Bruselas, 30.6.2017

COM(2017) 601 final

INFORME DE LA COMISIÓN

INFORME ANUAL 2016
SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LA COMISIÓN EUROPEA
Y LOS PARLAMENTOS NACIONALES


INFORME DE LA COMISIÓN

INFORME ANUAL 2016
SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LA COMISIÓN EUROPEA

Y LOS PARLAMENTOS NACIONALES

1. INTRODUCCIÓN

En 2014, cuando el presidente Juncker presentó las orientaciones políticas que fijarían el marco para los trabajos de la Comisión que preside, destacó la importancia de las relaciones con los Parlamentos nacionales, en particular garantizando el respeto del principio de subsidiariedad. En su segundo año completo de mandato, la Comisión continuó sus esfuerzos para profundizar en estas importantes relaciones con los Parlamentos nacionales con el fin de acercar la Unión Europea a sus ciudadanos.

La importancia concedida por la Comisión a sus relaciones con los Parlamentos nacionales fue subrayada por el presidente Juncker en las cartas de mandato que envió a todos los miembros de la Comisión, y de nuevo resaltada en su discurso sobre el estado de la Unión pronunciado en el Parlamento Europeo el 14 de septiembre de 2016, donde subrayó que «Europa solo puede construirse con los Estados miembros, nunca contra ellos». El presidente Juncker resaltó el número de reuniones entre los miembros de la Comisión y los Parlamentos nacionales desde el principio del mandato, que han servido para acercar Europa a sus ciudadanos y sus representantes nacionales. También anunció la intención de la Comisión de reactivar esta relación mediante la presentación del estado de la Unión por los comisarios a los Parlamentos nacionales. En consecuencia, el estado de la Unión ya se ha presentado y debatido en casi todos los Parlamentos nacionales.

Además de estos contactos directos entre los miembros de la Comisión y los Parlamentos nacionales, la Comisión ha mantenido una activa correspondencia con los Parlamentos nacionales mediante el diálogo político y el mecanismo de control de la subsidiariedad.

El presente informe, en su duodécima edición, se centra en el diálogo político de la Comisión con los Parlamentos nacionales, que se inició en 2006 con el objetivo de fomentar la participación de estos en la elaboración y la aplicación de las políticas de la UE. El mecanismo de control de la subsidiariedad, que otorga a los Parlamentos nacionales el derecho a evaluar si las propuestas legislativas en ámbitos que no son competencia exclusiva de la Unión Europea respetan el principio de subsidiariedad, se aborda en el informe anual de 2016 sobre la subsidiariedad y la proporcionalidad 1 . Dicho informe, que se publica paralelamente, debe considerarse complementario del presente informe.

2. DICTÁMENES ESCRITOS DE LOS PARLAMENTOS NACIONALES

a. Observaciones generales 

En el año 2016 se produjo un aumento significativo del número de dictámenes (incluidos los dictámenes motivados) enviados por los Parlamentos nacionales a la Comisión. En total, los Parlamentos nacionales emitieron 620 dictámenes durante el año, lo que representa un aumento del 77 % con respecto a 2015 (350 dictámenes) y solamente los dictámenes motivados aumentaron de 8 en 2015 a 65 en 2016, lo que supone un aumento de más del 700 % 2 .

 

b. Participación y alcance

Al igual que en años anteriores, el número de dictámenes enviados a la Comisión se distribuyó de forma desigual entre los Parlamentos nacionales. Las 10 Cámaras más activas emitieron aproximadamente el 73 % de los dictámenes (452), que es un porcentaje similar al observado en 2015, en que un 70 % de los dictámenes procedieron de las 10 Cámaras más activas.

Al contrario que en años anteriores, en que la Cámara más activa fue la Assembleia da República portuguesa, la que presentó el mayor número de dictámenes en 2016 fue el Senato della Repubblica italiano. Sus 81 dictámenes representaron alrededor del 13 % del total recibido. Las demás Cámaras o Parlamentos nacionales que enviaron 10 o más dictámenes fueron la Camera Deputaților rumana (70), la Assembleia da República portuguesa (57), el Bundesrat alemán (47), el Senát checo (46), el Senat rumano (43), la Assemblée nationale francesa (33), la Camera dei Deputati italiana (27), el Sénat francés (25), el Riksdag sueco (23), el Poslanecká sněmovna checo (19), el Senat polaco (17), la House of Lords británica (17), las Cortes Generales españolas (13) 3 y el Bundesrat austriaco (11 ).

c. Temas fundamentales del diálogo político

Los siguientes documentos de la Comisión fueron algunos de los que suscitaron especial atención por parte de los Parlamentos nacionales (para más información, véase el anexo 2).

1. Comunicación sobre el programa de trabajo de la Comisión para 2016: No es momento de dejar las cosas como están 4

2. Propuesta de Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios 5

3. Propuesta de Reglamento por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (texto refundido) 6

4. Propuesta de Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos digitales 7  y Propuesta de Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa en línea y otras ventas a distancia de bienes 8

La propuesta de Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores dio lugar a 14 dictámenes motivados y desencadenó, por solo tercera vez desde su entrada en vigor, el mecanismo establecido en el artículo 7, apartado 2, del Protocolo n.º 2 de los Tratados, que se conoce como procedimiento de «tarjeta amarilla». La propuesta de Reglamento por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (texto refundido) dio lugar a ocho dictámenes motivados. El informe anual sobre la subsidiariedad y la proporcionalidad contiene una descripción más detallada.

·Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre el programa de trabajo de la Comisión para 2016: No es momento de dejar las cosas como están. 

En consonancia con el compromiso contraído en las Orientaciones Políticas de centrarse en aquellos ámbitos en los que la Unión Europea sea capaz de marcar una verdadera diferencia, el programa de trabajo de 2016 contenía un número limitado de nuevas iniciativas estructuradas en torno a las 10 prioridades mencionadas por el presidente Juncker al inicio de su mandato. Al igual que el año anterior, el programa de trabajo para 2016 incluye también una lista de propuestas legislativas pendientes de retirada, así como una lista de actos legislativos que deben revisarse en el marco del programa de adecuación y eficacia de la reglamentación (REFIT).

El programa de trabajo de 2016 se adoptó el 27 de octubre de 2015 y fue enviado por el vicepresidente primero Frans Timmermans, a los presidentes de las comisiones de asuntos europeos de todos los Parlamentos nacionales con una carta en la que confirmaba la disposición de los miembros de la Comisión para visitar los Parlamentos nacionales a petición de estos, a fin de presentar y debatir el programa de trabajo.

La Comisión recibió un total de 25 dictámenes sobre el programa de trabajo para 2016, que comprende dictámenes individuales procedentes de 9 Cámaras 9 y un dictamen conjunto presentado por la Tweede Kamer de los Países Bajos en nombre de 16 Cámaras 10 en el que cada una había enumerado sus propias prioridades entre las iniciativas propuestas por la Comisión. Prácticamente todas las Cámaras que firmaron el dictamen conjunto citaron como prioridades el Paquete «Unión de la Energía» y la mejora de la gestión de la migración. Entre otras iniciativas definidas como prioritarias por la mayoría de las Cámaras figuran el paquete sobre economía circular, la revisión del marco financiero plurianual 2014-2020, la ejecución de la Estrategia para el Mercado Único Digital, el paquete de medidas sobre movilidad laboral, la culminación de la Unión Bancaria y el paquete sobre gestión de fronteras.

En sus respuestas a los dictámenes recibidos, la Comisión acogió con satisfacción la manifestación de interés de los Parlamentos nacionales en el programa de trabajo y el apoyo permanente a que la Comisión se centre en un número limitado de iniciativas que aporten valor añadido a escala europea. También acogió con satisfacción la oportunidad que ofrece el programa de trabajo de intercambiar con los Parlamentos nacionales puntos de vista sobre sus prioridades desde el inicio.

·Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica la Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios 

El 8 de marzo de 2016, la Comisión adoptó una propuesta relativa a una revisión específica de la Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores de 1996 11 . En esencia, el objetivo de la revisión es hacer que la aplicación de la libre prestación de servicios en la Unión tenga lugar en condiciones que garanticen la equidad para las empresas y el respeto de los derechos de los trabajadores. La propuesta introduce cambios en tres ámbitos principales: remuneración de los trabajadores desplazados, incluso en situaciones de subcontratación; normas sobre los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal; y desplazamiento de larga duración. En particular, la propuesta prevé que todas las normas sobre remuneración obligatorias del Estado miembro de acogida son aplicables a los trabajadores desplazados a su territorio.

La Comisión recibió 23 dictámenes 12 sobre esta propuesta, 14 de ellos motivados, poniéndose en marcha el procedimiento con arreglo al artículo 7, apartado 2, del Protocolo 2 de los Tratados (el denominado procedimiento de «tarjeta amarilla»). El contenido de los dictámenes motivados y la respuesta de la Comisión a las observaciones de los Parlamentos nacionales en materia de subsidiariedad se describen con mayor detalle en el informe anual de 2016 sobre la subsidiariedad y la proporcionalidad. En general, los dictámenes recibidos pusieron de manifiesto una gran divergencia entre las posiciones de los Parlamentos nacionales: mientras que algunas Cámaras criticaron duramente la propuesta, otras expresaron su apoyo a la iniciativa. Las observaciones críticas formuladas por los Parlamentos nacionales incluyen, entre otras cosas, la elección de la base jurídica, la conformidad de la propuesta con el principio de proporcionalidad, y su posible interferencia con las competencias de los interlocutores sociales para celebrar un convenio colectivo o con las competencias de los Gobiernos nacionales para hacer que un convenio colectivo sea universalmente aplicable.

La Comisión respondió a todas las Cámaras afectadas, abordando sus comentarios individuales relacionados con asuntos distintos a la subsidiariedad. Los comentarios relacionados con cuestiones de subsidiariedad se abordan en la Comunicación de la Comisión de 20 de julio de 2016 13 .

·Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (Texto refundido). 

El 4 de mayo de 2016, la Comisión presentó tres propuestas para reformar el Sistema Europeo Común de Asilo 14 . La propuesta para la revisión del Reglamento de Dublín 15 introdujo un nuevo «mecanismo de asignación correctora» a fin de garantizar que ningún Estado miembro quede con una presión desproporcionada sobre su sistema de asilo. Con arreglo a este mecanismo, en tiempos de presión migratoria desproporcionada en un Estado miembro se activaría un sistema automatizado mediante el cual los solicitantes de asilo serían reubicados en otros países de la Unión Europea. Los Estados miembros pueden suspender temporalmente su participación en el mecanismo, en cuyo caso estarían obligado a aportar una contribución financiera de 250 000 EUR por cada solicitante de asilo que hubieran tenido que aceptar.

Esta propuesta dio lugar a 14 dictámenes en 2016 16 , entre ellos ocho motivados. El contenido de los dictámenes motivados y la respuesta de la Comisión a las observaciones de los Parlamentos nacionales en materia de subsidiariedad se detallan en el informe anual de 2016 sobre la subsidiariedad y la proporcionalidad. En cuanto a las alegaciones contenidas en los dictámenes que no se referían al principio de subsidiariedad, muchas Cámaras señalaron que la contribución financiera de 250 000 EUR es desproporcionada, y que el importe no se justifica. Algunos Parlamentos nacionales también insistieron en que las disposiciones relativas a los menores no acompañados deberían modificarse en función del interés superior del menor y las garantías pertinentes. Por último, algunas Cámaras plantearon dudas en cuanto a la base jurídica de la propuesta.

En respuesta, la Comisión explicó que el importe de la contribución de solidaridad por solicitante incluye los costes de acogida de los solicitantes de asilo durante una serie de años. La Comisión también observó el elemento disuasorio de la contribución, puesto que el objetivo de la propuesta es la plena participación de los Estados miembros en el mecanismo de equidad.

Por lo que atañe a la cuestión de los menores no acompañados, la Comisión indicó que, a fin de garantizar que estos tengan un acceso rápido a los procedimientos de asilo, la propuesta aclara que el Estado miembro responsable debe ser aquel en el que el menor hubiera presentado su primera solicitud de protección internacional, salvo que se demuestre que esto no redunda en el interés superior del menor. La Comisión subrayó que el principio de que el interés superior del menor será una consideración primordial en todos los procedimientos previstos en el Reglamento de Dublín sigue siendo válido. 

Por lo que se refiere a la base jurídica de la propuesta, la Comisión señaló que el artículo 78, apartado 2, letra e), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea establece que el Parlamento Europeo y el Consejo adoptarán medidas relativas a un sistema europeo común de asilo que incluya, entre otras cosas, criterios y mecanismos para determinar el Estado miembro responsable de examinar una solicitud de asilo o de protección subsidiaria, y que al igual que el Reglamento (UE) n.º 604/2013 «Dublín III», la propuesta de refundición de este Reglamento se basa en dicha disposición.

·Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos digitales y Propuesta de Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa en línea y otras ventas a distancia de bienes

Como parte de la estrategia del mercado único digital, la Comisión adoptó dos propuestas en diciembre de 2015 a fin de proteger mejor a los consumidores que compran en línea en la UE y ayudar a las empresas a ampliar sus ventas en línea. El principal objetivo de ambas es eliminar los obstáculos relacionados con el Derecho contractual que obstaculizan el comercio transfronterizo en línea, en beneficio de las empresas y los consumidores.

La Comisión recibió 11 dictámenes sobre la propuesta de Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos digitales 17 y 12 sobre la Propuesta de Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa en línea y otras ventas a distancia de bienes 18 ; ocho de los dictámenes incluían ambas propuestas 19 . Uno de los dictámenes que incluía ambas propuestas era un dictamen motivado del Sénat francés.

La mayoría de los dictámenes de los Parlamentos nacionales coincidieron en la necesidad de un nivel adecuado de protección del consumidor a escala de la UE respecto del suministro de contenidos digitales. Sobre la propuesta de Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos digitales, varios Parlamentos nacionales realizaron una serie de comentarios sobre su coherencia con otras iniciativas de la UE en materia de consumo, propiedad intelectual o normativa sobre protección de datos, la posibilidad de los proveedores de eludir su responsabilidad por falta de conformidad, o la inclusión en el ámbito de aplicación de la propuesta de contenidos digitales suministrados a cambio de datos.

En sus respuestas, la Comisión señaló que un conjunto común de normas podría colmar el vacío jurídico y garantizar la seguridad jurídica, previniendo al mismo tiempo la fragmentación del mercado único. En cuanto al fondo, si bien la propuesta no establece un período legal de garantía para los productos de contenido digital, dado que no están no sujetos a desgaste, la inversión ilimitada de la carga de la prueba contenida en la propuesta fijaría un nivel muy elevado de protección de los consumidores. Por lo que se refiere a la relación entre la propuesta sobre contenidos digitales y el Reglamento general de protección de datos (RGPD), la Comisión respondió que la propuesta aclara que la Directiva se aplicaría sin perjuicio de las normas sobre protección de datos, incluidas las relativas a la protección de menores.

En relación con la propuesta sobre la compraventa en línea y otras ventas a distancia de bienes, una serie de Parlamentos nacionales señalaron que las nuevas normas solo serían aplicables a la compraventa en línea y otras ventas a distancia de bienes, pero no a las ventas presenciales. Por otro lado, los Parlamentos nacionales formularon observaciones sobre la propuesta de nuevas normas relativas a la inversión de la carga de la prueba, la responsabilidad por daños y perjuicios y el período de garantía legal.

En sus respuestas, la Comisión hizo hincapié en la necesidad de suprimir las diferencias entre las normas nacionales de Derecho contractual en materia de consumo en ámbitos clave, por ejemplo, la duración del período de garantía y la inversión de la carga de la prueba. La Comisión también hizo hincapié en la importancia de garantizar un marco jurídico coherente en toda la UE para las ventas de bienes en línea o a distancia y presenciales. Además, la Comisión informó de que había iniciado un «chequeo» de la legislación de la UE sobre consumidores y comercialización que cubre seis directivas, como la Directiva sobre garantías y ventas de bienes de consumo. Por último, la Comisión insistió en que el nivel global de protección de los consumidores sigue siendo muy elevado en todos los Estados miembros, en la medida en que un posible descenso del nivel de protección de los consumidores nacionales sobre algunos puntos específicos en determinados Estados miembros se vería compensado en cierta medida por otras normas de la propuesta que prevén un mayor nivel de protección de los consumidores mediante, por ejemplo, la ampliación del plazo para la inversión de la carga de la prueba de seis meses a dos años.

Por lo que respecta a las cuestiones de subsidiariedad planteadas por el Sénat francés, la Comisión recuerda que la elección de la armonización plena a escala europea, junto con un alto nivel de protección de los consumidores, es la única capaz de alcanzar los dos objetivos de seguridad jurídica y confianza de los consumidores. La Comisión hizo hincapié en que los Estados miembros no estarían en condiciones, por iniciativa propia, de eliminar de manera suficiente los obstáculos existentes entre las legislaciones nacionales en materia de contratos. Las diferentes normas contractuales sobre, por ejemplo, el período de garantía legal o la conformidad, son precisamente los obstáculos que la propuesta de la Comisión tiene por objeto resolver.

d. Resultado del diálogo político

El proceso legislativo que condujo a la adopción de dos propuestas de la Comisión, que atrajo numerosas observaciones por parte de los Parlamentos nacionales en 2016, se completó en el mismo año. Por tanto, es posible comparar en el presente Informe las propuestas iniciales de la Comisión con los textos finales aprobados. Debido a los numerosos agentes implicados, no es posible establecer un vínculo directo entre la posición de un Parlamento nacional y el resultado del proceso legislativo. No obstante, los dictámenes de los Parlamentos nacionales constituyeron una fuente inestimable de información y análisis para las interacciones de la Comisión con las demás instituciones.

·Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la Guardia Europea de Fronteras y Costas y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 2007/2004, el Reglamento (CE) n.º 863/2007 y la Decisión 2005/267/CE del Consejo

El 15 de diciembre de 2015, la Comisión adoptó una propuesta para crear una Guardia Europea de Fronteras y Costas 20 , como parte de los esfuerzos para garantizar una gestión rigurosa y compartida de las fronteras exteriores de la Unión Europea. La Guardia Europea de Fronteras y Costas, que es una de las medidas propuestas en el marco de la Agenda Europea de Migración 21 , agrupará una Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas creada a partir de Frontex y a las autoridades de los Estados miembros responsables de la gestión de las fronteras, que seguirán realizando la gestión cotidiana de las fronteras exteriores.

La Comisión recibió diez dictámenes sobre la propuesta 22 . Muchas Cámaras expresaron su apoyo a la creación de la Guardia Europea de Fronteras y Costas. Al mismo tiempo, muchas Cámaras expresaron inquietudes en relación con las disposiciones con arreglo a las cuales las competencias de la Agencia podrían interferir con las competencias de los Estados miembros en relación con la protección de sus fronteras y el mantenimiento de la seguridad interior y el orden público. Muchas Cámaras expresaron dudas sobre las disposiciones del artículo 18 de la propuesta de la Comisión según el cual, en determinadas situaciones que exijan una actuación urgente en las fronteras exteriores (por ejemplo, en caso de que exista una presión migratoria desproporcionada), la Comisión, previa consulta a la Agencia, podría adoptar una decisión que determine las medidas que habrá de aplicar la Agencia y que requiera al Estado miembro afectado que coopere con la Agencia para la aplicación de dichas medidas. En opinión de las Cámaras, debe ser el Consejo, y no la Comisión y la Agencia, el responsable de la adopción de estas medidas, y los Estados miembros tendrían que estar de acuerdo con ellas.

A raíz de los debates en el Parlamento Europeo y el Consejo, la propuesta de Reglamento se adoptó el 14 de septiembre de 2016 23 , lo que demuestra la capacidad de las instituciones europeas para responder con rapidez a los retos urgentes. De conformidad con el Reglamento, la Guardia Europea de Fronteras y Costas combinará una nueva Agencia reforzada, a partir de los fundamentos establecidos en Frontex, con la posibilidad de recurrir a un contingente de guardias de fronteras de reacción rápida. El Reglamento establece que los Estados miembros serán los principales responsables de la gestión de sus secciones de las fronteras exteriores de la Unión. Los Estados miembros seguirán manteniendo sus competencias y soberanía en sus fronteras y gestionando sus fronteras exteriores de forma cotidiana. De conformidad con el Reglamento, en caso de situaciones que requieran una acción urgente en las fronteras exteriores, las decisiones necesarias deben ser adoptadas por el Consejo, sobre la base de una propuesta de la Comisión y después de consultar a la Agencia. Tales decisiones podrían prever medidas para atenuar los riesgos en las fronteras del Estado miembro de que se trate, que serán ejecutadas por la Agencia en colaboración con el Estado miembro en cuestión sobre la base de un plan operativo acordado en común.

·Propuesta de Directiva del Consejo por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que afectan directamente al funcionamiento del mercado interior 

El 28 de enero de 2016, la Comisión presentó su propuesta de Directiva contra la elusión fiscal, como parte del paquete de lucha contra la elusión fiscal 24 . El 20 de junio de 2016, el Consejo adoptó la Directiva (UE) 2016/1164 por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que afectan directamente al funcionamiento del mercado interior 25 . Con el fin de proporcionar un marco global en materia de asimetrías híbridas, incluidas las relativas a terceros países, la Comisión presentó el 25 de octubre de 2016 una propuesta para complementar la norma existente sobre asimetrías híbridas [COM(2016) 687 final]. Las normas sobre asimetrías híbridas pretenden impedir que las empresas exploten las diferencias en las legislaciones nacionales para evitar la tributación.

La Directiva contra la elusión fiscal contiene cinco medidas jurídicamente vinculantes para combatir los abusos, que todos los Estados miembros deben aplicar contra las formas más comunes de la planificación fiscal agresiva. Las cinco medidas incluyen normas para impedir el traslado de beneficios a países con una imposición baja o nula, para evitar la doble no imposición de determinados ingresos, para evitar que las empresas eludan el pago de impuestos cuando trasladan activos, para desalentar los mecanismos de deuda artificiales destinados a minimizar los impuestos, y para contrarrestar la planificación fiscal agresiva cuando no se aplican otras normas.

La Comisión recibió un total de siete dictámenes de los Parlamentos nacionales sobre la propuesta de Directiva contra la elusión fiscal, incluidos dos dictámenes motivados de la Kamra tad-Deputati maltesa y del Riksdag 26 sueco. La Kamra tad-Deputati opinó que la lucha contra la elusión fiscal no debe basarse en normas comunes uniformes sin permitir una flexibilidad. El Riksdag, al tiempo que expresó su apoyo a los objetivos de la propuesta, reprochó a la Comisión haberla elaborado de forma precipitada y sin llevar a cabo una evaluación de impacto.

La Comisión consideró que las normas armonizadas para luchar contra la elusión fiscal van en beneficio del buen funcionamiento del mercado único, y destacó que los enfoques nacionales divergentes podrían crear nuevas lagunas para los planificadores fiscales agresivos y activar la competencia entre Estados miembros, socavando de este modo la eficacia de las normas fiscales de cada uno de ellos. El documento de trabajo que acompaña la propuesta aportaba numerosas pruebas económicas y puso de relieve los factores ligados a la planificación fiscal agresiva.

El Bundesrat alemán, si bien estuvo en general a favor de la propuesta de la Comisión, criticó que la Directiva solo cubriría las empresas que estén sujetas al impuesto sobre sociedades y solicitó la inclusión de empresas gestionadas como asociaciones o las empresas individuales. Sin embargo, el ámbito de aplicación de la Directiva adoptada es el mismo que el propuesto por la Comisión, a saber, las empresas sujetas al impuesto de sociedades. El Bundesrat también deseaba evitar excepciones para determinados sectores. La Comisión había propuesto no aplicar las normas relativas a las sociedades extranjeras controladas a empresas cuyo principal tipo de acciones se negociaran regularmente en una o varias bolsas de valores reconocidas. En la versión adoptada de la Directiva, esta disposición no se ha mantenido. El Bundesrat expresó su preocupación en cuanto al impacto de la regla sobre la limitación de la deducibilidad de los intereses para las pequeñas y medianas empresas. Los costes de endeudamiento excedentarios deducibles se limitan a 3 millones EUR en la Directiva adoptada, frente a 1 millón EUR en la propuesta original de la Comisión.

Por último, el Bundesrat sugirió que, en el caso de asimetrías híbridas, debería examinarse si es preferible optar por los enfoques diferenciados del informe sobre erosión de la base imponible y el traslado de beneficios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Como parte de la fórmula transaccional definitiva para la propuesta de Directiva contra la elusión fiscal de 20 de junio de 2016, el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros (Ecofin) hizo una declaración sobre asimetrías híbridas en la que pedía a la Comisión que presentara, antes de octubre de 2016, una propuesta sobre asimetrías híbridas que impliquen a terceros países, con el fin de establecer unas normas coherentes y no menos eficaces que las normas recomendadas por el informe sobre erosión de la base imponible y el traslado de beneficios de la OCDE, con objeto de llegar a un acuerdo antes del término de 2016. El 25 de octubre de 2016, la Comisión presentó una propuesta de Directiva que modifica la Directiva contra la elusión fiscal 27 basándose en las recomendaciones del informe sobre erosión de la base imponible y el traslado de beneficios de la OCDE sobre la acción 2, titulado «Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos asimétricos».

3. OTROS ASUNTOS

·Una segunda «tarjeta verde»

En los últimos años, varios Parlamentos nacionales han expresado el deseo de poder invitar a la Comisión a que presente una propuesta legislativa o que proponga enmiendas a la legislación existente utilizando una forma reforzada del diálogo político conocida como «tarjeta verde». El 11 de julio de 2016, ocho Cámaras 28 firmaron conjuntamente, por iniciativa de la Assemblée nationale francesa, una «tarjeta verde» invitando a la Comisión a presentar una ambiciosa propuesta legislativa que estableciese los principios de responsabilidad social de las empresas a escala europea, con aplicación a todas las empresa con sede en la Unión Europea y con obligaciones y sanciones concretas. El 26 de julio de 2016 se unió una novena Cámara 29 . Esta ha sido la segunda iniciativa de «tarjeta verde» después de la iniciativa de 2015 sobre la reducción del desperdicio de alimentos 30 .

En su respuesta, la Comisión expresó su agradecimiento a las Cámaras por sus contribuciones sobre este importante asunto y destacó que mantenía un enfoque proactivo en su afán por promover la responsabilidad social de las empresas a través de todas sus políticas. Puso de relieve las numerosas medidas que había adoptado en el ámbito de la responsabilidad social de las empresas, en particular en lo relativo a la normativa (Reglamento de la Unión Europea relativo a la madera, Reglamento sobre los minerales de guerra, revisión de las Directivas sobre contratación pública, Directiva sobre divulgación de información no financiera, propuesta de revisión de la Directiva sobre los derechos de los accionistas y propuesta de modificación de la Directiva sobre estados financieros por parte de determinadas empresas y filiales en lo que respecta a la divulgación de información relativa al impuesto de sociedades), así como a través de documentos de política general e iniciativas de consulta y asesoramiento voluntario.

En su Comunicación de noviembre de 2016 sobre Próximas etapas para un futuro europeo sostenible 31 , la Comisión subrayó que intensificará sus trabajos sobre conducta empresarial responsable, centrándose en acciones concretas para responder a los retos sociales, medioambientales y de gobernanza actuales y futuros, basándose en los principios fundamentales y en el enfoque de la estrategia de la Comisión sobre responsabilidad social de las empresas de la Unión Europea, de 2011. Junto con este trabajo, la Comisión sigue de cerca, en estrecha cooperación con las principales partes interesadas, la evolución de la situación en los Estados miembros y en los organismos internacionales que participan en el proceso de responsabilidad social de las empresas.

·El papel de los Parlamentos regionales

Los Parlamentos regionales contribuyen indirectamente a las relaciones de la Comisión con los Parlamentos nacionales. De conformidad con el Protocolo n.º 2 de los Tratados, al realizar el control de subsidiariedad de los proyectos de actos legislativos de la UE, con vistas a la emisión de dictámenes motivados, los Parlamentos nacionales deberán consultar, cuando proceda, a los Parlamentos regionales que posean competencias legislativas 32 .

Los Parlamentos regionales también están representados en el Comité de las Regiones. Desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el Comité se ha dotado de más competencias en materia de subsidiariedad que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea 33 , contempla de manera explícita las dimensiones local y regional. El Comité de las Regiones lleva a cabo actividades de seguimiento a través de la Red de Seguimiento de la Subsidiariedad y su plataforma en línea destinada a apoyar la participación de los Parlamentos regionales en el mecanismo de alerta temprana de la subsidiariedad (REGPEX). Las actividades del Comité de las Regiones relacionadas con el control de la subsidiariedad se describen con mayor detalle en el informe anual de 2016 sobre la subsidiariedad y la proporcionalidad.

Aunque no existe ninguna disposición explícita en los Tratados sobre la interacción directa entre la Comisión y los Parlamentos regionales, varios Parlamentos regionales, en particular Parlamentos de Austria y Alemania, presentaron a la Comisión una serie de dictámenes en 2016 sobre diversos aspectos de las propuestas de la Comisión. Una delegación de Parlamentos regionales signatarios de la «Declaración de Heiligendamm» 34 se reunió con el vicepresidente primero de la Comisión, Sr. Timmermans, en enero de 2016 para un intercambio de puntos de vista. Además, el presidente Juncker se reunió con representantes de muchas autoridades y Gobiernos regionales durante el año, entre ellos Renania del Norte-Westfalia, Brandemburgo, Baja Sajonia, Schleswig-Holstein, Renania-Palatinado y Hesse (Alemania), Provenza-Alpes-Costa Azul y Alsacia-Champaña-Ardenas-Lorena (Francia), Tirol y Estiria (Austria), Valonia (Bélgica) y Trentino-Alto Adigio (Italia). Otros miembros de la Comisión, y en particular la comisaria de Política Regional, Corina Creţu, también participaron en reuniones similares.

4. CONTACTOS BILATERALES Y VISITAS

Como en años anteriores, los miembros de la Comisión efectuaron visitas a casi todos los 28 Parlamentos nacionales en 2016. Muchas Cámaras recibieron más de una visita del presidente Juncker, el vicepresidente primero, los vicepresidentes y los comisarios. Además, algunos Parlamentos nacionales enviaron delegaciones a Bruselas o celebraron reuniones allí y aprovecharon la ocasión para reunirse con miembros de la Comisión. En total, en 2016 tuvieron lugar cerca de 180 visitas y reuniones.

De particular importancia en este contexto fueron las visitas de los miembros de la Comisión a los Parlamentos nacionales para presentar el discurso del presidente Juncker sobre el estado de la Unión 35 . Casi todas las Cámaras recibieron la visita de los comisarios tras su discurso ante el Parlamento Europeo. Estas visitas y reuniones con miembros de los Parlamentos nacionales son consideradas muy valiosas por la Comisión para fomentar una mejor comprensión y un mayor apoyo para las políticas de la Unión. En su discurso sobre el estado de la Unión, el presidente Juncker anunció que habrá incluso más visitas y reuniones con los Parlamentos nacionales en el futuro a fin de demostrar que Europa solo puede construirse con los Estados miembros, pero no contra ellos.

A lo largo de 2016, funcionarios de la Comisión participaron en más de 80 reuniones de comisiones de los Parlamentos nacionales a fin de debatir las propuestas legislativas a un nivel más técnico. Además, se invitó periódicamente a funcionarios de la Comisión a presentar iniciativas clave en las reuniones de los representantes permanentes de los Parlamentos nacionales con sede en Bruselas. Por otra parte, los funcionarios del Semestre Europeo, que trabajan en las Representaciones de la Comisión en los Estados miembros, mantuvieron contactos con los Parlamentos nacionales sobre este asunto y sobre otras cuestiones económicas.

5. PRINCIPALES REUNIONES Y CONFERENCIAS

La Comisión mantuvo un alto grado de compromiso con los Parlamentos nacionales a lo largo de 2016 con su asistencia a una serie de importantes reuniones interparlamentarias y conferencias, incluida la Conferencia de los Órganos Especializados en Asuntos Europeos de los Parlamentos de la Unión Europea (COSAC), la Semana Parlamentaria Europea y las conferencias interparlamentarias para la Política Exterior y de Seguridad Común y la Política Común de Seguridad y Defensa.

COSAC

La Conferencia de los Órganos Especializados en Asuntos Europeos de los Parlamentos de la Unión Europea (COSAC), que es el único foro interparlamentario recogido en los Tratados 36 , se reunió en dos ocasiones en cada Estado miembro que ostentó la Presidencia rotatoria del Consejo de la Unión Europea en 2016. El Parlamento Europeo, que es miembro de pleno derecho de la COSAC, asistió a todas las reuniones. La Comisión, que tiene estatus de observador, también estuvo presente en todas las reuniones de la COSAC y presentó por escrito sus respuestas a las contribuciones aprobadas por la COSAC en sus dos sesiones plenarias durante el año 37 .

En la reunión de presidentes de la COSAC celebrada en La Haya el 8 de febrero de 2016, los delegados discutieron la organización y cooperación del control parlamentario sobre la base de un estudio de casos centrado en EUROPOL y las prioridades europeas para 2016 y más allá, con discursos de la entonces vicepresidenta de la Comisión responsable de Presupuesto y Recursos Humanos, Kristalina Georgieva, y el Sr. Bert Koenders, ministro de Asuntos Exteriores de los Países Bajos. La 55.ª reunión plenaria celebrada en junio, a la que asistió el primer vicepresidente de la Comisión, Frans Timmermans, prosiguió el debate sobre el papel de los Parlamentos nacionales, con sesiones dedicadas a un intercambio de mejores prácticas en materia de control parlamentario y diplomacia parlamentaria, así como el papel de los Parlamentos nacionales en la protección del Estado de Derecho dentro de la Unión Europea. Los delegados también celebraron un debate sobre la migración en el que se centraron en la aplicación de la Declaración UE-Turquía.

La reunión de presidentes de la COSAC celebrada en Bratislava los días 11 y 12 de julio de 2016 durante la Presidencia eslovaca del Consejo de la Unión Europea fue un foro para el debate sobre la dimensión social de la Unión Europea y la política de cohesión. En su discurso, la Sra. Marianne Thyssen, comisaria de Empleo, Asuntos Sociales, Capacidades y Movilidad Laboral, expresó el compromiso de la Comisión para profundizar en la dimensión social de la Unión Europea y mencionó una serie de futuras propuestas de la Comisión en este ámbito, incluido el pilar europeo de derechos sociales y la nueva Agenda de Capacidades para Europa. Asimismo, aprovechó la ocasión para responder a algunas de las preocupaciones planteadas por los Parlamentos nacionales en sus dictámenes motivados sobre la propuesta de la Comisión de revisión de la Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores.

En la última reunión de la COSAC del año, la 56.ª reunión plenaria celebrada en Bratislava los días 14 y 15 de noviembre de 2016, se debatió una variedad de temas entre los que figuran el fortalecimiento de la función de los Parlamentos nacionales con un discurso programático del vicepresidente Frans Timmermans, la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI), la Unión de la Energía en presencia de Maroš Šefčovič, vicepresidente de la Comisión, y la protección de las fronteras exteriores de la UE en el contexto de la migración irregular.

Semana Parlamentaria Europea

La Semana Parlamentaria Europea, que tuvo lugar en el Parlamento Europeo los días 16 y 17 de febrero de 2016, congregó a los miembros de los Parlamentos nacionales y a sus homólogos del Parlamento Europeo para debates conjuntos sobre los ciclos del Semestre Europeo 2015/2016 y sobre Estabilidad, Coordinación Económica y Gobernanza en la Unión Europea; este último coorganizado y copresidido por el Parlamento de los Países Bajos 38 . La segunda Conferencia Interparlamentaria de 2016 sobre Estabilidad, Coordinación Económica y Gobernanza en la Unión Europea se celebró en Bratislava los días 16 a 18 de octubre de 2016 durante la presidencia eslovaca del Consejo de la Unión Europea 39 .

Conferencia de presidentes de Parlamentos de la Unión Europea

La Conferencia de presidentes de Parlamentos de la Unión Europea, que se celebra todos los años en el Estado miembro que ostentó la presidencia rotatoria del Consejo de la Unión Europea durante el segundo semestre del año precedente, tuvo lugar en Luxemburgo del 22 al 24 de mayo de 2016. En el discurso inaugural de la Conferencia, el presidente de la Comisión, Jean-Claude Juncker, abordó los desafíos a que se enfrenta la Unión Europea y la necesidad de que la Comisión y los Parlamentos nacionales cooperen más estrechamente 40 .

Conferencias PESC/PCSD

Los Parlamentos nacionales y las instituciones de la Unión Europea tuvieron la oportunidad de intercambiar sus puntos de vista en el ámbito de la política exterior durante las conferencias interparlamentarias para la Política Exterior y de Seguridad Común y la Política Común de Seguridad y Defensa (PESC/PCSD). La octava sesión organizada por el Parlamento de los Países Bajos tuvo lugar en abril de 2016. La alta representante y vicepresidenta de la Comisión, Federica Mogherini, envió un mensaje de vídeo a la conferencia de La Haya en la que su asesor especial y altos representantes del Servicio Europeo de Acción Exterior fueron algunos de los oradores. La novena sesión de septiembre, organizada por el Národná rada eslovaco, contó con la participación de la alta representante y vicepresidenta de la Comisión, Federica Mogherini, en persona y con altos miembros del Servicio Europeo de Acción Exterior.

Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol)

A la luz del nuevo Reglamento de Europol, que entró en vigor el 1 de mayo de 2017 41 , los Parlamentos nacionales junto con el Parlamento Europeo constituyeron un Grupo de Control Parlamentario Conjunto que tiene por objeto garantizar el adecuado control democrático de las actividades de Europol de conformidad con el artículo 88, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea 42 . La primera reunión de la comisión interparlamentaria sobre Europol tuvo lugar el 28 de noviembre de 2016 y contó con la asistencia del comisario Sir Julian King.

6. CONCLUSIONES Y PERSPECTIVAS

En su segundo año completo de mandato, la Comisión bajo la presidencia de Jean-Claude Juncker ha proseguido sus esfuerzos para desarrollar unas relaciones más profundas y estrechas con los Parlamentos nacionales. Además de frecuentes reuniones en Bruselas con representantes de los Parlamentos nacionales, los miembros de la Comisión, así como funcionarios de la Comisión, realizaron numerosas visitas a los Parlamentos nacionales durante el año para entablar un diálogo sobre políticas y propuestas clave de la Comisión. En paralelo, el intercambio de escritos entre la Comisión y los Parlamentos nacionales aumentó sustancialmente.

El éxito de los esfuerzos de la Comisión para forjar una nueva asociación con los Parlamentos nacionales, no obstante, no puede medirse únicamente en términos del número de visitas, reuniones y dictámenes, aunque estos sean importantes. Dado que la Unión Europea pretende definir una visión para el futuro con 27 Estados miembros, 60 años después de la firma de los Tratados de Roma, se precisa un debate más profundo en todo el continente europeo. El Libro Blanco sobre el futuro de Europa 43 , presentado en marzo de 2017, define cinco escenarios diferentes para saber cómo podría evolucionar Europa de aquí a 2025 y representa la contribución de la Comisión a un debate honesto y abierto con los ciudadanos europeos. Con el fin de fomentar ese debate, la Comisión Europea, junto con el Parlamento Europeo y los Estados miembros, organizará una serie de debates sobre el futuro de Europa en los Parlamentos nacionales, las ciudades y las regiones europeas. Tal como el presidente Juncker dejó claro en su discurso sobre el estado de la Unión de septiembre de 2016, los Parlamentos nacionales deben estar estrechamente asociados a este proceso, y lo estarán.

(1)

     COM(2017) 600 final.

(2)

     Para más detalles sobre los dictámenes motivados, véase el informe anual de 2016 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, COM(2017) 600 final.

(3)

     Contabilizados como 13 dictámenes procedentes de ambas Cámaras.

(4)

     COM(2015) 610 final de 27 de octubre de 2015.

(5)

     COM(2016) 128 final de 8 de marzo de 2016.

(6)

     COM(2016) 270 final de 4 de mayo de 2016.

(7)

     COM(2015) 634 final de 9 de diciembre de 2015.

(8)

     COM(2015) 635 final de 9 de diciembre de 2015.

(9)

     El Bundesrat alemán, el Sénat francés, el Senato della Repubblica italiano, el Saeima letón, el Seimas lituano, el Országgyűlés húngaro, la Assembleia da República portuguesa, el Riksdag sueco y la House of Lords británica.

(10)

     La Poslanecká sněmovna y el Senát checos, el Hrvatski sabor croata, el Senato della Repubblica italiano, el Saeima letón, el Seimas lituano, el Országgyűlés húngaro, la Tweede Kamer y la Eerste Kamer neerlandesas, el Senat polaco, la Assembleia da República portuguesa, la Camera Deputaților y el Senat rumanos, la Národná rada eslovaca y la House of Commons y la House of Lords británicas.

(11)

     Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios, DO L 18 de 21.1.1997, p. 1.

(12)

     Narodno sabranie búlgaro, Poslanecká sněmovna y Senát checos, Folketing danés, Riigikogu estonio, Assemblée nationale y Sénat franceses, las Cortes Generales españolas, Hrvatski sabor croata, Camera dei Deputati y Senato della Repubblica italianos, Seimas lituano, Saeima letón, Országgyűlés húngaro, Sejm y Senat polacos (dictamen motivado y dictamen), Assembleia da República portuguesa, Camera Deputaților (dictamen motivado y dictamen) y Senat rumanos, Národná rada eslovaco y House of Commons británica.

(13)

     COM(2016) 505 final de 20 de julio de 2016. Véase también el Informe anual de 2016 sobre la subsidiariedad y la proporcionalidad.

(14)

     COM(2016) 270 final, COM(2016) 271 final y COM(2016) 272 final de 4 de mayo de 2016.

(15)

     COM(2016) 270 final de 4 de mayo de 2016.

(16)

     Poslanecká sněmovna (dictamen motivado) y Senát checos (dictamen motivado), Bundesrat alemán, Országgyűlés húngaro (dictamen motivado), Camera dei Deputati y Senato della Repubblica italianos (dictamen motivado), Sejm (dictamen motivado) y Senat polacos (dictamen motivado y dictamen), Assembleia da República portuguesa, Camera Deputaților (dictamen motivado y dictamen) y Senat rumanos y Národná rada eslovaco (dictamen motivado).

(17)

     COM(2015) 634 final de 9 de diciembre de 2015.

(18)

     COM(2015) 635 final de 9 de diciembre de 2015.

(19)

     Senát checo, Sénat francés (dictamen motivado), Chambre des Députés luxemburguesa, Eerste Kamer neerlandesa (dos dictámenes), Bundesrat austriaco, Assembleia da República portuguesa y Senat rumano.

(20)

     COM(2015) 671 final de 15 de diciembre de 2015.

(21)

     COM(2015) 240 final de 13 de mayo de 2015.

(22)

     Poslanecká sněmovna y Senát checos, Assemblée nationale francesa, Camera dei Deputati y Senato della Repubblica italianos, Tweede Kamer neerlandesa, Senat polaco, Assembleia da República portuguesa y Camera Deputaților y Senat rumanos.

(23)

     Reglamento (UE) 2016/1624 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2016, sobre la Guardia Europea de Fronteras y Costas, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 863/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, el Reglamento (CE) n.º 2007/2004 del Consejo y la Decisión 2005/267/CE del Consejo (DO L 251 de 16.9.2016, p. 1).

(24)

     COM(2016) 26 final de 28 de enero de 2016.

(25)

     DO L 193 de 19.7.2016, p. 1.

(26)

     Senát checo, Bundesrat alemán, Assemblée nationale francesa, Kamra tad-Deputati maltesa, Assembleia da República portuguesa, Camera Deputaţilor rumana y Riksdag sueco.

(27)

     COM(2016) 687 final de 25 de octubre de 2016.

(28)

      Assemblée nationale francesa, Senato della Repubblica italiano, Saeima letón, Seimas lituano, Tweede Kamer neerlandesa, Assembleia da República portuguesa, Národná rada eslovaco y House of Lords británica.

(29)

     Vouli ton Ellinon griego.

(30)

     Véase el Informe Anual de 2015 sobre las relaciones entre la Comisión y los Parlamentos nacionales, COM (2016) 471 de 15 de julio de 2016, p. 10.

(31)

     COM(2016) 739 final de 22 de noviembre de 2016.

(32)

     Artículo 6, párrafo primero, del Protocolo n.º 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad: «Todo Parlamento nacional o toda Cámara de uno de estos Parlamentos podrá, en un plazo de ocho semanas a partir de la fecha de transmisión de un proyecto de acto legislativo en las lenguas oficiales de la Unión, dirigir a los Presidentes del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión un dictamen motivado que exponga las razones por las que considera que el proyecto no se ajusta al principio de subsidiariedad. Incumbirá a cada Parlamento nacional o a cada Cámara de un Parlamento nacional consultar, cuando proceda, a los Parlamentos regionales que posean competencias legislativas».

(33)

     Artículo 5, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea: «En virtud del principio de subsidiariedad, en los ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, la Unión intervendrá solo en caso de que, y en la medida en que, los objetivos de la acción pretendida no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, ni a nivel central ni a nivel regional y local, sino que puedan alcanzarse mejor, debido a la dimensión o a los efectos de la acción pretendida, a escala de la Unión».

(34)

     La «Declaración de Heiligendamm» de 16 de junio de 2015 fue adoptada conjuntamente por los presidentes de los Parlamentos alemán y austriaco y del Parlamento de Tirol del Sur. La Declaración pide una mayor inclusión de los Parlamentos regionales con competencias legislativas en la supervisión y el control del principio de subsidiariedad, y pide que las resoluciones aprobadas por los Parlamentos regionales con competencias legislativas en el ámbito del sistema de alerta temprana de la subsidiariedad sean mencionados por la Comisión Europea en documentos oficiales como, por ejemplo, sus informes anuales sobre la subsidiariedad y la proporcionalidad y sobre las relaciones con los Parlamentos nacionales.

(35)

     http://europa.eu/rapid/press-release_SPEECH-16-3043_en.htm.

(36)

     Protocolo n.º 1 sobre el cometido de los Parlamentos nacionales en la Unión Europea.

(37)

     Véase la página web de la COSAC en http://www.cosac.eu/en/ para informes detallados de las reuniones de la COSAC, así como copias de las contribuciones de la COSAC y las respuestas de la Comisión al respecto.

(38)

      http://www.europarl.europa.eu/relnatparl/en/conferences/european-parliamentary-week.html .

(39)

      http://www.ipex.eu/IPEXL-WEB/conference/getconference.do?id=082dbcc5559418240155963fbfde01d7 .

(40)

      http://www.ipex.eu/IPEXL-WEB/euspeakers/getspeakers.do?id=082dbcc54d8d4eaf014d9095cb270339 .

(41)

     Reglamento (UE) 2016/794 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativo a la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) y por el que se sustituyen y derogan las Decisiones 2009/371/JAI, 2009/934/JAI, 2009/935/JAI, 2009/936/JAI y 2009/968/JAI del Consejo, DO L 135 de 24.5.2016, pp. 53-114.

(42)

     Artículo 88, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: «El Parlamento Europeo y el Consejo determinarán, mediante reglamentos adoptados con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, la estructura, el funcionamiento, el ámbito de actuación y las competencias de Europol. Estas competencias podrán incluir: a) la recogida, almacenamiento, tratamiento, análisis e intercambio de la información, en particular la transmitida por las autoridades de los Estados miembros o de terceros países o terceras instancias; b) la coordinación, organización y realización de investigaciones y actividades operativas, llevadas a cabo conjuntamente con las autoridades competentes de los Estados miembros o en el marco de equipos conjuntos de investigación, en su caso en colaboración con Eurojust. En dichos reglamentos se fijará asimismo el procedimiento de control de las actividades de Europol por el Parlamento Europeo, control en el que participarán los Parlamentos nacionales».

(43)

     COM(2017) 2025 final.


Bruselas, 30.6.2017

COM(2017) 601 final

ANEXOS

del

INFORME DE LA COMISIÓN

Informe anual 2016
sobre las relaciones entre la Comisión Europea y los parlamentos nacionales


Anexo 1

Número de dictámenes recibidos por la Comisión en 2016 por Cámara/Parlamento nacional (diálogo político y mecanismo de control de la subsidiariedad)

Estado miembro

Cámara

Total de dictámenes 1

Número de dictámenes motivados

(Protocolo n.º 2) 2

Italia

Senato della Repubblica

81

3

Rumanía

Camera Deputaților

70

2

Portugal

Assembleia da Republica

57

1

Alemania

Bundesrat

47

0

República Checa

Sénat

46

3

Rumanía

Senat

43

1

Francia

Assemblée nationale

33

0 3

Italia

Camera dei Deputati

27

0

Francia

Sénat

25

3

Suecia

Riksdag

23

12

República Checa

Poslanecká sněmovna

19

4

Polonia

Senat

17

2

Reino Unido

House of Lords

17

0

España

Cortes Generales

13 4

0

Austria

Bundesrat

11

4

Países Bajos

Tweede Kamer

8

3

Dinamarca

Folketing

7

2

Eslovaquia

Národná rada

7

2

Lituania

Seimas

7

1

Países Bajos

Eerste Kamer

7

1

Malta

Kamra tad-Deputati

6

5

Bulgaria

Narodno sabranie

6

3

Hungría

Országgyűlés

6

2

Luxemburgo

Chambre des Députés

6

2

Alemania

Bundestag

5

0

Polonia

Sejm

4

2

Letonia

Saeima

4

1

Chipre

Vouli ton Antiprosopon

4

0

Reino Unido

House of Commons

3

1

Irlanda

Houses of the Oireachtas

3

0

Irlanda

Dáil Éireann

2

2

Croacia

Hrvatski sabor

2

1

Estonia

Riigikogu

1

1

Irlanda

Seanad Éireann

1

1

Austria

Nationalrat

1

0

Grecia

Vouli ton Ellinon

1

0

Bélgica

Sénat de Belgique / Belgische Senaat

0

0

Bélgica

Chambre des représentants / Kamer van volksvertegenwoordigers

0

0

Finlandia

Eduskunta

0

0

Eslovenia

Državni zbor

0

0

Eslovenia

Državni svet

0

0

TOTAL

620

65

Anexo 2

Documentos de la Comisión que generaron el mayor número de dictámenes 5 recibidos por la Comisión en 2016 (diálogo político y mecanismo de control de la subsidiariedad)

Documento de la Comisión

Título

Total de dictámenes 6

Número de dictámenes motivados (Protocolo n.º 2) 7

1

COM(2015) 610

Comunicación sobre el programa de trabajo de la Comisión para 2016: No es momento de dejar las cosas como están

25

0

2

COM(2016) 128

Propuesta de Directiva que modifica la Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios

23

14

3

COM(2016) 270

Propuesta de Reglamento por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (texto refundido)

14 8

8

4

COM(2015) 635

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa en línea y otras ventas a distancia de bienes

12 9

1

5

COM(2016) 683

Propuesta de Directiva del Consejo relativa a una base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades (BICCIS).

11 10

8

6

COM(2016) 685

Propuesta de Directiva del Consejo relativa a una base imponible común del impuesto sobre sociedades

11 11

8

7

COM(2015) 634

Propuesta de Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos digitales

11 12

1

8

COM(2016) 52

Propuesta de Reglamento sobre medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 994/2010

11 13

1

9

COM(2016) 53

Propuesta de Decisión por la que se establece un mecanismo de intercambio de información con respecto a los acuerdos intergubernamentales y los instrumentos no vinculantes entre los Estados miembros y terceros países en el sector de la energía y por la que se deroga la Decisión n.º 994/2012/UE

10 14

4

10

COM(2015) 750

Propuesta de Directiva por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo, sobre el control de la adquisición y tenencia de armas

10 15

1

11

COM(2015) 671

Propuesta de Reglamento sobre la Guardia Europea de Fronteras y Costas y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 2007/2004, el Reglamento (CE) n.º 863/2007 y la Decisión 2005/267/CE del Consejo

10 16

0

12

COM(2016) 378

Propuesta de Directiva relativa a las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países con fines de empleo de alta capacitación

9

3

13

COM(2015) 595

Propuesta de Directiva por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos

9 17

2

14

COM(2015) 625

Propuesta de Directiva relativa a la lucha contra el terrorismo, y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/475/JAI del Consejo sobre la lucha contra el terrorismo

9 18

0

15

COM(2015) 596

Propuesta de Directiva por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases

8 19

1

16

COM(2016) 271

Propuesta de Reglamento relativo a la Agencia de Asilo de la Unión Europea y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 439/2010

8 20

0



Anexo 3

Número de dictámenes recibidos por la Comisión en 2016 por servicio competente de la Comisión (diálogo político y mecanismo de control de la subsidiariedad)

Servicio competente de la Comisión

Total de dictámenes 21

DG Migración y Asuntos de Interior

113

Secretaría General

59

DG Redes de Comunicación, Contenido y Tecnologías

58

DG Justicia y Consumidores

49

DG Fiscalidad y Unión Aduanera

46

DG Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión

45

DG Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes

41

DG Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales

34

DG Energía

32

DG Movilidad y Transportes

25

DG Medio Ambiente

21

Servicio Europeo de Acción Exterior 22

14

DG Asuntos Económicos y Financieros

13

DG Acción por el Clima

12

DG Agricultura y Desarrollo Rural

8

DG Comercio

7

DG Eurostat — Estadísticas Europeas

6

DG Educación, Juventud, Cultura y Deporte

6

DG Política Europea de Vecindad y Negociaciones de Ampliación

4

DG Presupuestos

3

DG Salud y Seguridad Alimentaria

3

DG Asuntos Marítimos y Pesca

3

DG Investigación e Innovación

3

Servicio de Instrumentos de Política Exterior

3

DG Competencia

1

DG Protección Civil y Operaciones de Ayuda Humanitaria Europeas

1

DG Cooperación Internacional y Desarrollo

1

DG Política Regional y Urbana

1

TOTAL

612 23

(1)

     Incluye tanto los dictámenes como los dictámenes motivados recibidos de los Parlamentos nacionales.

(2)

     Para que un dictamen sea motivado, con arreglo a la definición que figura en el Protocolo n.º 2, debe hacer referencia claramente a un incumplimiento de la subsidiariedad y ser remitido a la Comisión en el plazo de ocho semanas a partir de la transmisión de la propuesta legislativa a los Parlamentos nacionales.

(3)

     La Assemblée nationale francesa presentó un dictamen declarando una infracción del principio de subsidiariedad. Este dictamen se remitió, no obstante, más de ocho semanas después de que la Comisión transmitiera la propuesta legislativa a los Parlamentos nacionales.

(4)

     Contabilizados como 13 dictámenes procedentes de ambas Cámaras.

(5)

     El cuadro recoge todos los documentos de la Comisión para los que se han recibido, como mínimo, ocho dictámenes.

(6)

     Incluye tanto los dictámenes como los dictámenes motivados recibidos de los Parlamentos nacionales.

(7)

     Para que un dictamen sea motivado, con arreglo a la definición que figura en el Protocolo n.º 2, debe hacer referencia claramente a un incumplimiento de la subsidiariedad y ser remitido a la Comisión en el plazo de ocho semanas a partir de la transmisión de la propuesta legislativa a los Parlamentos nacionales.

(8)

     Uno de los dictámenes sobre este documento de la Comisión, del Poslanecká sněmovna checo, se refería conjuntamente a los documentos COM(2016) 270, COM(2016) 271 y COM(2016) 272. Un dictamen, de la Assembleia da República de Portugal, trataba conjuntamente de los documentos COM(2016) 197, COM(2016) 270, COM(2016) 271 y COM(2016) 272.

(9)

     Seis dictámenes, del Senát CZ, el Sénat FR, la Chambre des Députés LU y el Bundesrat AT, la Assembleia da República PT y el Senat RO se referían conjuntamente a los documentos COM(2015) 634 y COM(2015) 635. La Eerste Kamer NL envió dos dictámenes que se referían conjuntamente a los documentos COM(2015) 633, COM(2015) 634 y COM(2015) 635.

(10)

     Ocho dictámenes del Folketing DK, el Dáil Éireann IE, el Seanad Éireann IE, las Cortes Generales ES, la Chambre des Députés LU, la Kamra tad-Deputati MT, la Tweede Kamer NL y la Assembleia da República PT se referían conjuntamente a los documentos COM(2016) 683 y COM(2016) 685. Un dictamen, de la Eerste Kamer NL, trataba conjuntamente de los documentos COM(2016) 683, COM(2016) 685 y COM(2016) 687.

(11)

     Ocho dictámenes del Folketing DK, el Dáil Éireann IE, el Seanad Éireann IE, las Cortes Generales ES, la Chambre des Députés LU, la Kamra tad-Deputati MT, la Tweede Kamer NL y la Assembleia da República PT se referían conjuntamente a los documentos COM(2016) 683 y COM(2016) 685. Un dictamen, de la Eerste Kamer NL, trataba conjuntamente de los documentos COM(2016) 683, COM(2016) 685 y COM(2016) 687.

(12)

     Un dictamen, de la Camera dei Deputati italiana, se refería conjuntamente a los documentos COM(2015) 633 y COM(2015) 634. Seis dictámenes, del Senát CZ, el Sénat FR, la Chambre des Députés LU y el Bundesrat AT, la Assembleia da República PT y el Senat RO se referían conjuntamente a los documentos COM(2015) 634 y COM(2015) 635. La Eerste Kamer NL envió dos dictámenes que se referían conjuntamente a los documentos COM(2015) 633, COM(2015) 634 y COM(2015) 635.

(13)

     Dos dictámenes, del Bundesrat AT y de la Assemblée nationale FR, se referían conjuntamente a los documentos COM(2016) 52 y COM(2016) 53. Dos dictámenes, del Senát CZ y del Poslanecká sněmovna CZ, trataban conjuntamente de los documentos COM(2016) 49, COM(2016) 51, COM(2016) 52 y COM(2016) 53.

(14)

     Dos dictámenes, del Bundesrat AT y de la Assemblée nationale FR, se referían conjuntamente a los documentos COM(2016) 52 y COM(2016) 53. Dos dictámenes, del Senát CZ y del Poslanecká sněmovna CZ, trataban conjuntamente de los documentos COM(2016) 49, COM(2016) 51, COM(2016) 52 y COM(2016) 53.

(15)

     Un dictamen, del Senát CZ, se refería conjuntamente a los documentos COM(2015) 750 y COM(2015) 624

(16)

     Un dictamen, de la Camera Deputaților RO, se refería conjuntamente a los documentos COM(2015) 671 y COM(2015) 673.

(17)

     Un dictamen, de la Assemblée nationale FR, trataba conjuntamente de los documentos COM(2015) 593, COM(2015) 594, COM(2015) 595 y COM(2015) 596. Tres dictámenes, del Senát CZ, del Senato della Repubblica IT, y del Senat RO trataban conjuntamente de los documentos COM(2015) 593, COM(2015) 594, COM(2015) 595, COM(2015) 596 y COM(2015) 614. Dos dictámenes, del Senát FR y del Senat PL, trataban conjuntamente de los documentos COM(2015) 594, COM(2015) 595 y COM(2015) 596. Un dictamen, del Folketing DK, se refería conjuntamente a los documentos COM(2015) 595 y COM(2015) 596.

(18)

     Un dictamen, de la Assemblée nationale FR, trataba conjuntamente de los documentos COM(2013) 534, COM(2015) 185, COM(2015) 624 y COM(2015) 625.

(19)

     Un dictamen, de la Assemblée nationale FR, trataba conjuntamente de los documentos COM(2015) 593, COM(2015) 594, COM(2015) 595 y COM(2015) 596. Tres dictámenes, del Senát CZ, del Senato della Repubblica IT, y del Senat RO trataban conjuntamente de los documentos COM(2015) 593, COM(2015) 594, COM(2015) 595, COM(2015) 596 y COM(2015) 614. Dos dictámenes, del Senát FR y del Senat PL, trataban conjuntamente de los documentos COM(2015) 594, COM(2015) 595 y COM(2015) 596. Un dictamen, del Folketing DK, se refería conjuntamente a los documentos COM(2015) 595 y COM(2015) 596.

(20)

     Un dictamen, de la Assembleia da República de Portugal, trataba conjuntamente de los documentos COM(2016) 197, COM(2016) 270, COM(2016) 271 y COM(2016) 272. Un dictamen, de la Poslanecká sněmovna CZ, trataba conjuntamente de los documentos COM(2016) 270, COM(2016) 271 y COM(2016) 272.

(21)

     Incluye tanto los dictámenes como los dictámenes motivados recibidos de los Parlamentos nacionales.

(22)

     El SEAE no es un servicio de la Comisión, sino un organismo independiente.

(23)

     Un dictamen de iniciativa de la Assemblée nationale FR y siete dictámenes de iniciativa de la House of Lords UK se enviaron solo a efectos informativos y no se asignaron a ningún servicio de la Comisión.