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5.10.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 327/20 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.9904 — SCUK/Volvo/Volvo Car Financial Services U.K. Limited JV)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2020/C 327/10)
1.
El 25 de septiembre de 2020, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
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Volvo Car Corporation («Volvo Cars», Suecia), bajo el control indirecto de Zhejiang Geely Holding Group Co. Limited y parte del grupo Geely (China). |
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Santander Consumer (UK) PLC («SCUK», Reino Unido), bajo el control indirecto de Santander Group (España). |
Volvo Cars y SCUK adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la totalidad de Volvo Car Financial Services UK Limited ( «VFCS»).
La concentración se realiza mediante la adquisición de acciones en una empresa en participación de nueva creación.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:|
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Volvo Cars es una empresa multinacional sueca de fabricación de automóviles que opera en el sector del automóvil con actividades relacionadas con el diseño, el desarrollo, la fabricación, la comercialización y la venta de turismos y piezas de recambio. Se encuentra bajo el control de Zhejiang Geely Holding Group Co. Limited y es parte del grupo Geely. |
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SCUK es, en última instancia, propiedad indirecta de Banco Santander S.A. y Santusa Holding S.L., la principal empresa matriz de un grupo financiero con sede en España dedicado principalmente a la banca minorista, la gestión de activos, la banca corporativa y de inversión, la tesorería y los seguros (Santander Group). Santander Group está presente en toda Europa, los Estados Unidos de América, América Latina y Asia. |
La empresa en participación ofrecerá servicios financieros del automóvil en el Reino Unido, por ejemplo, préstamos y arrendamiento y servicios conexos, tales como distribución de seguros.
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.9904— SCUK/Volvo/Volvo Car Financial Services U.K. Limited JV
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
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Comisión Europea |
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Dirección General de Competencia |
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Registro de Concentraciones |
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1049 Bruselas |
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BÉLGICA |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).