7.7.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 270/94


P9_TA(2020)0015

COP15 en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (Kunming 2020)

Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2020, sobre la 15.a reunión de la Conferencia de las Partes (COP15) en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (2019/2824(RSP))

(2021/C 270/11)

El Parlamento Europeo,

Vistas la revisión intermedia de la Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad y su Resolución, de 2 de febrero de 2016, sobre la revisión intermedia de la Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad (1),

Vista su Resolución, de 15 de noviembre de 2017, sobre un plan de acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía (2),

Vista su Resolución, de 25 de octubre de 2018, sobre la 14.a reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica (COP14) (3),

Visto el informe de la Comisión, de 20 de mayo de 2015, titulado «Estado de la naturaleza en la Unión Europea: Informe sobre el estado y las tendencias de los tipos de hábitats y las especies regulados por las Directivas de Aves y de Hábitats durante el período 2007-2012 exigido en virtud del artículo 17 de la Directiva de Hábitats y del artículo 12 de la Directiva de Aves» (COM(2015)0219),

Vista la Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (4) (Directiva marco sobre la estrategia marina),

Vista la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (5) (Directiva marco sobre el agua),

Visto el informe de evaluación mundial de la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, publicado por la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES) el 31 de mayo de 2019,

Vista la Lista Roja de Especies Amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza,

Vista la Carta de Metz sobre Biodiversidad, de 6 de mayo de 2019,

Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), así como el documento de reflexión de la Comisión, de 30 de enero de 2019, titulado «Hacia una Europa sostenible en 2030» (COM(2019)0022),

Vistos los informes especiales del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) relativos al cambio climático, la desertificación, la degradación de las tierras, la gestión sostenible de las tierras, la seguridad alimentaria y los flujos de gases de efecto invernadero en los ecosistemas terrestres, y su informe especial, de 25 de septiembre de 2019, sobre el océano y la criosfera en un clima cambiante, así como el informe especial del IPCC titulado «Calentamiento global de 1,5 oC», su quinto informe de evaluación y su informe de síntesis de septiembre de 2018,

Vistas la Comunicación de la Comisión, de 23 de julio de 2019, titulada «Intensificar la actuación de la UE para proteger y restaurar los bosques del mundo» (COM(2019)0352) y la Comunicación de la Comisión, de 20 de septiembre de 2013, titulada «Una nueva estrategia de la UE en favor de los bosques y del sector forestal» (COM(2013)0659),

Visto el informe de 2019 de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación titulado «El estado de la biodiversidad para la alimentación y la agricultura en el mundo»,

Vista la declaración, de 15 de octubre de 2019, de la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ante la Tercera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York,

Visto el Llamamiento de Pekín sobre la conservación de la biodiversidad y el cambio climático, de 6 de noviembre de 2019,

Visto el informe de la Agencia Europea de Medio Ambiente, de 4 de diciembre de 2019, titulado «El medio ambiente en Europa: Estado y perspectivas 2020» (SOER 2020),

Vista la propuesta de Resolución de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria,

Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,

Vistas las preguntas a la Comisión y al Consejo sobre la Conferencia de las Partes (COP15) en el Convenio sobre la Diversidad Biológica — Kunming (China), 2020 (O-000044/2019 y O-000043/2019),

A.

Considerando que la declaración de objetivos del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 consiste en tomar medidas efectivas y urgentes para detener la pérdida de diversidad biológica al objeto de garantizar que, para 2020, los ecosistemas sean resilientes y sigan suministrando servicios esenciales, asegurando y conservando de este modo la variedad de la vida del planeta y contribuyendo al bienestar humano y a la erradicación de la pobreza;

B.

Considerando que la Visión de la Diversidad Biológica para 2050 («Visión para 2050») adoptada en virtud del Convenio sobre la Diversidad Biológica consiste en una vida en armonía con la naturaleza en la que, para 2050, la diversidad biológica se valore, conserve, recupere y utilice de forma racional, manteniendo los servicios de los ecosistemas, sosteniendo un planeta sano y brindando beneficios esenciales para todos, y para las generaciones futuras;

C.

Considerando que la Visión para 2050 adoptada en virtud del Convenio sobre la Diversidad Biológica se basa en cinco objetivos generales que abarcan asimismo las Metas de Aichi para la Diversidad Biológica para 2020: a) abordar las causas subyacentes de la pérdida de diversidad biológica mediante la incorporación de la diversidad biológica en todos los ámbitos gubernamentales y de la sociedad; b) reducir las presiones directas sobre la diversidad biológica y promover la utilización sostenible; c) mejorar la situación de la diversidad biológica salvaguardando los ecosistemas, las especies y la diversidad genética; d) aumentar los beneficios de la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas para todos; y e) mejorar la aplicación a través de la planificación participativa, la gestión de los conocimientos y la creación de capacidad;

D.

Considerando que, como se señala en el informe de evaluación mundial de la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas de la IPBES, las actuales tendencias negativas en materia de biodiversidad y ecosistemas socavarán los avances hacia el logro del 80 % de las metas evaluadas en los ODS relacionados con la pobreza, el hambre, la salud, el agua, las ciudades, el clima, los océanos y la tierra; que se prevé que los pueblos indígenas y muchas de las comunidades más pobres del mundo sean los primeros y más gravemente afectados; que, por lo tanto, la pérdida y la degradación de la diversidad biológica deben considerarse no solo como cuestiones medioambientales, sino también de desarrollo, económicas, sociales y morales;

E.

Considerando que el uso a gran escala de herbicidas sistémicos de amplio espectro como el glifosato es directamente responsable de la pérdida masiva de biodiversidad;

F.

Considerando que, según el IPCC y la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas, no existen soluciones duraderas para hacer frente al cambio climático si no se aplican en mayor medida soluciones coherentes y eficaces basadas en la naturaleza;

G.

Considerando que el cambio climático está reconocido como un factor determinante del aumento de fenómenos meteorológicos extremos que provocan catástrofes naturales en todo el mundo, incluidos los incendios forestales;

H.

Considerando que el Protocolo de Nagoya sobre Acceso y Participación en los Beneficios establece un marco jurídico transparente para la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de recursos genéticos y de los conocimientos tradicionales asociados;

I.

Considerando que el objetivo de la Estrategia de la Unión sobre Biodiversidad para 2020 es detener la pérdida de diversidad biológica y de servicios ecosistémicos en la Unión y contribuir a frenar la pérdida de biodiversidad en el mundo a más tardar en 2020;

J.

Considerando que la Unión y los Estados miembros han adoptado la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y sus diecisiete ODS, y que están plenamente comprometidos con su aplicación;

K.

Considerando que, en sus orientaciones políticas, la Comisión 2019-2024 afirma su ambición de que la Unión colabore con sus socios mundiales para reducir la pérdida de biodiversidad en los próximos cinco años;

L.

Considerando que los bosques son indispensables para la subsistencia a escala mundial y que, a pesar de cubrir solamente el 30 % de la superficie terrestre, acogen el 80 % de su biodiversidad;

M.

Considerando que los hábitats y las especies están amenazados por el cambio climático, como lo demuestran la muerte de la mayor parte de la Gran Barrera de Coral de Australia y fenómenos meteorológicos extremos como los grandes incendios forestales de Australia, que han provocado la muerte de más de mil millones de animales; que la conservación de la naturaleza y la detención de la pérdida de biodiversidad son fundamentales para la mitigación del cambio climático y la adaptación a este fenómeno;

N.

Considerando que se han traspasado cuatro de los nueve límites del planeta definidos por el Centro de Resiliencia de Estocolmo;

Observaciones generales

1.

Observa con preocupación que el informe de evaluación mundial de la IPBES sobre la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas pone claramente de manifiesto la magnitud de la crisis ecológica y la necesidad de adoptar medidas urgentes y concertadas que propicien un cambio transformador, ya que la naturaleza se está deteriorando a escala mundial a un ritmo sin precedentes en la historia de la humanidad, las especies se extinguen a una velocidad cada vez mayor y alrededor de un millón de especies de fauna y flora están amenazadas de extinción, lo cual entraña graves consecuencias para las poblaciones en todo el mundo y afectará a la vida de las generaciones futuras;

2.

Manifiesta su honda preocupación por las presiones adicionales que el cambio climático impone a la tierra en relación con la biodiversidad, según se indica en el informe especial del IPCC de 8 de agosto de 2019; expresa su profunda preocupación por el declive de los mamíferos marinos y otras poblaciones de peces y por la dramática desaparición de los arrecifes de coral, tal como se documenta en el informe especial del IPCC de 24 de septiembre de 2019, de los cuales se prevé que más del 99 % se reduzca en un escenario de calentamiento global de 2 oC, según el informe especial del IPCC titulado «Calentamiento global de 1,5 oC»;

3.

Expresa su profunda preocupación tras la publicación del informe del IPCC sobre el océano y la criosfera en un clima cambiante, en el que se reconoce que el cambio climático es uno de los principales vectores directos de la pérdida de biodiversidad, y subraya que, según las previsiones, sus efectos perjudiciales en la naturaleza y la biodiversidad, los servicios de los ecosistemas, los océanos y la seguridad alimentaria serán cada vez más significativos en las próximas décadas; subraya que el IPCC advierte de que la salud de los océanos y los ecosistemas marinos se ve actualmente afectada por el calentamiento global, la contaminación, la sobreexplotación de la biodiversidad marina, el aumento del nivel del mar, la acidificación, la desoxigenación, las olas de calor en el mar, la fusión sin precedentes de los glaciares y hielos marinos, la erosión en las costas y la mayor frecuencia de las catástrofes naturales, que afectan a los ecosistemas marinos y costeros al alterar su funcionamiento y acelerar el declive de los mamíferos marinos y de la pesca, además de ser causantes de la drástica desaparición de los arrecifes de coral y los manglares; recuerda que el océano es parte de la solución para mitigar los efectos del cambio climático y adaptarse a este; pide, por tanto, a la Unión que incluya los océanos entre las prioridades de su estrategia sobre biodiversidad, y pide a todas las Partes en el Convenio (en lo sucesivo, «Partes») que reconozcan que los océanos son un bien común de la humanidad, con objeto de desarrollar un nuevo enfoque que sitúe las responsabilidades individuales y colectivas muy por encima de los principios tradicionales de libertad y propiedad del océano para garantizar su preservación;

4.

Considera que estamos ante una situación de emergencia medioambiental, que requiere acciones importantes en la Unión y en todo el mundo; pide a la Comisión que incluya la protección y la restauración de la naturaleza como una de las principales prioridades del Pacto Verde Europeo, junto con el cambio climático;

5.

Observa con preocupación que, con el ritmo actual de pérdida de biodiversidad, las Metas de Aichi para la Diversidad Biológica para 2020 no se cumplirán y reitera su llamamiento a todas las Partes para que redoblen urgentemente sus esfuerzos; lamenta que la Unión no esté en vías de alcanzar su objetivo principal de detener la pérdida de biodiversidad y la degradación de los ecosistemas antes de 2020; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que se comprometan a la adopción inmediata de medidas adicionales de gran calado para la conservación y recuperación de la biodiversidad, con miras a cumplir los objetivos mundiales y de la Unión y contribuir a alcanzar las Metas de Aichi;

6.

Recuerda que la biodiversidad y la salud de los ecosistemas, incluidos los océanos, que absorben más del 25 % de las emisiones de CO2 y son el principal proveedor de oxígeno, resultan fundamentales para la consecución de los objetivos del Acuerdo de París y refuerzan la capacidad de recuperación y adaptación de la Unión frente al cambio climático; lamenta que solo el 7 % de los océanos estén formalmente protegidos; recuerda la importancia de desarrollar y aplicar soluciones basadas en la naturaleza para la conservación de la biodiversidad, mientras se mitiga el cambio climático y se produce una adaptación al mismo, especialmente mediante la absorción del carbono; pide, por tanto, una mayor coherencia y sinergia entre los tres Convenios de Río (6) y su mejor adecuación a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas; solicita a la Comisión que garantice la plena integración de la biodiversidad en sus políticas climáticas;

7.

Acoge con satisfacción el Llamamiento de Pekín en favor de la conservación de la biodiversidad y sobre el cambio climático, de 6 de noviembre de 2019;

8.

Destaca que siempre deben evitarse los compromisos entre la protección del clima y la protección de la biodiversidad, en particular en el sector de la bioeconomía, que puede desempeñar un papel fundamental en la transición hacia una economía climáticamente neutra, siempre que no suponga una amenaza para la calidad de los ecosistemas; expresa su preocupación por que estos compromisos no se hayan abordado lo suficiente en los recientes debates políticos; pide a la Comisión y a todas las partes interesadas que desarrollen un enfoque coherente para crear una bioeconomía realmente sostenible, asentada en la conservación de la naturaleza y en otras soluciones basadas en los ecosistemas, ya que este enfoque ofrece los mejores resultados tanto para el clima como para la biodiversidad;

9.

Destaca que la biodiversidad no solo es indispensable para la producción de alimentos, combustible y medicamentos, sino que también es importante, junto a un entorno natural sano, para el desarrollo económico a largo plazo;

10.

Acoge con satisfacción los compromisos asumidos por Ursula von der Leyen, tanto en las orientaciones políticas de la Comisión 2019-2024 como en su carta de mandato de 10 de septiembre de 2019 dirigida al comisario de Medio Ambiente y Océanos, de presentar, durante los primeros 100 días de mandato de la nueva Comisión, una Estrategia sobre Biodiversidad para 2030 ambiciosa en el marco del Pacto Verde Europeo, así como su intención de que la Unión asuma un liderazgo mundial en la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica de 2020, del mismo modo que hizo en la Conferencia de París sobre el Cambio Climático en 2015; insiste en que esta sea una alta prioridad para la nueva Comisión y que la Unión galvanice la ambición mundial en materia de biodiversidad de cara a la COP15; pide a la Comisión que, ante la crisis de la biodiversidad en el mundo que ha puesto de manifiesto el reciente informe de la IPBES, aplique un nuevo enfoque y abandone los compromisos voluntarios, y proponga una Estrategia sobre Biodiversidad para 2030 ambiciosa e integradora que establezca objetivos jurídicamente vinculantes para la Unión y sus Estados miembros, en particular objetivos específicos para que los espacios terrestres y marítimos protegidos alcancen como mínimo un 30 % y se recupere al menos el 30 % de los ecosistemas degradados a escala de la Unión antes de 2030;

11.

Considera que, en esta nueva estrategia, debe prestarse especial atención a la recuperación de los ecosistemas, los hábitats y las especies, en particular a través de la investigación y la innovación, con objeto de impulsar el desarrollo de economías basadas en la naturaleza en todos los sectores, lo cual resulta fundamental para alcanzar los objetivos en materia de biodiversidad;

12.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan un llamamiento a la COP15 para que adopte disposiciones sobre la exploración de perspectivas, la evaluación de tecnologías y el seguimiento de nuevos avances tecnológicos, incluidos los derivados de la biología sintética;

13.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan un llamamiento a una moratoria en la COP15 de la liberación en la naturaleza de organismos de genética dirigida, incluidos los ensayos de campo, con el fin de evitar una liberación prematura de estas nuevas tecnologías y respetar el principio de precaución, que está consagrado en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en el Convenio sobre la Diversidad Biológica;

14.

Destaca que la protección y la conservación de la diversidad biológica mundial son un reto fundamental y revisten un interés estratégico para la Unión que debe recibir la máxima atención política; pide a la Comisión y a los Estados miembros que colaboren activamente con terceros países, en particular a través de sus instrumentos exteriores, como el Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional (IVDCI), con el fin de promover y fijar objetivos relativos a las medidas de protección, conservación y recuperación de la biodiversidad y a la gobernanza, en lo que respecta en particular a los acuerdos multilaterales y comerciales, así como medidas para evitar incumplimientos; pide, por consiguiente, a la Comisión que incluya capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible vinculantes y viables en todos los futuros acuerdos comerciales;

15.

Recuerda su posición según la cual el IVDCI debe asignar el 45 % de sus fondos a inversiones que contribuyan a los objetivos climáticos, a la gestión y protección del medio ambiente, a la biodiversidad y a la lucha contra la desertificación;

16.

Hace hincapié en la necesidad de un enfoque de gobernanza integral a varios niveles que aborde la protección, la conservación, la recuperación y el uso sostenible de la biodiversidad y de los servicios de los ecosistemas; pide a la Unión y a los Estados miembros que no cejen en su firme compromiso de seguir reforzando el Convenio sobre la Diversidad Biológica, que ejerzan el liderazgo en la preparación del marco posterior a 2020, en particular en el período previo a la COP15, que se comprometan con un objetivo que sea, en materia de biodiversidad, el equivalente a los 1,5 oC del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático y establezcan de forma transparente sus perspectivas y prioridades para el marco mundial para la diversidad biológica posterior a 2020;

17.

Recuerda que la biodiversidad y la conservación de los ecosistemas son intrínsecamente sinérgicas y resultan esenciales para la consecución de los ODS; pide a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten una integración efectiva de la naturaleza y la biodiversidad mediante objetivos en materia de biodiversidad en todos los sectores, modifiquen el modelo económico hacia una mayor sostenibilidad teniendo en cuenta la huella de la Unión, y garanticen una mayor coherencia de la política medioambiental en todas las políticas interiores y exteriores de la Unión, en particular en los ámbitos de la agricultura, la pesca, las energías renovables, el transporte, el comercio y el marco financiero plurianual (MFP) 2021-2027, y subraya la necesidad de estas acciones; considera que es necesaria una mayor cooperación en todos los sectores para integrar mejor la protección, la conservación y la recuperación de la biodiversidad; destaca que debe prestarse una atención especial al ciclo de vida de los productos, desde su concepción hasta su consumo, para proteger los recursos naturales y la biodiversidad, y tener en cuenta las repercusiones acumuladas, incluido el transporte;

18.

Considera fundamental que se aborden los factores clave de pérdida de biodiversidad con un enfoque estratégico a largo plazo y se determinen y salvaguarden con carácter urgente los focos de biodiversidad y servicios de ecosistemas de mayor trascendencia y carácter estratégico, así como los ecosistemas mejor conservados, sobre la base de la fragilidad de una zona, la presencia de especies amenazadas, la falta de conocimientos o de gestión eficaz, y la existencia de especies comunes que sean vitales para los procesos ecológicos, así como que se limiten las pérdidas de biodiversidad y las repercusiones negativas en los territorios y modos de subsistencia de las comunidades indígenas y locales;

19.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que presionen a la COP15 para que garantice que se pida y se obtenga de los pueblos indígenas y las comunidades locales un consentimiento libre, previo e informado antes de la introducción de cualquier tecnología que pueda afectar a sus conocimientos tradicionales, a la innovación, a sus prácticas, medios de subsistencia y uso de la tierra, de los recursos y del agua; destaca que esto debe hacerse de forma participativa incluyendo a todas la comunidades potencialmente afectadas antes de su puesta en marcha;

20.

Reitera que, pese a la importancia de la recuperación medioambiental, los Estados miembros siguen ignorando casi por completo este aspecto en el contexto del Desafío de Bonn;

21.

Hace hincapié en que la emergencia climática y las consecuencias de la pérdida masiva de biodiversidad constituyen una amenaza grave para los derechos humanos; recuerda que, sin un medio ambiente saludable, los derechos humanos fundamentales a la vida, la salud, los alimentos y un agua salubre corren peligro; pide a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) que preparen una estrategia de la Unión para proteger el derecho a un medio ambiente saludable, en estrecha colaboración con países terceros y organismos internacionales como la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH), que ha puesto en marcha recientemente una estrategia conjunta con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA);

Aplicación del Convenio y el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020

22.

Acoge con satisfacción la decisión adoptada durante la COP14 en Egipto, en la cual se insta a las Partes a que, entre otras cosas, aceleren notablemente el ritmo de las medidas para la ejecución del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y estudien la posibilidad de llevar a cabo evaluaciones nacionales de la biodiversidad y los servicios y funciones de los ecosistemas; considera sumamente importante redoblar los esfuerzos para la ejecución del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020, centrarse en la consecución de las Metas de Aichi para la Diversidad Biológica y en el Protocolo de Nagoya sobre Acceso y Participación en los Beneficios, trabajar en un ambicioso plan estratégico posterior a 2020 y en un mecanismo de ejecución que incluya formalmente a las autoridades regionales y locales y, con la vista puesta en un marco hipotético para 2050, tener en cuenta nuevos retos en el ámbito de la biodiversidad en consonancia con la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible;

23.

Observa con preocupación que en la Unión, según las evaluaciones (7) sobre el estado de conservación de las especies y los tipos de hábitats con interés de conservación, solo el 7 % de las especies marinas y el 9 % de los tipos de hábitats marinos presentan un estado de conservación favorable, mientras que, en el caso del 27 % de las especies y el 66 % de los tipos de hábitats, dicho estado es desfavorable; destaca asimismo que, de acuerdo con dichas evaluaciones, el 48 % de las especies de fauna y flora marinas cuyas tendencias de población se conocen han sufrido una disminución constante durante el último decenio, lo que supone un mayor riesgo de extinción de las especies objeto de seguimiento;

Marco mundial para la diversidad biológica posterior a 2020

24.

Celebra los avances logrados en la COP14 en el sentido de un proceso participativo e integral para el establecimiento de un marco mundial para la diversidad biológica posterior a 2020; apoya la Carta de Metz sobre Biodiversidad que adoptó el G7;

25.

Destaca la necesidad de reforzar las aspiraciones, la inclusividad y el funcionamiento en relación con el marco mundial para la diversidad biológica posterior a 2020; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen los mecanismos de aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica y que pongan empeño en la elaboración de objetivos ambiciosos jurídicamente vinculantes, calendarios detallados, indicadores claros de rendimiento, instrumentos de seguimiento y mecanismos de evaluación externa por expertos o de presentación de informes que se rijan por normas comunes —preferiblemente en cooperación con las administraciones subnacionales—, a fin de garantizar la total transparencia y la rendición de cuentas de las Partes, así como la eficacia general del próximo plan estratégico mundial para la diversidad biológica;

26.

Subraya que hace falta un marco internacional en forma de un acuerdo mundial jurídicamente vinculante al objeto de proteger la biodiversidad mundial, detener su actual deterioro y recuperarla en todos sus aspectos; considera que dicho marco debe basarse en objetivos concretos, mensurables, cuantificables, ambiciosos, realistas y limitados en el tiempo y en compromisos firmes, los cuales han de comprender estrategias nacionales de biodiversidad y planes de acción reforzados y otros instrumentos pertinentes, como planes de acción subnacionales, compromisos financieros y garantías reforzadas de mejora de la capacidad, así como un mecanismo de supervisión y revisión cada cinco años, con especial hincapié en que las aspiraciones vayan ganando en ambición; subraya la necesidad de que las Partes presenten informes de forma periódica y de que se recaben y traten de manera armonizada datos e indicadores comparables y coherentes al objeto de que el proceso de supervisión resulte satisfactorio;

27.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan un llamamiento para que el marco mundial para la diversidad biológica posterior a 2020 incluya, como pilares esenciales, el principio de precaución, un enfoque y una exploración de perspectivas basados en derechos y la evaluación y el seguimiento de la tecnología en relación con la adopción de nuevas tecnologías;

28.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan la definición de un nuevo objetivo global que permita lograr, en 2030, una inflexión en la curva de la pérdida de biodiversidad a escala mundial, haciendo posible una regeneración de la naturaleza en beneficio de todos y contribuyendo a la protección de la biodiversidad, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, la lucha contra la desertificación y la degradación de los suelos, así como la seguridad alimentaria; pide a la Unión que presione a favor de un mayor nivel de ambición durante las negociaciones y, a ser posible, solicite la protección de la mitad del planeta de aquí a 2050; considera que en el marco posterior a 2020 deben establecerse un objetivo global claro de conservación para 2030 de al menos el 30 % de los espacios naturales y un objetivo de recuperación de al menos el 30 % de los ecosistemas degradados que pueden restaurarse, y que la Unión, internamente, debe fijarse objetivos similares;

29.

Subraya que los esfuerzos y los acuerdos internacionales solo darán resultados si todas las partes interesadas participan activamente; pide la creación de una coalición de partes interesadas de los sectores público y privado para establecer el marco global para la diversidad biológica posterior a 2020; señala la utilidad de la «Agenda de Soluciones» elaborada en el marco del Acuerdo de París a la hora de desarrollar un programa de trabajo constructivo para todas las partes interesadas pertinentes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y pide que se incorporen iniciativas similares en el marco posterior a 2020;

30.

Destaca la importancia de reducir al mínimo los plazos que puedan surgir entre la adopción del marco mundial para la diversidad biológica posterior a 2020 y su traducción en objetivos nacionales y planes de acción subnacionales en materia de biodiversidad, a fin de evitar retrasos en la adopción de medidas concretas para detener la pérdida de biodiversidad;

Estrategia de la Unión sobre Biodiversidad para 2030

31.

Insta a la Comisión a que diseñe una estrategia que aborde las principales causas de la pérdida de biodiversidad, tanto en su territorio como en el resto del mundo;

32.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen la coherencia de la estrategia «de la granja a la mesa» y la aspiración a una contaminación cero con la política agrícola común posterior a 2020, en particular con vistas a la reducción del uso de plaguicidas;

33.

Pide a la Comisión y al Banco Europeo de Inversiones (BEI) que introduzcan requisitos de protección de la biodiversidad en sus instrumentos financieros a fin de evitar que tengan efectos adversos para la biodiversidad; pide al BEI que actualice sus normas medioambientales y sociales para adaptarlas a las disposiciones de la Estrategia de la Unión sobre Biodiversidad para 2030;

34.

Pide convertir en objetivo jurídicamente vinculante para toda la Unión la restauración, no más tarde de 2030, de los hábitats degradados a través de la restauración de bosques naturales, turberas, llanuras aluviales, humedales, pastizales de gran biodiversidad, zonas costeras y zonas marinas; lamenta que la Estrategia de la Unión sobre Biodiversidad hasta 2020 no haya servido para alcanzar el objetivo de restaurar el 15 % de los ecosistemas degradados;

35.

Insta a la Comisión y al BEI a que introduzcan requisitos de protección de la biodiversidad en su acción exterior, en particular en su instrumento de financiación exterior, para velar por que ninguno de los fondos o programas de financiación de la Unión contribuya a la pérdida neta de biodiversidad;

36.

Considera que el objetivo que la Unión promueva a nivel mundial tendrá que ser coherente con las medidas que adopte internamente en el marco de su Estrategia sobre Biodiversidad para 2030;

37.

Pide a la Comisión que, en la Estrategia de la Unión sobre Biodiversidad para 2030, preste especial atención a la reducción de la huella ecológica de la Unión a nivel mundial, a fin de evitar la falta de coherencia entre las medidas que adopte internamente y su actuación en el ámbito internacional;

Consideraciones económicas y financiación

38.

Acoge con satisfacción el acuerdo alcanzado en la COP14 por 196 Gobiernos para incrementar la inversión en la naturaleza y las personas para 2020 y más adelante; destaca que el crecimiento económico puede fomentar el desarrollo sostenible únicamente si no está asociado en absoluto al deterioro de la biodiversidad y de la capacidad de la naturaleza para contribuir al bienestar de la humanidad;

39.

Hace hincapié en la necesidad de una financiación adecuada y suficiente para la biodiversidad; pide que se incluyan en el próximo MFP medidas para el aumento de la biodiversidad y la defensa contra el cambio climático y que se aumente la integración de la biodiversidad en distintos ámbitos de actuación, de modo que se consigan avances significativos y positivos hacia la Visión para 2050; pide a la Comisión y al Consejo que establezcan un objetivo de gasto claro para la integración transversal de la dimensión de la biodiversidad de un mínimo del 10 % en el MFP, además del objetivo de gasto destinado a la integración de la dimensión climática; destaca asimismo la necesidad de elaborar una metodología más transparente, completa y rigurosa para el seguimiento del gasto que se efectúe en medidas en favor del clima y la biodiversidad; insiste una vez más en que el nivel de financiación de que dispone actualmente el Programa LIFE debe, como mínimo, duplicarse; pide, además, la supresión progresiva de las subvenciones perniciosas y que exista una coherencia entre todos los fondos y programas de la Unión, a fin de garantizar que ninguno de los gastos que se efectúen en el marco del presupuesto de la Unión contribuya a la pérdida de biodiversidad;

40.

Hace hincapié en que la integración transversal de la dimensión de la biodiversidad debe ir acompañada de la recogida de datos; observa con preocupación que la investigación en ámbitos básicos, como la taxonomía, que es fundamental a este respecto, afronta un acusado déficit de recursos y no cuenta con un nivel suficiente de financiación para políticas e investigaciones; pide que se asigne una financiación adecuada procedente de Horizonte Europa a proyectos de investigación básica y capacitación, y que se utilice con este fin el eje de asistencia técnica de otros fondos de la Unión;

41.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan la creación de mecanismos financieros internacionales adicionales para la protección y conservación de la biodiversidad vinculados al Convenio sobre la Diversidad Biológica, al tiempo que ponen todo su empeño en integrar la dimensión de la biodiversidad en los fondos existentes; observa que las actividades económicas son factores que pueden contribuir en gran medida al deterioro de la biodiversidad y la pérdida de capital natural en todo el mundo; pide, por consiguiente, a las empresas y a las organizaciones financieras que de manera firme, ya sea solas o unidas, asuman compromisos y hagan contribuciones en relación con la biodiversidad, en particular velando por la protección de esta en sus actividades, y destaca la importancia de potenciar las iniciativas de financiación privadas en este sentido; lamenta la incoherencia imperante en los conjuntos de datos relativos a los flujos financieros en materia de biodiversidad de origen público y privado, tanto nacional como internacional, dado que dicha incoherencia compromete los sistemas de seguimiento y de presentación de informes y tiene consecuencias negativas para toda posible reforma; pide, por tanto, a la Comisión, los Estados miembros y el BEI que elaboren normas coherentes relativas a los conjuntos de datos relativos a los flujos financieros en materia de biodiversidad; hace hincapié en que el futuro plan en materia de finanzas sostenibles deberá incluir la biodiversidad entre los requisitos de divulgación de información financiera al objeto de ayudar a los participantes en los mercados financieros a entender los riesgos asociados a la pérdida de biodiversidad;

42.

Destaca la importancia de aumentar la inversión, en particular en soluciones basadas en la naturaleza y en las iniciativas correspondientes, que generen beneficios colaterales para la biodiversidad y la acción por el clima que, a su vez, reduzcan los efectos del cambio climático en la biodiversidad, eliminando al mismo tiempo las inversiones perjudiciales para el medio ambiente; recuerda que la mayoría de las inversiones que se efectúen en el marco del Acuerdo de París debe utilizarse para conservar y restaurar la biodiversidad; lamenta que, a pesar del potencial de las soluciones naturales al cambio climático, los esfuerzos de captura en tierra solo reciban alrededor del 2,5 % del presupuesto de mitigación del cambio climático a escala mundial; pide un mayor uso de la financiación de la Unión e internacional en materia de cambio climático para proteger y recuperar ecosistemas naturales de tal manera que los beneficios queden repartidos entre la biodiversidad y la mitigación del cambio climático y la adaptación a dicho cambio;

43.

Celebra la decisión del Grupo BEI de poner todas sus actividades de financiación en consonancia con los objetivos del Acuerdo de París y de destinar al menos el 50 % de la financiación del BEI a la acción por el clima; pide al BEI que continúe ampliando las medidas de protección y conservación de la biodiversidad en el marco de su dotación financiera; pide a la Comisión que colabore con los Estados miembros y el sector financiero al objeto de que adapten sus actividades a los planteamientos del Acuerdo de París y garanticen la protección del clima y la biodiversidad en sus operaciones e inversiones tanto a nivel de la Unión como a una escala más amplia;

44.

Señala que organizaciones internacionales como el Fondo Monetario Internacional (FMI), el PNUMA y la OCDE concuerdan en que la fiscalidad medioambiental es un instrumento esencial para hacer frente a los desafíos medioambientales, como la pérdida de biodiversidad; acoge con satisfacción las iniciativas que, como la Red de Política Fiscal Ecológica del PNUMA y el FMI, facilitan la puesta en común de conocimientos y el diálogo sobre la reforma fiscal ecológica; llama la atención sobre la Meta 3 de Aichi y la necesidad de ofrecer incentivos positivos para la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad, así como sobre el objetivo de desarrollo sostenible (ODS) 15 y la necesidad de movilizar y aumentar considerablemente los recursos financieros procedentes de todas las fuentes para conservar y utilizar de manera sostenible la biodiversidad y los ecosistemas; subraya, por tanto, las posibilidades que ofrece la fiscalidad medioambiental equitativa, en consonancia con el principio de que quien contamina paga, para reducir el daño al medioambiente y generar recursos financieros para la protección de la naturaleza; pide a la Unión y sus Estados miembros que reorienten sus sistemas fiscales para utilizar en mayor medida la fiscalidad medioambiental;

45.

Toma nota con preocupación de que solo el 8,3 % del total de los compromisos financieros está relacionado con la reversión de la disminución de la biodiversidad, que es el porcentaje más bajo desde 2015, pese a una tasa de extinción de especies sin precedentes y en rápido aumento; pide a la Comisión que destine más recursos a garantizar la protección a largo plazo y coherente de la biodiversidad en toda la Unión; insiste en que el próximo MFP debe basarse en una metodología sólida para el seguimiento de la biodiversidad y evitar el riesgo de sobrestimar las actuaciones en favor de la biodiversidad;

Silvicultura, agricultura, pesca y suelos

46.

Destaca que las actividades agrícolas y pesqueras, la salud de los suelos y la conservación de la biodiversidad están estrechamente relacionadas; señala las consecuencias negativas que para la biodiversidad acarrean la agricultura, la silvicultura y la pesca no sostenibles; subraya, no obstante, que una agricultura, una silvicultura y una pesca sostenibles pueden reducir los efectos negativos sobre especies, hábitats y ecosistemas, así como los efectos del cambio climático;

47.

Pide, por tanto, a la Unión y a las Partes que asuman compromisos firmes respecto a sistemas alimentarios, la agricultura, la silvicultura y la pesca sostenibles, en particular requisitos y estrategias para el uso sostenible de productos fitosanitarios y fertilizantes, una reducción del uso de plaguicidas y la protección suelos, hábitats y especies proporcionando servicios de los ecosistemas, como la polinización, y pide igualmente una mayor selectividad para reducir el impacto acumulado en los ecosistemas marinos y costeros y contribuir a la recuperación de las poblaciones de peces en zonas sensibles y de sobrepesca; pide a la Comisión que incluya objetivos de reducción vinculantes a escala de la Unión en la próxima revisión de la Directiva de la Unión sobre un uso sostenible de los plaguicidas (2009/128/CE) y a la Comisión, los Estados miembros y los Gobiernos regionales que apoyen directamente prácticas sostenibles y regímenes ecológicos para la agricultura, la silvicultura y la pesca;

48.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen financieramente prácticas agrícolas y forestales que sean coherentes con los objetivos de biodiversidad, como la gestión integrada de plagas y fertilizantes, la agricultura ecológica, prácticas agroecológicas, prácticas de conservación del suelo y del agua, la agricultura de conservación, la agrosilvicultura, el silvopastoreo, la gestión del riego, sistemas a pequeña escala y de pequeñas explotaciones y prácticas destinadas a mejorar el bienestar animal;

49.

Recuerda que, según la Comunicación de la Comisión titulada «Intensificar la actuación de la UE para proteger y restaurar los bosques del mundo», los bosques son indispensables para los sistemas de soporte vital de nuestro planeta, donde cubren el 30 % de la superficie terrestre y albergan el 80 % de su biodiversidad; destaca que la deforestación es una de las principales causas de pérdida de biodiversidad y que las emisiones derivadas del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura relacionadas con la deforestación son una causa importante del cambio climático; expresa su preocupación por el impacto del consumo de la Unión en la deforestación, ya que la Unión es el consumidor final del 10 % de los productos asociados a la deforestación; pide a la Comisión que adopte una definición única y unificada para el término «libre de deforestación»;

50.

Pide a la Comisión que proponga un conjunto completo de medidas (incluida legislación) para reducir la huella del consumo de la Unión en la tierra, basadas en la diligencia debida y que garanticen cadenas de suministro sostenibles y libres de deforestación para los productos comercializados en la Unión, así como un plan de acción de la Unión sobre el aceite de palma; opina que la acción de la Unión contra la deforestación debe abordar sus principales causantes, como el aceite de palma, la soja, la carne de vacuno y el cacao; pide a la Comisión que elimine progresivamente y lo antes posible los biocarburantes utilizados en la Unión que pudieran provocar indirectamente cambios en el uso de la tierra;

51.

Hace hincapié en que las políticas forestales deben ser coherentes, combatir la pérdida de biodiversidad y los efectos del cambio climático por igual y aumentar los sumideros naturales de la Unión protegiendo, conservando y promoviendo la biodiversidad;

52.

Destaca que ningún efecto de sustitución basado en productos forestales puede compensar la pérdida de bosques antiguos y primarios, que están reconocidos como algo irremplazable (8) y deben ser protegidos mediante instrumentos jurídicos y de incentivo orientados a su complejidad, conectividad y representatividad;

53.

Señala que, de acuerdo con el informe Perspectivas de la Población Mundial de junio de 2019, se espera que la población mundial aumente en 2 000 millones de personas durante los próximos treinta años, con el consiguiente incremento de la repercusión del uso del suelo y del mar sobre la diversidad biológica y la captura de carbono; señala que el aumento de la pérdida de biodiversidad pone en peligro la seguridad alimentaria y la nutrición; pide a las Partes que promuevan el uso sostenible de la biodiversidad en programas que ayuden a conseguir la seguridad alimentaria y una mejor nutrición, contribuyendo al mismo tiempo a la consecución de los ODS, con atención especial al objetivo 2 (hambre cero);

Zonas urbanas

54.

Observa que la contaminación, la expansión urbana, el sellado del suelo y la destrucción de hábitats son otras de las principales causas de destrucción de la biodiversidad; recuerda que en el informe de evaluación mundial de la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas de la IPBES se señala que desde 1992 se ha producido una duplicación de la superficie ocupada por las zonas urbanas y que dos de cada tres ciudadanos de la Unión viven en zonas urbanas; pide que se evalúe con mayor fidelidad el papel desempeñado por las zonas urbanas y las ciudades en lo que respecta a la conservación de la biodiversidad y que aumente la participación de las ciudades y las autoridades locales a la hora de concretar políticas al objeto de proteger y conservar la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, así como de supervisar, informar y verificar;

55.

Insiste en que se subestima el potencial de las ciudades para contribuir a la protección de la biodiversidad y los servicios de los ecosistemas; recuerda que el aumento de los beneficios derivados de la biodiversidad, los servicios de los ecosistemas y la infraestructura urbana verde en las ciudades y las zonas periurbanas mejora la salud humana; pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan la incorporación y mayor integración de las funciones de la biodiversidad y de los ecosistemas en el diseño de las ciudades, las políticas y la planificación urbanas, reduciendo al mismo tiempo las emisiones de carbono y mejorando la adaptación al cambio climático;

56.

Señala que las zonas urbanas pueden desempeñar un papel transformador en la Unión en términos de biodiversidad; hace hincapié en que los plásticos y la contaminación del agua son importantes causantes de pérdida de biodiversidad; considera que una economía circular fuerte, en el contexto del nuevo Plan de Acción de la UE para la Economía Circular, podría contribuir a los esfuerzos de la Unión para restaurar la biodiversidad;

57.

Lamenta que el plástico y la contaminación procedente, por ejemplo, de plantas de tratamiento de aguas, productos farmacológicos y prácticas agrícolas no sostenibles, como la utilización intensiva de fertilizantes, afecta profundamente a la salud de los ecosistemas oceánicos;

Zonas protegidas de la Unión

58.

Solicita que se lleve a cabo un análisis detallado de todas las zonas protegidas de la Unión, incluidos los lugares de la red Natura 2000, y una mejora, una mejor conexión y una ampliación de esas zonas; subraya la necesidad de un método normalizado para calcular las zonas protegidas y de una definición clara de lo que constituye una «zona protegida» en la Unión; pone de relieve que, a la vista del reciente informe del IPCC relativo al océano y la criosfera en un clima cambiante, hace falta una evaluación global y un aumento significativo de las zonas marinas y costeras protegidas de la Unión y su gobernanza; pide que la ampliación de las zonas marinas protegidas de la Unión incluya más aguas mar adentro; destaca que, además de la cantidad, la calidad de las zonas protegidas es esencial para prevenir la pérdida de biodiversidad y que, por tanto, es necesario insistir en su buena gestión sostenible;

59.

Pide a la Comisión que continúe emprendiendo acciones legales cuando constate el incumplimiento de la legislación de la Unión en materia de protección de la naturaleza; señala que los procedimientos deben ser más eficaces en el ámbito de las infracciones medioambientales debido al riesgo de daños irreversibles para el medio ambiente; destaca que es necesario garantizar con carácter urgente la correcta aplicación de las Directivas sobre protección de la naturaleza y el seguimiento de modo transparente de las denuncias sobre infracciones de la legislación;

60.

Señala que el marco de conservación de la naturaleza podría, en caso de una aplicación deficiente, crear un entorno hostil para los activistas y los conservacionistas y poner en peligro sus vidas directa o indirectamente; subraya que la Unión debe condenar de forma activa los asesinatos de activistas y conservacionistas medioambientales;

61.

Destaca que la infraestructura verde ofrece servicios ecosistémicos que apoyan la biodiversidad, por ejemplo, aumentando la cantidad de corredores ecológicos en entornos urbanos;

Innovación, investigación y educación

62.

Recuerda la importancia que revisten la innovación, la investigación y el desarrollo para la consecución de los objetivos de la Visión para 2050; subraya la importancia de apoyar la investigación y las ciencias participativas para reforzar los conocimientos, en particular en relación con los océanos, la mayor parte de los cuales no se ha explorado; solicita a la Comisión y al Consejo que incrementen la dotación presupuestaria destinada a Horizonte Europa en el próximo MFP hasta alcanzar los 120 000 millones EUR, al objeto de fomentar en particular el clúster relativo a los recursos naturales, incluida la investigación básica y aplicada, por ejemplo en el ámbito de la taxonomía, y que inicien una misión para la protección y la recuperación de la biodiversidad en el marco de Horizonte Europa; pide a las Partes que se centren en particular en la relación entre la conservación de la biodiversidad y la mejora de la salud humana y el bienestar económico, así como que coordinen las medidas para la recopilación de datos;

63.

Solicita a la Comisión que apoye nuevas líneas de investigación en torno a las consecuencias que el uso y el cambio de uso del suelo, en particular la deforestación y la producción de bioenergía, tienen para las emisiones de gases de efecto invernadero, así como que tenga en cuenta los resultados correspondientes en el futuro a la hora de formular políticas;

64.

Observa que, según la Estrategia Europea para el Plástico en una Economía Circular, adoptada el 16 de enero de 2018, los 150 millones de toneladas de plástico que se han acumulado en los océanos del mundo podrían duplicarse de aquí a 2030, poniendo en peligro a más de 660 especies y dañando nuestro medio ambiente; pide a la Comisión que presente iniciativas emblemáticas contra la contaminación por plásticos y su efecto para la biodiversidad; subraya el caso específico de los microplásticos, que representan más del 80 % de los residuos marinos recogidos, lo que pone en peligro la biodiversidad marina; acoge, por tanto, con satisfacción el compromiso de Ursula von der Leyen de abrir un nuevo frente en nuestra lucha contra los residuos plásticos abordando la cuestión de los microplásticos; destaca la necesidad de un enfoque de economía circular que haga hincapié en la investigación y la innovación para productos sostenibles;

65.

Destaca la importancia que reviste la educación a la hora de concienciar en cuanto a la biodiversidad y la protección del medio ambiente; señala que los espacios educativos en zonas protegidas constituyen un instrumento pertinente y eficaz para sensibilizar a la opinión pública y mejorar la conservación;

Creación de capacidades, sensibilización y participación de todos los agentes

66.

Subraya que la mejora de la capacidad y la concienciación pública son fundamentales para obtener buenos resultados y para crear una mayor comprensión de la importancia de la biodiversidad; celebra, por tanto, la decisión adoptada durante la COP14, por la que se invita a las Partes, a otros Gobiernos y a los donantes a aportar recursos financieros para la ayuda técnica, la transferencia de tecnología y la mejora de la capacidad, si están en situación de hacerlo;

67.

Insiste en la importancia de facilitar información exhaustiva y de fomentar una mayor participación de la sociedad civil y de personas de diferentes grupos de edad para lograr los objetivos de la Unión y del mundo;

68.

Pide a las Partes que fomenten la concienciación de la población y la participación de múltiples partes interesadas para adoptar soluciones adaptadas junto con las comunidades locales y las poblaciones indígenas, a fin de promover la utilización sostenible de tierras para incrementar la biodiversidad al objeto de respetar plenamente las diferencias regionales en cuanto a paisajes y hábitats;

69.

Celebra la intención de buscar activamente un enfoque multilateral, el cual resulta fundamental para valorar, proteger, conservar, utilizar de modo sostenible y recuperar la biodiversidad, y subraya que del compromiso reforzado con los distintos niveles de gobierno, sectores y agentes privados, así como entre ellos, surgirán oportunidades para la integración de los objetivos en materia de biodiversidad en otras políticas; cree fundamental contar con la participación de las empresas y las organizaciones financieras y celebra en este sentido las iniciativas de la Comisión para recabar el compromiso del sector privado en relación con la conservación de la biodiversidad, especialmente a través de la Plataforma Empresa y Biodiversidad de la Unión; acoge con satisfacción, en este sentido, iniciativas del sector privado como el lanzamiento de la coalición «One Planet Business for Biodiversity» en la Cumbre de las Naciones Unidas sobre la Acción Climática celebrada en Nueva York;

70.

Pide a la Comisión que estudie la adopción de una metodología armonizada para calcular la huella ecológica de las empresas de la Unión, así como su impacto sobre la biodiversidad;

71.

Considera que son necesarios cambios transformadores en las sociedades para luchar contra el cambio climático, la degradación del medio ambiente y la pérdida de biodiversidad; destaca la importancia de seguir el principio de una transición justa que garantice que el proceso sea inclusivo y equitativo;

72.

Observa que la sensibilización de la población y el acceso a información exhaustiva y fácil de comprender permiten a los consumidores tomar decisiones de compra informadas y promueven el consumo sostenible, e insiste, por tanto, en que deben formar parte de un conjunto completo de medidas, en particular por lo que se refiere a los productos que provocan deforestación, destrucción de ecosistemas y violaciones de los derechos humanos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la trazabilidad y el control de los productos a lo largo de sus cadenas de valor y de suministro, lo que garantizará la transparencia plena para los consumidores;

73.

Hace hincapié en la necesidad de desarrollar mejor la certificación del etiquetado ecológico y de la lucha contra la deforestación;

74.

Acoge con satisfacción la reunión en 2020 de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, que se celebrará en Marsella; invita a la Comisión a enviar señales claras de apoyo en relación con sus compromisos en materia de biodiversidad en este foro;

o

o o

75.

Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1)  DO C 35 de 31.1.2018, p. 2.

(2)  DO C 356 de 4.10.2018, p. 38.

(3)  Textos Aprobados, P8_TA(2018)0431.

(4)  DO L 164 de 25.6.2008, p. 19.

(5)  DO L 327 de 22.12.2000, p. 1.

(6)  El Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

(7)  «The Regional Assessment Report on Biodiversity and Ecosystem Services for Europe and Central Asia» (Informe de evaluación regional sobre la biodiversidad y los servicios ecosistémicos de Europa y Asia Central): https://ipbes.net/sites/default/files/2018_eca_full_report_book_v5_pages_0.pdf

(8)  Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 23 de julio de 2019, titulada «Intensificar la actuación de la UE para proteger y restaurar los bosques del mundo» (COM(2019)0352).