Bruselas, 20.5.2020

COM(2020) 519 final

Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de los Países Bajos y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2020 de los Países Bajos


Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de los Países Bajos y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2020 de los Países Bajos

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas 1 , y en particular su artículo 5, apartado 2,

Visto el Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos 2 , y en particular su artículo 6, apartado 1,

Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,

Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,

Visto el Dictamen del Comité de Empleo,

Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,

Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,

Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,

Considerando lo siguiente:

(1)El 17 de diciembre de 2019, la Comisión adoptó la Estrategia Anual de Crecimiento Sostenible, y marcó así el inicio del Semestre Europeo de 2020 para la coordinación de las políticas económicas. Se tuvo debidamente en cuenta el pilar europeo de derechos sociales, proclamado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión el 17 de noviembre de 2017. El 17 de diciembre de 2019, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a los Países Bajos como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. En la misma fecha, la Comisión adoptó también una Recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro.

(2)El informe específico de 2020 sobre los Países Bajos 3 fue publicado el 26 de febrero de 2020. En él se examinaban los avances de este país en el cumplimiento de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 9 de julio de 2019 4 , el seguimiento dado a las recomendaciones adoptadas en años anteriores y los avances de los Países Bajos hacia la consecución de sus objetivos nacionales en el marco de la Estrategia Europa 2020. Incluía asimismo un examen exhaustivo con arreglo al artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, cuyos resultados se publicaron también el 26 de febrero de 2020. Sobre la base de su propio análisis, la Comisión concluye que los Países Bajos están experimentando desequilibrios macroeconómicos. En particular, el considerable volumen de deuda privada y el elevado superávit por cuenta corriente constituyen fuentes de desequilibrios, con incidencia transfronteriza.

(3)El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró oficialmente la COVID-19 una pandemia mundial. La pandemia constituye una grave emergencia de salud pública para los ciudadanos, las sociedades y las economías y está sometiendo a fuertes tensiones a los sistemas sanitarios nacionales, perturbando las cadenas de suministro mundiales y causando volatilidad en los mercados financieros, alteraciones en la demanda de los consumidores y efectos negativos en diversos sectores. Supone una amenaza para los empleos y la renta de los trabajadores y para la actividad empresarial. Ha ocasionado una grave perturbación económica que ya está teniendo graves repercusiones en la Unión Europea. El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación 5 en la que reclamaba una respuesta económica coordinada a la crisis, en la que participaran todas las partes interesadas a nivel nacional y de la Unión.

(4)Varios Estados miembros han declarado un estado de alarma o han introducido medidas de emergencia. Cualquier medida de emergencia debe ser estrictamente proporcionada, necesaria, limitada en el tiempo y conforme a las normas europeas e internacionales. Ha de estar sometida al control democrático y al examen independiente del poder judicial.

(5)El 20 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación relativa a la activación de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento 6 . La cláusula, tal como se recoge en el artículo 5, apartado 1, el artículo 6, apartado 3, el artículo 9, apartado 1, y el artículo 10, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 1466/97 y en el artículo 3, apartado 5, y el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1467/97, facilita la coordinación de las políticas presupuestarias en tiempos de crisis económica grave. En su Comunicación, la Comisión comparte la opinión del Consejo de que, teniendo en cuenta la crisis económica grave que se prevé como consecuencia de la pandemia de COVID-19, las condiciones actuales permiten la activación de la cláusula. El 23 de marzo de 2020, los ministros de Hacienda de los Estados miembros manifestaron su acuerdo con la evaluación de la Comisión. La activación de la cláusula general de salvaguardia permite una desviación temporal respecto de la senda de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo, siempre que con ello no se ponga en peligro la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo. En lo que respecta al componente corrector, el Consejo puede asimismo decidir, previa recomendación de la Comisión, adoptar una trayectoria presupuestaria revisada. La cláusula general de salvaguardia no suspende los procedimientos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Permite a los Estados miembros desviarse de los requisitos presupuestarios que se aplicarían normalmente a la vez que faculta a la Comisión y el Consejo a adoptar las medidas necesarias de coordinación de políticas dentro del marco del Pacto.

(6)Es necesario seguir actuando para limitar y controlar la propagación de la pandemia, aumentar la resiliencia de los sistemas sanitarios nacionales, paliar las consecuencias socioeconómicas mediante medidas de apoyo destinadas a las empresas y los hogares y garantizar unas condiciones sanitarias y de seguridad adecuadas en los lugares de trabajo con vistas a reanudar la actividad económica. La Unión debe utilizar plenamente los distintos instrumentos de que dispone para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros en esos ámbitos. Paralelamente, los Estados miembros y la Unión deben colaborar a fin de preparar las medidas necesarias para volver a un funcionamiento normal de nuestras sociedades y economías y a un crecimiento sostenible, integrando, en particular, la transición ecológica y la transformación digital, y extrayendo todas las lecciones de la crisis.

(7)La crisis de la COVID-19 ha puesto de manifiesto la flexibilidad que ofrece el mercado único para adaptarse a situaciones extraordinarias. No obstante, a fin de garantizar una transición rápida y sin contratiempos a la fase de recuperación y la libre circulación de bienes, servicios y trabajadores, es preciso eliminar las medidas excepcionales que impiden el funcionamiento normal del mercado único tan pronto como dejen de ser indispensables. La actual crisis ha puesto de relieve la necesidad de planes de preparación ante las crisis en el sector sanitario, que incluyan, en particular, mejores estrategias de compra, cadenas de suministro diversificadas y reservas estratégicas de suministros esenciales. Se trata de elementos clave para el desarrollo de planes de preparación ante las crisis más amplios.

(8)El legislador de la Unión ya ha modificado los marcos legislativos pertinentes 7 con el fin de facultar a los Estados miembros para movilizar todos los recursos no utilizados de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, de forma que puedan hacer frente a los efectos excepcionales de la pandemia de COVID-19. Esas modificaciones proporcionarán una flexibilidad adicional, además de simplificar y racionalizar los procedimientos. Para aliviar las tensiones de tesorería, los Estados miembros pueden además beneficiarse de un porcentaje de cofinanciación del 100 % con cargo al presupuesto de la Unión durante el ejercicio contable 2020-2021. Se anima a los Países Bajos a aprovechar plenamente estas posibilidades para prestar apoyo a las personas y los sectores más afectados por las dificultades.

(9)El 28 de abril de 2020, los Países Bajos presentaron su Programa Nacional de Reformas de 2020, y el 29 de abril de 2020, su Programa de Estabilidad de 2020. Con el fin de tener en cuenta sus interrelaciones, ambos programas se han valorado simultáneamente.

(10)Los Países Bajos se encuentran actualmente en el componente preventivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y están sujetos a la norma en materia de deuda.

(11)En su Programa de Estabilidad de 2020, el Gobierno prevé que el saldo presupuestario global se deteriore desde un superávit del 1,7 % del PIB en 2019 hasta un superávit del 0,1 % en 2020. Según las previsiones, el superávit se reduciría hasta alcanzar un 0,0 % del PIB en 2023. Tras descender hasta el 48,6 % del PIB en 2019, se estima que la ratio deuda pública / PIB seguirá reduciéndose hasta el 46,3 % en 2020, acorde a lo indicado en el Programa de Estabilidad de 2020. Sin embargo, la hipótesis macroeconómica en la que se sustentan estas previsiones presupuestarias ya no resulta realista, y el Programa no tiene en cuenta un significativo número de las medidas anunciadas por los Países Bajos en respuesta a la pandemia de COVID-19. En el memorándum presupuestario de primavera 8 se presenta una actualización de las previsiones presupuestarias. Con arreglo al memorándum, se calcula que el saldo global de las Administraciones públicas se deteriorará hasta un déficit del 11,8 % del PIB en 2020, mientras que la ratio deuda pública / PIB aumentará hasta el 65,2 % ese mismo año. Las perspectivas macroeconómicas y presupuestarias se ven afectadas por una gran incertidumbre debido a la pandemia de COVID-19.

(12)En respuesta a la pandemia de COVID-19, y como parte de un planteamiento coordinado de la Unión, los Países Bajos han adoptado medidas presupuestarias para aumentar la capacidad de su sistema sanitario, contener la pandemia y proporcionar alivio a las personas y los sectores particularmente afectados. Según lo indicado en el Programa de Estabilidad de 2020 y el memorándum presupuestario de primavera, esas medidas presupuestarias representan el 2,7 % del PIB. Las medidas consisten en un refuerzo de los servicios sanitarios, ayuda de emergencia para los sectores en dificultades y apoyo a la renta de los trabajadores por cuenta propia y por cuenta ajena. Además, los Países Bajos han anunciado medidas que, si bien no tienen efectos presupuestarios directos, contribuirán a apoyar la liquidez de las empresas. Entre esas medidas están la moratoria del pago del impuesto de sociedades (del 4,6 % al 5,9 % del PIB) y garantías de préstamo (1,8 % del PIB). En general, las medidas adoptadas por los Países Bajos se ajustan a las orientaciones establecidas en la Comunicación de la Comisión sobre una respuesta económica coordinada al brote de COVID-19. La plena aplicación de esas medidas, seguida por una reorientación de las políticas presupuestarias con el objetivo de alcanzar una situación presupuestaria prudente a medio plazo cuando las condiciones económicas lo permitan, contribuirá a mantener la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo.

(13)Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2020 de la Comisión, siempre que no se produzca un cambio de políticas, se prevé que el saldo presupuestario de las Administraciones públicas de los Países Bajos se sitúe en el -6,3 % del PIB en 2020 y en el -3,5 % en 2021. La diferencia de 5,5 puntos porcentuales entre las previsiones del memorándum presupuestario de primavera y las de la Comisión se debe a una diferente contabilidad de la moratoria del pago de impuestos (del 4,6 % al 5,9 % del PIB), que las previsiones de la Comisión no consideran reducciones de los ingresos en 2020. Se estima que la deuda de las Administraciones públicas alcanzará el 62,1 % del PIB en 2020 y el 57,6 % en 2021.

(14)El 20 de mayo de 2020, la Comisión publicó un informe elaborado de conformidad con el artículo 126, apartado 3, del Tratado, en vista de las previsiones que indicaban que los Países Bajos no cumplirían con el umbral de déficit del 3 % del PIB en 2020. Globalmente, el análisis indica que el criterio de déficit, según se define en el Tratado y en el Reglamento (CE) n.º 1467/1997, no se cumple.

(15)Tras un fuerte crecimiento en los últimos años, la pandemia de COVID-19 ha puesto un brusco fin a seis años consecutivos de expansión económica en los Países Bajos. Este año, se espera que la economía neerlandesa sufra su mayor contracción desde la posguerra. Se prevé que todos los elementos de la demanda, excepto el consumo público, desciendan este año de forma acusada, con una depresión de la actividad económica en el segundo trimestre. En 2021, es probable que la economía se recupere a un ritmo sensiblemente superior al del crecimiento tendencial, reflejando una normalización gradual de la actividad económica y la recuperación de la demanda interna y del comercio mundial desde niveles de depresión. No obstante, se estima que los niveles de actividad seguirán siendo inferiores a los de 2019. De acuerdo con las previsiones de la Comisión, el desempleo aumentaría hasta el 5,9 % en 2020, principalmente por los cierres obligatorios de empresas y el acusado descenso general de la actividad económica, pero se recuperaría en 2021, al descender hasta el 5,3 %. Las medidas de protección del empleo, en particular la medida temporal de emergencia para el mantenimiento del empleo y el apoyo adicional a la renta para los trabajadores por cuenta propia, deben servir para mitigar las pérdidas de puestos de trabajo. No obstante, se espera que el deterioro del mercado de trabajo se acelere en los próximos meses al resultar inevitable que las empresas de los sectores fuertemente afectados reduzcan su número de trabajadores, especialmente los que tienen contratos flexibles y temporales.

(16)En respuesta al fuerte declive económico y la evaporación de la demanda en sectores concretos, el Gobierno neerlandés ha adoptado un paquete global de medidas de emergencia para ayudar a evitar daños estructurales a la economía. Esta sólida respuesta va orientada a los ámbitos más afectados por la crisis, y en particular se centra en la protección del empleo y del poder adquisitivo de los hogares, en compensaciones económicas directas para las industrias gravemente afectadas y en la moratoria del pago de impuestos y garantías de préstamo que sirvan de apoyo al flujo de crédito al sector privado. Con ello debería evitarse que las dificultades temporales de liquidez se transformen en problemas de insolvencia. Además, los estabilizadores automáticos deben ayudar a mitigar la dureza de la crisis. El banco central de los Países Bajos también ha reducido los colchones de capital sistémico de los bancos de mayor magnitud, y está retrasando una medida consistente en introducir una ponderación de riesgo mínima para las hipotecas, lo que libera capital de los bancos y les permite aumentar de forma significativa el crédito para los hogares y las empresas.

(17)El sistema sanitario neerlandés está funcionando comparativamente bien en cuanto a su contribución a la salud general de la población y a la garantía de accesibilidad a los servicios sanitarios. Como parte de la respuesta inmediata a esta crisis, los Países Bajos han puesto en marcha una estrategia de control que incluye medidas generales de salud pública y han adoptado medidas específicas de financiación de la sanidad. Sin embargo, el inicio de la COVID-19 ha puesto a prueba la resiliencia del sistema sanitario. A este respecto, se han puesto de manifiesto preocupaciones que existían previamente. La capacidad de los trabajadores podría aumentar si se hiciera frente a la actual escasez, en particular de enfermeros y en la asistencia primaria. La gobernanza general de los sistemas sanitarios y su capacidad de garantizar una prestación de servicios integrada en toda la cadena asistencial podrían mejorarse con un mayor refuerzo de la gobernanza de datos y una mayor utilización de las herramientas de sanidad electrónica. La pandemia de COVID-19 ha mostrado a las claras, por tanto, la necesidad de continuar con la mejora de la resiliencia y la preparación ante las crisis del sistema sanitario, abordando esas deficiencias estructurales.

(18)Aunque en 2019 y a principios de 2020 el mercado de trabajo continuó mejorando y funcionando bien en términos generales, la crisis de la COVID-19 ha reducido el crecimiento económico, y se prevé que conduzca a un considerable aumento del desempleo. Se han adoptado una serie de medidas económicas sin precedentes para proteger los empleos y modos de vida de las personas y minimizar los efectos para los trabajadores por cuenta propia y las empresas, tanto las pequeñas y medianas como las grandes. Para conservar el empleo, los empleadores que prevean perder al menos el 20 por ciento de su facturación debido a la crisis pueden solicitar una indemnización (de hasta el 90 por ciento de la masa salarial de la empresa, dependiendo de la pérdida de volumen de negocios) que les permitirá pagar los salarios de sus trabajadores durante tres meses. Los trabajadores por cuenta propia podrán recurrir a un procedimiento acelerado que les permite solicitar un apoyo a la renta adicional por un importe de hasta el salario mínimo social, lo que les ayudará a hacer frente al costo de la vida durante un período de tres meses.

(19)La mitigación de las repercusiones sociales y para el empleo de la crisis para aquellos más duramente afectados debe ser una parte de la estrategia de recuperación. A pesar del paquete de medidas adoptado para mantener los niveles de empleo, las personas en una situación menos favorable dentro del mercado de trabajo o en una situación social vulnerable han sufrido más duramente los efectos. Ha aumentado el desempleo, en particular el de las personas que trabajan con contratos flexibles, como los jóvenes, los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal y las personas con un contexto de migración. La crisis de la COVID-19 también ha puesto de manifiesto importantes deficiencias en lo que respecta al acceso a una protección social adecuada para los trabajadores por cuenta propia, que sufren con mayor frecuencia unos niveles de protección bajos (o no tienen ninguna protección) en casos de enfermedad, incapacidad, desempleo y vejez.

(20)El apoyo a la liquidez de las empresas a través de préstamos y garantías, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas, ha tenido una importancia capital. La distribución del apoyo de liquidez a las empresas debe aplicarse de manera efectiva y rápida por intermediarios, al tiempo que se apuntala la resiliencia de esas empresas. Permitir la moratoria del pago de impuestos y cotizaciones sociales y acelerar los pagos de los contratos por parte de las autoridades públicas puede ayudar también a mejorar la situación de tesorería de las pequeñas y medianas empresas. Las empresas emergentes y empresas en expansión de creación reciente pueden requerir apoyo específico, por ejemplo en forma de participaciones de capital de las instituciones públicas e incentivos a los fondos de capital riesgo para que aumenten sus inversiones en ellas. Con ello puede contribuirse a evitar las ventas forzosas de empresas europeas de importancia estratégica. Tal como permite el Marco Temporal para las ayudas estatales 9 , y en las condiciones establecidas en él, el apoyo de capital o de cuasicapital debe garantizarse para todas las empresas 10 y no solo para aquellas que entren en la definición de pequeñas y medianas empresas formulada por la Comisión 11 . También deben mantenerse los esfuerzos para ofrecer a las personas y las empresas acceso a unos servicios públicos digitales eficientes.

(21)Para fomentar la recuperación económica, será importante concentrar en su fase inicial los proyectos maduros de inversión pública y promover la inversión privada, en particular mediante reformas pertinentes. Una acción estratégica enfocada, que incluya la inversión en los sectores con mayores posibilidades de impulsar un crecimiento potencial para la economía en general, puede contribuir a abordar las dificultades que la actual crisis ha acelerado. En particular, las inversiones en I+D incluidas en la «política de sectores de máxima prioridad e innovación dirigida a una misión» 12 y en capital humano pueden servir para apoyar el crecimiento de la productividad a largo plazo y mantener una fuerte capacidad de innovación. En particular, este es el caso para las empresas emergentes, las empresas en expansión y las pymes innovadoras, que son cruciales para reforzar la competitividad y la creación de empleo. La inversión en iniciativas recogidas en el Acuerdo sobre el Clima y el Acuerdo Nacional sobre la Energía y el Clima de los Países Bajos con objeto de hacer frente al cambio climático y promover la transición energética puede constituir una contribución clave a unos objetivos sociales más amplios, incluida la necesidad de garantizar un crecimiento económico sostenible y eficiente en términos de recursos. Además, aunque los Países Bajos son pioneros en la descarbonización del sector del transporte, el uso de energías renovables en el transporte es inferior a la media de la UE. Finalmente, es necesario invertir en nuevas viviendas para aliviar la actual escasez. La programación del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027 podría ayudar a los Países Bajos a abordar algunos de los retos que plantea la transición hacia una economía climáticamente neutra, en particular en los territorios contemplados en el anexo D del informe específico de país. Con ello, los Países Bajos podrían optimizar la utilización de ese Fondo.

(22)Las capacidades técnicas y digitales y unos profesionales cualificados son cruciales para la capacidad de innovación de la economía neerlandesa y para un crecimiento sostenible e inclusivo de la productividad. La inversión en capacidades básicas y digitales, educación y formación, incluidas unas oportunidades de reciclaje y recapacitación que alcancen a todos, también sigue siendo crucial para mejorar el acceso al mercado de trabajo, en particular para mejorar la empleabilidad de quienes se encuentran en los límites del mercado de trabajo (entre ellos las personas con un contexto de migración y las personas con discapacidad), a la vez que se promueven la igualdad de oportunidades y la inclusión activa.

(23)Aunque los Países Bajos han tomado medidas contra las prácticas de planificación fiscal agresiva al aplicar iniciativas previamente acordadas a escala internacional y europea, el elevado nivel de los pagos de dividendos, cánones e intereses efectuados a través de los Países Bajos parece indicar que la normativa fiscal del país es utilizada por empresas que participan en prácticas de planificación fiscal agresiva. Una gran proporción de la inversión extranjera directa acumulada está en manos de «entidades con fines especiales». La ausencia de retención fiscal sobre los pagos salientes (es decir, de residentes en la UE a residentes en terceros países) en concepto de pagos de cánones e intereses puede dar lugar a que dichos pagos eludan impuestos, si tampoco están sujetos al impuesto en el país receptor. La reforma recién adoptada sobre la retención sujeta a condiciones de los impuestos sobre los pagos de cánones e intereses en caso de abuso o de pagos a jurisdicciones de baja carga impositiva, que será aplicable a partir del 1 de enero de 2021, es un paso positivo hacia la reducción de la planificación fiscal agresiva. La eficacia de la reforma debe vigilarse estrechamente.

(24)Una serie de entidades financieras neerlandesas han estado recientemente implicadas en asuntos de blanqueo de capitales. Estos casos ponen de relieve que, a pesar de los recientes esfuerzos, es necesario seguir reforzando la supervisión de las entidades financieras e investigar y enjuiciar los casos de blanqueo de capitales. Fuera del sector financiero, la apertura de la economía neerlandesa a inversiones extranjeras directas y las complejas estructuras jurídicas del país también plantean riesgos significativos de blanqueo de capitales. El desajuste entre la escasa comunicación de información sobre transacciones inusuales por parte de los proveedores de servicios de fideicomiso y empresariales y los asesores fiscales y su alta exposición al riesgo exige una supervisión adecuada. Dada la gran presencia de estructuras jurídicas complejas, el buen funcionamiento del registro de titularidad real es esencial para evitar el mal uso de esas entidades, pero ese registro aún no ha sido creado.

(25)Aunque las presentes recomendaciones se centran en hacer frente a los efectos socioeconómicos de la pandemia y facilitar la recuperación económica, las recomendaciones específicas por país de 2019 adoptadas por el Consejo el 9 de julio de 2019 también incluían reformas esenciales para afrontar los desafíos estructurales a medio y largo plazo. Esas recomendaciones aún son pertinentes y continuarán siendo objeto de seguimiento durante el ciclo anual del Semestre Europeo del año próximo. Lo anterior también se aplica a las recomendaciones sobre las políticas económicas relacionadas con la inversión. Estas recomendaciones deben tenerse en cuenta para la programación estratégica de la financiación de la política de cohesión después de 2020, incluidas las medidas de mitigación y las estrategias de salida en relación con la crisis actual.

(26)El Semestre Europeo proporciona el marco para una coordinación continua de las políticas económicas y de empleo en la Unión, que puede contribuir a una economía sostenible. Los Estados miembros han hecho balance de los avances en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas en sus Programas Nacionales de Reformas de 2020. Al garantizar la plena aplicación de las recomendaciones que figuran a continuación, los Países Bajos contribuirán a los avances hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible y al esfuerzo común de asegurar la sostenibilidad competitiva en la Unión.

(27)La coordinación estrecha entre las economías dentro de la unión económica y monetaria es fundamental para alcanzar una recuperación rápida del impacto económico de la COVID-19. Los Países Bajos, como Estado miembro cuya moneda es el euro (y teniendo en cuenta las orientaciones políticas del Eurogrupo), deben garantizar que sus políticas siguen siendo coherentes con las recomendaciones para la zona del euro y se coordinan con las de los demás Estados miembros de la zona del euro.

(28)En el contexto del Semestre Europeo de 2020, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de los Países Bajos y lo ha publicado en el informe específico de 2020. Asimismo, ha evaluado el Programa de Estabilidad de 2020, el Programa Nacional de Reformas de 2020 y el seguimiento dado a las recomendaciones dirigidas a los Países Bajos en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de los Países Bajos, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la Unión, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión incluyendo aportaciones al nivel de la Unión en las futuras decisiones nacionales.

(29)A la luz de esta evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de 2020, y su dictamen 13 se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación.

(30)En vista del examen exhaustivo de la Comisión y de la presente valoración, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas de 2020 y el Programa de Estabilidad de 2020. Las presentes recomendaciones toman en consideración la necesidad de afrontar la pandemia y de facilitar la recuperación económica como primer paso ineludible para permitir un ajuste de los desequilibrios. Las recomendaciones que se refieren directamente a los desequilibrios macroeconómicos detectados por la Comisión en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011 se reflejan en la recomendación 3.

RECOMIENDA a los Países Bajos que tomen medidas en 2020 y 2021 con el fin de:

1.En consonancia con la cláusula general de salvaguardia, adoptar todas las medidas necesarias para abordar eficazmente la pandemia, sostener la economía y apoyar la recuperación posterior. Cuando las condiciones económicas lo permitan, seguir políticas presupuestarias que tengan por objetivo alcanzar una situación prudente a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, al tiempo que se refuerza la inversión. Reforzar la resiliencia del sistema sanitario, en particular haciendo frente a la actual escasez de personal sanitario y aumentando la utilización de herramientas pertinentes de sanidad electrónica.

2.Mitigar el impacto social y sobre el empleo de la crisis y promover una protección social adecuada para los trabajadores por cuenta propia.

3.Concentrar en la fase inicial los proyectos maduros de inversión pública y promover la inversión privada para fomentar la recuperación económica. Centrar la inversión en la transición ecológica y digital, en particular el desarrollo de capacidades digitales, las infraestructuras sostenibles y la producción y el uso limpios y eficientes de la energía, así como una investigación y desarrollo orientada a misiones.

4.Tomar medidas para abordar plenamente las características del sistema tributario que facilitan la planificación fiscal agresiva, en particular para los pagos salientes, fundamentalmente aplicando las medidas adoptadas y garantizando su eficacia. Garantizar la supervisión efectiva y la aplicación del marco de lucha contra el blanqueo de capitales.

Hecho en Bruselas, el

   Por el Consejo

   El Presidente

(1)    DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2)    DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3)    SWD(2020) 518 final.
(4)    DO C 301 de 5.9.2019, p. 117.
(5)    COM(2020) 112 final.
(6)    COM(2020) 123 final.
(7)

   Reglamento (UE) 2020/460 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de marzo de 2020 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013 y (UE) n.º 508/2014, en lo relativo a medidas específicas para movilizar inversiones en los sistemas de atención sanitaria de los Estados miembros y en otros sectores de sus economías, en respuesta al brote de COVID‐19 (Iniciativa de inversión en respuesta al coronavirus) (DO L 99 de 31.3.2020, p. 5) y Reglamento (UE) 2020/558 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2020 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1301/2013 y (UE) n.º 1303/2013 en lo que respecta a medidas específicas para ofrecer una flexibilidad excepcional en el uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos en respuesta al brote de COVID-19 (DO L 130 de 24.4.2020, p. 1).

(8)    Memorándum presupuestario de 2020 (Voorjaarsnota 2020), distribuido para su revisión en la Segunda Cámara por W. Hoekstra, ministro de Economía, el 25 de abril de 2020.
(9)    DO C 91 I de 20.3.2020, p. 1.
(10)    Incluidas las empresas emergentes y en expansión con modelos de negocio competitivos cuya situación de tesorería se vea afectada negativamente por la COVID-19.
(11)    COM(2020) 150 final.
(12)    Este nuevo enfoque estratégico busca seguir impulsando la inversión en I+D para alcanzar los objetivos a largo plazo en retos sociales clave agrupados en cuatro «misiones»: i) transición energética y sostenibilidad; ii) agricultura, agua y alimentos; iii) salud y asistencia; y iv) seguridad. La estrategia se contempla como prioridad clave para el refuerzo de la competitividad y para abordar los retos sociales [Ministerio de Asuntos Económicos (EZK), 2018; Kamerbrief: Naar Missiegedreven Innovatiebeleid met Impact, Rijksoverheid, La Haya].
(13)    Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo.