29.10.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 445/238


P9_TA(2020)0356

Reglamento sobre la protección del presupuesto de la Unión en caso de deficiencias generalizadas del Estado de Derecho en los Estados miembros ***II

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 16 de diciembre de 2020, respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre un régimen general de condicionalidad para la protección del presupuesto de la Unión (09980/1/2020 — C9-0407/2020 — 2018/0136(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

(2021/C 445/42)

El Parlamento Europeo,

Vista la Posición del Consejo en primera lectura (09980/1/2020 — C9-0407/2020),

Visto el dictamen del Tribunal de Cuentas de 17 de agosto de 2018 (1),

Visto el dictamen de la Comisión (COM(2020)0843),

Vista su Posición en primera lectura (2) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2018)0324),

Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el acuerdo provisional aprobado por las comisiones competentes con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno,

Visto el artículo 67 de su Reglamento interno,

Vista la Recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Presupuestos y la Comisión de Control Presupuestario (A9-0262/2020),

1.

Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

2.

Aprueba la declaración común del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión adjunta a la presente Resolución;

3.

Toma nota de la declaración de la Comisión adjunta a la presente Resolución;

4.

Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

5.

Encarga a su presidente que firme el acto, conjuntamente con el presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

6.

Encarga a su secretario general que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el secretario general del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

7.

Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1)  DO C 291 de 17.8.2018, p. 1.

(2)  Textos Aprobados de 4.4.2019, P8_TA(2019)0349.


ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Declaración conjunta del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión

Sin perjuicio del derecho de iniciativa de la Comisión, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión convienen en estudiar la posibilidad de incluir el contenido del presente Reglamento en el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018 (el «Reglamento Financiero») en su próxima revisión.

Declaración de la Comisión

La Comisión conviene en estudiar la posibilidad de adjuntar al informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del presente Reglamento, en caso necesario, las propuestas adecuadas.