7.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 86/259


Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Programa sobre el mercado único

(2019/C 86/13)

Ponente:

Deirdre FORDE (IE/PPE), Miembro del Consejo del Condado de Cork

Documentos de referencia:

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa sobre el mercado único, la competitividad de las empresas, incluidas las pequeñas y medianas empresas, y las estadísticas europeas, y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 99/2013, (UE) n.o 1287/2013, (UE) n.o 254/2014, (UE) n.o 258/2014, (UE) n.o 652/2014 y (UE) 2017/826

COM(2018) 441 final

Anexos a la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa sobre el mercado único, la competitividad de las empresas, incluidas las pequeñas y medianas empresas, y las estadísticas europeas, y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 99/2013, (UE) n.o 1287/2013, (UE) n.o 254/2014, (UE) n.o 258/2014, (UE) n.o 652/2014 y (UE) 2017/826

COM(2018) 441 final, Anexos 1 a 4

I.   RECOMENDACIONES DE ENMIENDA

Enmienda 1

Considerando 7

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

Procede, por tanto, establecer un programa para el mercado interior, la competitividad de las empresas, incluidas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, y las estadísticas europeas («el programa»). Debe tener una duración de siete años: de 2021 a 2027.

Procede, por tanto, establecer un programa para el mercado único, para reforzar el mercado interior y mejorar su funcionamiento , en los ámbitos de la competitividad de las empresas, incluidas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, la normalización, la protección de los consumidores y las estadísticas europeas («el programa»). Debe tener una duración de siete años: de 2021 a 2027.

Enmienda 2

Considerando 9

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

Un mercado interior moderno promueve la competencia y beneficia a los consumidores, las empresas y los empleados. Aprovechar mejor el mercado interior de los servicios, en permanente cambio, debería ayudar a las empresas europeas a crear empleo y a crecer en los mercados de otros países, a ofrecer una mayor variedad de servicios a mejores precios y a mantener elevados estándares para los consumidores y los trabajadores. Para ello, el programa debe contribuir a eliminar las barreras que persisten y a garantizar el establecimiento de un marco regulador que permita acoger nuevos modelos empresariales innovadores.

Un mercado interior moderno se basa en los principios de equidad y transparencia, que promueven la competencia y benefician a los consumidores, las empresas y los empleados. Aprovechar mejor el mercado interior de los servicios, en permanente cambio, debería ayudar a las empresas europeas a crear empleo y a crecer en los mercados de otros países, a ofrecer una mayor variedad de servicios a mejores precios y a mantener elevados estándares para los consumidores y los trabajadores. Para ello, el programa debe contribuir a hacer un mejor seguimiento de la evolución del mercado interior, incluida la repercusión de las nuevas tecnologías y los modelos empresariales innovadores, a identificar y eliminar las barreras que persisten y a garantizar el establecimiento de un marco regulador que permita acoger nuevos modelos empresariales innovadores , incluido el emprendimiento social .

Enmienda 3

Considerando 15

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

Las autoridades públicas recurren a la contratación pública para garantizar la rentabilización del dinero público gastado y para contribuir al establecimiento de un mercado interior más innovador, sostenible, inclusivo y competitivo. Las Directivas 2014/23/UE, 2014/24/UE y 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo proporcionan el marco jurídico para la integración y el funcionamiento eficaz de los mercados de contratación pública, que representan el 14 % del producto interior bruto de la Unión’ para beneficio de las autoridades públicas, las empresas y los ciudadanos (incluidos los consumidores). Por tanto, el programa debe apoyar medidas destinadas a garantizar un uso más extendido de la contratación pública estratégica, la profesionalización de los compradores del sector público, la mejora del acceso de las pymes a los mercados de contratación pública, la mayor transparencia, integridad y mejora de los datos, el impulso de la transformación digital de la contratación pública y el fomento de la contratación pública conjunta, todo ello mediante el fortalecimiento de un enfoque de colaboración con los Estados miembros, la mejora de la recogida y el análisis de datos (por ejemplo, a través del desarrollo de herramientas informáticas especializadas), el apoyo al intercambio de experiencias y buenas prácticas, la impartición de orientaciones, la celebración de acuerdos comerciales ventajosos, el refuerzo de la cooperación entre autoridades nacionales y la puesta en marcha de proyectos piloto.

Las autoridades públicas recurren a la contratación pública para garantizar la rentabilización del dinero público gastado y para contribuir al establecimiento de un mercado interior más innovador, sostenible, inclusivo y competitivo. Las Directivas 2014/23/UE, 2014/24/UE y 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo proporcionan el marco jurídico para la integración y el funcionamiento eficaz de los mercados de contratación pública, que representan el 14 % del producto interior bruto de la Unión’ para beneficio de las autoridades públicas, las empresas y los ciudadanos (incluidos los consumidores). Por tanto, el programa debe apoyar medidas destinadas a garantizar un uso más extendido de la contratación pública estratégica, la profesionalización de los compradores del sector público, el refuerzo de la capacidad de las pymes para acceder a los mercados de contratación pública mediante la racionalización y la simplificación de los procedimientos de contratación, la mayor transparencia, integridad y mejora de los datos, el impulso de la transformación digital de la contratación pública y el fomento de la contratación pública conjunta, todo ello mediante el fortalecimiento de un enfoque de colaboración con los Estados miembros, la mejora de la recogida y el análisis de datos (por ejemplo, a través del desarrollo de herramientas informáticas especializadas), el apoyo al intercambio de experiencias y buenas prácticas, la impartición de orientaciones, la aplicación de normas relativas a la contratación pública y la reciprocidad en los acuerdos comerciales, el refuerzo de la cooperación entre autoridades nacionales y , en su caso, regionales, y la puesta en marcha de proyectos piloto.

Exposición de motivos

La referencia a la «(celebración) de acuerdos comerciales ventajosos» está redactada de manera poco clara y no guarda relación con el tema que aquí se trata, a saber, la contratación pública.

Enmienda 4

Considerando 16

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

Con el fin de cumplir los objetivos del programa y de facilitar la vida a los ciudadanos y las empresas, es necesario crear unos servicios públicos de calidad centrados en el usuario. Ello implica la necesidad de que las administraciones públicas empiecen a introducir nuevas formas de trabajo, acabando con la compartimentación de sus diferentes departamentos, y se comprometan a cocrear estos servicios públicos con los ciudadanos y las empresas. Además, la proliferación firme y constante de actividades transfronterizas en el mercado interior hace necesario el suministro de información actualizada sobre los derechos de las empresas y los ciudadanos, así como información para explicar los trámites administrativos. Asimismo, es fundamental brindar asesoramiento jurídico y ayudar a resolver los problemas que tienen lugar a nivel transnacional. Por otro lado, es necesario conectar de manera simple y eficiente las administraciones nacionales y evaluar el funcionamiento del mercado interior sobre el terreno. Así pues, el programa debe apoyar las siguientes herramientas de gobernanza del mercado interior existentes: el portal «Tu Europa», que debería ser la columna vertebral del futuro portal digital único, «Tu Europa-Asesoramiento», SOLVIT, el sistema de Información del Mercado Interior y el cuadro de indicadores del mercado único, con el fin de mejorar la vida diaria de los ciudadanos y la capacidad de las empresas para operar a través de las fronteras.

Con el fin de cumplir los objetivos del programa y de facilitar la vida a los ciudadanos y las empresas, es necesario crear unos servicios públicos de calidad centrados en el usuario. Ello implica la necesidad de que las administraciones públicas empiecen a introducir nuevas formas de trabajo, acabando con la compartimentación de sus diferentes departamentos, y se comprometan a cocrear estos servicios públicos con los ciudadanos y las empresas. Además, la proliferación firme y constante de actividades transfronterizas en el mercado interior hace necesario el suministro de información actualizada sobre los derechos de las empresas y los ciudadanos, así como información para explicar los trámites administrativos. Asimismo, es fundamental brindar asesoramiento jurídico y ayudar a resolver los problemas que tienen lugar a nivel transnacional. Por otro lado, es necesario conectar de manera simple y eficiente las administraciones nacionales y evaluar el funcionamiento del mercado interior sobre el terreno. Así pues, el programa debe apoyar las siguientes herramientas de gobernanza del mercado interior existentes: el portal «Tu Europa», que debería ser la columna vertebral del futuro portal digital único, «Tu Europa-Asesoramiento», SOLVIT, el sistema de Información del Mercado Interior y el cuadro de indicadores del mercado único, con el fin de mejorar la vida diaria de los ciudadanos y la capacidad de las empresas para operar a través de las fronteras. A fin de garantizar que se aproveche plenamente el potencial de estas herramientas de gobernanza, debe emprenderse también una labor de concienciación, en especial a través del portal «Tu Europa», entre los entes locales y regionales y otras organizaciones que apoyan a los ciudadanos y empresas sobre el terreno.

Exposición de motivos

Las medidas para intensificar la utilización y la eficiencia de las herramientas de gobernanza del mercado interior como los portales en línea destinados a los ciudadanos y las empresas deben ir acompañadas de medidas de sensibilización para dar a conocer su existencia y disponibilidad. Concienciar a los entes locales y regionales y sus representantes debe ser un elemento central de estas medidas, ya que son ellos quienes tratan cotidianamente con las empresas y los ciudadanos y les prestan apoyo.

Enmienda 5

Considerando 23

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

Las pymes comparten retos comunes que no afectan en el mismo grado a las empresas de mayor tamaño a la hora de obtener financiación, encontrar mano de obra cualificada, aliviar la carga administrativa, absorber la creatividad y la innovación, acceder a los mercados e impulsar actividades de internacionalización. El programa debe abordar estas deficiencias del mercado de manera proporcionada, sin falsear indebidamente la competencia en el mercado interior.

Las pymes comparten retos comunes que no afectan en el mismo grado a las empresas de mayor tamaño a la hora de obtener financiación, encontrar mano de obra cualificada, aliviar la carga administrativa, absorber la creatividad y la innovación, acceder a los mercados e impulsar actividades de internacionalización. Estos retos son especialmente significativos para las pymes establecidas en zonas rurales o regiones periféricas y ultraperiféricas. El programa debe abordar estas deficiencias del mercado de manera proporcionada, prestando especial atención a las medidas que benefician directamente a las pymes y a las redes de empresas, y sin falsear indebidamente la competencia en el mercado interior.

Exposición de motivos

Si bien todas las pequeñas y medianas empresas afrontan los retos señalados en el considerando 23, las pymes situadas en zonas rurales o regiones periféricas señalan que tienen mayores dificultades para encontrar trabajadores cualificados y acceder a infraestructuras como la banda ancha y otras formas de conectividad que son necesarias para absorber la innovación e impulsar actividades de internacionalización.

Enmienda 6

Considerando 39

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

La Red de Centros Europeos del Consumidor ayuda a los consumidores a disfrutar de los beneficios de sus derechos como consumidores de la Unión cuando compran bienes o servicios en otro país dentro del mercado interior o del EEE, ya sea en línea o con ocasión de un viaje. Esta red, que consta de treinta centros y lleva más de diez años cofinanciándose a través de los programas de la Unión en materia de consumidores, ha demostrado que aporta valor añadido al refuerzo de la confianza de los consumidores y los comerciantes en el mercado interior. Tramita más de cien mil peticiones de consumidores al año y llega a millones de ciudadanos a través de sus actividades de prensa e información en línea. Es una de las redes de asistencia a los ciudadanos más valoradas de la Unión, la mayoría de sus centros albergan puntos de contacto en materia de legislación del mercado interior, como la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (59), y en su evaluación se hace hincapié en la importancia de que siga operando. Esta red también trata de establecer acuerdos de reciprocidad con organismos similares en terceros países.

El programa también debería respaldar a la Red de Centros Europeos del Consumidor , que ayuda a los consumidores a disfrutar de los beneficios de sus derechos como consumidores de la Unión cuando compran bienes o servicios en otro país dentro del mercado interior o del EEE, ya sea en línea o con ocasión de un viaje. Esta red, que consta de treinta centros y lleva más de diez años cofinanciándose a través de los programas de la Unión en materia de consumidores, ha demostrado que aporta valor añadido al refuerzo de la confianza de los consumidores y los comerciantes en el mercado interior. Tramita más de cien mil peticiones de consumidores al año y llega a millones de ciudadanos a través de sus actividades de prensa e información en línea. Es una de las redes de asistencia a los ciudadanos más valoradas de la Unión, la mayoría de sus centros albergan puntos de contacto en materia de legislación del mercado interior, como la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (59), y en su evaluación se hace hincapié en la importancia de que siga operando . La Red de Centros Europeos del Consumidor también puede ser una fuente importante de información sobre los retos y los problemas que los consumidores encuentran a nivel local, que son importantes para la elaboración de las políticas de la UE y para la protección de los intereses de los consumidores. Por ello, el programa debería ofrecer la posibilidad de crear y reforzar las sinergias entre los representantes de los consumidores a nivel local y europeo para reforzar la defensa de los consumidores. Esta red también trata de establecer acuerdos de reciprocidad con organismos similares en terceros países.

Exposición de motivos

Se considera innecesaria.

Enmienda 7

Considerando 41

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

Los ciudadanos resultan particularmente afectados por el funcionamiento de los mercados de servicios financieros. Estos servicios constituyen un componente clave del mercado interior y requieren un marco sólido de regulación y supervisión, que no solo garantice estabilidad financiera y una economía sostenible, sino que proporcione también un elevado nivel de protección de los consumidores y otros usuarios finales de servicios financieros, como son los inversores minoristas, los ahorradores, los titulares de una póliza de seguros, los miembros y beneficiarios de un fondo de pensiones, los accionistas individuales, los prestatarios o las pymes. Es importante mejorar su capacidad de participación en la elaboración de políticas para el sector financiero.

Los ciudadanos resultan particularmente afectados por el funcionamiento de los mercados de servicios financieros. Estos servicios constituyen un componente clave del mercado interior y requieren un marco sólido de regulación y supervisión, que no solo garantice estabilidad financiera y una economía sostenible, sino que proporcione también un elevado nivel de protección de los consumidores y otros usuarios finales de servicios financieros, como son los inversores minoristas, los ahorradores, los titulares de una póliza de seguros, los miembros y beneficiarios de un fondo de pensiones, los accionistas individuales, los prestatarios o las pymes. Es importante mejorar su capacidad de participación en la elaboración de políticas para el sector financiero y apoyar las actividades de sensibilización sobre los derechos de los consumidores en este ámbito, incluida la sensibilización sobre los procedimientos de recurso, llegado el caso .

Exposición de motivos

Cabe acoger favorablemente las medidas para mejorar la participación de los consumidores y los usuarios finales en la elaboración de políticas en el sector financiero. Sin embargo, dado el impacto que puede tener sobre la vida de los ciudadanos cualquier abuso o mala gestión en el sector financiero, la sensibilización en este ámbito de la protección de los consumidores debería ser objeto de una atención especial.

Enmienda 8

Considerando 58

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

Las acciones realizadas en el marco de los programas y líneas presupuestarias que antecedieron a estos han demostrado ser adecuadas, por lo que deben mantenerse. El objetivo de las nuevas acciones introducidas en el marco del programa es reforzar, en particular, el buen funcionamiento del mercado interior. En aras de una mayor simplicidad y flexibilidad en la ejecución del programa, y para alcanzar sus objetivos de manera más adecuada, las acciones deben definirse solo en términos de categorías genéricas globales. También deben incluirse en el programa listas de actividades indicativas relacionadas con objetivos específicos en el ámbito de la competitividad, o actividades específicas derivadas de los requisitos legislativos, como en el ámbito de la normalización, la legislación sobre la cadena alimentaria o las estadísticas europeas.

Las acciones realizadas en el marco de los programas y líneas presupuestarias que antecedieron a estos han demostrado ser adecuadas, por lo que deben mantenerse. El objetivo de las nuevas acciones introducidas en el marco del programa es reforzar, en particular, el buen funcionamiento del mercado interior. En aras de una mayor simplicidad y flexibilidad en la ejecución del programa, y para alcanzar sus objetivos de manera más adecuada, las acciones deben definirse solo en términos de categorías genéricas globales. También deben incluirse en el programa listas de actividades indicativas relacionadas con objetivos específicos en el ámbito de la competitividad, o actividades específicas derivadas de los requisitos legislativos, como en el ámbito de la vigilancia del mercado y la seguridad de los productos, los consumidores, la normalización, la legislación sobre la cadena alimentaria o las estadísticas europeas.

Exposición de motivos

Se considera innecesaria.

Enmienda 9

Artículo 1, apartado 1

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

Objeto

Objeto

El presente Reglamento establece el programa para la mejora del funcionamiento del mercado interior y la competitividad de las empresas, incluidas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como el marco de financiación para el desarrollo, la elaboración y la difusión de estadísticas europeas a tenor del artículo 13 del Reglamento (CE) n.o 223/2009 («el programa»).

El presente Reglamento establece el programa para la mejora del funcionamiento del mercado interior y la competitividad de las empresas, incluidas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, las empresas sociales, las redes de empresas, la normalización, la protección de los consumidores, así como el marco de financiación para el desarrollo, la elaboración y la difusión de estadísticas europeas a tenor del artículo 13 del Reglamento (CE) n.o 223/2009 («el programa»).

Establece los objetivos del programa, el presupuesto para el período 2021-2027, las formas de financiación de la Unión y las normas para la concesión de dicha financiación.

 

Exposición de motivos

Se pretende garantizar la coherencia sobre el ámbito de aplicación del programa (véase, en particular, la enmienda al considerando 7).

Enmienda 10

Artículo 3, apartado 1, letra a)

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

a)

mejorar el funcionamiento del mercado interior y, en particular, proteger y empoderar a los ciudadanos, a los consumidores y a las empresas, sobre todo a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes), garantizando el cumplimiento del Derecho de la Unión, facilitando el acceso a los mercados, estableciendo normas y promoviendo la salud de las personas, los animales y los vegetales, así como el bienestar de los animales; además de reforzar la cooperación entre las autoridades competentes de los Estados miembros y entre las autoridades competentes de los Estados miembros, la Comisión y las agencias descentralizadas de la Unión;

a)

crear puestos de trabajo sostenibles, abordar las deficiencias del mercado y mejorar el funcionamiento del mercado interior y, en particular, potenciar la economía local y fomentar la economía circular, proteger y empoderar a los ciudadanos, a los consumidores y a las empresas, sobre todo a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes), garantizando el cumplimiento del Derecho de la Unión, facilitando el acceso a los mercados, estableciendo normas y promoviendo la salud de las personas, los animales y los vegetales, así como el bienestar de los animales; además de reforzar la cooperación entre las autoridades competentes de los Estados miembros y entre las autoridades competentes de los Estados miembros, la Comisión y las agencias descentralizadas de la Unión;

Exposición de motivos

Se considera innecesaria.

Enmienda 11

Artículo 3, apartado 2, letra a)

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

a)

hacer que el mercado interior sea más eficaz, facilitar la prevención y la eliminación de obstáculos y apoyar el desarrollo, la aplicación y la garantía de cumplimiento del Derecho de la Unión en los ámbitos del mercado interior de bienes y servicios, la contratación pública y la vigilancia del mercado, así como en los ámbitos del Derecho de sociedades y el Derecho contractual, la lucha contra el blanqueo de capitales, la libre circulación de capitales, los servicios financieros y la competencia (incluido el desarrollo de herramientas de gobernanza);

a)

hacer que el mercado interior sea más eficaz, fomentar el desarrollo económico local, facilitar la prevención y la eliminación de obstáculos y apoyar el desarrollo, la aplicación y la garantía de cumplimiento del Derecho de la Unión en los ámbitos del mercado interior de bienes y servicios, incluida la economía social, la contratación pública y la vigilancia del mercado, así como en los ámbitos del Derecho de sociedades y el Derecho contractual, la lucha contra el blanqueo de capitales, la libre circulación de capitales, los servicios financieros y la competencia (incluido el desarrollo de herramientas de gobernanza);

Exposición de motivos

Se considera innecesaria.

Enmienda 12

Artículo 8, apartado 3

Texto de la Comisión Europea

Enmienda del CDR

e)

apoyar la competitividad de las empresas y de todos los sectores de la economía y fomentar el recursos de las pymes a la innovación y su colaboración con las cadenas de valor por medio de conexiones estratégicas de ecosistemas y clústeres (incluida la iniciativa conjunta de clústeres);

e)

apoyar la competitividad de las empresas y de todos los sectores de la economía y fomentar el recursos de las pymes a la innovación y , en particular, su adopción de nuevos modelos empresariales, incluidos aquellos asociados con la economía social y colaborativa, así como el recurso a su colaboración con las cadenas de valor por medio de conexiones estratégicas de ecosistemas y clústeres (incluida la iniciativa conjunta de clústeres);

II.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

1.

acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión para establecer un nuevo programa sobre el mercado único a fin de mejorar el funcionamiento del mercado interior para el período 2021-2027, al objeto de reforzar su gobernanza, apoyar la competitividad de las pymes, mejorar la protección del consumidor y el cumplimiento de los derechos de los consumidores, promover la salud de las personas, los animales y los vegetales, así como el bienestar de los animales, y garantizar un marco estadístico europeo adecuado;

2.

reconoce que el mercado interior es uno de los principales logros de la UE pero que, no obstante, tiene que adaptarse continuamente en un entorno en permanente cambio, caracterizado por la digitalización y la globalización. Observa que aún sigue habiendo barreras importantes que impiden el funcionamiento adecuado del mercado interior, y que están surgiendo nuevos obstáculos;

3.

reconoce la importancia vital que para el buen funcionamiento del mercado interior reviste facilitar a los ciudadanos y a las empresas información sobre sus derechos, a las autoridades públicas, instrucciones sobre el modo de aplicar la legislación, y a los tribunales, los conocimientos necesarios para garantizar su cumplimiento; en este sentido, es importante que los sistemas educativos de los distintos países incorporen los conocimientos básicos acerca de la UE que garanticen que, progresivamente, todos los ciudadanos más jóvenes conozcan sus derechos y puedan aprovechar mejor las ventajas que les ofrece el mercado interior;

4.

destaca los continuos retos a que se enfrentan las pymes para acceder a la financiación, la carga administrativa actual de la actividad empresarial, las dificultades que encuentran para aprovechar oportunidades mediante la internacionalización y su incapacidad para aprovechar en grado suficiente las ventajas del mercado único; esto da lugar a una fragmentación y a continuas anomalías del mercado en muchos sectores y regiones, que perjudican tanto a las empresas como a los consumidores; valora positivamente el énfasis que pone la Comisión en reforzar el apoyo al sector de las pymes a través de este programa;

5.

reconoce que el desarrollo de las herramientas de información y los programas de formación es de suma importancia para el buen funcionamiento del mercado interior y debe basarse en la elaboración de análisis de datos, estudios y evaluaciones sólidos que se lleven a cabo en estrecha cooperación con los Estados miembros y sus autoridades competentes, incluidos los entes locales y regionales;

6.

reconoce el amplio alcance del programa y el objetivo de racionalizar los esfuerzos para promover una mejor coordinación en la gestión del mercado interior pero señala que garantizar su coordinación efectiva será una tarea exigente desde el punto de vista de la gobernanza;

7.

destaca la necesidad de que el programa tenga la flexibilidad necesaria para responder con rapidez y de forma dinámica a cualquier perturbación del funcionamiento del mercado interior o del comercio para las pymes que pudiera derivarse, por ejemplo, de potenciales repercusiones negativas del Brexit;

El mercado único

8.

reconoce que el mercado único se encuentra en el núcleo de la integración económica y política de la UE, que cuenta con 500 millones de consumidores y 21 millones de empresas y está respaldada por un importante corpus de legislación que garantiza la libre circulación de personas, bienes, capitales y servicios en todo el territorio de la UE y el cada vez más amplio Espacio Económico Europeo (1);

9.

recuerda que, de acuerdo con el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea, el mercado interior de la Unión Europea obrará «en pro del desarrollo sostenible de Europa basado en un crecimiento económico equilibrado y en la estabilidad de los precios, en una economía social de mercado altamente competitiva, tendente al pleno empleo y al progreso social, y en un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente. Asimismo, promoverá el progreso científico y técnico»;

10.

reconoce que la propuesta de la Comisión se ajusta a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad;

11.

la competencia en el mercado único debería contribuir a alcanzar estos objetivos, entre otras cosas ofreciendo el precio económicamente más ventajoso para los consumidores y las empresas, en particular mediante una reducción de los costes de las transacciones y un mercado más vasto que permita realizar economías de escala, fomentando una mayor innovación y garantizando una respuesta más rápida a las necesidades de los consumidores en igualdad de condiciones y evitando todas las formas de «dumping». Considera, sin embargo, que convendría comunicar mejor sobre los beneficios del mercado único con los ciudadanos, las empresas y otros agentes económicos, y reconoce el papel esencial que deben desempeñar los entes locales y regionales para transmitir este importante mensaje;

12.

reconoce que el mercado único es un proceso en curso, que sigue estando incompleto en algunos aspectos importantes y que un mejor funcionamiento del mercado único y la eliminación de los obstáculos al comercio pendientes, en particular en el sector de los servicios y el mercado único digital, impulsaría el crecimiento económico de forma considerable;

Mercado único de servicios

13.

reconoce los esfuerzos realizados por la Comisión para seguir reforzando la libertad de prestación de servicios en Europa, en particular en el contexto del paquete de servicios (2), aunque queda mucho por hacer, tal y como se afirma en la reciente revisión inter pares de la aplicación de la Directiva de servicios por parte de la Comisión Europea, en la que se confirma que existen todavía demasiados obstáculos, incluidas las restricciones al derecho de establecimiento (3). Considera, al mismo tiempo, que se necesita una mayor claridad reglamentaria a escala de la UE en relación con los servicios vinculados a la economía colaborativa;

14.

considera importante que los nuevos programas contribuyan a mejorar el funcionamiento del mercado interior de los servicios y se pregunta cómo los instrumentos del mercado interior pueden desplegarse más eficazmente a fin de garantizar un mercado de servicios más integrado;

Mercado único de bienes

15.

reconoce que sigue habiendo un grave problema con la ejecución de las normas de la UE aplicables a los productos y que en el mercado siguen circulando muchos productos no conformes. Señala que es urgente y necesario disponer de un etiquetado claro y de visibilidad y evitar la duplicación en la amplia gama de instrumentos que existen —o se han propuesto— para garantizar que los ciudadanos y las empresas entiendan las normas aplicables y sus derechos y obligaciones, y sean conscientes de los canales a que pueden recurrir cuando consideran que se están incumpliendo las normas;

16.

observa que existen más de 500 autoridades de vigilancia del mercado en toda Europa, muchas de ellas con recursos limitados, y que la normativa actual tiene un escaso efecto disuasorio respecto de las infracciones. Recomienda que, además de reforzar la cooperación y garantizar unas redes mejor integradas, se asigne más financiación directa a estos ámbitos. Recomienda encarecidamente que las autoridades nacionales de competencia sean independientes de los gobiernos y dispongan de los recursos adecuados a fin de desempeñar su trabajo de forma eficaz, para lo que deben contar con el respaldo eficiente del sistema judicial y los tribunales, respetando a la vez las distintas competencias de estas autoridades en los Estados miembros. Se trata de una necesidad absoluta si quiere lograrse la aplicación efectiva de la legislación de la UE sobre el terreno;

Normas

17.

acoge con satisfacción el compromiso constante de la Comisión para reemplazar 28 normas nacionales por una única norma europea. También valora positivamente la mayor utilización de sistemas y procedimientos de TI para reducir la carga administrativa y compartir información con las partes interesadas. Recomienda que se tomen las medidas pertinentes para garantizar que las pymes participan adecuadamente en la elaboración de normas a fin de garantizar la debida transparencia y evitar que las grandes empresas o estructuras puedan tener una posición dominante en el proceso;

Contratación pública

18.

subraya que los entes locales y regionales tienen responsabilidades importantes a la hora de aplicar las políticas y la legislación de la UE, también en los ámbitos del bienestar de los consumidores (pues se hallan próximos a los ciudadanos) y la contratación pública;

19.

apoya el objetivo de reforzar la capacidad de las autoridades nacionales, regionales y locales para mejorar la aplicación de las normas vigentes pero observa que la complejidad de la normativa sobre contratos públicos puede obstaculizar una mayor participación de las pymes en los procedimientos de contratación pública;

20.

subraya que es importante que la Comisión coopere con las autoridades nacionales, regionales y locales si se desea alcanzar el objetivo de un mercado de contratación pública competitivo, abierto y bien regulado. Esto es esencial para que los fondos públicos se utilicen de la forma más eficaz posible;

Herramientas de gobernanza del mercado único

21.

acoge favorablemente el compromiso de la Comisión de seguir invirtiendo en las herramientas de gobernanza del mercado interior existentes, como el portal «Tu Europa» y la red SOLVIT; considera necesario seguir trabajando para promover el uso de estos instrumentos sobre el terreno entre ciudadanos, consumidores y autoridades de distintos niveles, mejorar la facilidad de localización en línea de estas herramientas y reforzar su capacidad de proporcionar información actualizada; recomienda que los entes locales participen en mayor medida en la aplicación de estas herramientas de gobernanza como medio para mejorar su funcionamiento; observa, al mismo tiempo, que todas estas mejoras en las herramientas no deben dar pie a cargas financieras y administrativas para los entes locales y regionales;

Las pymes y la competitividad

22.

reconoce que las pymes son la columna vertebral de la economía europea, ya que representan el 99 % de todas las empresas de la UE, han creado más del 85 % de los nuevos puestos de trabajo durante los últimos cinco años y, junto con el espíritu emprendedor, son un factor clave del crecimiento económico, la innovación y la creación de empleo. Respalda los llamamientos para establecer un marco estable de la UE posterior a 2020 y aumentar el papel de los entes locales y regionales en el apoyo al entorno empresarial y el desarrollo de las asociaciones público-privadas (4);

23.

reconoce que un aspecto clave es garantizar que los diferentes programas de la UE complementen —y no compitan con— las medidas de apoyo a las empresas que existan en los Estados miembros. Por tanto, recomienda encarecidamente que las medidas de apoyo a las pymes en el marco del programa sobre el mercado único y las que existan en organismos nacionales y regionales se pongan en marcha con un planteamiento de ventanilla única;

24.

toma nota de la propuesta de que el mecanismo de garantía de préstamos, que actualmente opera como parte del programa COSME, se asigne en el marco del Fondo InvestEU en el próximo período de programación. En este contexto, recomienda que se siga recurriendo a los intermediarios que tienen una dilatada relación con las pymes, pero expresa su preocupación por el hecho de que, posiblemente, no todos los Estados miembros dispongan de estructuras a nivel nacional o regional que permitan el acceso a los fondos de garantía en el marco de InvestEU. Las pymes podrían encontrar dificultades para acceder a los fondos de garantía de préstamos InvestEU si los organismos intermediarios no tienen una presencia sustancial en todos los territorios de los Estados miembros; por ello, recomienda que las instituciones europeas trabajen con los Estados para garantizar que las pymes puedan acceder de manera homogénea a esta financiación en todos los Estados miembros;

25.

pide a la UE que vele por que exista un elemento de equilibrio regional en el fondo de garantía en el marco de la iniciativa InvestEU, ya que ello redundará sobre todo en beneficio de los entes locales y regionales, en particular de los que representan a regiones menos favorecidas;

26.

pide mayor claridad en relación con el presupuesto que se asigna a la garantía para las pymes en el marco del programa COSME y que se pone a disposición del fondo de garantía vinculado al programa InvestEU; solicita también que se aclare cómo el fondo va a apoyar la financiación de pymes de alto riesgo, en particular en las regiones más remotas y periféricas;

27.

hace hincapié en la necesidad de mencionar específicamente la Small Business Act, que sigue siendo un marco global para la política de la UE sobre las pymes cuyas orientaciones estratégicas deben tenerse en cuenta a la hora de establecer los programas de trabajo anuales de apoyo a las pymes. Dentro de este contexto, considera igualmente importante que se mencione la red «SME Envoy» (red de representantes nacionales de las pymes), dada su labor de alineación de todas las políticas que tienen un impacto sobre las pymes a nivel de la UE. Subraya que el principio «pensar primero a pequeña escala», según el cual los intereses de las pymes se tienen en cuenta en una fase muy temprana de la elaboración de las políticas, debería aplicarse al programa sobre el mercado único y a todos los programas relevantes del nuevo marco financiero plurianual;

28.

solicita información más detallada sobre el futuro papel y la ambición de la red Enterprise Europe, dados los retos que según la Comisión se plantean a las pymes, y sobre cómo se propone adaptar esta red para responder a estos desafíos en una era de digitalización y globalización, a fin de que se ajuste mejor a las necesidades de las empresas y esté más en consonancia con el apoyo proporcionado por los Estados miembros;

29.

acoge con satisfacción que se dé continuidad al programa que llegó a ser conocido con el nombre de «Erasmus para Jóvenes Emprendedores», destacando su nueva denominación de «programa de tutelaje para nuevos emprendedores» en razón de su importante contribución al fortalecimiento del entorno empresarial y la mentalidad emprendedora. Respalda firmemente la perspectiva de ampliar la cobertura geográfica del programa para ofrecer más oportunidades a los jóvenes emprendedores;

30.

respalda firmemente la ampliación de la red de ecosistemas y agrupaciones empresariales en Europa, tal y como afirmó el CDR (5) previamente; por lo tanto, acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de seguir avanzando en las iniciativas conjuntas de clústeres y apoyar el desarrollo de actividades conjuntas y estrategias de colaboración transnacionales, proporcionando asimismo los vínculos necesarios con los centros de innovación digital de la UE;

31.

señala que la cuestión de facilitar el acceso a la financiación para una gama más amplia de pymes que operan en diferentes territorios reviste una importancia fundamental y que los entes locales y regionales tienen un papel que desempeñar en la difusión de información y comunicación específica a los beneficiarios sobre los distintos instrumentos y programas de apoyo a las pymes, en colaboración con las instituciones intermediarias;

32.

reconoce los retos adicionales que afrontan las pymes situadas en zonas rurales, en regiones periféricas o en regiones que han de abordar retos demográficos, por ejemplo, para acceder a una mano de obra cualificada y a infraestructuras como la banda ancha y otras formas de conectividad que son necesarias para absorber la innovación e impulsar actividades de internacionalización. Solicita que la Comisión aclare de qué manera va a abordar el programa estos importantes retos;

33.

recuerda el compromiso de la Comisión Europea con las regiones ultraperiféricas de tener en cuenta las necesidades especiales de sus empresas en los futuros planes de apoyo a las pymes para mejorar su competitividad en los mercados internacionales y apoyar su proceso de integración en el mercado interior de la UE;

Política de competencia

34.

acoge con satisfacción el compromiso constante de la Comisión para garantizar una competencia equitativa en el mercado interior invirtiendo en herramientas y conocimientos técnicos que le permitan aplicar eficazmente las normas de competencia en la economía digital. En términos más generales, destaca la necesidad de una colaboración continua y eficaz entre la Comisión y las autoridades nacionales de competencia;

Estadísticas

35.

reconoce la importancia de disponer de estadísticas de alta calidad para sustentar la toma de decisiones basada en pruebas y cuestiona la integración del Programa Estadístico Europeo en el programa sobre el mercado único, dada la importancia que tienen la visibilidad y la independencia del programa estadístico. Señala que, a escala local y regional, faltan estadísticas suficientemente detalladas y oportunas y pide a Eurostat que, en colaboración con los institutos nacionales de estadística, aborde esta cuestión;

36.

recomienda que el futuro Programa Estadístico Europeo mantenga su actual forma legal, es decir, que se establezca mediante un Reglamento individual e independiente;

37.

se congratula de que el suministro de indicadores sobre las regiones, en particular sobre las regiones ultraperiféricas, se incluya en el conjunto de acciones subvencionables en el marco del Programa Estadístico Europeo; pide que, además del suministro de información que ya existe, la recopilación de datos adicionales y la elaboración de nuevos indicadores —más adecuados y que sirvan para demostrar las condiciones ultraperiféricas de estas regiones— formen también parte de las acciones que pueden optar al Programa;

Consumidores, protección de los consumidores y política alimentaria

38.

acoge con satisfacción el compromiso del nuevo programa para hacer cumplir los derechos de los consumidores y garantizar un alto nivel de protección, la seguridad de los productos y la prestación de ayuda a los consumidores cuando encuentren problemas. Toma nota de que las herramientas previstas en el programa permitirán, a la vez, alertará a los consumidores sobre productos peligrosos y poner a su disposición centros de consumo en línea para ayudar a los ciudadanos a solucionar problemas; considera, sin embargo, que una representación mayor y más eficiente de los consumidores gracias a una financiación adecuada de organismos independientes contribuirá a reforzar la capacidad de estos organismos para abordar eficazmente las cuestiones que afectan a los consumidores en el mercado único, incluido el acceso a la justicia;

39.

valora positivamente el reconocimiento de que los ciudadanos se ven especialmente afectados por el funcionamiento de los mercados de servicios financieros y subraya la necesidad de que el programa apoye eficazmente los derechos de los consumidores y la sensibilización en este ámbito. Toma nota del compromiso de seguir apoyando una mayor participación de los consumidores en la elaboración de políticas de la Unión en el área de los servicios financieros y las medidas destinadas a promover un mejor conocimiento del sector financiero. Pide a la Comisión que siga profundizando este trabajo en cooperación con las organizaciones de consumidores de toda la UE;

40.

subraya, además, la necesidad de garantizar una adecuada financiación de las organizaciones de consumidores, de manera que puedan defender de forma eficaz los intereses de los consumidores y actuar como entidades habilitadas en procedimientos de recurso colectivo. Llama la atención sobre el hecho de que las organizaciones de consumidores, en especial en los Estados miembros más pequeños, se ven especialmente afectadas;

41.

acoge con satisfacción la introducción de un capítulo específico de «seguridad alimentaria» en el nuevo programa sobre el mercado único. Dado que se trata del mayor sector manufacturero de la UE, la industria alimentaria y de las bebidas necesita una cadena de suministro fuerte, competitiva y sostenible, respaldada por un marco regulador estable y un mejor funcionamiento del principio de reconocimiento mutuo en los ámbitos no armonizados;

42.

reitera su petición de que las medidas políticas estimulen y respalden el desarrollo de la producción alimentaria y los sistemas de consumo que apoyan prácticas de producción sostenibles, reduciendo así el impacto sobre el medio ambiente y mejorando la seguridad alimentaria con productos de calidad a precios razonables, tal y como ha manifestado en dictámenes previos (6); desea llamar la atención sobre el hecho de que la contratación pública relativa a los alimentos puede ser un catalizador para conducir la producción de alimentos hacia una senda más sostenible; recomienda, por lo tanto, medidas para facilitar la formación de los funcionarios encargados de la contratación pública en este ámbito y la creación de redes de apoyo para las autoridades nacionales, regionales y locales competentes;

Enfoque de programación

43.

reconoce que el nuevo enfoque de programación propuesto por la Comisión debería, en principio, aportar eficiencia y ahorros de costes, proporcionar un cierto grado de flexibilidad en las líneas presupuestarias para responder a circunstancias cambiantes y mejorar los resultados y la ejecución; señala que se trata primordialmente de una cuestión de coordinación administrativa interna y no está claro que un enfoque de programa único genere las sinergias y los ahorros de costes necesarios;

44.

toma nota de que las líneas presupuestarias incluidas en el programa afectan a diferentes Direcciones Generales y se pregunta de qué manera funcionará esto en la práctica. Señala que el objetivo de lograr flexibilidad en las líneas presupuestarias puede revelarse difícil en la práctica, puesto que todavía no se han definido las estructuras correspondientes;

45.

destaca que hay una falta de transparencia en las líneas presupuestarias, ya que en algunos casos los costes administrativos están claramente delimitados pero en otros no. Propone que se defina en términos más claros un presupuesto de asistencia técnica a fin de separar los costes de programación de los costes asociados a la ejecución de las medidas concretas.

Bruselas, 5 de diciembre de 2018.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Karl-Heinz LAMBERTZ


(59)  Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DO L 376 de 27.12.2006, p. 36).

(59)  Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DO L 376 de 27.12.2006, p. 36).

(1)  Dictamen del CDR — Mejorar el mercado único (ECON-VI/010).

(2)  Dictamen del CDR — El paquete sobre los servicios: Una economía de los servicios que funcione para los europeos (ECON-VI/022).

(3)  http://ec.europa.eu/growth/single-market/services/services-directive/implementation/evaluation_en

(4)  Dictamen del CDR — El futuro del programa COSME a partir de 2020: la perspectiva regional y local (ECON-VI/027).

(5)  Dictamen del CDR — Impulsar las empresas emergentes y en expansión en Europa: la perspectiva local y regional (ECON-VI/021).

(6)  Dictamen del CDR — Hacia una política alimentaria sostenible de la UE (NAT-VI/014).