10.12.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 442/267 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Agencia de Abastecimiento de Euratom correspondientes al ejercicio 2013, acompañado de las respuestas de la Agencia
(2014/C 442/31)
INTRODUCCIÓN
1. |
La Agencia de Abastecimiento de Euratom (en lo sucesivo, «la Agencia»), con sede en Luxemburgo, se creó en 1958 (1). La Decisión 2008/114/CE, Euratom del Consejo (2) sustituyó los anteriores Estatutos de la Agencia, cuya misión consiste en garantizar un abastecimiento regular de materiales nucleares, en particular combustible nuclear, a través de una política común de abastecimiento basada en el principio de igualdad de acceso a los recursos. |
2. |
Desde 2008 hasta 2011 inclusive, la Agencia no recibió ningún presupuesto propio para cubrir sus operaciones. La Comisión sufragó los costes en que incurrió la Agencia para llevar a cabo sus actividades. Para 2012 y 2013, la Comisión concedió a la Agencia un presupuesto propio que, sin embargo, solo cubre una pequeña parte de sus gastos. |
DECLARACIÓN DE FIABILIDAD
Responsabilidades de la dirección
Responsabilidades del auditor
Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas
Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas
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10. |
Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal. |
COMENTARIOS sobre la fiabilidad de las cuentas
11. |
Las notas a las cuentas anuales de la Agencia de 2013 explican que todos los salarios y algunos costes adicionales de servicios administrativos se pagaron directamente con cargo al presupuesto de la Comisión. Aunque se presentan los costes salariales, no figuran datos de los costes de los servicios administrativos, por lo que no es plenamente visible el grado en que la Agencia depende de la Comisión. |
COMENTARIOS SOBRE LOS CONTROLES INTERNOS
12. |
No existe suficiente documentación de los principales elementos de los controles internos de la Agencia, como una estrategia de control y gestión de riesgos, procedimientos de supervisión del rendimiento, una evaluación del funcionamiento del sistema de control interno y un código de normas profesionales. |
SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
13. |
En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con ejercicios anteriores. |
El presente Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Milan Martin CVIKL, miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo, en su reunión de 1 de julio de 2014.
Por el Tribunal de Cuentas
Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA
Presidente
(1) DO 27 de 6.12.1958, p. 534/58.
(2) DO L 41 de 15.2.2008, p. 15.
(3) Estas comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en el activo neto y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.
(4) Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.
(5) Artículos 39 y 50 del Reglamento Delegado (UE) n o 1271/2013 de la Comisión (DO L 328 de 7.12.2013, p. 42).
(6) Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad
(7) Artículo 107 del Reglamento (EU) no 1271/2013.
ANEXO I
Seguimiento de los comentarios de ejercicios anteriores
Ejercicio |
Comentario del Tribunal |
Estado de aplicación de la medida correctora (Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto) |
2011 |
Sin cuestionar la opinión expresada en el apartado 10, el Tribunal desea llamar la atención sobre el asunto siguiente. El artículo 54 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica dispone que la Agencia gozará de autonomía financiera. Según el artículo 7 de los Estatutos de la Agencia, sus «gastos comprenderán los gastos administrativos de su personal y del Comité, así como los derivados de contratos suscritos con terceros». En realidad, la Agencia no dispone de un presupuesto desde 2008 y la Comisión Europea por tanto se hace directamente cargo de la ejecución de los gastos mencionados en el artículo 7. El Tribunal considera que esta situación contraviene los Estatutos de la Agencia y que, en su opinión, la Agencia y la Comisión tendrían que estudiar medidas junto con los demás interesados para remediar esta situación. |
Aplicada |
2012 |
Sin cuestionar la opinión expresada en el apartado 9, el Tribunal desea llamar la atención sobre el asunto siguiente. Entre 2008 y 2011, la Agencia no recibió su propio presupuesto y la Comisión Europea se hizo cargo directamente de la financiación y ejecución de todos los gastos. El Tribunal había considerado que esta situación era contraria a los Estatutos de la Agencia. Para 2012, tras los comentarios del Tribunal, la Comisión concedió a la Agencia su propio presupuesto, que ascendía a 98 000 euros (1 04 000 euros con los ingresos financieros de sus propias inversiones). Mientras que el artículo 54 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el artículo 6 de los Estatutos de la Agencia disponen que la Agencia gozará de autonomía financiera, la mayor parte de sus gastos (personal, espacio de oficinas y sistemas informáticos) siguen siendo directamente financiados por la Comisión. Por lo que respecta a los costes de personal, están previstos en el artículo 4 de los Estatutos. Las disposiciones son contradictorias, lo que es contrario a la autonomía financiera de la Agencia establecida en la normativa. |
Pendiente |
ANEXO II
Agencia de Abastecimiento de Euratom (Luxemburgo)
Competencias y actividades
Ámbitos de competencias de la Unión según el Tratado |
Política común de abastecimiento de materiales nucleares, de conformidad con los principios y los objetivos (seguridad del abastecimiento) establecidos en el Tratado Euratom. La Agencia fue establecida directamente por el artículo 52 del Tratado Euratom, firmado en 1957. La Agencia también se rige por sus Estatutos, establecidos por una decisión del Consejo sobre la base jurídica del artículo 54 del Tratado Euratom. |
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Competencias de la Agencia [definidas en el Tratado Euratom, principalmente su capítulo 6, y la Decisión del Consejo, de 12 de febrero de 2008, por la que se establecen los Estatutos de la Agencia de Abastecimiento de Euratom (2008/114/EC, Euratom)] |
Objetivos
Funciones De conformidad con el Tratado Euratom, la Agencia dispone de un derecho de opción sobre los materiales nucleares producidos en los territorios de los Estados miembros, así como del derecho exclusivo de celebrar contratos relativos al suministro de materiales nucleares procedentes del interior o del exterior de la Comunidad. A la luz de lo expuesto, las principales tareas de la Agencia son las siguientes:
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Gobernanza |
Director General Nombrado por la Comisión, por un período de duración indefinida. Las funciones y competencias del director general se determinan, en particular, en los Estatutos de la Agencia. Supervisión de la Agencia por la Comisión La Comisión impartirá sus directrices a la Agencia y dispondrá de un derecho de veto sobre sus decisiones. Además, algunas decisiones de la agencia están sujetas a la autorización previa de la Comisión. Comité consultivo Está compuesto por miembros de los Estados miembros, nombrados intuitu personae por un período de tres años (renovable). El Comité asistirá a la Agencia en el desempeño de sus tareas y actuará como órgano de enlace entre la Agencia, por una parte, y los productores y usuarios de la industria nuclear, por otra. El Comité podrá ser consultado sobre todos los asuntos que sean competencia de la Agencia y tendrá que dar su opinión sobre todos los temas enumerados en el artículo 13 de los Estatutos. Normalmente se reúne dos veces al año. Auditor externo Tribunal de Cuentas Europeo. Autoridad de aprobación de la gestión Parlamento Europeo. |
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Medios a disposición de la Agencia en 2013 (2012) |
Presupuesto 1 04 000(1 04 000) euros, que incluyen la subvención de la Comisión: 98 000(98 000) euros. Efectivos a 31 de diciembre de 2013 Número total de efectivos: 18 (17) (incluido el Director General). |
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Productos y servicios facilitados en 2013 (2012) |
Garantía de la seguridad del abastecimiento Operaciones tramitadas La Agencia tramitó en 2013 unas 279 (270) operaciones, incluidos contratos, modificaciones y notificaciones de las actividades frontales. Informes En 2013, la Agencia emitió:
Participación del Comité consultivo de la Agencia en actividades
Relaciones con otras instituciones de la UE y cooperación internacional Relación con la Comisión Europea según lo descrito en párrafos anteriores. Cada año la Agencia debe presentar al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión un informe en el que exponga sus actividades del ejercicio anterior y su programa de trabajo para el ejercicio siguiente. La Agencia también coopera con organizaciones internacionales, concretamente la AIEA (Agencia Internacional de Energía Atómica) y la ANE (Agencia Nuclear de Energía) de la OCDE. En este contexto, la Agencia participa en el Grupo del Uranio conjunto AIEA y ANE y en el grupo de alto nivel ANE sobre la seguridad del abastecimiento de radioisótopos médicos. Seguridad del abastecimiento de radioisótopos médicos En septiembre de 2013, la Agencia asumió la presidencia del Observatorio Europeo sobre el abastecimiento de radioisótopos para uso médico para ayudar a aplicar una política del Consejo europeo destinada a garantizar la continuidad del abastecimiento de radioisótopos para uso médico. |
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Fuente: Anexo facilitado por la Agencia. |
RESPUESTAS DE LA AGENCIA
12. |
Las notas de las cuentas definitivas de 2013 de la Agencia incluyen una estimación de los costes salariales. Los datos concretos relativos a los costes administrativos de la Agencia cubiertos por la Comisión pertenecen a esta última. En nuestra opinión, el hecho de que la Comisión pague los salarios del personal de la Agencia (así como otros gastos administrativos) no constituye de por sí ningún riesgo para la independencia de la AA, y permite la realización de economías de escala. |
13. |
Según la Agencia, existe ya una estrategia adecuada de gestión y control del riesgo. Sin embargo, en el año en curso, la Agencia facilitará nueva documentación estructurada sobre la evaluación de riesgos y medidas destinadas a paliar los riesgos. |