Bruselas, 22.7.2015

COM(2015) 371 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

sobre los gastos del FEAGA

Sistema de alerta nº 6-7/2015


ÍNDICE

1.Introducción

2.Ingresos afectados al FEAGA

3.Observaciones sobre la ejecución provisional del presupuesto de 2015 del FEAGA

4.Ejecución de los ingresos afectados al FEAGA

5.Conclusiones

Anexo 1:

Utilización provisional de los créditos del FEAGA hasta el 31.5.2015

1.Introducción

El presente informe ofrece una actualización de la ejecución provisional del presupuesto de 2015 del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA). En particular, el anexo 1 presenta la comparación entre el nivel real de la ejecución del presupuesto del FEAGA para el período comprendido entre el 16 de octubre de 2014 y el 31 de mayo de 2015 y el perfil de gasto previsto. Este último es el resultado de la aplicación del indicador al nivel de los créditos presupuestarios. El indicador se estableció sobre la base de lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento (UE) nº 1306/2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común 1 .

2.Ingresos afectados al FEAGA

Según el artículo 43 del Reglamento (UE) nº 1306/2013, los ingresos procedentes de las correcciones financieras que se efectúan en virtud de decisiones contables y de decisiones de liquidación de conformidad, así como los que tienen su origen en las irregularidades cometidas y en la tasa lechera, se consideran ingresos afectados a la financiación de los gastos del FEAGA. Los ingresos afectados pueden utilizarse para financiar cualquier gasto del FEAGA. En caso de no utilizarse una parte de tales ingresos durante el ejercicio presupuestario, esta se prorrogará automáticamente al ejercicio presupuestario siguiente 2 .

El presupuesto de 2015 del FEAGA adoptado por la Autoridad Presupuestaria incluía:

–las estimaciones de la Comisión sobre las necesidades para financiar los gastos previstos para las medidas de mercado y los pagos directos, y

–las estimaciones de los ingresos afectados que se prevé recaudar durante el ejercicio presupuestario de 2015, así como el importe de los ingresos afectados prorrogados del ejercicio presupuestario de 2014.

En el momento de establecer el presupuesto de 2015, las estimaciones de la Comisión de los ingresos afectados ascendían a 1 768,6 millones EUR, e incluyen:

–los ingresos afectados que se preveía generar durante el ejercicio presupuestario de 2015, estimados en 1 438,6 millones EUR, a saber: 868,6 millones EUR de las correcciones de liquidaciones de conformidad, 165 millones EUR de irregularidades y 405 millones EUR en concepto de ingresos por tasa láctea;

–el importe de los ingresos afectados que se esperaba trasladar del ejercicio presupuestario de 2014 al de 2015, estimado en 330 millones EUR.

En el presupuesto de 2015, la Comisión afectó estos ingresos, estimados inicialmente en 1 768,6 millones EUR, a las partidas presupuestarias de los artículos siguientes:

–05 02 08 – Frutas y hortalizas: 469,3 millones EUR 3  

–05 02 12 – Leche y productos lácteos: 54,3 millones EUR 4  

–05 03 01 — Pagos directos disociados: 1 245 millones EUR 5 .

Para estos regímenes, la Autoridad Presupuestaria aprobó finalmente créditos de conformidad con la propuesta de la Comisión. La suma de los créditos aprobados y de los ingresos afectados antes mencionados corresponde a una estimación total de necesidades.

En el anexo 1, las cifras de los créditos presupuestarios al nivel de artículo para las frutas y hortalizas, la leche y los productos lácteos y los pagos directos disociados corresponden a los créditos aprobados para esos artículos que, sin tener en cuenta los ingresos afectados arriba indicados, ascienden a 836,2 millones EUR, a 77,1 millones EUR y a 37 397 millones EUR, respectivamente. Si se incluyen los ingresos afectados a esos artículos, el total de los créditos previstos en el presupuesto de 2015 se eleva a 1 305,5 millones EUR para las frutas y hortalizas, a 131,4 millones EUR para la leche y los productos lácteos y a 38 642 millones EUR para los pagos directos disociados.

3.Observaciones sobre la ejecución provisional del presupuesto de 2015 del FEAGA

La ejecución provisional del presupuesto en el período comprendido entre el 16 de octubre de 2014 y el 31 de mayo de 2015, tal como se presenta en el anexo 1, se compara con el perfil de gastos basado en el indicador establecido de conformidad con el artículo 28 del Reglamento (UE) nº 1306/2013. A continuación, se ofrecen breves comentarios sobre determinados artículos presupuestarios, en los que se señalan las diferencias más significativas entre el nivel de ejecución previsto y real del presupuesto de 2015.

3.1.Medidas de mercado

Según refleja el nivel del indicador a 31 de mayo de 2015, los créditos utilizados para intervenciones en los mercados agrícolas superaron en 22,7 millones de euros el nivel de los créditos presupuestarios aprobados. Esta divergencia es el efecto neto de las pautas de ejecución, principalmente en los sectores de las frutas y hortalizas, leche y productos lácteos y vitivinícola.

3.1.1.Frutas y hortalizas (+ 88,6 millones EUR en comparación con los créditos aprobados)

Este nivel de ejecución se debe principalmente al gasto de los fondos operativos del régimen de organizaciones de productores y otras medidas en frutas y hortalizas, que se financian tanto con los créditos aprobados como con los ingresos afectados (N.B.: véanse los detalles en el punto 2). Por el contrario, el indicador para el período hasta el 31 de mayo de 2015 se aplica solo a los créditos presupuestarios aprobados de 836,2 millones EUR, es decir, sin tener en cuenta los ingresos afectados.

En el cuadro de la ejecución provisional que se ofrece en el anexo 1 figura una nota a pie de página * que muestra cuál sería la situación si se hubiese aplicado el indicador a los créditos totales de este artículo, incluidos los ingresos afectados de 469,3 millones EUR. Si el indicador se hubiera aplicado a la financiación total que debía estar disponible para este artículo (1 305,5 millones EUR) habría una infraejecución de - 71,3 millones EUR.

Este es el efecto de una ejecución más lenta de todos los regímenes financiados por este artículo, salvo para las otras medidas en el sector de las frutas y hortalizas (partida presupuestaria 05 02 08 99). Cabe señalar que el ritmo de ejecución de los créditos presupuestarios para las medidas de crisis, disponibles en virtud de los fondos operativos para las organizaciones de productores y otras medidas en el sector de las frutas y hortalizas, no puede calcularse de forma fiable. Por lo tanto, es probable que difiera de un perfil de consumo medio de tres años, que es la base para el indicador de este artículo. 

En este momento, esta situación se considera temporal y la ejecución de este artículo es objeto de un estrecho seguimiento por los servicios de la Comisión.

3.1.2.Productos del sector vitivinícola (- 95 millones EUR)

Esta infraejecución se debe a una ralentización del ritmo de los pagos efectuados por los Estados miembros en relación con el perfil de gastos del indicador establecido para los programas nacionales en el sector vitícola. No obstante, los Estados miembros suelen acelerar el ritmo de ejecución de estos programas hacia el final del ejercicio presupuestario. Por lo tanto, en estos momentos, esta situación se considera temporal.

3.1.3.Leche y productos lácteos (+ 33,9 millones de euros)

Este nivel de ejecución se debe principalmente al gasto para el almacenamiento y para las otras medidas en el sector de la leche y de los productos lácteos (partida presupuestaria 05 02 12 99), que se financian tanto con los créditos aprobados como con los ingresos afectados (N.B.: véanse los detalles en el punto 2). Por el contrario, el indicador para el período hasta el 31 de mayo de 2015 se aplica solo a los créditos presupuestarios aprobados de 77,1 millones EUR, es decir, sin tener en cuenta los ingresos afectados.

En el cuadro de la ejecución provisional que se ofrece en el anexo 1 figura una nota a pie de página * que muestra cuál sería la situación si se hubiese aplicado el indicador a los créditos totales de este artículo, incluidos los ingresos afectados de 54,3 millones EUR. Si el indicador se hubiera aplicado a la financiación total que debía estar disponible para este artículo (131,4 millones EUR) habría una infraejecución de - 18,6 millones EUR.

Esto se debe principalmente a una ejecución más lenta de los créditos para el programa de distribución de leche en las escuelas. Además, cabe señalar que el ritmo de ejecución de los créditos presupuestarios para las medidas de crisis, disponibles para el almacenamiento y para las otras medidas en el sector de la leche y de los productos lácteos, no puede calcularse de forma fiable. Por lo tanto, el perfil de gasto es probable que difiera de un perfil de consumo medio de tres años, que es la base para el indicador de este artículo.

En este momento, esta situación se considera temporal y la ejecución de este artículo es objeto de un estrecho seguimiento por los servicios de la Comisión.

3.2.Pagos directos

A 31 de mayo de 2015, la ejecución de los créditos destinados a pagos directos superaba en 991,1 millones EUR el nivel señalado por el indicador.

3.2.1.Pagos directos disociados (+999 millones EUR en comparación con los créditos aprobados)

Este nivel de ejecución se debe principalmente a los gastos del régimen de pago único, que se financia tanto con los créditos aprobados como con los ingresos afectados (N.B.: véanse los detalles en el punto 2). Por el contrario, el indicador para el período hasta el 31 de mayo de 2015 se aplica solo a los créditos presupuestarios aprobados de 37 397 millones EUR, es decir, sin tener en cuenta los ingresos afectados.

En el cuadro de la ejecución provisional que se ofrece en el anexo 1 figura una nota a pie de página * que muestra cuál sería la situación si se hubiese aplicado el indicador a los créditos totales de este artículo, incluidos los ingresos afectados de 1 245 millones EUR. Si el indicador se hubiera aplicado a la financiación total que debía estar disponible para este artículo (38 642 millones EUR), habría una infraejecución de - 231 millones EUR.

Esta divergencia en el nivel de ejecución del presupuesto para ayudas directas disociadas se debe principalmente a un ritmo de ejecución más lento del régimen de apoyo específico (artículo 68) en comparación con el nivel del indicador para el período hasta el 31 de mayo de 2015. Sin embargo, conviene señalar que los Estados miembros prevén una ejecución completa de los créditos de 2015 de este régimen hacia el final del ejercicio presupuestario.

También hay que señalar que, a pesar de que la ejecución del régimen de pago único ha mejorado, alcanzando un 98,4 % de las necesidades hasta el 31 de mayo de 2015 (frente al 97,8 % hasta el 31 de mayo de 2014), las previsiones de los Estados miembros indican que una ligera infraejecución de esta partida pudiera producirse en el final del ejercicio presupuestario. No obstante, dado que 2015 es el último año de aplicación del régimen de pago único, la Comisión sigue cuidadosamente la utilización de los créditos para este sistema.

En estos momentos, la Comisión espera que los créditos disponibles y los ingresos afectados sean suficientes para cubrir las necesidades de financiación para este artículo.

4.Ejecución de los ingresos afectados al FEAGA

El cuadro que figura en el anexo 1 muestra que desde el 31 de mayo de 2015 se recaudaron ingresos afectados por un importe de 1 263,1 millones EUR. En concreto:

–los ingresos procedentes de las correcciones basadas en decisiones contables y decisiones de liquidación de conformidad se elevaron a 746,7 millones EUR con importes adicionales provenientes de la aplicación de la Decisión de Ejecución de la Comisión (ad hoc 48) 6 que aún se prevén para el final del ejercicio presupuestario;

–los ingresos derivados de irregularidades ascendían a 107,9 millones EUR, también con importes adicionales previstos para el final del ejercicio presupuestario;

–en estos momentos, se ha recaudado ya la totalidad de los ingresos procedentes de la tasa láctea, que asciende aproximadamente a 408,5 millones EUR.

Por último, el importe de los ingresos afectados finalmente prorrogados de 2014 a 2015 ascendió a 341,3 millones EUR.

Por consiguiente el importe de los ingresos afectados disponible para financiar los gastos del FEAGA ascendía, a 31 de mayo de 2015, a 1 604,4 millones EUR, previéndose hasta el final del ejercicio presupuestario importes adicionales de ingresos afectados recién recaudados procedentes de decisiones de liquidación de cuentas y de conformidad y de irregularidades.

5.Conclusiones

La ejecución provisional de los créditos del presupuesto de 2015 del FEAGA durante el período transcurrido hasta el 31 de mayo de 2015 pone de manifiesto que los reembolsos mensuales a los Estados miembros superaron en unos 1 004 millones EUR el perfil de gastos de la ejecución presupuestaria basado en el indicador.

Ya están disponibles ingresos afectados por valor de 1 604,4 millones EUR y se prevé recaudar aún otros importes en 2015.

En estos momentos, la Comisión considera que los importes de los créditos aprobados y de los ingresos afectados ya disponibles y previstos hasta el final del ejercicio serán suficientes para cubrir las necesidades del FEAGA en 2015, incluida la ejecución de las medidas de crisis tomadas por la Comisión tras el veto ruso, tal como se previó inicialmente cuando se elaboró el presupuesto de 2015.

(1)

     DO L 347 de 20.12.2013, p. 549.

(2)

     El artículo 14 del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, dispone que los ingresos afectados internos solamente pueden prorrogarse un año. Así, en aras de una gestión presupuestaria correcta, esos ingresos afectados se utilizan, por lo general, antes de que se apruebe cualquier otro crédito del artículo presupuestario de que se trate.

(3)

     362,4 millones EUR para los fondos operativos de las organizaciones de productores en el sector de las frutas y hortalizas y 106,9 millones EUR para otras medidas en el sector de las frutas y hortalizas.

(4)

   0,9 millones EUR para las medidas de almacenamiento de leche desnatada en polvo, 2,9 millones EUR para las medidas de almacenamiento de mantequilla y nata y 50,5 millones EUR para otras medidas en el sector de la leche y de los productos lácteos.

(5)

     El importe íntegro al régimen de pago único.

(6)

   Decisión de Ejecución de la Comisión, de 22 de junio de 2015, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).


Bruselas, 22.7.2015

COM(2015) 371 final

ANEXO

del

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

sobre los gastos del FEAGA

Sistema de alerta nº 6-7/2015