8.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 362/172


P9_TA(2020)0147

Modificación del Acuerdo Euromediterráneo de Aviación UE/Marruecos (adhesión de Bulgaria y de Rumanía) ***

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 18 de junio de 2020, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración de un Protocolo por el que se modifica el Acuerdo Euromediterráneo de Aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria y de Rumanía (06198/2013 — C9-0006/2019 — 2007/0181(NLE))

(Aprobación)

(2021/C 362/31)

El Parlamento Europeo,

Visto el proyecto de Decisión del Consejo (06198/2013),

Visto el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración de un Protocolo por el que se modifica el Acuerdo Euromediterráneo de Aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria y de Rumanía (1),

Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 100, apartado 2, y con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), así como con el artículo 218, apartado 8, párrafo primero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C9-0006/2019),

Vista su posición, de 12 de diciembre de 2007, sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración de un Protocolo por el que se modifica el Acuerdo Euromediterráneo de Aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria y de Rumanía (2),

Visto el artículo 105, apartados 1 y 4, así como el artículo 114, apartado 7, de su Reglamento interno,

Vista la recomendación de la Comisión de Transportes y Turismo (A9-0005/2020),

1.

Concede su aprobación a la celebración del Protocolo;

2.

Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y del Reino de Marruecos.

(1)  DO L 200 de 27.7.2012, p. 25.

(2)  DO C 323 E de 18.12.2008, p. 259.