18.11.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/183


P8_TA(2018)0114

Residuos ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2018, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos (COM(2015)0595 – C8-0382/2015 – 2015/0275(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

(2019/C 390/38)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2015)0595),

Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 192, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0382/2015),

Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistos los dictámenes motivados presentados por el Senado francés y el Consejo Nacional austriaco, de conformidad con lo dispuesto en el Protocolo n.o 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, en los que se afirma que el proyecto de acto legislativo no respeta el principio de subsidiariedad,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 27 de abril de 2016 (1),

Visto el dictamen del Comité de las Regiones de 15 de junio de 2016 (2),

Vistos el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 69 septies, apartado 4, del Reglamento interno, y el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 23 de febrero de 2018, de aprobar la posición del Parlamento, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el artículo 59 de su Reglamento interno,

Vistos el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y la opinión de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A8-0034/2017),

1.

Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación (3);

2.

Toma nota de las declaraciones de la Comisión adjuntas a la presente Resolución;

3.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;;

4.

Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1)  DO C 264 de 20.7.2016, p. 98.

(2)  DO C 17 de 18.1.2017, p. 46.

(3)  La presente Posición sustituye a las enmiendas aprobadas el 14 de marzo de 2017 (Textos Aprobados, P8_TA(2017)0070).


P8_TC1-COD(2015)0275

Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 18 de abril de 2018 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2018/... del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, la Directiva (UE) 2018/851.)


ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN

DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN SOBRE UN MARCO POLÍTICO PARA LA ECONOMÍA CIRCULAR

La Comisión se compromete a velar por la plena aplicación del plan de acción de la UE para la economía circular (1). Para seguir los avances hacia la economía circular, la Comisión ha adoptado un marco de seguimiento (2) que parte del Cuadro de indicadores sobre la eficiencia en el uso de los recursos y el Cuadro de indicadores de las materias primas actuales. La Comisión también llama la atención hacia sus trabajos en curso sobre un indicador relativo a la huella de los productos y las organizaciones.

Las acciones emprendidas en el marco del plan de acción de la UE para la economía circular contribuyen también a realizar los objetivos de la Unión de consumo y producción sostenibles, del ámbito del Objetivo de Desarrollo Sostenible n.o 12. Es el caso, por ejemplo, de la estrategia para el plástico (3) o la propuesta, recientemente modificada, relativa a la garantía legal para los bienes de consumo (4).

En cuanto a la coherencia entre los marcos reguladores de la Unión, la Comisión también ha adoptado recientemente una Comunicación sobre las opciones para abordar la interfaz entre las legislaciones sobre sustancias químicas, sobre productos y sobre residuos (5). En 2018, la Comisión examinará asimismo opciones y acciones para un marco político más coherente para las líneas de trabajo sobre la política de productos de la UE en su contribución a la economía circular. En el marco de estas iniciativas y su seguimiento, se examinarán también las interacciones entre la legislación y la cooperación de la industria en relación con el uso de los subproductos y la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos.

Por lo que se refiere al diseño ecológico, la Comisión, de acuerdo con el plan de trabajo sobre diseño ecológico para los años 2016-2019 (6), confirma su firme compromiso de garantizar que el diseño ecológico aporte una contribución más significativa a la economía circular, por ejemplo, abordando de una manera más sistemática cuestiones de eficiencia de los materiales, como la durabilidad y la reciclabilidad.

DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN SOBRE INICIATIVAS RELATIVAS A LA ECONOMÍA COLABORATIVA

De acuerdo con el plan de acción para la economía circular (7), la Comisión ha emprendido varias iniciativas en el ámbito de la economía colaborativa. Como anunció en junio de 2016 en su Comunicación sobre una Agenda Europea para la economía colaborativa (8), la Comisión seguirá supervisando la evolución económica y legislativa de la economía colaborativa, a fin de estimular el desarrollo de modelos de negocio nuevos e innovadores y de garantizar al mismo tiempo una adecuada protección social y de los consumidores.

DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN SOBRE LOS MICROPLÁSTICOS

En el contexto de la estrategia europea para el plástico en una economía circular (9), recientemente adoptada, la Comisión ha presentado un enfoque integrado para atender a las preocupaciones suscitadas por los microplásticos, en particular los ingredientes a base de microperlas. Se centra en medidas preventivas y aspira a reducir la liberación de microplásticos de todas las fuentes principales, ya se trate de los procedentes de productos en los que se incorporan deliberadamente (como productos para el cuidado personal o pinturas) o de los que se originan en la producción o el uso de otros productos (como los oxoplásticos, los neumáticos, los gránulos de plástico y los productos textiles).

DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN SOBRE LA COMUNICACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE RESIDUOS EN 2020

Con miras al seguimiento de los avances hacia la realización de los nuevos objetivos en relación con los residuos municipales y los residuos de envases y en vista de las cláusulas de revisión pertinentes, en particular para fijar objetivos para la prevención de los residuos de alimentos y el reciclado de los aceites usados, la Comisión subraya la importancia del entendimiento común alcanzado entre los colegisladores en el sentido de que los Estados miembros velarán por que cubra el año 2020 la comunicación de información en virtud de las directivas 2008/98/CE sobre residuos, 94/62/CE sobre envases y residuos de envases, 1999/31/CE relativa al vertido de residuos en su versión modificada.


(1)  COM(2015)0614.

(2)  COM(2018)0029.

(3)  COM(2018)0028.

(4)  COM(2017)0637.

(5)  COM(2018)0032.

(6)  COM(2016)0773.

(7)  COM(2015)0614.

(8)  COM(2016)0356.

(9)  COM(2018)0028.