Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa al Programa Nacional de Reformas de 2014 de Francia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2014 de Francia /* COM/2014/0411 final - 2014/ () */
Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa al Programa Nacional de
Reformas de 2014 de Francia
y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad
de 2014 de Francia EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, y, en particular, su artículo 121, apartado 2, y su artículo
148, apartado 4, Visto el Reglamento (CE) nº 1466/97
del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión
de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las
políticas económicas[1],
y, en particular, su artículo 5, apartado 2, Visto el Reglamento (UE) nº 1176/2011 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la
prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos[2], y, en
particular, su artículo 6, apartado 1, Vista la Recomendación de la Comisión
Europea[3], Vistas las Resoluciones del Parlamento
Europeo[4], Vistas las Conclusiones del Consejo
Europeo, Visto el dictamen del Comité de Empleo, Visto el dictamen del Comité Económico y
Financiero, Visto el dictamen del Comité de
Protección Social, Visto el dictamen del Comité de Política
Económica Considerando lo siguiente: (1)
El 26 de marzo de 2010, el Consejo Europeo
aprobó la propuesta de la Comisión de poner en marcha una nueva estrategia para
el crecimiento y el empleo, Europa 2020, basada en una mayor coordinación de
las políticas económicas, que se centra en los ámbitos fundamentales en los que
es necesario actuar para reforzar el potencial de crecimiento sostenible y
competitividad de Europa. (2)
El 13 de julio de 2010, basándose en las
propuestas de la Comisión, el Consejo adoptó una Recomendación sobre las
directrices generales para las políticas económicas de los Estados miembros y
de la Unión (para el período 2010-2014) y, el 21 de octubre de 2010, una
Decisión relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los
Estados miembros, que juntas forman las «directrices integradas». Se ha
invitado a los Estados miembros a tener en cuenta las directrices integradas en
sus políticas económicas y de empleo. (3)
El 29 de junio de 2012, los jefes de Estado y
de Gobierno acordaron un Pacto para el Crecimiento y el Empleo, que establece
un marco coherente de actuación a nivel nacional, de la UE y de la zona del
euro utilizando todos los resortes, instrumentos y políticas posibles.
Decidieron las acciones que debían emprenderse a nivel de los Estados miembros,
expresando en particular su total compromiso para lograr los objetivos de la
Estrategia Europa 2020 y aplicar las recomendaciones específicas para cada país. (4)
El 9 de julio de 2013, el Consejo aprobó una
Recomendación relativa al Programa Nacional de Reformas de Francia de 2014 y
emitió su dictamen sobre su Programa de Estabilidad actualizado para 2012-2017.
El 15 de noviembre de 2013, conforme al Reglamento (UE)
nº 473/2013[5],
la Comisión presentó su dictamen sobre el proyecto de plan presupuestario de Francia
para 2014[6]. (5)
El 13 de noviembre de 2013, la Comisión adoptó
el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento[7], marcando
así el inicio del Semestre Europeo de 2014 para la coordinación de las
políticas económicas. En esa misma fecha, la Comisión, sobre la base del
Reglamento (UE) nº 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de
Alerta[8],
en el que se señalaba a Francia como uno de los Estados miembros que serían
objeto de un examen exhaustivo. (6)
El 20 de diciembre de 2013, el Consejo Europeo
aprobó las prioridades para garantizar la estabilidad financiera y el
saneamiento presupuestario junto con medidas dirigidas a fomentar el
crecimiento. Hizo hincapié en la necesidad de proseguir un saneamiento
presupuestario diferenciado que propicie el crecimiento, restablecer la
normalidad en la concesión de crédito a la economía, promover el crecimiento y
la competitividad, combatir el desempleo y las consecuencias sociales de la
crisis y modernizar la Administración pública. (7)
El 5 de marzo de 2014, la Comisión publicó los
resultados de su examen exhaustivo sobre Francia[9],
con arreglo al artículo 5 del Reglamento (UE) nº 1176/2011. En su
análisis, la Comisión concluye que Francia sigue experimentando desequilibrios
macroeconómicos que requieren un seguimiento específico y la adopción de
medidas contundentes. En particular, el deterioro de la balanza comercial y de
la competitividad y las implicaciones del alto nivel de endeudamiento del
sector público merecen una atención continua por parte de los responsables
políticos. (8)
El 7 de mayo de 2014, Francia presentó su
Programa Nacional de Reformas de 2014 y su Programa de Estabilidad de 2014. Con
objeto de tener en cuenta sus interrelaciones, ambos
programas se han evaluado al mismo tiempo. (9)
El objetivo de la estrategia presupuestaria
que se expone en el Programa de Estabilidad de 2014 es corregir el déficit
excesivo para 2015 y alcanzar el objetivo a medio plazo en 2017. El Programa
confirma el objetivo a medio plazo anterior, a saber, lograr un presupuesto
equilibrado en términos estructurales, requisito más riguroso que el recogido
en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. El Programa proyecta reducir el
déficit al 3 % del PIB en 2015, objetivo más ambicioso que el fijado en la
Recomendación del Consejo de 21 de junio de 2013. A partir de ese año, el
progreso anual (recalculado) previsto para lograr el objetivo a medio plazo es inferior
al mínimo requerido del 0,5 % del PIB. De forma global, la estrategia
presupuestaria presentada en el Programa se ajusta solo parcialmente a los
requisitos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. El Programa prevé que la
deuda de las administraciones públicas alcance su cota máxima del 95,6 % del
PIB en 2014 y 2015 para posteriormente disminuir al 91,9 % en 2017. El
escenario macroeconómico en el que se sustentan las proyecciones
presupuestarias del Programa es realista para 2014 y ligeramente optimista para
2015, con aumentos previstos del PIB del 1,0 % y el 1,7 % para el año
en curso y el próximo, respectivamente, que eran del 1,0 % y el 1,5 %
en las previsiones de primavera de 2014 de la Comisión. En abril de 2014, el
Alto Consejo de Finanzas Públicas (Haut Conseil des finances publiques),
organismo independiente, emitió un dictamen sobre el escenario macroeconómico
del Programa. El 5 de marzo de 2014, la Comisión recomendó a Francia que insistiera
en sus esfuerzos por asegurar el pleno cumplimiento de la Recomendación del
Consejo de conformidad con el Procedimiento de Déficit Excesivo. El Programa de
Estabilidad presenta una serie de medidas adicionales para 2014, entre las que
se cuenta la cancelación de los créditos ministeriales pendientes de aprobación
como parte de un presupuesto suplementario y los primeros efectos del plan de
ahorro de 50 millones EUR anunciado por el Gobierno. Partiendo de estos datos y
teniendo también en cuenta que el esfuerzo fiscal conseguido en 2013 fue
superior al esperado cuando se publicó la Recomendación de la Comisión, puede
considerarse que el Programa responde a grandes rasgos a dicha Recomendación. El
grado de detalle de las medidas de saneamiento presupuestario es insuficiente para
garantizar con credibilidad la corrección de la situación de déficit excesivo
de aquí a 2015 si se tienen en cuenta las previsiones de la Comisión que indican
un déficit del 3,4 % del PIB para el próximo año y un ajuste estructural
subyacente notablemente inferior al nivel recomendado por el Consejo. Además,
los objetivos del Gobierno presentan riesgos de revisión a peor. Concretamente,
parte de las medidas adicionales para 2014 anunciadas en el Programa siguen sin
adoptarse y el importe del ahorro planeado para 2015 es muy ambicioso. Tomando
como base las previsiones de la Comisión, el esfuerzo fiscal en el periodo
2013-2014 se queda a 0,2 puntos porcentuales del PIB en términos de variación
(corregida) del saldo estructural y a 0,1 punto porcentual del PIB en términos del
número de medidas consideradas necesarias cuando se presentó la Recomendación
del Consejo. Partiendo de su evaluación del programa y de las previsiones de la
Comisión, conforme al Reglamento (CE) nº 1466/97 del Consejo, el Consejo considera
que las medidas en las que se sustenta la estrategia presupuestaria deben
especificarse más detalladamente y que se necesitan nuevos esfuerzos para acatar
la Recomendación del Consejo y asegurar, a partir de ese momento, el retorno a
la senda de cumplimiento del objetivo a medio plazo. Concretamente, los
esfuerzos adicionales deberán explicitarse en la próxima Ley de presupuestos de
2014. (10)
Habida cuenta del alto y creciente nivel de
deuda de las administraciones públicas, así como del hecho de que el plazo de
corrección del déficit excesivo se ha ampliado hasta 2015, es imprescindible
que el presupuesto de 2014 se ejecute estrictamente y que se desempeñen
considerables y rigurosos esfuerzos de saneamiento en 2015. En particular, el
gasto público debería aumentar a un ritmo mucho más moderado que en años
anteriores, conforme a lo proyectado por el Gobierno francés. Por lo tanto, es necesario especificar más
detalladamente la estrategia de reducción del gasto, profundizando la revisión
del gasto en curso y redefiniendo, cuando así proceda, el alcance de la
intervención del Gobierno. No pueden conseguirse ahorros sustanciales a corto
plazo sin reducir considerablemente el aumento del gasto en la seguridad
social, que absorbe prácticamente la mitad del gasto público. Ello implica
controlar los costes de la asistencia sanitaria y las pensiones mediante, por
ejemplo, la fijación de objetivos anuales de gasto sanitario más ambiciosos y
la congelación temporal de las pensiones y otras prestaciones sociales, como se
plantea actualmente el Gobierno. Además, la nueva Ley de descentralización
proyectada debería racionalizar las diversas capas de administración existentes
en Francia para eliminar solapamientos y conseguir nuevas sinergias, aumentos de eficiencia y ahorros mediante la fusión o la
supresión de algunos de los estratos administrativos existentes. Es preciso
indicar a este respecto que las reformas estructurales presentadas con este fin
en el Programa de Estabilidad solo surtirán efecto a medio plazo –pese a que el
calendario previsto se ha adelantado desde la presentación de dicho Programa– y,
además, su ejecución puede correr peligro. Es preciso controlar con mayor rigor
el gasto de las administraciones locales, para lo que podrá ponerse un tope al incremento
anual de sus recaudaciones tributarias, aplicando al mismo tiempo de forma
estricta la reducción prevista de las subvenciones procedentes de la
Administración central. Además de la necesidad de
ahorros a corto plazo, otra fuente de preocupación es la sostenibilidad de las
finanzas públicas a largo plazo. A pesar de que el
gasto público en el sector sanitario se ha mantenido bajo control en los
últimos años, el aumento de la rentabilidad del sistema requiere nuevos
esfuerzos. Concretamente, es necesario aplicar nuevas políticas de contención de
costes habida cuenta de las previsiones que señalan un importante aumento de
los gastos sanitarios de medio a largo plazo. Los ámbitos que requieren un
aumento de la eficiencia incluyen el gasto farmacéutico y administrativo y los
cuidados hospitalarios. Por último, en diciembre de 2013 se aprobó una reforma
del sistema de pensiones para asegurar su sostenibilidad a largo plazo; no
obstante, esa reforma no bastará para eliminar el déficit del sistema y, más precisamente,
el procedente de los regímenes aplicables a los funcionarios públicos y a los
empleados de una serie de empresas estatales. En total, según las previsiones
de las autoridades francesas, las nuevas medidas de pensiones se limitarán a
dividir por dos el déficit total del sistema hasta alcanzar un 0,5 % del
PIB en 2020. Además, el alcance del ajuste está sujeto a importantes riesgos
dado que el escenario macroeconómico en el que se sustentan las previsiones
podrían resultar excesivamente optimista. El recién creado comité de
supervisión de las pensiones (Comité de Suivi des Retraites) deberá
asegurarse de la progresiva eliminación del déficit del sistema. (11)
Francia se cuenta entre los Estados miembros
donde la mano de obra es más cara. Concretamente, la severa carga fiscal sobre
el trabajo merma la rentabilidad de las empresas. Para fomentar la competitividad
de los costes, el Gobierno francés ha adoptado una serie de iniciativas destinadas
a aliviar esa carga. En diciembre de 2012 se adoptó la deducción fiscal por la
competitividad y el empleo (CICE), equivalente a una disminución del coste de
la mano de obra para los sueldos inferiores en 2,5 veces o más al salario
mínimo. En enero de 2014 se anunció además una disminución adicional de
10 000 millones EUR del coste de la mano de obra como parte del «Pacto de responsabilidad y solidaridad».
Ambas medidas, que supondrán 30 000 millones EUR o un 1,5 % del PIB,
importe que va parejo al aumento global del impuesto de sociedades a lo largo
del periodo 2010-2013, cerrarían solo la mitad de la brecha existente entre Francia y la media de la zona del euro en lo que a las
cotizaciones empresariales a la seguridad social se refiere. Además, las
empresas exportadoras, que tienden a pagar sueldos elevados, se beneficiarán menos
del CICE que las empresas no exportadoras, lo que atenúa los efectos de la
medida en la competitividad. El Pacto de
responsabilidad y solidaridad incluye una reducción del coste de la mano de
obra para los sueldos bajos y otra para los que equivalen a entre 1,6 y 3 veces
el salario mínimo. Esta última medida, que se espera entre en vigor en 2016, tendría
un impacto más directo para las empresas exportadoras. El sistema de fijación
salarial en Francia tiende a crear distorsiones de la estructura salarial y a limitar
la capacidad de las empresas para ajustar los sueldos en épocas de recesión
económica. El Alto Consejo de Financiación de la Protección Social (Haut
Conseil du financement de la protection sociale) ha evaluado las
repercusiones en el empleo de diferentes hipótesis de exención de las
cotizaciones a la seguridad social, aunque ha prestado una atención limitada a
su impacto en la evolución de los sueldos y la competitividad. No obstante,
aunque se han concedido amplias exenciones con respecto a los trabajadores
perceptores del salario mínimo, el coste de la mano de obra que percibe ese salario
sigue siendo elevado. Esas exenciones contribuyeron a contener los costes de la
mano de obra en 2013, lo cual es un dato positivo, pero el nivel del salario
mínimo en Francia ofrece uno de los poderes adquisitivos más altos de la UE. Por
esos motivos, el salario mínimo debe seguir evolucionando conforme a criterios
de competitividad y creación de empleo. Francia aplica contadas excepciones al
salario mínimo legal y podría hacer esfuerzos adicionales para reducir el coste
de la mano de obra de los grupos vulnerables. (12)
La clasificación mundial de Francia resultante
de una serie de estudios sobre el medio empresarial internacional se ha
deteriorado. Si bien se han hecho ciertos esfuerzos como parte del «plan de
simplificación de choque» aplicado en julio de 2013 para distender las
relaciones entre las empresas y la Administración, es preciso seguir mejorando
el entorno empresarial. Además, algunas de las medidas esbozadas en el plan de
simplificación están todavía por definir y por aplicar. Procede prestar
atención, en particular, a la reglamentación contenida en el Estatuto de los
Trabajadores o a las reglas de contabilidad vinculadas a determinados umbrales
de tamaño de las empresas, que alicortan su expansión y pueden contribuir a las
dificultades que experimentan las PYME para alcanzar el tamaño que les
permitiría exportar e innovar. Las iniciativas dirigidas a potenciar el gasto
en I+D y la innovación por parte de las empresas privadas, especialmente el
crédito fiscal para investigación y los polos de competitividad, han generado
hasta el momento resultados desiguales. El decreciente peso de la industria en
el sector privado francés se plasma en un estancamiento del gasto dedicado a
I+D por las empresas privadas, a pesar de los importantes esfuerzos realizados de
forma individual por cada empresa. Como consecuencia, una amplia proporción del
gasto en I+D sigue siendo financiada por el Estado, bien de forma directa
(investigación pública) bien de forma indirecta (subvenciones). La eficacia de
las herramientas existentes debería aumentarse para generar un mayor nivel de
gasto en I+D por las empresas privadas y de innovación en el sector privado. Concretamente,
los recursos asignados a los polos de competitividad podrían potenciar mejor
los efectos de escala y aumentar la difusión de la innovación. Además, la
eficacia de las políticas adoptadas podría intensificarse permitiendo que esos
polos se convirtiesen en auténticas redes de empresas con efectos indirectos
positivos. Por último, se prevé que el coste del crédito fiscal para
investigación alcance en 2014 5 800 millones EUR (cerca de un 0,3 %
del PIB). Pese al coste de esta medida, su eficacia en relación con la I+D no
ha sido objeto de evaluación ex post alguna. (13)
Si bien se han eliminado los obstáculos relativos
a la forma jurídica, los requisitos de participación accionarial o las tasas aplicables
a determinadas profesiones (por ejemplo, los veterinarios), la mayoría de ellas
sigue sujeta a fuertes obstáculos que dificultan su acceso o ejercicio (taxistas,
profesionales del sector sanitario, notarios y profesiones jurídicas en
general). El principio de numerus clausus que rige la incorporación a numerosas
profesiones (médicos, farmacéuticos, etc.) sigue entorpeciendo el acceso a los
servicios y podría ser objeto de una revisión que no comprometiese la calidad
ni la seguridad de estos. Hasta la fecha, no se ha realizado ninguna evaluación
detallada de la necesidad y la proporcionalidad de las restricciones que
afectan a las profesiones reguladas. En el sector minorista, siguen vigentes engorrosos
trámites para la autorización de la apertura de establecimientos comerciales (derivados,
en su mayor parte, de la normativa de planificación urbana) y la prohibición de
las ventas a pérdida, con repercusiones negativas para la competencia y los
consumidores. Hasta la fecha, no se han adoptado en Francia medidas concretas
para eliminar los obstáculos de acceso al sector minorista. Por lo que respecta
a la distribución de electricidad y gas, se están eliminando gradualmente las tarifas
reguladas para los consumidores no domésticos. No obstante, los precios
aplicables a los hogares y los precios de la electricidad siguen regulados y
fijados por debajo de los costes, y el acceso de otros proveedores al mercado
sigue siendo limitado. Por lo que respecta a las interconexiones energéticas,
deberán culminarse los proyectos en curso, sobre todo con España, para reforzar
las conexiones de gas y electricidad con los países vecinos. En el sector
ferroviario, las barreras de entrada al mercado siguen impidiendo un funcionamiento
eficiente del mercado. Francia no ha abierto su mercado nacional de transporte
de pasajeros por ferrocarril a la competencia; los servicios internacionales,
en cambio, tienen algunos operadores nuevos. Francia ha acometido una reforma
de su sistema de redes ferroviarias para aumentar su sostenibilidad financiera.
En octubre de 2013 se presentó un proyecto de ley que actualmente se halla en
fase de debate parlamentario; entre las medidas que lo componen se encuentra el
nombramiento de un gestor de infraestructura con plenas competencias integrado
en una estructura vertical que incluirá al operador tradicional. Esta nueva estructura
puede dificultar el acceso de otros operadores a la red. (14)
Francia tiene una elevada y creciente carga
fiscal. En 2013, la ratio impuestos/PIB se situaba en el 45,9 %, una de
las más altas de la UE, que por añadidura ha registrado un aumento de 3 puntos
porcentuales desde el inicio del saneamiento presupuestario en 2010. Ante esta situación,
un comité especial (Assises de la fiscalité) ha
ofrecido su asesoramiento para la reforma del sistema tributario. Hasta la
fecha se han registrado escasos progresos en la reducción de los tipos nominales
de los impuestos sobre la renta de las personas físicas y de sociedades y en el
aumento de la eficiencia del IVA. En cambio, la sobrecarga temporal ejercida
sobre las grandes empresas se ha prolongado hasta 2015, lo que provocará una
subida del tipo global nominal del impuesto de sociedades al 38,1 % (el
tipo nominal, del 33,3 %, es ya uno de los más elevados de la UE). El Gobierno
francés ha anunciado una reducción gradual del tipo nominal al 28 % de
aquí a 2020, pero se carece de información sobre el calendario exacto de
aplicación de la medida. El año pasado se registraron asimismo progresos
limitados en cuanto a la reducción y racionalización de los impuestos sobre la
renta. A pesar de los avances obtenidos en la fiscalidad medioambiental (con la
introducción gradual del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono,
llamado contribution climat énergie), la proporción de los impuestos
medioambientales en el PIB sigue siendo baja. Concretamente, en Francia no se
indexan los impuestos especiales con la inflación y persisten importantes
subvenciones nocivas para el medio ambiente, como el tipo preferente del
impuesto especial aplicable al gasóleo. Por último, en 2013 no se
adoptaron medidas adicionales para subsanar la distorsión a favor del
endeudamiento en el impuesto de sociedades con el fin de prevenir un mayor
aumento de la deuda privada. (15)
A pesar de la adopción de toda una batería de
medidas, la situación del mercado laboral en Francia siguió deteriorándose en
2013 y sigue presentando considerables dificultades. El desempleo siguió
aumentando hasta alcanzar el 10,3 % en 2013 (frente al 7,5 % en 2008).
El mercado laboral francés sigue segmentado, con niveles muy bajos de
transición de contratos temporales a contratos permanentes (la probabilidad de pasar
de un puesto temporal a otro permanente era solo del 10,6 % en 2010, frente
a una media del 25,9 % en la UE). El acuerdo interprofesional para la
obtención de empleo dio lugar a una ley que se adoptó en julio de 2013. Aunque
esta reforma es positiva, sus repercusiones son por el momento desiguales.
Concretamente, muy pocas empresas han recurrido a los mecanismos de acuerdos de
empresa establecidos por la ley para aumentar la flexibilidad de las
condiciones de trabajo en caso de dificultades económicas transitorias. No
obstante, el porcentaje de despidos efectivos denunciados ante los tribunales se
ha reducido considerablemente. Aunque en 2014 los interlocutores sociales
celebraron negociaciones con miras a la reforma del sistema de prestaciones de
desempleo, no se prevé que el nuevo acuerdo logre reducir sustancialmente el
déficit que este sistema genera. El déficit acumulado del régimen de subsidios
de desempleo, que en 2013 se aproximaba al 1 % del PIB, exige medidas
estructurales adicionales que aseguren la sostenibilidad del sistema. En
particular, algunos de sus componentes, como las condiciones de elegibilidad, el
carácter decreciente de las prestaciones a lo largo del tiempo o las tasas de
sustitución de los trabajadores con sueldos más elevados experimentaron solo modificaciones
muy tenues tras el último acuerdo entre interlocutores sociales de marzo de 2014
y precisan de nuevas adaptaciones que aseguren la existencia de los incentivos
adecuados para trabajar. Gracias a las reformas sucesivas de las pensiones, la
tasa de empleo de los trabajadores entre 55 y 64 años ha conocido un aumento
constante en los últimos tres años. A pesar de ello, los índices de empleo de
los trabajadores de más edad en Francia (45,6 % en 2012) siguen siendo muy
inferiores a la media de la UE (-4,5 puntos porcentuales) y solo un 55 % de
los trabajadores de mayor edad se jubilan directamente desde una situación de
empleo (2008-2011). Como consecuencia de esta situación, la tasa de desempleo
de este grupo ha aumentado considerablemente en los últimos años. Es por
consiguiente necesario intensificar las medias que aumenten su empleabilidad y
revisar los incentivos para su permanencia o su retorno al trabajo. (16)
El Programa para la Evaluación Internacional
de los Alumnos de 2013 puso de manifiesto que la desigualdad en la enseñanza se
encuentra en Francia entre las más altas de los países de la OCDE. Una sexta
parte de los jóvenes franceses sale del sistema de educación y formación sin
ningún título; esta tendencia resulta especialmente preocupante si se considera
que al final de 2013 la tasa de desempleo de los jóvenes era del 25,5 % y
que el riesgo de desempleo era dos veces mayor para los jóvenes menos
cualificados. Los programas de fomento del aprendizaje deberán destinarse, en
particular, a estos jóvenes. Se alcanzaron ciertos
progresos en este terreno con la reforma de la educación obligatoria
introducida en julio de 2013 y la adopción de una ley de formación profesional
y aprendizaje permanente en marzo de 2014. No obstante, es demasiado pronto
para determinar si estas medidas van a ser eficaces para limar las
desigualdades del sistema educativo y sigue pendiente de aplicación el nuevo plan destinado al primer ciclo de la enseñanza secundaria
en las zonas desfavorecidas. Por último, el número de aprendices disminuyó en
2012 y los programas beneficiaron cada vez más a los estudiantes
universitarios. (17)
En el contexto del Semestre Europeo, la
Comisión ha realizado un análisis global de la política económica de Francia.
Ha evaluado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad y ha
presentado un examen exhaustivo. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia
para la sostenibilidad de la política presupuestaria y socioeconómica de
Francia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE,
dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica global de la Unión
incluyendo aportaciones de la Unión en las futuras decisiones nacionales. Sus
recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las
recomendaciones 1 a 7 que figuran a continuación. (18)
A la luz de esta evaluación, el Consejo ha
examinado el Programa de Estabilidad y su dictamen[10] se
refleja, particularmente, en la recomendación 1 que figura a continuación. (19)
A la luz del examen exhaustivo realizado por
la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa
Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones,
formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) nº 1176/2011, se
reflejan en las recomendaciones 1 a 6 que figuran a continuación. (20)
En el contexto del Semestre Europeo, la
Comisión ha realizado también un análisis de la política económica de la zona
del euro en su conjunto. Sobre esta base, el Consejo ha formulado
recomendaciones específicas destinadas a los Estados miembros cuya moneda es el
euro. Francia debería también garantizar la oportuna y plena aplicación de
estas recomendaciones. RECOMIENDA que Francia tome
medidas en el período 2014-2015 a fin de: 1. Reforzar
la estrategia presupuestaria -entre otras cosas, especificando más
detalladamente las medidas subyacentes- para 2014 y años posteriores, con el
fin de asegurar la corrección del déficit excesivo de forma sostenible para
2015 mediante el esfuerzo de ajuste estructural especificado en la
Recomendación del Consejo con arreglo al Procedimiento de Déficit Excesivo. La
corrección duradera de los desequilibrios fiscales requiere una aplicación
creíble de reformas estructurales ambiciosas que aumenten la capacidad de
ajuste y potencien el crecimiento y el empleo. Tras la corrección del déficit
excesivo, proseguir un ajuste estructural hacia el objetivo a medio plazo de al
menos un 0,5 % del PIB anual, porcentaje que se incrementará cuando las
condiciones económicas sean favorables o cuando así lo exija el cumplimiento de
la norma en materia de deuda a fin de situar la elevada ratio de deuda de las
administraciones públicas en una senda descendente sostenible. Redoblar los
esfuerzos para conseguir incrementos de eficiencia en todos los subsectores de
la Administración pública, redefiniendo, cuando así proceda, el alcance de la
intervención del Gobierno. En particular, tomar medidas para reducir
considerablemente el gasto en seguridad social a partir de 2015 según lo
previsto, fijando objetivos anuales más ambiciosos de gasto sanitario, conteniendo
los costes de las pensiones y racionalizando las prestaciones familiares y los
subsidios de vivienda. Fijar un calendario claro para el proceso de descentralización
en curso y tomar, no más tarde de diciembre de 2014, las primeras medidas
dirigidas a suprimir duplicidades administrativas, facilitar fusiones entre
órganos de gobierno local y especificar las responsabilidades de cada capa de la
administración local. Introducir un tope del incremento anual de las
recaudaciones tributarias de las administraciones locales, reduciendo en
paralelo las subvenciones de la Administración central conforme a lo previsto. Además
de atender la necesidad de ahorro a corto plazo, adoptar no más tarde de junio
de 2015 medidas que permitan atajar el aumento del gasto sanitario público (incluidos
los gastos farmacéuticos) previsto de medio a largo plazo, a las que se
añadirán según proceda medidas destinadas a equilibrar con carácter sostenible
el sistema de pensiones de aquí a 2020, con especial énfasis en los regímenes
especiales vigentes. 2. Garantizar que se sostenga
la reducción del coste de la mano de obra derivada del crédit d’impôt compétitivité
emploi. Adoptar medidas para seguir disminuyendo las cotizaciones empresariales
a la seguridad social en cumplimiento de los compromisos del Pacto de
responsabilidad y solidaridad, asegurando que ninguna otra medida contrarreste
sus efectos y que los objetivos actualmente fijados se mantengan. Seguir
evaluando el impacto económico de las exenciones de las cotizaciones a la
seguridad social, haciendo hincapié en el empleo, la evolución de los sueldos y
la competitividad, y adoptar, en caso necesario, las medidas apropiadas. Sin
incidir en el presupuesto, seguir reduciendo el coste de la mano de obra,
concretamente en el peldaño inferior de la escala salarial, objetivo que se
conseguirá esencialmente mediante reducciones específicas de las cotizaciones empresariales
de la seguridad social, teniendo en cuenta los distintos regímenes de ayuda
salarial. 3. Simplificar las reglas
administrativas, fiscales y contables de las empresas y adoptar disposiciones
concretas de aplicación del «plan de simplificación» del Gobierno en curso, no
más tarde de diciembre de 2014. Eliminar los impedimentos normativos a la
expansión de las empresas, revisando los criterios de tamaño recogidos en las
regulaciones vigentes a fin de evitar efectos de umbral. Adoptar medidas para aumentar
la sencillez y eficiencia de la política de innovación, especialmente mediante
una evaluación y, en caso necesario, una adaptación del crédit d’impôt recherche.
Asegurar que los recursos se canalizan hacia los polos de competitividad más
eficaces y fomentar en mayor medida el impacto económico de la innovación desarrollada
en los polos. 4. Eliminar toda
restricción injustificada del acceso a las profesiones reguladas y el ejercicio
de las mismas, reducir los costes de entrada y favorecer la competencia en el
sector de servicios. Tomar nuevas medidas para reducir la carga reguladora que
afecta al funcionamiento del sector minorista, simplificando el proceso de
autorización de la apertura de establecimientos comerciales y eliminando la
prohibición de las ventas a pérdida. Manteniendo condiciones asequibles para
los grupos vulnerables, asegurar que las tarifas reguladas del gas y la
electricidad para los hogares se fijen en un nivel apropiado para no
obstaculizar la competencia. Reforzar la capacidad de interconexión de las
redes energéticas con España; más concretamente, ampliar la capacidad de
interconexión de gas para integrar plenamente el mercado ibérico del gas con el
mercado europeo. En el sector ferroviario, garantizar la independencia del
nuevo gestor único de infraestructura respecto del operador tradicional y tomar
medidas para abrir el transporte nacional de pasajeros a la competencia antes
de 2019. 5. Aliviar la carga fiscal
sobre el trabajo y redoblar los esfuerzos de simplificación e incremento de la
eficiencia del sistema tributario. Con tal fin, a partir del presupuesto de
2015, adoptar medidas dirigidas a eliminar todo gasto ineficiente de los
impuestos sobre la renta de las personas físicas y de sociedades, sobre la base
de las evaluaciones recientes y de la iniciativa Assises de la fiscalité,
reduciendo de forma paralela los tipos nominales; adoptar medidas adicionales
para acabar con la distorsión a favor del endeudamiento en la fiscalidad
empresarial; ampliar la base imponible, especialmente en los bienes y servicios
de consumo; eliminar gradualmente las subvenciones perjudiciales para el medio
ambiente. 6. Segur luchando contra la
rigidez del mercado laboral, concretamente mediante medidas de reforma de las
condiciones de los «acuerdos de mantenimiento del empleo» a fin de aumentar su utilización
por parte de las empresas en dificultades. Adoptar medidas adicionales de
reforma del sistema de subsidio de desempleo, en concertación con los
interlocutores sociales, a fin de asegurar su sostenibilidad, por un lado, y la
existencia de incentivos suficientes para regresar al trabajo, por otro. Reforzar
las actividades de asesoramiento y formación destinadas a los trabajadores de
mayor edad y reevaluar los dispositivos correspondientes de los regímenes
específicos de desempleo. 7. Proseguir
la modernización de la enseñanza y formación profesionales, aplicar la reforma
de la enseñanza obligatoria y seguir actuando para reducir las desigualdades
educativas, intensificando, en particular, las medidas de lucha contra el
abandono escolar prematuro. Asegurar que las políticas activas de empleo apoyen
realmente a los grupos más vulnerables. Facilitar la transición de la escuela
al trabajo, intensificando las medidas de desarrollo de los programas de
aprendizaje con miras, en particular, a los beneficiarios poco cualificados. Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente [1] DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. [2] DO L 306 de 23.11.2011, p. 25. [3] COM(2014) 411 final. [4] P7_TA(2014)0128 and P7_TA(2014)0129. [5] OJ L 140, 27.5.2013, p.11. [6] C(2013) 8004 final. [7] COM(2012) 800 final. [8] COM(2012) 790 final. [9] SWD(2014) 81 final. [10] Artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) nº
1466/97 del Consejo.