COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 22.6.2017
COM(2017) 333 final
2017/0137(NLE)
Propuesta de
DECISIÓN DEL CONSEJO
relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y Nueva Zelanda de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, y el artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de las concesiones en la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.CONTEXTO DE LA PROPUESTA
•Razones y objetivos de la propuesta
Con la adhesión de la República de Croacia, la Unión Europea ha ampliado su unión aduanera. En consecuencia, de acuerdo con las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) —artículo XXIV, párrafo 6, del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994—, la Unión Europea está obligada a entablar negociaciones con los miembros de la OMC que tengan derechos de negociación respecto a la lista arancelaria de Croacia para acordar finalmente un ajuste compensatorio. Debe aplicarse este ajuste si la adopción del régimen arancelario exterior de la UE da lugar a un aumento del arancel por encima del nivel respecto del cual el país adherente ha contraído una obligación en la OMC.
El 15 de julio de 2013, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, del GATT de 1994. La Comisión ha negociado con los miembros de la OMC que tienen derechos de negociación respecto a la supresión de concesiones específicas en relación con la retirada de la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea.
Las negociaciones con Nueva Zelanda dieron lugar a un proyecto de Acuerdo en forma de Canje de Notas que se rubricó el 18 de mayo de 2017 en Ginebra («el Acuerdo»). Por consiguiente, mediante la presente propuesta se solicita al Consejo que adopte una decisión relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas con Nueva Zelanda. Paralelamente, también se presenta una propuesta aparte sobre la firma de dicho Acuerdo.
•Coherencia con las disposiciones existentes en la misma política sectorial
La propuesta es coherente con la práctica seguida en anteriores ampliaciones de la UE.
•Coherencia con otras políticas de la Unión
La propuesta sigue la práctica de la UE, que es coherente con la acción exterior y las políticas industriales y agrícolas de la Unión.
2.BASE JURÍDICA, SUBSIDIARIEDAD Y PROPORCIONALIDAD
•Base jurídica
El artículo 207 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), leído en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a), inciso v), relativo a la celebración de los acuerdos internacionales.
•Subsidiariedad (en el caso de competencia no exclusiva)
La propuesta se incluye en el ámbito de competencia exclusiva de la Unión enunciado en el artículo 3, apartado 1, letra e), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Por consiguiente, no se aplica el principio de subsidiariedad.
•Proporcionalidad
Nueva Zelanda se vio afectada por la supresión de las concesiones de Croacia. Los ajustes compensatorios no son superiores a los derechos de Nueva Zelanda a este respecto. La propuesta cumple el principio de proporcionalidad.
•Elección del instrumento
De conformidad con el artículo 218, apartado 6, letra a), del TFUE se requiere una Decisión del Consejo por la que se autorice la celebración del Acuerdo.
3.CONSULTAS CON LAS PARTES INTERESADAS
•Consultas con las partes interesadas
Se ha consultado periódicamente al Consejo (al Comité de Política Comercial) sobre el contenido y los avances de las negociaciones. Se ha informado al Parlamento Europeo (a la Comisión de Comercio Internacional) al respecto.
4.REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS
Véase la ficha financiera.
5.OTROS ELEMENTOS
•Planes de aplicación
Mediante la presente propuesta se solicita al Consejo que adopte una decisión relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas con Nueva Zelanda. Paralelamente, también se presenta al Consejo una propuesta aparte sobre la firma de dicho Acuerdo.
Los resultados del Acuerdo son los siguientes:
Se añaden 1 875 toneladas al contingente arancelario de la UE de «carne de bovino, congelada; despojos comestibles de bovino, congelados» (partidas arancelarias 0202 y 0206 29 91) y se mantiene el actual derecho contingentario del 20 %. El nuevo contingente arancelario será de 54 875 toneladas.
Se añaden 135 toneladas (peso en canal) al contingente arancelario de la UE de «carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada» asignado a Nueva Zelanda (partida arancelaria 0204), y se mantiene el actual derecho contingentario del 0 %. El nuevo contingente arancelario asignado a Nueva Zelanda será de 228 389 toneladas.
La Comisión adoptará reglamentos de ejecución para ampliar y gestionar los contingentes pertinentes, de conformidad con el artículo 187, letra a), del Reglamento de la organización común de mercados única [Reglamento (CE) n.º 1308/2013].
Estas medidas de ejecución se preparan en paralelo a la presente propuesta.
2017/0137 (NLE)
Propuesta de
DECISIÓN DEL CONSEJO
relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y Nueva Zelanda de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, y el artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de las concesiones en la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, leído en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v),
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Vista la aprobación del Parlamento Europeo,
Considerando lo siguiente:
(1)El 15 de julio de 2013, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con otros miembros de la Organización Mundial del Comercio de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 («GATT de 1994»), en el marco de la adhesión de la República de Croacia a la Unión.
(2)La Comisión negoció con arreglo a las directrices de negociación adoptadas por el Consejo.
(3)Estas negociaciones han finalizado con la rúbrica el 18 de mayo de 2017 del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y Nueva Zelanda, de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, y el artículo XXVIII del GATT de 1994, relativo a la modificación de las concesiones en la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión.
(4)El Acuerdo se firmó en nombre de la Unión el [… ], sin perjuicio de su celebración en una fecha posterior, de conformidad con la Decisión [… ] del Consejo.
(5)Procede aprobar el Acuerdo.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y Nueva Zelanda, de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, y el artículo XXVIII del GATT de 1994, relativo a la modificación de las concesiones en la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea.
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
El Presidente del Consejo designará a la(s) persona(s) facultada(s) para proceder, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el Acuerdo.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.
Hecho en Bruselas, el
Por el Consejo
El Presidente
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FICHA FINANCIERA
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FECHA:
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1.
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LÍNEA PRESUPUESTARIA:
Capítulo 12 – Derechos de aduana y otros derechos.
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2.
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DENOMINACIÓN:
Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y Nueva Zelanda de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, y el artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de las concesiones en la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea.
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3.
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BASE JURÍDICA:
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 207 y 218.
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4.
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OBJETIVOS:
Celebrar un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y Nueva Zelanda.
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5.
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INCIDENCIA FINANCIERA
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EJERCICIO EN CURSO [2017]
(millones de euros)
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EJERCICIO SIGUIENTE [2018]
(millones de euros)
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EJERCICIO 2019:
(millones de euros)
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5.0.
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GASTOS
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A CARGO DEL PRESUPUESTO UE
(RESTITUCIONES/INTERVENCIONES)
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A CARGO DE LOS PRESUPUESTOS NACIONALES
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A CARGO DE OTROS SECTORES
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5.1.
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INGRESOS
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RECURSOS PROPIOS UE
(EXACCIONES REGULADORAS / DERECHOS DE ADUANA)
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EN EL ÁMBITO NACIONAL
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2017
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2018
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2019
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5.0.1.
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PREVISIÓN DE GASTOS
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5.1.1.
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PREVISIÓN DE INGRESOS
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5.2.
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MÉTODO DE CÁLCULO: volúmenes multiplicados por el derecho contingentario
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6.0.
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¿SE FINANCIA EL PROYECTO CON CRÉDITOS CONSIGNADOS EN EL CAPÍTULO CORRESPONDIENTE DEL PRESUPUESTO EN CURSO DE EJECUCIÓN?
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NO
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6.1.
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¿SE FINANCIA EL PROYECTO MEDIANTE TRANSFERENCIA ENTRE CAPÍTULOS DEL PRESUPUESTO EN CURSO DE EJECUCIÓN?
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NO
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6.2.
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¿SE PRECISA UN PRESUPUESTO SUPLEMENTARIO?
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NO
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6.3.
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¿SE CONSIGNARÁN CRÉDITOS EN FUTUROS PRESUPUESTOS?
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NO
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OBSERVACIONES:
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COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 22.6.2017
COM(2017) 333 final
ANEXO
de la
propuesta de Decisión del Consejo
relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y Nueva Zelanda de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, y el artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de las concesiones en la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea
ACUERDO EN FORMA DE CANJE DE NOTAS
entre la Unión Europea y Nueva Zelanda, de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, y el artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de las concesiones en las listas de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea
A. Nota de la Unión
Muy señor mío / Muy señora mía:
Tras las negociaciones con arreglo al artículo XXIV, párrafo 6, y al artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea, tengo el honor de proponer lo siguiente:
La Unión Europea incorporará en su lista, para el territorio aduanero de la EU 28, las concesiones que figuran en la lista de la EU 27, con las modificaciones siguientes:
Se añaden 1 875 toneladas al contingente arancelario de la UE de «carne de bovino, congelada; despojos comestibles de bovino, congelados» (partidas arancelarias 0202 y 0206 29 91) y se mantiene el actual derecho contingentario del 20 %. El nuevo contingente arancelario será de 54 875 toneladas.
Se añaden 135 toneladas (peso en canal) al contingente arancelario de la UE de «carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada» (partida arancelaria 0204) asignado a Nueva Zelanda, y se mantiene el actual derecho contingentario del 0 %. El nuevo contingente arancelario asignado a Nueva Zelanda será de 228 389 toneladas.
La Unión Europea y Nueva Zelanda se notificarán mutuamente la finalización de sus procedimientos internos para la entrada en vigor del Acuerdo. El Acuerdo entrará en vigor catorce días después de la fecha de recepción de la última notificación.
Le agradecería tuviese a bien confirmar el acuerdo de su Gobierno sobre lo que precede. Tengo el honor de proponerle que, si lo que precede es aceptable para su Gobierno, la presente Nota y la confirmación por su parte constituyan conjuntamente un Acuerdo, en forma de Canje de Notas, entre la Unión Europea y Nueva Zelanda.
Reciba el testimonio de mi más alta consideración.
Por la Unión Europea
B. Nota de Nueva Zelanda
Muy señor mío / Muy señora mía:
Tengo el honor de acusar recibo de su Nota con fecha de hoy [...], redactada en los siguientes términos:
«Tras las negociaciones con arreglo al artículo XXIV, párrafo 6, y al artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, sobre la modificación de la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea, tengo el honor de proponer lo siguiente:
La Unión Europea incorporará en su lista, para el territorio aduanero de la EU 28, las concesiones que figuran en la lista de la EU 27, con las modificaciones siguientes:
Se añaden 1 875 toneladas al contingente arancelario de la UE de “carne de bovino, congelada; despojos comestibles de bovino, congelados” (partidas arancelarias 0202 y 0206 29 91) y se mantiene el actual derecho contingentario del 20 %. El nuevo contingente arancelario será de 54 875 toneladas.
Se añaden 135 toneladas (peso en canal) al contingente arancelario de la UE de “carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada” (partida arancelaria 0204) asignado a Nueva Zelanda, y se mantiene el actual derecho contingentario del 0 %. El nuevo contingente arancelario asignado a Nueva Zelanda será de 228 389 toneladas.
La Unión Europea y Nueva Zelanda se notificarán mutuamente la finalización de sus procedimientos internos para la entrada en vigor del Acuerdo. El Acuerdo entrará en vigor catorce días después de la fecha de recepción de la última notificación.
Le agradecería tuviese a bien confirmar el acuerdo de su Gobierno sobre lo que precede. Tengo el honor de proponerle que, si lo que precede es aceptable para su Gobierno, la presente Nota y la confirmación por su parte constituyan conjuntamente un Acuerdo, en forma de Canje de Notas, entre la Unión Europea y Nueva Zelanda.».
Por mi parte, le comunico el acuerdo de mi Gobierno con el contenido de dicha Nota.
Por Nueva Zelanda