Bruselas, 8.3.2018

SWD(2018) 59 final

DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN

RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO

que acompaña al documento

PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

por el que se establece un plan plurianual para la pesca demersal en el Mediterráneo Occidental

{COM(2018) 115 final}
{SWD(2018) 60 final}


Ficha resumen

Evaluación de impacto de una propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un plan plurianual para la pesca demersal en el Mediterráneo occidental

A. Necesidad de actuar

¿Por qué? ¿Cuál es el problema que se afronta?

La pesca demersal en el Mediterráneo occidental afronta dos problemas fundamentales: el elevado nivel de sobrepesca y la ineficiencia del marco regulador. La causa principal de la sobrepesca es el uso excesivo de la capacidad pesquera (muchos buques y mucho esfuerzo pesquero). Al mismo tiempo, el marco regulador actual es ineficiente por su limitado ámbito de aplicación, su ejecución lenta y deficiente y por la falta de implicación de las partes interesadas. Estos dos problemas han conducido, directa o indirectamente, a la alarmante situación de las especies demersales (más del 80 % de las poblaciones evaluadas están sobreexplotadas y la biomasa de algunas de ellas es muy baja, lo que indica que existe una alta probabilidad de su agotamiento), que tiene repercusiones socioeconómicas para los pescadores y el sector pesquero, así como impacto en el medio marino.

Estos problemas afectan principalmente a los pescadores de especies demersales en el Mediterráneo occidental, es decir, de las flotas de la UE procedentes de Francia, Italia y España. Según informaciones recogidas en el marco de recopilación de datos pesqueros de la UE, unos 13 000 buques podrían verse afectados por esta iniciativa.

¿Cuál es el objetivo que se espera alcanzar con esta iniciativa?

Los objetivos generales son los siguientes: alcanzar los objetivos de la política pesquera común [PPC] (artículo 2) relativos a la pesca demersal en el Mediterráneo occidental, a fin de que las actividades pesqueras sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo y se gestionen de manera que se consigan beneficios económicos, sociales y de empleo; y mejorar el marco regulador de la gestión de estas pesquerías.

Los objetivos específicos son los siguientes: i) alcanzar y mantener la mortalidad por pesca al nivel del rendimiento máximo sostenible para todas las poblaciones demersales de aquí a 2020; ii) aumentar la selectividad de los artes de arrastre de fondo, en particular para no capturar juveniles; iii) garantizar un sector pesquero sostenible; y iv) establecer un marco de gestión eficaz, más sencillo y estable, con más implicación de las partes interesadas.

¿Cuál es el valor añadido de la actuación a nivel de la UE?

Tanto las especies demersales como los buques de pesca son transfronterizos, lo que hace improbable que una actuación a escala de los Estados miembros por sí sola sea eficaz para alcanzar los objetivos. Para que las medidas sean eficaces, deben tomarse de modo coordinado y aplicarse a toda el área de distribución de la población y a todas las flotas afectadas; de ahí la necesidad de una acción a nivel europeo.

B. Soluciones

¿Qué opciones legislativas y no legislativas se han estudiado? ¿Existe o no una opción preferida? ¿Por qué?

Se han estudiado tres opciones estratégicas: Opción 1: «no modificar la política» o mantener el statu quo (seguir aplicando el marco regulador actual). Se utiliza como referencia comparativa con las demás opciones; Opción 2: «modificar el marco de gestión actual»; revisar las herramientas de gestión existentes, a saber, los planes nacionales de gestión, para incorporar los objetivos de la PPC. Los principales aspectos que se tendrían en cuenta en la revisión serían: modificaciones del actual ámbito de aplicación (poblaciones, pesquerías y zonas); nuevos objetivos de conservación, como el RMS; objetivos cuantificables y plazos; y nuevas salvaguardias; Opción 3: «adopción de un plan plurianual a escala de la UE», a fin de garantizar que las flotas pesqueras demersales de la UE en el Mediterráneo occidental dispongan de un marco regulador único e integrado a escala de la UE.

La preferida es la opción 3: un plan plurianual a escala de la UE, ya que da los mejores resultados en todos los objetivos medioambientales y socioeconómicos. También es más coherente con la PPC reformada, más racionalizado (un solo marco normativo principal), estable (perspectiva a largo plazo) y transparente (pues los tres Estados miembros afectados llevarían, juntos, la actual mortalidad por pesca a niveles sostenibles mediante un Reglamento del Consejo) que las opciones 1 y 2.

¿Quién apoya cada opción?

Todas las partes interesadas consultadas coincidieron en que el actual marco de gestión (opción 1 o de referencia) no sería suficiente para alcanzar los objetivos de la PPC. La consulta también puso de manifiesto que la mayoría de las partes interesadas no apoya la modificación del actual marco de gestión (opción 2), ya que los problemas descritos seguirían existiendo. En cambio, la inmensa mayoría de las partes interesadas (el MEDAC, las administraciones públicas, las ONG y la comunidad científica) considera que un plan plurianual de la UE (opción 3) es la mejor solución posible a largo plazo. A su modo de ver, este enfoque se justifica por tratarse de una pesca de múltiples especies, ser varios los Estados miembros implicados y por las interacciones entre los distintos artes y tipos de pesca.

C. Repercusiones de la opción preferida

¿Cuáles son las ventajas de la opción preferida (si existe, o bien de las principales)?

Desde un punto de vista medioambiental, de la modelización se desprende que aproximadamente el 70 % de las poblaciones evaluadas recuperaría niveles de biomasa de la población reproductora por encima del punto de referencia de precaución (BPA) de aquí a 2025. En cambio, la probabilidad de alcanzar los objetivos de mortalidad por pesca para todas las poblaciones seguiría siendo baja, en torno al 36 %. Las simulaciones apuntan a que con el plan plurianual no se alcanzaría plenamente ninguno de ambos indicadores, pero con esta opción se alcanzan resultados significativamente mejores que con la opción de referencia y también mejores que con la opción 2 por lo que respecta al FRMS. Desde un punto de vista socioeconómico, de aquí a 2025 correría riesgo financiero un solo segmento de la flota (ocho segmentos menos que en la opción de referencia). El segmento de la flota afectada (rederos españoles de entre 12 y 18 metros de eslora) cuenta con cincuenta y dos buques.

El plan plurianual sería más racionalizado (un solo marco normativo principal), estable (perspectiva a largo plazo) y transparente (pues los tres Estados miembros afectados llevarían, juntos, la actual mortalidad por pesca a niveles sostenibles mediante un Reglamento del Consejo) que el actual marco modificado.

¿Cuáles son los costes de la opción preferida (si existe, o bien de las principales)?

El plan plurianual conllevaría mayores costos transitorios relativos al empleo y a la rentabilidad como consecuencia de las sustanciales reducciones del esfuerzo pesquero necesarias para alcanzar los objetivos de mortalidad por pesca. Con esta opción, de aquí a 2022 correrían riesgo financiero ocho segmentos de la flota (tres más que en la situación de referencia). Se trata de los arrastreros de fondo franceses, españoles e italianos de entre 18 y 40 metros de eslora, y de algunos con artes pasivos (p. ej., los palangreros españoles de entre 6 y 12 metros). Se encuentran así en situación de riesgo 1 415 buques, 6 193 pescadores en equivalentes a tiempo completo y 3 100 empleos en actividades auxiliares. No obstante, se espera que con el plan plurianual mejore el rendimiento socioeconómico de aquí a 2025, que redundará en beneficio de veinticinco de las veintiséis flotas.

¿Cómo se verán afectadas las empresas, las pymes y las microempresas?

Se espera que todas las repercusiones expuestas sean de especial importancia para las pymes, pues la inmensa mayoría de empresas de pesca demersal en el Mediterráneo occidental son microempresas (por término medio el 89 % de ellas, entre las francesas, las italianas y las españolas, tiene un solo buque). Por tanto, no hay razón alguna para excluirlas del ámbito de aplicación de la iniciativa, que de otro modo perdería su razón de ser. Por todo lo dicho, el plan plurianual podría muy probablemente aplicarse a todas las empresas, pymes incluidas, en distinta medida según cómo los Estados miembros decidan distribuir las necesarias reducciones entre los distintos segmentos de la flota.

¿Habrá repercusiones significativas en los presupuestos y las administraciones nacionales?

Por lo que se refiere a los Estados miembros, la puesta en marcha del plan plurianual y el nuevo régimen de gestión del esfuerzo pesquero podrá conllevar algunos costes administrativos adicionales, que el FEMP podría compensar (artículo 36 del Reglamento FEMP). Tras un período de transición, se espera que los costes administrativos (equivalentes a mantener el marco normativo) disminuyan y estén más en consonancia con las ventajas de alcanzar los objetivos establecidos.

¿Habrá otras repercusiones significativas?

No.

D. Seguimiento

¿Cuándo se revisará la política?

El Comité Científico, Técnico y Económico de la Pesca (CCTEP) evaluaría el plan y sus repercusiones cinco años después de su entrada en vigor. La Comisión informaría acto seguido al Parlamento Europeo y al Consejo sobre sus resultados.