21.3.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88/1 |
Resolución del Comité Europeo de las Regiones sobre la revisión intermedia del marco financiero plurianual
(2017/C 088/01)
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES,
— |
Vista la Comunicación de la Comisión Europea al Parlamento Europeo y al Consejo «Examen/revisión intermedios del marco financiero plurianual 2014-2020. Un presupuesto de la UE centrado en los resultados» [COM(2016) 603 final] (1) y su documento de acompañamiento, |
— |
Visto su dictamen sobre la revisión intermedia del MFP (2), |
1. |
toma nota de la propuesta detallada de revisión intermedia del MFP presentada por la Comisión Europea el 14 de septiembre de 2016; |
2. |
concuerda en vincular las negociaciones de la revisión intermedia al procedimiento presupuestario para el presupuesto de la UE para 2017; esta cronología permitirá adoptar puntualmente la revisión intermedia y dejar tiempo para el debate del próximo MFP posterior a 2020; |
3. |
lamenta la falta de ambición que manifiesta la Comisión Europea al presentar solamente un examen intermedio del MFP, que ha llegado ya a su límite, en lugar de una revisión completa que permita a la Unión Europea abordar los retos a los que tiene que hacer frente y garantizar que el presupuesto de la UE se concentre en los ámbitos que conduzcan al crecimiento sostenible y a la creación de empleo, con un elevado valor añadido europeo; espera que el próximo MFP suponga un avance significativo hacia la modernización del presupuesto de la UE, que le permita acometer los retos futuros así como afrontar las nuevas prioridades que se han presentado; |
4. |
toma nota de que la presente revisión intermedia refleja el planteamiento de la Comisión Europea de «un presupuesto de la UE centrado en los resultados», pero le preocupa que el índice de absorción de los programas de la UE haya sido, aparentemente, el principal criterio para los cambios propuestos a los créditos, y reitera su oferta a las instituciones europeas de desempeñar un papel activo en el proceso de evaluación de la eficiencia y la eficacia de todos los programas de la UE; |
5. |
rechaza resueltamente la impresión que se desprende de la comunicación sobre el MFP de que los programas de gestión compartida no funcionan, y destaca el hecho de que, pese a los retrasos en la adopción de los reglamentos sobre los Fondos EIE y al complejísimo procedimiento de programación, se han comenzado ya más de 200 000 proyectos y se han comprometido más de 46 000 millones EUR de Fondos EIE para la cofinanciación de proyectos por un valor de 68 000 millones EUR; |
6. |
a este respecto, alerta de que una posible suspensión de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos sobre España y Portugal, y cualquier otro Estado miembro, va en detrimento de la ejecución de los programas. Recuerda que: a) el CDR se ha opuesto a la condicionalidad macroeconómica, ya que penaliza a las ciudades y regiones; b) sería contradictoria con las cancelaciones ya aplicadas de sanciones según lo dispuesto por el Reglamento (UE) n.o 1173/2011 sobre la ejecución efectiva de la supervisión presupuestaria en la zona del euro; y c) vulnera el principio de proporcionalidad establecido en el artículo 5 del TUE y su protocolo n.o 2. Y por ello solicita que en caso de que se produzca una eventual suspensión, esta sea de cero, considerando las circunstancias económicas y sociales, el desempleo y los efectos de una suspensión en sus economías, como se prevé por el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 (Reglamento de disposiciones comunes); |
7. |
está efectivamente preocupado por una cierta tendencia a la «centralización» del presupuesto de la UE, que impediría manifiestamente la búsqueda de soluciones específicas a los desafíos locales y regionales; la reducción de la gestión compartida de los programas de la UE afectaría negativamente a la obligación, consagrada en el Tratado, de cohesión económica, social y territorial, así como a los principios de subsidiariedad, asociación y gobernanza multinivel; |
8. |
lamenta que en la revisión intermedia del MFP se incluyan los ajustes de los presupuestos de la política de cohesión, pues, si bien son obligatorios de acuerdo con el artículo 7 del Reglamento del MFP, esos ajustes no deberían negociarse más; |
9. |
celebra, en principio, la propuesta de ampliación y refuerzo del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE) que será tratada en un dictamen aparte del CDR; espera más mejoras en los ámbitos de la adicionalidad, la cobertura geográfica y sectorial y la transparencia, reitera su petición de que se efectúe una verdadera evaluación de los resultados del FEIE, y en particular de sus sinergias con los Fondos EIE y su contribución a la cohesión territorial hasta la fecha, y espera con interés poder cooperar estrechamente con el Parlamento Europeo en la observación de la ejecución del FEIE, si bien expresa el deseo de que las regiones participen en mayor medida en la gobernanza al objeto de garantizar integraciones funcionales con la política de cohesión; |
10. |
celebra que se hayan aumentado los créditos de los programas Horizonte 2020 y Mecanismo «Conectar Europa» (MCE), pero señala que estos incrementos no compensan los primeros recortes presupuestarios a que se sometió a Horizonte 2020 y al Mecanismo «Conectar Europa» cuando se creó el FEIE; |
11. |
toma nota de la propuesta de la Comisión Europea de reforma del Reglamento financiero y de su intención de simplificar las normas para resolver los problemas derivados de la complejidad administrativa y de los errores de la política de cohesión, en particular por lo que respecta a la ejecución de los programas en régimen de gestión compartida y al refuerzo de las sinergias entre las subvenciones y los instrumentos financieros; dicha reforma se tratará en detalle en un dictamen aparte; |
12. |
celebra el aumento de los créditos presupuestarios para la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ) y para el programa Erasmus +; lamenta, sin embargo, la falta de iniciativas para hacer frente al desempleo de larga duración; |
13. |
toma nota de las medidas de flexibilidad que propone la Comisión Europea, en particular la creación de una Reserva de Crisis de la Unión Europea para reutilizar los créditos liberados, la eliminación de los límites anuales a los márgenes globales para los pagos, y el recurso selectivo al ajuste técnico de las dotaciones de la política de cohesión; reconoce los anteriores como pasos positivos para hacer frente a las crisis actuales con un presupuesto de la UE más flexible; |
14. |
lamenta que la Comisión Europea no haya propuesto en la revisión intermedia ninguna otra medida para hacer frente a las diferentes crisis en la UE relacionadas con la política agrícola común, como la concentración de la producción, una mayor competencia mundial, la reducción de la mano de obra y el creciente declive rural, a las que los agricultores europeos, los consumidores y las autoridades locales y regionales tendrán que hacer frente hasta el final del actual período de programación; |
15. |
en vista del ambicioso acuerdo mundial sobre el cambio climático alcanzado en París en 2015, recuerda el objetivo del 20 % del gasto de la UE en políticas y proyectos relativos al clima, pero subraya que ese porcentaje representa un mínimo y que probablemente serán necesarios más esfuerzos para asegurar que pueda conseguirse antes de 2020; |
16. |
celebra la previsión detallada de los pagos a medio plazo, que aborda las preocupaciones relativas a los pagos atrasados en el MFP actual; expresa no obstante su preocupación por los pagos futuros, dado que persisten los retrasos en la ejecución de los programas en régimen de gestión compartida; pone de relieve la responsabilidad de los Estados miembros del Consejo de disponer en los presupuestos anuales créditos de pago suficientes para que la UE tenga medios para afrontar los retos actuales; |
17. |
expresa su preocupación por el hecho de que, a pesar de los aumentos de las rúbricas 3 y 4 para hacer frente a la crisis migratoria y de los refugiados, la creación de la reserva de la Unión Europea para situaciones de crisis y una «reserva de flexibilidad», los recursos disponibles del MFP actual sean insuficientes para hacer frente a las demandas cada vez mayores al presupuesto de la UE en cuanto a acogida, distribución e integración de los refugiados o a su protección en sus regiones de origen; recuerda en este contexto que las autoridades locales y regionales tienen responsabilidades fundamentales a la hora de recibir e integrar a los emigrantes y que, por consiguiente, su acceso directo a las oportunidades de financiación pertinentes de la UE les ayudaría considerablemente a hacer frente a esos desafíos; advierte que el aumento de la flexibilidad no es la solución a la insuficiencia de los recursos financieros; |
18. |
toma nota de la propuesta de creación de un Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible, cuestión que abordará de manera más detallada en un dictamen separado; |
19. |
toma nota de que el previsible abandono de la Unión Europea por parte del Reino Unido puede tener repercusión sobre el marco financiero plurianual actual; expresa su preocupación por las consecuencias de la ejecución actual de varios de los programas de la UE y sugiere que el CDR intervenga con antelación en los sucesivos debates sobre la revisión del MFP vigente; |
20. |
acoge con satisfacción el capítulo titulado «Hacia el próximo marco financiero plurianual» como primera contribución a un debate más general sobre el futuro del presupuesto de la UE; insta a las instituciones de la UE a entablar prontamente un diálogo con las ciudades y regiones de Europa sobre el ámbito, la estructura y los instrumentos del siguiente MFP, y anuncia que preparará a su debido tiempo sus propuestas al respecto; |
21. |
encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo, al Consejo y al presidente del Consejo Europeo. |
Bruselas, 12 de octubre de 2016.
El Presidente del Comité de las Regiones Europeo
Markku MARKKULA
(1) http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:52016DC0603
(2) Dictamen CDR 9/2016.