1.10.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 324/21


Dictamen del Comité Europeo de las Regiones sobre la «Aplicación de los Acuerdos de Libre Comercio (ALC): la perspectiva regional y local»

(2020/C 324/04)

Ponente:

Michael MURPHY (IE/PPE), miembro de la Asamblea del Condado de Tipperary

Documento de referencia:

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre la aplicación de los Acuerdos de Libre Comercio 1 de enero de 2018 — 31 de diciembre de 2018

COM(2019) 455 final

RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

Observaciones generales

1.

acoge con satisfacción el informe anual de la Comisión sobre la aplicación de los Acuerdos de Libre Comercio; lo considera, además de un paso crucial hacia una mayor transparencia, un instrumento eficaz para ofrecer al público información objetiva de referencia sobre los acuerdos comerciales negociados por la UE;

2.

destaca el importante potencial que representa la política comercial de la UE para la consecución de los objetivos de la Unión, en particular en lo que respecta a crecimiento sostenible, aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, creación de puestos de trabajo e inversión en la UE. No obstante, también entiende que la crisis de la COVID-19 no solo supone un serio golpe para las economías de Europa y el mundo, sino que desbaratará las oportunidades del comercio mundial para las pymes europeas. Según un estudio reciente de la DG Comercio, en 2020 se prevé una disminución del comercio mundial de entre el 10 % y el 16 %; para la EU-27, se prevé un descenso de entre el 9 % y el 15 % de las exportaciones a terceros países, lo que representaría una pérdida de entre 282 000 y 470 000 millones de euros (1);

3.

recuerda que, en la Unión, 36 millones de puestos de trabajo dependen de las exportaciones fuera de la UE, de los cuales 13,7 millones están ocupados por mujeres; que entre 2000 y 2017, los puestos de trabajo de la UE sostenidos por exportaciones al resto del mundo aumentaron un 66 %, lo que representa 14,3 millones de empleos adicionales; y que el porcentaje de empleo de la UE sostenido por las ventas de bienes y servicios al resto del mundo sobre el empleo total aumentó del 10,1 % en 2000 al 15,3 % en 2017 (2); observa con preocupación que, según las estimaciones de la OIT para 2020, solo en Europa se perderán doce millones de puestos de trabajo como consecuencia de la pandemia de COVID-19;

4.

destaca la importancia de un libre comercio internacional basado en normas, que redunde en beneficio de todos los socios comerciales. Pide a la Comisión que siga defendiendo los intereses comerciales de la UE y que luche contra la creciente tendencia al proteccionismo;

5.

señala que las repercusiones de los Acuerdos de Libre Comercio (ALC) en la UE se reflejan a nivel regional. Por consiguiente, el CDR pide a la Comisión que le informe sistemáticamente y que tenga en cuenta en una fase temprana de las negociaciones las posibles repercusiones locales y regionales del comercio;

6.

considera que los ALC deben adaptarse a las pymes tanto como las pymes deben adaptarse a los ALC y destaca, a este respecto, el papel esencial de los entes locales y regionales para trasladar los ALC a las pymes sobre el terreno;

7.

destaca la responsabilidad conjunta de todos los niveles de gobierno para garantizar que los beneficios de la globalización se distribuyan equitativamente y se mitiguen los efectos negativos;

8.

expresa preocupación por el creciente número de medidas que no cumplen las normas de la OMC y la amenaza de que nuevos acuerdos discriminatorios, basados en regulaciones no arancelarias, redunden en una carga normativa excesiva para ambas partes, lo que se está convirtiendo en la nueva norma del comercio mundial; considera que los programas de apoyo existentes de la UE —y el control sobre estos— deberían reevaluarse, de acuerdo con las normas de la UE en materia de competencia, para apoyar mediante exoneraciones a las regiones afectadas por las guerras comerciales;

9.

acoge favorablemente que la Comisión constituyera el 22 de diciembre de 2017 un Grupo de Expertos sobre Acuerdos Comerciales, con el fin de aumentar la transparencia y el carácter inclusivo de la política comercial de la UE; señala que ninguno de los 28 expertos del Grupo (3) representa a un ente local o regional o a una de sus asociaciones; pide a la Comisión que mantenga dicho Grupo en su forma actual y que conserve la posición del CDR como observador. En caso de que se hubiera de modificar su estructura general, el CDR pide que se le invite a participar en calidad de miembro;

10.

acoge con satisfacción el hecho de que entre el 29 % y el 31 % del comercio de la UE esté cubierto por acuerdos comerciales preferenciales;

Recomendaciones relacionadas con la crisis de la COVID-19

11.

acoge con satisfacción el anuncio de la Comisión de que pondrá en marcha un proceso de revisión de la política comercial, que dará lugar a la adopción de una nueva estrategia a finales de año. Pide, no obstante, a la Comisión que vele por que esta revisión preste la debida diligencia y atención a la cuestión de la aplicación de los acuerdos de libre comercio en las regiones y ciudades de los Estados Miembros;

12.

la pandemia de COVID-19 ha puesto de relieve que las economías mundiales están estrechamente interconectadas y que, en tiempos de crisis, ningún país es capaz de producir por sí solo los bienes que necesita. Por consiguiente, a fin de garantizar un sistema de comercio mundial justo, abierto y basado en normas, insta a la Comisión Europea a que prosiga con sus trabajos sobre la reforma de la OMC. Observa, en esta misma línea que, en caso de distorsión de la competencia mundial, la UE deberá utilizar plenamente sus instrumentos de defensa comercial y desarrollar nuevas herramientas para hacer frente a las prácticas de terceros países que distorsionan el mercado;

13.

insta a la Comisión Europea a que siga luchando contra la distorsión de la competencia que han causado las subvenciones extranjeras en el mercado interior. A este respecto, espera con interés la publicación del Libro Blanco de la Comisión sobre un instrumento relativo a las subvenciones extranjeras. Reviste especial importancia avanzar en este sentido para garantizar unas condiciones de competencia equitativas a las empresas de la UE en ámbitos como la contratación pública;

14.

observa, en definitiva, que las regiones y sus gobiernos están en primera línea de la lucha contra la crisis, abordando sus repercusiones sanitarias y económicas. Considera, por lo tanto, que la UE debe centrarse en la creación de reservas estratégicas de equipos esenciales para que las regiones estén preparadas para futuras pandemias. A este respecto, acoge favorablemente el concepto de la Comisión de «autonomía estratégica abierta» para diversificar las cadenas de suministro mundiales y repatriar una parte de la producción de materiales críticos;

15.

valora positivamente la nueva propuesta de MFP, presentada el 27 de mayo, que incluye la nueva iniciativa REACT-UE y el refuerzo temporal que representa el instrumento «Next Generation EU». En este contexto, se congratula de los fondos adicionales asignados a la política de cohesión, que pueden utilizarse para hacer frente al impacto económico de la crisis, en particular, mediante la aportación de inversiones y liquidez sobre el terreno a las pymes, sobre todo en los sectores más afectados. Esto garantizará el rescate del mayor número posible de empresas y puestos de trabajo;

16.

acoge con satisfacción la simplificación del acceso a una serie de programas de financiación de la UE, incluido InvestEU, en vista de la crisis de la COVID-19. Insta, no obstante, a la Comisión Europea a que mantenga el sistema de acceso mejorado a toda una serie de programas una vez superada la pandemia, a fin de que las pymes europeas puedan convertir la digitalización y las técnicas de descarbonización en oportunidades rentables para generar crecimiento económico y empleos sostenibles;

Aprovechar todo el potencial de los acuerdos comerciales — Perspectivas regionales y empresariales

17.

coincide plenamente con la opinión de la Comisión de que las empresas de la UE solo pueden beneficiarse de los acuerdos comerciales de la UE si disponen de información pertinente sobre el contenido de esos acuerdos y comprenden cómo funcionan en la práctica; destaca la necesidad de que los representantes regionales participen en el esfuerzo por mejorar la aplicación de los acuerdos de libre comercio; con este fin, destaca la importancia de elaborar planes de acción para la aplicación de los ALC que se adapten a cada Estado miembro, a sus respectivas regiones y a los intereses empresariales regionales;

18.

observa con preocupación que la complejidad de las normas de origen y de los formularios administrativos exigidos por los socios comerciales de la UE para conceder preferencias a las empresas de la UE, así como el esfuerzo que supone demostrar el origen preferencial, parecen desproporcionados para las pymes de la UE, que no disponen de los mismos recursos que las grandes empresas;

19.

reitera la posición, que mantiene desde hace tiempo, de que los futuros acuerdos comerciales de la UE no deben impedir a los gobiernos de todos los niveles proporcionar, apoyar o regular los servicios públicos, ni tampoco ampliar la gama de servicios que ofrecen al público;

20.

recuerda que la mayor parte de la actividad exportadora de las pymes se desarrolla principalmente en el mercado único (4), y que solo alrededor de la mitad de las pymes venden sus productos fuera de la Europa de los Veintiocho (5); además, observa que la actividad exportadora de las pymes también está muy concentrada, ya que seis Estados miembros (6) representan más de dos tercios del total de las exportaciones de las pymes de la UE;

21.

subraya que, según una encuesta reciente realizada por el CDR y Eurochambres, la aplicación efectiva de las normas comerciales requiere las siguientes condiciones (7):

a)

subsanar la laguna de conocimientos sobre los ALC de la UE facilitando información práctica sobre cómo las pymes pueden hacer uso de un determinado ALC en la práctica y organizando más actividades informativas con la comunidad empresarial a nivel regional y local (formación, seminarios, talleres, exposiciones itinerantes, etc.);

b)

mejorar la facilidad de uso de los instrumentos gratuitos disponibles destinados a apoyar a las empresas y las pymes, así como sensibilizar al público sobre su existencia;

c)

abordar la complejidad y la falta de coherencia de las normas de origen y los procedimientos aduaneros, y

d)

poner en marcha rápidamente una calculadora gratuita de normas de origen en línea, como primera línea adicional de apoyo a las pymes de la UE, para que puedan sortear las complejidades de estas normas en los acuerdos comerciales de la UE;

22.

opina que se deben realizar más esfuerzos para difundir información sobre el funcionamiento del comercio internacional, en particular en los Estados miembros y sus entes locales y regionales, que están llamados a desempeñar un papel clave por su conocimiento de las pymes sobre el terreno y su proximidad con ellas; ello brinda, pues, una oportunidad al CDR y a la Comisión Europea para colaborar sistemáticamente con el fin de difundir información pertinente y desarrollar instrumentos interactivos relevantes como, por ejemplo, una calculadora de normas de origen adaptada a las pymes;

23.

acoge favorablemente el avance de la labor de la Comisión sobre el portal en línea que integrará dos bases de datos: la de acceso a los mercados y el servicio de ayuda en materia de comercio (Trade Helpdesk);

24.

también se congratula de los instrumentos existentes utilizados por la Comisión Europea para promover y apoyar a las pymes de la UE en sus esfuerzos de internacionalización, a fin de que sean más competitivas a nivel mundial, y destaca la necesidad de garantizar que dichos instrumentos adopten un enfoque ascendente en su aplicación;

25.

contempla con preocupación las cuestiones pendientes con los socios comerciales, que se recogen en el informe de la Comisión, en particular el hecho de que los productos de la UE siguen encontrándose con obstáculos para acceder a una serie de mercados en países socios. Debe darse una alta prioridad al reconocimiento mutuo y sin burocracia de las normas técnicas;

Velar por que el compromiso económico mundial no dé lugar a desigualdades entre las regiones de la UE

26.

considera que, pese al crecimiento económico global impulsado por los ALC, existen algunos sectores económicos (junto con las regiones que los albergan) que probablemente se verán perjudicados;

27.

coincide con la Comisión en que los acuerdos comerciales de la UE encierran un gran potencial para las exportaciones de productos agrícolas de la UE, pero le preocupa que en el proyecto de informe provisional sobre la evaluación de los efectos de la sostenibilidad del acuerdo comercial con el Mercosur se sugiera que la agricultura y las zonas rurales de la UE experimenten efectos negativos, razón por la cual algunos Estados miembros han rechazado el acuerdo en su forma actual. Insiste, asimismo, en que el acuerdo con el Mercosur deberá evaluarse teniendo presente el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. A este respecto, la ratificación del Acuerdo UE-Mercosur debería estar supeditada a la adopción de medidas destinadas a invertir el actual nivel sin precedentes de deforestación en la región amazónica de Brasil;

28.

subraya que, a tenor de la encuesta sobre la aplicación de los ALC realizada por el CDR en colaboración con Eurochambres, el miedo a una mayor presión competitiva de las empresas extranjeras también figura entre las preocupaciones esenciales para las regiones cuando entren en vigor los acuerdos comerciales de la UE (8);

29.

destaca que, como se ha subrayado en un estudio del Servicio de Estudios del Parlamento Europeo (9) basado en un análisis de los flujos comerciales de algunos Estados miembros, el rendimiento de las exportaciones de las regiones está positiva y fuertemente correlacionado con el PIB, y el comercio se concentra esencialmente en unas pocas regiones de cada Estado miembro analizado;

30.

recuerda que la Comisión, en el Documento de reflexión sobre el encauzamiento de la globalización y en el Documento de reflexión sobre el futuro de las finanzas de la UE, reconoció el impacto desigual de la globalización en función del territorio, y destacó que, aunque los beneficios de la globalización suelen estar ampliamente distribuidos, los costes suelen estar localizados;

31.

subraya que la solución a estas desigualdades requiere una respuesta a escala de la UE, para garantizar que ninguna persona o región se quede atrás;

32.

está firmemente convencido de que las evaluaciones de impacto territorial pueden ser herramientas poderosas para detectar y cuantificar, en una fase temprana, los posibles impactos asimétricos de los acuerdos comerciales en las regiones europeas, permitiendo así a los territorios afectados poner en marcha las políticas públicas adecuadas para afrontar dichos impactos; considera que es este un elemento esencial a la hora de formular unas políticas comerciales sólidas, transparentes y basadas en pruebas;

33.

hace especial hincapié en el papel de la política de cohesión en la mejora de la competitividad de los territorios de la UE mediante inversiones específicas adaptadas a las necesidades de cualquier territorio concreto en sectores clave como las infraestructuras de redes, la investigación y la innovación, las pymes, los servicios informáticos, la acción medioambiental y climática, el empleo de calidad y la inclusión social;

34.

recuerda, a la luz de las pruebas convincentes de la existencia de pautas regionales en el comercio internacional, que, si la UE quiere impulsar una mayor liberalización de los intercambios comerciales, es fundamental que toda iniciativa importante en este ámbito vaya precedida de evaluaciones de impacto centradas en los posibles efectos a escala nacional y, en particular, escala subnacional;

35.

se congratula de que, en su plan de recuperación para Europa de mayo de 2020, la Comisión haya propuesto reforzar sus herramientas de emergencia, en particular, el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG), y hacerlas más flexibles de forma que los recursos puedan utilizarse de manera más rápida y en la magnitud correcta cuando sean necesarios. Espera que la Comisión presente cuanto antes su correspondiente propuesta y reitera (10), en este contexto, que la anterior propuesta relativa al FEAG para el período de programación 2021-2027 pronosticó unos umbrales de subvencionabilidad relativamente elevados (con despidos de al menos 250 trabajadores) (11) y una dotación presupuestaria reducida de 225 millones de euros por año;

La política comercial como instrumento clave para mejorar la sostenibilidad

36.

cree firmemente que la política comercial tiene un importante papel que desempeñar para que la globalización tenga efectos económicos, sociales, territoriales y ambientales positivos para las personas y las empresas en Europa y fuera de ella;

37.

recuerda que, según una encuesta especial del Eurobarómetro realizada a partir de 2019 (12), cada vez más encuestados manifiestan su preocupación por los efectos medioambientales negativos del comercio internacional y consideran que no se benefician del comercio internacional debido precisamente a sus repercusiones medioambientales;

38.

recuerda que el Pacto Verde tiene por objeto integrar las políticas comercial, económica, reguladora y de competencia en un esfuerzo global en defensa del medio ambiente y alberga altas ambiciones medioambientales para la industria en su conjunto;

39.

considera que para igualar las condiciones de competitividad podría utilizarse un mecanismo que aborde la «fuga de carbono»; señala, sin embargo, que esta medida debería equilibrar las preocupaciones medioambientales, comerciales y de equidad para evitar que se desencadenen represalias contra las exportaciones de los países de la Unión Europea, perjudicando así a su industria;

40.

apoya firmemente el plan de acción de quince puntos de la Comisión, que considera un instrumento clave en aras de la mayor eficacia de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible, que forman parte de todos los acuerdos comerciales modernos de la UE. Sin embargo, este solo podrá llevarse a cabo con cláusulas adecuadas que permitan la aplicabilidad y verificabilidad de los requisitos de sostenibilidad, así como la imposición de sanciones cuando estos no se respeten;

41.

sobre la cuestión de saber si el incumplimiento de una disposición del capítulo sobre comercio y desarrollo sostenible debería tener ciertas consecuencias comerciales (relacionadas con el comercio), el CDR suscribe el punto de vista según el cual en el caso de los países que practiquen la competencia desleal, por ejemplo, al eludir las normas fundamentales de la OIT o las relativas a la sostenibilidad, deberían preverse mecanismos de sanción;

42.

destaca la necesidad de mejorar la aplicación de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible en los acuerdos comerciales de la UE mediante medidas no vinculantes y una mejor utilización de los recursos diplomáticos propios de la UE y los Estados miembros;

43.

asimismo, pide que los acuerdos comerciales de la UE incluyan normas estrictas contra la determinación falsa o abusiva de precios de transferencia y la evasión fiscal de las empresas que cotizan en bolsa;

44.

opina que los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible pueden, a través de los intercambios comerciales, mejorar condiciones como el trabajo digno, la protección del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático, con el fin de lograr un cambio de políticas eficaz y sostenible (13) en los terceros países; observa, sin embargo, al mismo tiempo que estos temas son, por definición, el resultado de procesos democráticos dentro del orden constitucional de un país determinado;

45.

acoge favorablemente, en este sentido, la decisión de la Comisión de nombrar a un alto responsable de la aplicación de la política comercial para que supervise de cerca la aplicación de las disposiciones de protección de carácter climático, medioambiental y laboral consagradas en los acuerdos comerciales de la UE, y confía en que dicho responsable establezca sólidos canales de comunicación con la sociedad civil y los entes locales y regionales; pide a la Comisión Europea que vele por que el alto responsable disponga de recursos suficientes para cumplir su misión;

46.

se remite, en este contexto, al estudio del CDR titulado «Dimensión democrática de las negociaciones de la UE sobre acuerdos comerciales: el papel y las responsabilidades de los ciudadanos y de los entes locales y regionales», en el que se subraya que el mero hecho de disponer de información es insuficiente para garantizar un proceso transparente y participativo, y que debe prestarse más atención a los mecanismos de nivel nacional y local destinados a garantizar el acceso a esta información; en particular, los entes locales y regionales observan que, con frecuencia, no existen mecanismos formales de diálogo en materia de política comercial con los niveles nacionales respectivos, carencia que es aún más patente a escala de la UE;

47.

considera, al mismo tiempo, que la política comercial de la UE no debe socavar los esfuerzos de ayuda al desarrollo emprendidos por la UE en terceros países y aboga por la adopción de un enfoque equilibrado para el libre comercio cuando se trate de economías más frágiles; recuerda la importancia del comercio libre y justo, haciendo hincapié en el potencial de reducción de la pobreza mediante la integración económica interregional e intrarregional; pide una mayor coherencia de las políticas en los sectores del comercio internacional y el desarrollo, y toma nota de que la UE ha pasado de la asistencia internacional para el desarrollo a un enfoque de asociación más igualitaria;

Mitigar los efectos negativos de acontecimientos excepcionales en determinados sectores y regiones

48.

pide a todos los principales agentes institucionales que presten especial atención a los vínculos comerciales existentes entre las regiones de la EU-27 y el Reino Unido, que definirán en gran medida las repercusiones de la retirada del Reino Unido en sus respectivas economías; conviene, en este sentido, diseñar medidas adecuadas para los sectores y territorios en los que el impacto pudiera ser especialmente negativo;

49.

acoge favorablemente las recomendaciones de la Comisión Europea al Consejo, de 3 de febrero de 2020, relativas a la apertura de las negociaciones sobre una nueva asociación con el Reino Unido; considera que la Comisión Europea deberá asegurarse de que el acuerdo negociado defienda los intereses de la UE;

50.

se remite al documento de posición de la delegación española en el Comité de las Regiones (14) y lamenta que la decisión de los Estados Unidos de introducir aranceles adicionales sobre los productos europeos, por un importe de 7 496 millones de dólares estadounidenses, como contramedida a la ayuda concedida al fabricante de aviones Airbus por la UE y determinados gobiernos de los Estados miembros, repercutirá esencialmente en los productos agrícolas y agroalimentarios producidos en los Estados miembros de la UE;

51.

subraya que los aranceles estadounidenses sobre el acero han causado un grave desvío comercial de productos siderúrgicos procedentes de terceros países, aumentando su penetración en el mercado europeo. La eficacia de las medidas de salvaguardia de la UE en el sector del acero debe reevaluarse a la luz del deterioro del entorno económico en esta industria, a fin de evitar ulteriores daños a las empresas siderúrgicas nacionales. La eliminación de los aumentos de los contingentes arancelarios existentes debería ser objeto explícito de este examen;

Garantizar la igualdad de condiciones para las empresas de la UE en un sistema de comercio basado en normas

52.

recuerda que los terceros países responden a las sanciones impuestas por la UE por motivos geopolíticos no relacionados con el comercio con medidas análogas que golpean de manera desproporcionada a algunas regiones con vínculos comerciales consolidados en dichos terceros países; opina que debe lograrse un equilibrio adecuado entre adoptar medidas compensatorias y preservar la competencia, y que deben reevaluarse los programas de apoyo existentes de la UE para apoyar a las regiones afectadas negativamente por las guerras comerciales;

53.

hace hincapié en los recientes llamamientos en favor de una política comercial de la UE más enérgica que defienda las tecnologías, las empresas y los mercados contra las prácticas comerciales desleales que provienen del exterior y opina que la UE necesita una política comercial más proactiva dispuesta a proteger a sus empresas mediante medidas compensatorias adecuadas que se ajusten a la evolución reciente de la cadena de valor y a través de un marco jurídico vinculante para dirimir los conflictos comerciales; aplaude el apoyo de la UE al multilateralismo y las distintas ideas presentadas para reformar la OMC, así como la posición proactiva de la Comisión respecto del bloqueo en que se encuentra el Órgano de Apelación de la OMC, a saber, los procedimientos de apelación provisional con Canadá y Noruega;

54.

observa, sin embargo, que, aunque cabe esperar razonablemente que ningún país pueda sustraerse a la globalización sin incurrir en costes enormes, el riesgo de un colapso del sistema comercial multilateral es real y, por lo tanto, la UE tiene que reflexionar sobre un plan B;

55.

apoya firmemente la propuesta de la Comisión de modificar el Reglamento de aplicación para que la Comisión pueda activar contramedidas en situaciones en las que un socio impida que el litigio llegue al punto en que podría concederse dicha autorización;

56.

coincide en que la UE debe pasar a la ofensiva para garantizar la reciprocidad y afrontar el proteccionismo en el acceso a los mercados de contratación pública de terceros países;

57.

lamenta, por consiguiente, la falta de progresos en las negociaciones interinstitucionales sobre la propuesta revisada de un Instrumento de Contratación Pública Internacional (15) presentada por la Comisión en 2016.

Bruselas, 2 de julio de 2020.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  https://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2020/may/tradoc_158764.pdf

(2)  http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2018/november/tradoc_157516.pdf (en inglés).

(3)  http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2017/december/tradoc_156487.pdf

(4)  Servicio de Estudios del Parlamento Europeo, CETA implementation: SMEs and regions in focus, estudio realizado a petición del CDR, 18 de noviembre de 2019, disponible (en inglés) en la siguiente dirección: http://www.europarl.europa.eu/thinktank/en/document.html?reference=EPRS_IDA(2019)644179

(5)  Flash Eurobarómetro 421, Internacionalización de las pequeñas y medianas empresas (en inglés), octubre de 2015.

(6)  Bélgica, Alemania, España, Italia, Países Bajos y Reino Unido.

(7)  Encuesta de Eurochambres y el CDR sobre «La aplicación de los acuerdos de libre comercio — Desafíos y oportunidades para las empresas y las regiones», https://cor.europa.eu/en/events/Documents/ECON/Survey_Note_CoR-Eurochambres_Survey_15_November_2019.pdf

(8)  Encuesta del Comité Europeo de las Regiones-Eurochambres sobre la aplicación de los ALC, agosto-octubre de 2019.

(9)  Servicio de Estudios del Parlamento Europeo, Interacciones entre el comercio, la inversión y las tendencias en la industria de la UE, estudio realizado a petición del CDR, 27 de octubre de 2017, disponible (en inglés) en la siguiente dirección: http://www.europarl.europa.eu/thinktank/en/document.html?reference=EPRS_STU(2017)608695

(10)  Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Reforzar la resiliencia territorial: capacitar a las ciudades y regiones para hacer frente a la globalización (DO C 54 de 13.2.2018, p. 32).

(11)  Habida cuenta, en particular, de que el programa estadounidense similar («Trade Adjustment Assistance») no prevé que deba alcanzarse ningún umbral mínimo de despidos.

(12)  https://ec.europa.eu/commfrontoffice/publicopinion/index.cfm/survey/getsurveydetail/instruments/special/surveyky/2246.

https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/ip_19_6294.

(13)  Parlamento Europeo, Free trade or geo-economics? Trends in world trade, Departamento Temático de Relaciones Exteriores, Dirección General de Políticas Exteriores de la Unión, septiembre de 2019.

(14)  Posición de la delegación española en el Comité de las Regiones sobre el impacto de los litigios comerciales y el establecimiento de nuevos aranceles sobre los productos agrícolas y agroalimentarios en las economías regionales y locales de la UE — https://cor.europa.eu/es/news/Pages/US-tariffs-on-EU-agri-food-products.aspx

(15)  http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2019/november/tradoc_157728.pdf (en inglés).