27.7.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/19


Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Una Unión de la igualdad: Plan de Acción de la UE Antirracismo para 2020-2025

(2021/C 300/05)

Ponente:

Yoomi Renström (SE/PSE), miembro de una asamblea local: municipio de Ovanåker

Documento de referencia:

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Una Unión de la igualdad: Plan de Acción de la UE Antirracismo para 2020-2025

[COM(2020) 565 final]

RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

1.

acoge favorablemente la Comunicación «Una Unión de la igualdad: Plan de Acción de la UE Antirracismo para 2020-2025»; subraya que la igualdad es uno de los valores fundamentales en los que se basa la Unión Europea, tal como queda reflejado en los Tratados y en la Carta de los Derechos Fundamentales, que confiere a la UE un mandato y una responsabilidad en la lucha contra la discriminación;

2.

manifiesta su preocupación por las conclusiones del Informe sobre los derechos fundamentales de 2019, elaborado por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA, por sus siglas en inglés), que confirma que las minorías étnicas y los migrantes siguen sufriendo acoso y discriminación en toda la Unión, a pesar de las leyes que viene aplicando la UE contra el racismo desde hace muchos años. Según el mismo informe, solo quince de los veintisiete Estados miembros de la UE cuentan con planes de acción y estrategias específicos para luchar contra el racismo y la discriminación étnica, y, además, persisten lagunas en las legislaciones nacionales que tipifican como delito el racismo;

3.

muestra, asimismo, su inquietud por los resultados del Eurobarómetro dedicado a «La discriminación en la UE (1)», según el cual casi el 59 % de los encuestados considera que la discriminación por motivos de origen étnico está generalizada en su país, especialmente por lo que respecta a la discriminación basada en el color de la piel. No obstante, las percepciones, opiniones y actitudes siguen variando en gran medida en función del colectivo discriminado, así como de un Estado miembro a otro;

4.

valora positivamente el compromiso de la Comisión de llevar a cabo una evaluación exhaustiva del marco jurídico vigente de la UE para luchar contra la discriminación, el racismo y la xenofobia, supervisar la aplicación de la Directiva sobre la igualdad de trato (2) y velar por la correcta aplicación de la Decisión Marco sobre el racismo y la xenofobia (3);

5.

recalca que la lucha contra la discriminación en todos los ámbitos ha ser prioritaria para la UE, pero constata la existencia de lagunas en la legislación vigente de la UE contra la discriminación, que contempla determinados motivos de discriminación únicamente en el ámbito profesional y del empleo; insta a los representantes de los Estados miembros en el Consejo a concluir las negociaciones relativas a la Directiva global sobre la no discriminación (4), bloqueada desde que la Comisión formuló su propuesta en 2008;

6.

se congratula de que la Comisión reconozca por primera vez que el racismo estructural existe y que forma parte del sistema social, económico y político en el que vivimos todos, y que la Comisión perciba la necesidad de abordar esta cuestión recurriendo a una política global. Por todo ello, resulta necesario modificar el enfoque de la lucha contra el racismo en la UE;

7.

acoge favorablemente que el Plan de Acción proponga una serie de medidas que reúnan a todos los niveles de decisión de la sociedad, incluidas la sociedad civil y las organizaciones en el campo de la igualdad, con el fin de luchar con mayor eficacia contra el racismo en Europa, por ejemplo a través de planes de acción nacionales contra el racismo;

8.

señala que el Plan de Acción es un paso hacia la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, en particular el objetivo 10, relativo a la reducción de las desigualdades;

9.

espera que el próximo Plan de Acción sobre el pilar social europeo de 2021 brinde un apoyo aún mayor a la igualdad en el mercado laboral, también para las personas de origen racial (5) o étnico minoritario;

Racismo estructural: abordar el problema subyacente

10.

destaca la importancia de reconocer las raíces históricas del racismo. Velar por la memoria del colonialismo, la esclavitud y el holocausto es un aspecto importante a la hora de promover la inclusión y el entendimiento. Propugna relatos alternativos que condenen el racismo, fomenten la integración social y empoderen a las personas independientemente de su origen racial o étnico;

11.

destaca que establecer cuáles son los ámbitos en los que pervive el racismo, como la educación, la vivienda, el ámbito sanitario y asistencial, el empleo, el acceso a los servicios públicos, el sistema judicial, la acción policial o el control de la migración, así como la participación y la representación en la política, constituye un paso fundamental para abordar eficazmente el racismo estructural;

12.

insta a la Comisión a considerar, desde una perspectiva global y conjunta, el Plan de Acción Antirracismo con la política europea de inmigración y la política europea común de asilo;

13.

subraya la necesidad de disponer de datos exhaustivos sobre la discriminación en Europa por motivos de carácter racial o étnico. Si no se mide ni cuantifica el alcance de la discriminación y la desigualdad resulta muy difícil hacerles frente con eficacia. Los datos sobre igualdad pueden constituir poderosos instrumentos contra la discriminación y la exclusión, y poner de relieve la situación de los grupos en riesgo de discriminación cuando se persigue el objetivo de planificar una política inclusiva y velar por su ejecución;

14.

cree que los datos sobre igualdad aportan conocimientos sobre el alcance del racismo estructural y la manera de combatirlo, pero se necesitan nuevos métodos de recopilación de datos sobre discriminación e igualdad. El pleno cumplimiento de los preceptos constitucionales, de la legislación de la UE en materia de protección de datos y de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea es un requisito previo para atenuar los posibles riesgos de prácticas erróneas o abusivas;

15.

acoge con satisfacción la decisión de la Comisión de recopilar datos sobre la diversidad racial y étnica de su personal mediante una encuesta específica voluntaria y anónima, respetando así plenamente las normas de recopilación de datos. Subraya, a este respecto, la necesidad de que todos los órganos de la UE lleven a cabo evaluaciones similares, ya que la representación racial y étnica en todos los niveles de la administración pública de la UE es fundamental para lograr la igualdad;

16.

se reafirma en «la importancia de aplicar una perspectiva interseccional, necesaria para involucrar en la ejecución de la Estrategia a las personas en situación de vulnerabilidad y que pueden enfrentarse a discriminaciones múltiples» (6), haciendo una especial mención a colectivos vulnerables como el de las mujeres migrantes, los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados o las personas LGTBI, entre otros. Por ello, solicita a la Comisión Europea que siga desarrollando este enfoque interseccional, en cooperación con los Estados miembros, y elabore una guía de orientaciones para facilitar la aplicación del mismo en la planificación, gestión y evaluación de las políticas públicas;

17.

recuerda que los menores extranjeros no acompañados son un grupo muy vulnerable ante el racismo y que requiere de una atención especial, en línea con lo establecido en la Estrategia de la UE para los Derechos de la Infancia 2021-2024;

18.

exige que las políticas antirracistas se integren en todas las políticas de la Unión; subraya que toda política en materia de lucha contra la discriminación debe dotarse también de perspectivas interseccionales para dar respuesta eficaz a la discriminación múltiple;

19.

considera que a menudo se pasa por alto la dimensión económica del racismo estructural, que conlleva considerables costes económicos al impedir aprovechar el potencial de las personas. Una sociedad menos racista es más fuerte económicamente;

20.

subraya que la COVID-19 ha puesto de relieve y exacerbado las desigualdades, la marginación y la discriminación ya existentes en Europa, y ha reforzado el racismo estructural. Las personas ya vulnerables son también las más afectadas. Además de los millones de trabajadores que han perdido su empleo y sus ingresos, los más golpeados han sido los migrantes en las fronteras, los trabajadores con empleos precarios, los sin papeles, las familias de rentas bajas, las personas sin hogar, las personas mayores, las mujeres y las personas con discapacidad o enfermedades crónicas, incluidas muchas minorías étnicas y raciales. Por lo tanto, toda respuesta a la pandemia deberá atender a una perspectiva de no discriminación y afrontar las consecuencias directas e indirectas a efectos del racismo en los distintos ámbitos de la sociedad;

21.

reitera su petición de «medidas firmes para defender las libertades civiles y la democracia en una era cada vez más digitalizada, entre otras, la reducción del riesgo de vigilancia total por medios digitales y la lucha contra las noticias falsas, las campañas de desinformación, la incitación al odio y la discriminación, en particular el racismo, en el ámbito digital, independientemente de que estos fenómenos se originen dentro o fuera de la UE (7);

22.

hace hincapié en que «la introducción de salvaguardias para garantizar que la inteligencia artificial esté libre de prejuicios y no reproduzca la discriminación por razones de género, origen étnico, edad, discapacidad u orientación sexual, es un elemento fundamental de cualquier marco normativo futuro que se aplique a la inteligencia artificial» (8);

23.

destaca la necesidad de abordar las actitudes discriminatorias de los cuerpos de seguridad del Estado, la brutalidad policial y la elaboración de perfiles raciales de determinados grupos étnicos o raciales, y considera que la policía y los cuerpos de seguridad deben predicar con el ejemplo en la lucha contra el racismo y la discriminación;

24.

considera esencial que, en aquellos Estados miembros donde los entes locales y regionales asumen responsabilidades policiales, se adopten medidas para combatir y prevenir el racismo en la lucha contra la delincuencia, controlar los métodos policiales, invertir en la formación y el desarrollo de dichas autoridades y gestionar de manera transparente los datos relativos a la elaboración de perfiles raciales. Los entes locales y regionales también deberían crear programas sociales globales contra la violencia basándose en la seguridad de la sociedad y en el pleno respeto de las normas de la UE en materia de no discriminación en las actuaciones policiales;

25.

hace nuevamente hincapié en que «una sociedad en la que se respetan plenamente los derechos humanos de todos los sectores de la población y que cumple las normas internacionales y regionales, incluida la lucha contra la discriminación, el racismo y otras formas de intolerancia, desempeña un papel fundamental en la prevención y la lucha contra la radicalización violenta» (9);

Los entes locales y regionales en primera línea

26.

valora positivamente que el Plan de Acción de la UE Antirracismo para 2020-2025 otorgue a los entes locales y regionales un papel protagonista en la búsqueda de soluciones para luchar contra el racismo; observa que, debido a su proximidad a la ciudadanía, los entes locales y regionales desempeñan un papel crucial en la promoción y el respeto de los valores europeos y se sitúan en primera línea en la lucha contra el racismo y los delitos motivados por el odio, la protección de los colectivos vulnerables y las minorías, así como la promoción de la cohesión social;

27.

solicita que se reconozca a los entes locales y regionales como socios estratégicos en el diseño, la aplicación y el seguimiento de los planes nacionales de acción, habida cuenta de sus responsabilidades y de la importante labor que ya están llevando a cabo contra el racismo en sus ámbitos de responsabilidad;

28.

destaca el papel fundamental que juegan las autoridades locales y regionales a la hora de fomentar la sensibilización, formación y educación contra el racismo, especialmente entre los jóvenes;

29.

considera de suma importancia destinar recursos financieros —con cargo tanto a los Fondos de la UE como a Next Generation EU— a los entes locales y regionales en el presupuesto a largo plazo 2021-2027 con el fin de promover la inclusión social y luchar contra el racismo y la discriminación en ámbitos como el acceso al mercado laboral, la educación, la atención social, la atención sanitaria y la vivienda. Esto incluye prestar especial atención a los colectivos más vulnerables y asignar fondos para la protección de los menores extranjeros no acompañados, ya que en muchos casos son responsabilidad de los entes locales y regionales;

30.

considera que, además de la adopción de planes de acción contra el racismo a nivel nacional, puede ser de utilidad contar con planes de acción regionales y locales, capaces de ayudar a afrontar el racismo estructural con medidas concretas. Ello refleja también la posición adoptada por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA, por sus siglas en inglés) en su informe de 2019, en el que subraya la necesidad de disponer de planes de acción a todos los niveles en la lucha contra el racismo. Los entes locales y regionales deben recibir el apoyo necesario a la hora de elaborar planes de acción subnacionales, también a través de iniciativas ad hoc de desarrollo de capacidades;

31.

puede participar y servir de plataforma para desarrollar aún más las medidas contra el racismo a nivel local y regional, por ejemplo apoyando la inclusión social, luchando contra la pobreza energética y fomentando el acceso a una vivienda digna;

32.

subraya la importancia de implicar a las autoridades nacionales, regionales y locales, así como a la sociedad civil, para legitimar los planes de acción nacionales contra el racismo y luchar contra esta lacra de manera más eficaz en Europa. También es importante compartir las buenas prácticas entre los distintos países y los entes locales y regionales, poniendo en común los objetivos fijados y las medidas establecidas en los planes contra el racismo elaborados por los diferentes niveles de gobierno;

33.

considera que, para aprovechar el potencial de las próximas propuestas de la Comisión en relación con los planes nacionales de acción contra el racismo, deben existir procedimientos sólidos que garanticen su aplicación en los plazos establecidos y con objetivos claros y mensurables, así como una supervisión, tanto a nivel nacional como europeo, de los avances en la que la Comisión asuma plenamente la parte de responsabilidad que le corresponda en su seguimiento;

34.

hace hincapié en la necesidad de planificar una evaluación de la eficacia de los planes nacionales de acción contra el racismo dos años después de su implantación, con información completa de los entes locales y regionales;

El Comité Europeo de las Regiones, las instituciones de la UE y las iniciativas contra el racismo

35.

apoya la iniciativa de la UNESCO «Coalición europea de ciudades contra el racismo» (ECCAR, por sus siglas en inglés), y acoge con especial satisfacción los proyectos europeos relacionados con la lucha contra el racismo, incluido el último programa SUPER (SUPport Everyday Fight Against Racism), en el marco del programa de Derechos, Igualdad y Ciudadanía de la Comisión Europea;

36.

insta a la Comisión a que asocie de manera explícita al Comité cuando designe anualmente una o varias «Capitales Europeas de la Inclusión y la Diversidad» como una forma de reconocer y dar visibilidad a los esfuerzos de las ciudades por poner en marcha estrategias de inclusión sólidas a nivel local;

37.

expresa su firme deseo de participar como socio formal en la organización de la Cumbre contra el Racismo del 21 de marzo de 2021, cuya celebración coincidirá con el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial;

38.

cree que, dado que luchan en primera línea contra el racismo y la discriminación, el Comité Europeo de las Regiones y los entes locales y regionales deben desempeñar una función formal en los intercambios, las consultas periódicas y el diálogo con las instituciones de la UE;

39.

se congratula de los grandes esfuerzos que ha llevado a cabo la Comisión para reforzar las políticas sobre la base de unos valores fundamentales y para construir la Unión de la igualdad de la Unión Europea mediante diversos planes de acción y estrategias destinados a combatir la discriminación por motivos específicos (raza, igualdad de género, LGBTQI, gitanos, personas con discapacidad, antisemitismo). No obstante, dado el carácter transversal de las estrategias mencionadas, el Comité considera oportuno disponer no solo de informes de situación individuales sino también de informes intersectoriales que evalúen la interacción entre las distintas estrategias y sus efectos acumulativos a escala nacional, regional y local en caso de múltiples formas de discriminación;

40.

apoya los esfuerzos de la Comisión por convertirse en una Unión de la igualdad que, con la ayuda del nuevo grupo de trabajo interno para la igualdad, velará por los intereses de todas las personas, independientemente de su origen racial o étnico, integrando la igualdad y la interseccionalidad en todas las políticas, legislación y programas de financiación de la Unión;

41.

espera poder participar y cooperar con el próximo coordinador antirracismo que designe la Comisión Europea;

42.

hará suyo el llamamiento de la Comisión Europea a predicar con el ejemplo y mejorará la representatividad en su propia plantilla laboral mediante acciones de contratación y selección.

Bruselas, 7 de mayo de 2021.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  https://data.europa.eu/euodp/en/data/dataset/S2251_91_4_493_ENG/resource/afca8c2e-a0a8-4a22-84ef-29a3a1fb9a1b.

(2)  Directiva 2000/43/CE del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico.

(3)  Decisión Marco 2008/913/JAI del Consejo.

(4)  Directiva sobre igualdad de trato, COM(2008) 426 final.

(5)  El uso del término «racial» en el Plan de Acción y en el presente documento no implica la aceptación de teorías que intenten establecer la existencia de distintas razas humanas.

(6)  Dictamen del CDR 2016/2020 sobre «Una Unión de la igualdad: Estrategia para la Igualdad de Género 2020-2025».

(7)  Dictamen del CDR 2354/2020 sobre Una estrategia para el futuro digital de Europa y una estrategia de datos.

(8)  Dictamen del CDR 2014/2020 sobre La inteligencia artificial: un enfoque europeo orientado a la excelencia y la confianza.

(9)  Dictamen del CDR 6329/2015 sobre La lucha contra la radicalización y el extremismo violento: los mecanismos de prevención de ámbito local y regional.