10.12.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 442/240


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación correspondientes al ejercicio 2013, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2014/C 442/28)

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación (conocida como «ERCEA» y denominada en lo sucesivo «la Agencia»), con sede en Bruselas, se creó en virtud de la Decisión 2008/37/CE de la Comisión (1). La Agencia se estableció por un período comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2017 con la misión de gestionar el programa específico «Ideas» dentro del VII Programa Marco de Investigación (2).

INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

2.

El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Agencia, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado:

a)

las cuentas anuales de la Agencia que comprenden los estados financieros (3) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (4) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2013;

b)

la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

Responsabilidades de la dirección

4.

La dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Agencia, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes (5):

a)

Las funciones de la dirección respecto de las cuentas anuales de la Agencia consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación fiel de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error, en seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas y fundamentadas en las normas de contabilidad aprobadas por el contable de la Comisión (6) y en efectuar estimaciones contables razonables según las circunstancias. El Comité de Dirección aprobará las cuentas anuales de la Agencia previamente elaboradas por el contable con arreglo a la información disponible y redactará una nota en la que, entre otros extremos, declarará que tiene garantías razonables de que las cuentas presentan una imagen fiel y veraz de la posición financiera de la Agencia en todos sus aspectos significativos.

b)

Las funciones de la dirección respecto de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes y del cumplimiento del principio de buena gestión financiera consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno eficaz y eficiente que represente una supervisión adecuada, incluya las medidas necesarias para impedir la comisión de irregularidades y de fraudes y, si fuera preciso, prevea el ejercicio de acciones legales para recuperar fondos que se hayan abonado o utilizado incorrectamente.

Responsabilidades del auditor

5.

El Tribunal presentará al Parlamento Europeo y al Consejo (7) basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. El Tribunal realiza la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC y las normas internacionales INTOSAI de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales de la Agencia estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

6.

Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas e incumplimientos significativos de las exigencias del marco legal de la Unión Europea en las operaciones subyacentes, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables, y la presentación general de las cuentas.

7.

El Tribunal considera que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y apropiada en apoyo de su declaración de fiabilidad.

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

8.

En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Agencia presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2013 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y a las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión.

Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

9.

En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2013 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

El presente Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Milan Martin CVIKL, miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo, en su reunión del día 1 de julio de 2014.

Por el Tribunal de Cuentas

Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA

Presidente


(1)  DO L 9 de 12.1.2008, p. 15.

(2)  El anexo presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Agencia.

(3)  Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.

(4)  Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.

(5)  Artículos 62 y 68, junto con los artículos 53 y 58 del Reglamento (UE, Euratom) n o  966/2012 de la Comisión (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).

(6)  Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS) dictadas por la Federación Internacional de Contadores o, en su defecto, las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

(7)  Artículo 162 del Reglamento (UE, Euratom) n o  966/2012.


ANEXO I

Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación (Bruselas)

Competencias y actividades

Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado

(Artículo 182 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).

1.

El Parlamento Europeo y el Consejo, previa consulta al Comité Económico y Social, establecerá un programa marco plurianual que incluirá el conjunto de las acciones de la Unión. El programa marco:

fijará los objetivos científicos y tecnológicos que deban alcanzarse mediante las acciones contempladas en el artículo 180 y las prioridades correspondientes,

indicará las grandes líneas de dichas acciones,

fijará el importe global máximo y la participación financiera de la Unión en el programa marco, así como la proporción representada por cada una de las acciones previstas.

2.

El programa marco se adaptará o completará en función de la evolución de las situaciones.

3.

El programa marco se ejecutará mediante programas específicos desarrollados dentro de cada una de las acciones. Cada programa específico precisará las modalidades de su realización, fijará su duración y preverá los medios que se estimen necesarios. La suma de los importes que se estimen necesarios fijados para los programas específicos no podrá superar el importe global máximo fijado para el programa marco y para cada acción.

4.

Los programas específicos serán adoptados por el Consejo, de conformidad con un procedimiento legislativo especial y previa consulta al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social.

Competencias de la Agencia

(Decisión 2008/37/CE de la Comisión)

Objetivos

La Agencia se creó en virtud de la Decisión 2008/37/CE para la gestión del programa específico comunitario «Ideas» en el campo de la investigación en las fronteras del conocimiento en aplicación del Reglamento (CE) no 58/2003. El programa «Ideas» es ejecutado por el Consejo Europeo de Investigación, integrado por un consejo científico independiente que establece la estrategia científica y supervisa su ejecución por parte de la Agencia, que a su vez se encarga de la gestión operativa. La Agencia disfruta de autonomía respecto de la Dirección General de Investigación e Innovación desde el 15 de julio de 2009.

Funciones

Las funciones de la Agencia se describen en el Acta de Delegación [véase la Decisión de la Comisión C(2008) 5694], concretamente en sus artículos 5 a 7. Entre ellas, cabe destacar las referentes a:

Todos los aspectos relacionados con la ejecución administrativa y la aplicación del programa, especialmente los procedimientos de evaluación, los procedimientos de revisión paritaria y de selección con arreglo a los principios establecidos por el consejo científico.

La gestión financiera y científica de las subvenciones.

Gobernanza

[Decisiones C(2008) 5132 y C(2011) 4877 de la Comisión]

(Decisiones 2007/134/CE y 2011/12/UE de la Comisión)

(Decisión 2006/972/CE de la Comisión)

[Reglamento (CE) no 58/2003 del Consejo]

Comité de Dirección

Órgano que supervisa las actividades de la Agencia y es nombrado por la Comisión (véase la Decisión C(2008) 5132 de la Comisión]. Adopta el programa anual de trabajo de la Agencia tras su aprobación por la Comisión Europea, así como el presupuesto de funcionamiento y el informe anual de actividades. Está compuesto por cinco miembros y un observador.

Consejo científico del CEI

En virtud de la Decisión 2007/134/CE, se confía al consejo científico del CEI la misión de establecer una estrategia científica para el programa específico Ideas, de decidir sobre el tipo de investigación que debe financiarse con arreglo al artículo 5, apartado 3, de la Decisión 2006/972/CE y de actuar como garante de la calidad de la actividad desde un punto de vista científico. Sus tareas abarcan, en particular, el establecimiento del programa de trabajo anual para el programa específico Ideas y del procedimiento de revisión paritaria, así como el seguimiento y el control de la calidad de la ejecución del programa específico «Ideas», sin perjuicio de la responsabilidad de la Comisión. Está compuesto por veintidós miembros nombrados por la Comisión.

Director de la Agencia

Nombrado por la Comisión Europea por un período de cuatro años.

Auditor externo

Tribunal de Cuentas Europeo

Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento Europeo previa recomendación del Consejo.

Medios a disposición de la Agencia en 2013 (2012)

Presupuesto

40,1(37,8) millones de euros

Efectivos a 31 de diciembre de 2013

El presupuesto de funcionamiento de 2013 prevé un organigrama de 100 (100) agentes temporales y un presupuesto para 289 (289) agentes contractuales y expertos nacionales en comisión de servicio, que representan un total de 389 (389) puestos de los cuales 379 (380) estaban ocupados al final del ejercicio 2013:

99 (96) agentes temporales: 13 (11) en comisión de servicio y 86 (85) externos

270 (275) agentes contractuales

10 (9) expertos nacionales en comisión de servicio

Encargados de tareas:

operativas (servicios científico y de gestión de subvenciones): 70 % (71 %)

administrativas (otros servicios): 30 % (29 %)

Productos y servicios facilitados en 2013 (2012)

1.

Supervisión de los acuerdos de subvención concedidos en el marco del programa de trabajo Ideas, convocatorias para subvenciones de inicio, subvenciones avanzadas y subvenciones para pruebas de concepto. El programa de trabajo Ideas se ejecuta mediante la publicación de convocatorias de propuestas anuales, seguidas de la evaluación (por expertos externos), negociación y firma de los acuerdos de subvención, y, finalmente, por el control de la ejecución de los proyectos. Cada convocatoria de propuestas da lugar a una serie de acuerdos de subvención establecidos para un ciclo de proyecto de alrededor de cinco años de duración.

2.

Ejecución de las convocatorias de propuestas de 2013 para el programa de trabajo Ideas. (Subvenciones de inicio, subvenciones avanzadas y subvenciones para pruebas de concepto). En 2013 se presentaron 10  151 solicitudes de propuestas, de las cuales, 3  329 para subvenciones de inicio, 3  673 para la convocatoria de subvención Consolidator recientemente introducida, 2  408 para subvenciones avanzadas, 449 para subvenciones de sinergia y 292 para subvenciones para pruebas de concepto. Un total de 9  968 de ellas eran subvencionables y fueron por tanto evaluadas por los grupos de revisión. Se seleccionó un total de 959 propuestas para el procedimiento de adjudicación (890 en las listas principales y 69 en las listas de reserva).

3.

Producción y divulgación de información sobre el programa específico Ideas y las actividades de la Agencia en 2013.

4.

El consejo científico celebró en 2013 reuniones en toda Europa, normalmente por invitación de las autoridades nacionales. La celebración de reuniones en distintos Estados miembros de la UE o países asociados constituye un modo de aumentar la visibilidad del CEI y es también importante para las autoridades nacionales y los colectivos locales de científicos e investigadores. Se organizaron cinco sesiones plenarias del consejo científico entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013: enero, marzo y diciembre en Bruselas (Bélgica), junio en Bratislava (Eslovaquia) y octubre en Utrecht (Países Bajos). A raíz de las recomendaciones del grupo de revisión de las estructuras y los mecanismos del CEI en 2009, el consejo científico creó dos comités permanentes: uno asesora en materia de conflictos de intereses, faltas profesionales y cuestiones éticas, mientras que otro se encarga de seleccionar evaluadores. La Agencia apoyó las actividades operativas de ambos comités que en 2013 se reunieron, respectivamente, en tres ocasiones cada uno. Los miembros del consejo científico se reúnen además en grupos de trabajo de carácter específico. En 2013, la Agencia organizó varias reuniones de los grupos de trabajo del CEI sobre innovación y relaciones con la industria, acceso abierto, participación de terceros países y equilibrio de género. Estos grupos llevan a cabo análisis y contribuyen a la estrategia científica del CEI mediante la presentación al pleno del consejo científico, para su aprobación, de propuestas relacionadas con su ámbito de competencias. La Agencia, en colaboración con miembros de los grupos citados, elaboró una serie de documentos de trabajo con análisis y mensajes clave sobre los temas específicos tratados por los grupos de trabajo y los comités permanentes.

En 2013, cuatro de los cinco grupos organizaron cuatro principales acontecimientos en Bruselas:

Grupo de trabajo sobre innovación y relaciones con la industria: «New technologies from the ERC» («Nuevas tecnologías del CEI), celebrado el 5 de febrero, coorganizado con Science Business; once beneficiarios de subvenciones para pruebas del CEI se reunieron con diversos inversores de la industria para negociar sobre sus proyectos y crear posibles contactos comerciales.

Grupo de trabajo sobre el acceso abierto: «Workshop on Open Access infrastructures in the Social Sciences and Humanities» (taller sobre las infraestructuras de acceso abierto en el campo de las ciencias sociales y humanidades). Este acontecimiento se planificó y llevó a cabo en cooperación con el grupo de trabajo del consejo científico sobre acceso abierto y reunió a un amplio grupo de expertos en la materia, con inclusión de representantes de universidades, proveedores de fondos y responsables políticos. También estuvieron presentes dos beneficiarios de subvenciones del CEI.

Grupo de trabajo sobre indicadores clave de resultados (ICR): «Identification of “frontier research” and “emerging research areas” in research proposals» organizado con los coordinadores de los dos proyectos para las acciones de coordinación y apoyo (CSA en sus siglas en inglés) que estudian las posibilidades de la bibliometría en apoyo de la estrategia de monitorización y evaluación del CEI. Durante el debate de dos días de duración celebrado el 20 y 21 de febrero, los miembros del consejo científico del CEI, expertos en cienciometría, responsables científicos de la Agencia, miembros de la DG Investigación e Innovación y la DG Redes de Comunicación, Contenido y Tecnologías, así como representantes de otras entidades que financian la investigación examinaron los resultados presentados por los miembros de los proyectos, concretamente técnicas bibliométricas e indicadores que miden el alcance del apoyo del CEI a las propuestas de investigación a «la investigación en las fronteras del conocimiento» y «campos de investigación emergentes».

Grupo de trabajo sobre el equilibrio de género: «On the way to the top: providing equal opportunities for men and women in science and technology» («En camino hacia la cima: igualdad de oportunidades para los hombres y las mujeres en el sector de la ciencia y la tecnología»). El taller tenía como objetivo reunir a representantes de organizaciones nacionales de investigación y expertos en cuestiones de género para debatir la diversidad de prácticas y enfoques en las políticas dominantes de género en distintos países europeos e intercambiar las mejores prácticas en favor de una mayor participación de investigadoras.

Fuente: Anexo facilitado por la Agencia.


RESPUESTA DE LA AGENCIA

La Agencia toma nota del Informe del Tribunal.