9.12.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 409/56 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud y Alimentación correspondientes al ejercicio 2014 acompañado de la respuesta de la Agencia
(2015/C 409/07)
INTRODUCCIÓN
1. |
La Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud y Alimentación (en lo sucesivo, «la Agencia») se creó el 1 de enero de 2005 (Agencia Ejecutiva para el Programa de Salud Pública, PHEA entre 2005 y 2008; Agencia Ejecutiva de Salud y Consumidores, EAHC, entre 2008 y 2013, y Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud y Alimentación, Chafea, a partir del 1 de enero de 2014 (1)). La Agencia, con sede en Luxemburgo, que se creó por un período que finalizará el 31 de diciembre de 2024, aplica el Programa de acción de la UE en el ámbito de la salud, el Programa de protección de los consumidores y la iniciativa «Mejora de la formación para aumentar la seguridad alimentaria» (BTSF) (2). |
INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
2. |
El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Agencia, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección. |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
Responsabilidades de la dirección
Responsabilidades del auditor
Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas
Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas
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10. |
Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal. |
COMENTARIOS SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
11. |
El nivel de prórrogas del título III (Gastos vinculados a las operaciones de la Agencia) resulta elevado, situándose en 0,9 millones de euros (1,0 millones de euros en 2013), lo que representa el 50 % (43 % en 2013) de los créditos comprometidos. El elevado nivel de prórrogas, aunque contrario al principio presupuestario de anualidad, se refería principalmente a los servicios prestados en 2014 (0,6 millones de euros) y a contratos anuales que abarcan parte de 2015 (0,3 millones de euros). |
SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
12. |
En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con el ejercicio anterior. |
El presente informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Milan Martin CVIKL, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 8 de septiembre de 2015.
Por el Tribunal de Cuentas
Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA
Presidente
(1) Decisión 2013/770/UE de la Comisión (DO L 341 de 18.12.2013, p. 69).
(2) El anexo II presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Agencia.
(3) Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.
(4) Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria, y los estados sobre la ejecución presupuestaria.
(5) Artículos 38 a 42 del reglamento financiero de la Agencia.
(6) Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Nomas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.
(7) Artículos 87 a 92 del reglamento financiero de la Agencia.
ANEXO I
Seguimiento de los comentarios de ejercicios anteriores
Ejercicio |
Comentario del Tribunal |
Estado de aplicación de la medida correctora (Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto) |
2013 |
De los 1,1 millones de euros prorrogados de 2012, en 2013 se anularon 0,23 millones de euros (21 %). Este elevado nivel de anulaciones denota la existencia de insuficiencias en la planificación presupuestaria, en particular la previsión de costes de las reuniones con participantes externos. |
Sin objeto |
2013 |
El nivel global de créditos comprometidos fue relativamente bajo (94 %). Los porcentajes de pago de los créditos comprometidos en 2013 resultaron satisfactorios en lo referente a los títulos I y II (97 % y 87 % respectivamente). Aunque el nivel de prórrogas del título III fue elevado al situarse en 1,0 millón de euros (el 43 % de los créditos comprometidos del título III), refleja el carácter plurianual de las actividades de la Agencia y los pagos se planificaron y efectuaron con arreglo a necesidades operativas. |
Sin objeto |
ANEXO II
Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud y Alimentación (Luxemburgo)
Competencias y actividades
Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado (Artículos 168 y 169 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) |
Al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Unión se garantizará un alto nivel de protección de la salud humana. La acción de la Unión, que complementará las políticas nacionales, se encaminará a mejorar la salud pública, prevenir las enfermedades humanas y evitar las fuentes de peligro para la salud física y psíquica. Dicha acción abarcará la lucha contra las enfermedades más graves y ampliamente difundidas, apoyando la investigación de su etiología, de su transmisión y de su prevención, así como la información y la educación sanitarias, y la vigilancia de las amenazas transfronterizas graves para la salud, la alerta en caso de tales amenazas y la lucha contra ellas. La Unión complementará la acción de los Estados miembros dirigida a reducir los daños a la salud producidos por las drogas, incluidas la información y la prevención. Para promover los intereses de los consumidores y garantizarles un alto nivel de protección, la Unión contribuirá a proteger la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores, así como a promover su derecho a la información, a la educación y a organizarse para salvaguardar sus intereses. |
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Competencias de la Agencia |
Objetivos
Funciones La Agencia se encarga de las siguientes tareas relativas a los programas, como se define en su escritura de constitución y en el acta de delegación modificada en último término el 17 y el 19 de diciembre de 2014.
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Gobernanza |
Comité de Dirección Compuesto por cinco miembros nombrados por la Comisión Europea. Los miembros del Comité de Dirección son nombrados por un período de dos años. Adopta el programa anual de trabajo de la Agencia tras su aprobación por la Comisión Europea, así como el presupuesto de funcionamiento y el informe anual de actividades. Adopta el programa anual de trabajo de la Agencia y el presupuesto de funcionamiento y el informe anual de actividades. Director Nombrado por la Comisión Europea por un período de cuatro años. Auditor externo Tribunal de Cuentas Europeo. Autoridad de aprobación de la gestión Parlamento previa recomendación del Consejo. |
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Medios a disposición de la Agencia en 2014 (2013) |
Presupuesto final El presupuesto administrativo de la Agencia para 2014 ascendió a 7,25(7,23) millones de euros. Efectivos a 31 de diciembre de 2014 A 31 de diciembre de 2014, la Agencia contaba con 48 (50) agentes estatutarios, 12 (11) temporales y 38 (38) contractuales. |
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Productos y servicios facilitados en 2014 |
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(1) DO C 171 de 6.6.2014, p. 10.
(2) http://ec.europa.eu/chafea/health/projects.html y http://ec.europa.eu/chafea/health/grants.html
(3) http://ec.europa.eu/health/programme/how_does_it_work/call_for_proposals/index_en.htm
Fuente: Anexo facilitado por la Agencia.
RESPUESTA DE LA AGENCIA
11: |
La Agencia acepta las observaciones del Tribunal. La Agencia proseguirá sus esfuerzos por seguir reduciendo las prórrogas para el título III (Gasto vinculado a las operaciones de la Agencia) mediante una planificación temprana y un estrecho seguimiento de los contratos. |