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4.10.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356/157 |
P8_TA(2017)0452
Movilización del margen para imprevistos en 2017
Resolución del Parlamento Europeo, de 30 de noviembre de 2017, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión (UE) 2017/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del margen para imprevistos en 2017 (COM(2017)0900 — C8-0408/2017 — 2017/2265(BUD))
(2018/C 356/34)
El Parlamento Europeo,
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Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2017)0900 — C8-0408/2017), |
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Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (1), y en particular su artículo 13, |
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Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (2), y en particular su apartado 14, |
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Visto el texto común conjunto aprobado por el Comité de Conciliación el 18 de noviembre de 2017 (A8-0359/2017) en el marco de la conciliación sobre el proyecto de presupuesto general para 2018, |
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Vista la Decisión (UE) 2017/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del margen para imprevistos en 2017 (3), |
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Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A8-0372/2017), |
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A. |
Considerando que el Parlamento Europeo y el Consejo movilizaron el margen para imprevistos en 2017 por un importe de 1 906,1 millones EUR por encima de los límites máximos de compromiso de la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía) y la rúbrica 4 (Europa global); |
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B. |
Considerando que, dentro de este importe, el Parlamento Europeo y el Consejo decidieron compensar 575 millones EUR con el margen no asignado de la rúbrica 2 (Crecimiento sostenible: recursos naturales) en 2017 y 507,3 millones EUR, 570 millones EUR y 253,9 millones EUR con los márgenes no asignados de la rúbrica 5 (Administración) en 2017, 2018 y 2019 respectivamente; |
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C. |
Considerando que el Comité de Conciliación convocado para la aprobación del presupuesto de 2018 aceptó posteriormente modificar la mencionada compensación del margen para imprevistos a fin de reducir en 252 millones EUR el importe compensado en la rúbrica 5 en 2018 e introducir la correspondiente compensación en la rúbrica 5 en 2020; |
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1. |
Toma nota de la propuesta de la Comisión, como parte del acuerdo sobre el presupuesto para el ejercicio 2018, de revisar la compensación del margen para imprevistos movilizado en 2017 con el fin de aumentar el margen para compromisos globales disponible en 2018; lamenta la concentración excesiva de algunos Estados miembros en los márgenes disponibles por debajo de los límites máximos del MFP, a menudo sin tener en cuenta la flexibilidad que ofrecen los instrumentos especiales; |
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2. |
Destaca que, incluso sin una revisión de la compensación, el margen total para compromisos en el presupuesto acordado para 2018 ascendería ya a 1 348,3 millones EUR, mientras que más de 900 millones EUR siguen disponibles en el Instrumento de Flexibilidad y el margen global para compromisos; señala que a lo largo del año 2018 estarían disponibles otros 1 200 millones EUR del margen global para compromisos y del Instrumento de Flexibilidad; |
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3. |
Toma nota de que la revisión de la compensación, aunque no sea esencial, libera un margen adicional de 252 millones EUR en 2018, en lugar de 2020, proporcionando así flexibilidad adicional en una fase anterior del actual MFP; |
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4. |
Lamenta que el Parlamento Europeo y el Consejo se vean obligados a repartir la compensación en la rúbrica 5 entre 2018 y 2020 para poder dotar al presupuesto de la Unión de la flexibilidad necesaria en 2018; expresa su preocupación por la consiguiente reducción del margen de la rúbrica 5 que esta operación acarreará en 2020; señala que el recurso a un enfoque tan heterodoxo es un claro indicador de que no se está dotando al presupuesto de la Unión de los recursos indispensables para poder aplicar las políticas y programas europeos; |
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5. |
Aprueba la Decisión adjunta a la presente Resolución; |
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6. |
Encarga a su presidente que firme esta Decisión, conjuntamente con el presidente del Consejo, y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea; |
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7. |
Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión. |
(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
ANEXO
DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
por la que se modifica la Decisión (UE) 2017/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del Margen para Imprevistos en 2017
(No se reproduce el texto del presente anexo ya que es el que corresponde al del acto definitivo, la Decisión (UE) 2018/9.)