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27.6.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 224/198 |
P8_TA(2016)0457
Código aduanero de la Unión, en lo que se refiere a las mercancías que hayan abandonado temporalmente el territorio aduanero de la Unión por vía aérea o marítima ***I
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 1 de diciembre de 2016, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (UE) n.o 952/2013 por el que se establece el código aduanero de la Unión, en lo que se refiere a las mercancías que hayan abandonado temporalmente el territorio aduanero de la Unión por vía aérea o marítima (COM(2016)0477 — C8-0328/2016 — 2016/0229(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
(2018/C 224/37)
El Parlamento Europeo,
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Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2016)0477), |
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Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 207 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0328/2016), |
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Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Visto el artículo 59 de su Reglamento, |
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Visto el informe de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (A8-0329/2016), |
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1. |
Aprueba su Posición en primera lectura, que figura a continuación; |
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2. |
Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto; |
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3. |
Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales. |
P8_TC1-COD(2016)0229
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 1 de diciembre de 2016 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2016/… del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (UE) n.o 952/2013 por el que se establece el código aduanero de la Unión, en lo que se refiere a las mercancías que hayan abandonado temporalmente el territorio aduanero de la Unión por vía aérea o marítima
(Dado que el Parlamento y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, el Reglamento (UE) 2016/2339.)