados miembros que hayan otorgado la autorización al transportista o en otro lugar de la UE. Pueden otorgarse exoneraciones para contratos de arrendamiento de corto plazo o en casos excepcionales.
|
|
e) Venta y comercialización
f) Sistema de reservas informatizado
|
Modos 1 y 2
UE: Obligaciones específicas para proveedores de servicios que gestionan servicios de sistemas de reservas informatizados que pertenecen o son controlados por transportistas aéreos.
|
|
g) Gestión de aeropuertos
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
F. Servicios auxiliares del transporte de elementos que no sean combustible por tuberías
Servicios de almacenamiento de elementos que no sean combustible transportados por tuberías
(parte de CCP 742)
|
Modo 1
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
13. SERVICIOS DE ENERGÍA
|
|
|
A. Servicios relacionados con la minería
(CPC 883)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|
|
B. Transporte de combustible por tuberías
(CCP 7131)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, IE, IT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar.
|
|
C. Servicios de almacenamiento de combustible transportado por tuberías
(parte de CCP 742)
|
Modo 1
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
D. Servicios de comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos y productos similares
(CCP 62271)
y servicios comerciales al por mayor de electricidad, vapor y agua caliente
|
Modo 1
UE: Sin consolidar para los servicios comerciales al por mayor de electricidad, vapor y agua caliente.
Modo 2
Ninguna.
|
|
E. Venta al por menor de carburante
(CCP 613)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
F. Venta al por menor de gasóleo, gas envasado, carbón y madera
(CCP 63297)
y servicios comerciales al por menor de electricidad, gas (no embotellado), vapor y agua caliente
|
Modo 1
UE: Sin consolidar para los servicios comerciales al por menor de electricidad, gas (no embotellado), vapor y agua caliente.
BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, SK y UK: Para la venta al por menor de gasóleo, gas envasado, carbón y madera, excepto en lo que se refiere a las ventas por correspondencia: ninguna.
Modo 2
Ninguna.
|
|
G. Servicios relacionados con la distribución de energía
(CCP 887)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar, excepto para servicios de consultoría, en cuyo caso: ninguna.
Modo 2
Ninguna.
|
|
14. OTROS SERVICIOS NO INCLUIDOS EN OTRA PARTE
|
|
|
a) Servicios de lavado, limpieza y teñido
(CCP 9701)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
b) Servicios de peluquería
(CCP 97021)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
c) Servicios de tratamiento de belleza, de manicura y de pedicura
(CCP 97022)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
d) Otros servicios de tratamiento de belleza n.c.p.
(CCP 97029)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
e) Servicios de tratamientos termales y masajes no terapéuticos, en la medida en que se proporcionen como servicios de bienestar físico y de relajación y no con una finalidad médica o de rehabilitación
(CCP ver. 1.0 97230)
|
Modo 1
UE: Sin consolidar.
Modo 2
Ninguna.
|
|
f) Servicios de conexión de telecomunicaciones (CPC 7543)
|
Modos 1 y 2
Ninguna.
|