18.9.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 311/55


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Fondo de Transición Justa

[COM(2020) 22 final — 2020/0006 (COD)]

y sobre la propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo y Migración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Gestión de las Fronteras y Visados

[COM(2020) 23 final — 2018/0196 (COD)]

(2020/C 311/08)

Ponente:

Ester VITALE

Coponente:

Petr ZAHRADNÍK

Consulta

Consejo de la Unión Europea, 23.1.2020

Parlamento Europeo, 29.1.2020

Fundamento jurídico

Artículo 175, apartado 3, y artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

unión económica y monetaria y Cohesión Económica y Social

Aprobado en sección

13.5.2020

Aprobado en el pleno

10.6.2020

Pleno n.o

522

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

210/1/5

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1.

El CESE está profundamente convencido de que el Fondo de Transición Justa (FTJ) constituye el primer instrumento tangible en contribuir al ambicioso objetivo de neutralidad en carbono para 2050, y es compatible con el Pacto Verde Europeo.

1.2.

El CESE manifiesta su preocupación por el hecho de que las inversiones previstas para una transición justa no se corresponden con el ambicioso Pacto Verde de la Comisión Europea y considera necesario recabar más recursos procediendo a un aumento del marco financiero plurianual, ya sea mediante el establecimiento de nuevos recursos propios o el aumento de la contribución de los Estados miembros. La UE debe hacer gala de una ambición que esté a la altura del reto de la lucha contra el cambio climático; una media del 40 % de su presupuesto global (MFP 2021-2027) deberá destinarse a este objetivo.

1.3.

El CESE recomienda que se especifique de forma más precisa el marco financiero del FTJ, ya que solo se garantizan 30 000 millones EUR, de acuerdo con la propuesta, y el resto se basa en una decisión voluntaria de los Estados miembros. El CESE no está convencido de que el marco financiero se base en un enfoque conservador y en requisitos previos.

1.4.

El CESE es consciente de que el éxito del FTJ (y de todo el Plan de Inversiones para una Europa Sostenible) depende de un nuevo tipo de asociación entre los sectores público y privado en términos de financiación y de responsabilidades compartidas. Se requiere un nuevo pacto entre los sectores público y privado, incluidos todos los agentes de los ámbitos económico, social y medioambiental, que defina la financiación y las responsabilidades compartidas. Puesto que las necesidades financieras del Pacto Verde Europeo son inmensas y los recursos presupuestarios comunes de la UE son bastante limitados, cobrará especial importancia el papel del sector privado. Las ONG deben desempeñar un papel importante a la hora de orientar la utilización del FTJ de manera que incluya plenamente a todos los grupos de la sociedad, y que permita en paralelo mejorar la accesibilidad para las personas con discapacidad y las personas de edad avanzada.

1.5.

El CESE comparte el enfoque global adoptado, que tiene en cuenta las dimensiones económica, social, industrial y tecnológica de la transición a una economía neutra, con la participación de los agentes locales, los interlocutores sociales y las ONG. Los interlocutores sociales deben participar en el desarrollo y la aplicación de políticas y estrategias para una transición justa. Los sindicatos han de estar presentes en todas las fases del proceso de transición justa a fin de proteger los intereses de los trabajadores a distintos niveles.

1.6.

El CESE espera que el diálogo entre la Comisión Europea y los Estados miembros asociado al marco del Semestre Europeo incluya una participación activa e importante de los interlocutores sociales y las ONG.

1.7.

El CESE acoge favorablemente que los planes territoriales y los posibles programas específicos deban ser supervisados por comités de seguimiento con las mismas normas que las que se establecen en el Reglamento sobre disposiciones comunes relativas a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.

1.8.

El CESE recomienda que en los planes territoriales y los posibles programas específicos del FTJ participen de forma plena y significativa los interlocutores sociales y las ONG.

1.9.

El CESE acoge con gran satisfacción la flexibilidad de las normas sobre ayudas estatales y las consecuencias implícitas esperadas, las cuales deberían reflejar también la importancia del Pacto Verde, en particular en los Estados miembros y regiones con gran consumo de carbón y elevadas emisiones de carbono. Las ayudas estatales, en particular las ecológicas, deben contribuir a la transición hacia una economía más verde e inclusiva, con unos subsidios continuados y más ambiciosos que permitan usar las ayudas estatales para promover el empleo entre las personas que a menudo se ven excluidas del mercado laboral abierto, como las personas con discapacidad.

1.10.

Dado que el desarrollo sostenible y la acción por el clima tienen una repercusión positiva en el gasto público y suprimen cierto número de externalidades negativas (sanidad, rehabilitación, reconstrucción, etc.), las inversiones públicas para la protección del medio ambiente y el cambio climático deben quedar excluidas de las limitaciones impuestas por el Pacto de Estabilidad. Ello reviste hoy más importancia que nunca a la vista de esta crisis sin precedentes. La COVID-19 puede tener un impacto importante en los ciudadanos de la UE, su salud y la economía en general.

1.11.

En la actualidad, la pandemia de la COVID-19 representa la primera prioridad; erosiona nuestra vida social y económica y también influye en la política presupuestaria actual y futura de la UE. De forma paralela, está generando una incertidumbre sin precedentes que podría conducir a un cambio significativo en la orientación y la asignación del presupuesto de la UE. Los documentos más recientes de la Comisión proponen y recomiendan destinar la parte restante de los recursos presupuestarios de la UE disponibles para el período 2014-2020 predominantemente a mitigar las consecuencias de la pandemia. El CESE respetará todos los cambios razonables necesarios en las próximas negociaciones del MFP que puedan ayudar a resolver esta terrible situación.

1.12.

El CESE apoya la propuesta de la Comisión Europea denominada «Next Generation EU» para reforzar el mecanismo de transición en respuesta a la crisis y su nueva propuesta para el próximo presupuesto de la UE a largo plazo.

1.13.

El CESE celebra que los Estados miembros puedan dotarse de un programa especifico para el FTJ. El CESE respeta y apoya el papel significativo de las regiones en el proceso de programación, gobernanza y aplicación del FTJ, de acuerdo con el principio de subsidiariedad. El CESE recomienda, además, que se tengan en cuenta los distintos niveles de preparación de los Estados miembros y regiones para la transición hacia la neutralidad en carbono, así como el diverso potencial para producir energía limpia dentro de la UE. También han de tomarse en consideración las distintas actitudes de los ciudadanos de los Estados miembros y regiones respecto de la contribución activa a la protección del clima.

1.14.

El CESE apreciaría enormemente que se publicara una lista de proyectos sostenibles con vistas a compartir las mejores prácticas. También debería hacerse público el apoyo prestado por determinadas autoridades de gestión, con el fin de contribuir a unas condiciones favorables a la inversión. Ello aumentará la transparencia y evitará el riesgo de información desigual.

1.15.

El CESE señala la necesidad de garantizar la complementariedad entre las medidas financiadas por el FTJ y las cofinanciadas por InvestEU con arreglo al segundo pilar y por el mecanismo de préstamo al sector público con arreglo al tercer pilar del Mecanismo para una Transición Justa.

1.16.

El CESE advierte de que debe alcanzarse un equilibrio adecuado entre las medidas de reestructuración económica y las medidas para garantizar la protección y el reciclaje de los trabajadores afectados por los procesos de transición.

1.17.

El sistema educativo y de formación es clave para respaldar los procesos de transición. El CESE recomienda incrementar los recursos de la política de cohesión a fin de reforzar y relanzar el sistema de educación secundaria y universitaria mediante directrices científicas y tecnologías dirigidas y orientadas a las necesidades actuales.

1.18.

El CESE espera que una parte importante de los recursos del FTJ se destinen a generar las inversiones que necesitan los trabajadores para acompañar la transición entre un empleo y otro. No obstante, debe garantizarse un equilibrio entre, por una parte, la inversión en el reciclaje de los trabajadores hacia nuevas formas de empleo más verde y, por otra, la preparación de los trabajadores de las comunidades afectadas que se incorporan ahora al mercado laboral con las capacidades necesarias para las nuevas formas de trabajo. Debe apoyarse especialmente el empleo de las personas más alejadas del mercado laboral, como los jóvenes y las personas con discapacidad.

2.   Introducción

2.1.

La Comisión Europea ha presentado su visión estratégica a largo plazo para conseguir una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra de aquí a 2050. Como se indica en la Comunicación sobre el Pacto Verde Europeo, la Comisión propone un Mecanismo para una Transición Justa que se suma a las propuestas legislativas y presupuestarias ya presentadas para 2021-2027. Entre 2021 y 2027, se distribuirá un paquete de 100 000 millones EUR para el conjunto del Mecanismo para una Transición Justa con el fin de apoyar y facilitar la conversión de actividades que provocan emisiones perjudiciales, la reducción del consumo de carbón fósil, la promoción de la eficiencia energética y la transición a una tecnología menos contaminante en todos los sectores de producción. El Fondo contará con una dotación inicial de 7 500 millones EUR, destinados a incrementarse hasta un importe previsto de 100 000 millones EUR gracias a la cofinanciación nacional, al brazo financiero InvestEU y al Banco Europeo de Inversiones.

2.2.

El Mecanismo para una Transición Justa consta de tres pilares:

un Fondo de Transición Justa (FTJ), que se pondrá en ejecución en el marco de la política de cohesión. El Fondo se crea por medio de un Reglamento concreto, que establece su objetivo específico, su cobertura geográfica, el método que debe seguirse para la asignación de los recursos financieros y el contenido de los planes territoriales de transición justa necesarios para sustentar la programación. Ante todo, el Fondo concederá a las regiones subvenciones dirigidas a apoyar a los trabajadores, ayudándolos, por ejemplo, a adquirir capacidades y competencias que puedan utilizar en el mercado de trabajo del futuro, a las pymes, a las empresas emergentes y a los viveros de empresas que trabajen para crear nuevas oportunidades económicas en las regiones de que se trate. También apoyará las inversiones para la transición a una energía limpia, incluido en el ámbito de la eficiencia energética;

un régimen InvestEU específico relativo a proyectos de infraestructuras de energía y transporte, incluidas las infraestructuras de gas y la calefacción urbana, así como proyectos de descarbonización;

un instrumento de préstamo al sector público ejecutado por el BEI para proporcionar financiación a las autoridades locales en beneficio de las regiones afectadas. A la financiación con cargo al presupuesto de la UE podría sumarse una bonificación de intereses o una subvención a la inversión combinada con préstamos concedidos por el BEI.

2.3.

Se desbloquearán recursos públicos y privados adicionales, y se prevén normas sectoriales en materia de ayudas estatales para facilitar el uso de los fondos nacionales en proyectos coherentes con los objetivos de transición justa.

2.4.

El asesoramiento y la asistencia técnica a las regiones formarán parte integrante del Mecanismo para una Transición Justa.

2.5.

El FTJ estará sujeto a un régimen de gestión compartida y podrán acceder a él todos los Estados miembros. Al proceder a las asignaciones, se tendrán en cuenta los retos que plantea la transición a las regiones con emisiones de carbono más altas, y los desafíos sociales derivados de las potenciales pérdidas de empleo.

2.6.

Los Estados miembros completarán la dotación del FTJ que se les asigne con sus recursos en concepto del FEDER y el FSE+. Estas transferencias corresponderán a un mínimo de 1,5 veces y un máximo del triple de la asignación del FTJ. No obstante, ningún Estado miembro podrá utilizar más del 20 % de su asignación inicial del FEDER o del FSE+, y todos deberán justificar esos recursos adicionales. Los Estados miembros participarán también con recursos propios.

2.7.

La Comisión y cada Estado miembro acordarán el proceso de programación, incluida la identificación de los territorios, en coherencia con el proceso del Semestre Europeo. Se pide a los Estados miembros que presenten planes territoriales en los que definan el proceso de transición hasta 2030. En este contexto, los Estados miembros deberán definir, para cada territorio, los retos económicos, sociales y medioambientales, y las exigencias de reciclaje profesional y rehabilitación ambiental. El Fondo tenderá a concentrar el apoyo en territorios que se correspondan con regiones de nivel NUTS 3.

2.8.

La aprobación de los planes territoriales permitirá conceder la ayuda en concepto del FTJ y pondrá en marcha los mecanismos para el recurso a InvestEU y al BEI. Los programas así apoyados se someterán a una revisión intermedia con las mismas modalidades previstas para todos los programas de la política de cohesión.

2.9.

El FTJ completará los fondos de la política de cohesión. Ello significa que es necesario modificar la propuesta de Reglamento por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, el Fondo de Asilo y Migración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Gestión de las Fronteras y Visados, a fin de incluir el FTJ como un nuevo fondo de la política de cohesión.

3.   Observaciones generales

3.1.

El CESE apoya la estrategia de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, así como su objetivo de convertir a la Unión Europea en una economía neutra desde el punto de vista climático de aquí a 2050. El CESE coincide en que el objetivo ecológico constituye una de las prioridades fundamentales de la futura política de cohesión, con una asignación para tal fin de al menos el 30 % del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el 37 % del Fondo de Cohesión. No obstante, manifiesta su preocupación por el hecho de que las inversiones previstas para la transición justa no se correspondan con el ambicioso Pacto Verde de la Comisión Europea. La financiación propuesta para diez años es la que sería necesaria para cada año a fin de alcanzar la neutralidad climática de aquí a 2050 de un modo justo. El CESE considera que se deben incrementar las previsiones de gasto del MFP. Si de verdad se quieren alcanzar los ambiciosos objetivos establecidos en el Pacto Verde, habrá que incrementar el presupuesto de la UE, ya sea introduciendo nuevos recursos propios o aumentando la contribución de los Estados miembros.

3.2.

El CESE valora los esfuerzos realizados por adecuar el marco financiero plurianual 2021-2027 de la UE a las exigencias y los retos en materia climática mediante el instrumento del FTJ y, en un contexto más amplio, mediante todo un Plan de Inversiones para una Europa Sostenible, cuya parte más representativa es dicho Fondo. Si bien el FTJ representa el primer paso tangible para abordar la cuestión desde el punto de vista financiero y de las inversiones, el CESE observa, y subraya, la necesidad de poner en práctica también los demás cometidos previstos por el acuerdo sobre el Pacto Verde Europeo. De no ser así, el FTJ tendría una eficacia limitada.

3.3.

Como ya ha destacado en Dictámenes anteriores (1), el CESE está de acuerdo en que, en el contexto de la política de cohesión, se debería proporcionar financiación específica a través del Mecanismo para una Transición Justa. No obstante, la financiación debería proceder de adecuadas dotaciones ad hoc para evitar que se reduzcan más los fondos disponibles de la política de cohesión.

3.4.

Asimismo, en el caso del FSE+, una transferencia obligatoria podría provocar conflictos de intereses involuntarios. Por ejemplo, podrían plantearse cuestiones como el apoyo a personas en riesgo de pobreza o a trabajadores industriales amenazados con perder su trabajo. Tales conflictos de intereses podrían ejercer un impacto negativo en la aceptación de la política climática en su conjunto. En cualquier caso, la ampliación del ámbito de aplicación del FSE+ debe ir de la mano con un aumento de los recursos.

3.5.

Dado que el desarrollo sostenible y la acción por el clima tienen una repercusión positiva en el gasto público y suprimen cierto número de externalidades negativas (sanidad, rehabilitación, reconstrucción, etc.), las inversiones públicas para la protección del medio ambiente y el cambio climático deben quedar excluidas de las limitaciones impuestas por el Pacto de Estabilidad. Ello reviste hoy más importancia que nunca a la vista de esta crisis sin precedentes. La COVID-19 tiene un impacto importante en los ciudadanos de la UE, su salud y la economía en general.

3.6.

El CESE está convencido de que existen muchos intereses y metas comunes entre el abanico de soluciones a la crisis de la pandemia y los retos del Pacto Verde. No obstante, parece adecuado redefinir la realización de algunos objetivos del Pacto Verde, especialmente respecto de su calendario. Se recomienda encarecidamente algún tipo de flexibilidad (comparable a la prevista para las normas presupuestaria y sobre ayudas estatales).

3.7.

No se puede pensar en efectuar grandes inversiones para combatir el cambio climático y realizar la transición ecológica manteniendo las limitaciones en materia de déficit. Obviamente, esto no implica abandonar el requisito habitual de estabilizar las finanzas públicas, pero sí elegir entre dos opciones: o bien queremos de verdad invertir el proceso de calentamiento global y, por lo tanto, tenemos que encontrar enormes cantidades para invertir, o simplemente queremos introducir medidas correctoras para tranquilizar las conciencias y mantener las finanzas públicas en buenas condiciones.

3.8.

El CESE considera que, para hacer la transición más incisiva desde el punto de vista económico y más creíble en términos políticos, es necesario intervenir lo antes posible para eliminar el sistema de subvenciones directas e indirectas al sector de los combustibles fósiles, que es responsable de enormes costes ambientales, sociales y económicos que anulan los progresos realizados en el marco de la acción por el clima.

3.9.

Al eliminar de manera gradual los subsidios a la energía fósil e impulsar un sector emergente como el de las energías renovables y crear unas condiciones de competencia equitativas, las energías renovables redundan en beneficio de los consumidores en términos de asequibilidad, prosperidad económica y sostenibilidad climática.

3.10.

El FTJ representa una simbiosis equilibrada entre subvenciones e instrumentos financieros, entre un enfoque coordinado y un enfoque gestionado de forma centralizada. Se requiere un nuevo pacto entre los sectores público y privado, incluidos todos los agentes de los ámbitos económico, social y medioambiental, que defina la financiación y las responsabilidades compartidas. No obstante, una aplicación eficaz de este Fondo requerirá nuevas capacidades de gestión y gobernanza. El CESE celebra que la Comisión Europea vaya a acompañar a las autoridades públicas y los promotores de proyectos sostenibles durante todas las fases de estos, desde la planificación a la aplicación.

3.11.

Para que este planteamiento tenga éxito, es fundamental alentar a los capitales privados a que entren en el sistema. Será necesario construir una nueva asociación entre el sector público y el privado, basada en el principio de que los resultados sean ventajosos para todos (win-win).

3.12.

El CESE comparte el enfoque global adoptado, que tiene en cuenta las dimensiones económica, social, industrial y tecnológica de la transición a una economía neutra, con la participación de los agentes locales, los interlocutores sociales y las ONG. El desarrollo sostenible debe abordarse de forma coherente en todos los ámbitos políticos y tender a un modelo de convergencia entre los Estados miembros. El CESE recomienda que se garantice la participación efectiva de todas las partes interesadas a todos los niveles y que las consecuencias sobre el empleo resultantes del cambio de modelo económico se encaren y gestionen a través de un diálogo social que conecte el nivel nacional y el europeo.

3.13.

El CESE considera que el proceso de transformación hacia una economía neutra en carbono también depende de la inversión en sistemas de transporte público y en entornos construidos que sean accesibles y sostenibles. Junto con el FEDER, el FTJ debe utilizarse para promover la neutralidad en emisiones de carbono mediante la inversión en estos ámbitos de manera que puedan ser utilizados por todos los miembros de la sociedad y sean accesibles a las personas con discapacidad y de edad avanzada.

3.14.

El CESE considera que una transición justa desde el punto de vista social es esencial para ganarse el apoyo y la confianza de los trabajadores, las empresas y la sociedad civil, así como para facilitar las grandes transformaciones económicas necesarias para salvar el planeta del cambio climático. En cualquier caso, el final de la era de los combustibles fósiles en Europa debe ir acompañado de las inversiones necesarias para garantizar la protección de sus trabajadores, la creación de nuevos empleos y el apoyo al desarrollo local. Los procesos de transición deben negociarse con los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil y han de estar relacionados con unas políticas eficaces de transparencia y comunicación.

3.15.

El CESE advierte de que debe alcanzarse un equilibrio adecuado entre las medidas de reestructuración económica y las medidas para garantizar la protección y el reciclaje de los trabajadores afectados por los procesos de transición. Asimismo, debe garantizarse un equilibrio entre la inversión en el reciclaje de los trabajadores hacia nuevas formas de empleo más verde y la preparación de los trabajadores de las comunidades afectadas que se incorporan ahora al mercado laboral con las capacidades necesarias para las nuevas formas de trabajo. Debe apoyarse especialmente el empleo de las personas más alejadas del mercado laboral, como los jóvenes y las personas con discapacidad.

3.16.

El CESE valora positivamente que el FTJ se centre en soluciones para atajar las consecuencias relacionadas con el declive de la industria minera del carbón y la necesidad de apoyar a los sectores de la industria pesada con el fin de que puedan mantener sus actividades de manera sostenible, así como la necesidad de abordar las correspondientes repercusiones sociales, pero señala que no debe limitarse a financiar los procesos de descarbonización. El CESE espera que parte de los recursos del FTJ se destinen a generar las inversiones que necesitan los trabajadores y las comunidades afectadas por la cadena de valor de los procesos de descarbonización para acompañar la transición entre un empleo y otro.

3.17.

El sistema educativo y de formación es clave para respaldar los procesos de transición. El CESE recomienda incrementar los recursos a fin de reforzar y relanzar el sistema de educación secundaria y universitaria mediante directrices científicas y tecnologías dirigidas y orientadas a las necesidades actuales, empleando todos los recursos disponibles de la política de cohesión.

3.18.

El CESE respalda la decisión de fomentar y apoyar patentes y empresas emergentes que sean innovadoras y sostenibles. La ayuda a las empresas que realizan actividades responsables y sostenibles y que desarrollan soluciones ecológicas para el bienestar de la comunidad debe recompensarse.

3.19.

La programación de los recursos del FTJ guardará una estrecha relación con el marco del Semestre Europeo, tal como se prevé en los Reglamentos para los fondos de la política de cohesión 2021-2027. El CESE se muestra convencido de que, además de la supervisión prevista en las normas de la política de cohesión, el marco de gobernanza económica de la UE se utilizará para supervisar la aplicación del FTJ en los Estados miembros a través del diálogo estructurado anual entre los Estados miembros y la Comisión Europea. A tal fin, el CESE espera que el diálogo entre la Comisión Europea y los Estados miembros incluya una participación activa e importante de los interlocutores sociales y las ONG.

3.20.

El CESE celebra que el FTJ vaya a programarse mediante uno o varios planes territoriales de transición justa, que proporcionarán un esbozo del proceso de transición hasta 2030, de forma coherente con los planes nacionales de energía y clima y con la transición a una economía climáticamente neutra. El CESE apoya que los Estados miembros puedan dotarse de un programa especifico para el FTJ.

3.21.

El CESE recomienda que en los planes territoriales y los posibles programas específicos del FTJ participen de forma plena y significativa los interlocutores sociales y las ONG.

3.22.

El CESE acoge favorablemente que los planes territoriales y los posibles programas específicos deban ser supervisados por comités de seguimiento con las mismas normas que las que se establecen en el Reglamento sobre disposiciones comunes relativas a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.

4.   Observaciones específicas

4.1.

El CESE está convencido de que conviene definir con más precisión el marco financiero, no solo para el FTJ, sino para el Mecanismo para una Transición Justa en su conjunto y el Plan de Inversiones para una Europa Sostenible. Añade que la movilización de recursos por encima de los 30 000 millones EUR no está garantizada (es decir, que las transferencias superiores a 1,5 veces la asignación del JTF no son obligatorias). También hay muchas cuestiones pendientes respecto del régimen especial del programa InvestEU y el instrumento de préstamos del BEI para el sector público.

4.2.

El CESE teme que la decisión de destinar en diez años 1 billón EUR a la transición ecológica, movilizando también las inversiones públicas y privadas mediante el recurso a InvestEU, pueda restar recursos a otros sectores que se beneficiaban de este fondo. Por este motivo, considera necesario garantizar una fuerte complementariedad entre las medidas financiadas por el FTJ y las cofinanciadas por InvestEU con arreglo al segundo pilar y por el mecanismo de préstamo al sector público con arreglo al tercer pilar del Mecanismo para una Transición Justa.

4.3.

Los objetivos del Pacto Verde estarán respaldados además por recursos procedentes de la política agrícola común, que concederá el 40 % de su dotación total en apoyo de los objetivos relacionados con el clima. A este respecto, es importante mantener el compromiso de los gobiernos nacionales y las instituciones de la UE de invertir en la política de cohesión como en el pasado.

4.4.

El CESE valora muy positivamente los procedimientos propuestos en favor de una interpretación más flexible de las normas sobre ayudas estatales y una simplificación constante propuesta por la Comisión como parte del marco político más amplio expuesto en la Comunicación sobre el Plan de Inversiones para una Europa Sostenible. Son necesarias normas diferentes para dar cabida a las inversiones que deben conducir a un nuevo crecimiento.

4.5.

El CESE comprende el conjunto de criterios bien cuantificados que se han definido sobre la admisibilidad para la financiación del FTJ, y está de acuerdo con ellos.

4.6.

Ayudas estatales ecológicas:

imponer condiciones ecológicas a las ayudas estatales a las empresas de sectores con una importante huella de carbono o de materiales;

aplicar condiciones ecológicas similares a los préstamos bancarios nuevos y ampliados (con o sin garantías públicas) en estos sectores;

denegar las ayudas estatales a las empresas y sectores que no puedan o no quieran adoptar tecnologías hipocarbónicas y circulares, y reconvertir a sus trabajadores para nuevos empleos;

acelerar los procedimientos de planificación para proyectos e infraestructuras de energía renovable, transporte público y construcción circular. Las empresas tienen dificultades para mantenerse a flote y necesitan recibir la ayuda estatal rápidamente.

Para reducir la carga administrativa inicial, los gobiernos pueden optar por una prueba ecológica ligera al conceder la ayuda estatal, combinada con una prueba más exigente a posteriori. Si una empresa incumple las condiciones ecológicas acordadas, la ayuda estatal tendrá que devolverse parcial o totalmente, dependiendo de la gravedad de la infracción. También se propone centrarse en los sectores clave con un uso intensivo de carbono y materiales para mantener la burocracia al mínimo (2).

4.7.

El CESE también acoge favorablemente la indicación de los sectores en los que es posible asignar recursos del FTJ y aquellos en los que no. El método de asignación contribuye a garantizar que los fondos estén suficientemente concentrados en los Estados miembros que deben responder a los retos más acuciantes, ofreciendo al mismo tiempo un apoyo significativo a todos los Estados miembros. En concreto, los Estados miembros con una RNB per cápita inferior al 90 % de la media de la UE recibirán en torno a dos tercios de los fondos del FTJ.

4.8.

Dadas las circunstancias, el CESE recomienda dar más cabida a otras entidades que no sean pymes, ya que las principales empresas mineras y de la industria pesada afectadas por la acción por el clima suelen ser de grandes dimensiones. Además, estas empresas proporcionan a menudo una gran cantidad de puestos de trabajo dignos y son cruciales para el bienestar económico de las regiones. Prevenir el desempleo debería convertirse en un objetivo esencial de los planes territoriales. Esto debería significar no solo ayudar a los trabajadores actuales en la transición hacia nuevas formas de empleo, sino también ayudar a los jóvenes y a las personas sin acceso al mercado laboral abierto, como las personas con discapacidad, a encontrar trabajo en estos sectores en desarrollo.

4.9.

El CESE se declara satisfecho con las nuevas posibilidades que se abren a los entes locales y regionales de asumir directamente la responsabilidad de la gestión de los proyectos y de aplicar en la práctica un enfoque basado en el territorio, ya que las unidades básicas para los planes territoriales de transición justa son las regiones NUTS 3.

4.10.

Los interlocutores sociales y las ONG que trabajan en este ámbito deben participar en el desarrollo y la aplicación de políticas y estrategias para una reducción ambiciosa de las emisiones, a fin de conseguir una transición justa que garantice un empleo digno y el equilibrio entre sistemas de energía limpia y calidad sostenible del empleo. Los sindicatos han de estar presentes en todas las fases del proceso de transición justa a fin de proteger los intereses de los trabajadores a distintos niveles.

4.11.

Para lograr los resultados previstos, la Comisión adopta un enfoque restrictivo respecto de la admisibilidad de los territorios, ya que la financiación solo puede asignarse a países que apliquen y presenten planes territoriales de transición justa. Por lo tanto, el CESE pide a todos los Estados miembros que preparen sus planes lo antes posible, de manera que se pueda apoyar a muchos trabajadores de toda Europa en las regiones determinadas en los planes.

4.12.

El CESE celebra que se haya adaptado el Reglamento por el que se establecen las disposiciones comunes a fin de establecer un fundamento jurídico claro y transparente para la futura política de cohesión de la UE y su orientación climática.

4.13.

Dado el alto grado de incertidumbre que existe en torno al impacto de la transición en el empleo y su posible distribución geográfica, el CESE observa que habría sido preferible no efectuar ninguna asignación geográfica ex ante de los fondos del FTJ. Otra preocupación tiene que ver con la gobernanza del Fondo. La designación de las zonas admisibles y el reparto de las asignaciones entre ellas se confían por completo a los gobiernos nacionales. Dada la falta de dotaciones regionales, existe el riesgo de que ello ocasione desequilibrios en la distribución de la financiación a escala subnacional y de que las zonas menos vulnerables a los efectos negativos de los objetivos en materia de cambio climático no reciban recursos.

4.14.

El CESE observa que la ambición de confiar en InvestEU y en el BEI para movilizar respectivamente 45 000 millones EUR y 25 000 o 30 000 millones EUR debe ser objeto de un atento seguimiento para no incurrir en los problemas de las inversiones del FEIE (3). Es necesario garantizar que esas inversiones se ajusten plenamente al Acuerdo de París y que los objetivos de la UE conviertan a Europa en el primer continente con impacto cero.

4.15.

El CESE apoya la propuesta de la Comisión Europea denominada «Next Generation EU» para reforzar el mecanismo de transición en respuesta a la crisis y su nueva propuesta para el próximo presupuesto a largo plazo de la UE. El CESE espera que se haya incrementado el presupuesto total del FTJ hasta los 40 000 millones EUR y que se refuerce el régimen de transición adecuado en el marco de InvestEU. El CESE también aprueba la propuesta de la Comisión relativa a un préstamo para el sector público, que movilizará entre 25 000 y 30 000 millones EUR. De este modo, el mecanismo de transición adecuado podrá movilizar al menos 150 000 millones EUR de inversión pública y privada.

4.16.

El mantenimiento de un presupuesto ambicioso para la política de cohesión posterior a 2020 debe seguir siendo la principal prioridad en la lucha contra el cambio climático a escala territorial. En otras palabras, la creación de un fondo más no debería utilizarse como pretexto para justificar nuevos recortes de la dotación de la política de cohesión en el contexto de las negociaciones sobre el MFP.

4.17.

El CESE tiene algunas reservas respecto del proceso de programación, dado que todavía hay que adoptar el texto jurídico y modificar el Reglamento por el que se establecen las disposiciones comunes. La Comisión prevé que los planes territoriales se aprueben en la segunda mitad de 2020 y los programas relativos al FTJ a lo largo de 2021. Esto podría ocasionar retrasos en la ejecución de algunos programas de la política de cohesión.

Bruselas, 10 de junio de 2020.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Luca JAHIER


(1)  Véase el Dictamen del CESE sobre el Reglamento por el que se establecen las disposiciones comunes para 2021-2027 (DO C 62 de 15.2.2019, p. 83. 83).

(2)  Los siguientes sectores tienen una huella de carbono y materiales relativamente alta: i) Transporte: el transporte por carretera, aéreo y marítimo se basa predominantemente en los combustibles fósiles; ii) Fabricación: muchos fabricantes siguen empleando tecnologías con uso intensivo de energía y materiales; iii) Construcción: muchos constructores siguen utilizando materiales no reciclables y de uso intensivo de energía, como el cemento; iv) Energía: la transición de los combustibles fósiles a la energía renovable es un proceso muy gradual.

(3)  Informe Especial n.o 03/2019 del Tribunal de Cuentas. Algunas ayudas del FEIE se limitaron a sustituir a otras financiaciones del BEI y de la UE; se concedieron algunas financiaciones a proyectos que habrían podido recurrir a otras fuentes de financiación pública o privada. En definitiva, las estimaciones de la inversión total atraída por el FEIE se sobrevaloraron y la mayoría de las inversiones se destinaron a algunos de los Estados miembros más grandes de la EU-15, con bancos nacionales de fomento consolidados.