30.9.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 322/4


Comunicación del Gobierno de la República de Polonia en relación con la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos en la zona de «Anna»

(2015/C 322/05)

El procedimiento se refiere al otorgamiento de una concesión para la prospección o exploración de yacimientos de metano en capas de carbón en la zona de «Anna», provincia de Śląskie:

Nombre

Sistema de coordenadas de 2000

X

Y

Anna

5 541 593,09

6 529 826,33

5 541 616,30

6 528 058,14

5 542 439,36

6 528 167,79

5 545 400,94

6 529 132,85

5 545 238,45

6 529 554,46

5 545 178,53

6 529 990,02

5 545 327,78

6 530 629,40

5 545 627,31

6 531 542,86

5 545 132,83

6 531 518,62

5 545 089,82

6 530 922,15

5 543 168,20

6 530 181,79

5 542 696,62

6 530 130,33

5 541 593,09

6 529 826,33

Las solicitudes deben referirse a la misma zona.

Las solicitudes de concesión deben llegar a la sede central del Ministerio de Medio Ambiente no más tarde de las 12.00 horas (CET/CEST) del último día de un período de 91 días contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta comunicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Las solicitudes se examinarán de acuerdo con los siguientes criterios:

a)

la tecnología de trabajo propuesta para la actividad (40 %),

b)

la capacidad técnica y financiera del licitador (50 %),

c)

la cuantía de la cuota propuesta en pago del usufructo minero (10 %).

La cuantía mínima de la cuota por usufructo minero para la zona de «Anna» asciende a:

1.

para la prospección de yacimientos de metano en capas de carbón:

—   sobre una base trienal: 2 000,00 PLN al año,

—   para el 4o y 5o año de vigencia del contrato de usufructo minero: 2 000,00 PLN al año,

—   para el 6o año y posteriores de vigencia del contrato de usufructo minero: 2 000,00 PLN al año,

2.

para la exploración de yacimientos de metano en capas de carbón:

—   sobre una base trienal: 4 000,00 PLN al año,

—   para el 4o y 5o año de vigencia del contrato de usufructo minero: 4 000,00 PLN al año,

—   para el 6o año y posteriores de vigencia del contrato de usufructo minero: 4 000,00 PLN al año,

3.

para la prospección y exploración de yacimientos de metano en capas de carbón:

—   sobre una base quinquenal: 6 000,00 PLN al año,

—   para el 6o, 7o y 8o año de vigencia del contrato de usufructo minero: 6 000,00 PLN al año,

—   para el 9o año y posteriores de vigencia del contrato de usufructo minero: 6 000,00 PLN al año.

El procedimiento de evaluación de solicitudes concluirá en un plazo de seis meses a partir de la fecha límite de presentación de solicitudes. Los solicitantes serán informados por escrito del resultado del procedimiento.

Las solicitudes deben presentarse en polaco.

La autoridad competente en materia de concesiones otorgará una concesión para la prospección y/o exploración de yacimientos de metano en capas de carbón al solicitante seleccionado, previo dictamen de las autoridades pertinentes, y celebrará con él un contrato de usufructo minero.

Para poder realizar actividades de prospección o exploración de yacimientos de metano en capas de carbón en Polonia, el operador deberá contar a la vez con derechos de usufructo minero y con una concesión.

Las solicitudes se enviarán a la siguiente dirección:

Ministerstwo Środowiska [Ministerio de Medio Ambiente]

Departament Geologii i Koncesji Geologicznych [Departamento de Geología y Concesiones Geológicas]

Wawelska 52/54

00-922 Varsovia

POLSKA/POLONIA

Para más información:

Sitio web del Ministerio de Medio Ambiente: www.mos.gov.pl

Departamento de Geología y Concesiones Geológicas

Ministerio de Medio Ambiente

Wawelska 52/54

00-922 Varsovia

POLSKA/POLONIA

Tel. +48 223692449

Fax +48 223692460

Correo electrónico: dgikg@mos.gov.pl

Aprobado por:

Sławomir M. BRODZIŃSKI

Geólogo jefe del Estado