17.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 383/49


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Financiación para el desarrollo — La posición de la sociedad civil»

(Dictamen de iniciativa)

(2015/C 383/08)

Ponente:

Ivan VOLEŠ

El 18 de febrero de 2015, de conformidad con el artículo 29, apartado 2,, de su Reglamento interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema:

Financiación para el desarrollo — La posición de la sociedad civil

La Sección Especializada de Relaciones Exteriores, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el jueves 11 de junio de 2015.

En su 509o pleno de los días 1 y 2 de julio de 2015 (sesión del 2 de julio de 2015), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 142 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones el presente Dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1.

El CESE pide que el nuevo programa de desarrollo revista una dimensión mundial y tenga por objeto mejorar la calidad de vida de mujeres y hombres. Este programa debe basarse en el respeto de los derechos humanos, la prevención de conflictos y su resolución pacífica, la buena gestión de los asuntos públicos, la reducción de las desigualdades sociales, el refuerzo del papel de la mujer y la participación de todos aquellos que se sienten responsables del desarrollo del mundo y su conservación para las generaciones futuras.

1.2.

El CESE apoya la adopción de los objetivos de desarrollo sostenible propuestos y pide que se movilicen todos los recursos financieros disponibles y se utilicen de manera transparente y eficaz, con el fin de integrar de manera equilibrada las dimensiones económica, social y medioambiental del desarrollo sostenible. Es necesario contrarrestar el despilfarro de recursos en conflictos armados y su transferencia ilegal y disipación en la economía sumergida.

1.3.

El CESE pide que se incluya la promoción del diálogo social entre las prioridades de desarrollo, ya que se trata de un instrumento importante que permite tener en cuenta de manera equilibrada los intereses de los interlocutores sociales y mantener así la paz social imprescindible para lograr aplicar los objetivos de desarrollo sostenible (ODS).

1.4.

La ayuda oficial al desarrollo (AOD) debe destinarse, en particular, a los países menos desarrollados y a los países vulnerables. La UE debe reafirmar su compromiso de conceder una AOD total del 0,7 % de su renta nacional bruta (RNB) y destinar del 0,15 al 0,20 % en favor de los países menos desarrollados. Este compromiso debe vincularse a la exigencia de utilizar de forma regular y racional la ayuda al desarrollo proveniente de cualquier fuente de financiación, con arreglo a los principios acordados en Monterrey, Doha y Busan.

1.5.

Es preciso no solo evaluar la AOD en función de su volumen sino también calibrar su calidad y contribución al logro de los objetivos de desarrollo sostenible. Para ello, es necesario crear nuevos indicadores para evaluar su eficacia.

1.6.

A fin de aumentar la eficacia de la ayuda presupuestaria a los países en desarrollo, el CESE recomienda aprovechar la experiencia de la aplicación de la política de cohesión de la UE y sus instrumentos, como los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión, lo que permitiría orientar estos recursos financieros en favor del desarrollo de manera específica para la consecución de los ODS.

1.7.

A fin de mejorar la utilización de los recursos nacionales, cuya importancia aumentará, ya sean públicos o privados, es necesario realizar una reforma fiscal radical, establecer una buena gobernanza fiscal e integrar el sector informal en la economía legal y luchar de manera resuelta para abordar y frenar la corrupción. Estas medidas podrían beneficiarse de la celebración de acuerdos internacionales sobre la lucha contra la evasión fiscal, los paraísos fiscales y los flujos financieros ilícitos, así como la mejora de la cooperación con la OCDE y el Comité de Expertos sobre Cooperación Internacional en Cuestiones de Tributación de las Naciones Unidas.

1.8.

El CESE aprueba la participación del sector privado en la realización de proyectos inviables (en todo o en parte) desde el punto de vista comercial, tanto a través de asociaciones público-privadas como de la financiación de proyectos de dichas asociaciones mediante la combinación de recursos («blending»). El éxito de su realización se basa en la evaluación previa de su sostenibilidad y el respeto de los principios de transparencia (incluida la elaboración de informes), responsabilidad compartida y compromisos vinculantes.

1.9.

El CESE reconoce que las inversiones extranjeras directas pueden contribuir al desarrollo, siempre que estén orientadas hacia la consecución de los ODS. Los dividendos obtenidos de la inversión extranjera directa deberían reinvertirse prioritariamente en los países en desarrollo en que se hayan generado. Los países beneficiarios deberían disponer de una clara estrategia de inversión. Los nuevos Estados inversores, como China, Brasil, India y otros, deberían tener en cuenta los principios del desarrollo sostenible en el marco de sus inversiones en los países en desarrollo.

1.10.

El CESE apoya las fuentes innovadoras y complementarias de financiación para el desarrollo, como la microfinanciación colectiva, las actividades de los fondos internacionales de beneficencia y las transferencias de los ahorros de los emigrantes hacia sus países de origen. Acoge favorablemente algunas propuestas del Grupo piloto sobre las financiaciones innovadoras para el desarrollo, que podrían convertirse en un recurso importante, a condición de que se realicen a escala mundial y no impongan una carga excesiva al sector de que se trate.

1.11.

La sociedad civil, que reúne tanto a los interlocutores sociales como a las organizaciones no gubernamentales, debe participar de manera mucho más eficaz y estructurada en la elaboración de los programas de desarrollo, en la supervisión de su ejecución y en la evaluación de los resultados y las repercusiones. Por ello, tanto en los países en desarrollo como en los desarrollados es conveniente crear y mejorar de manera sistemática un sistema de control de los procesos de la ayuda para el desarrollo e integrar en ellos a las organizaciones pertinentes de la sociedad civil. En este sentido, el CESE pone a disposición su amplia experiencia en cooperación con sus socios de los países ACP, América Latina, Asia, la Asociación Oriental, la región euromediterránea y otros.

1.12.

Para que la sociedad civil pueda cumplir esta tarea, es necesario respaldarla mediante programas de refuerzo de las capacidades de las instituciones de la sociedad civil en los países socios.

2.   Las principales posiciones del CESE sobre el programa de desarrollo para después de 2015

2.1.

El año 2015 es crucial para la definición de un nuevo enfoque del desarrollo a escala mundial. Los Objetivos de Desarrollo del Milenio han cumplido solo parcialmente su función principal de reducir la pobreza. Los nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) (1) deberían aportar los cambios fundamentales que el CESE lleva solicitando desde hace mucho tiempo. El Comité acoge con satisfacción que muchas de sus recomendaciones se hayan incorporado en los ODS.

2.2.

Recientemente, en sus dictámenes el CESE había pedido que los nuevos objetivos de desarrollo sean parte integrante del desarrollo sostenible a escala mundial (2). También había hecho valer el papel insustituible que desempeña la sociedad civil en la política de desarrollo (3) y había subrayado la necesidad de incluir la protección social en la política de desarrollo de la UE (4). El Comité también había expuesto una serie de propuestas en favor de la participación del sector privado en el desarrollo después de 2015 (5), de la inclusión de los objetivos de desarrollo sostenible y el papel de la sociedad civil en los acuerdos de inversión de la UE (6), de la contribución del comercio al crecimiento y al desarrollo (7) y de los objetivos para después de 2015 en la región euromediterránea (8). En su reunión extraordinaria conjunta del 20 de octubre de 2014, la Sección REX y el Observatorio del Desarrollo Sostenible del CESE aprobaron recomendaciones relativas al programa de desarrollo sostenible para después de 2015, que son válidas para las futuras negociaciones sobre los ODS y su financiación.

2.3.

El diálogo social debe constituir un elemento importante del programa de desarrollo para después de 2015, ya que se trata de un instrumento que permite regular las relaciones entre empresarios y trabajadores y mantener, mediante una consideración equilibrada de los intereses de los interlocutores sociales, la paz social indispensable para el éxito del desarrollo continuado de una sociedad.

2.4.

El CESE insiste en la necesidad de que haya coherencia entre los objetivos de libre comercio y los objetivos de desarrollo sostenible durante las negociaciones en curso que se dan en el marco de la OMC o que actualmente la UE lleva a cabo en materia de servicios, bienes medioambientales y aplicación de los acuerdos de la OMC existentes.

2.5.

Todos los acuerdos de comercio e inversión deberían cumplir los criterios de desarrollo sostenible, incluido su impacto sobre el empleo, las personas vulnerables y la igualdad de género. No deberían impedir que los países en desarrollo gestionen las crisis, regulen los flujos de capital, apliquen una fiscalidad justa y presten los servicios públicos esenciales. La UE debería realizar completas evaluaciones de impacto de sostenibilidad, en particular de los acuerdos de asociación económica, centrándose especialmente en los derechos al desarrollo y los derechos específicos a la alimentación, salud y un salario equitativo, teniendo en cuenta el impacto en los grupos vulnerables.

2.6.

El consenso mundial en favor del desarrollo sostenible debe respetar los derechos humanos fundamentales y centrarse en prevenir los conflictos y consolidar la paz, eliminar las desigualdades en la esfera social, garantizar una buena gestión de los asuntos públicos, apoyar a los entes locales democráticos, reforzar el papel de las mujeres y conseguir la participación del sector privado en el desarrollo. Para lograr este objetivo, los miembros de las Naciones Unidas deberían aprobar, fomentar y ratificar los instrumentos jurídicos internacionales, los convenios, los acuerdos y los reglamentos (9). Consideramos que la Comunicación de la Comisión Europea sobre el tema «Una asociación mundial para erradicar la pobreza e impulsar el desarrollo sostenible después de 2015» (10) constituye una base adecuada para las futuras negociaciones, en el que instamos a la UE a que asuma el liderazgo.

3.   Observaciones generales

3.1.

El CESE hace hincapié en la necesidad de un enfoque global en materia de desarrollo sostenible. Corresponde a cada Estado, en primer lugar, la responsabilidad de su desarrollo, mientras que a la comunidad internacional le corresponde crear un entorno internacional propicio que fomente el desarrollo sostenible de todos los países y que incluya el respeto de los bienes públicos mundiales, la conservación de los recursos naturales, unos mercados financieros estables, un comercio internacional abierto, migraciones ordenadas y un apoyo específico del desarrollo tecnológico al servicio del desarrollo sostenible.

3.2.

La movilización de todos los recursos financieros disponibles constituye una condición previa para conseguir los ODS. Según las estimaciones de la UNCTAD, las necesidades anuales en inversiones de los países en desarrollo para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible para el período 2015-2030 se elevan a 3,9 billones de dólares (USD), de los que no se financian 2,5 billones (11).

3.3.

El CESE comparte la convicción de que hay suficientes fuentes de financiación disponibles en todo el mundo. Además de los recursos oficiales (12), existen recursos ocultos, como la financiación de guerras y de conflictos armados en todo el mundo. Asimismo, la disponibilidad de recursos se ve limitada por la evasión fiscal, la economía sumergida y los flujos financieros ilícitos, contra los que es preciso luchar de manera sistemática.

3.4.

No es posible disociar la investigación y la movilización de los recursos de la obligación de utilizarlos. Conviene seguir basándose en los principios de eficiencia y eficacia de la ayuda al desarrollo adoptados en Monterrey, Doha y Busan y luchar decididamente contra una utilización excesiva e irrazonable de cualquier tipo de recurso destinado al desarrollo, ya sea financiero o no.

3.5.

Es preciso no solo evaluar la ayuda al desarrollo en función de su volumen sino también calibrar su calidad y contribución al logro de los objetivos de desarrollo sostenible y a la mejora de la calidad de vida de las mujeres y los hombres. A tal fin, es necesario crear nuevos indicadores que incluyan criterios de evaluación y reforzar los organismos de estadística de los países en desarrollo, así como fomentar la transferencia de conocimientos y el intercambio de información.

3.6.

Ampliar la participación de un amplio espectro de organizaciones de la sociedad civil en la formulación de objetivos y planes nacionales de desarrollo permitiría conciliar los intereses del sector privado y los objetivos públicos. Estos sectores comparten un interés común como es hacer valer los principios de transparencia, apertura de la contratación pública, eficacia y racionalidad en el uso de los recursos y responsabilidad de los agentes públicos para la ejecución de la estrategia de desarrollo adoptada.

3.7.

Para llevar a cabo su cometido en materia de desarrollo, el sector privado necesita un entorno empresarial favorable que incluya el respeto de los principios democráticos generalmente reconocidos del Estado de Derecho, que facilite la creación y desarrollo de las empresas, reduzca la burocracia, aumente la transparencia, frene la corrupción y fomente las inversiones. Es indispensable que el sector privado se ajuste a los principios internacionalmente reconocidos en materia de responsabilidad social de las empresas, respete los derechos económicos y sociales fundamentales y los requisitos del desarrollo sostenible y cree nuevos puestos de trabajo de acuerdo con el Programa de Trabajo Decente definido por la OIT.

3.8.

El CESE hace un llamamiento a reforzar en mayor medida la coordinación y la coherencia de todas las políticas de la UE relativas al desarrollo sostenible (13), a fin de evitar posibles solapamientos, duplicaciones, fragmentación e incluso enfoques contradictorios, así como de potenciar la coordinación sistemática de la ayuda bilateral al desarrollo concedida por los Estados miembros para alcanzar los ODS.

4.

Observaciones específicas

4.1.    La ayuda oficial al desarrollo (AOD)

4.1.1.

Aunque la AOD no pueda satisfacer todas las necesidades de ayuda al desarrollo, sigue siendo indispensable para los habitantes de los países menos avanzados y de los países afectados por conflictos armados o amenazados por desastres naturales o epidemias, así como aquellos que viven en islas aisladas y en países sin acceso al mar.

4.1.2.

Conviene utilizar prioritariamente los medios procedentes de la AOD para erradicar la pobreza en los países pobres y en los países vulnerables. El CESE señala que la pobreza ha aumentado en los países de renta media, debido a una distribución desigual de la riqueza. Es conveniente aprovechar el efecto multiplicador de la AOD para movilizar todas las fuentes de ayuda (incluidas las inversiones privadas) para erradicar la pobreza.

4.1.3.

El CESE pide a la Comisión y al Consejo que acuerden una posición europea común y clara en materia de AOD con vistas a las negociaciones de la conferencia de Adís Abeba. La UE debe reafirmar su compromiso de conceder una AOD total del 0,7 % de su RNB y destinar del 0,15 al 0,20 % de su RNB a la AOD en favor de los países menos desarrollados. El CESE llama la atención sobre el hecho de que las medidas de lucha contra el cambio climático, que serán objeto de negociación en la Conferencia de París en diciembre de 2015, necesitarán recursos adicionales.

4.1.4.

En sí mismas, las estadísticas sobre el volumen de la AOD no muestran la calidad ni los resultados de la ayuda concedida ni sus repercusiones reales para el desarrollo del país beneficiario. El CESE aprueba la propuesta del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la OCDE de mantener también, además de la AOD, la ayuda y el apoyo al desarrollo sostenible concedidos fuera del marco de la AOD (14). Los efectos en términos de desarrollo de la ayuda no financiera suelen ser mucho más importantes para un país que los de una ayuda financiera (por ejemplo, la educación, los intercambios de experiencias, las transferencias de tecnología y de conocimientos, la cooperación científica y tecnológica).

4.1.5.

La ayuda presupuestaria a los países en desarrollo debería seguir teniendo una asignación presupuestaria precisa y atribuir una responsabilidad común al donante y al beneficiario respecto a la utilización de esta forma de ayuda para realizar los ODS en el respeto de las normas reconocidas a escala internacional en materia de gestión y control financieros, incluyendo la imposición de condiciones y de medidas contundentes para atajar e impedir la corrupción. La propia financiación de la UE debe estar protegida de la corrupción de manera creíble. El Comité recomienda aprovechar la experiencia de la aplicación de la política europea de cohesión, incluso en los países en desarrollo, con el fin de mejorar y focalizar en mayor grado la asignación de recursos para el desarrollo a los ODS y de controlar más estrictamente su utilización y la evaluación de los resultados obtenidos.

4.2.    Los recursos nacionales

4.2.1.

El CESE está convencido de que la importancia de los recursos nacionales (tanto públicos como privados) para el desarrollo crecerá considerablemente con el tiempo.

4.2.2.

Para aumentar el volumen y la eficacia de la utilización de los recursos nacionales, es necesario luchar de forma coherente contra los flujos financieros ilícitos destinados a blanquear dinero procedente de actividades ilegales, incluido el trabajo informal, el tráfico de migrantes y la exportación de residuos no valorizados, mejorar la recaudación de impuestos, luchar contra la corrupción y las actividades delictivas e integrar el amplio sector informal en la economía legal. Es necesario ayudar a los países en desarrollo a reformar en profundidad su sistema fiscal y mejorar la buena gobernanza fiscal. El CESE pide que la UE se esfuerce más activamente en celebrar acuerdos internacionales sobre la lucha contra la evasión fiscal, los paraísos fiscales y los flujos financieros ilícitos, así como en mejorar la cooperación con el Centro de Política y Administración Fiscal de la OCDE y el Comité de Expertos sobre Cooperación Internacional en Cuestiones de Tributación de las Naciones Unidas.

4.2.3.

En la actualidad, el volumen de las inversiones privadas nacionales, tanto si se realizan directamente como en el marco de una cartera, es muy superior al de las inversiones extranjeras. Es necesario orientarlas hacia objetivos de desarrollo, a través, por ejemplo, de incentivos adecuados o mediante proyectos de asociaciones público-privadas bien preparados y asegurados, de modo que puedan convertirse en un instrumento importante para alcanzar los ODS.

4.2.4.

Sobre todo los países en desarrollo dotados de riquezas minerales disponen de un potencial no explotado de recursos nacionales, mientras que la mayoría de la población vive en la pobreza a pesar de la importancia relativa de los ingresos del Estado y descuidan desarrollar su propia economía, infraestructuras y servicios sociales. La sociedad civil critica con toda razón los métodos de ciertos inversores extranjeros en las industrias extractivas en los países en desarrollo, cuando pide respeto a las normas fundamentales de protección del medio ambiente, de protección social de los trabajadores, de transparencia en el pago de los impuestos y de transferencias de beneficios al extranjero, así como la presentación de informes de conformidad con los principios rectores de la OCDE para las empresas multinacionales (15). El CESE acoge con satisfacción las acciones emprendidas para remediar esta situación, como la Iniciativa para la transparencia de las industrias extractivas (16).

4.3.    La combinación de recursos («blending») y las asociaciones público-privadas

4.3.1.

El CESE está convencido de que allá donde los gobiernos no disponen de suficientes medios para realizar con sus propios fondos públicos las inversiones indispensables y allá donde estas últimas (especialmente en el ámbito de las infraestructuras pero también en el de los servicios públicos) son inviables desde el punto de vista comercial, es necesario recurrir a las asociaciones público-privadas y financiar proyectos de dichas asociaciones mediante la combinación de recursos, de conformidad con las recomendaciones de la OCDE (17).

4.3.2.

Estos proyectos de asociaciones público-privadas deben elaborarse de acuerdo con la estrategia de desarrollo del Estado de que se trate, basarse en estudios de viabilidad, tener en cuenta previamente los factores de sostenibilidad y cumplir los principios de transparencia, responsabilidad compartida y compromisos vinculantes. Es conveniente integrar a los interlocutores sociales y otros representantes de la sociedad civil en la evaluación de la contribución de estos proyectos de desarrollo sostenible y encomendarles controlar que se respetan los convenios de la OIT en vigor.

4.3.3.

Asimismo, convendría recurrir a la combinación de recursos en el marco de la economía social y de los proyectos sostenibles de integración de los grupos sociales vulnerables en el entorno económico.

4.4.    Inversiones extranjeras

4.4.1.

En 2013, los flujos de inversión extranjera directa hacia los países en desarrollo ascendieron a 7 78  000 millones de dólares (USD), pero su contribución al desarrollo sostenible a menudo sigue siendo ambigua. Solo el 2 % del total de la IDE hacia los países en desarrollo va a los países menos desarrollados. En el África subsahariana, la IDE se orienta prioritariamente hacia las industrias extractivas sin aportar nada al resto de la economía. Los nuevos Estados inversores, como China, Brasil, India y otros, deberían tener en cuenta los principios del desarrollo sostenible en el marco de sus inversiones en los países en desarrollo.

4.4.2.

Según un estudio de la organización no gubernamental EURODAD sobre las finanzas de los países en desarrollo, en 2014, los flujos de recursos financieros que salen de esos países son dos veces más importantes que los que entran procedentes del extranjero, contando también la AOD, la IDE, las donaciones caritativas, las transferencias de beneficios, los ahorros y otros recursos (18). Es preciso garantizar que dichos recursos financieros, en la medida de lo posible, se reinviertan a favor de un desarrollo sostenible en los países beneficiarios.

4.4.3.

Las estrategias nacionales de desarrollo deberían incluir también el apoyo de las inversiones. Para obtener inversión extranjera directa y orientarla hacia los ODS, es necesario crear las condiciones adecuadas, como paz, estabilidad y buena administración. Los países en desarrollo también deberían incluir los ODS en los acuerdos de inversión que suscriban y ofrecer como contrapartida las garantías correspondientes. El CESE recomienda que las agencias e instituciones financieras de promoción de las inversiones en los países de origen y las de los países destinatarios mantengan una cooperación técnica directa vinculada con la estrategia nacional de desarrollo sostenible.

4.4.4.

Es necesario promover la llamada «inversión de impacto», que garantiza cierto nivel de rentabilidad a corto plazo pero que también ofrece perspectivas de rentabilidad a largo plazo gracias a sus efectos sociales, como el desarrollo de capacidades o un entorno que conduzca al desarrollo sostenible.

4.5.    Las formas innovadoras y complementarias de financiación

4.5.1.

La microfinanciación y la inversión colectivas constituyen un instrumento que presenta grandes posibilidades para financiar pequeños proyectos de desarrollo (19). El CESE hace hincapié en la necesidad de definir sin demora esos instrumentos y elaborar y aprobar un marco reglamentario apropiado del que deben disponer, como se recomendó en su dictamen sobre este asunto (20).

4.5.2.

El CESE celebra el creciente aumento de fondos caritativos, fundaciones y programas internacionales que se dedican al desarrollo sostenible, como el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria, la Alianza Mundial para la Educación, la Alianza GAVI para la vacunación de los niños en los países menos desarrollados, etc. Estos fondos y fundaciones, en los que las instituciones públicas cooperan con los donantes privados y organizaciones no gubernamentales, deberían mejorar la coordinación de sus actividades y orientarlas hacia los ODS.

4.5.3.

Los créditos destinados a la AOD, mientras no estén momentáneamente concedidos a proyectos de desarrollo, podrían invertirse en fondos de inversión para el desarrollo y en bonos garantizados, para generar ingresos a corto plazo y contribuir a crear más recursos (21). Este enfoque contribuiría, a más largo plazo, a aumentar el volumen de los recursos necesarios para la ayuda al desarrollo (22).

4.5.4.

El CESE acoge favorablemente algunas propuestas del Grupo piloto sobre las financiaciones innovadoras para el desarrollo (23) y respalda los esfuerzos desplegados para crear nuevos recursos de financiación de los ODS. Sin embargo, es necesario que estos nuevos recursos se apliquen de manera coherente a escala mundial, que no obstaculicen la competitividad de un sector determinado y que su utilización para los ODS sea transparente. El CESE acogería favorablemente una iniciativa global voluntaria del sector bancario para que este contribuya financieramente a superar la brecha entre las necesidades y los recursos disponibles para alcanzar los ODS.

4.5.5.

Entre los recursos poco aprovechados figuran los fondos procedentes de la diáspora, es decir, las transferencias de los ahorros hacia el país de origen, de los que sería posible sacar partido para realizar los ODS. Es preciso imponer una reducción de los costes de estas transferencias de los ahorros. Convendría ofrecer a los miembros de la diáspora programas educativos e incentivadores que favorezcan su propensión a invertir en proyectos de desarrollo que permitieran valorizar sus ahorros y contribuyeran, al mismo tiempo, a alcanzar los ODS.

4.6.    La financiación de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas

4.6.1.

Las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, que presentan el mayor potencial de crecimiento y creación de nuevos empleos, tienen dificultades para acceder a la financiación en medida suficiente. Este problema es particularmente agudo para los países menos desarrollados; por ello, conviene buscar instrumentos que permitan facilitar el acceso de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas a los recursos financieros. Para ello, es necesario respetar las diferentes formas de empresa en los países en desarrollo, en los que predominan las microempresas, los pequeños comerciantes y, en la agricultura, las pequeñas explotaciones familiares.

4.6.2.

Hay muchos sistemas diferentes de microcrédito a las pequeñas y medianas empresas. El Comité considera que los sistemas que utilizan aplicaciones de telefonía móvil son los más eficaces. También acoge favorablemente los microcréditos que se emplean para financiar los proyectos de energía ecológica y celebra las iniciativas destinadas a proporcionar créditos a tipo cero. Los créditos, de los que carecen las pequeñas y medianas empresas [de entre 10  000 y 2 00  000 dólares (USD)], podrían ser sustituidos por el arrendamiento financiero y otros instrumentos de capital. A tal fin, es necesario apoyar el desarrollo de los mercados financieros y los bancos locales, incluidos los agentes locales.

4.6.3.

Uno de los aspectos de la ayuda que aportan los países desarrollados a las pequeñas y medianas empresas debería consistir en transferir experiencias y conocimientos técnicos y de gestión, formar en gestión financiera, educar sobre finanzas básicas y apoyar su integración en las cadenas de abastecimiento y de valor. La UE debería recomendar la utilización de los principios establecidos en su Directiva sobre morosidad, a fin de mejorar la financiación de las pequeñas y medianas empresas.

4.6.4.

Es necesario proteger a las microempresas y las pequeñas y medianas empresas activas en el sector de la agricultura contra las prácticas de inversión de «acaparamiento de tierras», que conducen a su eliminación. Asimismo, la creación de instrumentos de seguridad contra los efectos de los cambios climáticos permitiría ayudarlas. En el marco de los planes de desarrollo no debe omitirse el apoyo a las empresas de la economía social, que pueden desempeñar un importante papel en el cumplimiento de los ODS.

4.6.5.

Para el desarrollo económico y social, conviene garantizar que las capas más amplias de la población de los países en desarrollo accedan a los instrumentos financieros (cuenta bancaria básica o aplicaciones financieras móviles).

4.7.    El compromiso de la sociedad en la ayuda al desarrollo

4.7.1.

La sociedad civil de los países desarrollados (incluidos los interlocutores sociales y las organizaciones no gubernamentales) contribuye directamente al desarrollo y desempeña también un papel importante a la hora de orientar la cooperación al desarrollo y realizar un seguimiento de su eficacia (24).

4.7.2.

Conviene apoyar de manera sistemática la creación de un sistema de control de los procesos y de los resultados de la ayuda al desarrollo en los diferentes países o a su mejora, con la participación directa de las organizaciones pertinentes de la sociedad civil, lo que permitirá detectar y eliminar los obstáculos a la realización de los ODS. En este ámbito, el CESE dispone de una larga experiencia positiva de las actividades de los comités, plataformas y órganos consultivos mixtos, como el Comité de Seguimiento ACP-CE, los encuentros de la sociedad civil UE-América Latina y el Caribe y otros.

4.7.3.

Entre los proveedores directos de ayuda al desarrollo se incluyen también los interlocutores sociales. Los sindicatos de los países desarrollados realizan proyectos de desarrollo sociales y apoyan el desarrollo institucional de las organizaciones sindicales asociadas. Las organizaciones de empresarios, las cámaras de comercio, las asociaciones de pequeñas y medianas empresas y las asociaciones sectoriales realizan proyectos comunes con las organizaciones empresariales de los países en desarrollo de las que son socias y les transmiten su experiencia.

4.7.4.

Las organizaciones no gubernamentales desempeñan un papel insustituible en la ayuda al desarrollo, tanto en los países desarrollados como en desarrollo. En particular, actúan cuando es preciso superar las consecuencias de catástrofes naturales y humanitarias, así como en el ámbito social, de la salud, de la igualdad entre los sexos y de la educación. También movilizan los fondos públicos y organizan colectas, campañas educativas, etc. Asimismo, un ejemplo interesante es la financiación de la educación a través de una «adopción a distancia», que permite entablar relaciones interpersonales entre ciudadanos ordinarios.

4.7.5.

El CESE insta a la Comisión Europea a apoyar las actividades de las organizaciones de la sociedad civil de la UE para alcanzar los ODS mediante la financiación adecuada de los programas para implantar instituciones de la sociedad civil en los países socios. En la actualidad, el CESE elabora un documento informativo que recomendará fórmulas para integrar realmente a la sociedad civil en la aplicación y seguimiento del programa de desarrollo para después de 2015, y también finalizará el presente dictamen.

Bruselas, 2 de julio 2015.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Henri MALOSSE


(1)  En la Cumbre de las Naciones Unidas que se celebrará en septiembre en Nueva York.

(2)  Véase el Dictamen del CESE sobre el tema «Una vida digna para todos: Acabar con la pobreza y dar al mundo un futuro sostenible» (DO C 271 de 19.9.2013, p. 144).

(3)  Dictamen del CESE sobre el tema «La participación de la sociedad civil en las políticas de desarrollo y de cooperación para el desarrollo de la Unión Europea» (DO, C 181, 21.6.2012, p. 28).

(4)  Véase el Dictamen del CESE sobre el tema «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — La protección social en la cooperación al desarrollo de la Unión Europea» (DO C 161 de 6.6.2013, p. 82).

(5)  Véase el Dictamen del CESE sobre el tema «Participación del sector privado en el marco para el desarrollo después de 2015» (DO C 67 de 6.3.2014, p. 1).

(6)  Véase el Dictamen sobre el tema «El papel del desarrollo sostenible y la participación de la sociedad civil en los acuerdos individuales de inversión de la UE con terceros países» (DO C 268 de 14.8.2015, p. 19).

(7)  Véase el Dictamen sobre el tema «Comercio, crecimiento y desarrollo — Una política de comercio e inversión a medida para los países más necesitados» (DO C 351 de 15.11.2012, p. 77).

(8)  Dictamen REX/438 sobre el tema «Los objetivos para después de 2015 en la región euromediterránea», punto 6.4, véase la página 47 del presente Diario Oficial.

(9)  La Convención de las Naciones Unidas, de 18 de diciembre de 1979, sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres, la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, el Convenio C189 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, el Convenio C184 sobre la seguridad y la salud en la agricultura, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, junto con su Protocolo Facultativo, y otros.

(10)  Véase la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Una asociación mundial para erradicar la pobreza e impulsar el desarrollo sostenible después de 2015, COM(2015) 44 final, 5 de febrero de 2015.

(11)  Véase The Global Development Financing Landscape — Who Can Contribute what? («El paisaje mundial de la financiación del desarrollo — ¿Quién puede contribuir a qué?»), por James Zhan, director de la UNCTAD, jefe del Grupo para las inversiones y empresas, Informe sobre las inversiones de la UNCTAD en el mundo, presentado en una audiencia pública del Parlamento Europeo, el 24 de febrero de 2015.

(12)  Se estima que los bancos poseen activos por valor de 121 billones de dólares, mientras que los fondos de pensiones tienen 34 billones, las compañías de seguros 28 billones, las empresas multinacionales 25 billones y los fondos soberanos de inversión 6,5 billones.

(13)  Entre estas se cuentan: comercio, agricultura, creación de empleo, protección social, cambio climático, energía, protección del medio ambiente y de la biodiversidad, transporte, salud, política en materia de productos y de consumidores, desarrollo regional y urbano, migración y lucha contra la corrupción y el blanqueo de dinero.

(14)  APTDS: Ayuda pública total de desarrollo sostenible.

(15)  http://www.oecd.org/corporate/mne/48004323.pdf

(16)  https://eiti.org/

(17)  http://www.oecd.org/governance/budgeting/PPP-Recommendation.pdf

(18)  http://www.eurodad.org/Entries/view/1546315/2014/12/15/The-State-of-Finance-for-Developing-Countries-2014

(19)  Véase: InfoDev, Crowdfunding’s Potential for the Developing World («El potencial de la microfinanciación colectiva para el mundo en desarrollo»), 2013, Banco Mundial, Departamento de finanzas y desarrollo del sector privado.

(20)  Dictamen del CESE sobre el tema «Liberar el potencial de la microfinanciación colectiva en la Unión Europea», Bruselas (DO C 451 de 16.12.2014, p. 69).

(21)  La asignación anual de los recursos presupuestarios dedicados a la AOD excluye totalmente estas posibilidades.

(22)  La sociedad belga de inversión (BIO) fundada por el Gobierno para apoyar al sector empresarial de los países africanos ha transferido una parte de sus recursos financieros destinados a los préstamos a emprendedores a otros fondos de inversión y los ha recuperado progresivamente en función de sus necesidades.

(23)  Véase: http://leadinggroup.org/rubrique7.html

(24)  Véase el Foro de la política de desarrollo (http://www.friendsofeurope.org/policy-area/global-europe/, en inglés) y el Foro político sobre el desarrollo (http://www.uclg.org/es).