Bruselas, 22.5.2017

COM(2017) 268 final

Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

con vistas a corregir la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo

en Rumanía

{SWD(2017) 174 final}


Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

con vistas a corregir la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo

en Rumanía

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas 1 , y en particular su artículo 10, apartado 2, párrafo segundo,

Vista la Recomendación de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1)De conformidad con el artículo 121 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, los Estados miembros deben fomentar unas finanzas públicas saneadas a medio plazo mediante la coordinación de las políticas económicas y la vigilancia multilateral con el fin de evitar déficits públicos excesivos.

(2)El Pacto de Estabilidad y Crecimiento tiene por objetivo lograr unas finanzas públicas saneadas como medio de reforzar las condiciones para la estabilidad de precios y para un crecimiento fuerte, sostenible y generador de empleo.

(3)El 12 de julio de 2016, el Consejo recomendó a Rumanía que limitara la desviación con respecto al objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y lograra un ajuste presupuestario anual del 0,5 % del PIB en 2017, a menos que el objetivo presupuestario a medio plazo se cumpliese con un menor esfuerzo 2 .

(4)En 2016, sobre la base de las previsiones de la primavera de 2017 de la Comisión y los datos de ejecución de 2016 validados por Eurostat, a partir de una cifra del -0,6 % del PIB, es decir, por encima del objetivo presupuestario a medio plazo del -1 % del PIB, el saldo estructural se deterioró hasta el -2,6 % del PIB, lo que apunta a una desviación significativa respecto del objetivo presupuestario a medio plazo (desviación del 1,6 % del PIB). El crecimiento del gasto público, excluidas las medidas puntuales y las medidas discrecionales relativas a los ingresos, se situó muy por encima del valor de referencia para el gasto, lo que también apunta a una desviación significativa (desviación del -2,0 % del PIB). La diferencia en los indicadores se explica principalmente por las diferentes tasas anuales de crecimiento potencial del PIB nominal utilizadas en su cálculo. Independientemente de esa diferencia, ambos indicadores confirman una desviación importante respecto de los requisitos del componente preventivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en 2016.

(5)El 16 de mayo de 2017, tras una evaluación global, la Comisión constató que en Rumanía se observa una importante desviación respecto del objetivo presupuestario a medio plazo y dirigió una advertencia a ese país con arreglo a lo dispuesto en el artículo 121, apartado 4, del TFUE y el artículo 10, apartado 2, párrafo primero, del Reglamento (CE) n.º 1466/97.

(6)Según el artículo 10, apartado 2, párrafo segundo, del Reglamento (CE) n.º 1466/97, en el plazo de un mes a partir de la fecha de adopción de la advertencia, el Consejo debe dirigir una recomendación al Estado miembro afectado para que adopte las medidas necesarias. El Reglamento prevé que la recomendación fijará un plazo máximo de cinco meses para que el Estado miembro corrija la desviación. Sobre esa base, parece apropiado fijar el 15 de octubre de 2017 como fecha límite para que Rumanía corrija la desviación . Dentro de este plazo, Rumanía debe informar sobre las medidas que adopte en respuesta a la presente Recomendación.

(7)Se estima que en 2016 el saldo estructural de Rumanía registró una desviación respecto del objetivo presupuestario a medio plazo del 1,6 % del PIB. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2017 de la Comisión respecto a la brecha de producción, Rumanía se halla en un período económico normal en 2017, y la ratio de deuda de las administraciones públicas se sitúa por debajo del umbral del 60 % del PIB. El esfuerzo estructural requerido mínimo prescrito por el Reglamento (CE) n.º 1466/97 y la matriz de ajuste, que tiene en cuenta las circunstancias económicas imperantes y los posibles problemas de sostenibilidad, asciende al 0,5 % del PIB. Según las previsiones de la primavera de 2017 de la Comisión, se prevé un deterioro del saldo estructural del 1,3 % del PIB en 2017. Por consiguiente, una mejora estructural no inferior al 0,5 % del PIB en 2017 exige adoptar medidas con un rendimiento total del 1,8 % del PIB con respecto a la base de referencia actual de las previsiones de la primavera de 2017 de la Comisión. Dado el tamaño considerable del esfuerzo de saneamiento estructural exigido a resultas del ajuste mínimo requerido en el marco del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, no procede exigir ningún ajuste adicional más allá del requerimiento mínimo del 0,5 % del PIB.

(8)La mejora del saldo estructural requerida, del 0,5 % del PIB en 2017, es coherente con la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto, no superior al 3,3 % en 2017.

(9)Las previsiones de la primavera de 2017 de la Comisión anuncian un déficit de las administraciones públicas del 3,5 % del PIB en 2017, cifra que es superior al valor de referencia del 3 % del PIB establecido en el Tratado. El ajuste estructural requerido parece también adecuado para garantizar que el déficit general de las administraciones públicas en Rumanía respete el umbral del 3 % del PIB en 2017.

(10)Resulta oportuno que la presente Recomendación se haga pública.

(11)Al objeto de alcanzar los objetivos presupuestarios recomendados, es fundamental que Rumanía adopte y aplique estrictamente las medidas necesarias y realice un estrecho seguimiento de la evolución del gasto corriente.

RECOMIENDA:

(1)Rumanía debe tomar las medidas necesarias para asegurar que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto no sea superior al 3,3 % en 2017, lo que corresponde a un ajuste estructural anual del 0,5 % del PIB y situará al país en la senda adecuada de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo.

(2)Rumanía debe utilizar todos los ingresos imprevistos para reducir el déficit. Las medidas de saneamiento presupuestario deben garantizar una mejora duradera del saldo estructural de las administraciones públicas que favorezca el crecimiento.

(3)Rumanía debe informar al Consejo a más tardar el 15 de octubre de 2017 sobre las medidas que adopte en respuesta a la presente Recomendación.

El destinatario de la presente Recomendación será Rumanía.

Hecho en Bruselas, el

   Por el Consejo

   El Presidente

(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO C 299 de 18.8.2016, p. 73.