28.10.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 364/139


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa InvestEU»

[COM(2020) 403 final — 2020/0108 (COD)]

«Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2015/1017 en lo referente a la creación de un Instrumento de Apoyo a la Solvencia»

[COM(2020) 404 final — 2020/0106 (COD)]

(2020/C 364/19)

Ponente general:

Ronny LANNOO

Consulta

Consejo, 11.6.2020

Parlamento Europeo, 17.6.2020

Fundamento jurídico

Artículos 172, 173, 175, apartado 3, 182, apartado 1, y 304 del TFUE

Sección competente

Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social

Decisión de la Mesa

9.6.2020

Aprobado en el pleno

16.7.2020

Pleno n.o

553

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

208/0/8

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1.

Desde el inicio de la crisis de la COVID-19, el CESE ha expresado su convicción en varias declaraciones de que en estos tiempos de gran incertidumbre, solo un plan integral de recuperación económica europea nos permitiría afrontar las consecuencias de la pandemia y reconstruir una economía europea más sostenible y resiliente.

1.2.

Por tanto, el CESE acoge con satisfacción el ambicioso paquete de medidas de recuperación propuesto por la Comisión Europea y subraya que la recuperación solo puede tener éxito con un liderazgo político fuerte y unánime. El CESE insiste en que la introducción de estas medidas refleja la urgencia de la alarmante situación socioeconómica.

1.3.

Para garantizar una recuperación rápida y sostenible de la economía europea, es crucial disponer de los recursos financieros necesarios. En este sentido, el CESE apoya firmemente el refuerzo del presupuesto de la UE e insta a los responsables políticos europeos a alcanzar en breve un acuerdo tanto en lo que se refiere al próximo marco financiero plurianual (MFP) 2021-2027 como al nuevo instrumento de recuperación, «Next Generation EU» (La UE de la próxima generación).

1.4.

El CESE acoge con satisfacción el fortalecimiento del programa InvestEU y el Instrumento de Apoyo a la Solvencia (IAS) complementario, y pide un acuerdo rápido sobre estas propuestas para garantizar que ambos programas puedan ponerse en marcha rápidamente y que se pueda desarrollar un número suficiente de proyectos subvencionables para beneficiarse de tales iniciativas.

1.5.

Dado que la práctica totalidad de InvestEU se asignará en el marco de «Next Generation EU» y no del MFP 2021-2027, lo que significa que tendrá que haberse aplicado, a más tardar, a finales de 2026, el CESE pide a los legisladores que adopten disposiciones para garantizar que no exista déficit de financiación después de 2026 y antes del inicio del MFP posterior a 2027.

1.6.

El CESE reitera su apoyo (1) al objetivo de la Comisión de reforzar la actividad de inversión en la UE en el marco del próximo presupuesto de la Unión a largo plazo. Esto ha adquirido aún mayor importancia a la luz de la crisis económica como consecuencia de la pandemia de COVID-19.

1.7.

El CESE sigue apoyando la prioridad otorgada a proyectos de inversión a largo plazo de elevado interés público, que respeten al mismo tiempo los criterios de desarrollo sostenible. Resulta crucial que la crisis de la COVID-19 no aleje a la UE de sus objetivos a medio y largo plazo, tal como se recogen en el Pacto Verde Europeo, la Estrategia Anual de Crecimiento Sostenible 2020 y el pilar europeo de derechos sociales.

1.8.

El CESE considera que el programa InvestEU ocupa una posición privilegiada para proporcionar financiación a largo plazo y ayudar a las políticas de la Unión a recuperarse tras una profunda crisis económica y social. El Comité subraya la importancia de disponer de una definición clara respecto a qué proyectos pueden beneficiarse del nuevo quinto eje, ya que esto es fundamental para crear complementariedad con los otros cuatro ejes de actuación. El CESE también aboga por una definición más amplia de la innovación, que vaya más allá de la tecnología de la información y la digitalización. Las pequeñas y medianas empresas (pymes), y en particular las microempresas y las pequeñas empresas, se ven gravemente afectadas por la crisis actual y, por tanto, han de ser consideradas explícitamente elegibles para la obtención de ayudas en el marco del nuevo quinto eje. A tal efecto, la cooperación estructural entre los socios ejecutantes y las autoridades europeas, nacionales y regionales resulta esencial.

1.9.

El CESE reclama directrices específicas e inequívocas destinadas a identificar los proyectos susceptibles de beneficiarse de InvestEU, así como relativas a las posibilidades de realizar sinergias entre los numerosos programas de la UE, garantizando así una adecuada y eficiente aplicación.

1.10.

La crisis del coronavirus ha perjudicado a todos los Estados miembros de la UE; sin embargo, algunos países se han visto más afectados que otros. El CESE subraya que la recuperación tras la crisis no debería dar lugar a mayores diferencias entre los Estados miembros.

1.11.

En este sentido, el CESE acoge con satisfacción el nuevo Instrumento de Apoyo a la Solvencia y destaca la importancia de garantizar que pueda beneficiar efectivamente a aquellos Estados miembros cuyas economías se han visto más afectadas por los efectos de la pandemia de COVID-19. Aunque es fundamental garantizar una recuperación rápida, resulta igualmente importante que los fondos disponibles se asignen a empresas con modelos de negocio viables. Esto contribuiría a la creación de una economía europea sostenible y resiliente.

1.12.

El CESE subraya el papel de los mercados financieros europeos a la hora de garantizar que estos instrumentos puedan movilizar las cantidades previstas de inversión, así como el papel de liderazgo del Grupo del Banco Europeo de Inversiones (BEI y Fondo Europeo de Inversiones (FEI)) y la considerable necesidad de disponer de una estructura adecuada para los socios ejecutantes, especialmente a escala nacional. Es importante que el flujo de fondos canalizados a través del grupo del BEI y los bancos e instituciones de fomento sea transparente, claro y fácilmente accesible.

2.   Antecedentes

2.1.

La crisis de la COVID-19, que en primer lugar representa una emergencia para la salud humana, ha dado lugar a una grave crisis económica y social, con un acusado descenso de la producción económica, un rápido aumento del desempleo, un empeoramiento de los niveles de vida (reducción de la renta real, incertidumbre en el empleo, restricción de la movilidad) y una drástica reducción del volumen de comercio exterior tanto dentro de la UE como con terceros países. La crisis también ha provocado un fuerte deterioro de los indicadores de las haciendas públicas y una caída de las inversiones.

2.2.

El 27 de mayo de 2020, la Comisión Europea anunció un ambicioso plan de recuperación, denominado «Next Generation EU», y una propuesta revisada respecto al presupuesto general de la UE para 2021-2027 (2).

2.3.

Para el próximo Marco Financiero Plurianual (MFP) 2021-2027, la Comisión pretende dotar a la economía de la UE de un programa de inversión capaz de atender objetivos transversales en términos de simplificación, flexibilidad, sinergias y coherencia entre las políticas pertinentes de la UE. La necesidad de este programa de inversión ha aumentado aún más debido a la pandemia de COVID-19.

2.4.

Por este motivo, la Comisión retiró su propuesta anterior presentada en mayo de 2018 para el Programa InvestEU y presentó una nueva (3), que reflejaba el acuerdo parcial alcanzado entre el Parlamento Europeo y el Consejo en abril de 2019.

2.5.

Con el fin de equipar mejor al programa InvestEU para responder a la crisis económica y social causada por la pandemia de COVID-19, la Comisión propone aumentar la dotación financiera prevista para el programa InvestEU original, al objeto de reflejar las mayores necesidades globales de inversión y un entorno de riesgo elevado.

2.6.

Por otra parte, la nueva propuesta amplía el alcance del Programa InvestEU mediante la creación de un quinto eje, el Instrumento de Inversiones Estratégicas, previsto para atender las necesidades futuras de la economía europea y garantizar o mantener la autonomía estratégica en sectores esenciales.

2.7.

El programa InvestEU mejorado podría apoyar a las empresas en la fase de recuperación y, en consonancia con sus objetivos originales, garantizar que los inversores se centren firmemente en las prioridades a medio y largo plazo de la Unión, como las transformaciones ecológica y digital.

2.8.

La Comisión Europea también ha presentado una propuesta (4) relativa a un instrumento temporal basado en la equidad, el Instrumento de Apoyo a la Solvencia.

2.9.

El Instrumento de Apoyo a la Solvencia respaldaría a las empresas con modelos de negocio que, en otras circunstancias, serían viables, pero cuya solvencia se ve limitada por la crisis de la COVID-19. El objetivo es ayudarlas a hacer frente a este difícil período de modo que estén en condiciones de recuperarse cuando llegue el momento. Otro objetivo de la propuesta es contrarrestar las distorsiones esperadas en el mercado único, dado que algunos Estados miembros pueden no disponer de medios presupuestarios suficientes para prestar un apoyo adecuado a las empresas que lo necesiten.

2.10.

Se espera que el Instrumento de Apoyo a la Solvencia se ponga en marcha lo antes posible en 2020, a más tardar a principios de octubre, y que pueda desplegarse a pleno rendimiento a lo largo de 2021.

3.   Observaciones generales

3.1.

El CESE reitera (5) su apoyo al programa InvestEU y la continuación y ampliación de un instrumento financiero basado en el principio de garantía. Lo considera esencial, sobre todo con vistas al desarrollo y la gestión a largo plazo del presupuesto de la UE.

3.2.

El CESE acoge con satisfacción la capacidad adicional para el proyecto InvestEU, que elevará la garantía de la UE hasta los 75 200 millones EUR (a precios corrientes e incluyendo el nuevo eje de inversión estratégica), para generar 1 billón EUR de inversión adicional. El CESE reclama una distribución equilibrada de los fondos entre los distintos objetivos políticos.

3.3.

El CESE acoge con satisfacción la incorporación de un quinto eje, el de la inversión estratégica europea, que se dotará con 31 200 millones EUR de la garantía de la UE para apoyar las inversiones en sectores estratégicos y cadenas de valor esenciales, en particular los que son vitales para la transformación ecológica y digital.

3.4.

El Comité subraya la importancia de disponer de una definición clara respecto a qué proyectos pueden beneficiarse del quinto eje, ya que se trata de generar complementariedad con los otros cuatro ejes. El CESE también aboga por una definición más amplia de la innovación, que vaya más allá de la tecnología de la información y la digitalización. Debe indicarse explícitamente que las pymes, y en particular las microempresas y las pequeñas empresas, también pueden acogerse a este eje. Se trata de un factor aún más importante a la luz de la disminución de la garantía de la UE asignada al eje de las pymes —de 11 250 a 10 170 millones EUR (en precios corrientes)— en comparación con la propuesta inicial de la Comisión Europea. A tal efecto, la cooperación estructural entre los socios ejecutantes y los intermediarios financieros, así como las autoridades europeas, nacionales y regionales, resulta esencial.

3.5.

El CESE subraya que las inversiones en la adquisición de competencias son cruciales para la transición hacia una economía más ecológica y justa, por lo que las inversiones sociales no deben descuidarse en el marco del programa InvestEU.

3.6.

Numerosas pymes, y en particular las microempresas y las pequeñas empresas, se ven significativamente afectadas por la crisis de la COVID-19 y las medidas de confinamiento adoptadas por la mayoría de los países de la UE. Por este motivo resulta crucial asegurarse de que se dispondrá de la financiación suficiente que les permita recuperarse de la crisis. Este apoyo debe basarse en la demanda, lo que significa que deben estar disponibles tanto productos de deuda como de renta variable. Dado que la capacidad de garantía del eje de las pymes disminuye, esta reducción debe compensarse procurando que determinadas carteras de pymes, y en particular, de pequeñas empresas y microempresas, puedan optar al eje de inversión estratégica. Esto irá acompañado de unos requisitos de información proporcionados, con el fin de no generar cargas administrativas excesivas para las empresas más pequeñas con recursos escasos, lo que les disuadiría de buscar el apoyo de InvestEU. El papel de los socios ejecutantes y los intermediarios financieros es crucial para garantizar que los fondos lleguen a estas empresas.

3.7.

Durante esta crisis, las políticas y el apoyo de las administraciones públicas han cobrado especial relevancia; sin embargo, la capacidad de los gobiernos de los Estados miembros para apoyar a los sectores y las empresas más duramente afectados por la crisis varía enormemente dentro de la UE.

3.8.

En este sentido, el CESE acoge con satisfacción el nuevo Instrumento de Apoyo a la Solvencia (IAS) y el que, a pesar de estar abierto a todos los Estados miembros, se centrará en aquellos países cuyas economías se hayan visto más afectadas por los efectos de la pandemia de COVID-19 y en los que la disponibilidad de mecanismos estatales de apoyo a la solvencia sea más limitada. El CESE conviene en que el apoyo debe concederse exclusivamente a las empresas con modelos de negocio viables que no se encontraran en dificultades antes de la crisis de la COVID-19. Además, acoge favorablemente la integración del IAS en el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE). Con el fin de garantizar un uso eficiente de los fondos, es aconsejable procurar la flexibilidad en los traspasos de estos entre los distintos ejes de actuación del FEIE. Por último, debe preverse una distribución bien equilibrada y basada en el mercado de los fondos disponibles entre los productos de renta variable y cuasicapital, como los préstamos subordinados.

3.9.

La doble transición (ecológica y digitalización) se fomenta en el marco del Instrumento de Apoyo de Solvencia. Estas condiciones también deben ser realistas y viables para las microempresas y las pequeñas empresas y los sectores tradicionales.

3.10.

La crisis del coronavirus ha perjudicado a todos los Estados miembros de la UE; sin embargo, algunos países se han visto más afectados que otros. El CESE subraya que la recuperación tras la crisis no debería dar lugar a mayores diferencias entre los Estados miembros. Aunque no se han establecido cuotas geográficas ni para InvestEU ni para el nuevo IAS, el CESE acoge con satisfacción que su consejo rector defina límites específicos de concentración geográfica.

3.11.

La simplificación, la mejora de la transparencia y el mayor potencial para la consecución de sinergias que ofrece la creación de InvestEU como instrumento financiero genérico han adquirido aún mayor importancia con la creación del Plan de Inversiones del Pacto Verde Europeo y los demás componentes del plan de recuperación europeo. El CESE exige directrices específicas y claras encaminadas a identificar proyectos subvencionables y posibilidades para realizar sinergias entre los numerosos programas de la UE, garantizando así una adecuada y eficiente aplicación

3.12.

La crisis de la COVID-19 no debe alejar a la UE de sus objetivos a medio y largo plazo, tal como se recogen en el Pacto Verde Europeo, la Estrategia anual de crecimiento sostenible 2020 y el pilar europeo de derechos sociales. En su reciente Resolución (6), el CESE señaló que Europa debe financiar actividades que cumplan dos criterios: la relocalización de la producción estratégica para que Europa sea independiente —especialmente en lo que respecta a la protección de la salud y la capacidad de respuesta—, y para crear empleo de calidad, y la concesión de prioridad a las inversiones sostenibles, socialmente responsables y respetuosas con el medio ambiente. Las pequeñas y medianas empresas, al igual que las grandes empresas y las empresas sociales, podrían desempeñar un papel fundamental en la reestructuración del sistema de producción europeo.

Bruselas, 16 de julio de 2020.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Luca JAHIER


(1)  Dictamen del CESE sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa InvestEU», DO C 62 de 15.2.2019, p. 131.

(2)  Comunicación sobre el plan de recuperación: El momento de Europa: reparar los daños y preparar el futuro para la próxima generación.

(3)  Propuesta de Reglamento por el que se establece el Programa InvestEU.

(4)  Propuesta de Reglamento por el que se establece un programa de apoyo a la solvencia.

(5)  Dictamen del CESE sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa InvestEU», DO C 62 de 15.2.2019, p. 131.

(6)  Propuestas del CESE para la reconstrucción y la recuperación tras la crisis de la COVID-19.