11.12.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 417/93


RESOLUCIÓN (UE) 2020/1869 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 14 de mayo de 2020

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia del GNSS Europeo para el ejercicio 2018

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia del GNSS Europeo para el ejercicio 2018,

Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0067/2020),

A.

Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y gastos (1), el presupuesto definitivo de la Agencia del GNSS Europeo (en lo sucesivo, «Agencia») para el ejercicio 2018 ascendió a 32 230 582 EUR, lo que representa un aumento del 13,22 % con respecto a 2017; que el aumento se debió a los títulos 2 y 3; que el presupuesto de la Agencia procede principalmente del presupuesto de la Unión (2);

B.

Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio 2018 (en lo sucesivo, «Informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes;

Gestión presupuestaria y financiera

1.

Observa con satisfacción que los esfuerzos de supervisión del presupuesto durante el ejercicio 2018 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 100 %, idéntico al de 2017; observa, por otra parte, que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 83,72 %, lo que representa una disminución del 2,48 % en comparación con 2017;

2.

Toma nota de que, además de su presupuesto básico, la Agencia siguió gestionando una gran cantidad de presupuesto delegado en 2018 destinado al sistema europeo de navegación por complemento geoestacionario (EGNOS), el acuerdo de delegación de Galileo, el acuerdo de delegación del servicio público regulado y el acuerdo de delegación Horizonte 2020; señala que en 2018 se comprometieron un total de 1 173 219 279 EUR del presupuesto delegado, y que 796 500 300,84 EUR se utilizaron en pagos;

Anulación de prórrogas

3.

Acoge con satisfacción que, de 2017 a 2018, el nivel de anulaciones de prórrogas representara un 3,25 % del importe total prorrogado, tras un descenso del 2,05 % en comparación con 2017;

Rendimiento

4.

Observa que la Agencia utiliza determinados indicadores clave de rendimiento para medir el valor añadido de sus actividades y mejorar su gestión presupuestaria;

5.

Toma nota de que los programas Galileo y EGNOS de la Agencia se encuentran ahora plenamente en su fase operativa y que, por lo que respecta específicamente a Galileo, además del exitoso lanzamiento en 2018 de los últimos cuatro satélites antes del lote 3, la Agencia completó las actividades de adjudicación de contratos;

6.

Acoge con satisfacción que la Agencia haya externalizado sus servicios de contabilidad a la Comisión desde 2015 y que comparta con otras agencias la prestación de los servicios relacionados con la gestión de la continuidad de las actividades y la capacidad de auditoría interna;

7.

Toma nota de que, en vista de las observaciones y los comentarios formulados el año pasado por la autoridad de aprobación de la gestión, la evaluación intermedia de los programas Galileo y EGNOS y del rendimiento de la Agencia fue realizada por la Comisión y presentada al Parlamento y al Consejo en octubre de 2017;

8.

Anima a la Agencia a que acometa la digitalización de sus servicios;

Política de personal

9.

Constata que, a 31 de diciembre de 2018, se había provisto el 90,63 % de los puestos del organigrama, con 116 agentes temporales designados de un total de 128 agentes temporales que fueron autorizados en el marco del presupuesto de la Unión (frente a los 116 puestos autorizados en 2017); observa que, además, en 2018 trabajaron para la Agencia 51 agentes contractuales y 3 expertos nacionales en comisión de servicio; toma nota de que se asignaron 10 puestos adicionales a la Agencia en su plantilla de personal para 2018, además de los 2 puestos ya previstos;

10.

Constata con preocupación la falta de equilibrio de género en 2018 entre los altos cargos (10 hombres y 2 mujeres) y en el seno del Consejo de Administración (44 hombres y 7 mujeres);

11.

Se felicita por el hecho de que la Agencia adoptara la sugerencia del Tribunal y publicara finalmente los anuncios de puestos vacantes en el sitio web de la EPSO a fin de aumentar la publicidad; toma nota, según la respuesta de la Agencia, de su intención de publicar todos los anuncios de puestos vacantes en el portal interagencias, que se considera equivalente a la EPSO desde el punto de vista de las agencias, y de que, además, la Agencia publica sus anuncios de vacantes en publicaciones especializadas del sector espacial;

Contratación pública

12.

Señala que, según el Informe del Tribunal, la Agencia firmó, el 15 de diciembre de 2016, un contrato marco por valor de 1 500 000 000 EUR para la explotación del sistema Galileo de navegación por satélite durante el período 2017-2027; observa, además, que el contrato se adjudicó a través de un procedimiento de contratación pública; señala que uno de los licitadores participantes ha iniciado procedimientos judiciales, lo que pone en entredicho el resultado del procedimiento; observa que, en su sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Tribunal de Justicia») se pronunciará sobre la legalidad y la regularidad de los procedimientos de contratación pública con respecto al contrato marco y a todos los contratos específicos y futuros pagos relacionados; señala que el procedimiento escrito concluyó en el primer trimestre de 2019, que se esperaba que la audiencia oral tuviera lugar durante el segundo o el tercer trimestre de 2019 y que la sentencia del Tribunal de Justicia se dictara en el último trimestre de 2019, pero que el 3 de diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia suspendió el procedimiento (asunto T-99/17) (3); observa que, según el análisis jurídico de la Agencia sobre las consecuencias de una posible anulación de la decisión de adjudicación, probablemente la Agencia no estaría obligada a rescindir el contrato, sino que tendría que abonar las costas jurídicas del demandante, de aproximadamente 300 000 EUR, así como los posibles daños y perjuicios que figuran en las cuentas anuales de la Agencia; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre los cambios que se produzcan en este sentido;

13.

Observa que, en vista de las observaciones y los comentarios formulados por la autoridad de aprobación de la gestión en relación con el uso de procedimientos de contratación pública electrónica, una evaluación interna concluyó que el módulo de presentación electrónica de ofertas no responde en su fase actual de desarrollo a las complejas necesidades de contratación pública de la Agencia y que, por el momento, se ha decidido que las licitaciones no se llevarán a cabo por vía electrónica; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre los cambios que se produzcan en este sentido;

Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

14.

Toma nota de que un antiguo funcionario de alto nivel ocupa una función consultiva en el marco de la iniciativa de personas mayores activas, sin retribución económica;

15.

Toma nota, en vista de las observaciones y los comentarios formulados por la autoridad de aprobación de la gestión en relación con las declaraciones de intereses y la publicación de los currículos de los altos cargos de la Agencia, de que, en el caso del presidente y el vicepresidente del Consejo de Administración de la Agencia, en el sitio web de esta únicamente están publicadas sus declaraciones de intereses; toma nota de que la Agencia tiene la intención de proceder a la publicación en su sitio web de los currículos de los miembros del Consejo de Administración tras haber tenido debidamente en cuenta las normas aplicables en materia de protección de datos personales;

16.

Lamenta que los currículos de los miembros del Consejo de Administración no se hayan publicado todavía en el sitio web de la Agencia; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las medidas adoptadas en este sentido;

17.

Toma nota de que la Agencia adoptó una política interna de denuncia de irregularidades en junio de 2018;

18.

Observa que, según el Informe del Tribunal, el Servicio de Auditoría Interna de la Comisión realizó en 2018 una auditoría sobre la gobernanza informática en la GSA, y que la Agencia elaboró un plan de acción para abordar algunos ámbitos susceptibles de mejora; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre los cambios que se produzcan en este sentido;

Otros comentarios

19.

Toma nota, en vista de las observaciones y los comentarios formulados por la autoridad de aprobación de la gestión en relación con el compromiso de la Agencia de minimizar los efectos negativos de la retirada del Reino Unido de la Unión, de que la Agencia envió cartas a todos los contratistas y beneficiarios de contratos y de subvenciones afectados, solicitando la adopción de medidas de mitigación para finales de octubre de 2019, en particular para garantizar que los contratistas y subcontratistas principales no sean entidades establecidas en el Reino Unido, y de que el Centro de Supervisión de la Seguridad de Galileo de refuerzo ha sido trasladado del Reino Unido a España; pide a la Agencia que mantenga a la autoridad de aprobación de la gestión informada sobre los resultados de esas medidas;

20.

Pide a la Agencia que se centre en la difusión pública de los resultados de sus investigaciones y se dirija al público a través de los medios sociales y otros medios de comunicación;

21.

Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 14 de mayo de 2020 (4) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

(1)   DO C 116 de 28.3.2018, p. 22.

(2)   DO C 116 de 28.3.2018, p. 21.

(3)  ECLI:EU:T:2019:847.

(4)  Textos Aprobados, P9_TA(2020)0121.