17.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 423/13


Dictamen del Comité de las Regiones Europeo — Simplificación de la política agrícola común (PAC)

(2015/C 423/03)

Ponente:

Anthony Gerard BUCHANAN, concejal de East Renfrewshire (UK/AE)

I.   ANTECEDENTES

EL COMITÉ DE LAS REGIONES EUROPEO

1.

acoge favorablemente la solicitud del comisario europeo de Agricultura y Desarrollo Rural de que se implique al Comité de las Regiones en este proceso, que él mismo ha señalado como su principal prioridad para 2015;

2.

coincide con el objetivo explícito de que la simplificación de la política agrícola común (PAC) aumentaría la competitividad del sector agrícola, ahorraría tiempo y reduciría costes a todos los interesados y, en particular, a los agricultores, los agentes económicos y las autoridades públicas;

3.

considera que el valor añadido de la contribución del CDR reside en la atención que se presta a los aspectos territoriales de la PAC y el fomento de la subsidiariedad y la gobernanza multinivel, ya que los entes locales y regionales gestionan una parte importante de la ejecución de esta política;

4.

se propone no solo formular propuestas a corto plazo que mejoren el régimen actual, al tiempo que se garantiza la consecución de los objetivos de la PAC y la seguridad jurídica de sus beneficiarios, sino también utilizar el presente dictamen como palanca para abrir el debate en el CDR sobre el futuro de la PAC después de 2020;

5.

apoya una continua liberalización y simplificación de la PAC y que se dé la espalda a las políticas fallidas del pasado que aislaron a los agricultores del mercado, aun cuando insiste en que ello no debe hacerse a expensas de la seguridad alimentaria ni socavar la capacidad de los agricultores para obtener unos ingresos justos por la comercialización de sus productos;

II.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

La política común de la UE frente a la subsidiariedad

6.

recuerda que uno de los rasgos distintivos de la nueva PAC es el aumento significativo de la descentralización, con un gran número de disposiciones que quedan a cargo de los Estados miembros y, en muchos casos, de los entes regionales: cuestiones como el margen de transferencia entre el pilar 1 (pagos directos) y el pilar 2 (desarrollo rural), la definición de agricultor activo, los requisitos mínimos aplicables a los pagos directos, la ayuda asociada voluntaria, la limitación de los pagos directos y la regionalización, entre muchas otras, sobre las que corresponde decidir a los Estados miembros y a las regiones;

7.

señala que las derogaciones y exenciones solicitadas por los Estados miembros han contribuido a aumentar la preocupación sobre la complejidad creciente de la PAC;

8.

reitera la recomendación formulada ya en su Dictamen CDR 65/2012 de ampliar el principio de subsidiariedad en la reforma, a fin de ofrecer mayor flexibilidad a los Estados miembros y a las regiones. No obstante, el refuerzo de la subsidiariedad, la gobernanza multinivel y la cohesión territorial no debería originar una fragmentación excesiva de la PAC, que le impida funcionar como una política común europea;

Criterios clave de simplificación

9.

considera como prueba de fuego de cualquier nueva simplificación de la PAC que se dote a los Estados miembros, regiones y entes locales de mayor flexibilidad en materia de ejecución y fiabilidad de los controles, siempre y cuando no se falseen la igualdad de las condiciones de la competencia en toda la UE, que esta política, en su calidad de política europea con objetivos para todo el continente, debe garantizar;

10.

advierte de que la simplificación de la PAC no puede utilizarse para desmantelar toda una serie de ayudas públicas, en particular las medioambientales, cuando su razón de ser es precisamente facilitarlas;

11.

insiste en que cualquier simplificación de la PAC requiere que se garantice la competitividad de la producción alimentaria, y al mismo tiempo los agricultores puedan obtener ingresos justos al comercializar sus productos, y que tanto ellos como las comunidades locales se beneficien de incentivos para suministrar bienes públicos como la protección medioambiental, la inclusión social y los servicios rurales, a fin de empoderar a estas comunidades y ofrecerles medios para diversificar su actividad económica y reducir la despoblación;

12.

destaca la necesidad de mejorar la coherencia y complementariedad entre la PAC y otras políticas de la UE, como la política medioambiental (y sus fondos). Es muy necesario, en particular, mejorar la coherencia entre el Fondo de Desarrollo Rural y el resto de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, que unidos constituyen un marco estratégico común que se basa en los objetivos políticos generales de la Estrategia Europa 2020;

13.

cree que se debe reforzar el poder de negociación de los agricultores frente a los demás operadores de la cadena alimentaria (principalmente, los proveedores de insumos, los minoristas y la industria transformadora) y mejorar la transparencia del mercado para que los productores primarios obtengan una proporción más justa del precio de mercado. Se ha de garantizar la competencia leal, y exhortamos a la Comisión a que investigue todos los posibles abusos de poder adquisitivo a lo largo de la cadena de suministro de alimentos;

14.

opina que, en la actual revisión de la normativa de la PAC, que abarca más de doscientos actos legislativos sobre, entre otras cosas, las zonas de prioridad ecológica, los regímenes de pago básico para agricultores, las OCM y las normas para indicadores geográficos, es primordial garantizar a sus beneficiarios la seguridad jurídica y la previsibilidad;

15.

considera que el principal valor añadido de la simplificación de la PAC residiría en la reducción selectiva de las cargas administrativas que recaen sobre los agricultores y otros beneficiarios, como las comunidades rurales, la clarificación del marco legislativo y la mejora de la coherencia entre los dos pilares de esta política, al mismo tiempo que se garantiza su buena gestión financiera;

16.

recomienda adoptar un enfoque más eficaz respecto del intercambio de datos y las soluciones informáticas integradas, como formularios electrónicos y bases de datos, que ofrezca un servicio de ventanilla única para reducir la carga que supone el cumplimentar formularios para agricultores, administradores de tierras y autoridades de gestión. Con este fin, se necesita una evaluación previa de riesgos que determine qué datos pueden compartirse, y se requiere asimismo la participación de la Comisión y los órganos de auditoría pertinentes, incluido el Tribunal de Cuentas Europeo, para evitar problemas de fiscalización más tarde;

17.

acoge favorablemente la creación de un grupo de alto nivel sobre la simplificación de los Fondos EIE, así como que se preste particular atención a las repercusiones para sus beneficiarios. Propone que uno de sus miembros sea un representante del Comité de las Regiones. Este representante recibiría apoyo de la Comisión NAT, las delegaciones nacionales del CDR y los órganos a los que representan, así como a la Red de Seguimiento de la Subsidiariedad y la Plataforma Europa 2020, a los cuales informaría a su vez;

Pilares 1 y 2

18.

señala que la PAC 2014-2020 sigue dividida entre un gran pilar, el 1, centrado en los pagos directos, y uno más pequeño, el 2, centrado en el desarrollo rural. El hecho de que la transferencia entre pilares se decida a nivel nacional o regional es positivo desde la perspectiva de la subsidiariedad, pero ha dado lugar, a nivel europeo, a una situación de gran complejidad. En su Dictamen CDR 65/2012, el Comité de las Regiones respaldaba la posibilidad de transferir hasta un 10 % de los fondos del primer al segundo pilar, y no al revés;

19.

apunta que, aunque se hayan hecho avances para garantizar una delimitación entre los pilares, siguen produciéndose solapamientos claros en ámbitos como las zonas con limitaciones naturales, la protección medioambiental y el apoyo a los jóvenes agricultores, así como en la relación entre el segundo pilar y los otros Fondos EIE;

20.

opina que lo ideal sería que no se produjesen solapamientos, y cabe la posibilidad de que tras 2020 la UE se dote con un instrumento político para apoyar la producción alimentaria, otro para garantizar el desarrollo sostenible y un tercero para posibilitar la diversificación en las comunidades rurales más allá de la producción agrícola, de forma coherente y sin solapamientos entre ellos. Sin embargo, hoy por hoy la simplificación debería centrarse en reducir estos solapamientos y en garantizar que las normas existentes eviten realmente que los beneficiarios perciban una «doble financiación», procedente de ambos pilares, por la misma actividad;

21.

insiste en que la Comisión puede desempeñar un papel de apoyo activo a lo largo de todo el período, evaluando con espíritu crítico las opciones elegidas inicialmente por los Estados miembros y las autoridades de gestión a fin de facilitar un cambio de prioridades durante dicho período si no han supuesto un valor añadido real, pero velando también por que estos cambios no alteren la seguridad jurídica de los beneficiarios a lo largo de todo el programa;

Ecologización

22.

considera que, aunque la ecologización de la PAC es una de las principales innovaciones del nuevo período de programación, su aplicación se percibe con frecuencia como algo excesivamente complejo, la interpretación que de ella hace la Comisión, como algo excesivamente inflexible, particularmente en relación con las prácticas equivalentes a las de ecologización, y los actos delegados y de ejecución de la Comisión, como algo excesivo e pues van mucho más allá de lo dispuesto en los Reglamentos;

23.

apunta que la presentación de pruebas sobre la diversificación de cultivos, las frecuencias de inspección o la superficie mínima y las normas sobre el mantenimiento de los pastos permanentes son demasiado onerosas para los beneficiarios;

24.

hace hincapié en que la PAC ha de ser equitativa para todos los agricultores. Sin embargo, las condiciones naturales, los costes de producción y el nivel de vida general no son los mismos en toda Europa y deben tenerse en cuenta a la hora de redistribuir las ayudas, razón por la cual el Comité considera que estas han de reflejar la diversidad agrícola de la UE;

25.

reitera lo afirmado en su Dictamen CDR 65/2012, en el que pedía más subsidiariedad a fin de capacitar a los entes locales y regionales para poner en marcha y gestionar medidas medioambientales específicas, por ejemplo mediante contratos territoriales en asociación con los agricultores y agentes medioambientales y socioeconómicos locales, o utilizando las categorías de medidas abiertas a todas las explotaciones agrícolas;

26.

insiste en que la credibilidad de la PAC solo puede garantizarse si esta no se limita a respaldar la producción de alimentos, apoyar los ingresos de los agricultores y contribuir al desarrollo rural, sino que también alcanza los objetivos climáticos y de biodiversidad;

27.

incide en que la PAC es el segundo capítulo de gastos del presupuesto de la UE y tiene una fuerte dimensión territorial, y que junto con la política regional constituye el principal instrumento para cumplir los compromisos medioambientales de la UE;

28.

teme que no se vaya a aprovechar todo el potencial de la ecologización por la manera en que se ha concebido: por ejemplo, la gran mayoría de explotaciones agrícolas de la UE no necesitaban aplicar el estatuto de zona de prioridad ecológica;

29.

recuerda también las serias preocupaciones de los beneficiarios por la excesiva complejidad de las normas de ecologización, lo que con frecuencia, en vez de animarlos a adoptar prácticas agrícolas sostenibles, tiene el efecto contrario;

30.

considera, no obstante, que la simplificación de las normas de ecologización de la PAC no puede utilizarse como excusa para rebajar sus objetivos medioambientales. Cualquier modificación de la normativa debería basarse en pruebas científicas que garanticen su compatibilidad medioambiental, y son estas pruebas las que deberían delimitar el alcance de cualquier modificación de los procedimientos administrativos destinada a reducir su carga reguladora para los beneficiarios;

31.

recuerda que actualmente las normas de la PAC autorizan la adopción de medidas equivalentes a la ecologización, y considera que, en determinadas circunstancias, dichas medidas pueden constituir una alternativa razonable, siempre y cuando refuercen, o al menos no debiliten, los resultados medioambientales de la PAC;

32.

considera que la proporcionalidad debería tenerse en cuenta en las inspecciones y normas de cumplimiento de la ecologización, mostrándose mayor tolerancia con las infracciones menores, las malas condiciones climáticas y los sucesos inesperados que se hallan fuera del control de los beneficiarios. Esto es particularmente pertinente para los primeros años de aplicación de la nueva normativa de la PAC, durante los cuales el riesgo de errores probablemente sea alto, entre otras cosas debido a que las directrices de las autoridades de gestión y de la propia Comisión se presentaron de forma tardía;

33.

propone una mayor flexibilidad en relación con la cartografía, de modo que el beneficiario no tenga que declarar todos los elementos en el área en cuestión, lo que evitaría el riesgo de declaración excesiva;

Agricultores activos

34.

subraya, como señalaba ya en su Dictamen CDR 65/2012, que uno de los principales cambios de la nueva normativa de la PAC reside en el propósito de asegurar que esta beneficie únicamente a los agricultores que realmente cultivan las tierras, y no a los «falsos agricultores»;

35.

afirma que, aunque este propósito se garantiza mediante los requisitos de actividad mínima, que exigen al beneficiario prueba de un mínimo de carga ganadera, preocupa que las normas, tal como están formuladas, sigan dejando margen para que los agricultores inactivos sigan beneficiándose de los pagos de la PAC;

36.

expresa su preocupación por la excesiva complejidad de las normas y definiciones actuales sobre los agricultores activos, que deberían clarificarse. Se debe dar a los Estados miembros la posibilidad de establecer por sí mismos los criterios relativos a los agricultores activos, siempre y cuando se respeten los principios generales del Derecho de la Unión;

Jóvenes y pequeños agricultores

37.

respalda el particular reconocimiento que se concede a los pequeños agricultores en la PAC, ya que en varios Estados miembros representan una proporción muy significativa del empleo rural, y recuerda que ya había propuesto anteriormente como medida de simplificación que el umbral mínimo de ayuda se aumentase a 1  000 EUR;

38.

opina que los jóvenes agricultores impulsan toda una diversidad de salidas de tipo medioambiental y económico, tanto en las propias explotaciones agrícolas como en el seno de la comunidad rural;

39.

recomienda que las disposiciones jurídicas y financieras de la nueva PAC se reevalúen para que incentiven realmente la entrada en la profesión de jóvenes agricultores. Deben ser más flexibles a la hora de reconocer el papel de los jóvenes agricultores sobre el terreno en el contexto jurídico y económico actual (transferencia de prestaciones, agricultores de más edad que han comenzado su actividad recientemente, etc.), en el cual los jóvenes agricultores inician sus carreras junto con miembros de la familia de más edad o con otros empresarios rurales;

Condicionalidad

40.

señala que el Reglamento y el Reglamento Delegado fijan umbrales diferentes (5 % y 3 %, respectivamente) para determinar en qué casos debe aplicarse una sanción. En general se considera que el umbral del 3 % es desproporcionado;

Directrices de la Comisión

41.

expresa su preocupación por el hecho de que, a pesar del propósito explícito de la nueva PAC de reducir el número de normas a nivel europeo, ha aumentado la producción normativa de la Comisión mediante actos delegados, y directrices que se tratan en muchas ocasiones como un equivalente de disposición legislativa;

42.

insiste en que debería evitarse la sobrerregulación de la normativa europea resultante de introducir directrices adicionales a nivel nacional o regional. En este sentido, la presentación tardía de directrices por parte de la Comisión ha contribuido a la complejidad de la PAC, lo que a su vez ha aumentado la probabilidad de que se produzcan problemas de fiscalización en fases posteriores;

43.

considera que, cuando las directrices de la UE o la legislación autorizan cierto grado de flexibilidad, las autoridades nacionales y de gestión deberían evitar la adopción de nuevas disposiciones sobrerreguladoras y de difícil verificación;

44.

solicita que la revisión de los instrumentos de la PAC en curso se lleve a cabo aplicando los nuevos criterios del programa de adecuación y eficacia de la reglamentación (REFIT) formulados recientemente por la Comisión;

Carga de auditoría

45.

considera que, como sucede con otros fondos de la UE, la PAC sigue aplicando un tipo de auditoría de varios niveles, que a menudo conlleva interpretaciones diferentes. Esto crea inseguridad jurídica no solo para las autoridades nacionales, regionales y locales, sino también, de manera esencial, para los beneficiarios;

46.

opina que la PAC debería pasar a aplicar un enfoque de inspección y auditoría más proporcionado y basado en los resultados, que se centre en menor medida en las sanciones y más en las mejoras y garantizar la consecución de sus objetivos más amplios. Un criterio clave de simplificación para los beneficiarios, incluidos los entes locales y regionales, es la reducción del número de inspecciones requeridas, pues el actual 5 % de controles in situ suele considerarse demasiado oneroso;

47.

aboga por aplicar a las inspecciones un enfoque basado en el riesgo, más flexible y proporcionado, de modo que en una única visita puedan llevarse a cabo más de un tipo de inspecciones, y que, en casos justificados, la inspección pueda anunciarse de antemano para garantizar su realización de forma eficaz e interrumpiendo de forma limitada el trabajo cotidiano de los agricultores y otros beneficiarios. Cuando las posibilidades de error son altas, podrían realizarse inspecciones previas para ayudar al beneficiario a cumplir las normas y hacerse dueño de la situación;

48.

expresa su preocupación por el hecho de que el nuevo artículo 9 del Reglamento horizontal de la PAC aumentará la carga de las inspecciones anuales e insiste en la necesidad de reducir al mínimo las normas adicionales de auditoría a nivel nacional. Su conformidad con las normas y prácticas de auditoría europeas debería ser objeto de una evaluación de riesgos, y para su elaboración debería solicitarse el asesoramiento previo de los auditores de la UE;

49.

insiste en que en el futuro debería desarrollarse en mayor medida un enfoque de auditoría basado en el riesgo, para llegar a una situación en la que, si una autoridad nacional o regional es capaz de demostrar que dispone de un sistema de auditoría propio, no se requiera ninguna auditoría adicional por parte de la Comisión o el Tribunal de Cuentas Europeo menos para controles aleatorios excepcionales, a fin de garantizar la solidez del sistema nacional;

50.

expresa su preocupación por el hecho de que el régimen de auditoría de este período resulte más oneroso, y considera que, para evitarlo, es preciso que las autoridades de gestión y auditoría se pongan de acuerdo desde una fase temprana en el diseño de los programas, a fin de prevenir contradicciones más tarde y evitar que se necesiten múltiples auditorías, llevadas a cabo por diferentes órganos, para una misma actividad. Vista la lentitud con la que se están poniendo en marcha los programas de la PAC, está posibilidad todavía esta abierta en muchos países y regiones;

51.

cree que el grado de conformidad con los programas puede mejorarse con una mayor transparencia del proceso de auditoría, por ejemplo si la Comisión publica las conclusiones de su auditoría en una fase temprana del proceso y si los resultados de la conciliación y los recursos se hacen públicos en cuanto se concluyen;

52.

considera que, aunque la nueva organización común de mercados (OCM) ha constituido en sí misma una gran simplificación, al sustituir a las 21 OCM anteriores y abolir 81 actos legislativos, queda todavía margen de mejora en relación con la cantidad y el alcance de los informes que deben presentarse a la Comisión;

Desarrollo rural

53.

señala que, en muchos Estados miembros, las zonas rurales no se reducen a la agricultura, sino que albergan también a pequeñas empresas fuera del sector alimentario, además de ser áreas de residencia;

54.

reitera su posición, defendida ya en anteriores dictámenes, de que resulta crucial, en consonancia con el objetivo de cohesión territorial de la UE, reservar al desarrollo de las zonas rurales un porcentaje de recursos suficiente, reforzando el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), a fin de garantizar un desarrollo armonioso e integrado de estas zonas, incluida la provisión de infraestructuras locales, el apoyo a las pymes, la renovación de los pueblos y una mayor diversificación económica;

55.

insiste en que se necesita una política holística de desarrollo rural que también garantice el acceso a los demás Fondos EIE, para que puedan de manera conjunta responder a las prioridades del marco estratégico común de Europa 2020;

56.

en este sentido, lamenta que la inversión en desarrollo rural siga centrada en actividades agrícolas similares a las apoyadas ya en el pilar 1; insta a la Comisión a utilizar la probable revisión de los programas de desarrollo rural en el curso del período para convencer a las autoridades de gestión de que abandonen este tipo de intervenciones cuando no hayan ofrecido suficiente valor añadido a la consecución de los objetivos de Europa 2020 y antepongan la diversificación y el empoderamiento de las comunidades rurales;

57.

expresa su preocupación por el retraso significativo en la aprobación de los programas de desarrollo rural, que incluso ha ocasionado el desplazamiento del presupuesto 2014 a ejercicios posteriores;

58.

considera que una de las principales causas de estos retrasos reside en la coordinación interna entre direcciones generales, donde la aprobación a menudo se plegaba al ritmo del funcionario más lento en el procedimiento de consulta entre servicios. Una propuesta para el futuro sería enviar a la DG AGRI a funcionarios en comisión de servicio de otras DG durante el período de aprobación de los programas de desarrollo rural;

59.

considera que, dada la lentitud de la Comisión en la elaboración de directrices y actos delegados, sería adecuado que, en la negociación de los programas de desarrollo rural, la Comisión no exigiese la presentación de estos hasta no haberse aprobado dichas normas de la UE. Esto no reduciría los retrasos en la aprobación de los programas, pero simplificaría su negociación;

Desarrollo Local Participativo — Leader

60.

señala que el instrumento de Desarrollo Local Participativo (DLP) ha ido más allá que la anterior iniciativa Leader en el empoderamiento de las comunidades locales, no solo a través del Feader sino también de los Fondos EIE; en su Dictamen CDR 1684/2012, el CDR ya había destacado el Desarrollo Local Participativo como uno de los avances fundamentales del actual período de programación;

61.

lamenta sin embargo que, aunque en algunos Estados miembros, regiones y entes locales el DLP se utilizará de forma extensa, en muchos otros equivaldría esencialmente a la anterior iniciativa Leader, centrada en el Feader;

62.

considera que esto es una oportunidad perdida para las comunidades rurales y cree que se debe a una coordinación fragmentaria entre los Fondos EIE, ya que se siguen aplicando diferentes normas de información y auditoría a cada fondo, que a menudo se ejecutan siguiendo líneas de gestión y ministeriales dispares; expresa asimismo su preocupación por que las nuevas normas de auditoría del DLP resulten más onerosas para los organismos responsables y los grupos de acción local (GAL);

63.

insiste en que debería reconocerse que, en la mayoría de los casos, son las autoridades locales quienes garantizan que los GAL puedan generar DLP;

64.

le preocupa, por este motivo, que una aplicación estricta de una mayoría del 51 % del voto para miembros no pertenecientes al sector público en la toma de decisiones de los GAL podría no poder cumplirse en la práctica en algunas ocasiones, y que los municipios, en calidad de autoridades responsables, podrían verse penalizados en consecuencia; insiste, por consiguiente, en que estas sanciones deben ser proporcionadas siempre que los organismos responsables puedan demostrar que implicaron a grupos privados y cívicos en la toma de decisiones en el contexto de los GAL;

65.

señala que las normas sobre el tamaño máximo de la población de los GAL y el mínimo de su presupuesto deja a los Estados miembros un margen de discreción para alejarse de las directrices de la Comisión en casos justificados, pero lamenta que esta posibilidad se haya utilizado de forma insuficiente, por lo que algunas zonas GAL no se han determinado de forma óptima para reflejar la situación geográfica real.

Bruselas, 13 de octubre de 2015.

El Presidente del Comité de las Regiones Europeo

Markku MARKKULA