ANEXO a la COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO Y AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO sobre la estrategia y el plan de acción de la UE para la gestión de los riesgos aduaneros: afrontar los riesgos, reforzar la protección de la cadena de suministro y facilitar el comercio /* COM/2014/0527 final */
COMUNICACIÓN
DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO Y AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL
EUROPEO sobre la
estrategia y el plan de acción de la UE para la gestión de los riesgos
aduaneros: afrontar
los riesgos, reforzar la protección de la cadena de suministro y facilitar el
comercio 1.
Introducción Que los
intercambios comerciales se realicen sin obstáculos y de manera segura es
crucial para el crecimiento económico y la competitividad de la Unión Europea
(UE), que es además el mayor bloque comercial del mundo. La gestión efectiva de
los riesgos en la cadena de suministro internacional es fundamental para
garantizar la protección y la seguridad de los residentes en la UE y
salvaguardar los intereses económicos y financieros de la UE, facilitando al
mismo tiempo un comercio legítimo. El mercado único y la unión aduanera de la
UE exigen, para su adecuado funcionamiento, que las aduanas afronten los
riesgos de manera sistemática. Para reforzar la integridad de las cadenas de
suministro internacionales, es preciso mejorar la gestión de los riesgos que
llevan a cabo las aduanas de la UE. Tras completarse
la aplicación de la modificación de seguridad[1]
del Código Aduanero Comunitario[2]
en 2011, la Comisión publicó, en enero de 2013, un análisis de la aplicación de
las políticas de gestión de los riesgos aduaneros. En la Comunicación[3] se
señalaron las lagunas del planteamiento actual y se propuso un camino a seguir.
En junio de 2013, el Consejo[4]
invitó a la Comisión a que presentara, en cooperación con los Estados miembros,
«una estrategia coherente de gestión de riesgos y de seguridad de la cadena de
suministro, basada en un plan de acción por etapas y en análisis exhaustivos de
costes y beneficios [...] y que abarque, entre otras cosas, los aspectos jurídicos,
de procedimiento y de TI». En
la presente Comunicación se presentan una estrategia para mejorar la gestión de
los riesgos aduaneros y la seguridad de la cadena de suministro («la
estrategia») y un cuadro de acciones prioritarias («el plan de acción»)[5] adjuntado
como anexo. 2.
Ámbito de aplicación de la estrategia La
estrategia incorpora una serie de objetivos clave, sustentados en la finalidad
general de lograr un planteamiento de alta calidad y con múltiples niveles,
eficaz y eficiente, para la gestión de los riesgos. Se bosquejan en ella
medidas adecuadas de control y mitigación de los riesgos, que deberán
utilizarse en el momento y el lugar de la cadena de suministro que sean más
oportunos. Tiene en cuenta la naturaleza variable y la amplia gama de los
riesgos que deben tratarse, así como la responsabilidad principal de las
autoridades aduaneras en la supervisión del comercio internacional de
mercancías de la UE. Asimismo, la estrategia tiene en cuenta el papel de otras
autoridades competentes que intervienen en los movimientos de la cadena de
suministro, y subraya la necesidad de complementariedad. Hace referencia
también al contexto internacional de los riesgos y a la importancia de la
cooperación internacional en su gestión. La estrategia reconoce también la
importancia para la UE de facilitar y acelerar el comercio, el papel central de
los agentes económicos y la necesidad de evitar perturbaciones indebidas de la
logística y los procesos de la cadena de suministro. 3.
Un plan de acción para mejorar la gestión de los riesgos En
el plan de acción se detalla una serie de medidas para cada objetivo. Se trata
de acciones encaminadas a subsanar las lagunas encontradas con el fin de
reforzar progresivamente las capacidades de las autoridades aduaneras de la UE
y lograr que cooperen de manera más sistemática con otros organismos, agentes
económicos y socios comerciales internacionales. El plan de acción incluye
actividades para apoyar o desarrollar normas y estándares internacionales
cuando proceda. El
principal reto subyacente se refiere a la necesidad de obtener datos de alta
calidad sobre los movimientos de la cadena de suministro y de que las
autoridades aduaneras y otras autoridades competentes puedan acceder a ellos y
explotarlos adecuadamente con fines de gestión de los riesgos. Asegurar que se
desarrollen y apliquen las capacidades y metodologías adecuadas para hacer
posible y facilitar la colaboración entre las autoridades será un elemento
clave del progreso futuro. 4.
Coherencia y complementariedad con otras iniciativas de la UE Al
aplicar la estrategia y el plan de acción, la Comisión buscará la
complementariedad y la coherencia con otras iniciativas relacionadas en curso,
tanto en el ámbito de las aduanas (por ejemplo, el código aduanero de la Unión[6] y la
asistencia mutua administrativa[7])
como en el de otras políticas. Se tendrán en cuenta las iniciativas de
seguridad, especialmente en el ámbito de la seguridad interior[8], la
seguridad del transporte aéreo de mercancías[9],
la seguridad marítima (en concreto, la prestación de
servicios marítimos electrónicos y el entorno común de intercambio de
información con fines de vigilancia del ámbito marítimo de la UE, CISE)[10] y la
revisión de la política de control de las exportaciones[11]. Se
considerarán también otras iniciativas políticas pertinentes en el ámbito de
los transportes, como la Directiva sobre las formalidades informativas[12], que
establece la creación de ventanillas nacionales únicas para la presentación y
el intercambio de información relacionada con los buques y su vinculación con
otros sistemas electrónicos nacionales, el sistema de intercambio de datos
SafeSeaNet[13],
que permite el intercambio de información entre los Estados miembros, y el
flete electrónico (e-Freight), en el marco del Libro Blanco sobre los
transportes[14],
de 2011, cuya finalidad es hacer la logística más eficiente y menos costosa
simplificando el acceso a la información y su utilización con fines logísticos. Se
tendrán en cuenta también las iniciativas políticas pertinentes en materia de
seguridad de los productos[15],
seguridad animal, seguridad de los alimentos y los piensos, protección del
medio ambiente, en particular FLEGT[16]
y CITES[17],
así como las iniciativas relacionadas en el ámbito de los derechos de propiedad
intelectual (DPI), como el plan de acción aduanero de la UE para luchar contra
la vulneración de los derechos de propiedad intelectual e industrial[18], el
plan de acción para el respeto de los DPI, que prevé el desarrollo de un
régimen de diligencia debida de la UE para prevenir las vulneraciones de la
propiedad intelectual a escala comercial[19],
y la Estrategia para mejorar la protección y garantizar el respeto de los
derechos de propiedad intelectual en terceros países, cuyo objeto es mejorar la
cooperación internacional[20]. 5.
Un análisis de costes y beneficios para sustentar el planteamiento La Comisión ha
encargado un estudio para determinar y analizar los costes y los beneficios de
planteamientos alternativos que justifique la ejecución de la estrategia. La
atención se centró en las potenciales soluciones para mejorar la calidad de los
datos, su disponibilidad y su uso con fines de gestión de los riesgos en
relación con las mercancías que entran en la UE. Las opciones evaluadas fueron
las siguientes: 1) un planteamiento completamente descentralizado en el que
todas las iniciativas se llevarían a cabo a nivel de los Estados miembros y con
comunicación entre pares; 2) un planteamiento de servicios compartidos que
implicaría la creación de un registro común para mejorar la disponibilidad de
los datos a los que pueden acceder los Estados miembros y una plataforma
complementaria que integrase y racionalizase el flujo de comunicación entre los
Estados miembros; y 3) un planteamiento de servicios compartidos con la adición
de una interfaz externa común para la presentación de datos por los agentes
comerciales, independiente del Estado miembro competente para recibir esos
datos. El estudio llegó
a la conclusión de que la creación de un registro común que permitiera un
intercambio de información adecuado y oportuno contribuiría de manera esencial
a garantizar una gestión efectiva de los riesgos aduaneros en la UE. La
interfaz externa común para agentes comerciales aportaría beneficios
adicionales al reducir los costes para dichos agentes. La
Comisión estudiará detenidamente las opciones disponibles y los aspectos
prácticos de su implementación, incluidas las implicaciones en términos de
organización y financiación. Este trabajo se llevará a cabo con carácter
prioritario. 6.
Conclusiones La Comisión tomará las iniciativas necesarias para
ejecutar esta estrategia y este plan de acción, en especial en el contexto del
código aduanero de la Unión y las innovaciones informáticas conexas, y adoptará
un planteamiento coherente con otras iniciativas de la UE en el ámbito de la
recogida de datos. La Comisión señala a la atención del Consejo y del
Parlamento la importancia de poner en práctica esta estrategia y este plan de
acción. Pide a los Estados miembros y otras partes interesadas que contribuyan
a su aplicación efectiva y eficiente. [1] Reglamento
(CE) nº 648/05 del Consejo. [2] Reglamento
(CEE) nº 2913/92 del Consejo. [3]
COM(2012) 793 final, de 8.1.2013. [4] Conclusiones
del Consejo 8761/3/13, de 18 de junio de 2013. [5] Elaboradas
junto con expertos de los Estados miembros. [6]
Reglamento (UE) nº 952/13 del Consejo, de 9.10.2013. [7]
Proyecto de propuesta de modificación del Reglamento (CE)
nº 515/97 del Consejo. [8]
COM(2010) 673 final, de 22.11.2010, y las medidas adoptadas
posteriormente. [9]
Conclusiones del Consejo 17563/10, de 7.12.2010. [10]
JOIN(2014) 9 final, de 6.3.2014, y Estrategia de Seguridad Marítima
de la UE, adoptada por el Consejo el 24.6.2014, 10915/14. [11]
COM(2014)
244 final, de 24.4.2014. [12]
Directiva
2010/65/UE. [13]
Directiva
2002/59/CE. [14]
COM(2011)
144 final, de 28.3.2011. [15]
COM(2013)
76 final, de 13.2.2013. [16]
Reglamento
(CE) nº 2173/2005 del Consejo, de 20.12.2005. [17]
Reglamento (CE) nº 338/1997 del Consejo, de 9.12.1996. [18]
Resolución 2013/C 80/01 del Consejo, de 19.3.2013. [19]
COM(2014)
392 final, de 1.7.2014. [20]
COM(2014)
389 final, de 1.7.2014. Estrategia
de la UE para la gestión de los riesgos aduaneros: afrontar
los riesgos, reforzar la protección de la cadena de suministro y facilitar el
comercio Como
parte de su labor de supervisión de la cadena de suministro y de la circulación
de mercancías a través de las fronteras de la UE, las autoridades aduaneras
europeas deben aplicar medidas para: garantizar la integridad de la cadena de
suministro por lo que respecta a los movimientos internacionales de mercancías
y salvaguardar la protección y la seguridad de la Unión y de quienes residen en
ella; proteger los intereses financieros y económicos de la Unión y de sus
Estados miembros; facilitar y agilizar el comercio legítimo y promover la
competitividad de la UE. Es crucial trabajar con otras autoridades competentes,
con las empresas y con los socios internacionales. Ante
el volumen creciente de los movimientos comerciales y la necesidad de
supervisar la cadena de suministro, las aduanas utilizan la gestión de riesgos
para realizar controles efectivos y eficientes, evitar perturbaciones
injustificadas del comercio legítimo y hacer un uso eficiente de los recursos.
Por tanto, a la hora de organizar los recursos y las intervenciones se puede
dar prioridad a aquellos ámbitos que plantean un riesgo mayor y más grave, y
llevar a cabo los controles necesarios en el momento y el lugar más oportunos. El
mercado único y la unión aduanera de la UE, junto con la dimensión
transnacional de las amenazas, subrayan la dependencia mutua de los Estados
miembros y la necesidad de afrontar los riesgos eficazmente, con la coherencia
y la uniformidad necesarias en toda la UE. Aunque
el marco común de la UE para la gestión de los riesgos aduaneros está
firmemente establecido, es preciso seguir adaptándolo y desarrollándolo para
que sea más coherente, eficaz y rentable en su supervisión de los riesgos que
afectan a la cadena de suministro. Es responsabilidad de la Comisión y de los
Estados miembros asegurarse de que así sea. I. Principios subyacentes a la gestión
por la UE de los riesgos aduaneros de la cadena de suministro La
presente estrategia se refiere a la gestión de los riesgos y al control de las
mercancías que entran en la Unión, salen de la Unión o transitan a través de
ella, teniendo debidamente en cuenta sus características específicas, la escala
del riesgo y los costes tanto para los clientes como para el comercio. La
gestión de los riesgos que conlleva la circulación de mercancías a través de la
cadena de suministro internacional exige tener la capacidad para identificar,
evaluar y analizar todo el conjunto de amenazas y riesgos asociados con las
mercancías y sus movimientos. Deben tenerse en cuenta la diversidad de los
riesgos, a nivel de la UE y nacional, así como la repercusión y las
consecuencias que tendría que esos riesgos llegaran a materializarse, para
adoptar medidas de mitigación y control de los riesgos en el momento y el lugar
más oportunos de la cadena de suministro. 1)
«Evaluar con antelación, controlar cuando sea necesario» El
marco común de la UE para la gestión de los riesgos aduaneros debe prever la
evaluación del riesgo de la mercancía antes de su carga en un tercer país y de
su llegada al territorio de la UE o a su destino (aduanero) final, para
permitir el despliegue de las contramedidas que sean apropiadas para
contrarrestar el riesgo identificado–, es decir, esencialmente, «evaluar con
antelación, controlar cuando sea necesario». El
objetivo es gestionar los riesgos de manera óptima, por ejemplo: el riesgo para
la seguridad que conlleva un aparato explosivo o la amenaza que plantea una
enfermedad muy infecciosa deben tratarse antes de realizar la carga; las
mercancías prohibidas, de contrabando o peligrosas precisan de una intervención
temprana, pero pueden controlarse a su llegada al territorio de la UE o al
lugar en el que vaya a efectuarse su descarga; algunos riesgos, como los que
conciernen a la seguridad de los productos, pueden tratarse en el momento del
despacho; los riesgos financieros, comerciales y otros pueden abordarse en el
momento del despacho aduanero, pero también después de este, mediante controles
de auditoría. Los programas de operador económico autorizado (OEA) y el
concepto de operador fiable revisten especial importancia para facilitar y
agilizar la circulación y el despacho de aduana de las mercancías entre
operadores de fiabilidad contrastable que plantean un riesgo menor. 2.)
Cooperación entre múltiples organismos Las
autoridades aduaneras de la UE, como primeras responsables de la supervisión
del comercio internacional de la Unión, reconocen que la gestión efectiva de
los riesgos es una tarea que concierne a múltiples organismos. Exige una
estrecha cooperación entre las autoridades aduaneras a nivel internacional, así
como entre las aduanas y otras autoridades públicas, como los cuerpos y fuerzas
de seguridad, y con los agentes económicos. 3.)
Planteamiento de múltiples niveles y coordinado Teniendo
en cuenta estas necesidades y desafíos, la UE y sus Estados miembros deben
garantizar que exista y se utilice un sistema sólido para la evaluación
temprana de los riesgos que plantea la circulación de mercancías. Esto exige un
planteamiento de múltiples niveles y coordinado, en el que participen todas las
autoridades competentes y en el que los agentes de la cadena de suministro
presenten a tiempo a las aduanas datos apropiados y armonizados. 4.)
Uso eficiente de los recursos La
UE y sus Estados miembros deben adoptar las disposiciones necesarias para la
recogida, la integración y la gestión de información electrónica obtenida de
múltiples fuentes, aprovechando las capacidades informáticas existentes y las
nuevas oportunidades para ganar eficiencia. Es
crucial que exista un intercambio apropiado de estos datos y de la información
relacionada con los riesgos y los resultados de los controles entre las
autoridades aduaneras de la UE. A través del marco común, la UE y sus Estados
miembros deben garantizar que esta información sea accesible y pueda explotarse
plenamente con fines de gestión de riesgos, cumpliendo al mismo tiempo las
disposiciones vigentes de protección de datos. Para
que el tratamiento de los riesgos sea coherente, las autoridades aduaneras de
la UE deben garantizar que todo el conjunto de capacidades disponibles,
incluido el equipo, se utilice adecuadamente, y que se realice una evaluación
continua para evitar duplicaciones y controles y costes innecesarios. II. Impulsar una gestión del riesgo
aduanero de múltiples niveles en la UE Con
el fin de mejorar la eficacia y la eficiencia del marco de gestión de los riesgos
a nivel de la UE, la Comisión y los Estados miembros cooperarán, paso a paso,
en la adopción de las medidas necesarias para alcanzar los objetivos que se mencionan a
continuación por los medios
indicados: 1) Mejorar la calidad de los datos y los
sistemas de registro Objetivo: la presentación
oportuna a las autoridades aduaneras de datos completos y de alta calidad en
relación con los movimientos en la cadena de suministro internacional de las
mercancías que atraviesan las fronteras de la UE. Medios: la adaptación de los
sistemas jurídico, de procedimiento e informático de la UE para garantizar que
los operadores que participan en la cadena de suministro comercial puedan
presentar la información requerida, incluida información por anticipado sobre
la carga, de manera armonizada, teniendo en cuenta los estándares
internacionales y sin costes indebidos para los modelos empresariales ni para
las autoridades aduaneras. 2) Garantizar la disponibilidad de los
datos sobre la cadena de suministro y compartir la información relacionada con
los riesgos entre las autoridades aduaneras Objetivo: permitir que las
autoridades aduaneras de los Estados miembros analicen y mitiguen los riesgos
cuando estos sean pertinentes y garantizar la igualdad de trato entre los operadores
económicos. Medios: la implantación de
los mecanismos jurídicos, de procedimiento e informáticos apropiados para
sustentar la disponibilidad necesaria de los datos, la comunicación y el
intercambio de información relacionada con los riesgos, incluidos los
resultados de los controles, entre las autoridades aduaneras de la UE a lo
largo de todo el proceso de control aduanero. 3) Aplicar medidas de control y
mitigación de los riesgos cuando sean necesarias Objetivo: asegurar que se
empleen sistemáticamente medidas de mitigación y control de los riesgos para
responder de manera adecuada a los riesgos detectados a nivel de la UE y
nacional, maximizando al mismo tiempo la eficiencia en el uso de los recursos y
la fluidez de la cadena de suministro. Medios: la aplicación de
metodologías y procedimientos que permitan llevar a cabo controles basados en
los riesgos en el momento y el lugar más oportunos de la cadena de suministro,
compartir los resultados entre las autoridades aduaneras y evitar los controles
innecesarios o redundantes; la
determinación del lugar y el momento en el que son necesarios controles y
medidas de mitigación de los riesgos como medio óptimo para tratar los riesgos
teniendo en cuenta las limitaciones de la cadena logística. 4) Reforzar las capacidades Objetivo: garantizar la
equivalencia en la aplicación efectiva del marco común de gestión de los
riesgos aduaneros de la UE en todos los Estados miembros e incrementar la
capacidad de respuesta a los nuevos riesgos detectados; Medios: la localización y la
corrección de disparidades inadecuadas de aplicación a nivel de los Estados
miembros, incluida, cuando proceda, la prestación de apoyo de la UE para
subsanar las deficiencias encontradas. Medios: un análisis continuo
para determinar qué capacidades adicionales a nivel de la UE y de los Estados
miembros podrían ser necesarias para apoyar una gestión de los riesgos más
efectiva y eficiente; la
mejora de la cooperación y la coordinación entre las autoridades aduaneras de
la UE; el
perfeccionamiento y la evaluación continua de las normas y criterios comunes de
riesgo de la UE para el conjunto de los riesgos y la garantía de su aplicación
armonizada; un
seguimiento y una evaluación sistemáticos de la puesta en práctica de la
gestión de riesgos de la UE en los distintos Estados miembros, midiendo la
actuación con respecto a los resultados previstos. 5) Promover la cooperación entre
organismos y la puesta en común de información entre las autoridades aduaneras
y otras autoridades a nivel de los Estados miembros y de la UE Objetivo: garantizar que las
autoridades competentes localicen y afronten de manera efectiva los riesgos en
el momento y el lugar más apropiados de la cadena de suministro y con una
alteración mínima de la circulación de las mercancías. Medios: un mayor desarrollo
de los acuerdos de cooperación entre las autoridades aduaneras y otras
autoridades competentes, incluidos otros cuerpos y fuerzas de seguridad, para
asegurar la complementariedad de las funciones en la gestión de los riesgos de
la cadena de suministro, promover la elaboración de criterios de riesgo
comunes, cuando proceda, y mejorar la disponibilidad y la puesta en común de la
información sobre los riesgos; la
promoción del programa de operador económico autorizado (OEA) de la UE y un
mayor reconocimiento de este por las autoridades y los reguladores no
aduaneros. 6) Mejorar la cooperación con el sector
comercial Objetivo: prestar una atención
más específica a los riesgos y, al mismo tiempo, facilitar las cadenas de
suministro y agilizar el comercio. Medios: la promoción de
asociaciones con los operadores económicos, agentes de la cadena de suministro
y proveedores de logística legítimos, en particular para: - mejorar
el conocimiento y la visibilidad de las cadenas de suministro internacionales,
en concreto en el marco de la iniciativa sobre el flete electrónico; -
detectar nuevas
tendencias de comercio ilícito a través de las fronteras de la UE y amenazas
para la cadena de suministro; - promover
la reutilización de los datos aduaneros presentados electrónicamente por los
operadores económicos, para simplificar los procedimientos aduaneros y así
reducir los costes y mejorar la eficiencia; - promover
y reforzar el programa de OEA de la UE, y facilitar más el comercio legítimo. 7) Aprovechar el potencial de la
cooperación aduanera a nivel internacional Objetivo: mejorar la detección
de los riesgos y la eficacia de su mitigación y reducir los costes para los
operadores y las autoridades. Medios: la participación
activa en el establecimiento de estándares mundiales en los foros
multilaterales. Medios: la aplicación o la
promoción del desarrollo de normas y estándares internacionales a través de
iniciativas multilaterales y bilaterales con los socios comerciales, incluidos
intercambios de información aduanera y acuerdos para fomentar la fluidez de las
rutas comerciales; el
apoyo continuo al reconocimiento del programa de OEA de la UE por los socios
comerciales internacionales y al reconocimiento mutuo de los programas y de los
controles de operador fiable, cuando proceda. PLAN
DE ACCIÓN Objetivo
1:
Mejorar la calidad de los datos y los sistemas de registro, para una gestión
efectiva de los riesgos Acción || Descripción de la acción || Calendario indicativo || Agentes responsables || Producto 1.1. Ejercer los poderes reconocidos en el código aduanero de la Unión (CAU) para adoptar actos de la Comisión (COM) || En relación con las mercancías introducidas en el territorio aduanero de la Unión: ― Concluir el análisis para la mejora de los datos de la declaración sumaria de entrada, teniendo en cuenta los diferentes modelos empresariales, los resultados de las acciones piloto para la seguridad del transporte aéreo de mercancías y la evaluación del sistema de control de las importaciones [1]. ― Proponer una solución armonizada para la recogida e integración de los datos de la declaración sumaria de entrada procedentes de fuentes comerciales, basada en un análisis de costes y beneficios y de las cuestiones de aplicación conexas (incluidos los aspectos técnicos, financieros y organizativos). || 2014 - 2015 || Comisión (COM) || ― Estudio de aplicación ― Adopción de actos COM 1.2. Desarrollar e implementar las soluciones informáticas apropiadas || ― Ajustar y seguir desarrollando los sistemas informáticos necesarios para la presentación de los datos de la declaración sumaria de entrada por los operadores económicos, y su recogida e integración por las autoridades aduaneras. ― Desarrollar el acceso de las aduanas, por medios informáticos, a los sistemas de los agentes económicos en el ámbito de la seguridad de la aviación. || 2016 – 2020[2] || Comisión, Estados miembros y operadores económicos || Sistemas informáticos adaptados y desarrollados a nivel de los Estados miembros y de la UE. Objetivo
2:
Garantizar la disponibilidad de los datos sobre la cadena de suministro,
compartir la información relacionada con los riesgos y los resultados de los
controles entre las autoridades aduaneras, para analizar y mitigar los riesgos
y garantizar la igualdad de trato entre los operadores económicos Acción || Descripción de la acción || Calendario indicativo || Agentes responsables || Producto 2.1. Proponer soluciones y ejercer los poderes reconocidos en el CAU para adoptar actos COM. || ― Sobre la base de un análisis de costes y beneficios y de las cuestiones de aplicación asociadas (incluidos los aspectos técnicos, financieros y organizativos), proponer soluciones armonizadas para las mercancías: a) introducidas en el territorio aduanero de la Unión; b) incluidas en un régimen aduanero tras su entrada en el territorio aduanero de la Unión; c) exportadas y sacadas del territorio aduanero de la Unión. || 2014 - 2015 2015 – 2016 2016 – 2017 || Comisión || ― Estudios de aplicación ― Adopción de actos COM, cuando proceda ― Directrices comunes para las autoridades aduaneras 2.2. Desarrollar e implementar las soluciones informáticas apropiadas || Adaptar y seguir desarrollando los sistemas informáticos necesarios para la disponibilidad y el intercambio, entre las autoridades aduaneras, de los datos sobre la cadena de suministro, y la disponibilidad y el intercambio de información relacionada con los riesgos, incluidos los resultados de los controles, entre las autoridades aduaneras de la UE. || 2016 – 2020[3] || Comisión y Estados miembros || Mayor desarrollo de los sistemas informáticos: ―sistemas nacionales de gestión de los riesgos aduaneros, ― sistema de control de las importaciones, Nuevo Sistema de Tránsito Informatizado (NCTS) y sistema de gestión de los riesgos aduaneros 2.3. Proponer soluciones para la trazabilidad de los movimientos de mercancías durante las diferentes etapas del control aduanero || ―Análisis de las opciones para la trazabilidad de los movimientos de mercancías a lo largo de las diferentes etapas de la supervisión aduanera, desde su entrada en el territorio aduanero de la Unión hasta su despacho de aduana final, teniendo en cuenta iniciativas en curso como las relativas al manifiesto electrónico (e-Manifest), el flete electrónico (e-Freight), o adaptando los sistemas de transacciones aduaneras existentes. ― Proponer el planteamiento apropiado teniendo en cuenta los aspectos pertinentes (informáticos, jurídicos o de procedimiento). || 2015 -2020 || Comisión || ― Informe de análisis en el que se detallen las opciones ― Soluciones que permitan hacer efectiva la trazabilidad Objetivo
3:
Implementar el concepto de «evaluar con antelación, controlar cuando sea
necesario» para responder de manera adecuada a los riesgos detectados a nivel
de la UE y a nivel nacional, maximizando al mismo tiempo la eficiencia en el
uso de los recursos y la fluidez de la cadena de suministro Acción || Descripción de la acción || Calendario indicativo || Agentes responsables || Producto 3.1. Desarrollar metodologías que permitan implementar el concepto de «evaluar con antelación– controlar cuando sea necesario» || Proponer una metodología para determinar el lugar y el momento más apropiados para la aplicación de controles aduaneros y medidas de mitigación del riesgo basados en los tipos o niveles de riesgo y en función de las limitaciones que afectan a los controles y la cadena de suministro (disponibilidad de información y documentación y posibilidades de control). || 2014 -2016 || COM || Documento de concepto 3.2. Realizar una «prueba de concepto» en los principales ámbitos políticos y proponer soluciones adecuadas || ―Determinar cuáles son los ámbitos políticos principales y realizar acciones operativas para poner a prueba las soluciones, por ejemplo, mediante acciones relacionadas con la Zona de Control Prioritario en cooperación con las partes interesadas pertinentes. ― La Comisión propondrá la introducción de cláusulas de control aduanero en la legislación no aduanera en los ámbitos políticos probados, cuando proceda y teniendo en cuenta los resultados de la «prueba de concepto». || 2015 -2016 || Comisión || ― Prueba de concepto ― Propuesta de la Comisión para actualizar las cláusulas de control aduanero en la legislación no aduanera, cuando proceda. Objetivo
4:
Reforzar las capacidades para garantizar la equivalencia en la aplicación
efectiva del marco común de gestión de los riesgos aduaneros e incrementar la
capacidad de respuesta a los nuevos riesgos detectados Acción || Descripción de la acción || Calendario indicativo || Agentes responsables || Producto 4.1. Señalar y subsanar las deficiencias y las disparidades inadecuadas en la aplicación del marco común de gestión de los riesgos, cuando proceda mediante la prestación de apoyo a nivel de la UE. || ― Analizar, determinar y proponer soluciones apropiadas (incluidas las informáticas), mediante la prestación de apoyo a nivel de la UE cuando proceda: a) para tratar las disparidades inadecuadas en la aplicación de los criterios y los niveles comunes de riesgo; b) para cumplir los requisitos técnicos y funcionales de los sistemas de gestión de los riesgos de los Estados miembros; c) para atender a las necesidades de cualificaciones profesionales en el ámbito del análisis y la focalización de los riesgos. || 2014 - 2020 || Comisión y Estados miembros || ― Informe del análisis. ― A nivel de los Estados miembros o de la UE, desarrollo de las capacidades informáticas y otras relacionadas con la gestión de los riesgos (p.ej., planes de formación). 4.2. Desarrollar otras posibles capacidades y mejorar la cooperación y la coordinación entre las autoridades aduaneras || ― Con arreglo a los requisitos estratégicos, determinar qué capacidades de gestión de los riesgos deben desarrollarse más a nivel de los Estados miembros y de la UE (teniendo en cuenta las ventajas del registro de datos de la UE o de otras alternativas, así como los resultados de los proyectos de investigación financiados por la UE pertinentes). ― Determinar, en relación con la acción 2.1 y mediante un análisis en mayor profundidad, maneras de seguir mejorando la cooperación proactiva entre los Estados miembros para: a) apoyar una gestión efectiva y eficiente de los riesgos que afectan a la cadena de suministro; b) asegurar que los controles se programen y se lleven a cabo en el lugar más apropiado de la cadena y que haya un intercambio de resultados entre las autoridades aduaneras, y evitar las lagunas y los controles innecesarios; c) mejorar la complementariedad entre los controles aduaneros basados en los riesgos y las investigaciones aduaneras, entre otras cosas definiendo medidas adecuadas de gobernanza que garanticen que los sistemas informáticos existentes y futuros, su desarrollo y su administración, sean compartidos formalmente entre los servicios pertinentes de la Comisión, de acuerdo con las normas de protección de datos. ― Facilitar el análisis y la evaluación de los potenciales planteamientos, incluida la posible creación de una estructura flexible y la adopción de soluciones para evaluar mejor los riesgos en tiempo real, realizando iniciativas conjuntas con carácter experimental entre los Estados miembros que se presten a ello. ― Proponer y aplicar soluciones apropiadas (incluso informáticas) para desarrollar otras capacidades necesarias de gestión de riesgos a nivel de los Estados miembros y de la UE (teniendo en cuenta también las soluciones resultantes de los proyectos de investigación financiados por la UE), en concreto mejorando la cooperación y la coordinación entre las autoridades aduaneras. || 2014 - 2020 || Comisión y Estados miembros || ― Informe del análisis y evaluación de los resultados de las iniciativas piloto. ― A nivel de los Estados miembros, desarrollo de las capacidades informáticas y otras relacionadas con la gestión de los riesgos. ― A nivel de la UE, desarrollo de otras capacidades informáticas necesarias para la gestión de los riesgos (p.ej., mejora del sistema comunitario de gestión de riesgos) u otras capacidades relacionadas. 4.3. Desarrollar más aún las evaluaciones de los riesgos y amenazas aduaneros, tanto a nivel nacional como de la UE, abarcando todo el conjunto de amenazas y riesgos || ―Garantizar que existan en los Estados miembros y a nivel de la UE, teniendo en cuenta los instrumentos existentes, procedimientos y metodologías para: a) establecer evaluaciones de las amenazas y los riesgos aduaneros, que abarquen todo el conjunto de los riesgos, compartidas entre los Estados miembros y entre estos y la Comisión; g) integrar estas evaluaciones en la gestión del riesgo aduanero, y en concreto en las normas y criterios comunes de riesgo, cuando proceda. || De 2015 en adelante || Comisión y Estados miembros || ― Desarrollo de las evaluaciones de las amenazas y los riesgos aduaneros a nivel de los Estados miembros y de la UE. 4.4. Desarrollar más normas y criterios comunes de riesgo de la UE, para todo el conjunto de riesgos, en cooperación con los servicios competentes || ― Desarrollar y aplicar normas y criterios comunes de riesgo para todo el conjunto de riesgos, cuando sea necesario en colaboración con los servicios competentes, teniendo en cuenta prioridades e iniciativas seleccionadas. || De 2014 en adelante || Comisión || ― Actos COM en el marco del actual Código Aduanero Comunitario (CAC) y del código aduanero de la Unión para establecer normas y criterios comunes de riesgo. ― Aplicación de las normas y criterios comunes a través de acciones de control prioritario. 4.5. Supervisar, evaluar y mejorar sistemáticamente la aplicación de la gestión de riesgos de la UE por los Estados miembros y medir los resultados del marco común para la gestión de los riesgos || ― Supervisar y evaluar sistemáticamente las medidas de gestión de los riesgos de la UE, para garantizar su aplicación armonizada, eficaz y eficiente. ― Seguir evaluando y mejorando la eficacia y la eficiencia de las normas y criterios comunes, mediante informes de evaluación anuales de la Comisión y las medidas consiguientes. ― Mejorar más aún los métodos y procedimientos para la supervisión, la evaluación y la revisión a nivel de la UE de la eficacia de las normas y criterios comunes, cuando sea necesario en cooperación con los servicios competentes, y determinar qué información deben recoger y poner a disposición de la Comisión los Estados miembros. || De 2014 en adelante || Comisión y Estados miembros || Medición de los resultados del marco común para la gestión de los riesgos: ― Informes de evaluación anuales de la Comisión ― Recomendaciones del informe sobre controles prioritarios Objetivo
5:
Promover la cooperación entre organismos y la puesta en común de información
entre las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes a nivel de los
Estados miembros y de la UE para garantizar una gestión efectiva de los riesgos
Acción || Descripción de la acción || Calendario indicativo || Agentes responsables || Producto 5.1. Desarrollar más acuerdos de cooperación transectorial, mejorar el acceso a la información (sobre los riesgos) y su intercambio y la participación de las aduanas en las evaluaciones de los riesgos y de las amenazas || ― En los ámbitos políticos pertinentes, estudiar cómo mejorar: a) el acceso a la información (sobre los riesgos) y su intercambio, y la integración oportuna de la gestión de los riesgos de la cadena de suministro, en concreto en las situaciones de crisis; b) los acuerdos de cooperación para garantizar la complementariedad entre los controles aduaneros basados en los riesgos y los controles llevados a cabo por otras autoridades competentes; c) el acceso a las evaluaciones de las amenazas y los riesgos por las aduanas, a nivel de los Estados miembros y de la UE, con fines de gestión del riesgo aduanero. ―Proponer posibles soluciones a nivel de los Estados miembros y de la UE, teniendo en cuenta las diferencias en la distribución de competencias entre las autoridades en cada Estado miembro, especialmente en el ámbito del cumplimiento de la ley y las iniciativas relacionadas, como el flete electrónico y el entorno común de intercambio de información con fines de vigilancia del ámbito marítimo de la UE (CISE). || 2015 -2020 || Comisión y Estados miembros || ― Mejoras en el intercambio y la accesibilidad sistemáticos de la información (sobre los riesgos). ― Acto de ejecución de la Comisión en el marco de la propuesta de Reglamento del Consejo relativo a los controles oficiales (COM (2013) 265). ― Acceso apropiado de las aduanas a las evaluaciones sobre riesgos y amenazas. 5.2. Reforzar el programa de operador económico autorizado de la UE ampliando su reconocimiento y promoción por otras autoridades || ― Señalar los ámbitos prioritarios en cooperación con otras autoridades competentes, teniendo en cuenta las iniciativas en curso. ― Llevar a cabo análisis de las necesidades en relación con otros programas de asociación o regímenes de control promovidos por otras autoridades con vistas a encontrar: a) complementariedades y sinergias entre el programa de OEA y otros programas; b) las medidas necesarias para integrar la categoría de OEA en los regímenes de control de otras autoridades competentes; c) los criterios de cumplimiento desarrollados por otras autoridades que el programa de OEA debe incorporar. ― La Comisión propondrá soluciones adecuadas, cuando sea necesario y posible. || 2014 -2020 || Comisión || ― Estudios de viabilidad seguidos de propuestas, cuando proceda. 5.3. Promover el uso de buenas prácticas y métodos de cooperación entre las autoridades aduaneras y otras autoridades nacionales. || ― Iniciativa de los Estados miembros, con el apoyo de la Comisión, para el intercambio de buenas prácticas y métodos de cooperación || 2014-2020 || Estados miembros y Comisión || Estudio/informe con recomendaciones Objetivo
6:
Mejorar la cooperación con el sector comercial mediante asociaciones con los
operadores económicos y los proveedores de logística para prestar una atención
más específica a los riesgos y agilizar el despacho de aduana del comercio
legítimo Acciones || Descripción de la acción || Calendario indicativo || Agentes responsables || Producto 6.1. Seguir fortaleciendo y promoviendo el programa de OEA, tratando de subsanar las deficiencias encontradas y aportando otras ventajas || ―Con las partes interesadas pertinentes, desarrollar más los análisis sistemáticos y tratar las deficiencias importantes en la aplicación del programa de OEA para garantizar su solidez. ― Buscar otras ventajas del programa de OEA dentro de los procesos aduaneros y proponer medidas adecuadas, teniendo en cuenta los aspectos jurídicos y de procedimiento. || 2014 -2020 || Comisión || ― Adopción de actos de la Comisión en el marco del código aduanero de la Unión, cuando proceda. ― Actualización de las directrices comunes relativas al programa de OEA. 6.2 Mejorar el conocimiento de las cadenas de suministro, sensibilizar al sector comercial y explotar los datos valiosos de que disponga el comercio || ― Proponer y aplicar soluciones apropiadas para mejorar la gestión del riesgo aduanero aumentando la visibilidad de la cadena de suministro mediante: a) el estudio, en el marco de la iniciativa del flete electrónico (e-Freight), de la mejor manera de utilizar los resultados de los proyectos de investigación pertinentes (por ejemplo, los proyectos Cassandra y CORE del Séptimo Programa Marco), y la conclusión del proyecto piloto en curso relativo a la información sobre los contenedores (ENS-Container Status Message, CSM), y b) estudiando la mejor manera de utilizar las bases de datos comerciales. ― Llevar a cabo, a nivel de los Estados miembros y de la UE, actividades de divulgación y sensibilización del sector comercial para alcanzar unos estándares coherentes de calidad de los datos aduaneros y conocer mejor las vulnerabilidades, amenazas y tendencias de la cadena de suministro. || 2014 -2020 || Comisión y Estados miembros || ― Recogida y explotación de los datos CSM con fines de gestión de los riesgos. ― Informe de análisis en relación con las bases de datos comerciales y los proyectos de investigación. ―A nivel de los Estados miembros y de la UE, campañas de divulgación y de sensibilización organizadas con el sector comercial. 6.3. Promover la gestión del cumplimiento por las administraciones aduaneras en estrecha cooperación con el sector comercial || ― Identificar las mejores prácticas comparando los programas nacionales y estudiar las posibilidades de establecer un planteamiento armonizado de la segmentación de los clientes, como elemento del concepto general que complementa el programa de OEA. || 2014 -2020 || Comisión || ―Identificación de las mejores prácticas y análisis de viabilidad. 6.4. Promover la reutilización de los datos aduaneros presentados electrónicamente por los operadores económicos, para simplificar los procedimientos aduaneros || ― Determinar, en cooperación con el sector comercial, las formalidades, los procesos y los ámbitos aduaneros en los que la reutilización de los datos exigidos por la legislación aduanera de la UE incrementará la eficiencia para los operadores económicos y las administraciones aduaneras. || 2014 -2020 || Comisión y Estados miembros || ― Análisis de viabilidad Objetivo
7:
Aprovechar el potencial de la cooperación aduanera a nivel internacional, para
mejorar la gestión de los riesgos de la cadena de suministro Acciones || Descripción de la acción || Calendario || Agentes responsables || Producto 7.1. Desarrollar la cooperación internacional por medio de iniciativas multilaterales y bilaterales || ― En función de los diferentes socios comerciales, determinar modelos de cooperación operativa, como el reconocimiento en las aduanas del programa de OEA, rutas comerciales fiables y fluidas y requisitos de intercambio de información. ― Teniendo en cuenta la evolución a nivel mundial, definir las normas de la UE para el intercambio de: a) datos de reconocimiento mutuo del OEA; b) datos de los sistemas de transacciones aduaneras; c) información relacionada con los riesgos. ― Seguir desarrollando la cooperación bilateral con terceros países, incluso mediante acciones piloto y mediante la comparación y puesta a prueba de tecnologías de seguridad de la cadena de suministro. ― La Comisión propondrá soluciones adecuadas. || 2014 -2020 || Comisión, Consejo y Parlamento Europeo || ― Elaboración de modelos de cooperación internacional. ― Normas de la UE para el intercambio de información aduanera con terceros países. ― Adopción de disposiciones apropiadas en los acuerdos de cooperación aduanera internacional. ― Elaboración de informes en el marco del proyecto de investigación sobre la seguridad de la cadena de suministro CORE (Séptimo Programa Marco). 7.2 Implementar soluciones informáticas adecuadas y rentables que permitan la cooperación internacional || Implementar soluciones informáticas que sean rentables y necesarias para que las autoridades aduaneras de la UE se beneficien de la cooperación internacional para la detección de riesgos (por ejemplo, intercambio de datos sobre reconocimiento mutuo de OEA, información de los sistemas de transacciones aduaneras e información pertinente sobre los riesgos). || 2014 -2020 || Comisión y Estados miembros || Desarrollo de las capacidades informáticas a nivel de los Estados miembros o de la UE 7.3. Asegurar que la UE y sus Estados miembros desempeñen un papel proactivo en el desarrollo de estándares mundiales en los foros multilaterales pertinentes || Seguir garantizando una contribución proactiva de la UE al establecimiento de estándares internacionales y velar por que se respeten y se apliquen las normas y estándares internacionales, como las elaboradas por la OMA, la OMI, la OACI, la UPU y la CEPE/ONU. || 2014 -2020 || Comisión y Estados miembros || Elaboración de estándares internacionales con la contribución proactiva de la UE. [1]
COM (2012) 793 de 8.1.2013. [2]
Los marcos temporales se ajustarán como parte de la Decisión de Ejecución de la
Comisión por la que se establece el Programa de Trabajo relativo al Código
Aduanero de la Unión (2014/255/UE, de 29.4.2014). [3]
Los marcos temporales se ajustarán como parte de la Decisión de Ejecución de la
Comisión por la que se establece el Programa de Trabajo relativo al Código
Aduanero de la Unión (2014/255/UE, de 29.4.2014).