16.12.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 473/47


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2 correspondientes al ejercicio 2015, acompañado de la respuesta de la Empresa Común

(2016/C 473/06)

ÍNDICE

 

Apartados

Página

INTRODUCCIÓN

1–5

48

INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

6

48

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7–14

49

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

12

50

Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

13

50

COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA

15–23

50

Presentación de las cuentas

15–17

50

Ejecución del presupuesto de 2015

18–19

50

Ejecución presupuestaria plurianual de la Empresa Común FCH en el Séptimo Programa Marco

20–21

50

Ejecución presupuestaria plurianual de la Empresa Común FCH en el marco de Horizonte 2020

22–23

51

OTRAS CUESTIONES

24–28

51

Controles clave y sistemas de supervisión

24

51

Estrategia antifraude

25–27

51

Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión

28

51

SEGUIMIENTO DE OBSERVACIONES ANTERIORES

29–30

52

Supervisión y notificación de los resultados de investigación de los proyectos de investigación

29

52

Conflictos de intereses

30

52

ANEXO

53

INTRODUCCIÓN

1.

La Empresa Común para la aplicación de la tecnología conjunta de Pilas de Combustible e Hidrógeno, con sede en Bruselas, se creó en mayo de 2008 (1) por un período que concluye el 31 de diciembre de 2017 y obtuvo su autonomía financiera el 15 de noviembre de 2010. En mayo de 2014 (2) el Consejo derogó el Reglamento original y amplió la vigencia de la Empresa Común, denominada «Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2» (Empresa Común FCH 2) (3), en virtud del Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte 2020 (4) hasta el 31 de diciembre de 2024.

2.

Su misión consiste en apoyar las actividades de investigación, desarrollo tecnológico y demostración en los Estados miembros y países asociados al Séptimo Programa Marco (7PM) (5) mediante la coordinación con el sector y las organizaciones de investigación, centrándose en el desarrollo de aplicaciones comerciales y facilitando así los esfuerzos del sector por desplegar lo antes posible las tecnologías de las pilas de combustible y el hidrógeno. En el marco de Horizonte 2020, el objetivo de la Empresa Común FCH 2 es contribuir a la consecución del desafío Energía segura, limpia y eficiente y el desafío Transporte inteligente, ecológico e integrado así como a los objetivos de la Iniciativa Tecnológica Conjunta sobre Pilas de Combustible e Hidrógeno a través del desarrollo de un sector de pilas de combustible e hidrógeno fuerte, sostenible y mundialmente competitivo en la Unión (6).

3.

Los miembros de la Empresa Común son la Unión Europea, representada por la Comisión Europea, la Agrupación Industrial (Hydrogen Europe (7)) y la Agrupación Investigación [Nueva Agrupación de Investigación Europea sobre pilas de combustible e hidrógeno (N. ERGHY)].

4.

La contribución financiera máxima de la UE a las actividades de la Empresa Común en el marco del 7PM será de hasta 470 millones de euros (con un máximo de 20 millones de euros para costes administrativos). Dicha contribución será igualada por la de la Agrupación Industrial y la Agrupación Investigación.

5.

La contribución financiera máxima de la UE a las actividades de la Empresa Común FCH 2 en el marco de Horizonte 2020 será de hasta 665 millones de euros [con un máximo de 19 millones de euros para costes administrativos (8)]. Se espera que la Agrupación Industrial y la Agrupación Investigación contribuyan al menos a partes iguales mediante contribuciones en especie (9) a los proyectos financiados por la Empresa Común y las actividades adicionales (10), con un importe mínimo de 380 millones de euros, de los cuales al menos 285 millones de euros deberían corresponder a actividades adicionales.

INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

6.

El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificación de operaciones de la Empresa Común y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control, que incluye un examen del control de calidad de las auditorías ex post llevadas a cabo por la Empresa Común (o por empresas de auditoría privadas en su nombre) a sus beneficiarios, y complementado por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7.

De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado:

a)

las cuentas anuales de la Empresa Común, que comprenden los estados financieros (11) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (12) correspondientes al ejercicio que finalizó el jueves, 31 de diciembre de 2015;

b)

la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

Responsabilidades de la dirección

8.

De conformidad con los artículos 16 y 22 del Reglamento Delegado (UE) n.o 110/2014 de la Comisión (13), la dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Empresa Común, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

a)

Las funciones de la dirección respecto de las cuentas anuales de la Empresa Común consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación fiel de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error, en seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas y fundamentadas en las normas de contabilidad aprobadas por el contable de la Comisión (14) y en efectuar estimaciones contables razonables según las circunstancias. El director aprobará las cuentas anuales de la Empresa Común previamente elaboradas por el contable con arreglo a la información disponible y redactará una nota que debe acompañar a las cuentas en la que, entre otros extremos, declarará que tiene garantías razonables de que estas presentan una imagen fiel y veraz de la posición financiera de esta empresa común en todos sus aspectos significativos.

b)

Las funciones de la dirección respecto de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes y del cumplimiento del principio de buena gestión financiera consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno eficaz y eficiente que represente una supervisión adecuada, incluya las medidas necesarias para impedir la comisión de irregularidades y de fraudes y, si fuera preciso, prevea el ejercicio de acciones legales para recuperar fondos que se hayan abonado o utilizado incorrectamente.

Responsabilidades del auditor

9.

El Tribunal presentará al Parlamento Europeo y al Consejo (15) basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. El Tribunal realiza la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC, y las normas internacionales INTOSAI de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales de la empresa común estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

10.

Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. La selección de estos procedimientos depende del criterio profesional del auditor, que se basa en una valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas y operaciones ilegales o irregulares, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables, y la presentación general de las cuentas.

11.

El Tribunal considera que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y apropiada en apoyo de la declaración de fiabilidad.

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

12.

En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Empresa Común presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2015 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y a las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión.

Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

13.

En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Empresa Común correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2015 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

14.

Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal.

COMENTARIOS SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA

Presentación de las cuentas

15.

Los miembros distintos de la Unión y los miembros asociados comunicarán cada año, a más tardar el 31 de enero, al Consejo de Administración el importe de las contribuciones en especie aportadas en cada uno de los ejercicios financieros anteriores (16). Sobre la base de esta información, y según las orientaciones facilitadas por la Comisión a la Empresa Común, las contribuciones en especie de los miembros deberán anotarse en las cuentas de la Empresa Común.

16.

En el momento de la elaboración de las cuentas definitivas, la Empresa Común no había recibido todos los informes exigidos a sus miembros que ejecutaban proyectos de Horizonte 2020, por lo que el importe de las contribuciones en especie para 2015 para el programa Horizonte 2020 inscrito en las cuentas está basado en estimaciones efectuadas por la Empresa Común de los costes en que han incurrido sus miembros hasta el final de 2015 (17).

17.

Las cuentas de la Empresa Común FCH no incluyen la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria ni el cuadro de conciliación con la cuenta de resultado económico. Sin embargo, ambos elementos aparecen publicados en el informe de gestión presupuestaria y financiera de la Empresa Común relativo al ejercicio 2015, si bien su grado de detalle difiere del facilitado mayoritariamente por las demás empresas comunes, lo que demuestra la necesidad de que la Comisión imparta instrucciones claras sobre la comunicación de información presupuestaria a las empresas comunes.

Ejecución del presupuesto de 2015

18.

El presupuesto definitivo de 2015 disponible para ejecución contenía créditos de compromiso por 132,6 millones de euros y créditos de pago por 95,1 millones de euros. Los porcentajes de ejecución de los créditos de compromiso y de pago, se situaron en un 87 % y en un 83 % respectivamente (18). El porcentaje de ejecución inferior a las previsiones registrado en los créditos de compromiso se debe principalmente al resultado de las convocatorias de 2015. Varias propuestas de proyectos fueron rechazadas, lo que dio lugar a un importe de créditos de compromiso no utilizados de 13,7 millones de euros.

19.

Del total de compromisos operativos contraídos en 2015 (193,5 millones de euros) el 42,6 % eran compromisos individuales basados en procedimientos de adjudicación finalizados de subvenciones y contratos. El 57,3 % restante consistía en compromisos globales cuyo procedimiento de adjudicación no había finalizado. El elevado nivel de compromisos globales en 2015 se debe al tiempo necesario para los procedimientos de evaluación y negociación relativos a las convocatorias de 2015 para proyectos de Horizonte 2020.

Ejecución presupuestaria plurianual de la Empresa Común FCH en el Séptimo Programa Marco

20.

De una dotación total de 470 millones de euros para las actividades operativas de la Empresa Común FCH que debía financiar la UE en el 7PM, la Empresa Común contrajo compromisos operativos por 453,1 millones de euros y efectuó pagos por 316 millones de euros (el 69,8 % de los compromisos operativos) al final de 2015. Según el plan de pagos de la Empresa Común, para los proyectos del 7PM en curso, el importe de pagos operativos pendiente de 137 millones de euros (30,2 %) se utilizará antes del final de 2019. La contribución en efectivo de la UE a los gastos administrativos de la Empresa Común ascendió a 9 millones de euros.

21.

De una dotación total de 470 millones de euros de contribuciones en efectivo y en especie de los otros miembros, se habían notificado a la Empresa Común 342,3 millones de euros de contribuciones en especie a las actividades operativas al 31 de diciembre de 2015, de los cuales 185,6 millones de euros (el 54,2 %) han sido validados por el Consejo de Administración. El elevado nivel de contribuciones en especie que todavía deben ser validadas se debe al ciclo de notificación y certificación de costes de los proyectos del 7PM. Las contribuciones en efectivo de los otros miembros a los gastos administrativos de la empresa común ascendieron a 13 millones de euros.

Ejecución presupuestaria plurianual de la Empresa Común FCH en el marco de Horizonte 2020

22.

De una dotación total de 665 millones de euros para las actividades operativas y administrativas que había de financiar la UE en el marco de Horizonte 2020, la Empresa Común contrajo compromisos operativos por un importe de 83,6 millones de euros y efectuó pagos por un importe de 29,4 millones de euros (el 35 % de los compromisos operativos). La contribución en efectivo de la UE a los gastos administrativos de la Empresa Común ascendió a 781 000 euros.

23.

De una dotación total de los 665 millones de euros de las contribuciones en especie y en efectivo de los otros miembros, la Empresa Común estimó que se habían aportado 3,9 millones de euros de contribuciones en especie a 31 de diciembre de 2015. La contribución en efectivo de los otros miembros a los gastos administrativos de la Empresa Común ascendió a 781 000 euros.

OTRAS CUESTIONES

Controles clave y sistemas de supervisión

24.

La Empresa Común FCH ha establecido procedimientos de control ex ante basados en comprobaciones documentales financieras y operativas, y realiza auditorías ex post a los beneficiarios de las subvenciones. Estos controles constituyen instrumentos clave para evaluar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, incluidas las contribuciones en especie y en efectivo a la Empresa Común de sus otros miembros. El porcentaje de error residual de las auditorías ex post notificado en el informe anual de actividad de 2015 de la Empresa Común FCH fue del 0,98 % (19).

Estrategia antifraude

25.

De conformidad con el artículo 12 de las normas financieras de la Empresa Común FCH, el presupuesto se ejecutará de conformidad con el principio del control interno eficaz y eficiente, que incluya la prevención, detención corrección y seguimiento del fraude y las irregularidades.

26.

Tras la adopción de una Estrategia Antifraude por la Comisión en junio de 2011, la primera estrategia común antifraude en el ámbito de la investigación fue aprobada en julio de 2012 y actualizada en marzo de 2015 para tener en cuenta los cambios introducidos por Horizonte 2020 (20). La estrategia antifraude en el ámbito de la investigación contiene un plan de acción que deben ejecutar las empresas comunes de investigación.

27.

Ya se han establecido procedimientos de control interno en la Empresa Común FCH para ofrecer garantías razonables de la prevención y detección del fraude y las irregularidades (controles ex ante de los pagos, política de conflicto de intereses y auditorías ex post de los beneficiarios de subvenciones). La Empresa Común está aplicando las medidas del plan de acción como la utilización de las bases de datos de la Comisión para identificar organizaciones excluidas o una posible doble financiación (21), de acuerdo con el calendario acordado.

Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión

28.

En noviembre de 2015 el SAI finalizó una auditoría del proceso de evaluación y selección de las propuestas de subvención en el marco de Horizonte 2020 de la Empresa Común FCH 2, en la que recomendaba que esta mejorara la claridad y la transparencia de su selección de temas para propuestas. La Empresa Común FCH 2 ha introducido procedimientos mejorados durante 2016 para la próxima convocatoria de propuestas de 2017.

SEGUIMIENTO DE OBSERVACIONES ANTERIORES

Supervisión y notificación de los resultados de investigación de los proyectos de investigación

29.

Como establecen las normas de Horizonte 2020 (22), la Empresa Común FCH 2 presentó indicadores específicos sobre resultados de investigación en su informe anual de actividad (indicadores de resultados e indicadores de seguimiento de cuestiones transversales) (23).

Conflictos de intereses

30.

En julio de 2015, la Comisión impartió a las empresas comunes orientaciones sobre las normas a seguir en caso de conflicto de intereses que incluían una plantilla común de declaración de ausencia de conflictos de intereses que la Empresa Común tendría que incorporar a sus procedimientos.

El presente informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Baudilio TOMÉ MUGURUZA, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 18 de octubre de 2016.

Por el Tribunal de Cuentas

Klaus-Heiner LEHNE

Presidente


(1)  Reglamento (CE) n.o 521/2008 del Consejo, de 30 de mayo de 2008, por el que se crea la Empresa Común de Pilas de Combustible e Hidrógeno (DO L 153 de 12.6.2008, p. 1), modificado por el Reglamento (UE) n.o 1183/2011 del Consejo (DO L 302 de 19.11.2011, p. 3).

(2)  Reglamento (UE) n.o 559/2014 del Consejo, de 6 de mayo de 2014, por el que se establece la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2 (DO L 169 de 7.6.2014, p. 108).

(3)  El presente informe se referirá a la «Empresa Común de Pilas de Combustible e Hidrógeno», salvo que sea necesario distinguir entre los dos programas.

(4)  Reglamento (UE) n.o 1291/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020), y por el que se deroga la Decisión n.o 1982/2006/CE (DO L 347 de 20.12.2013, p. 104).

(5)  Decisión n.o 1982/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 412 de 30.12.2006, p. 1).

(6)  El anexo presenta de forma sintética, y a título informativo, las competencias, actividades y recursos de la Empresa Común.

(7)  Anteriormente la Nueva Agrupación Industrial Europea (NEW-IG).

(8)  Los costes administrativos de la Empresa Común FCH 2 no deberán superar 38 millones de euros y se sufragarán a través de contribuciones financieras divididas anualmente a partes iguales entre la Unión y los Miembros que no formen parte de la Unión.

(9)  El artículo 13, apartado 3, del anexo al Reglamento UE n.o 559/2014 establece que «los costes de operaciones de la Empresa Común FCH 2 se cubrirán con las contribuciones siguientes: a) una ayuda financiera de la Unión; b) contribuciones en especie de las entidades constitutivas o afiliadas de los miembros distintos de la Unión que participen en acciones indirectas, consistentes en los costes contraídos al ejecutar acciones indirectas menos la contribución de la Empresa Común FCH 2 y cualquier otra contribución de la Unión Europea a dichos costes.»

(10)  De conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra b) del Reglamento (UE) n.o 559/2014, las actividades adicionales son contribuciones en especie para actividades no incluidas en el plan de trabajo ni en el presupuesto de la Empresa Común, pero que contribuyan al logro de los objetivos de la Iniciativa Tecnológica Conjunta FCH. Según el artículo 4, apartado 4, del mismo Reglamento, estos gastos serán certificados por un auditor externo independiente y no serán objeto de auditoría por parte de la Empresa Común FCH 2 ni de ningún órgano de la Unión.

(11)  Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos, un resumen de las políticas contables significativas y otras notas explicativas.

(12)  Los estados sobre la ejecución presupuestaria comprenden los informes de ejecución presupuestaria, un resumen de los principios presupuestarios y otras notas explicativas.

(13)  DO L 38 de 7.2.2014, p. 2.

(14)  Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Nomas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

(15)  Artículo 47 del Reglamento Delegado (UE) n.o 110/2014.

(16)  Artículo, 4, apartados 3 y 4 del Reglamento (UE) n.o 559/2014.

(17)  El importe de las contribuciones en especie de 2015 a Horizonte 2020 que se basa en estimaciones es de 3,9 millones de euros. Si bien la Empresa Común utilizó la información más exacta a su disposición para calcular las contribuciones en especie estimadas, el importe no ha sido certificado por auditores externos independientes [artículo 4, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 559/2014], ni tampoco validado por el director ejecutivo de la Empresa Común.

(18)  Informe anual de actividad de la Empresa Común FCH, página 28.

(19)  Informe anual de actividad de la Empresa Común FCH, página 41. Las auditorías ex post realizadas durante 2015 abarcaron proyectos financiados por la Empresa Común en el marco del 7PM. El enfoque de auditoría de los proyectos Horizonte 2020 se expone en la estrategia de auditoría ex post común de investigación. Las auditorías ex post de los proyectos financiados por la Empresa Común en el marco de Horizonte 2020 comenzarán en 2016.

(20)  Por ejemplo, la creación del centro común de apoyo, con un servicio de auditoría centralizado y procesos empresariales armonizados para los órganos de investigación de la UE.

(21)  Esta acción incluye también una evaluación de la utilización de fuentes ajenas a la UE para evitar la doble financiación.

(22)  Artículo 31 del Reglamento (UE) n.o 1291/2013 y del anexo II de la Decisión del Consejo 2013/743/UE (DO L 347 de 20.12.2013, p. 965).

(23)  Véase el Informe anual de actividad de la Empresa Común FCH, anexos 5, 6 y 7, páginas 78 a 83.


ANEXO

Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2 (Bruselas)

Competencias y actividades

Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado

(artículos 187 y 188 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)

Decisión n.o 1982/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, que contempla el establecimiento de asociaciones público-privadas en forma de iniciativas tecnológicas conjuntas que podrían ejecutarse a través de empresas comunes en el sentido del artículo 187 del TFUE, y Reglamento (UE) n.o 1291/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (Horizonte 2020) cuyo fin es tener una mayor repercusión en la investigación y la innovación combinando Horizonte 2020 y fondos del sector privado en el marco de asociaciones público-privadas en ámbitos clave en que la investigación y la innovación pueden contribuir a unos objetivos de competitividad más amplios, a un impulso de la inversión privada y a afrontar los retos sociales de la Unión.

Reglamento (UE) n.o 559/2014 del Consejo, de 6 de mayo de 2014, por el que se crea la Empresa Común FCH 2.

Competencias de la Empresa Común

[Reglamento (UE) n.o 559/2014 del Consejo]

Objetivos

La Empresa Común FCH 2 tendrá los siguientes objetivos:

a)

contribuir a la aplicación del Reglamento (UE) n.o 1291/2013, y en particular el desafío Energía segura, limpia y eficiente y el desafío Transporte inteligente, ecológico e integrado, en virtud de la parte III del anexo I de la Decisión n.o 2013/743/UE;

b)

contribuir a los objetivos de la Iniciativa Tecnológica Conjunta sobre Pilas de Combustible e Hidrógeno, a través del desarrollo en la Unión de un sector de pilas de combustible e hidrógeno fuerte, sostenible y mundialmente competitivo.

En particular, contribuirá a:

a)

reducir el coste de producción de los sistemas de pilas de combustible para uso en aplicaciones de transporte, y a la vez aumentar su vida útil a niveles competitivos con las tecnologías convencionales;

b)

aumentar la eficiencia eléctrica y la durabilidad de las diferentes pilas de combustible utilizadas para producir energía, reduciendo a la vez los costes hasta niveles competitivos con las tecnologías convencionales;

c)

aumentar la eficiencia energética de la producción de hidrógeno principalmente a partir de la electrolisis del agua y fuentes renovables reduciendo al mismo tiempo los costes de explotación y de capital, de forma que el sistema combinado de la producción de hidrógeno y la conversión por medio del sistema de la pila de combustible pueda competir con las alternativas disponibles en el mercado:

d)

demostrar a gran escala la viabilidad del uso del hidrógeno para apoyar la integración de las fuentes de energía renovables en los sistemas energéticos, en particular mediante su uso como medio de almacenamiento energético competitivo para la electricidad producida a partir de fuentes de energía renovables;

e)

reducir la utilización de lo que la UE define como «materias primas esenciales», por ejemplo mediante recursos libres de platino o con bajo contenido de platino y a través del reciclado o la reducción o la evitación del uso de elementos de tierras raras.

Gobernanza

[Reglamento (UE) n.o 559/2014 del Consejo]

Los órganos de la Empresa Común son:

 

1.

Consejo de Administración

Es el principal órgano rector de la Empresa Común.

 

2.

Director ejecutivo

Se ocupará de la gestión cotidiana de la Empresa Común y será su representante legal. Deberá rendir cuentas al Consejo de Administración.

 

3.

Comité científico

Compuesto por un máximo de nueve miembros que constituirán una representación equilibrada de los conocimientos de categoría internacional de las universidades, del sector industrial y de las instancias reguladoras. Sus tareas son:

a)

asesorar sobre las prioridades científicas que se han de abordar en los planes anuales de trabajo;

b)

asesorar sobre los resultados científicos descritos en el informe anual de actividades.

Los órganos consultivos externos de la Empresa Común FCH 2 son:

 

4.

Grupo de representantes de los Estados FCH

Compuesto de un representante de cada Estado miembro y de cada país asociado a Horizonte 2020.

Se consultará al Grupo de Representantes de los Estados, y este examinará, en particular, la información y presentará dictámenes sobre las siguientes cuestiones:

a)

el progreso del programa de la Empresa Común FCH 2 y el cumplimiento de los objetivos;

b)

la actualización de las orientaciones estratégicas;

c)

los vínculos con el Programa Horizonte 2020;

d)

los planes de trabajo anuales;

e)

la participación de las pymes.

El Grupo de Representantes de los Estados también proporcionará información y actuará como interfaz con la Empresa Común en los siguientes asuntos:

a)

la situación de los correspondientes programas de investigación e innovación nacionales o regionales e identificación de las posibles áreas de cooperación, incluido el despliegue de tecnologías FCH, con el fin de posibilitar las sinergias y evitar solapamientos;

b)

medidas específicas adoptadas a escala nacional o regional respecto de acontecimientos de difusión, talleres técnicos dedicados y actividades de comunicación.

 

5.

Foro de interesados

Constituye un importante canal de comunicación para actividades de la Empresa Común y está abierto a todos los interesados públicos y privados y a los grupos internacionales de interés de los Estados miembros, de los países asociados y de terceros países. Se reunirá una vez al año, será informado de las actividades de la Empresa Común e invitado a presentar observaciones.

Los órganos de control interno y externo y la autoridad de aprobación de la gestión de la Empresa Común son:

 

6.

Auditoría interna

Servicio de Auditoría Interna de la Comisión (SAI).

 

7.

Auditor externo

Tribunal de Cuentas Europeo.

 

8.

Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento Europeo previa recomendación del Consejo.

Medios a disposición de la Empresa Común en 2015

Cuentas definitivas de la Empresa Común FCH 2 de 2015

Presupuesto (créditos de compromiso)

132,6  millones de euros

Presupuesto (créditos de pago)

95,1  millones de euros

Efectivos a 31 de diciembre de 2015

La plantilla de 2015 cuenta con 26 puestos (24 agentes temporales y 2 agentes contractuales), cubiertos en su totalidad a final de 2015, encargados de apoyar tareas operativas (18 empleados en equivalente de personal a tiempo completo o ETC), y de tareas administrativas (8 ETC).

Productos y servicios facilitados en 2015

Véase el informe anual de actividad de 2015 de la Empresa Común FCH 2 en

http://www.fch.europa.eu/page/annual-activity-reports

Fuente: Información comunicada por la Empresa Común FCH 2.


RESPUESTA DE LA EMPRESA COMÚN

15-16.

De conformidad con la metodología IKOP H2020 (Contribuciones en especie a las actividades operativas), aprobada por el Consejo de Administración de la Empresa Común FCH 2 en noviembre de 2015, y en línea con la posición de la Comisión Europea de julio de 2016, se acordó lo siguiente:

1)

las contribuciones en especie a las actividades operativas (IKOP) se componen de los costes candidatos a subvención, una vez deducida la contribución de la EC Pilas de Combustible e Hidrógeno 2;

2)

la certificación se hace mediante Certificados de Estados Financieros (CFS, Certificates of Financial Statements) al final del proyecto;

3)

el Informe anual incluirá también contribuciones en especie certificadas basadas en los costes certificados y validados por la Empresa Común hasta el 31 de diciembre.

En línea con la metodología, las cuentas hasta el 31 de diciembre de 2015 incluyen las contribuciones en especie a las actividades operativas estimadas en los compromisos.

Dado que el primer informe sobre proyectos está previsto para septiembre de 2016, la Empresa Común no ha validado costes en 2015.

17.

La Comisión Europea publicará una nota orientativa sobre qué debería incluirse en los informes de ejecución y, en consonancia, la Empresa Común presentará las cuentas anuales en 2016.

28.

El procedimiento de selección y redacción de temas fue aprobado por el Consejo de Administración de la Empresa Común FCH 2 el 29 de junio de 2016 y ya se ha puesto en práctica en 2016 para la convocatoria de propuestas de 2017.

30.

Está en marcha la aprobación de normas comunes para el personal basada en la plantilla de la Comisión Europea. De forma similar, la normativa para otros órganos de la Empresa Común se presentará al Consejo de Administración para su aprobación antes del final de 2016.