52014PC0662

Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2014/005 FR/GAD) de Francia /* COM/2014/0662 final */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

CONTEXTO DE LA PROPUESTA

1.           Las normas aplicables a las contribuciones financieras del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se establecen en el Reglamento (UE) nº 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1927/2006[1] («el Reglamento del FEAG»).

2.           Las autoridades francesas presentaron la solicitud de contribución financiera del FEAG «EGF/2014/005 FR/GAD» a raíz de los despidos efectuados en GAD société anonyme simplifiée (en lo sucesivo, «GAD»), en Francia.

3.           Después de evaluar dicha solicitud, la Comisión llegó a la conclusión de que, con arreglo a todas las disposiciones aplicables del Reglamento del FEAG, se cumplen las condiciones para conceder una contribución financiera del FEAG.

RESUMEN DE LA SOLICITUD

Solicitud de ayuda del FEAG || EGF/2014/005 FR/GAD

Estado miembro || Francia

Región o regiones afectadas (nivel NUTS 2): || Bretaña (FR 52), Países del Loira (FR 51)

Fecha de presentación de la solicitud || 6.6.2014

Fecha de acuse de recibo de la solicitud || 13.6.2014

Fecha de solicitud de información adicional || 23.6.2014

Plazo para la presentación de la información adicional || 4.8.2014

Plazo para la finalización de la evaluación || 24.10.2014

Criterio de intervención || Artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento del FEAG

Empresa principal || GAD société anonyme simplifiée

Sector o sectores de actividad económica (división de la NACE Rev. 2)[2] || División 10 («Industria de la alimentación»)

Número de filiales, proveedores y transformadores de productos de dicha empresa || 0

Período de referencia de cuatro meses: || 29.11.2013-28.03.2014

Número de despidos o ceses de actividad durante el período de referencia (a) || 744

Número de despidos o ceses de actividad antes o después del período de referencia (b) || 16

Número total de despidos (a + b) || 760

Número total estimado de beneficiarios || 760

Número de jóvenes beneficiarios que no estudian, ni trabajan, ni siguen una formación (ninis) || 0

Presupuesto para servicios personalizados (EUR) || 1 500 000

Presupuesto para la puesta en marcha del FEAG[3] (EUR) || 30 000

Presupuesto total (EUR) || 1 530 000

Contribución del FEAG (60 %) (EUR) || 918 000

EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD

Procedimiento

4.           Las autoridades francesas presentaron la solicitud «EGF/2014/005 FR/GAD» el 6 de junio de 2014, dentro del plazo de doce semanas a partir de la fecha en la que se cumplieron los criterios de intervención establecidos en el artículo 4 del Reglamento del FEAG. La Comisión acusó recibo de la solicitud el 13 de junio de 2014, dentro del plazo de dos semanas a partir de la fecha en la que se presentó la solicitud, y solicitó información adicional a las autoridades francesas el 23 de junio de 2014. Dicha información adicional se facilitó dentro del plazo de seis semanas a contar de la fecha en que se solicitó. El plazo de doce semanas a partir de la recepción de la solicitud completa en el cual la Comisión debe finalizar su evaluación para determinar si la solicitud cumple las condiciones de concesión de una contribución financiera termina el 24 de octubre de 2014.

Admisibilidad de la solicitud

Empresas y beneficiarios afectados

5.           La solicitud se refiere a 760 trabajadores despedidos en GAD. Esta empresa opera en el sector económico clasificado en la división 10 de la NACE Rev. 2 («Industria de la alimentación»), concretamente en el despiece y tratamiento de carne de porcino. Los despidos efectuados por la empresa afectada se encuentran principalmente en las regiones de nivel NUTS[4] 2 de Bretaña (FR 52) y Países del Loira (FR 51).

Criterios de intervención

6.           Las autoridades francesas presentaron la solicitud con arreglo al criterio de intervención del artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento FEAG, que requiere que se haya despedido o haya cesado la actividad de como mínimo quinientos trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia de una empresa de un Estado miembro durante un período de referencia de cuatro meses, incluido el despido de los asalariados o el cese de la actividad de los trabajadores por cuenta propia de sus proveedores o transformadores de los productos de dicha empresa.

7.           El período de referencia de cuatro meses se extiende del 29 de noviembre de 2013 al 28 de marzo de 2014.

8.           La solicitud se refiere a 744 trabajadores despedidos[5] en GAD durante el período de referencia de cuatro meses.

Cálculo de los despidos y del cese de actividad

9.           Todos estos despidos se cuentan a partir de la fecha en la que el empleador notificó individualmente a cada trabajador su intención de despedirlo o de rescindir su contrato laboral.

Beneficiarios elegibles

10.         Además de los 744 trabajadores ya mencionados, en el total de beneficiarios elegibles se incluyen dieciséis trabajadores que fueron despedidos con posterioridad al anuncio general del despido previsto, el 28 de febrero de 2013, y antes del período de referencia de cuatro meses. Tanto los despidos que se produjeron durante el período de referencia como los anteriores tienen la misma causa (que se detalla más adelante), por lo cual se puede establecer un nexo causal claro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento FEAG. Estos dieciséis trabajadores, por lo tanto, también pueden recibir ayudas del FEAG.

11.         El número total de beneficiarios que pueden acogerse a las medidas es de 760.

Nexo entre los despidos y la crisis económica y financiera mundial, que se aborda en el Reglamento (CE) nº 546/2009

12.         Para establecer el vínculo entre los despidos y la crisis económica y financiera mundial que se aborda en el Reglamento (CE) nº 546/2009, Francia alega que la crisis económica y financiera mundial condujo a la reducción del consumo de carne de porcino en Europa y, por ende, de su producción y de la producción de los mataderos, como el GAD. En 2007, el consumo de carne de porcino aún fue de 43 kg per cápita, mientras que en 2013 se redujo a 39 kg. Este descenso del consumo provocado por la crisis financiera y económica mundial afectó también a otros tipos de carne, pero muy especialmente a la de cerdo, cuyo precio había ido creciendo más rápidamente que la de otras carnes, como la de vacuno.

13.         Los piensos para cerdos se componen fundamentalmente de una mezcla de granos, en particular de maíz, trigo, cebada y soja. Una gran parte de estos se importa de fuera de la UE, por ejemplo de los Estados Unidos, Australia y América del Sur. Esas regiones se han visto afectadas por la sequía en los últimos años, lo que ha dado lugar a un aumento considerable del precio de los piensos para cerdos. Entre 2006 y 2011, el precio de una tonelada de piensos para cerdos pasó de 150 a 250 EUR; alcanzó los 300 EUR en el segundo semestre de 2012 y se mantuvo en una media de 287 EUR en Francia durante 2013. Esos costes repercuten en el precio de venta del ganado porcino, y, en definitiva, en el consumidor. En un momento en que la UE seguía sufriendo los efectos de la crisis, los consumidores no querían o no podían comprar la misma cantidad de carne de cerdo que antes. GAD, matadero y empresa de transformación de carne, se vio sometida a una doble presión de precios: entre los ganaderos en dificultades para hacer frente al aumento de precio de los piensos y los consumidores confrontados con menos ingresos. Como esta presión se prolongó durante más de cinco años, la empresa acabó en graves dificultades financieras.

14.         Su margen bruto bajó de 123 millones EUR en 2010 a 107 millones EUR en 2012-2013. La empresa aún logró un beneficio de 16 millones EUR en 2008, fue deficitaria en 2009, y acabó con pérdidas de 20 millones EUR tanto en 2012 como en 2013. Sus ingresos brutos se redujeron de 495,1 millones EUR en 2008 a 445,8 millones EUR en 2009, y la empresa no volvió a recuperarse. El 27 de febrero de 2013, la empresa fue colocada bajo administración judicial, por haber registrado pérdidas de 65 millones de EUR entre 2010 y junio de 2013.

15.         Hasta la fecha, el sector de la «industria de la alimentación» ha sido objeto de otra solicitud de contribución del FEAG[6] basada también en la crisis económica y financiera mundial,

Hechos que provocaron los despidos y el cese de la actividad

16.         El 22 de febrero de 2013, GAD ya no estaba en condiciones de hacer frente a sus deudas, por lo que fue colocada bajo administración judicial el 27 de febrero de 2013.

17.         Los hechos que dieron lugar a los despidos en GAD son el cierre de tres centros de producción, en Lampaul y Saint-Martin (ambos en Bretaña), y en Saint-Nazaire (Loire-Atlantique).

Otros dos centros siguen abiertos, en Lampaul y en Josselin (Bretaña).

Impacto previsto de los despidos en la economía y el empleo a nivel local, regional y nacional

18.         Los despidos tienen una incidencia negativa significativa en la economía regional de Bretaña, donde el sector agrícola se consideraba relativamente seguro en los años posteriores a la crisis financiera y económica mundial. El empleo en Bretaña depende del sector agropecuario más que en el conjunto de Francia (11 % en Bretaña, frente a una media del 5 % en Francia).

19.         Los trabajadores ya reciben apoyo con medidas para ayudarles a encontrar un nuevo puesto de trabajo; a 20 de mayo de 2014, ciento ocho de ellos ya tenían contratos de más de seis meses y otros sesenta y seis de menos de seis meses, mientras que tres habían creado su propia empresa. Casi todos ellos optaron por quedarse en la región.

Beneficiarios previstos y acciones propuestas

Beneficiarios previstos

20.         El número de trabajadores destinatarios que se espera que se acojan a las medidas es de 760. El desglose de estos trabajadores por sexo, ciudadanía y grupo de edad es el siguiente:

Categoría || Número de beneficiarios previstos

Sexo: || Hombres: || 487 || (64,08 %)

|| Mujeres: || 273 || (35,92 %)

Ciudadanía: || Ciudadanos de la UE: || 760 || (100,00 %)

|| Ciudadanos de terceros países: || 0 || (0,00 %)

Grupo de edad: || 15-24 años: || 6 || (0,79 %)

|| 25-54 años: || 620 || (81,58 %)

|| 55-64 años: || 133 || (17,50 %)

|| más de 64 años: || 1 || (0,13 %)

Elegibilidad de las acciones propuestas

21.         Los servicios personalizados que se prestarán a los trabajadores despedidos consisten en una única acción:

Asesoramiento y orientación a los trabajadores despedidos por un equipo de expertos asesores (célula de reclasificación): Como el Estado francés y la empresa responsable de los despidos cofinancian medidas activas de reinserción laboral de los trabajadores, Francia solo solicita del FEAG la financiación de la ventanilla única (célula de reclasificación) que asesora y orienta a los trabajadores despedidos.

Gestionan la célula de reclasificación dos agencias de contratación, ALTEDIA y ADVANCIA, cuya misión consiste en prestar apoyo a los trabajadores despedidos y ayudarles a encontrar soluciones que les permitan seguir en el mercado laboral y conseguir otro empleo.

Estas agencias tienen que ofrecer a cada participante: a) una trayectoria profesional personalizada; b) un número suficiente de ofertas de trabajo; c) la posibilidad de consultar a expertos disponibles y con capacidad de respuesta, generales o especializados en la creación de empresas, con excelentes conocimientos del mercado laboral de la región.

ALTEDIA se ha comprometido a encontrar una solución personalizada para el 80 % de los participantes en el plazo de quince meses. Esta solución podría ser un nuevo puesto de trabajo de una duración mínima de 6 meses, la creación o la adquisición de una empresa, un programa de formación a largo plazo con un mínimo de 300 horas o, en casos excepcionales, la salida del programa de la agencia por razones personales. La solución mínima aceptable sería la presentación de dos ofertas de empleo adecuadas a las capacidades del trabajador, con unas condiciones no inferiores al 85 % del salario anterior, y a una distancia no superior a 40 km o una hora de viaje (de ida y vuelta) del domicilio.

Las agencias darán cursillos de competencias generales (preparación del CV y de la entrevista, búsqueda de empleo y creación de empresas), sobre uso de internet, ferias de empleo y  reuniones con empleadores, representantes del sector e instituciones de formación.

Del seguimiento de las actividades de las agencias se encargará un comité, que elaborará informes periódicos por escrito.

Las agencias cobrarán por cada trabajador participante (debidamente documentado) de acuerdo con el siguiente baremo, mientras que las medidas en sí mismas (por ejemplo, los cursos de formación más largos) no están incluidas en el presupuesto presentado al FEAG. El pago se hará fraccionado y en función de los resultados logrados.

1 600 EUR por tutoría y apoyo, cuando no haya sido posible encontrar una solución para el trabajador despedido,

1 800 EUR si el trabajador despedido encuentra un trabajo de hasta seis meses, inicia la creación de una nueva empresa, sigue un curso de formación reconocido durante al menos tres meses, o alcanza el reconocimiento de su experiencia previa,

1 900 EUR si el trabajador despedido encuentra un trabajo de seis meses o más,

2 000 EUR si el trabajador despedido encuentra un trabajo permanente o crea una nueva empresa.

22.         La acción propuesta constituye una medida activa del mercado laboral en el marco de las acciones elegibles expuestas en el artículo 7 del Reglamento del FEAG. No sustituye a las medidas pasivas de protección social.

23.         Las autoridades francesas han proporcionado la información requerida sobre las acciones obligatorias para la empresa afectada en virtud de la legislación nacional o con arreglo a convenios colectivos. Han confirmado que la contribución financiera del FEAG no sustituirá a estas acciones.

Presupuesto estimado

24.         Los costes totales estimados ascienden a 1 530 000 EUR, que incluyen gastos de servicios personalizados por 1 500 000 EUR y gastos de actividades preparatorias, de gestión, información y publicidad, control y presentación de informes por 30 000 EUR.

25.         La contribución financiera total solicitada al FEAG asciende a 918 000 EUR (el 60 % del coste total).

Acciones || Número estimado de participantes || Coste estimado por participante (EUR) || Costes totales estimados (EUR)

Servicios personalizados [acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letras a) y c) del Reglamento FEAG]

Organismo intermedio de asesoramiento y orientación a los trabajadores despedidos (célula de reclasificación) || 760 || 1 974 || 1 500 000

Subtotal (a): || — || 1 500 000

(100 %)

Subsidios e incentivos [Acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG]

Subsidios e incentivos || 0 || 0 || 0

Subtotal (b): || — || 0

(0 %)

Acciones con arreglo al artículo 7, apartado 4, del Reglamento del FEAG

1. Actividades preparatorias || — || 0

2. Gestión || — || 0

3. Información y publicidad || — || 0

4. Control y presentación de informes || — || 30 000

Subtotal (c): || — || 30 000

(1,96 %)

Coste total (a + b + c): || — || 1 530 000

Contribución del FEAG (60 % del coste total) || — || 918 000

Período de admisibilidad de los gastos

26.         Las autoridades francesas empezaron a facilitar el servicio de la célula de reclasificación a los beneficiarios previstos el 3 de enero de 2014. Los gastos de las acciones mencionadas en el punto 20 podrán, por lo tanto, optar a una contribución financiera del FEAG desde el 3 de enero de 2014 hasta el 6 de junio de 2016.

27.         Las autoridades francesas empezaron a incurrir en los gastos administrativos de ejecución del FEAG el 3 de enero de 2014. Los gastos de preparación, gestión, información, publicidad, control y presentación de informes podrán, por lo tanto, optar a una contribución financiera del FEAG desde el 3 de enero de 2014 hasta el 6 de diciembre de 2016.

Complementariedad con acciones financiadas con fondos nacionales o de la Unión

28.         La fuente de la prefinanciación o cofinanciación nacional es el Estado francés, que también financiará medidas complementarias no incluidas en la solicitud de ayuda del FEAG.

29.         Las autoridades francesas han confirmado que las medidas descritas que reciban una contribución financiera del FEAG no recibirán contribución financiera alguna de otros instrumentos financieros de la Unión.

Procedimientos para consultar a los beneficiarios previstos o a sus representantes o a los interlocutores sociales, así como a las autoridades locales y regionales

30.         Las autoridades francesas han indicado que el paquete coordinado de servicios personalizados se elaboró después de que el comité central de empresa de GAD hubiera sido informado, el 28 de junio de 2013, del recorte previsto de 889 puestos de trabajo en la empresa.

31.         Además, han comunicado a la Comisión que los trabajadores despedidos no han sido informados de la solicitud de ayuda del FEAG. Esto se hará después de que la Comisión haya presentado formalmente esta propuesta al Parlamento Europeo y al Consejo.

Sistemas de gestión y control

32.         La solicitud contiene una descripción del sistema de gestión y control que especifica las responsabilidades de los organismos implicados. Francia ha notificado a la Comisión que la contribución financiera será gestionada por el Ministerio de Economía, Industria y Empleo, mediante la participación de varias unidades de la «Delegación General de Empleo y Formación Profesional (DGEFP)». Se encargará de los pagos el departamento de finanzas, diálogo y control de gestión de la DGEFP. Procederá a la certificación la Dirección General de Finanzas Públicas con sede en Nantes. Las delegaciones regionales de la Dirección General de Empresa, Competencia, Consumo, Trabajo y Empleo de Bretaña y de los Países del Loira han sido facultadas para llevar a cabo las auditorías.

Compromisos contraídos por el Estado miembro afectado

33.         Las autoridades francesas han proporcionado todas las garantías necesarias con respecto a lo siguiente:

– se respetarán los principios de igualdad de trato y no discriminación en el acceso a las acciones propuestas y su aplicación;

– se han cumplido los requisitos establecidos en la legislación nacional y de la UE con respecto a los despidos colectivos;

– GAD ha continuado con sus actividades después de los despidos, habiendo cumplido con sus obligaciones legales relativas a los despidos y habiendo atendido en consecuencia a sus trabajadores;

– las acciones propuestas no recibirán apoyo financiero de otros fondos o instrumentos financieros de la Unión y se evitará cualquier doble financiación;

– las acciones propuestas serán complementarias de las acciones financiadas con cargo a los Fondos Estructurales;

– la contribución financiera del FEAG cumplirá las normas procedimentales y de fondo de la Unión sobre ayudas públicas.

REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS

Propuesta presupuestaria

34.         El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020[7].

35.         Tras examinar la solicitud con respecto a las condiciones establecidas en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento del FEAG, y teniendo en cuenta el número de beneficiarios previstos, las acciones propuestas y los costes estimados, la Comisión propone movilizar el FEAG por un importe de 918 000 EUR, que representa el 60 % de los costes totales de las acciones propuestas, a fin de proporcionar una contribución financiera a la solicitud.

36.         La propuesta de Decisión de movilización del FEAG será adoptada conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo, de conformidad con lo establecido en el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[8].

Actos conexos

37.         Al mismo tiempo que presenta esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo una propuesta de transferencia de 918 000 EUR a la correspondiente línea presupuestaria.

38.         Al mismo tiempo que adopta esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión adoptará una decisión relativa a una contribución financiera, mediante un acto de ejecución, que entrará en vigor en la fecha en que el Parlamento Europeo y el Consejo adopten la propuesta de Decisión de movilización del FEAG.

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de conformidad con el punto 13 del Acuerdo Interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (solicitud EGF/2014/005 FR/GAD) de Francia

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) nº 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1927/2006[9], y, en particular, su artículo 15, apartado 4,

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[10],

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)       El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se creó para prestar ayuda a los trabajadores despedidos y a los trabajadores por cuenta propia que han tenido que poner fin a su actividad como consecuencia de grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial provocados por la globalización, de la continuación de la crisis financiera y económica mundial objeto del Reglamento (CE) nº 546/2009[11] o de una nueva crisis económica y financiera mundial, y ayudarlos a reincorporarse al mercado laboral.

(2)       La dotación del FEAG no podrá rebasar un importe máximo anual de 150 millones de euros (a precios de 2011), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013[12].

(3)       El 6 de junio de 2014, Francia presentó una solicitud para movilizar el FEAG en relación con los despidos[13] que tuvieron lugar en GAD société anonyme simplifiée en Francia y la completó con información adicional, tal como establece el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) nº 1309/2013. Esta solicitud cumple los requisitos para la determinación de una contribución financiera del FEAG de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) nº 1309/2013.

(4)       Procede, por tanto, movilizar el FEAG para asignar una contribución financiera por un importe de 918 000 EUR en respuesta a la solicitud presentada por Francia.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2014, se movilizará el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización por un importe de 918 000 EUR en créditos de compromiso y de pago.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el

Por el Parlamento Europeo                           Por el Consejo

El Presidente                                                  El Presidente

[1]               DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.

[2]               Reglamento (CE) nº 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3037/90 del Consejo y determinados reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos (DO L 393 de 30.12.2006, p. 1).

[3]               De acuerdo con el artículo 7, párrafo cuarto, del Reglamento (UE) nº 1309/2013.

[4]               Reglamento (UE) nº 1046/2012 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS), en lo relativo a la transmisión de las series temporales para el nuevo desglose regional (DO L 310 de 9.11.2012, p. 34).

[5]               A tenor del artículo 3, letra a), del Reglamento del FEAG.

[6]               EGF/2014/001 EL/Nutriart, productos de panadería y pastelería.

[7]               DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.

[8]               DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

[9]               DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.

[10]             DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

[11]             DO L 167 de 29.6.2009, p. 26.

[12]             Reglamento (UE, Euratom) nº 13112013 del Consejo por el que se establece el Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).

[13]             A tenor del artículo 3, letra a), del Reglamento del FEAG.