Bruselas, 17.12.2019

COM(2019) 635 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

sobre la aplicación de los programas apícolas


 

Índice

1.INTRODUCCIÓN

2.METODOLOGÍA

3.PERSPECTIVA GENERAL DEL SECTOR APÍCOLA DE LA UE

3.1Producción y precios

3.2Comercio

4.APLICACIÓN DE LOS PROGRAMAS APÍCOLAS NACIONALES

4.1Base jurídica

4.2Objetivos y medidas

4.3Presupuesto de la Unión para los programas apícolas nacionales y porcentaje de utilización

4.4Asignación de la contribución de la Unión a cada Estado miembro

4.5Gasto por tipo de medidas

5.MÉTODOS PARA DETERMINAR EL NÚMERO DE COLMENAS

6.APICULTURA EN LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN DESPUÉS DE 2020

7.CONCLUSIÓN

1.    INTRODUCCIÓN

A pesar de su pequeño tamaño en comparación con otros sectores agrícolas, la apicultura desempeña una función importante: además de suministrar miel y otros productos apícolas, contribuye a la polinización de los cultivos, las frutas, las plantas silvestres, etc. La política agrícola común (PAC) cuenta con varios instrumentos a su disposición para apoyar a este sector, como los programas apícolas, establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 (Reglamento de la OCM) 1 .

De conformidad con el artículo 225, letra a), del Reglamento de la OCM, la Comisión debe presentar cada tres años al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación de las medidas referentes al sector apícola establecidas en los artículos 55, 56 y 57, en particular sobre las últimas novedades en relación con los sistemas de identificación de colmenas. El presente informe responde a dicha disposición. No va acompañado de ninguna propuesta legislativa.

El presente informe abarca las campañas apícolas 2017-2019, correspondientes al período comprendido entre el 1 de agosto de 2016 y el 31 de julio de 2019, que son las primeras en las que se aplican las nuevas medidas. El informe incluye la información recibida en relación con las campañas apícolas anteriores, así como los programas previstos para las campañas apícolas 2020-2022, notificados a la Comisión a más tardar el 15 de marzo de 2019.

Se trata del séptimo informe de la Comisión presentado al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación de programas apícolas. El informe no incluye todos los elementos pertinentes para la apicultura, sino que se centra en la aplicación de los programas apícolas. No obstante, también ofrece una breve perspectiva general del sector apícola de la UE y presenta, en resumen, la propuesta de la Comisión para el sector apícola en el marco de la futura política agrícola común.

La UE ha apoyado directamente al sector apícola desde 1997 2 , ofreciendo a los Estados miembros la posibilidad de elaborar programas nacionales en relación con su sector apícola. El objetivo de estos programas es mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas: miel, jalea real, polen, propóleo y cera de abejas.

Los programas apícolas están cofinanciados por la Unión Europea en un 50 % y tienen una duración de tres años. Los programas son voluntarios, pero todos los Estados miembros han optado por presentarlos, lo que demuestra el enorme interés de estos y las necesidades del sector.

2.    METODOLOGÍA

El presente informe se basa en las siguientes fuentes de información:

-Información notificada por los Estados miembros de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura 3 , incluido el número de colmenas de sus territorios.

-Información notificada por los Estados miembros de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura 4 , incluidos los informes anuales de ejecución, establecidos en el artículo 10 de dicho Reglamento. Estos informes anuales incluyen un resumen de los gastos efectuados en euros durante la campaña apícola, desglosados por medidas, y los resultados obtenidos sobre la base de los indicadores de rendimiento seleccionados para cada medida aplicada. Sin embargo, estos indicadores no están armonizados a escala de la UE y no se han utilizado para extraer conclusiones en el contexto del presente informe.

-Información recibida de los Estados miembros de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 917/2004 de la Comisión, relativo a las medidas en el sector de la apicultura 5 , por el que se establecen las normas de los programas nacionales de apicultura hasta 2016.

-Datos sobre la producción y el comercio internacional de miel de Eurostat 6 , la base de datos Comtrade de las Naciones Unidas 7 y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) 8 .

Se pueden consultar cifras detalladas y cuadros resumen sobre el mercado de la miel y sobre los programas apícolas nacionales en el sitio web de la Comisión 9 .

3.    PERSPECTIVA GENERAL DEL SECTOR APÍCOLA DE LA UE

3.1    Producción y precios

Producción

Las cifras comunicadas en relación con los programas 2020-2022 constatan la existencia de aproximadamente 17,5 millones de colmenas en la UE, gestionadas por 650 000 apicultores. El número de apicultores ha aumentado en comparación con los datos recibidos en 2016 para los programas 2017-2019. No obstante, cabe señalar que no existe un método armonizado para la definición de apicultores, ni sobre la manera de calcular su número, y que un cambio en dicho número no refleja necesariamente una tendencia general en el sector.

Figura 1: Número de apicultores

En 2018, el sector produjo 280 000 toneladas de miel, lo que convierte a la UE en el segundo mayor productor de miel después de China (550 000 toneladas 10 ). La producción de la UE ha aumentado un 16 % desde 2014, año en el que se produjeron 240 000 toneladas, pero la UE aún no produce suficiente miel para cubrir su propio consumo. En 2018, el índice de autoabastecimiento 11 se situó en torno al 60 %, aproximadamente el mismo nivel que en 2015. El principal proveedor de miel importada es China (40 % de las importaciones), seguido de Ucrania (20 % de las importaciones).

Figura 2: Producción de miel de la UE en 2017 y 2018  Precios

Los precios de la miel varían considerablemente en función del Estado miembro, la calidad y el punto de venta. En 2018, el precio medio de la UE de la miel multifloral en el lugar de producción era de 6,46 EUR/kg. En la mayoría de los Estados miembros, el precio es inferior si la miel se vende a granel en el mercado mayorista, con un precio medio en la UE en 2018 de 3,79 EUR/kg. Cabe señalar que, aunque estos precios apenas han cambiado desde la anterior información recibida en 2016, el coste medio de producción ha aumentado, pasando de 3,21 EUR/kg en 2015 a 3,90 EUR/kg en 2018, lo que posiblemente deja un margen menor por kilo de miel producido. Sin embargo, habida cuenta de que los Estados miembros no declaran qué parte de la miel producida se vende a granel y qué parte en el lugar de producción, no pueden extraerse conclusiones concluyentes sobre la rentabilidad resultante para los productores.



Figura 3: Precios medios de la miel en 2018. MT: media del precio máximo/mínimo

3.2    Comercio

Importaciones

La UE solo se autoabastece de miel en un 60 %. En 2018, la UE importó 208 000 toneladas de miel por un valor total de 452 millones EUR. La UE es el primer importador mundial de miel, siendo China su principal proveedor. Sin embargo, las importaciones de la UE procedentes de China disminuyeron de cerca de 100 000 toneladas en 2015 a 80 000 toneladas en 2018 12 . Durante el mismo período, las importaciones de Ucrania, el segundo proveedor principal, aumentaron de 20 000 a 41 000 toneladas, mientras que las importaciones de los proveedores tercero y cuarto, Argentina y México, se mantuvieron en 25 000 y 20 000 toneladas, respectivamente.

Normalmente, la miel importada de terceros países es más barata que la producida en la UE y, en 2018, el precio medio de importación fue ligeramente superior a 2 EUR/kg.

Exportaciones

Las exportaciones de la UE son insignificantes comparadas con las importaciones. En 2018, la UE exportó alrededor de 21 000 toneladas de miel, lo que supone en volumen en torno al 7 % de la producción de la UE. Los principales mercados de la miel de la UE son Suiza, Arabia Saudí, los Estados Unidos y Japón. En 2018, el precio medio de exportación fue de 5,7 EUR/kg.

Figura 4: Precios medios en EUR/kg de la miel importada a la UE (línea continua azul) y exportada de la UE (línea discontinua roja) durante el período 2009-2018. Fuente: Eurostat Comext

4.APLICACIÓN DE LOS PROGRAMAS APÍCOLAS NACIONALES

4.1    Base jurídica

Desde la campaña apícola 2017, que dio comienzo el 1 de agosto de 2016, la base jurídica de los programas apícolas nacionales son los artículos 55 a 57 del Reglamento de la OCM, completados con:

-el Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión 13 , y

-el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión 14 .

Los programas para las campañas apícolas 2017-2019, y su financiación, fueron aprobados mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2016/1102 de la Comisión, de 5 de julio de 2016 15 .

Los programas para las campañas apícolas 2020-2022, y su financiación, fueron aprobados mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2019/974 de la Comisión, de 12 de junio de 2019 16 .

4.2    Objetivos y medidas

El objetivo de los programas es mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas en la Unión. La reforma de la PAC de 2013 introdujo algunos cambios en los programas. Los principales objetivos de tales cambios eran adaptar las medidas subvencionables a las necesidades del sector y garantizar una asignación más lógica del presupuesto de la UE mediante la mejora de los métodos utilizados por los Estados miembros para determinar el número de colmenas en sus territorios. Las medidas subvencionables resultantes se describen con más detalle a continuación.

a) Asistencia técnica a los apicultores y a las organizaciones de apicultores: la denominación de esta medida pasó de «agrupaciones de apicultores» a «organizaciones de apicultores». Aunque muchos Estados miembros incluyen la formación, la organización de cursos y la impresión de folletos educativos en el ámbito de la medida, esta puede incluir una amplia variedad de acciones. Entre ellas se incluye, por ejemplo, la ayuda para la adquisición de equipo técnico para el tratamiento primario y el apoyo específico a los jóvenes apicultores.

b) Lucha contra los invasores de colmenas y las enfermedades, en particular la varroasis: se ha ampliado el ámbito de aplicación de esta medida desde el control de la varroasis hasta la lucha contra otros invasores de colmenas y las enfermedades, que pueden incluir, por ejemplo, la avispa asiática (Vespa velutina) o el pequeño escarabajo de las colmenas (Aethina tumida). Sin embargo, la mayoría de los programas que incluyen esta medida siguen centrándose en la lucha contra la varroasis. Este objetivo se logra a menudo impulsando métodos para reducir la carga parasitaria, pero las acciones también incluyen medidas destinadas a informar a los apicultores sobre la importancia de combatir el ácaro Varroa.

c) Racionalización de la trashumancia: esta acción tiene por objeto contribuir a gestionar el traslado de colmenas en la Unión y facilitar emplazamientos a los apicultores durante la época de floración. La identificación de colmenas y marcos, la elaboración de un registro de trashumancia, las inversiones en material que facilite el proceso y la cartografía de las variedades de flores son algunas de las medidas que pueden facilitar la gestión de la trashumancia.

d) Medidas de apoyo a los laboratorios para el análisis de los productos apícolas con objeto de ayudar a los apicultores a comercializar y a incrementar el valor de sus productos: el ámbito de aplicación de esta medida se ha ampliado desde el apoyo a los análisis de las características fisicoquímicas de la miel, para incluir otros productos apícolas 17 como la jalea real, el polen, el propóleo o la cera de abejas. Además, el Reglamento de la OCM añadió que la medida debería ayudar a los apicultores a comercializar y a incrementar el valor de sus productos. La medida puede utilizarse para financiar, por ejemplo, las pruebas del origen botánico de la miel, ya que su conocimiento exacto puede permitir a los apicultores obtener un precio más elevado por su producto.

e) La repoblación de la cabaña apícola permite compensar, en parte, las pérdidas de abejas y, por ende, evitar la merma de la producción; puede incluir la financiación de actividades en favor de la producción de reinas, la compra de colonias de abejas o la adquisición de nuevas colmenas.

f) Colaboración con organismos especializados en la realización de programas de investigación aplicada en el sector de la apicultura y de los productos de la apicultura: esta medida ofrece a los Estados miembros la posibilidad de apoyar proyectos de investigación específicos, que pueden estar orientados a mejorar la calidad de la miel y/o divulgar los resultados de tales proyectos.

g) Supervisión del mercado: nueva medida que ofrece la posibilidad de invertir en el seguimiento de los productos apícolas y los precios. Esta medida puede mejorar las condiciones de producción y apoya las estrategias nacionales de seguimiento de la situación del mercado.

h) Mejora de la calidad de los productos con vistas a explotar su potencial en el mercado: nueva medida introducida por el Reglamento de la OCM que puede utilizarse, por ejemplo, para explotar el potencial de mercado de la miel, pero también de otros productos apícolas.

4.3    Presupuesto de la Unión para los programas apícolas nacionales y porcentaje de utilización

Los fondos de la Unión destinados al sector apícola son relativamente pequeños pero aumentaron de 36 millones EUR anuales para los programas apícolas del período 2017-2019 a 40 millones EUR anuales para los programas apícolas del período 2020-2022.

La contribución de la Unión a los programas apícolas corresponde al 50 % del gasto sufragado por los Estados miembros. En concreto, esto significa que durante las campañas apícolas 2017 y 2018, se asignaron anualmente 72 millones EUR en total a los programas apícolas. Aunque la financiación no se aprovechó en su totalidad, el porcentaje de utilización fue elevado. A efectos de comparación, en el cuadro siguiente se incluye la campaña apícola 2016.

Cuadro 1: Financiación de la Unión y porcentaje de utilización para los programas apícolas

Fondos de la Unión disponibles por campaña apícola

Campaña apícola 2016

Programas del período 2014-2016

Campaña apícola 2017

Programas del período 2017-2019

Campaña apícola 2018

Programas del período 2017-2019

Campaña apícola 2019

Programas del período 2017-2019

Campañas apícolas 2020-2022

EUR

33 100 000

36 000 000

36 000 000

36 000 000

40 000 000

Fondos de la Unión utilizados por los Estados miembros en EUR

31 102 215

32 372 777

33 974 000

Se notificarán a más tardar el 15 de marzo de 2020.

Se notificarán a partir del 15 de marzo de 2021.

Porcentaje de utilización

94 %

90 %

94 %

4.4    Asignación de la contribución de la Unión a cada Estado miembro

En el artículo 4 del Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión se establecen las normas para la asignación de la contribución de la Unión a los programas apícolas. El factor fundamental para esta asignación es la proporción de colmenas en cada Estado miembro participante en el programa. Esta es una razón que justifica las normas relativas a la determinación y notificación obligatorias del número de colmenas por los Estados miembros a la Comisión, descritas con más detalle en el apartado 5 del presente informe.

La contribución mínima de la Unión asciende a 25 000 EUR por programa apícola. La financiación restante de la Unión se asigna en función de la proporción de colmenas notificadas por los Estados miembros. No obstante, si un Estado miembro, sobre la base de su proporción de colmenas, solicita un importe inferior al que tiene derecho, la financiación restante de la Unión puede ser distribuida entre los Estados miembros que hayan solicitado un importe superior a su parte teórica de la financiación.

De conformidad con el artículo 8, apartado 2, del Reglamento (UE) 2015/1368, la asignación de fondos de la Unión para los programas apícolas del período 2017-2019 se basó en el número de colmenas comunicado por los Estados miembros en 2013. Para los programas apícolas del período 2020-2022, notificados a la Comisión en 2019, la asignación se basó en el número de colmenas notificado en 2017 y 2018 (dos años civiles inmediatamente anteriores al año de notificación a la Comisión de los programas apícolas nacionales).

Figura 5: Asignación de la contribución de la Unión a cada Estado miembro para las campañas apícolas 2020-2022

4.5    Gasto por tipo de medidas

De conformidad con el artículo 10 del Reglamento (UE) 2015/1368, los Estados miembros deben presentar anualmente, a más tardar el 15 de marzo, un informe anual sobre la aplicación del programa apícola durante la campaña apícola anterior. Los dos primeros informes anuales, correspondientes a las campañas apícolas 2017 18 y 2018 19 , se presentaron en 2018 y 2019. El desglose de los gastos por tipo de medida para la campaña apícola 2018 se muestra en el gráfico que figura a continuación (figura 6). Para la comparación histórica, también se incluye el gasto por tipo de medida para la campaña apícola 2015 (figura 7), que demuestra que, aunque en ese momento los programas solo podían incluir seis medidas, la distribución general, medida en porcentaje, sigue siendo similar.    

En 2018, al igual que en años anteriores, dos medidas, asistencia técnica y lucha contra los invasores de colmenas, recibieron la mayor parte de la financiación disponible, casi el 60 %. Ello refleja la necesidad permanente del sector de invertir en equipos de apicultura, actualizar las prácticas apícolas para luchar contra las enfermedades y los invasores de colmenas, y ofrecer formación a los apicultores.

Al igual que en años anteriores, las medidas de repoblación de colmenas y racionalización de la trashumancia, que recibieron en conjunto más del 30 % de la financiación, son la tercera y cuarta medidas más populares. En varios Estados miembros, la trashumancia es una práctica apícola esencial, necesaria para cubrir las necesidades nutricionales de las abejas de miel durante toda la estación apícola y para proporcionar servicios de polinización.

La investigación aplicada y el análisis de la miel se mantuvieron en quinto y sexto lugar, y recibieron respectivamente el 3,48 % y el 2,45 % de la financiación disponible en 2018.

Las dos nuevas medidas, mejora de los productos (0,69 % del gasto total) y supervisión del mercado, recibieron conjuntamente menos del 1 % de la financiación.

Figura 6: Gasto en porcentaje por medida durante la campaña apícola 2018

Figura 7: Gasto en porcentaje por medida durante la campaña apícola 2015

5.    MÉTODOS PARA DETERMINAR EL NÚMERO DE COLMENAS 

Tal como se describe en el apartado 4.2 del presente informe, los cambios se introdujeron para garantizar una asignación más lógica del presupuesto de la UE mediante la mejora de los métodos utilizados por los Estados miembros para determinar el número de colmenas en sus territorios. La Comisión, de conformidad con los poderes otorgados por el artículo 56, apartado 1, letra b), del Reglamento de la OCM, adoptó un acto delegado por el que se fija la base para la asignación de la contribución financiera de la Unión a los programas apícolas de los Estados miembros, en función del número de colmenas 20 . Dicho acto delegado introdujo la definición de colmena como «(...) la unidad que alberga una colonia de abejas utilizadas para la producción de miel y otros productos de la apicultura o material de reproducción de las abejas, así como todos los elementos necesarios para su supervivencia». Además, dicho acto estableció la obligación de que los Estados miembros que presenten un programa apícola nacional dispongan de un método fiable para determinar todos los años, entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre, el número de colmenas preparadas para la invernada existentes en su territorio.

Dado que, antes de la aplicación de dicho acto delegado, no existía una norma armonizada en relación con las cuestiones descritas anteriormente, el número de colmenas notificado antes de su aplicación en 2017 no debe compararse directamente con el número de colmenas notificado a partir de marzo de 2017. No obstante, la tendencia histórica a largo plazo indica que el número de colmenas en la Unión Europea ha aumentado en la última década. Esta tendencia positiva puede verse en casi todos los Estados miembros.

De conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión, los Estados miembros deben incluir en sus programas apícolas nacionales una descripción del método empleado para determinar el número de colmenas en sus territorios.

Un total de diecisiete Estados miembros, incluidos aquellos con el mayor número de colmenas, como España, Rumanía, Italia, Francia y Grecia, están utilizando métodos obligatorios para el recuento de las colmenas. Los métodos obligatorios pueden incluir el registro obligatorio de apicultores y/o colmenas en un registro específico, creado para ese fin concreto, o el uso de datos de otros registros obligatorios, como los sistemas de información veterinaria.

En cambio, un total de once Estados miembros, entre los que se incluyen aquellos con menos colmenas, como Suecia, Dinamarca, Irlanda y Estonia, están utilizando otros métodos distintos del registro obligatorio. Estos Estados miembros pueden basarse en la información facilitada por las organizaciones de apicultores, encuestas, censos o una combinación de estos métodos.

En general, el registro obligatorio de colmenas se considera el método más fiable, pero genera una carga administrativa tanto para los apicultores como para los Estados miembros pues los apicultores están obligados por la legislación nacional a registrar su actividad y declarar su número de colmenas a una administración.

La fiabilidad de otros métodos para estimar el número de colmenas depende de la calidad de la base de datos llevada por las organizaciones de apicultores y de la representatividad de la muestra de apicultores seleccionados para que faciliten información sobre su número de colmenas.

6.    APICULTURA EN LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN DESPUÉS DE 2020 

En su propuesta sobre la PAC después de 2020 21 , la Comisión propone trasladar los programas apícolas del Reglamento de la organización común de mercados al Reglamento sobre el plan estratégico de la PAC 22 . Esto aumentará la visibilidad del sector apícola y garantizará que se tenga en cuenta su contribución a los objetivos generales de la política agrícola común.

La propuesta también incluye un incremento de la financiación de los programas apícolas hasta alcanzar los 60 millones EUR anuales. Esto significa que, durante el septenio de la futura PAC, el sector apícola tendrá a su disposición un total de 840 millones EUR procedentes de la financiación de la Unión y de las contribuciones de los Estados miembros. Otro cambio introducido por la propuesta es que la financiación anual de los programas apícolas de los Estados miembros se establece en el acto de base 23 .

Sigue siendo necesario conocer el número de colmenas en los Estados miembros para poder seguir la tendencia, evaluar el impacto de las medidas de apoyo al sector apícola y mantener informados a los ciudadanos europeos. Por lo tanto, la propuesta de la Comisión sigue incluyendo la obligación de que los Estados miembros contabilicen el número de colmenas y notifiquen el resultado a la Comisión.

Mientras que los programas apícolas eran voluntarios en virtud del Reglamento de la OCM, la Comisión propone que sean obligatorios en los planes estratégicos de la PAC de los Estados miembros.

7.    CONCLUSIÓN

Aunque los programas apícolas han seguido siendo voluntarios en virtud del Reglamento de la OCM, todos los Estados miembros continúan presentando los programas, desarrollados en cooperación con el sector. Los programas varían entre los Estados miembros, en función de las necesidades de cada Estado miembro, pero las medidas que reciben la mayor parte de la ayuda, asistencia técnica y lucha contra los invasores de colmenas, no han cambiado desde el último informe de 2016.

La financiación del sector ha seguido aumentando a lo largo de los últimos períodos de programación, y la utilización de la financiación sigue siendo elevada, lo que demuestra la pertinencia de las medidas elegidas.

El número de colmenas es un indicador de la repercusión de la medida de ayuda y su número sigue aumentando. Sin embargo, teniendo en cuenta la rentabilidad global del sector, los precios medios de la UE no han aumentado, mientras que los costes de producción están aumentando y los precios de las importaciones disminuyendo. Esto plantea desafíos para el sector e indica una necesidad constante de apoyo, teniendo en cuenta también la importante función de las abejas para el medio ambiente y la agricultura.

(1)    Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671).
(2)    Reglamento (CE) n.º 1221/97 del Consejo, de 25 de junio de 1997, por el que se establecen las normas generales de aplicación de las medidas destinadas a mejorar la producción y comercialización de la miel (DO L 173 de 1.7.1997, p. 1).
(3)

   Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura (DO L 211 de 8.8.2015, p. 3).

(4)    Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión, de 6 de agosto de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura (DO L 211 de 8.8.2015, p. 9).
(5)

   Reglamento (CE) n.º 917/2004 de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 797/2004 del Consejo relativo a las medidas en el sector de la apicultura (DO L 163 de 30.4.2004, p. 83).

(6)    https://ec.europa.eu/eurostat
(7)    https://comtrade.un.org/
(8)    http://www.fao.org/home/es/
(9)     https://ec.europa.eu/info/food-farming-fisheries/animals-and-animal-products/animal-products/honey_en
(10)    Fuente: FAO
(11)    Índice de autoabastecimiento = producción de la UE / (producción + importaciones – exportaciones)
(12)    Fuente: Eurostat Comext, https://trade.ec.europa.eu/tradehelp/statistics
(13)

   Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura (DO L 211 de 8.8.2015, p. 3).

(14)

   Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión, de 6 de agosto de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura (DO L 211 de 8.8.2015, p. 9).

(15)    Decisión de Ejecución (UE) 2016/1102 de la Comisión, de 5 de julio de 2016, por la que se aprueban los programas nacionales de mejora de la producción y la comercialización de productos apícolas presentados por los Estados miembros en virtud del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2016) 4133] (DO L 182 de 7.7.2016, p. 55).
(16)

   Decisión de Ejecución (UE) 2019/974 de la Comisión, de miércoles, 12 de junio de 2019, por la que se aprueban los programas nacionales de mejora de la producción y la comercialización de productos apícolas presentados por los Estados miembros en virtud del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2019) 4177] (DO L 157 de 14.6.2019, p. 28).

(17)    Los productos apícolas cubiertos por los programas apícolas se enumeran en la parte XXII del anexo I del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 y son la miel, la jalea real, el propóleo y la cera de abejas.
(18)    Período comprendido entre el 1 de agosto de 2016 y el 31 de julio de 2017
(19)    Período comprendido entre el 1 de agosto de 2017 y el 31 de julio de 2018
(20)    Reglamento Delegado (UE) 2015/1366 de la Comisión.
(21)

https://ec.europa.eu/info/food-farming-fisheries/key-policies/common-agricultural-policy/future-cap_es

(22)     https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=COM%3A2018%3A392%3AFIN
(23)    Anexo VIII de la propuesta de la Comisión sobre la PAC después de 2020.