29.9.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 252/116


RESOLUCIÓN (UE) 2017/1617 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 27 de abril de 2017

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2015, sección IV — Tribunal de Justicia

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2015, sección IV — Tribunal de Justicia,

Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A8-0136/2017),

A.

Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión hace hincapié en la importancia especial que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos;

1.

Toma nota con satisfacción de que, en su Informe Anual relativo al ejercicio 2015, el Tribunal de Cuentas observa que no se han detectado insuficiencias significativas respecto de las cuestiones examinadas relativas a los recursos humanos y la contratación pública del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Tribunal de Justicia»);

2.

Celebra que, basándose en su trabajo de auditoría, el Tribunal de Cuentas haya llegado a la conclusión de que los pagos del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 correspondientes a los gastos administrativos y otros gastos del Tribunal de Justicia están, en su conjunto, exentos de errores significativos;

3.

Toma nota de que en 2015 el importe de los créditos del Tribunal de Justicia ascendió a 357 062 000 EUR (355 367 500 EUR en 2014), con un porcentaje de ejecución del 99 %; acoge con satisfacción el elevado porcentaje de utilización en 2015, idéntico al de 2014;

4.

Señala que los ingresos estimados del Tribunal de Justicia para el ejercicio 2015 fueron de 44 856 000 EUR; pide al Tribunal de Justicia que explique por qué los derechos constatados del ejercicio 2015 son un 10,4 % superiores a lo estimado (49 510 442 EUR);

5.

Señala que los ingresos por los derechos prorrogados de 2014 a 2015 ascienden a 84 620,37 EUR y que en un 84,28 % corresponden a ingresos de personas que trabajan en las instituciones y otros organismos de la Unión;

6.

Observa que el presupuesto del Tribunal de Justicia tiene un carácter eminentemente administrativo y que alrededor de un 75 % se destina a cubrir los gastos correspondientes al personal que trabaja en el Tribunal, y los montantes restantes, a edificios, mobiliario, material y funciones específicas llevadas a cabo por el mismo; destaca, no obstante, que la introducción del principio de presupuestación basada en el rendimiento no debe aplicarse únicamente al presupuesto del Tribunal de Justicia en su conjunto sino que debe incluir la fijación de objetivos específicos, medibles, alcanzables, realistas y delimitados en el tiempo (objetivos SMART) para los distintos departamentos, unidades y planes anuales de personal; pide al Tribunal de Justicia, a este respecto, que introduzca de forma más amplia el principio de presupuestación basada en el rendimiento en sus operaciones diarias;

7.

Acoge con satisfacción la productividad de la actividad jurisdiccional del Tribunal de Justicia en 2015, con 1 711 asuntos sometidos a los tres Tribunales y 1 755 asuntos concluidos; señala que este es el mayor número anual de asuntos de la historia del Tribunal de Justicia;

8.

Toma nota de que el Tribunal de Justicia concluyó 616 asuntos en 2015, lo que representa una disminución con respecto al ejercicio anterior (719 en 2014), y que le fueron sometidos 713 nuevos asuntos (622 en 2014);

9.

Observa que en 2015 el Tribunal General recibió 831 asuntos nuevos y trató 987 asuntos, lo que supone un aumento general en comparación con ejercicios anteriores;

10.

Toma nota de que en 2015 el Tribunal de la Función Pública concluyó 152 asuntos, como en 2014, y recibió 167 asuntos nuevos; destaca que el año 2015 ha sido el último año de existencia del Tribunal de la Función Pública, diez años después de su creación; considera que el Tribunal de Justicia debe llevar a cabo una evaluación en profundidad de esos diez años de actividad;

11.

Señala que las estadísticas de 2015 para los tres tribunales confirman la tendencia observada en los últimos años respecto a la duración media de los procedimientos, que sigue siendo satisfactoria (para el Tribunal de Justicia, 15,3 meses para las peticiones de decisión prejudicial, frente a 15 meses en 2014, 1,9 meses para las cuestiones prejudiciales de urgencia, frente a 2,2 meses en 2014, 17,6 meses para los recursos directos, frente a 20 meses en 2014 y 14 meses para los recursos, frente a 14,5 meses en 2014); para el Tribunal General y el Tribunal de la Función Pública, respectivamente, 20,6 meses (frente a 23,4 en 2014) y 12,1 meses (frente a 12,7 en 2014) teniendo en cuenta todos los asuntos; considera que las modificaciones del Estatuto del Tribunal de Justicia adoptadas en 2015 no puede sino venir a mejorar esta labor de racionalización;

12.

Celebra que el número de asuntos resueltos haya aumentado un 57 % en el período comprendido entre 2007 y 2015, en buena medida gracias al esfuerzo de coordinación entre los tribunales y el personal auxiliar, y a pesar del aumento extremadamente limitado de auxiliares en este período;

13.

Señala que en el año 2015 se adoptó la reforma de la arquitectura judicial del Tribunal de Justicia y se elaboró un nuevo Reglamento de Procedimiento del Tribunal General; entiende que, con la multiplicación por dos del número de jueces del Tribunal General en un proceso en tres fases que durará hasta 2019, esa reforma permitirá al Tribunal de Justicia seguir absorbiendo el incremento del número de asuntos; espera con interés analizar los resultados de esta reforma en lo que atañe a la capacidad del Tribunal de Justicia para tramitar los asuntos dentro de un plazo razonable respetando los requisitos del derecho de defensa;

14.

Considera que dicha reforma permitirá que el Tribunal de Justicia como institución pueda resolver en un plazo más breve y de manera más eficiente el número creciente de asuntos y atender a los intereses de los justiciables con arreglo a los objetivos de una justicia de calidad y eficiente y respetando el derecho a la resolución de los asuntos en un plazo razonable;

15.

Toma nota de la próxima refundición del Código de conducta de los miembros, que definirá con claridad las condiciones para llevar a cabo actividades externas y la publicación de sus intereses financieros; pide un mayor nivel de transparencia respecto de las actividades externas de cada juez; solicita que el Tribunal de Justicia facilite información sobre los demás cargos y otras actividades externas remuneradas de los jueces en su sitio web y en sus informes anuales de actividades;

16.

Señala que de los 295 500 EUR de compromisos para misiones, solo se utilizaron 41 209 EUR; señala que esta infrautilización se podría evitar; solicita al Tribunal de Justicia que mejore su presupuestación y rendición de cuentas en lo relativo al presupuesto para misiones y destaca la necesidad del principio de que las misiones sean eficaces en cuanto a los costes;

17.

Considera que el Tribunal de Justicia debería publicar una síntesis general de los participantes y de los contenidos de sus reuniones con terceros que no tengan relación con su actividad jurisdiccional;

18.

Pide al Tribunal de Justicia que facilite a la autoridad de aprobación de la gestión, a más tardar en junio de 2017, una lista de las reuniones con grupos de intereses, asociaciones profesionales y la sociedad civil; pide al Tribunal de Justicia que presente las actas de tales reuniones a más tardar en junio de 2017;

19.

Observa con satisfacción las mejoras realizadas en la aplicación e-Curia y el hecho de que todos Estados miembros la utilizaran en 2015; considera que, paralelamente a la desmaterialización de los documentos, es necesario mejorar la seguridad de los datos;

20.

Observa que, según su informe anual de gestión correspondiente al ejercicio 2015, el Tribunal de Justicia trabaja estrechamente con el equipo del Tribunal de Cuentas encargado de evaluar su rendimiento; señala, en este sentido, que el Tribunal de Justicia puso obstáculos al trabajo del equipo de auditores al comienzo del proceso de auditoría; observa con satisfacción que el Tribunal de Justicia ha mejorado su cooperación con los auditores y ha facilitado nuevos documentos al Tribunal de Cuentas; es consciente de que el principio de secreto de las deliberaciones es necesario para salvaguardar la independencia de quienes adoptan decisiones, para fomentar la coherencia y la finalidad de las decisiones y para evitar que quienes adoptan decisiones dediquen más tiempo a dar testimonio de ellas que a adoptarlas; pone de relieve, sin embargo, que el secreto de las deliberaciones como principio ab ovo impide todo control externo; invita, por ello, al Tribunal de Justicia a establecer un mecanismo interno de control/recurso que permita cierto grado de control en esos casos;

21.

Observa que el Tribunal de Justicia ha cumplido el acuerdo interinstitucional de reducir el personal en un 5 % a lo largo de un período de cinco años;

22.

Observa la alta proporción de puestos ocupados (98 %) a pesar del elevado índice de rotación del personal en el Tribunal de Justicia y apoya su política activa en materia de contratación; pide al Tribunal de Justicia que establezca normas en materia de «puertas giratorias»;

23.

Acoge con satisfacción el intercambio de personal efectuado por el Tribunal de Justicia con el Banco Central Europeo en 2015 y espera que esta cooperación continúe en los próximos años;

24.

Acoge con satisfacción la iniciativa del Tribunal de Justicia destinada a mejorar el equilibrio de género en los puestos de responsabilidad y el hecho de que el equilibrio de género alcanzado en puestos de dirección superiores e intermedios fuera del 35 %/65 % en 2015; considera, no obstante, que aún hay margen de mejora en este ámbito en la institución; observa, además, que el Parlamento y el Consejo se han fijado el objetivo de garantizar una representación igual de mujeres y hombres al nombrar a los nuevos jueces del Tribunal General (1);

25.

Pone de relieve que el equilibrio geográfico, principalmente la relación entre la nacionalidad del personal y el tamaño de los Estados miembros, debe seguir siendo un elemento importante de la gestión de los recursos humanos, sobre todo con respecto a los Estados miembros que se han adherido a la Unión en 2004 o posteriormente;

26.

Celebra que el Tribunal de Justicia haya alcanzado una composición más equilibrada entre los funcionarios de los Estados miembros que se adhirieron a la Unión antes de 2004 y los de los Estados miembros que accedieron a ella en 2004 o posteriormente; Expresa, no obstante, su profunda preocupación por el considerable desequilibrio geográfico en los puestos de dirección superiores e intermedios, en detrimento de los Estados miembros que se adhirieron a la Unión en 2004 o posteriormente; pide al Tribunal de justicia que trate de corregir esa situación y que informe al Parlamento sobre las mejoras logradas en este sentido;

27.

Lamenta que las normas internas del Tribunal de Justicia en materia de denuncia de irregularidades no se adoptaran hasta principios de 2016; recomienda que el Tribunal de Justicia difunda esas normas entre su personal de modo que todos los empleados las conozcan; pide al Tribunal de Justica que facilite de aquí a junio de 2017 detalles sobre los casos de denuncias de irregularidades en 2015 (si los hubo) y cómo fueron tratados y cerrados;

28.

Insta al Tribunal de Justicia a disponer la presentación de una declaración de intereses en lugar de una declaración de ausencia de conflicto de intereses, puesto que la autoevaluación de los conflictos de intereses constituye en sí un conflicto de intereses; considera la evaluación de una situación de conflicto de intereses ha de realizarla un tercero independiente; pide al Tribunal de Justicia que notifique a más tardar en junio de 2017 los cambios introducidos e indique quién es el responsable de comprobar las situaciones de conflicto de intereses; reitera que la transparencia es un factor clave para la confianza de los ciudadanos; pide al Tribunal de Justicia que establezca normas claras relativas a la «puertas giratorias» y que adopte medidas y sanciones disuasorias, como la reducción de las pensiones o la prohibición de trabajar durante al menos tres años en organismos similares, con el fin de evitar el fenómeno de las «puertas giratorias»;

29.

Observa la cooperación del Tribunal de Justicia con los servicios de interpretación del Parlamento y de la Comisión en el marco del Comité Interinstitucional de Traducción e Interpretación, especialmente en el ámbito de la interpretación; apoya esta cooperación y espera que se extienda al ámbito de la traducción, siempre que sea posible y sin menoscabar las responsabilidades del Tribunal de Justicia;

30.

Pide al Tribunal de Justicia que facilite al Parlamento los costes de traducción con arreglo a la metodología armonizada acordada en el marco del grupo de trabajo interinstitucional sobre indicadores de rendimiento y actividad interinstitucional clave;

31.

Observa que la carga de trabajo de la Dirección de la Traducción del Tribunal de Justicia se vio incrementada en un 1,4 % y su productividad aumentó un 7 % en 2015 gracias al control de la externalización de la carga de trabajo y la aplicación de nuevas herramientas de apoyo a la traducción;

32.

Apoya la revisión de los gastos y de las condiciones de uso de los vehículos oficiales llevada a cabo de forma conjunta por los servicios de auditoría interna del Tribunal de Justicia y del Tribunal de Cuentas; pide al Tribunal de Justicia que considere, en el marco de dicha revisión, la posibilidad de reducir el número de vehículos oficiales a disposición de sus miembros y su personal; pide asimismo al Tribunal de Justicia que mejore los controles del uso de vehículos oficiales con fines privados;

33.

Acoge con satisfacción el compromiso del Tribunal de Justicia con los ambiciosos objetivos que se ha fijado en materia de medio ambiente; anima a la institución a aplicar los principios de la contratación pública ecológica y pide que se establezcan normas y un presupuesto adecuado para la compensación de las emisiones de carbono;

34.

Toma nota de la detallada información relativa a la política inmobiliaria del Tribunal de Justicia, en particular en relación con la construcción de una quinta ampliación del actual complejo de edificios;

35.

Acoge con satisfacción la apertura de los archivos históricos del Tribunal de Justicia en los archivos históricos de la Unión en Florencia;

36.

Saluda la iniciativa del Tribunal de Justicia de publicar su informe anual de actividad en un nuevo formato; pide al Tribunal de Justicia que publique el informe anual del Tribunal de Cuentas, en particular las partes que hacen referencia al Tribunal de Justicia;

37.

Pide al Tribunal de Justicia que mejore su política de comunicación con los ciudadanos de la Unión;

38.

Considera incompleta la respuesta proporcionada por el Tribunal de Justicia a la pregunta formulada por el Parlamento en relación con las indemnizaciones (pregunta n.o 26); pide aclaraciones al Tribunal de Justicia y solicita una respuesta clara y detallada.


(1)  Véase el anexo a la Resolución legislativa del Parlamento de 28 de octubre de 2015, Declaración conjunta del Parlamento Europeo y del Consejo, Textos aprobados de esa fecha, P8_TA(2015)0377