28.6.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 204/8


Anuncio relativo a las medidas antidumping en vigor respecto a las importaciones en la Unión de artículos de cerámica para el servicio de mesa o de cocina originarios de la República Popular China: modificación del nombre de una empresa sujeta al tipo de derecho antidumping para empresas cooperantes no incluidas en la muestra

(2017/C 204/08)

Las importaciones de artículos de cerámica para el servicio de mesa o de cocina («artículos de mesa») originarios de la República Popular China están sujetas a un derecho antidumping definitivo, impuesto por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 412/2013 del Consejo, de 13 de mayo de 2013, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de artículos de cerámica para el servicio de mesa o de cocina originarios de la República Popular China (1) [«Reglamento (UE) n.o 412/2013»].

Una empresa ubicada en la República Popular China, con el código TARIC (2) adicional B521, cuyas exportaciones a la Unión de artículos de mesa están sujetas al tipo de derecho antidumping del 17,9 % aplicable a las empresas cooperantes no incluidas en la muestra, ha comunicado a la Comisión que ha cambiado su nombre como se indica a continuación.

La empresa ha solicitado a la Comisión que confirme que el cambio de nombre no afecta a su derecho a beneficiarse del tipo de derecho que se le aplicaba bajo su nombre anterior.

La Comisión ha examinado la información presentada y ha concluido que el cambio de nombre no afecta en modo alguno a las constataciones del Reglamento (UE) n.o 412/2013.

Por consiguiente, la referencia del anexo I del Reglamento (UE) n.o 412/2013 a:

Fujian De Hua Jiashun Art&Crafts Co., Ltd

B521

deberá entenderse hecha a:

Fujian Jiashun Art&Crafts Co., Ltd

B521

El código TARIC adicional B521, atribuido anteriormente a Fujian De Hua Jiashun Art&Crafts Co., Ltd, se aplicará a Fujian Jiashun Art&Crafts Co., Ltd.


(1)  DO L 131 de 15.5.2013, p. 1.

(2)  Arancel integrado de la Unión Europea.