Bruselas, 22.2.2018

COM(2018) 77 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO

FMT:BoldInforme sobre la aplicación del plan de acción aduanero de la UE para luchar
contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual e industrial,
para los años 2013 a 2017/FMT


Informe sobre la aplicación del plan de acción aduanero de la UE para luchar
contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual e industrial,

para los años 2013 a 2017

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN    

1. Aplicar y supervisar de modo efectivo la nueva legislación de la UE sobre vigilancia del respeto de los DPI    

1.1. Desarrollo de instrumentos para la aplicación del nuevo Reglamento de la UE (legislación)    

1.2. Aprovechar todas las funciones de COPIS    

1.3. Implicar a los titulares y a las partes interesadas    

1.4. Publicación anual de estadísticas    

2. Hacer frente a las principales tendencias del comercio de mercancías que vulneran los DPI    

2.1. Desarrollar planteamientos concebidos exclusivamente para el tráfico de paquetería y envíos postales    

2.2. Refuerzo de la gestión de riesgos aduanera    

3. Hacer frente al comercio de mercancías que vulneran los DPI en toda la cadena de suministro internacional    

3.1. Cooperación reforzada con los principales países productores, de tránsito y consumidores    

3.2. Creación de capacidad en los países candidatos y vecinos en relación con la ejecución de los derechos de propiedad intelectual e industrial    

4. Reforzar la cooperación con el Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los DPI y con las fuerzas de seguridad    

4.1. Crear una asociación con el Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los Derechos de Propiedad Intelectual    

4.2. Mejora de la comprensión y la cooperación entre las Aduanas, la policía y el poder judicial    

CONCLUSIÓN    

RECOMENDACIONES    



INTRODUCCIÓN

La retención de las mercancías que se sospecha que vulneran los derechos de propiedad intelectual e industrial (DPI) protegidos por la legislación nacional y de la UE es competencia de las administraciones aduaneras de la Unión Europea. En esta labor, los servicios aduaneros colaboran con las partes interesadas, como los titulares de derechos, la Comisión Europea y otros organismos e instituciones nacionales encargados de la aplicación y la garantía del cumplimiento de la legislación sobre propiedad intelectual.

El Consejo aprobó el primer plan de acción aduanero de la UE para luchar contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual en 2009 1 . El objetivo era establecer un enfoque común para los servicios aduaneros en materia de vigilancia del respeto de los DPI y concentrar la atención en los ámbitos que presentaban mayor riesgo.

Reconociendo la necesidad de facilitar a las autoridades aduaneras los instrumentos necesarios para hacer frente a las nuevas tendencias del comercio internacional de mercancías que vulneran los DPI, el Consejo adoptó una Resolución, en diciembre de 2012, sobre un plan de acción aduanero de la UE para luchar contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual e industrial, para los años 2013 a 2017 2 .

Este segundo plan de acción de la UE constaba de cuatro objetivos estratégicos:

   aplicar y supervisar de modo efectivo la nueva legislación de la UE sobre vigilancia del respeto de los DPI;

   hacer frente a las principales tendencias del comercio de mercancías que vulneran los DPI;

   hacer frente al comercio de mercancías que vulneran los DPI en toda la cadena de suministro internacional;

   reforzar la cooperación con el Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los Derechos de Propiedad Intelectual, que forma parte de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (OPIUE), y con las fuerzas de seguridad.

El plan de acción instaba a la Comisión a presentar, con la colaboración de los Estados miembros, informes anuales sobre la situación de la aplicación y un informe final al Consejo en 2017.

Los servicios de la Comisión han preparado, con la colaboración de los especialistas en aduanas de los Estados miembros, el presente informe final, que sigue el esquema general del plan de acción e incluye un conjunto de recomendaciones sobre cómo seguir avanzando.

RESULTADOS PRINCIPALES

1. Aplicar y supervisar de modo efectivo la nueva legislación de la UE sobre vigilancia del respeto de los DPI

1.1. Desarrollo de instrumentos para la aplicación del nuevo Reglamento de la UE (legislación)

El nuevo Reglamento (UE) n.º 608/2013 relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los DPI se adoptó el 12 de junio de 2013 3 y entró en vigor el 1 de enero de 2014. 

Fue completado por el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1352/2013 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2013 4 , relativo a los formularios de solicitud de los titulares de estos derechos.

A fin de facilitar la aplicación de estos nuevos actos legislativos, la Comisión diseñó, junto con expertos de los Estados miembros y la OPIUE (antigua OAMI), un curso en línea para tratar los cambios en materia aduanera resultantes de la nueva legislación sobre los DPI. El curso se ofrece desde 2014 en la página web de la Comisión Europea (DG TAXUD). 

Se aprobó un plan de formación coordinado a escala de la UE. Dicha coordinación la llevó a cabo la Comisión Europea con el Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los Derechos de Propiedad Intelectual, que facilitó la información sobre las leyes de propiedad intelectual pertinentes para los módulos de formación. 

Entre 2015 y 2017, se desarrolló una campaña de visitas de apoyo a todos los Estados miembros. Estas visitas de apoyo resultaron ser un medio idóneo para sostener un diálogo en profundidad con los servicios aduaneros que aplican el Reglamento (UE) n.º 608/2013 para aclarar posibles dudas sobre la aplicación práctica, facilitar el intercambio de experiencias entre distintos Estados miembros y proporcionar el asesoramiento necesario.

En dichas visitas estuvieron presentes dos representantes de la Comisión (DG TAXUD) y dos expertos de los Estados miembros que se ofrecieron como voluntarios para participar en el ejercicio.

Con carácter previo a la visita, se remitió un cuestionario a los Estados miembros con una serie de preguntas predeterminadas que sirvió de base para el debate. Tanto en el cuestionario como en las conversaciones mantenidas durante la visita se trataron todos los aspectos del Reglamento n.º 608/2013. Se elaborará un informe general final cuando finalicen todas las visitas y se comunicará a los Estados miembros.

Los especialistas en aduanas en DPI de los Estados miembros señalaron la utilidad del ejercicio, que les permitió comentar distintas prácticas de aplicación.

A iniciativa de las autoridades aduaneras alemanas, en octubre de 2016 se celebró en Múnich un seminario sobre el programa «Aduanas 2020», centrado en el control aduanero del respeto de los DPI y en la armonización del proceso de tramitación y concesión de las solicitudes de intervención. Los DPI son un tipo de derechos privados cuyo respeto controlan las autoridades aduaneras, pero las vulneraciones de DPI representan asimismo una amenaza creciente para la economía, los ciudadanos y la seguridad. Dos de los temas tratados en el seminario fueron la forma óptima de hacer frente a esta situación tan anómala para las fuerzas de seguridad y los supuestos en los que se pueden exigir responsabilidades a las autoridades aduaneras, así como la forma de evitarlos. El funcionamiento del sistema administrativo de vigilancia aduanera establecido en la Unión a través del Reglamento (UE) n.º 608/2013 depende de las solicitudes de intervención que los titulares de derechos tienen que presentar a las autoridades aduaneras. Toda la intervención aduanera es resultado de dichas solicitudes de intervención. Por lo tanto, es esencial que la información contenida en las solicitudes de intervención sea de calidad suficiente para que las autoridades aduaneras puedan actuar con eficiencia. La necesidad imperiosa de garantizar que las solicitudes de intervención que se concedan tengan una calidad elevada, especialmente las que afecten a toda la Unión, fue uno de los temas principales del debate.

El 5 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial y en la página web de la DG TAXUD una Comunicación de la Comisión que sustituye a las Directrices de 2012 de la Comisión Europea relativas al control, por parte de las autoridades aduaneras de la UE, respecto de la observancia de los DPI en relación con las mercancías en tránsito a través de la Unión Europea, en particular, los medicamentos. En concreto, la Comunicación pretende ofrecer orientaciones y explicaciones a las autoridades aduaneras sobre la aplicación de las disposiciones sobre marcas a las mercancías no despachadas a libre práctica (incluidas las mercancías en tránsito), contenidas en el conjunto de medidas de reforma sobre marcas [Reglamento (UE) 2015/2424 relativo a la marca de la Unión y la Directiva (UE) 2015/2436 relativa a las marcas nacionales].

El 15 de mayo de 2017, la Comisión adoptó un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del Reglamento (UE) n.º 608/2013 del Consejo [COM(2017) 233 final]. En su conclusión, el informe indica que la aplicación del Reglamento n.º 608/2013 se está llevando a cabo de manera satisfactoria y que dicho acto incluye una amplia batería de medidas de protección y procedimientos que se están utilizando correctamente en los veintiocho Estados miembros.

1.2. Aprovechar todas las funciones de COPIS

El 1 de enero de 2014, empezó a funcionar el COPIS (por su acrónimo en inglés; Sistema de Lucha Contra la Falsificación y la Piratería, en español), esto es, la base de datos de la UE de registro y búsqueda de solicitudes de intervención (y de difusión de estas entre las autoridades aduaneras) y de información sobre los casos de retención. Las autoridades aduaneras se han ido adaptando poco a poco al sistema, que seguirá siendo modificado para responder a las necesidades de las Administraciones.

Se llevó a cabo un curso de formación sobre el COPIS antes de que empezase a funcionar y se repitió en el otoño de 2017 para los especialistas en aduanas de los Estados miembros (centrándose en el registro de las solicitudes de intervención y en la comunicación de información sobre las retenciones).

El Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los DPI y la Comisión también han puesto en marcha un proyecto de integración de la Base de Datos sobre el Cumplimiento (EDB, por sus siglas en inglés) 5 y el COPIS que permite a los titulares de derechos transmitir la información contenida en sus solicitudes de intervención por vía electrónica a las Administraciones estatales competentes, desde la EDB al COPIS (véase el objetivo específico 4.1).

A final de 2017, debe estar operativa la conexión entre el COPIS y el sistema de información contra el fraude (AFIS, por su acrónimo en inglés) de la OLAF. Esta permitirá la transmisión automática al AFIS de las retenciones que se almacenen en el COPIS (quedando así copia por partida doble de las retenciones relacionadas con DPI registradas por las autoridades aduaneras de los Estados miembros).

1.3. Implicar a los titulares y a las partes interesadas

A fin de garantizar que los titulares de derechos y las partes interesadas fuesen informadas adecuadamente sobre el nuevo Reglamento de la UE, la Comisión celebró en junio de 2013 una reunión específica con una serie de partes interesadas y representantes de las administraciones aduaneras de la UE para presentar el nuevo Reglamento y tratar los aspectos prácticos. Asimismo, las partes interesadas recibieron la información pertinente a través del Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los DPI y durante las reuniones ad hoc con las federaciones nacionales de los titulares de derechos a las que fue invitada la Comisión.

Se actualizó la página web de la Comisión (DG TAXUD) y se pidió a los administradores de las páginas del servicio de ayuda a las pymes, los portales TransAtlantic, la Oficina Europea de Patentes y la OPIUE que garantizasen un acceso fácil a esta información a través de sus portales web.

El manual de los titulares de derechos se actualizó y publicó en la página web de la DG TAXUD a principios de 2014. Muchas autoridades aduaneras de los Estados miembros también han publicado en sus páginas web el formulario de solicitud de intervención y el manual de los titulares de derechos.

Además, se viene celebrando con carácter anual una reunión conjunta de las autoridades aduaneras de la UE y las partes interesadas que ha demostrado ser un foro idóneo para debatir asuntos de interés común.

1.4. Publicación anual de estadísticas

La Comisión elabora un informe estadístico anual relativo a la vigilancia por parte de las aduanas del respeto de los DPI en las fronteras exteriores de la UE, basándose en los datos transmitidos por las Administraciones de los Estados miembros (desde 2015, los datos se extraen directamente del COPIS).

Las estadísticas presentadas por los Estados miembros se envían anualmente al Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los DPI para su inclusión en la ACIST (por sus siglas en inglés; herramienta de apoyo a la información de inteligencia contra la falsificación, en español). Esta herramienta es un depósito central que recoge estadísticas sobre las retenciones practicadas en las fronteras de la Unión y en el mercado interior.

Dicha información se compartió también con la OPIUE y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en relación con su estudio conjunto de 2016 titulado «Trade in Counterfeit and Pirated Goods» 6 (Comercio de bienes falsificados y pirateados).

2. Hacer frente a las principales tendencias del comercio de mercancías que vulneran los DPI

2.1. Desarrollar planteamientos concebidos exclusivamente para el tráfico de paquetería y envíos postales

La respuesta al problema de los envíos derivados de ventas por internet de mercancías que vulneran los DPI es uno de los objetivos fundamentales que ya se habían señalado en el plan de acción aduanero de la UE 2009-2012. Siguiendo lo establecido en el plan de acción 2013-2017, se ha creado un grupo para llevar a cabo el proyecto relativo al control aduanero del respeto de los DPI en los pequeños envíos, cuyo foco de atención ha sido, en primer lugar, apoyar a las administraciones aduaneras en los controles de pequeños envíos y, luego, en la reflexión sobre la aplicación del procedimiento.

El artículo 26 del Reglamento (UE) n.º 608/2013 establece un nuevo procedimiento aplicable, a petición del titular de una decisión que conceda una solicitud de intervención por parte de las autoridades aduaneras, a las mercancías falsificadas o pirateadas que se hayan enviado por correo y mensajería en pequeños envíos. En este procedimiento, las mercancías sospechosas pueden ser destruidas sin la intervención de los titulares de DPI si el declarante o el titular de las mercancías ha expresado su consentimiento o si se presume que consiente. El objetivo del procedimiento era «reducir al máximo las cargas y los gastos administrativos».

El grupo se ha reunido en cuatro ocasiones. La primera reunión, celebrada en noviembre de 2013 en Bruselas antes de que el Reglamento (UE) n.º 608/2013 fuese aplicable, versó sobre la preparación de la entrada en vigor del procedimiento. Tras seis meses de aplicación, el grupo se reunió de nuevo en Viena en 2014 para compartir las primeras experiencias y señalar las ventajas y los problemas encontrados en la aplicación cotidiana del procedimiento a los pequeños envíos. Se reunió de nuevo dos veces en 2017 para examinar los resultados de las retenciones realizadas conforme al procedimiento de pequeños envíos en los años 2014 y 2015 y los siguientes aspectos del procedimiento:

– participación de los titulares de los derechos;

– recursos humanos dedicados a la tramitación del procedimiento;

– definición de «pequeño envío» que figura en el Reglamento (UE) n.º 608/2013;

– prácticas de notificación;

– gastos, almacenaje y destrucción; e

– introducción de datos sobre retenciones en el COPIS.

Los resultados de dichas reuniones pusieron de manifiesto que, dado que la utilización del procedimiento por los titulares de derechos sigue siendo de media relativamente baja, deberían formularse medidas de sensibilización destinadas a los propios titulares de derechos, y no a sus representantes, que enfaticen el valor añadido que tiene para ellos un procedimiento de este tipo.

El grupo llegó a la conclusión de que a día de hoy el procedimiento no ha desplegado todo su potencial, ni se aplica de forma homogénea.

2.2. Refuerzo de la gestión de riesgos aduanera

En el contexto del refuerzo de la gestión de riesgos aduanera, la petición de que se envíe periódicamente información apropiada sobre el riesgo de vulneraciones de los DPI y sobre el control aduanero por medio del sistema de gestión de riesgos aduaneros (CRMS, por sus siglas en inglés) ha dado lugar a que los Estados miembros intercambien información sobre riesgos (nuevas tendencias y aprehensiones), con el formulario de información sobre riesgos, en 224 casos en 2014, en 228 casos en 2015 y en 358 casos en 2016, lo que muestra un claro aumento.

Un grupo de proyecto del programa «Aduanas 2020» preparó un informe en el que se analizaban los formularios de información sobre riesgos emitidos e intercambiados a través del CRMS relativos a mercancías falsificadas en 2014. En él, se recogen las nuevas tendencias en este ámbito que se desprenden de los formularios pertinentes emitidos en 2014. El informe se puede consultar en la sección de noticias del CRMS (solo accesible a autoridades aduaneras).

Durante el período 2013-2017, las prioridades definidas y acordadas por los Estados miembros relativas las acciones en curso relacionadas con la zona de control prioritario se centraron en el tránsito de cigarrillos, las mercancías de doble uso y las armas de fuego. Ninguna de ellas guardó relación con las vulneraciones de los DPI.

Debido a la falta de recursos, no se han desarrollado hasta la fecha criterios sobre riesgos comunes.

Con respecto a las operaciones aduaneras conjuntas sobre DPI, entre 2014 y 2017 se llevaron a cabo cinco, bien ejecutadas por los Estados miembros con la colaboración de la Comisión, bien ejecutadas exclusivamente por la Comisión. La Operación ERMIS, que se desarrolló en 2014, tuvo por objeto los envíos por correo a la UE procedentes de terceros países. La llevaron a cabo la administración aduanera griega y la OLAF y participaron en ella especialistas en aduanas de varios Estados miembros y terceros países. La Operación REPLICA, que se desarrolló también en 2014 en el marco de la Reunión Asia-Europa (ASEM, por su acrónimo en inglés), se centró en la importación por vía marítima de mercancías falsificadas. La OLAF, Interpol, Europol y la Organización Mundial de Aduanas (OMA) coordinaron la operación, en la que participaron todos los Estados miembros de la UE, Noruega, Suiza y otros socios internacionales de la ASEM. En 2016, la Operación Wafers se dirigió contra los semiconductores falsificados importados en la Unión Europea desde China y Hong Kong por correo o servicios de mensajería rápida. La operación fue coordinada por las autoridades aduaneras neerlandesas y la OLAF y contó con la participación de doce Estados miembros y el apoyo de Europol. La Operación RENEGADE se organizó en el marco de la ASEM, como parte de los esfuerzos conjuntos en la lucha contra la falsificación de mercancías. La coordinó la OLAF e iba dirigida especialmente contra el comercio internacional en contenedores marítimos de piezas de recambio para automóviles falsificadas. La Operación POSTBOX, que se desarrolló en 2017 y fue dirigida por las autoridades aduaneras alemanas, belgas y suecas como parte de la acción «Customs against Internet Crime» (lucha aduanera contra la delincuencia por internet) en el marco de las actividades del grupo de trabajo para la cooperación aduanera, se centró en el fraude en relación con los impuestos especiales y en el comercio ilegal de mercancías falsificadas, drogas y armas transportadas por correo y servicios de mensajería rápida. 

3. Hacer frente al comercio de mercancías que vulneran los DPI en toda la cadena de suministro internacional

3.1. Cooperación reforzada con los principales países productores, de tránsito y consumidores

3.1.1. República Popular China

El 16 de mayo de 2014, la Comisión y la Administración General de Aduanas de China (AGAC) firmaron un nuevo plan de acción sobre cooperación aduanera UE-China en materia de DPI para el período 2014-2017 como una de las prioridades del Marco Estratégico para la cooperación aduanera UE-China 2014-2017, que se firmó ese mismo día. Esto permitió continuar la cooperación operativa entre los servicios de la Comisión y los representantes de dieciséis aeropuertos y puertos marítimos de la UE, por un lado, y la AGAC y los representantes de once organismos aduaneros chinos, por otro.

El apoyo financiero y logístico de esta cooperación ha venido fundamentalmente de la UE, a través del principal programa en materia de propiedad intelectual, gestionado por la OPIUE.

Durante el período considerado, el grupo de trabajo UE-China sobre el control aduanero del respeto de los DPI se reunió en seis ocasiones para tratar cada una de las acciones clave:

   acción clave 1: análisis conjunto de estadísticas de decomisos para detectar tendencias y riesgos generales;

   acción clave 2: concentrarse en los envíos de alto riesgo en los puertos clave;

   acción clave 3: fomentar la cooperación entre las aduanas y otros organismos y autoridades policiales con el fin de detener la producción y desmantelar las redes de distribución;

   acción clave 4: desarrollo conjunto de asociaciones con las comunidades empresariales de la UE y de China;

   acción clave 5: intercambio de conocimiento y experiencia de las respectivas políticas y prácticas de vigilancia del cumplimiento de los DPI.

El Plan de Acción 2014-2017 ha marcado el inicio de una nueva era para la cooperación aduanera UE-China en materia de vigilancia del respeto de los DPI. Ha resultado ser más funcional, ya que se aprovechó la experiencia adquirida con el marco de cooperación anterior: se han acordado varias soluciones prácticas y se ha mejorado su funcionamiento considerablemente.

El 2 de junio de 2017, la UE y China firmaron un nuevo Marco Estratégico para la cooperación aduanera para el período 2018-2020. El nuevo plan de acción sobre la cooperación aduanera en materia de DPI, que está preparándose, forma parte de este nuevo Marco Estratégico.

3.1.2. Hong Kong (China)

El 27 de abril de 2015, la Comisión y el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de Hong Kong firmaron el plan de acción sobre la cooperación en materia de vigilancia aduanera del respeto de los DPI.

Este se centra en el intercambio de estadísticas sobre las retenciones de mercancías que vulneran los DPI e información sobre riesgos generales y sobre casos concretos, y contempla que se analice conjuntamente dicha información para mejorar la gestión de riesgos aduaneros. Con el fin de probar los mecanismos de cooperación del plan de acción, se puso en marcha, el 1 de octubre de 2015, un proyecto piloto de seis meses de duración centrado en el tráfico aéreo, en el que participaron cinco aeropuertos de la UE.

La conclusión principal del proyecto piloto fue que el plan de acción debería continuarse por medio de las recomendaciones siguientes:

* ampliar el plan de acción para abarcar todos los operadores de transporte aéreo rápido en Hong Kong;

* intercambiar información espontánea sobre marcas y mercancías no recurribles tales como etiquetas o material de envasado;

* incluir más aeropuertos de la UE en el plan de acción;

* incluir una gama más amplia de aeropuertos locales del Estado miembro de destino participante;

* coordinar de manera centralizada el intercambio de consultas, especialmente con múltiples aeropuertos;

* incluir información espontánea sobre retenciones con origen y destino en un Estado miembro no participante;

* efectuar un análisis comparativo en mayor profundidad de la estadísticas de las retenciones anualmente.

3.1.3. Cooperación internacional

En lo relativo a la mejora del intercambio de información entre los Estados miembros de la UE y los servicios de la Comisión, por un lado, y terceros países, por otro, a lo largo de los años se ha intensificado notablemente la asistencia administrativa mutua en materia aduanera con Ucrania, Hong Kong, Vietnam y los EE. UU. en relación con las investigaciones llevadas a cabo por la OLAF en el ámbito de los DPI.

En 2016, se destinó un funcionario de enlace de la OLAF en Pekín para, en particular, reforzar la cooperación con las autoridades de China y de Hong Kong en relación con las investigaciones sobre cigarrillos y mercancías falsificadas. El funcionario de enlace de la OLAF en Kiev facilitó asimismo el intercambio de información relativa a varias investigaciones en el ámbito de los DPI con las autoridades ucranianas.

Europol y la OLAF firmaron en septiembre de 2016 un acuerdo sobre la colaboración entre expertos de la OLAF y el grupo de análisis COPY (dedicado a todos los delitos relacionados con los DPI) con vistas a reforzar la cooperación con Europol y otras autoridades policiales competentes.

Durante las negociaciones de una serie de acuerdos comerciales bilaterales, que han sido recientemente firmados y celebrados, la Unión Europea ha integrado en estos con éxito capítulos sobre la protección y la vigilancia del respeto de la propiedad intelectual que contienen un artículo sobre medidas fronterizas que refleja el planteamiento de la UE y que reforzará la vigilancia del respeto de los DPI en terceros países (Georgia, Moldavia y Vietnam son algunos ejemplos).

La vigilancia aduanera del respeto aduanera de los DPI y la lucha contra la falsificación también han sido una de las prioridades en el marco de la ASEM.

La Comisión y las administraciones aduaneras de los Estados miembros han estado presentes en una serie de actos internacionales para divulgar información sobre el nuevo Reglamento de la UE y el plan de acción aduanero, así como para adquirir conocimientos sobre la situación mundial del respeto de los DPI, tales como:

– el 7.º Congreso Mundial sobre la Lucha contra la Falsificación y la Piratería (Estambul, 2013);

– la Conferencia sobre la formulación conjunta de respuestas resilientes de la UE a la falsificación (Dublín, 2013);

– la cumbre internacional sobre la vigilancia del respeto de la propiedad intelectual (Londres, 2014), iniciativa de la OPIUE (OAMI, por entonces), la Comisión y la Intellectual Property Office del Reino Unido (véase, el objetivo específico 4.1); la segunda edición de este acto la organizaron de consuno el Ministerio de Justicia y Protección de los Consumidores alemán y la OPIUE (Berlín, 2017).

3.2. Creación de capacidad en los países candidatos y vecinos en relación con la ejecución de los derechos de propiedad intelectual e industrial

Los Estados miembros participaron en muchas acciones dirigidas a los países candidatos y vecinos, en el marco del proyecto de asistencia técnica de la UE o el programa TAIEX (por su acrónimo en inglés), que posibilitaron visitas de estudio en países de la UE de expertos de los países candidatos y vecinos sobre la vigilancia del respeto de los DPI, así como la destinación de expertos de la UE en los países candidatos y vecinos a través de proyectos de hermanamiento institucional.

La Comisión participó, junto con expertos procedentes de Alemania y Croacia, en un seminario que tuvo lugar en Serbia en 2013, que fue organizado por el Instituto Europeo de Administración Pública (IEAP) y estuvo dedicado a los aspectos aduaneros de las vulneraciones de los DPI y el control en la frontera.

La Misión de asistencia fronteriza de la Unión Europea en Moldavia y Ucrania (EU BAM) organizó en abril de 2014 una reunión en Moldavia a fin de presentar el Reglamento (UE) n.º 608/2013.

La Comisión también aprovechó la ocasión brindada por el taller sobre DPI para los países euromediterráneos dedicado a la lucha contra la piratería y la falsificación (Bruselas, 2013) y el seminario de alto nivel sobre cooperación aduanera en la frontera oriental de la UE (Lituania, 2013) para sensibilizar a los países vecinos acerca de la importancia de contar con un procedimiento sólido para garantizar una vigilancia aduanera eficiente del respeto de los DPI en la frontera.

Los efectos de los esfuerzos de la UE por desarrollar las capacidades de los países vecinos en materia de vigilancia del respeto de los DPI pueden haberse visto trabados por la disponibilidad escasa de expertos por parte de la UE. Esto aspecto podría exigir una mayor atención en el futuro.

4. Reforzar la cooperación con el Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los DPI y con las fuerzas de seguridad

4.1. Crear una asociación con el Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los Derechos de Propiedad Intelectual

Se ha seguido avanzado en la cooperación con el Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los DPI en materia aduanera. Además de colaborar en las actividades en materia aduanera enumeradas en el programa de trabajo anual del Observatorio, la Comisión estuvo presente en la mayoría de las reuniones del Observatorio correspondientes a este ámbito, tales como el pleno, las reuniones con las partes interesadas y las reuniones del grupo de trabajo sobre sensibilización pública, estadísticas y aspectos relacionados con el respeto de los DPI.

La Comisión también participa en el llamado «grupo técnico», creado recientemente a iniciativa del Observatorio y que tiene por objetivo elaborar una lista de las bases de datos existentes en la UE involucradas en la vigilancia del respeto de los DPI, en la que se describan sus funciones y se determine la manera ideal de intercambiar información o datos entre sí. El grupo técnico contribuirá así a allanar el camino hacia el refuerzo de la cooperación entre las autoridades competentes.

La Comisión y algunas administraciones aduaneras también participaron, junto con las autoridades policiales y judiciales, en actos ad hoc, como la conferencia de sensibilización y generación de conocimientos sobre las vulneraciones de DPI en internet, organizada por la OPIUE y Europol y celebrada en noviembre de 2014.

El Observatorio es invitado con regularidad a asistir a las reuniones del grupo de especialistas en aduanas sobre vigilancia del respeto de los DPI a fin de garantizar la coordinación de las actividades comunes relacionadas con las aduanas.

Se ha alcanzado un acuerdo para proporcionar acceso a las autoridades aduaneras a la EDB del Observatorio a través de la red CCN/CSI. La EDB fue desarrollada tomando como modelo bases de datos sobre propiedad intelectual de la OAMI/OPIUE como Trade Mark view, DesignView y CESTO (por su acrónimo en inglés; herramienta común de ayuda a los examinadores, en español). Al consultar la EDB, las autoridades aduaneras pueden encontrar información actualizada sobre la validez de los derechos o buscar al titular del derecho en caso de retenciones de oficio.

A lo largo del proceso de desarrollo del COPIS, se ha solicitado en varias ocasiones que esta base de datos permita la presentación electrónica de solicitudes de intervención. Puesto que la EDB contiene información pertinente para la presentación de solicitudes de intervención, ha sido considerada como la fuente más adecuada para facilitar la información necesaria para las solicitudes de intervención en formato electrónico. Tras una serie de contactos entre la Comisión y el Observatorio, se ha propuesto poner en marcha la funcionalidad «presolicitud de intervención» dentro del COPIS para facilitar el proceso tanto a los solicitantes como a las autoridades aduaneras.

Desde el 1 de julio de 2015, existe una conexión operativa entre el COPIS y la EDB. Los coordinadores nacionales de la red común de comunicación (CCN) han publicado un manual del usuario e información complementaria.

En 2016, se envió por primera vez una solicitud de intervención por vía electrónica a través de la herramienta y, en 2017, varias empresas de gran calado han empezado a utilizar la EDB para la presentación de sus solicitudes de intervención a escala nacional y de la Unión.

Esta conexión reducirá la carga que supone la presentación de múltiples solicitudes de información para los solicitantes y la recopilación de los datos de las solicitudes de intervención en papel para las autoridades aduaneras.

4.2. Mejora de la comprensión y la cooperación entre las Aduanas, la policía y el poder judicial

En 2013, la Comisión y algunas administraciones aduaneras de los Estados miembros participaron, junto con autoridades policiales y judiciales, en diversos actos de la OAMI/OPIUE y Europol, como seminarios de generación de conocimiento sobre plaguicidas y medicamentos falsificados (desde el punto de vista de los DPI y la seguridad de los productos) y la conferencia de Interpol sobre la lucha policial internacional contra los delitos contra la propiedad intelectual.

El Observatorio, la Intellectual Property Office del Reino Unido y la Comisión organizaron conjuntamente una cumbre sobre la vigilancia del respeto de los DPI en Londres en junio de 2014. Parte de esta cumbre se dedicó a los desafíos de la vigilancia del respeto de la propiedad intelectual en la frontera y contó con talleres especiales sobre los pequeños envíos con origen en pedidos por internet y el aprovechamiento de los servicios de inteligencia. El debate puso de manifiesto las cuestiones siguientes:

   la importancia crítica de recibir información adecuada y compartirla con la policía y otras autoridades competentes;

   la necesidad cada vez mayor de cooperar y actuar en el plano internacional para hacer frente a las cadenas internacionales de suministro del sector de la falsificación.

Como acción consecutiva a la Cumbre, la Comisión celebró en febrero de 2016, con la colaboración de la OAMI/OPIUE, una conferencia de alto nivel sobre la cooperación entre aduanas y otras autoridades en la lucha contra las vulneraciones de los DPI.

Este acto sirvió de plataforma para el debate y la creación de redes entre las autoridades aduaneras, policiales y judiciales para reforzar la cooperación y el entendimiento mutuo de las funciones y responsabilidades de cada autoridad competente en la lucha contra las vulneraciones de los DPI. También hubo representantes del sector privado en la conferencia.

El primer día, los debates se centraron en la importancia y las ventajas del intercambio de información ordinaria y confidencial entre las autoridades competentes, en los obstáculos y retos a los que se enfrenta cada una de ellas desde un punto de vista práctico y en la necesidad de que el sector privado comunique oportunamente a las autoridades competentes cuanto sea pertinente, lo que ayudaría a estas a realizar análisis de riesgos más eficaces.

El segundo día, en el que estuvieron presentes también las autoridades chinas, el tema central fue el valor de fomentar la colaboración internacional entre la UE y todas las autoridades chinas implicadas en la vigilancia del respeto de los DPI, como las aduanas, la policía y la fiscalía.

Se han organizado medidas de seguimiento con la colaboración del Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los DPI. Entre ellas, se incluye una lista de las bases de datos que existen sobre casos de vulneración y un acto de generación de conocimientos, que tuvo lugar en octubre de 2017 y que congregó a autoridades aduaneras, policiales y de vigilancia del mercado con funciones operativas, para debatir cuál es la información clave que tienen que compartir las autoridades competentes con el fin de combatir el fraude a escala mundial y de la UE.

CONCLUSIÓN

En general, las administraciones aduaneras de los Estados miembros y la Comisión han realizado esfuerzos significativos y están trabajando con diligencia para hacer frente a los desafíos asociados a la vigilancia aduanera del respeto de los DPI y contener la afluencia en la UE de mercancías que vulneran los DPI.

Se han empleado todos los medios posibles para dar a conocer el Reglamento (UE) n.º 608/2013 y para que todos los agentes públicos y privados interesados le saquen todo su partido. Las visitas de apoyo han servido especialmente para que los expertos de los distintos Estados miembros discutan las prácticas de aplicación y para que la Comisión se haga una imagen de conjunto de la situación en materia de aplicación.

El número de solicitudes de intervención concedidas por las administraciones aduaneras ha aumentado de forma estable (de 26 865 en 2013 a 35 815 en 2016).

Estos han sido los resultados obtenidos en materia de retenciones.

RETENCIONES

2013

2014

2015

2016

Casos

86 854

95 194

81 098

63 184

Procedimientos

No disponible

No disponible

105 488

77 705

Artículos

39 917 445

35 940 294

35 568 982

41 387 132

Valor nacional al por menor

768 millones EUR

617 millones EUR

642 millones EUR

672 millones EUR

Cada retención se considera como un caso y puede incluir uno o más artículos. Un caso puede incluir artículos de diferentes categorías de mercancías y procedentes de diferentes titulares de derechos. Los Estados miembros registran cada uno de los casos en COPIS con información sobre la categoría de la mercancía y sobre el titular de los derechos. Se inicia un procedimiento de retención por cada categoría de productos y por cada titular de derechos, lo que explica por qué hay más procedimientos que casos.

La cooperación se reforzó en tres aspectos:

– con las partes interesadas;

– con el Observatorio de la UE;

– con terceros países.

También se han tratado los retos de la cooperación entre las autoridades policiales y aduaneras que participan en la lucha contra las vulneraciones de los DPI, y del diálogo entablado se ha desprendido cuán importante es proseguir los esfuerzos a este respecto.

El tráfico de mercancías que vulneran los DPI sigue siendo, no obstante, un fenómeno generalizado y cada vez mayor. Según la información más reciente de que se dispone (2013) 7 , el comercio internacional de mercancías falsificadas supone un 2,5 % del comercio mundial, esto es, 338 000 millones EUR. La incidencia de la falsificación en la Unión Europea es especialmente elevada; las mercancías pirateadas o falsificadas ascienden hasta el 5 % de las importaciones totales, esto es, 85 000 millones EUR.

Es necesario adoptar nuevas medidas para:

– garantizar que la vigilancia del respeto de los DPI sea homogénea en toda la Unión;

– desarrollar herramientas de gestión del riesgo en materia de DPI;

– reforzar la cooperación aduanera con la policía (incluida Europol) y otras autoridades competentes.

Las nuevas medidas que adopten la Comisión y los Estados miembros deberían centrarse en estas prioridades.

RECOMENDACIONES

Las vulneraciones de los DPI siguen siendo una amenaza cada vez mayor y un desafío de difícil solución. Dado que la coordinación de las actividades aduaneras ha demostrado su valor añadido al mejorar los resultados, el plan de acción aduanero de lucha contra la vulneración de los DPI debería, sin lugar a duda, continuarse.

El 29 de noviembre de 2017, la Comisión adoptó un conjunto exhaustivo de medidas para seguir mejorando la aplicación y la vigilancia del respeto de los DPI en los Estados miembros de la UE, tanto en las fronteras de la UE como a escala internacional. En la Comunicación COM(2017) 707, de 29 de noviembre de 2017, titulada «Un sistema equilibrado de garantía de cumplimiento en materia de propiedad intelectual en respuesta a los retos sociales actuales», que forma parte de ese conjunto, se menciona que la Comisión ofrecerá una asistencia más específica a las autoridades aduaneras nacionales, sobre la base de los resultados del plan de acción aduanero actual, y trabajará con el Consejo con vistas a la adopción de un nuevo plan de acción en 2018.

Se recomienda que los aspectos siguientes sean tratados en el próximo plan de acción.

Legislación

   Modificar el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1352/2013 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2013, por el que se establecen los formularios previstos en el Reglamento (UE) n.º 608/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual (DO L 341 de 18.12.2013, p. 10), para adaptarlo al conjunto legislativo sobre marcas y a los avances del COPIS.

Resultados operativos

   Desarrollar un modelo de gestión de riesgos de vulneración de DPI.

   Fomentar la utilización conjunta por los Estados miembros de los resultados de los análisis de riesgos, la información sobre riesgos de los servicios inteligencia y las operaciones aduaneras.

● Garantizar la protección adecuada de los conjuntos y bases de datos, los derechos de terceros, la privacidad y la confidencialidad, y el establecimiento de garantías al crear, obtener y difundir datos.

   Detectar lagunas potenciales en la aplicación de los reglamentos de ejecución aduaneros.

Cooperación empresarial

   Concienciación de los titulares de derechos sobre el procedimiento de pequeños envíos.

   Seguir celebrando la reunión anual del grupo común formado por las aduanas y las partes interesadas.

Cooperación internacional

   Proseguir la cooperación con socios clave como China y Hong Kong.

Refuerzo de la coordinación con agencias de la UE

   OPIUE, Observatorio de la UE

   – Mejorar el análisis de tendencias.

   – Armonización de los avances informáticos, tales como la presentación electrónica de solicitudes de intervención.

   Europol

   – Reforzar la cooperación aduanera con la policía.

(1)

Resolución del Consejo, de 16 de marzo de 2009, sobre un plan de acción aduanero de la UE para luchar contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual e industrial, para los años 2009 a 2012 (2009/C 71/01).

(2)

Resolución del Consejo, de 10 de diciembre de 2012, sobre un plan de acción aduanero de la UE para luchar contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual e industrial, para los años 2013 a 2017 (2013/C 80/01).

(3)

Reglamento (UE) n.º 608/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1383/2003 del Consejo (DO L 181 de 29.6.2013, p. 15).

(4)

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1352/2013 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2013, por el que se establecen los formularios previstos en el Reglamento (UE) n.º 608/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual (DO L 341 de 18.12.2013, p. 10).

(5)

Base de Datos sobre el Cumplimiento (Enforcement Data Base): una base de datos creada por el Observatorio Europeo de las Vulneraciones de los DPI para ayudar a las fuerzas de seguridad a reconocer las mercancías falsificadas al facilitar a los titulares de derechos una forma segura de comunicar a dichas autoridades información sobre la producción y la logística.

(6)

Trade in Counterfeit and Pirated Goods: Mapping the Economic Impact, OECD/EUIPO (2016).

https://euipo.europa.eu/tunnelweb/secure/webdav/guest/document_library/observatory/documents/Mapping_the_Economic_Impact_study/Mapping_the_Economic_Impact_en.pdf .

(7)

Trade in Counterfeit and Pirated Goods: Mapping the Economic Impact, OECD/EUIPO (2016).

https://euipo.europa.eu/tunnel-web/secure/webdav/guest/document_library/observatory/documents/Mapping_the_Economic_Impact_study/Mapping_the_Economic_Impact_en.pdf.