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18.7.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 232/4 |
Notificación dirigida a las personas sujetas a las medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2013/255/PESC del Consejo, que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución (PESC) 2017/1341 del Consejo, y en el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1327 del Consejo relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria
(2017/C 232/06)
La siguiente información se pone en conocimiento de las personas enumeradas en el anexo de la Decisión de Ejecución (PESC) 2017/1341 (1) del Consejo y en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1327 (2), relativos a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.
El Consejo de la Unión Europea había decidido que las personas que figuran en los citados anexos sean incluidas en la lista de personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas prescritas en la Decisión 2013/255/PESC del Consejo (3) y en el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo (4).
Se advierte a las personas afectadas que pueden solicitar a las autoridades competentes de los correspondientes Estados miembros, cuyas sedes electrónicas figuran en el anexo II bis del Reglamento (UE) n.o 36/2012, autorización para utilizar los fondos inmovilizados a fin de atender a necesidades básicas o satisfacer pagos específicos (véase el artículo 16 del Reglamento).
Las personas afectadas podrán presentar una solicitud al Consejo antes del 1 de marzo de 2018, junto con la documentación acreditativa correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en la lista mencionada, a la siguiente dirección:
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Consejo de la Unión Europea |
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Secretaría General |
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DG C 1C |
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Rue de la Loi, 175 |
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1048 Bruxelles/Brussel |
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BELGIQUE/BELGIË |
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correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu |
Se tendrán en cuenta todas las observaciones recibidas a efectos de la próxima revisión por el Consejo de la lista de personas y entidades designadas con arreglo al artículo 34 de la Decisión 2013/255/PESC y al artículo 32, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 36/2012.
(1) DO L 185 de 18.7.2017, p. 56.
(2) DO L 185 de 18.7.2017, p. 20.
(3) DO L 147 de 1.6.2013, p. 14.
(4) DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.