Bruselas, 12.6.2018

COM(2018) 455 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Informe de la evaluación ex post, correspondiente al período 2007-2013, de las acciones financiadas por el programa "Prevención y lucha contra la delincuencia" (ISEC) y el programa "Prevención, preparación y gestión de las consecuencias del terrorismo y otros riesgos en materia de seguridad" (CIPS)

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1    INTRODUCCIÓN

El Programa marco sobre «Seguridad y Defensa de las Libertades» 1 para el período 2007-2013 estaba compuesto por dos programas específicos («los Programas»): «Prevención y Lucha contra la Delincuencia» (ISEC) y «Prevención, preparación y gestión de las consecuencias del terrorismo y otros riesgos en materia de seguridad» (CIPS) 2 . Las Decisiones por las que se establecen el ISEC 3 y el CIPS 4 exigían que la Comisión Europea presentara un informe de evaluación ex post para el período 2007-2013 al Parlamento Europeo, el Consejo, el Comité Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones.

El presente informe presenta los principales elementos de los Programas, el alcance y las limitaciones de las evaluaciones, los resultados clave de la evaluación, las conclusiones y las enseñanzas extraídas. Tiene su fundamento en los resultados de dos evaluaciones ex post que examinaron los Programas, en el período de 2007 a 2013, en comparación con los criterios de evaluación definidos en las directrices para la mejora de la legislación: i) eficacia, ii) eficiencia, (iii) coherencia, iv) pertinencia y v) valor añadido de la UE.

Las conclusiones de estas evaluaciones y las enseñanzas extraídas complementan la evaluación intermedia del Fondo de Seguridad Interior (FSI), ya que su componente policial es el sucesor de los programas ISEC y CIPS para el período 2014-2020. Los resultados de esta evaluación intermedia junto con los resultados de las evaluaciones ex post actuales contribuyeron a la configuración de las políticas futuras en las áreas de migración y seguridad, y especialmente a la preparación de los nuevos instrumentos de financiación en el entorno del marco financiero plurianual posterior a 2020.

1.2    Programa marco sobre «Seguridad y Defensa de las Libertades» (2007-2013) - ISEC y CIPS

Contexto político

La Unión Europea (UE) ha identificado la delincuencia organizada y el terrorismo como amenazas principales para la seguridad interior europea. Además, el artículo 67, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea contiene un mandato claro para que la Unión brinde a los ciudadanos un nivel elevado de seguridad mediante la prevención y la lucha contra la delincuencia, en particular el terrorismo, la trata de personas y los delitos contra niños, el tráfico ilícito de drogas y el tráfico ilícito de armas, la corrupción y el fraude mediante medidas de coordinación y cooperación entre las autoridades policiales y judiciales y otras autoridades competentes. El papel de la UE en estos ámbitos de actuación ha aumentado continuamente, tras la identificación de una gran necesidad de numerosas acciones comunes en esta materia. Por ejemplo, las conclusiones del Consejo Europeo de Tampere de 1999 reafirmaron la importancia de la promoción de la libertad, la seguridad y la justicia a través de la prevención y la lucha contra la delincuencia. En ese momento, la atención se centraba en la acción legislativa destinada a establecer el espacio de libertad, seguridad y justicia, mientras que la prestación de apoyo financiero era más bien complementaria. Con el Programa marco «Seguridad y Defensa de las Libertades», la labor de la UE en este ámbito entró en una nueva fase en la que la práctica operativa se hizo más predominante.

Por otra parte, el Programa de La Haya, que estableció las prioridades de la UE para un espacio de libertad, seguridad y justicia para el período 2004-2009, confirmó la importancia y la necesidad de un mayor refuerzo en el ámbito de la prevención y la lucha contra el terrorismo y otras formas de delincuencia a nivel europeo, destacando la necesidad de una cooperación a nivel de la UE en estas áreas. Además, el Programa de La Haya se centró cada vez más en el fortalecimiento de la seguridad y, en particular, en la lucha de la UE contra el terrorismo, la captación, la financiación, la protección de las infraestructuras críticas y el desarrollo de un marco de gestión de las consecuencias. Aunque la protección de infraestructuras críticas se enmarca en gran medida dentro del ámbito de competencia nacional, la UE ha brindado apoyo a los Estados miembros a este respecto desde 2004.

El Programa de Estocolmo, que proporcionó un marco para la acción de la UE en materia de ciudadanía, seguridad, asilo, inmigración y política de visados para el período 2010-2014, dio más importancia al desarrollo de las políticas de la UE en las áreas de justicia y seguridad. Se reafirmó la necesidad de aplicar efectivamente la estrategia antiterrorista de la UE, que consta de cuatro líneas de trabajo: prevenir, perseguir, proteger y responder, y se hizo un llamamiento para reforzar el apartado de prevención. Además, dicho Programa hizo un llamamiento para la creación de un Coordinador de la UE contra la trata de seres humanos que pudiera contribuir a la consolidación de una política de la UE coordinada y consolidada contra la trata.

Durante los últimos años de aplicación de los Programas, la UE ha vivido diferentes atentados terroristas y ha habido un cambio significativo en el fenómeno del terrorismo, en particular con la continuación de la guerra civil en Siria y el surgimiento del Estado Islámico de Iraq y Siria (ISIS).

Elementos principales

El ISEC y el CIPS cubrieron un ámbito de intervención muy amplio, que entre 1993 y 2009 se integró en gran medida en el denominado pilar de la UE sobre cooperación policial y judicial en materia penal, tal como lo introdujo el Tratado de Maastricht. Las políticas de este pilar se basaban principalmente en un marco jurídico que conservaba elementos de la cooperación intergubernamental entre los Estados miembros. Esto significaba que antes de la llegada de los Programas existían pocas oportunidades de financiación a nivel de la UE en este ámbito. La creación de los programas constituyó un acontecimiento clave en la política de la UE en estas materias.

El ISEC (2007-2013) reemplazó el Programa marco sobre cooperación judicial y policial en materia penal (AGIS) 5 , que abarcó el período 2002-2006 y tenía por objeto reforzar la cooperación transfronteriza de la UE entre la policía, otros organismos encargados de hacer cumplir la ley y las autoridades judiciales. El presupuesto total asignado al ISEC ascendió a 522 millones EUR para el período en su conjunto. Los objetivos generales del ISEC eran prevenir y combatir la delincuencia, en particular el terrorismo, la trata de personas, los delitos contra los niños, el tráfico de drogas, la venta y el tráfico de armas, la ciberdelincuencia, la corrupción y el fraude, y contribuir al establecimiento de políticas a nivel de la UE. Los cuatro objetivos específicos del programa abordaron cuatro temas principales:

-prevención de la delincuencia y criminología;

-represión del delito;

-protección y apoyo a los testigos;

-protección de las víctimas.

El CIPS (2007-2013) se centró en las infraestructuras críticas y otros problemas de seguridad, incluidos los problemas operativos en áreas tales como la gestión de crisis y la preparación en varios sectores de importancia vital. Su presupuesto asignado total ascendió a 126,8 millones EUR para todo el período. El CIPS tenía dos objetivos generales: prevención y preparación y gestión de consecuencias, que se dividieron en siete objetivos específicos 6 . Estos objetivos cubrieron las siguientes áreas temáticas:

-gestión de la crisis;

-terrorismo y otros riesgos relacionados con la seguridad en el espacio de libertad, seguridad y justicia, incluidos los riesgos relacionados con el medio ambiente, la salud pública, el transporte, la investigación y el desarrollo tecnológico, y la cohesión económica y social.

Los Programas se aplicaron en régimen de gestión directa en el marco de los programas de trabajo anuales 2007-2013 7 . La ayuda financiera se hizo efectiva a través de proyectos financiados por subvenciones para actividades concretas otorgadas por la Comisión, mediante contratos de servicios celebrados a raíz de licitaciones publicadas por la Comisión o por medio de acuerdos administrativos con el Centro Común de Investigación (CCI). En régimen de gestión directa, la Comisión Europea retuvo la plena responsabilidad de la aplicación y llevó a cabo toda la programación y el trabajo operativo.

En lo que respecta al tipo de partes interesadas que podrían solicitar financiación, el ISEC comprende las fuerzas de seguridad y otros organismos, instituciones u agentes públicos o privados, incluidas las autoridades locales, regionales y nacionales, los interlocutores sociales, las universidades, las oficinas estadísticas, las organizaciones no gubernamentales, las asociaciones de los sectores público y privado y los organismos internacionales competentes. El CIPS incluyó organismos públicos (nacionales, regionales y locales), el sector privado, universidades e institutos de investigación. Al contrario del ISEC, las entidades con fines de lucro pudieron dirigir proyectos en el marco del CIPS.

En términos de ejecución, en lo que respecta a ambos Programas, no se otorgaron todos los fondos disponibles en las distintas convocatorias, principalmente debido a que las solicitudes de proyectos no cumplían los criterios de subvencionabilidad o el criterio de calidad para la financiación de la UE. Del presupuesto de 522 millones EUR asignado al ISEC, se comprometieron más de 413 millones EUR y se gastaron 304 millones EUR. Durante el período de programación, el ISEC tuvo una tasa de absorción global del 74 % 8 . En lo que respecta al CIPS, se comprometieron 74,6 millones y se gastaron 60,4 millones EUR del presupuesto total asignado de 126,8 millones EUR. La tasa de absorción global del CIPS durante el período de programación fue del 83 % 9 .

2    EVALUACIÓN EX POST

Metodología

Los resultados detallados de la evaluación y la metodología utilizada se describen en los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión que acompañan a este informe 10 . La preparación del documento de trabajo fue respaldada por un estudio realizado por un contratista externo.

Limitaciones

Las evaluaciones de ambos Programas se vieron significativamente obstaculizadas por la falta de referencia, o sea, de una descripción clara de la situación antes del inicio de estos que pudiera servir como base para evaluar sus repercusiones. Además, el desfase temporal entre la ejecución de los Programas y las evaluaciones ex post entorpeció el proceso de evaluación, dado que los representantes de los beneficiarios pertinentes y de las autoridades nacionales y de la UE a menudo han cambiado de puesto, lo que ha dificultado la comunicación con ellos. Esto se refleja en la baja tasa de respuesta a las consultas públicas y encuestas en línea llevadas a cabo durante las evaluaciones.

Por otro lado, solo se disponía de pruebas limitadas sobre los resultados y las repercusiones de los programas. Como ya se ha mencionado previamente, los resultados no pudieron medirse no solo debido a la falta de una referencia, sino también a la ausencia de objetivos preliminares y de un registro central para los resultados del proyecto ISEC/CIPS. Por otra parte, se han observado problemas con respecto a la supervisión del avance del proyecto, lo que ha obstaculizado la evaluación de la eficacia, la eficiencia y el valor añadido de la UE. Por ejemplo, no fue factible realizar una comparación detallada de los costes debido a la ausencia de datos de proyectos comparables, dada la amplia gama de ámbitos de intervención y de tipos de actividades cubiertas por los Programas. Asimismo, fue difícil comparar los costes del proyecto y medir el grado en que los diferentes tipos de proyectos cumplían los mismos objetivos.

2.2    PRINCIPALES RESULTADOS

Pertinencia

Teniendo en cuenta la importancia del principio de subsidiariedad en el área de la seguridad interior, la financiación del ISEC y el CIPS no fue diseñada para sustituir la financiación nacional sino más bien para complementarla, proporcionando un mayor apoyo a la cooperación transfronteriza. En general, los Estados miembros consideraron los objetivos del ISEC de importancia para sus necesidades relacionadas con la prevención y lucha contra la delincuencia 11 . Del mismo modo, el CIPS se consideró de interés permanente para la prevención, la preparación y la gestión de las consecuencias del terrorismo y otros riesgos relacionados con la seguridad durante todo el período de evaluación. Además, el Programa respondió bien a la necesidad real de cooperación y coordinación transnacionales en las áreas de prevención, preparación y gestión de las consecuencias del terrorismo y otros riesgos relacionados con la seguridad. Esto es particularmente importante dadas la necesidad de una acción a nivel de la UE en estos ámbitos y la falta de fuentes nacionales alternativas de financiación debido a las consecuencias de la crisis financiera de 2008 en los presupuestos nacionales.

La razón de ser de ambos Programas era proporcionar fondos cuando más se necesitaran, de conformidad con las prioridades descritas en los programas de trabajo anuales, establecidos conjuntamente con los Estados miembros. Esta configuración demostró estar más impulsada por la demanda que por las políticas, ya que se basó en convocatorias abiertas de propuestas y permitió a las partes interesadas solicitar fondos en base a una propuesta de proyecto. En consecuencia, el diseño impulsado por la demanda de los Programas contribuyó a un desequilibrio geográfico significativo en su ejecución, especialmente con respecto a la ubicación de las organizaciones coordinadoras. Por este motivo, la Comisión adoptó medidas para aumentar la diseminación geográfica, en particular la organización de jornadas de información regionales en los Estados miembros. No obstante, la aplicación de los Programas dependía en gran medida de la proactividad de los representantes de los Estados miembros y los posibles solicitantes. Con el fin de permitir a los Estados miembros un acceso más equitativo a la financiación y mejorar su participación en todas las prioridades clave de la política de seguridad, se introdujo un cambio hacia el modo de gestión compartida para el Fondo sucesor, el instrumento FSI Policía 12 . A diferencia del ISEC y CIPS, que se ejecutaron solo bajo gestión directa, el FSI Policía se está aplicando sobre la base de una combinación, con una asignación inicial cercana al 60 % de la financiación disponible a programas nacionales en régimen de administración compartida y un 40 % a acciones de la Unión en régimen de administración directa. Se espera que este cambio tenga un impacto positivo en la eficiencia y eficacia de la gestión del Fondo FSI por parte de la Comisión y en la aplicación por parte de todos los Estados miembros de las políticas principales de seguridad.

También se identificó un cierto desfase temporal entre la formulación de prioridades en los programas de trabajo anuales y su aplicación real debido a que estos reflejaban las prioridades establecidas el año anterior, lo que significaba que había una diferencia de un año entre el establecimiento de las prioridades y su ejecución. En ocasiones, esto restó pertinencia a los Programas.

Eficacia

En general, las conclusiones de la evaluación sugieren que el ISEC contribuyó hasta cierto punto a todos sus objetivos y que los proyectos financiados lograron los resultados esperados. Por lo tanto, se puede argumentar que el Programa contribuyó a la prevención del delito y, en última instancia, a una mayor seguridad para los ciudadanos de la UE, incluso si es difícil establecer una relación causal directa. Los principales resultados identificados a partir de los proyectos del ISEC fueron la mejora de las redes y del intercambio de información y mejores prácticas, así como un mayor nivel de conocimientos y competencias de los profesionales. Los proyectos del ISEC fueron particularmente eficaces en su contribución al desarrollo de la cooperación transnacional entre los Estados miembros y los organismos encargados de hacer cumplir la ley, así como al mejor intercambio de información, especialmente en el campo de la medicina forense, las drogas, los registros de nombres de los pasajeros, el delito cibernético y la trata de seres humanos.

Con respecto al CIPS, la evaluación demostró que el Programa logró en un sentido amplio sus objetivos generales y la mayoría de sus objetivos específicos, y contribuyó positivamente a la política de protección de infraestructuras críticas. Un elemento importante de una serie de proyectos CIPS fue el enfoque en las interdependencias y la prevención de los «efectos en cascada» en caso de perturbación y destrucción de infraestructuras críticas durante un atentado terrorista u otros riesgos relacionados con la seguridad. La cooperación a escala de la UE y la cooperación para la protección de infraestructuras críticas podrían mejorarse.

La evaluación concluyó que la creación de un registro central que contuviera datos detallados sobre cada proyecto habría permitido el desarrollo de un sistema de seguimiento para recopilar y analizar datos sobre el progreso financiero, las realizaciones y los resultados de los proyectos. La provisión de un presupuesto de asistencia técnica apropiado podría mejorar los conocimientos técnicos durante todo el ciclo de vida de los proyectos y la difusión de los resultados.

Eficiencia

En cuanto a los recursos financieros, los resultados de la evaluación muestran que la gran mayoría de las partes consultadas percibió que los fondos aportados por la UE eran suficientes para todas las actividades implementadas en el marco del ISEC y el CIPS. Se consideró que la creación de redes presentaba una gran rentabilidad. En cuanto a los niveles de financiación de la UE en general, la evaluación muestra que los fondos de la UE fueron suficientes para llevar a cabo las actividades planificadas. Solo un número limitado de partes interesadas destacó la necesidad de fondos adicionales e indicó que se habían subestimado ciertos costes, por ejemplo los relativos al personal. En cuanto a los recursos humanos desplegados, la evaluación muestra que se consideraron suficientes para un número bastante bajo de proyectos en todo el período de programación.

Se percibió que la ausencia de una revisión por pares de los resultados de los proyectos y la ausencia de un registro central habían reducido la eficiencia general de los Programas. Estos aspectos aún no se han puesto en práctica en el marco del FSI, pero podrían tomarse en consideración para el próximo marco financiero plurianual.

A pesar de los cambios introducidos en los procesos de aplicación por parte de la Comisión, algunas partes interesadas percibieron la carga administrativa como elevada. Las partes interesadas señalaron asimismo la necesidad de simplificar la presentación de informes.

Coherencia

La evaluación centró su atención en la coherencia de los Programas con otros programas de la UE en el mismo ámbito 13 y con programas e iniciativas nacionales con el fin de determinar en qué medida la intervención no contradecía ni duplicaba otras intervenciones. Se llegó a la conclusión de que, en general, las actividades ejecutadas en virtud de los diferentes instrumentos de la UE en sus respectivos ámbitos eran coherentes con los Programas y no se detectaron solapamientos importantes.

El ISEC respaldó el cumplimiento de las obligaciones de la UE y la cooperación transfronteriza entre los Estados miembros en una gran cantidad de áreas delictivas. Sin embargo, en un contexto de crisis financiera, la financiación nacional era muy escasa o no estaba disponible para dicha cooperación, con lo que se evitó un riesgo significativo de duplicación de fondos de la UE con flujos de financiación nacionales. La evaluación identificó, por otra parte, un margen sustancial para la coherencia y la complementariedad entre el ISEC y otros programas de la UE, en concreto, JPEN, Daphne III, 7PM y Hércules II. Gracias a la cooperación entre los servicios de la Comisión, se lograron sinergias entre Daphne III y los dos objetivos específicos del ISEC relacionados con la promoción y el desarrollo de mejores prácticas para la protección y el apoyo de testigos y víctimas de delitos, especialmente en el ámbito de la trata de personas. Una coordinación eficaz, tanto en el diseño como en la etapa de aplicación y entrega, fue crucial para maximizar el potencial de coherencia y complementariedad y evitar el riesgo de duplicación. Se puede concluir, en base a las pruebas recogidas, que este objetivo se logró en gran medida.

Del mismo modo, se observó que las acciones del CIPS llevadas a cabo en el marco de los programas de trabajo anuales 2007-2013 eran coherentes con las actividades financiadas con cargo a otros fondos similares de la UE, en particular, el 7PM y el Instrumento Financiero de Protección Civil. De hecho, no hubo prácticamente nada que indicara una superposición entre estos instrumentos de financiación debido a sus diferentes características en términos de enfoque temático, acciones subvencionables y grupos de interés y destinatarios elegibles.

Valor añadido de la UE

El valor añadido de los Programas está estrechamente relacionado con la «importancia» de la financiación de la UE para las organizaciones implicadas y su capacidad para fomentar la cooperación transnacional, que a menudo no habría tenido lugar si los proyectos hubieran dependido únicamente de la financiación nacional. Las conclusiones sugieren que las organizaciones a menudo no tienen acceso a oportunidades de financiación nacional para poner en práctica las actividades de los Programas. Por lo tanto, se puede suponer que una parte significativa de los proyectos no se habría desarrollado en ausencia de la financiación del ISEC y el CIPS.

Ambos programas tenían una fuerte dimensión transnacional, en la medida en que apoyaban proyectos transnacionales o proyectos nacionales con potencial de transferibilidad a otros Estados miembros. Por lo tanto, un aspecto clave de su valor añadido europeo radicaba en su capacidad para fomentar la cooperación transnacional. La notable contribución de la financiación del ISEC a la cooperación transnacional y la aplicación de la legislación de la UE en los distintos ámbitos de la prevención y la lucha contra la delincuencia se puso de relieve durante un gran número de entrevistas con todo tipo de interesados. Se concluyó que el ISEC contribuía significativamente a la cooperación más estrecha a nivel transnacional entre los organismos nacionales encargados del cumplimiento de la ley , a la construcción de confianza mutua y a la formación de nuevas relaciones entre las organizaciones que trabajan con sus homólogas en otros Estados miembros. El valor añadido de la UE del CIPS también fue objeto de una evaluación positiva debido a su contribución al desarrollo de políticas de la Unión en el campo de la prevención, la preparación y la gestión de consecuencias del terrorismo y otros riesgos relacionados con la seguridad, y a la mejora de la coordinación y la cooperación entre los actores claves a nivel de la UE en la protección de infraestructuras críticas.

Sin embargo, el valor añadido de la UE puede haberse reducido por el hecho de que los proyectos llevados a cabo en el marco de los Programas fueron liderados principalmente por organizaciones coordinadoras de un número limitado de Estados miembros. La transición hacia una gestión compartida ha enderezado en cierta medida el desequilibrio geográfico.

3    Conclusiones

La evaluación mostró que los objetivos y resultados del ISEC y el CIPS eran en general pertinentes para las necesidades de los Estados miembros en las áreas cubiertas por los Programas, a pesar de las preocupaciones relacionadas con el diseño de los mismos, que resultaron estar más orientados por las exigencias que por las políticas. Esto condujo a un desequilibrio geográfico significativo en la aplicación. Se esperaba que el cambio hacia la gestión compartida para el instrumento consiguiente, FSI Policía, resolviera esto último y aumentara la eficacia y la eficiencia de los fondos de la UE. De igual modo, el desfase temporal detectado entre la formulación de prioridades en el marco de los programas de trabajo anuales y su implementación real se ha abordado parcialmente en el instrumento FSI Policía mediante la inclusión de asistencia de emergencia «para abordar necesidades urgentes y específicas» 14 .

Con respecto a la eficacia, los Programas lograron sus objetivos en líneas generales, pero se pudo desarrollar y compartir un registro central más detallado de los resultados y realizaciones del proyecto a través, por ejemplo, de la Red Europea de Prevención de la Delincuencia, la Red de Información sobre Alertas en Infraestructuras Críticas (CIWIN), el sitio web del Coordinador de la lucha contra la trata de seres humanos de la UE 15 u otros servicios de la Comisión. Esto pudo tenerse en cuenta para el próximo marco financiero plurianual. También podría considerarse un sistema de seguimiento perfeccionado. Los elementos clave de este sistema de seguimiento podrían ser, por ejemplo, visitas de supervisión y un sistema informático para registrar metódicamente los datos del proyecto. Esto se ha resuelto en cierta medida en el fondo sucesor, FSI Policía, mediante por ejemplo la organización de misiones de seguimiento de la ejecución del proyecto y la posibilidad de contribuir anualmente a actividades de asistencia técnica 16 .

Con respecto a la eficiencia, en general, la gran mayoría de las partes consultadas percibió que la financiación de la UE fue suficiente y que la relación calidad-precio oscilaba entre buena y muy alta en todas las actividades. Sin embargo, como se ha mencionado anteriormente, la ausencia de un registro central también ha reducido la eficiencia de los Programas en cierta medida. Aunque el seguimiento ha mejorado parcialmente en el marco del fondo actual 17 , la ausencia de revisión por pares y de una difusión adecuada de los resultados del proyecto aún representan deficiencias que deberían abordarse en la próxima generación de fondos. Hay margen de mejora para abordar la carga administrativa y lograr su simplificación.

La evaluación mostró que los Programas han sido coherentes y han evitado superposiciones importantes con iniciativas similares a nivel nacional y de la UE. Esto se debió principalmente a la cooperación entre los servicios de la Comisión que participan en la gestión de las otras iniciativas.

Por último, se consideró que ambos Programas tenían un valor añadido de la UE sustancial. La mayoría de las actividades llevadas a cabo en virtud de los Programas no se habrían desarrollado en absoluto o no habrían logrado los mismos resultados, especialmente a nivel transnacional, sin la aportación de los fondos de la UE. Sin embargo, el valor añadido de la UE podría haber sido mayor si los resultados transferibles de los proyectos a nivel de la UE se hubieran promovido y difundido aún más. El establecimiento de un registro central a nivel de la Comisión que reuniera todos los resultados del proyecto podría haber contribuido a ello. El valor añadido de la UE también se habría fortalecido si las organizaciones coordinadoras hubieran estado distribuidas de forma más homogénea por los Estados miembros.

(1)

     Comunicación COM/2005/0124 final de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo por la que se establece un Programa marco de seguridad y defensa de las libertades para el período 2007-2013.

(2)

     Los siguientes Estados miembros participaron en el ISEC y el CIPS: AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK EE, EL, ES, FI, FR, HR (desde 2013) HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SE SK, SL, UK.

(3)

     Decisión 2007/125/JAI del Consejo, de 12 de febrero de 2007, por la que se establece para el período 2007-2013 el programa específico «Prevención y lucha contra la delincuencia», integrado en el programa general «Seguridad y defensa de las libertades».

(4)

     Decisión 2007/124/CE, Euratom del Consejo, de 12 de febrero de 2007, por la que se establece para el período 2007-2013 el programa específico «Prevención, preparación y gestión de las consecuencias del terrorismo y de otros riesgos en materia de seguridad», integrado en el programa general «Seguridad y defensa de las libertades».

(5)

     Decisión 2002/630/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2002, por la que se establece un programa marco sobre cooperación policial y judicial en materia penal (AGIS).

(6)

     Para obtener una lista ampliada de los objetivos específicos, consúltese el documento de trabajo sobre la evaluación ex post del Programa sobre «Prevención, preparación y gestión de las consecuencias de ataques terroristas y de otros riesgos en materia de seguridad» 2007-2013 (CIPS).

(7)

     Las prioridades políticas y los objetivos de los proyectos se definen en los programas de trabajo anuales de la Comisión adoptados cada año y las convocatorias de propuestas se publican tras la aprobación de cada programa de trabajo anual.

(8)

     Sobre la base de los datos de subvenciones y contrataciones públicas. Los datos finales sobre los gastos del proyecto no estaban disponibles en el momento de redactarse el informe de evaluación (en marzo de 2017), por lo que no ha sido posible proporcionar una estimación del importe finalmente gastado de las subvenciones para acciones ni de las acciones del CCI.

(9)

     Ídem.

(10)

     SWD(2018) relativo a la evaluación ex post del programa «Prevención, preparación y gestión de las consecuencias del terrorismo» 2007-2013 (CIPS) y SWD(2018) relativo a la evaluación ex post del programa «Prevención y lucha contra la delincuencia» 2007-2013 (ISEC).

(11)

     Por ejemplo, el objetivo específico relacionado con la «coordinación, cooperación y entendimiento mutuo entre los organismos encargados de hacer cumplir la ley, otras autoridades nacionales y los órganos competentes de la UE» se consideró de gran interés para las necesidades del sector. Las diferentes partes involucradas consideraron que la cooperación transfronteriza era muy necesaria, especialmente en el contexto de la internacionalización del delito y la profesionalización de los grupos delictivos. Del mismo modo, las partes interesadas consultadas consideraron que los otros objetivos específicos del ISEC eran pertinentes, mientras que los objetivos específicos de protección de los testigos de delitos y el apoyo a los testigos eran los menos populares entre todos. Además, las cuestiones relacionadas con los testigos y las víctimas se abordarían principalmente en el marco del Programa Daphne III.

(12)

     Reglamento (UE) n.º 513/2014, de 26 de abril de 2014, por el que se establece, como parte del Fondo de Seguridad Interior, el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, la prevención y la lucha contra la delincuencia, y la gestión de crisis.

(13)

     Para el ISEC: Programa de Apoyo a la Justicia Criminal (JPEN), Daphne III (Lucha contra la violencia), Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico (7PM) y Programa Antifraude (Hércules II). Para el CIPS: 7PM Instrumento de Financiación de la Protección Civil.

(14)

     Artículo 2, letra j), y artículo 10, del Reglamento (UE) n.º 513/2014.

(15)

     Véase http://ec.europa.eu/anti-trafficking

(16)

     Artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 513/2014

(17)

     Ha mejorado debido a que los Estados miembros tienen que presentar un informe anual de ejecución en virtud del régimen de gestión compartida y los beneficiarios de las subvenciones para acciones deben enviar informes intermedios y finales con arreglo al régimen de gestión directa.