12.4.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 118/4 |
Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2014/28/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización y control de explosivos con fines civiles
(Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la legislación sobre armonización de la Unión)
(Texto pertinente a los fines del EEE)
(2017/C 118/02)
OEN (1) |
Referencia y título de la norma (y documento de referencia) |
Primera publicación DO |
Referencia de la norma retirada y sustituida |
Fecha límite para obtener presunción de conformidad respecto a la norma sustituida Nota 1 |
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EN 13630-1:2003 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 1: Requisitos |
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EN 13630-2:2002 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 2: Determinación de la estabilidad térmica. |
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EN 13630-3:2002 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 3: Determinación de la sensibilidad al rozamiento del núcleo de los cordones detonantes. |
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EN 13630-4:2002 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 4: Determinación de la sensibilidad al impacto de los cordones detonantes. |
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EN 13630-5:2003 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 5: Determinación de la resistencia al rozamiento de los cordones detonantes. |
Esta es la primera publicación |
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EN 13630-6:2002 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 6: Determinación de la resistencia a la tensión de los cordones detonantes. |
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CEN |
EN 13630-7:2002 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 7: Determinación de la fiabilidad de iniciación de los cordones detonantes. |
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EN 13630-8:2002 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 8: Determinación de la resistencia al agua de los cordones detonantes y mechas de seguridad. |
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CEN |
EN 13630-9:2004 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 9: Determinación de la transmisión de la detonación de cordón detonante a cordón detonante. |
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EN 13630-10:2005 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 10: Determinación de la capacidad de iniciación de los cordones detonantes. |
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EN 13630-11:2002 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 11: Determinación de la velocidad de detonación de los cordones detonantes. |
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EN 13630-12:2002 Explosivos para uso civil. Cordones detonantes y mechas de seguridad. Parte 12: Determinación del tiempo de combustión de las mechas de seguridad. |
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EN 13631-1:2005 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 1: Requisitos. |
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EN 13631-2:2002 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 2: Determinación de la estabilidad térmica de los explosivos. |
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CEN |
EN 13631-3:2004 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 3: Determinación de la sensibilidad al rozamiento de los explosivos. |
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EN 13631-4:2002 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 4: Determinación de la sensibilidad al impacto de los explosivos. |
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EN 13631-5:2002 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 5: Determinación de la resistencia al agua. |
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EN 13631-6:2002 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 6: Determinación de la resistencia a la presión hidrostática. |
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EN 13631-7:2003 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 7: Determinación de la seguridad y fiabilidad a temperaturas extremas. |
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EN 13631-10:2003 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 10: Verificación de los medios de iniciación |
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CEN |
EN 13631-11:2003 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 11: Determinación de la transmisión de la detonación. |
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EN 13631-12:2004 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 12: Especificaciones de los multiplicadores con diferentes capacidades de iniciación. |
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EN 13631-13:2003 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 13: Determinación de la densidad. |
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EN 13631-14:2003 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 14: Determinación de la velocidad de detonación. |
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CEN |
EN 13631-15:2005 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 15: Cálculo de las propiedades termodinámicas. |
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EN 13631-16:2004 Explosivos para uso civil. Explosivos rompedores. Parte 16: Detección y medición de gases tóxicos. |
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EN 13763-1:2004 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 1: Requisitos. |
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EN 13763-2:2002 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 2: Determinación de la estabilidad térmica. |
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EN 13763-3:2002 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 3: Determinación de la sensibilidad al impacto. |
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CEN |
EN 13763-4:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 4: Determinación de la resistencia al rozamiento de los hilos conductores y de los tubos de transmisión |
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CEN |
EN 13763-5:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 5: Determinación de la resistencia al corte de los hilos conductores y de los tubos de transmisión |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-6:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 6: Determinación de la resistencia al agrietamiento a bajas temperaturas de los hilos conductores. |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-7:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 7: Determinación de la integridad mecánica de los hilos conductores, tubos de transmisión, conexiones, engarces y cierres |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-8:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 8: Determinación de la resistencia a la vibración de los detonadores ordinarios. |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-9:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 9: Determinación de la resistencia a la flexión de los detonadores |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-11:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 11: Determinación de la resistencia a la caída de los detonadores y relés |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-12:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 12: Determinación de la resistencia a la presión hidrostática. |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-13:2004 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 13: Determinación de la resistencia de los detonadores eléctricos a las descargas electrostáticas. |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-15:2004 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 15: Determinación de la capacidad de iniciación equivalente. |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-16:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 16: Determinación de la exactitud del retardo |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-17:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 17: Determinación de la corriente de no funcionamiento de los detonadores eléctricos |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-18:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 18: Determinación de la corriente de encendido en serie de los detonadores eléctricos |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-19:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 19: Determinación del impulso eléctrico de funcionamiento de los detonadores eléctricos |
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EN 13763-20:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 20: Determinación de la resistencia eléctrica total de los detonadores eléctricos |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-21:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 21:Determinación de la tensión de descarga de los detonadores eléctricos. |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-22:2003 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 22: Determinación de la capacitancia, resistencia al aislamiento y la rotura del aislamiento de los hilos conductores. |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-23:2002 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 23: Determinación de la velocidad de onda de choque en el tubo de transmisión. |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13763-24:2002 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 24: Determinación de la no conductividad del tubo de transmisión. |
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EN 13763-25:2004 Explosivos para uso civil. Detonadores y relés. Parte 25: Determinación de la capacidad de transferencia de los relés y accesorios de empalme. |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13857-1:2003 Explosivos para uso civil. Parte 1: Terminología. |
Esta es la primera publicación |
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EN 13857-3:2002 Explosivos para uso civil. Parte 3: Información a suministrar por el fabricante o su representante autorizado al usuario. |
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EN 13938-1:2004 Explosivos para uso civil. Propulsantes y propulsores para cohetes. Parte 1: Requisitos. |
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EN 13938-1:2004/AC:2006 |
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EN 13938-2:2004 Explosivos para uso civil. Propulsantes y propulsores para cohetes. Parte 2: Determinación de la resistencia a la energía electroestática |
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EN 13938-3:2003 Explosivos para uso civil. Propulsantes y propulsores para cohetes. Parte 3: Determinación de la transición deflagración-detonación. |
Esta es la primera publicación |
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EN 13938-4:2003 Explosivos para uso civil. Propulsantes y propulsores para cohetes. Parte 4: Determinación de la velocidad de combustión en condiciones ambientales. |
Esta es la primera publicación |
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EN 13938-5:2004 Explosivos para uso civil. Propulsantes y propulsores para cohetes. Parte 5: Determinación de huecos y grietas. |
Esta es la primera publicación |
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CEN |
EN 13938-7:2004 Explosivos para uso civil. Propulsantes y propulsores para cohetes. Parte 7: Determinación de las propiedades de la pólvora negra. |
Esta es la primera publicación |
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Nota 1: |
Generalmente la fecha límite para obtener presunción de conformidad será la fecha de la retirada («dow»), indicada por la organización europea de normalización, pero se llama la atención de los usuarios de estas normas sobre el hecho de que en ciertas ocasiones excepcionales pudiera ser otro el caso. |
Nota 2.1: |
La norma nueva (o modificada) tiene el mismo campo de aplicación que la norma sustituida. En la fecha declarada, la norma sustituida deja de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión. |
Nota 2.2: |
La norma nueva tiene un campo de aplicación más amplio que las normas sustituidas. En la fecha declarada las normas sustituidas dejan de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión. |
Nota 2.3: |
La norma nueva tiene un campo de aplicación más limitado que la norma sustituida. En la fecha declarada la norma sustituida (parcialmente) deja de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión para los productos o servicios que pertenecen al campo de aplicación de la norma nueva. No se ve afectada la presunción de la conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión por lo que se refiere a los productos o servicios que siguen estando en el campo de aplicación de la norma (parcialmente) sustituida, pero que no pertenencen al campo de aplicación de la norma nueva. |
Nota 3: |
En caso de modificaciones, la norma referenciada es la norma EN CCCCC:YYYY, sus modificaciones previas, si las hubiera, y esta nueva modificación; la norma retirada y sustituida, por lo tanto, consiste en la norma EN CCCCC:YYYY y sus modificaciones previas, si las hubiera, pero sin la nueva modificación. En la fecha declarada, la norma sustituida deja de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión. |
NOTA:
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Todas las informaciones sobre la disponibilidad de las normas pueden obtenerse o en las organizaciones europeas de normalización o en los organismos nacionales de normalización, cuya lista se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea de conformidad con el artículo 27 del Reglamento (UE) no 1025/2012 (2). |
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Las organizaciones europeas de normalización adoptan las normas armonizadas en inglés (el CEN y el CENELEC también las publican en alemán y en francés). Luego, los organismos nacionales de armonización traducen los títulos de las normas armonizadas a todas las demás lenguas oficiales de la Unión Europea que se requieran. La Comisión Europea no es responsable de la exactitud de los títulos que se le presentan para su publicación en el Diario Oficial. |
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Las referencias a las correcciones de errores «[…]/AC:AAAA» solo se publican con fines informativos. Las correcciones de errores eliminan errores de impresión, lingüísticos o similares de un texto y pueden hacer referencia a una o a varias versiones lingüísticas (inglés, francés y/o alemán) de una norma, tal y como ha sido adoptada por la organización europea de normalización. |
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La publicación de las referencias en el Diario Oficial de la Unión Europea no implica que las normas estén disponibles en todas las lenguas oficiales de la Unión Europea. |
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Esta lista reemplaza las listas anteriores publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea. La Comisión Europea garantiza la puesta al día de la presente lista. |
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Para obtener más información sobre normas armonizadas y otras normas europeas consulte la dirección siguiente: http://ec.europa.eu/growth/single-market/european-standards/harmonised-standards/index_en.htm |
(1) OEN: organización europea de normalización:
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CEN: Avenue Marnix 17, B-1000, Brussels, Tel. +32 2 5500811; fax + 32 2 5500819 (http://www.cen.eu) |
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CENELEC: Avenue Marnix 17, B-1000, Brussels, Tel. +32 2 5196871; fax + 32 2 5196919 (http://www.cenelec.eu) |
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ETSI: 650, route des Lucioles, F-06921 Sophia Antipolis, Tel. +33 492 944200; fax +33 493 654716, (http://www.etsi.eu) |
(2) DO C 338 de 27.9.2014, p. 31.